PNL/001621-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/001621-01


Sumario:

Proposición No de Ley presentada por las Procuradoras Dña. Isabel Muñoz Sánchez y Dña. María Josefa Rodríguez Tobal, instando a la Junta de Castilla y León a iniciar los trámites pertinentes para hacer públicos los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de Castilla y León inmatriculados por la Iglesia Católica desde 1998, para su tramitación ante la Comisión de Cultura y Turismo.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 1 de septiembre de 2017, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/001618 a PNL/001622.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 1 de septiembre de 2017.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Isabel Muñoz Sánchez y María José Rodríguez Tobal, procuradoras del Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente Proposición No de Ley para su debate y votación en la Comisión de Cultura y Turismo.

ANTECEDENTES

El artículo 206 de la Ley Hipotecaria de 1946, así como el artículo 304 del Reglamento Hipotecario de 1947, ponían al mismo nivel a la Iglesia Católica y al Estado a la hora de inscribir en el Registro de la Propiedad bienes sin propietario conocido, siempre que tuvieran un certificado del "funcionario" encargado de administrarlos, que para la Iglesia Católica estos funcionarios eran los Diocesanos respectivos. Los lugares de culto quedaban exentos en las citadas normativas.

La reforma realizada en 1998 por el Gobierno de Aznar a la citada ley, amplió notablemente el privilegio de la Iglesia al incluir los lugares de culto, lo que permitió a la Iglesia Católica inmatricular, es decir, hacer una primera inscripción a su nombre en el Registro de la Propiedad, numerosos templos, ermitas, capillas y catedrales.

Según algunos expertos en Derecho, como el profesor Alejandro Torres Gutiérrez, consideran que esta norma franquista tendría que haber sido derogada porque era manifiestamente inconstitucional, ya que equiparaba al eclesiástico (el obispo) con un fedatario público, notario. En palabras del catedrático de la Universidad de Navarra: "Este proceso no es compatible con los principios constitucionales de igualdad religiosa, neutralidad y separación entre Iglesia y Estado". Y así lo testimonia la doctrina establecida por la sentencia del Tribunal Constitucional en su sentencia 340/1993.

Los privilegios de la Iglesia no acababan en la certificación, también estaba exenta de hacer pública la adquisición, mediante un edicto. Esa ausencia de publicidad ha ocasionado que se le haya limitado, cuando no negado, a la ciudadanía su derecho a recurrir en el tiempo y la forma que marca la ley para las primeras inscripciones.

La reforma realizada por el Ejecutivo de Rajoy en el año 2015 al eliminar los privilegios otorgados a la Iglesia Católica y a los obispos a la hora de inmatricular un bien en el Registro de la Propiedad, testimonia las injusticias y abusos que ha provocado la ley Hipotecaria y la reforma de Aznar. No obstante, ha permitido seguir haciendo a la Iglesia inmatriculaciones un año más, hasta que la Ley 13/2015, de 24 de junio, entrara en vigor. Tampoco han querido que tuviera efectos retroactivos desde 1998, cuando Aznar la reformó.

Conscientes de la opacidad y la falta de transparencia que la Iglesia Católica ha mantenido en este asunto, el Grupo Parlamentario Podemos pidió por escrito a la Junta de Castilla y León en dos ocasiones que se les facilitara el listado de bienes inmatriculados por la Iglesia Católica. En la primera, todos los bienes inmatriculados desde 1988 en nuestra Comunidad Autónoma. Y en la segunda, los bienes inmatriculados integrantes del Patrimonio Cultural de Castilla y León. Ambas peticiones fueron rechazadas. La Junta no tenía acceso al Registro de la Propiedad.

No entendernos, entonces, como la Junta puede cumplir con la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, en cuanto a que son los poderes públicos los que tienen que vigilar que los propietarios, poseedores y demás titulares de derechos reales sobre bienes integrantes del Patrimonio Cultural de Castilla y León están obligados a conservarlos, custodiarlos y protegerlos debidamente para asegurar su integridad y evitar su pérdida, destrucción o deterioro.

En abril de este año, se ha aprobado una proposición no de ley en el Congreso de los Diputados para que se hagan públicos los bienes inmatriculados por la Iglesia Católica. con el voto en contra del Partido Popular y Ciudadanos.

Por todo ello se presenta la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a iniciar los trámites pertinentes para hacer públicos los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de Castilla y León inmatriculados por la Iglesia Católica desde 1998.

Valladolid, 30 de agosto de 2017.

LAS PROCURADORAS,

Fdo.: Isabel Muñoz Sánchez y

María Josefa Rodríguez Tobal

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos


PNL/001621-01

CVE="BOCCL-09-019642"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pags. 39685-39686
BOCCL nº 312/9 del 11/9/2017
CVE: BOCCL-09-019642

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/001621-01
Proposición No de Ley presentada por las Procuradoras Dña. Isabel Muñoz Sánchez y Dña. María Josefa Rodríguez Tobal, instando a la Junta de Castilla y León a iniciar los trámites pertinentes para hacer públicos los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de Castilla y León inmatriculados por la Iglesia Católica desde 1998, para su tramitación ante la Comisión de Cultura y Turismo.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 1 de septiembre de 2017, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/001618 a PNL/001622.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 1 de septiembre de 2017.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Isabel Muñoz Sánchez y María José Rodríguez Tobal, procuradoras del Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente Proposición No de Ley para su debate y votación en la Comisión de Cultura y Turismo.

ANTECEDENTES

El artículo 206 de la Ley Hipotecaria de 1946, así como el artículo 304 del Reglamento Hipotecario de 1947, ponían al mismo nivel a la Iglesia Católica y al Estado a la hora de inscribir en el Registro de la Propiedad bienes sin propietario conocido, siempre que tuvieran un certificado del "funcionario" encargado de administrarlos, que para la Iglesia Católica estos funcionarios eran los Diocesanos respectivos. Los lugares de culto quedaban exentos en las citadas normativas.

La reforma realizada en 1998 por el Gobierno de Aznar a la citada ley, amplió notablemente el privilegio de la Iglesia al incluir los lugares de culto, lo que permitió a la Iglesia Católica inmatricular, es decir, hacer una primera inscripción a su nombre en el Registro de la Propiedad, numerosos templos, ermitas, capillas y catedrales.

Según algunos expertos en Derecho, como el profesor Alejandro Torres Gutiérrez, consideran que esta norma franquista tendría que haber sido derogada porque era manifiestamente inconstitucional, ya que equiparaba al eclesiástico (el obispo) con un fedatario público, notario. En palabras del catedrático de la Universidad de Navarra: "Este proceso no es compatible con los principios constitucionales de igualdad religiosa, neutralidad y separación entre Iglesia y Estado". Y así lo testimonia la doctrina establecida por la sentencia del Tribunal Constitucional en su sentencia 340/1993.

Los privilegios de la Iglesia no acababan en la certificación, también estaba exenta de hacer pública la adquisición, mediante un edicto. Esa ausencia de publicidad ha ocasionado que se le haya limitado, cuando no negado, a la ciudadanía su derecho a recurrir en el tiempo y la forma que marca la ley para las primeras inscripciones.

La reforma realizada por el Ejecutivo de Rajoy en el año 2015 al eliminar los privilegios otorgados a la Iglesia Católica y a los obispos a la hora de inmatricular un bien en el Registro de la Propiedad, testimonia las injusticias y abusos que ha provocado la ley Hipotecaria y la reforma de Aznar. No obstante, ha permitido seguir haciendo a la Iglesia inmatriculaciones un año más, hasta que la Ley 13/2015, de 24 de junio, entrara en vigor. Tampoco han querido que tuviera efectos retroactivos desde 1998, cuando Aznar la reformó.

Conscientes de la opacidad y la falta de transparencia que la Iglesia Católica ha mantenido en este asunto, el Grupo Parlamentario Podemos pidió por escrito a la Junta de Castilla y León en dos ocasiones que se les facilitara el listado de bienes inmatriculados por la Iglesia Católica. En la primera, todos los bienes inmatriculados desde 1988 en nuestra Comunidad Autónoma. Y en la segunda, los bienes inmatriculados integrantes del Patrimonio Cultural de Castilla y León. Ambas peticiones fueron rechazadas. La Junta no tenía acceso al Registro de la Propiedad.

No entendernos, entonces, como la Junta puede cumplir con la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, en cuanto a que son los poderes públicos los que tienen que vigilar que los propietarios, poseedores y demás titulares de derechos reales sobre bienes integrantes del Patrimonio Cultural de Castilla y León están obligados a conservarlos, custodiarlos y protegerlos debidamente para asegurar su integridad y evitar su pérdida, destrucción o deterioro.

En abril de este año, se ha aprobado una proposición no de ley en el Congreso de los Diputados para que se hagan públicos los bienes inmatriculados por la Iglesia Católica. con el voto en contra del Partido Popular y Ciudadanos.

Por todo ello se presenta la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a iniciar los trámites pertinentes para hacer públicos los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de Castilla y León inmatriculados por la Iglesia Católica desde 1998.

Valladolid, 30 de agosto de 2017.

LAS PROCURADORAS,

Fdo.: Isabel Muñoz Sánchez y

María Josefa Rodríguez Tobal

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos


PNL/001621-01

CVE="BOCCL-09-019642"



Sede de las Cortes de Castilla y León