PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 10 de enero de 2017, ha admitido a trámite la Proposición No de Ley, PNL/001194.
De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante el Pleno.
Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dicha Proposición No de Ley haya de debatirse.
En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 10 de enero de 2017.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Óscar Reguera Acevedo
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Silvia Clemente Municio
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante el Pleno:
ANTECEDENTES
Un Estado democrático moderno se ha de caracterizar por la división de poderes que, en el ámbito del poder judicial, contribuya a su independencia respecto a los poderes políticos. El debate es complejo pero, como en muchas cuestiones, requiere el tratamiento similar de situaciones equiparables.
El Título I del Libro IV de Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, regula la carrera judicial y de la provisión de destinos. En particular, el artículo 330.4 de la Ley Orgánica contempla que:
En las Salas de lo Civil y Penal de los Tribunales Superiores de Justicia, una de cada tres plazas se cubrirá por un jurista de reconocido prestigio con más de 10 años de ejercicio profesional en la comunidad autónoma, nombrado a propuesta del Consejo General del Poder Judicial sobre una terna presentada por la Asamblea legislativa; las restantes plazas serán cubiertas por magistrados nombrados a propuesta del Consejo General del Poder Judicial entre los que lleven 10 años en la categoría y en el orden jurisdiccional civil o penal y tengan especiales conocimientos en derecho civil, foral o especial, propio de la Comunidad Autónoma.
Esta reserva con que cuentan las asambleas legislativas de las comunidades autónomas, en nuestro caso las Cortes de Castilla y León, no está contemplada para la provisión de plazas de los Magistrados del Tribunal Supremo correspondientes a juristas de reconocido prestigio, cuyos nombramientos se hacen siempre a propuesta del Consejo General del Poder Judicial entre quienes reúnen los requisitos para ello, sin intervención de las Cortes Generales. En este caso los Juristas de reconocida competencia son elegidos a través de un concurso público que realiza el Consejo General del Poder Judicial utilizando en la selección parámetros objetivos.
Consideramos adecuado solventar esta situación, promoviendo un régimen de designación de los Magistrados de los Tribunales Superiores de Justicia equiparable al de los del Tribunal Supremo, sin que haya participación de las asambleas legislativas de las comunidades autónomas en el procedimiento.
Por lo expuesto, se formula la siguiente
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a instar al Gobierno de España, para que remita a las Cortes Generales un proyecto de Ley Orgánica de modificación del artículo 330.4 de Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, eliminando la participación de las asambleas legislativas de las comunidades autónomas en las propuestas de candidatos de una de cada tres plazas de las Salas de lo Civil y Penal de los Tribunales Superiores de Justicia, de forma que su selección sea realizada por los órganos de gobierno del poder judicial en función de criterios objetivos".
Valladolid, 27 de diciembre de 2016.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
PNL/001194-01
CVE="BOCCL-09-013613"
PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 10 de enero de 2017, ha admitido a trámite la Proposición No de Ley, PNL/001194.
De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante el Pleno.
Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dicha Proposición No de Ley haya de debatirse.
En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 10 de enero de 2017.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Óscar Reguera Acevedo
La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Silvia Clemente Municio
TEXTO
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante el Pleno:
ANTECEDENTES
Un Estado democrático moderno se ha de caracterizar por la división de poderes que, en el ámbito del poder judicial, contribuya a su independencia respecto a los poderes políticos. El debate es complejo pero, como en muchas cuestiones, requiere el tratamiento similar de situaciones equiparables.
El Título I del Libro IV de Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, regula la carrera judicial y de la provisión de destinos. En particular, el artículo 330.4 de la Ley Orgánica contempla que:
En las Salas de lo Civil y Penal de los Tribunales Superiores de Justicia, una de cada tres plazas se cubrirá por un jurista de reconocido prestigio con más de 10 años de ejercicio profesional en la comunidad autónoma, nombrado a propuesta del Consejo General del Poder Judicial sobre una terna presentada por la Asamblea legislativa; las restantes plazas serán cubiertas por magistrados nombrados a propuesta del Consejo General del Poder Judicial entre los que lleven 10 años en la categoría y en el orden jurisdiccional civil o penal y tengan especiales conocimientos en derecho civil, foral o especial, propio de la Comunidad Autónoma.
Esta reserva con que cuentan las asambleas legislativas de las comunidades autónomas, en nuestro caso las Cortes de Castilla y León, no está contemplada para la provisión de plazas de los Magistrados del Tribunal Supremo correspondientes a juristas de reconocido prestigio, cuyos nombramientos se hacen siempre a propuesta del Consejo General del Poder Judicial entre quienes reúnen los requisitos para ello, sin intervención de las Cortes Generales. En este caso los Juristas de reconocida competencia son elegidos a través de un concurso público que realiza el Consejo General del Poder Judicial utilizando en la selección parámetros objetivos.
Consideramos adecuado solventar esta situación, promoviendo un régimen de designación de los Magistrados de los Tribunales Superiores de Justicia equiparable al de los del Tribunal Supremo, sin que haya participación de las asambleas legislativas de las comunidades autónomas en el procedimiento.
Por lo expuesto, se formula la siguiente
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a instar al Gobierno de España, para que remita a las Cortes Generales un proyecto de Ley Orgánica de modificación del artículo 330.4 de Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, eliminando la participación de las asambleas legislativas de las comunidades autónomas en las propuestas de candidatos de una de cada tres plazas de las Salas de lo Civil y Penal de los Tribunales Superiores de Justicia, de forma que su selección sea realizada por los órganos de gobierno del poder judicial en función de criterios objetivos".
Valladolid, 27 de diciembre de 2016.
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
PNL/001194-01
CVE="BOCCL-09-013613"