PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 7 de diciembre de 2016, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/001131 a PNL/001188.
De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.
Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.
En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 7 de diciembre de 2016.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Óscar Reguera Acevedo
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Silvia Clemente Municio
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
José Francisco Martín Martínez y José Javier Izquierdo Roncero, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Economía y Hacienda:
ANTECEDENTES
A lo largo de las últimas Legislaturas y año tras año, se ha venido demostrando que si hay un sector económico favorecido por las medidas legislativas propuestas por la Junta de Castilla y León, ése es el sector del juego.
En efecto, en todos los Proyectos de Ley de Medidas Tributarias que han acompañado a los Proyectos de Ley de Presupuestos anuales, se han ido planteando por la Junta de Castilla y León toda una batería de beneficios fiscales para el sector, que no tiene comparación con ningún otro sector económico de la Comunidad, hasta el punto de que la Disposición Transitoria del Decreto Legislativo 1/2013, por el que se aprueba el texto refundido en materia de tributos propios y cedidos, y que está dedicada exclusivamente a recoger dichos beneficios fiscales, es la más amplia de todo el Texto Refundido.
El sector del juego es un sector relativamente importante, pero los beneficios fiscales que se establecen al mismo, dirigidos al mantenimiento del empleo fundamentalmente, hay que relativizarlos, pues el sector completo ocupaba en 2013 a solamente 424,2 trabajadores equivalentes a tiempo completo, cuando en el año 2011 eran 709,8 y los beneficios fiscales ascendieron por ejemplo en el año 2014 a nada menos que 2,7 millones de euros.
Y se ha demostrado a lo largo del tiempo que es un sector "tramposo" en relación al cumplimiento de los requisitos que tienen que cumplir de mantenimiento del empleo, de forma que, a los 60 sujetos pasivos que de media anual se han aplicado beneficios fiscales a lo largo de los últimos cuatro años, se les ha tenido que practicar nada menos que 383 liquidaciones administrativas, consecuencia únicamente de los expedientes de comprobación basados en la información de la Tesorería de la Seguridad Social.
Por lo expuesto, se formula la siguiente
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:
1.- Realizar una campaña especial de inspección de la Tasa Fiscal sobre el Juego referida a los ejercicios no prescritos que abarque la totalidad de la recaudación de dicho tributo.
2.- Introducir en el primer Proyecto de Ley de Medidas Tributarias de la Comunidad de Castilla y León que presente la eliminación de todos los beneficios fiscales existentes en relación a la Tasa Fiscal sobre el Juego, derogando la Disposición Transitoria del Decreto Legislativo 1/2013, por el que se aprueba el Texto Refundido en materia de tributos propios y cedidos.
3.- Introducir en el primer Proyecto de Ley de Medidas Tributarias de la Comunidad de Castilla y León que presente un incremento lineal del 10 % en todos los tipos y tarifas de la Tasa Fiscal sobre el Juego".
Valladolid, 17 de noviembre de 2016.
LOS PROCURADORES,
Fdo.: José Francisco Martín Martínez y
José Javier Izquierdo Roncero
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
PNL/001145-01
CVE="BOCCL-09-012866"
PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 7 de diciembre de 2016, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/001131 a PNL/001188.
De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.
Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.
En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 7 de diciembre de 2016.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Óscar Reguera Acevedo
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Silvia Clemente Municio
TEXTO
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
José Francisco Martín Martínez y José Javier Izquierdo Roncero, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Economía y Hacienda:
ANTECEDENTES
A lo largo de las últimas Legislaturas y año tras año, se ha venido demostrando que si hay un sector económico favorecido por las medidas legislativas propuestas por la Junta de Castilla y León, ése es el sector del juego.
En efecto, en todos los Proyectos de Ley de Medidas Tributarias que han acompañado a los Proyectos de Ley de Presupuestos anuales, se han ido planteando por la Junta de Castilla y León toda una batería de beneficios fiscales para el sector, que no tiene comparación con ningún otro sector económico de la Comunidad, hasta el punto de que la Disposición Transitoria del Decreto Legislativo 1/2013, por el que se aprueba el texto refundido en materia de tributos propios y cedidos, y que está dedicada exclusivamente a recoger dichos beneficios fiscales, es la más amplia de todo el Texto Refundido.
El sector del juego es un sector relativamente importante, pero los beneficios fiscales que se establecen al mismo, dirigidos al mantenimiento del empleo fundamentalmente, hay que relativizarlos, pues el sector completo ocupaba en 2013 a solamente 424,2 trabajadores equivalentes a tiempo completo, cuando en el año 2011 eran 709,8 y los beneficios fiscales ascendieron por ejemplo en el año 2014 a nada menos que 2,7 millones de euros.
Y se ha demostrado a lo largo del tiempo que es un sector "tramposo" en relación al cumplimiento de los requisitos que tienen que cumplir de mantenimiento del empleo, de forma que, a los 60 sujetos pasivos que de media anual se han aplicado beneficios fiscales a lo largo de los últimos cuatro años, se les ha tenido que practicar nada menos que 383 liquidaciones administrativas, consecuencia únicamente de los expedientes de comprobación basados en la información de la Tesorería de la Seguridad Social.
Por lo expuesto, se formula la siguiente
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:
1.- Realizar una campaña especial de inspección de la Tasa Fiscal sobre el Juego referida a los ejercicios no prescritos que abarque la totalidad de la recaudación de dicho tributo.
2.- Introducir en el primer Proyecto de Ley de Medidas Tributarias de la Comunidad de Castilla y León que presente la eliminación de todos los beneficios fiscales existentes en relación a la Tasa Fiscal sobre el Juego, derogando la Disposición Transitoria del Decreto Legislativo 1/2013, por el que se aprueba el Texto Refundido en materia de tributos propios y cedidos.
3.- Introducir en el primer Proyecto de Ley de Medidas Tributarias de la Comunidad de Castilla y León que presente un incremento lineal del 10 % en todos los tipos y tarifas de la Tasa Fiscal sobre el Juego".
Valladolid, 17 de noviembre de 2016.
LOS PROCURADORES,
Fdo.: José Francisco Martín Martínez y
José Javier Izquierdo Roncero
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
PNL/001145-01
CVE="BOCCL-09-012866"