PE/003712-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/003712-2


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. José Luis Aceves Galindo y Dña. Ana María Agudíez Calvo, relativa a información del Gasoducto de Transporte Primario Segovia Norte, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 170, de 9 de septiembre de 2016.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/003625, PE/003642, PE/003685, PE/003693, PE/003695, PE/003698 a PE/003709, PE/003712, PE/003713, PE/003716, PE/003717, PE/003719, PE/003721, PE/003722, PE/003724 a PE/003734, PE/003737 a PE/003743, PE/003745 a PE/003749, PE/003751, PE/003755 a PE/003775, PE/003777, PE/003779, PE/003782, PE/003783, PE/003785, PE/003786, PE/003788 a PE/003794, PE/003800, PE/003801, PE/003804 a PE/003806, PE/003818, PE/003825, PE/003827 a PE/003831, PE/003836, PE/003839, PE/003849 y PE/003850, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 14 de octubre de 2016.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

Contestación a la Pregunta con respuesta Escrita, P.E./003712, formulada por los Procuradores D. José Luis Aceves Galindo y D.ª Ana M.ª Agudíez Calvo, pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista, relativa a consumo de gas natural en Segovia.

En contestación a la pregunta con respuesta escrita señalada, se indica lo siguiente:

El gasoducto denominado Segovia Norte se autorizó mediante Resolución de 13 de octubre de 2011 de la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, por la que se otorgaba la autorización administrativa, la aprobación del proyecto de ejecución y la utilidad pública del citado gasoducto.

Respecto a las cuestiones planteadas:

Punto 1. La empresa distribuidora de gas natural autorizada en la zona para distribuir gas natural, Redexis Gas, S.A. (anteriormente Distribuidora Regional del Gas, SA) se ha puesto en contacto con todas las empresas para informarles de la disponibilidad del servicio de gas natural.

Las empresas son conocedoras de la disponibilidad del servicio; en particular las que tienen depósitos individuales, a las que la empresa distribuidora ha dirigido una carta informativa.

La empresa distribuidora de la zona Redexis Gas, S.A. mantiene contactos comerciales con las empresas de la zona de forma regular.

Punto 2. y 3. De acuerdo a la información facilitada por Redexis Gas, SA, las empresas de la zona que consumen gas del gasoducto, su ubicación, y su consumo, son las siguientes:

Punto 4. De acuerdo a la información facilitada por Redexis Gas, S.A., hay 10 empresas en la zona con depósito individual de gas natural, con un consumo total anual de 152.500.000 kwh/año.

Punto 5. Se trata de una decisión individual y particular de cada empresa, que podrá obedecer a diferentes motivos, pero en general, es importante el factor económico, ya que si se conectan al gasoducto hay que añadir los costes de los peajes de acceso a la red, que no se añaden en el caso de las plantas individuales.

Asimismo, el tipo de consumo de las empresas de la zona, que no tienen un consumo constante y continuo, es favorable al suministro en plantas individuales.

Punto 6. El impulso del consumo procedente del gasoducto, probablemente estaría asociado a una modificación del régimen económico del sector, en particular los peajes de acceso a la red y a los depósitos individuales, siendo los costes de suministro, peajes y retribución competencia del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, y de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.

Valladolid, 28 de septiembre de 2016.

LA CONSEJERA,Fdo.: M.ª del Pilar del Olmo Moro.


PE/003712-2

CVE="BOCCL-09-012246"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pag. 22424
BOCCL nº 199/9 del 17/11/2016
CVE: BOCCL-09-012246

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/003712-2
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. José Luis Aceves Galindo y Dña. Ana María Agudíez Calvo, relativa a información del Gasoducto de Transporte Primario Segovia Norte, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 170, de 9 de septiembre de 2016.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/003625, PE/003642, PE/003685, PE/003693, PE/003695, PE/003698 a PE/003709, PE/003712, PE/003713, PE/003716, PE/003717, PE/003719, PE/003721, PE/003722, PE/003724 a PE/003734, PE/003737 a PE/003743, PE/003745 a PE/003749, PE/003751, PE/003755 a PE/003775, PE/003777, PE/003779, PE/003782, PE/003783, PE/003785, PE/003786, PE/003788 a PE/003794, PE/003800, PE/003801, PE/003804 a PE/003806, PE/003818, PE/003825, PE/003827 a PE/003831, PE/003836, PE/003839, PE/003849 y PE/003850, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 14 de octubre de 2016.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


Contestación a la Pregunta con respuesta Escrita, P.E./003712, formulada por los Procuradores D. José Luis Aceves Galindo y D.ª Ana M.ª Agudíez Calvo, pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista, relativa a consumo de gas natural en Segovia.

En contestación a la pregunta con respuesta escrita señalada, se indica lo siguiente:

El gasoducto denominado Segovia Norte se autorizó mediante Resolución de 13 de octubre de 2011 de la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, por la que se otorgaba la autorización administrativa, la aprobación del proyecto de ejecución y la utilidad pública del citado gasoducto.

Respecto a las cuestiones planteadas:

Punto 1. La empresa distribuidora de gas natural autorizada en la zona para distribuir gas natural, Redexis Gas, S.A. (anteriormente Distribuidora Regional del Gas, SA) se ha puesto en contacto con todas las empresas para informarles de la disponibilidad del servicio de gas natural.

Las empresas son conocedoras de la disponibilidad del servicio; en particular las que tienen depósitos individuales, a las que la empresa distribuidora ha dirigido una carta informativa.

La empresa distribuidora de la zona Redexis Gas, S.A. mantiene contactos comerciales con las empresas de la zona de forma regular.

Punto 2. y 3. De acuerdo a la información facilitada por Redexis Gas, SA, las empresas de la zona que consumen gas del gasoducto, su ubicación, y su consumo, son las siguientes:

Punto 4. De acuerdo a la información facilitada por Redexis Gas, S.A., hay 10 empresas en la zona con depósito individual de gas natural, con un consumo total anual de 152.500.000 kwh/año.

Punto 5. Se trata de una decisión individual y particular de cada empresa, que podrá obedecer a diferentes motivos, pero en general, es importante el factor económico, ya que si se conectan al gasoducto hay que añadir los costes de los peajes de acceso a la red, que no se añaden en el caso de las plantas individuales.

Asimismo, el tipo de consumo de las empresas de la zona, que no tienen un consumo constante y continuo, es favorable al suministro en plantas individuales.

Punto 6. El impulso del consumo procedente del gasoducto, probablemente estaría asociado a una modificación del régimen económico del sector, en particular los peajes de acceso a la red y a los depósitos individuales, siendo los costes de suministro, peajes y retribución competencia del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, y de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.

Valladolid, 28 de septiembre de 2016.

LA CONSEJERA,Fdo.: M.ª del Pilar del Olmo Moro.


PE/003712-2

CVE="BOCCL-09-012246"



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