PPL/000009-14











1. Procedimientos Legislativos

120. Proposiciones de Ley
PPL/000009-14


Sumario:

Enmiendas transaccionales presentadas por los Grupos Parlamentarios de la Cámara al Dictamen de la Comisión de Economía y Hacienda de la Proposición de Ley por la que se modifica la Ley 2/2015, de 4 de marzo, por la que se aprueba el Estatuto del Consumidor de Castilla y León. Enmienda transaccional presentada por los Grupos Parlamentarios Popular y Socialista.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de la Enmienda Transaccional presentada por los Grupos Parlamentarios Popular y Socialista al Dictamen de la Comisión de Economía y Hacienda de la Proposición de Ley por la que se modifica la Ley 2/2015, de 4 de marzo, por la que se aprueba el Estatuto del Consumidor de Castilla y León, PPL/000009.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 5 de octubre de 2016.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

A LA EXCMA. SEÑORA PRESIDENTA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Los Grupos Parlamentarios Popular y Socialista de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 119.3 del Reglamento de la Cámara y en la Resolución de esa Presidencia de 6 de marzo de 1989, presenta por medio del presente escrito la siguiente Enmienda Transaccional a la enmienda número 1 del Grupo Parlamentario Socialista a la Proposición de Ley por la que se modifica la Ley 2/2015, de 4 de marzo, por la que se aprueba el Estatuto del Consumidor de Castilla y León.

MODIFICACIÓN QUE SE PROPONE:

Al Artículo: único.

En el apartado Uno del artículo, único, nueva Disposición Adicional Segunda, donde dice:

"Las instalaciones de venta al público al por menor de gasolinas y gasóleos de automoción"

Debe decir

"Todas las instalaciones de suministro de venta al público al por menor de combustibles y carburantes".

Motivación:

Mejora la coherencia de la modificación propuesta y abarcar todos los combustibles y carburantes.

La admisión a trámite de esta enmienda transaccional comporta la retirada de la enmienda n.º 1 del Grupo Parlamentario Socialista.

Valladolid, 5 de octubre de 2016.

EL PORTAVOZ DEL G. P. POPULAR,

Fdo.: Juan José Sanz Vitorio

EL PORTAVOZ DEL G. P. SOCIALISTA,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández


PPL/000009-14

CVE="BOCCL-09-011408"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pags. 20986-20987
BOCCL nº 183/9 del 14/10/2016
CVE: BOCCL-09-011408

1. Procedimientos Legislativos
120. Proposiciones de Ley
PPL/000009-14
Enmiendas transaccionales presentadas por los Grupos Parlamentarios de la Cámara al Dictamen de la Comisión de Economía y Hacienda de la Proposición de Ley por la que se modifica la Ley 2/2015, de 4 de marzo, por la que se aprueba el Estatuto del Consumidor de Castilla y León. Enmienda transaccional presentada por los Grupos Parlamentarios Popular y Socialista.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de la Enmienda Transaccional presentada por los Grupos Parlamentarios Popular y Socialista al Dictamen de la Comisión de Economía y Hacienda de la Proposición de Ley por la que se modifica la Ley 2/2015, de 4 de marzo, por la que se aprueba el Estatuto del Consumidor de Castilla y León, PPL/000009.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 5 de octubre de 2016.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


A LA EXCMA. SEÑORA PRESIDENTA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Los Grupos Parlamentarios Popular y Socialista de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 119.3 del Reglamento de la Cámara y en la Resolución de esa Presidencia de 6 de marzo de 1989, presenta por medio del presente escrito la siguiente Enmienda Transaccional a la enmienda número 1 del Grupo Parlamentario Socialista a la Proposición de Ley por la que se modifica la Ley 2/2015, de 4 de marzo, por la que se aprueba el Estatuto del Consumidor de Castilla y León.

MODIFICACIÓN QUE SE PROPONE:

Al Artículo: único.

En el apartado Uno del artículo, único, nueva Disposición Adicional Segunda, donde dice:

"Las instalaciones de venta al público al por menor de gasolinas y gasóleos de automoción"

Debe decir

"Todas las instalaciones de suministro de venta al público al por menor de combustibles y carburantes".

Motivación:

Mejora la coherencia de la modificación propuesta y abarcar todos los combustibles y carburantes.

La admisión a trámite de esta enmienda transaccional comporta la retirada de la enmienda n.º 1 del Grupo Parlamentario Socialista.

Valladolid, 5 de octubre de 2016.

EL PORTAVOZ DEL G. P. POPULAR,

Fdo.: Juan José Sanz Vitorio

EL PORTAVOZ DEL G. P. SOCIALISTA,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández


PPL/000009-14

CVE="BOCCL-09-011408"



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