PE/004857-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

463. Preguntas para respuesta escrita
PE/004857-01


Sumario:

Pregunta para respuesta escrita formulada a la Junta de Castilla y León por los Procuradores D. Celestino Rodríguez Rubio, D. Álvaro Lora Cumplido, Dña. María Josefa Díaz-Caneja Fernández, Dña. Gloria María Acevedo Rodríguez y D. Óscar Álvarez Domínguez, relativa a actuaciones de la Junta de Castilla y León en el periodo de alegaciones abierto en el expediente incoado por la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales y de Archivos y Bibliotecas para la declaración de la trashumancia como manifestación representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 17 de febrero de 2017, ha admitido a trámite las Preguntas para respuesta escrita, PE/004831 a PE/005183.

Con esta misma fecha se remiten a la Junta de Castilla y León.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 17 de febrero de 2017.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Celestino Rodríguez Rubio, Álvaro Lora Cumplido, María Josefa Díaz-Caneja Fernández, Gloria María Acevedo Rodríguez y Óscar Álvarez Domínguez, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 155 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan a la Junta de Castilla y León la siguiente pregunta para su contestación por escrito:

ANTECEDENTES

La trashumancia es, en esencia, el traslado del ganado en busca de pastos guiado por pastores y ganaderos, actividad que constituye una manera de vivir dentro de una economía de subsistencia tradicional en la cual la interrelación del hombre y el medio bioclimático es completa. Este traslado del ganado (mayoritariamente ovino pero también equino, vacuno, etc...) en diferentes niveles de estancia temporal (corta, media y larga duración) afecta aspectos de la vida de los ganaderos, pastores y sus familias, regulando también las actividades del ciclo estacional anual y diario.

La trashumancia en Castilla y León constituye en la actualidad un patrimonio vivo, pese a la reducción de la cabaña ganadera trashumante y de los cambios en esta actividad. En diversos espacios de la Comunidad esta manifestación se sigue desarrollando de manera tradicional, con el desplazamiento a pie del ganado.

Además de haber contribuido a conformar la identidad cultural de Castilla y León, la actividad trashumante ha originado un rico patrimonio cultural y etnográfico, reflejado en fiestas y tradiciones, en la toponimia, en la gastronomía y en toda la arquitectura relacionada con esta actividad. También las manifestaciones de la tradición oral, la artesanía y las técnicas de pastoreo tradicional, así como la ordenación de los pastos en el marco del derecho consuetudinario son elementos de la cultura trashumante que esta actividad ayudó a transmitir a su paso por los diferentes y distantes territorios.

De esta manera, la trashumancia ha sido tradicionalmente un mecanismo de intercambio cultural. A través de la amplia red de vías pecuarias, se produjo la trasmisión de noticias y conocimientos, resultando que a lo largo de los diferentes territorios se genera una cierta homogeneidad cultural derivada de las interrelaciones sociales y culturales que este pastoreo producía.

Por otro lado, a pesar del estado de deterioro generalizado de la red viaria, este espacio histórico de desarrollo de la práctica del pastoreo incorpora un conjunto de valores de alto interés patrimonial. Además de por su importancia histórico-cultural, la trashumancia tiene una serie de características ambientales destacables, al cumplir las vías pecuarias la función de corredores ecológicos. Al mismo tiempo, toda la red de vías pecuarias tiene en la actualidad un fuerte potencial turístico y recreativo por su utilización para el desarrollo de actividades al aire libre.

La actividad trashumante se originó en la Península Ibérica en tiempos remotos y su organización se consolidó en la Edad Media. Precisamente fue la Corona de Castilla la que dio el impulso definitivo a esta actividad con hitos como la creación de la Mesta. El Honrado Concejo de la Mesta de Pastores fue creado en 1273 por Alfonso X el Sabio, reuniendo a todos los pastores de León y de Castilla en una asociación nacional y otorgándoles importantes prerrogativas y privilegios tales como eximirlos del servicio militar y de testificar en los juicios, derechos de paso y pastoreo, etc.

Otra de las consecuencias de este desarrollo fue la creación de las cañadas reales para el tránsito del ganado desde los pastos de verano a los pastos de invierno. De este modo, ocho de las diez vías pecuarias que atraviesan España de norte a sur cruzan por Castilla y León y siete de ellas tienen su origen en esta comunidad, especialmente en la provincia de León y Soria. Esta es la descripción de las citadas cañadas reales:

- Cañada Real Zamorana. Bordea la frontera con Portugal. Se inicia en las montañas de Sanabria y termina en las dehesas de Olivenza y Alburquerque, en la provincia de Badajoz.

- Cañada Real de la Vizana o de la Plata. Comienza entre Asturias y León, en el alto de Viganos y muere en Trujillo.

- Cañada Real Leonesa Occidental. Arranca en León y muere en Badajoz.

- Cañada Real Leonesa Oriental. Comienza en la Montaña de Riaño, cruza León y Palencia pasando por las provincias de Segovia, Ávila, Toledo, Cáceres y Badajoz.

- Cañada Real Segoviana. Arranca de la Sierra de Neila en Burgos y termina su recorrido en Granja de Torrehermosa.

- Cañada Real Galiana (Riojana). Nace al Sur de la Rioja y recorre las provincias de Soria, Guadalajara, Madrid, Toledo y Ciudad Real.

- Cañada Real Soriana Oriental. Comienza en Soria y muere en Sevilla.

- Cañada Real Soriana Occidental. Cruza de modo diagonal el centro norte de la península saliendo de Soria y pasando por Segovia, Ávila, Salamanca, Cáceres termina en Badajoz.

La consideración de esta manifestación del pastoreo tradicional como Bien de Interés Cultural tiene un precedente en la Comunidad Autónoma de Aragón, cuyo Gobierno aprobó el Decreto 289/2011, de 30 de agosto, por el que se declara la trashumancia en Aragón como Bien de Interés Cultural Inmaterial.

Por otra parte, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, mediante resolución de 4 de noviembre de 2015, de la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales y de Archivos y Bibliotecas, inició expediente de declaración de la trashumancia como manifestación representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial, abriendo periodo de presentación de alegaciones, pero cuya aprobación definitiva sigue aún pendiente.

Hay que precisar que esta declaración de ámbito nacional no hace referencia alguna a manifestaciones del pastoreo tradicional íntimamente vinculadas a Castilla y León como la trasterminancia, el trasiego de ganado dentro de una misma provincia, o los denominados vaqueros de alzada, de gran tradición en comarcas de la Comunidad y de la provincia de León.

Por todo ello, se formulan las siguientes preguntas escritas:

1.º- ¿Ha presentado la Junta de Castilla y León alguna alegación que refuerce el papel de la trashumancia y en consecuencia su declaración como Patrimonio Cultural Inmaterial dentro del expediente abierto por la Administración Central?

2.º- ¿Tiene previsto la Junta de Castilla y León defender las manifestaciones de pastoreo tradicional como la trasterminancia o los vaqueros de alzada dentro del parlamentario periodo de alegaciones citado?

Valladolid, 28 de septiembre de 2016.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Celestino Rodríguez Rubio,

Álvaro Lora Cumplido,

María Josefa Díaz-Caneja Fernández,

Gloria María Acevedo Rodríguez y

Óscar Álvarez Domínguez


PE/004857-01

CVE="BOCCL-09-014787"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pags. 26806-26808
BOCCL nº 239/9 del 3/3/2017
CVE: BOCCL-09-014787

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
463. Preguntas para respuesta escrita
PE/004857-01
Pregunta para respuesta escrita formulada a la Junta de Castilla y León por los Procuradores D. Celestino Rodríguez Rubio, D. Álvaro Lora Cumplido, Dña. María Josefa Díaz-Caneja Fernández, Dña. Gloria María Acevedo Rodríguez y D. Óscar Álvarez Domínguez, relativa a actuaciones de la Junta de Castilla y León en el periodo de alegaciones abierto en el expediente incoado por la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales y de Archivos y Bibliotecas para la declaración de la trashumancia como manifestación representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 17 de febrero de 2017, ha admitido a trámite las Preguntas para respuesta escrita, PE/004831 a PE/005183.

Con esta misma fecha se remiten a la Junta de Castilla y León.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 17 de febrero de 2017.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Celestino Rodríguez Rubio, Álvaro Lora Cumplido, María Josefa Díaz-Caneja Fernández, Gloria María Acevedo Rodríguez y Óscar Álvarez Domínguez, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 155 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formulan a la Junta de Castilla y León la siguiente pregunta para su contestación por escrito:

ANTECEDENTES

La trashumancia es, en esencia, el traslado del ganado en busca de pastos guiado por pastores y ganaderos, actividad que constituye una manera de vivir dentro de una economía de subsistencia tradicional en la cual la interrelación del hombre y el medio bioclimático es completa. Este traslado del ganado (mayoritariamente ovino pero también equino, vacuno, etc...) en diferentes niveles de estancia temporal (corta, media y larga duración) afecta aspectos de la vida de los ganaderos, pastores y sus familias, regulando también las actividades del ciclo estacional anual y diario.

La trashumancia en Castilla y León constituye en la actualidad un patrimonio vivo, pese a la reducción de la cabaña ganadera trashumante y de los cambios en esta actividad. En diversos espacios de la Comunidad esta manifestación se sigue desarrollando de manera tradicional, con el desplazamiento a pie del ganado.

Además de haber contribuido a conformar la identidad cultural de Castilla y León, la actividad trashumante ha originado un rico patrimonio cultural y etnográfico, reflejado en fiestas y tradiciones, en la toponimia, en la gastronomía y en toda la arquitectura relacionada con esta actividad. También las manifestaciones de la tradición oral, la artesanía y las técnicas de pastoreo tradicional, así como la ordenación de los pastos en el marco del derecho consuetudinario son elementos de la cultura trashumante que esta actividad ayudó a transmitir a su paso por los diferentes y distantes territorios.

De esta manera, la trashumancia ha sido tradicionalmente un mecanismo de intercambio cultural. A través de la amplia red de vías pecuarias, se produjo la trasmisión de noticias y conocimientos, resultando que a lo largo de los diferentes territorios se genera una cierta homogeneidad cultural derivada de las interrelaciones sociales y culturales que este pastoreo producía.

Por otro lado, a pesar del estado de deterioro generalizado de la red viaria, este espacio histórico de desarrollo de la práctica del pastoreo incorpora un conjunto de valores de alto interés patrimonial. Además de por su importancia histórico-cultural, la trashumancia tiene una serie de características ambientales destacables, al cumplir las vías pecuarias la función de corredores ecológicos. Al mismo tiempo, toda la red de vías pecuarias tiene en la actualidad un fuerte potencial turístico y recreativo por su utilización para el desarrollo de actividades al aire libre.

La actividad trashumante se originó en la Península Ibérica en tiempos remotos y su organización se consolidó en la Edad Media. Precisamente fue la Corona de Castilla la que dio el impulso definitivo a esta actividad con hitos como la creación de la Mesta. El Honrado Concejo de la Mesta de Pastores fue creado en 1273 por Alfonso X el Sabio, reuniendo a todos los pastores de León y de Castilla en una asociación nacional y otorgándoles importantes prerrogativas y privilegios tales como eximirlos del servicio militar y de testificar en los juicios, derechos de paso y pastoreo, etc.

Otra de las consecuencias de este desarrollo fue la creación de las cañadas reales para el tránsito del ganado desde los pastos de verano a los pastos de invierno. De este modo, ocho de las diez vías pecuarias que atraviesan España de norte a sur cruzan por Castilla y León y siete de ellas tienen su origen en esta comunidad, especialmente en la provincia de León y Soria. Esta es la descripción de las citadas cañadas reales:

- Cañada Real Zamorana. Bordea la frontera con Portugal. Se inicia en las montañas de Sanabria y termina en las dehesas de Olivenza y Alburquerque, en la provincia de Badajoz.

- Cañada Real de la Vizana o de la Plata. Comienza entre Asturias y León, en el alto de Viganos y muere en Trujillo.

- Cañada Real Leonesa Occidental. Arranca en León y muere en Badajoz.

- Cañada Real Leonesa Oriental. Comienza en la Montaña de Riaño, cruza León y Palencia pasando por las provincias de Segovia, Ávila, Toledo, Cáceres y Badajoz.

- Cañada Real Segoviana. Arranca de la Sierra de Neila en Burgos y termina su recorrido en Granja de Torrehermosa.

- Cañada Real Galiana (Riojana). Nace al Sur de la Rioja y recorre las provincias de Soria, Guadalajara, Madrid, Toledo y Ciudad Real.

- Cañada Real Soriana Oriental. Comienza en Soria y muere en Sevilla.

- Cañada Real Soriana Occidental. Cruza de modo diagonal el centro norte de la península saliendo de Soria y pasando por Segovia, Ávila, Salamanca, Cáceres termina en Badajoz.

La consideración de esta manifestación del pastoreo tradicional como Bien de Interés Cultural tiene un precedente en la Comunidad Autónoma de Aragón, cuyo Gobierno aprobó el Decreto 289/2011, de 30 de agosto, por el que se declara la trashumancia en Aragón como Bien de Interés Cultural Inmaterial.

Por otra parte, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, mediante resolución de 4 de noviembre de 2015, de la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales y de Archivos y Bibliotecas, inició expediente de declaración de la trashumancia como manifestación representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial, abriendo periodo de presentación de alegaciones, pero cuya aprobación definitiva sigue aún pendiente.

Hay que precisar que esta declaración de ámbito nacional no hace referencia alguna a manifestaciones del pastoreo tradicional íntimamente vinculadas a Castilla y León como la trasterminancia, el trasiego de ganado dentro de una misma provincia, o los denominados vaqueros de alzada, de gran tradición en comarcas de la Comunidad y de la provincia de León.

Por todo ello, se formulan las siguientes preguntas escritas:

1.º- ¿Ha presentado la Junta de Castilla y León alguna alegación que refuerce el papel de la trashumancia y en consecuencia su declaración como Patrimonio Cultural Inmaterial dentro del expediente abierto por la Administración Central?

2.º- ¿Tiene previsto la Junta de Castilla y León defender las manifestaciones de pastoreo tradicional como la trasterminancia o los vaqueros de alzada dentro del parlamentario periodo de alegaciones citado?

Valladolid, 28 de septiembre de 2016.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Celestino Rodríguez Rubio,

Álvaro Lora Cumplido,

María Josefa Díaz-Caneja Fernández,

Gloria María Acevedo Rodríguez y

Óscar Álvarez Domínguez


PE/004857-01

CVE="BOCCL-09-014787"



Sede de las Cortes de Castilla y León