M/000005-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

451. Mociones
M/000005-01


Sumario:

Moción presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a política general en materia de incendios forestales, consecuencia de la Interpelación formulada por dicho Grupo Parlamentario, sustanciada en la Sesión Plenaria de 5 de septiembre de 2017.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 15 de septiembre de 2017, ha admitido a trámite la Moción, M/000005, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a política general en materia de incendios forestales, consecuencia de la Interpelación formulada por dicho Grupo Parlamentario, sustanciada en la Sesión Plenaria de 5 de septiembre de 2017.

De conformidad con el artículo 154 del Reglamento podrán presentarse enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dicha Moción haya de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 15 de septiembre de 2017.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el ARTÍCULO 154 del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente MOCIÓN derivada de la Interpelación I/000005 relativa a "Política general en materia de incendios forestales":

ANTECEDENTES

Esta moción deriva de una interpelación en la que pretendíamos conocer las políticas reales que realiza la Junta de Castilla y León en materia de incendios forestales.

El 51 % de la superficie de la Comunidad de Castilla y León es forestal, unos 4,8 millones de hectáreas. En comparación porcentual, la superficie europea forestal es del 41 % y la mundial se sitúa en el 39 %. La superficie forestal per cápita en la Comunidad es de 1,92 hectáreas forestales por habitante, mejor ratio que el conjunto de España (0,60), la UE (0,35) y el global mundial (0,77), aunque es lógico reconocer que la despoblación influye en esta ratio de forma acusada a nuestro territorio de gran superficie y cada vez menos población. Castilla y León es un territorio eminentemente forestal y con grandes oportunidades de futuro.

El Artículo 45 de la Constitución española consagra el derecho de los españoles a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, así como el deber de conservarlo, encargando a los poderes públicos que velen por la utilización racional de todos los recursos naturales, con el fin de proteger y mejorar la calidad de la vida y defender y restaurar el medio ambiente, apoyándose en la indispensable solidaridad colectiva. Asimismo, para aquellos que violen lo anterior se establecerán sanciones penales o, en su caso, administrativas, así como la obligación de reparar el daño causado.

El artículo 148.8 de dicho texto constitucional indica que las Comunidades Autónomas podrán asumir las competencias en cuanto a montes y aprovechamientos forestales, y el artículo 148.9 la gestión en materia de protección del medio ambiente.

De acuerdo con el artículo 71.1.8 de Ley Orgánica 14/2007, de 30 de noviembre, de Reforma del Estatuto de Autonomía de Castilla y León, la Comunidad de Castilla y León tiene la competencia de desarrollo normativo y ejecución en materia de "montes, aprovechamientos y servicios forestales, vías pecuarias, pastos y espacios naturales protegidos". Asimismo el artículo 71.1.16 indica las competencias de desarrollo normativo y ejecución en materia de "Protección civil, incluyendo en todo caso la regulación, planificación y ejecución de medidas relativas a las emergencias y la seguridad civil, así como la coordinación y formación de los servicios de protección civil, entre ellos los de prevención y extinción de incendios".

El artículo 43 de la Ley estatal 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, indica que corresponde a las Administraciones públicas competentes la responsabilidad de la organización de la defensa contra los incendios forestales. A tal fin, deberán adoptar, de modo coordinado, medidas conducentes a la prevención, detección y extinción de los incendios forestales, cualquiera que sea la titularidad de los montes.

No podemos olvidar que la Ley 3/2009, de 6 de abril, de Montes de Castilla y León, en su artículo 86 contempla que "Corresponderá a la consejería competente en materia de montes, en coordinación con la Administración General del Estado, la organización de la defensa contra los incendios forestales, que incluirá la prevención, detección y extinción, así como la restauración de las áreas afectadas, todo ello sin perjuicio de las competencias de las entidades locales".

Los incendios forestales son una grave amenaza para uno de los mejores patrimonios de Castilla y León, como es su patrimonio natural, reconocido en el Estatuto de Autonomía en su artículo 4. La protección de este bien conlleva la protección de nuestro entorno, de la forma de vida de muchos de nuestros ciudadanos, de una fuente de empleo interesante en el medio rural, de la flora y la fauna y de los bienes de las personas que viven en este medio.

Después de un año nefasto, donde en la Comunidad se han producido hasta el día 27 de agosto 2.138 incendios forestales, arrasando más de 32.700 hectáreas de superficie forestal, el 65,4 % se corresponde con los grandes incendios ocurridos durante los meses de julio y agosto, en los que ardieron 21.400 hectáreas. Todo ello ha provocado que el año 2017 ya se haya catalogado como uno de los peores en la última década.

Es necesario analizar la aplicación de políticas activas de prevención y extinción de incendios forestales. Es preciso definir qué medidas se deben tomar y variar en los trabajos preventivos, la financiación y los medios con los que debemos de contar, tanto materiales como personales, es preciso también definir qué competencias y obligaciones tienen todos los implicados, para ello es necesario crear una Comisión parlamentaria no permanente en las Cortes de Castilla y León, para poder escuchar a todos los actores implicados y después poder tomar las medidas consensuadas necesarias, a cuyos efectos el grupo Parlamentario Socialista formulará la correspondiente iniciativa.

Es de capital importancia la promulgación de una Ley que tenga como objeto la defensa de los montes o terrenos forestales frente a los incendios y proteger a las personas y a los bienes por ellos afectados, promoviendo la adopción de una política activa de prevención, la actuación coordinada de todas las Administraciones en materia de prevención y lucha contra los incendios forestales y la restauración de los terrenos incendiados, así como el entorno y medio natural afectado.

Ya desde el año 68 contábamos con una ley sobre Incendios Forestales, la 81/1968, de 5 de diciembre, y su Reglamento, aprobado por el Decreto 3769/1972, de 23 de diciembre, legislación esta que si bien cumplió una importante función se ha quedado desfasada ante el vertiginoso avance de las necesidades y legislación ambiental y desde luego necesidad de legislar sobre las competencias atribuidas por nuestro Estatuto de Autonomía.

Es necesario partir del principio de que la prevención y lucha contra los incendios forestales conciernen a todos, y de que el uso de los montes debe estar presidido por la necesidad de prevenir la iniciación o propagación de incendios forestales. Es fundamental prever la regulación de los usos y actividades susceptibles de provocar incendios forestales, los planes y las herramientas.

Asimismo es urgente tomar medidas que vayan terminando con la cultura del fuego, que provoca que el "terrorismo incendiario" provoque catástrofes medioambientales en lo más valioso que tenemos que es nuestra superficie natural.

Es justo y necesario reconocer con total claridad la labor importantísima en beneficio de los intereses autonómicos y de la sociedad en general de los profesionales que se juegan día a día la vida en la extinción de los incendios forestales, desde los Técnicos, los Agentes Medioambientales, las cuadrillas de incendios, los maquinistas, pilotos, conductores, mangueristas, los bomberos, los vigilantes, etc., hasta los ciudadanos que colaboran desinteresadamente.

En definitiva, es importante darle a los incendios forestales y a los problemas que provocan un tratamiento diferenciado y exclusivo. Tenemos que hacer entender que los incendios y su prevención es una tarea que nos implica a todos, marcar las líneas y las competencias de cada una de las administraciones (nacional, autonómica y local) de manera clara, que no llamen a confusión y desorganización, de la misma manera sobre cuáles van a ser las obligaciones de todos los ciudadanos de manera individual.

Es perentorio, por otro lado, establecer sanciones claras ante atropellos sobre el medio ambiente, que no den lugar a duda o a interpretación. Es fundamental tramitar y resolver todos los expedientes sancionadores para que no se deje sensación de impunidad ante quien comente atropellos ambientales. Y, cómo no, es también precisa una norma que hable de financiación, de con qué recursos se va a contar, para qué y cómo se van a distribuir.

En base a lo expuesto y a las propuestas trasladadas a la Junta de Castilla y León, se formula la siguiente:

MOCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:

a) Presentar en el plazo de cuatro meses, ante esta Cámara, un proyecto de Ley de Prevención y Extinción de incendios forestales y Reforestación de los terrenos afectados en Castilla y León.

b) Presentar ante esta Cámara un proyecto de Ley de modificación del art. 92 de la Ley 3/2009, de 6 de abril, de Montes de Castilla y León, donde se refleje la no utilización en Castilla y León de la excepcionalidad contemplada en el artículo 50 de la Ley de Montes del Estado para el cambio de uso forestal de terrenos incendiados antes de 30 años después de un incendio, evitando la especulación urbanística.

c) Desarrollar reglamentariamente la Ley 4/2007, de 28 marzo, de Protección Ciudadana de Castilla y León, publicando las ZAIS (Zonas de Actuación Inmediata) y creando los Parques Comarcales de Protección Civil y Salvamento con bomberos profesionales en todas las provincias de la Comunidad Autónoma. Con participación consorciada de la Junta de Castilla y León, las Diputaciones Provinciales y Entidades Locales.

d) Realizar los trámites necesarios para reconocer la categoría de "bombero forestal" al personal que desarrolla estas funciones en la Comunidad Autónoma.

e) Remitir a las Cortes un proyecto de Ley de creación de un Cuerpo de Agentes Medioambientales en la Comunidad Autónoma (Escala Técnica y Operativa), para mejorar la gestión y prestación de los servicios públicos de protección, conservación, vigilancia y custodia de la riqueza medioambiental, con una dotación mínima de 930 agentes de forma activa.

f) Poner en marcha un Plan contra el terrorismo incendiario, para conseguir la reducción del número de incendios provocados y poner a disposición judicial a quien quema los montes y la riqueza natural.

g) Elaborar protocolos claros y efectivos para conseguir una buena coordinación entre los medios de todas las administraciones que abarquen todo lo relacionado con la extinción de incendios forestales en la Comunidad.

h) Normalizar los impresos administrativos de gestión forestal para que sean iguales en todas las provincias, se tramiten de forma digital los expedientes sancionadores a fin de evitar su caducidad o anomalías en su tramitación que conlleven su invalidez y dotar del personal necesario para la tramitación de dichos expedientes en todas las provincias.

i) Tender de forma paulatina a la profesionalización del operativo de prevención y extinción de incendios forestales de Castilla y León. Solucionar aspectos como la precariedad en el empleo, sueldos bajos, trabajo en condiciones extremas, trabajos silvícolas durante la jornada laboral en condiciones adversas.

j) Recuperar antes de que termine la legislatura la inversión pública en trabajos de prevención a los niveles de 2009. Las masas forestales requieren tratamientos selvícolas y limpiezas para estar preparados en casos de siniestros.

k) Aumentar los puestos de empleados públicos en la campaña y aumento del tiempo de trabajo de los fijos discontinuos en las Torretas de Vigilancia y camiones de incendios, mínimo de 6 meses en todos los contratos.

I) Conseguir que los puestos de vigilancia y las motobombas no permanezcan ningún día de la campaña de alto riesgo de incendios cerrados por vacaciones del personal o falta de contratación. Para ello se disfrutarán las vacaciones fuera de campaña aumentando el tiempo de contrato y se contratarán vigilantes o personal de autobombas correturnos si es necesario.

m) Convocar un Concurso abierto y permanente para el personal fijo discontinuo, como el resto del personal laboral.

n) Aumentar el número de integrantes de las cuadrillas de retenes de empresa privada hasta los nueve, aumentando su periodo de permanencia laboral y realizando su contratación antes del 1 de mayo.

o) Potenciar que las pymes y autónomos locales realicen los trabajos de tratamientos selvícolas y reforestación en los montes cercanos.

p) Renovar el parque de vehículos de la Consejería y los camiones de extinción de incendios forestales, para que no circule ningún vehículo con más de 10 años.

q) Realizar las actuaciones necesarias a fin de que la investigación de causas de incendios forestales sea realizada con medios y por funcionarios públicos. Un trabajo de investigación que pueda acarrear la consecución de pruebas delictivas no debe ser encargado a empresas privadas cuyos integrantes no tienen la condición de agentes de la autoridad o policía judicial. A este fin se impulsarán la coordinación entre Agentes Medioambientales y Seprona y la existencia de protocolos claros y efectivos en igualdad de condiciones.

r) Retirar la madera quemada y limpiar la zona afectada en los seis meses siguientes al incendio, para evitar plagas al resto de la masa forestal.

s) Iniciar la reforestación de los incendios forestales en el plazo máximo de dos años. Procurando la introducción de especies más resistentes en caso de incendios.

t) Poner en marcha el sistema de recuperación de los gastos de extinción de incendios forestales. Los siniestros en los que se puedan recuperar los gastos de extinción significará una buena inyección para las arcas públicas. Las empresas aseguradoras de la maquinaria, terrenos, etc., deben abonar estos gastos cuando sean imputables.

u) Impulsar la participación de Diputaciones, Ayuntamientos, Entidades Locales Menores, actores sociales y económicos, así como de la ciudadanía, en la toma de decisiones en el territorio como herramienta de acercar la gestión y la concienciación a la ciudadanía para que se sientan partícipes de nuestro patrimonio forestal y con ello de las pérdidas en los incendios forestales.

v) Impulsar la educación y la concienciación social en las zonas más proclives a los incendios forestales, mediante un Plan de concienciación y puesta en valor del monte, para paliar la "cultura del fuego".

Valladolid, 11 de septiembre de 2017.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández


M/000005-01

CVE="BOCCL-09-019663"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pags. 39724-39728
BOCCL nº 314/9 del 19/9/2017
CVE: BOCCL-09-019663

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
451. Mociones
M/000005-01
Moción presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a política general en materia de incendios forestales, consecuencia de la Interpelación formulada por dicho Grupo Parlamentario, sustanciada en la Sesión Plenaria de 5 de septiembre de 2017.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 15 de septiembre de 2017, ha admitido a trámite la Moción, M/000005, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a política general en materia de incendios forestales, consecuencia de la Interpelación formulada por dicho Grupo Parlamentario, sustanciada en la Sesión Plenaria de 5 de septiembre de 2017.

De conformidad con el artículo 154 del Reglamento podrán presentarse enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dicha Moción haya de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 15 de septiembre de 2017.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el ARTÍCULO 154 del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente MOCIÓN derivada de la Interpelación I/000005 relativa a "Política general en materia de incendios forestales":

ANTECEDENTES

Esta moción deriva de una interpelación en la que pretendíamos conocer las políticas reales que realiza la Junta de Castilla y León en materia de incendios forestales.

El 51 % de la superficie de la Comunidad de Castilla y León es forestal, unos 4,8 millones de hectáreas. En comparación porcentual, la superficie europea forestal es del 41 % y la mundial se sitúa en el 39 %. La superficie forestal per cápita en la Comunidad es de 1,92 hectáreas forestales por habitante, mejor ratio que el conjunto de España (0,60), la UE (0,35) y el global mundial (0,77), aunque es lógico reconocer que la despoblación influye en esta ratio de forma acusada a nuestro territorio de gran superficie y cada vez menos población. Castilla y León es un territorio eminentemente forestal y con grandes oportunidades de futuro.

El Artículo 45 de la Constitución española consagra el derecho de los españoles a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, así como el deber de conservarlo, encargando a los poderes públicos que velen por la utilización racional de todos los recursos naturales, con el fin de proteger y mejorar la calidad de la vida y defender y restaurar el medio ambiente, apoyándose en la indispensable solidaridad colectiva. Asimismo, para aquellos que violen lo anterior se establecerán sanciones penales o, en su caso, administrativas, así como la obligación de reparar el daño causado.

El artículo 148.8 de dicho texto constitucional indica que las Comunidades Autónomas podrán asumir las competencias en cuanto a montes y aprovechamientos forestales, y el artículo 148.9 la gestión en materia de protección del medio ambiente.

De acuerdo con el artículo 71.1.8 de Ley Orgánica 14/2007, de 30 de noviembre, de Reforma del Estatuto de Autonomía de Castilla y León, la Comunidad de Castilla y León tiene la competencia de desarrollo normativo y ejecución en materia de "montes, aprovechamientos y servicios forestales, vías pecuarias, pastos y espacios naturales protegidos". Asimismo el artículo 71.1.16 indica las competencias de desarrollo normativo y ejecución en materia de "Protección civil, incluyendo en todo caso la regulación, planificación y ejecución de medidas relativas a las emergencias y la seguridad civil, así como la coordinación y formación de los servicios de protección civil, entre ellos los de prevención y extinción de incendios".

El artículo 43 de la Ley estatal 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, indica que corresponde a las Administraciones públicas competentes la responsabilidad de la organización de la defensa contra los incendios forestales. A tal fin, deberán adoptar, de modo coordinado, medidas conducentes a la prevención, detección y extinción de los incendios forestales, cualquiera que sea la titularidad de los montes.

No podemos olvidar que la Ley 3/2009, de 6 de abril, de Montes de Castilla y León, en su artículo 86 contempla que "Corresponderá a la consejería competente en materia de montes, en coordinación con la Administración General del Estado, la organización de la defensa contra los incendios forestales, que incluirá la prevención, detección y extinción, así como la restauración de las áreas afectadas, todo ello sin perjuicio de las competencias de las entidades locales".

Los incendios forestales son una grave amenaza para uno de los mejores patrimonios de Castilla y León, como es su patrimonio natural, reconocido en el Estatuto de Autonomía en su artículo 4. La protección de este bien conlleva la protección de nuestro entorno, de la forma de vida de muchos de nuestros ciudadanos, de una fuente de empleo interesante en el medio rural, de la flora y la fauna y de los bienes de las personas que viven en este medio.

Después de un año nefasto, donde en la Comunidad se han producido hasta el día 27 de agosto 2.138 incendios forestales, arrasando más de 32.700 hectáreas de superficie forestal, el 65,4 % se corresponde con los grandes incendios ocurridos durante los meses de julio y agosto, en los que ardieron 21.400 hectáreas. Todo ello ha provocado que el año 2017 ya se haya catalogado como uno de los peores en la última década.

Es necesario analizar la aplicación de políticas activas de prevención y extinción de incendios forestales. Es preciso definir qué medidas se deben tomar y variar en los trabajos preventivos, la financiación y los medios con los que debemos de contar, tanto materiales como personales, es preciso también definir qué competencias y obligaciones tienen todos los implicados, para ello es necesario crear una Comisión parlamentaria no permanente en las Cortes de Castilla y León, para poder escuchar a todos los actores implicados y después poder tomar las medidas consensuadas necesarias, a cuyos efectos el grupo Parlamentario Socialista formulará la correspondiente iniciativa.

Es de capital importancia la promulgación de una Ley que tenga como objeto la defensa de los montes o terrenos forestales frente a los incendios y proteger a las personas y a los bienes por ellos afectados, promoviendo la adopción de una política activa de prevención, la actuación coordinada de todas las Administraciones en materia de prevención y lucha contra los incendios forestales y la restauración de los terrenos incendiados, así como el entorno y medio natural afectado.

Ya desde el año 68 contábamos con una ley sobre Incendios Forestales, la 81/1968, de 5 de diciembre, y su Reglamento, aprobado por el Decreto 3769/1972, de 23 de diciembre, legislación esta que si bien cumplió una importante función se ha quedado desfasada ante el vertiginoso avance de las necesidades y legislación ambiental y desde luego necesidad de legislar sobre las competencias atribuidas por nuestro Estatuto de Autonomía.

Es necesario partir del principio de que la prevención y lucha contra los incendios forestales conciernen a todos, y de que el uso de los montes debe estar presidido por la necesidad de prevenir la iniciación o propagación de incendios forestales. Es fundamental prever la regulación de los usos y actividades susceptibles de provocar incendios forestales, los planes y las herramientas.

Asimismo es urgente tomar medidas que vayan terminando con la cultura del fuego, que provoca que el "terrorismo incendiario" provoque catástrofes medioambientales en lo más valioso que tenemos que es nuestra superficie natural.

Es justo y necesario reconocer con total claridad la labor importantísima en beneficio de los intereses autonómicos y de la sociedad en general de los profesionales que se juegan día a día la vida en la extinción de los incendios forestales, desde los Técnicos, los Agentes Medioambientales, las cuadrillas de incendios, los maquinistas, pilotos, conductores, mangueristas, los bomberos, los vigilantes, etc., hasta los ciudadanos que colaboran desinteresadamente.

En definitiva, es importante darle a los incendios forestales y a los problemas que provocan un tratamiento diferenciado y exclusivo. Tenemos que hacer entender que los incendios y su prevención es una tarea que nos implica a todos, marcar las líneas y las competencias de cada una de las administraciones (nacional, autonómica y local) de manera clara, que no llamen a confusión y desorganización, de la misma manera sobre cuáles van a ser las obligaciones de todos los ciudadanos de manera individual.

Es perentorio, por otro lado, establecer sanciones claras ante atropellos sobre el medio ambiente, que no den lugar a duda o a interpretación. Es fundamental tramitar y resolver todos los expedientes sancionadores para que no se deje sensación de impunidad ante quien comente atropellos ambientales. Y, cómo no, es también precisa una norma que hable de financiación, de con qué recursos se va a contar, para qué y cómo se van a distribuir.

En base a lo expuesto y a las propuestas trasladadas a la Junta de Castilla y León, se formula la siguiente:

MOCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:

a) Presentar en el plazo de cuatro meses, ante esta Cámara, un proyecto de Ley de Prevención y Extinción de incendios forestales y Reforestación de los terrenos afectados en Castilla y León.

b) Presentar ante esta Cámara un proyecto de Ley de modificación del art. 92 de la Ley 3/2009, de 6 de abril, de Montes de Castilla y León, donde se refleje la no utilización en Castilla y León de la excepcionalidad contemplada en el artículo 50 de la Ley de Montes del Estado para el cambio de uso forestal de terrenos incendiados antes de 30 años después de un incendio, evitando la especulación urbanística.

c) Desarrollar reglamentariamente la Ley 4/2007, de 28 marzo, de Protección Ciudadana de Castilla y León, publicando las ZAIS (Zonas de Actuación Inmediata) y creando los Parques Comarcales de Protección Civil y Salvamento con bomberos profesionales en todas las provincias de la Comunidad Autónoma. Con participación consorciada de la Junta de Castilla y León, las Diputaciones Provinciales y Entidades Locales.

d) Realizar los trámites necesarios para reconocer la categoría de "bombero forestal" al personal que desarrolla estas funciones en la Comunidad Autónoma.

e) Remitir a las Cortes un proyecto de Ley de creación de un Cuerpo de Agentes Medioambientales en la Comunidad Autónoma (Escala Técnica y Operativa), para mejorar la gestión y prestación de los servicios públicos de protección, conservación, vigilancia y custodia de la riqueza medioambiental, con una dotación mínima de 930 agentes de forma activa.

f) Poner en marcha un Plan contra el terrorismo incendiario, para conseguir la reducción del número de incendios provocados y poner a disposición judicial a quien quema los montes y la riqueza natural.

g) Elaborar protocolos claros y efectivos para conseguir una buena coordinación entre los medios de todas las administraciones que abarquen todo lo relacionado con la extinción de incendios forestales en la Comunidad.

h) Normalizar los impresos administrativos de gestión forestal para que sean iguales en todas las provincias, se tramiten de forma digital los expedientes sancionadores a fin de evitar su caducidad o anomalías en su tramitación que conlleven su invalidez y dotar del personal necesario para la tramitación de dichos expedientes en todas las provincias.

i) Tender de forma paulatina a la profesionalización del operativo de prevención y extinción de incendios forestales de Castilla y León. Solucionar aspectos como la precariedad en el empleo, sueldos bajos, trabajo en condiciones extremas, trabajos silvícolas durante la jornada laboral en condiciones adversas.

j) Recuperar antes de que termine la legislatura la inversión pública en trabajos de prevención a los niveles de 2009. Las masas forestales requieren tratamientos selvícolas y limpiezas para estar preparados en casos de siniestros.

k) Aumentar los puestos de empleados públicos en la campaña y aumento del tiempo de trabajo de los fijos discontinuos en las Torretas de Vigilancia y camiones de incendios, mínimo de 6 meses en todos los contratos.

I) Conseguir que los puestos de vigilancia y las motobombas no permanezcan ningún día de la campaña de alto riesgo de incendios cerrados por vacaciones del personal o falta de contratación. Para ello se disfrutarán las vacaciones fuera de campaña aumentando el tiempo de contrato y se contratarán vigilantes o personal de autobombas correturnos si es necesario.

m) Convocar un Concurso abierto y permanente para el personal fijo discontinuo, como el resto del personal laboral.

n) Aumentar el número de integrantes de las cuadrillas de retenes de empresa privada hasta los nueve, aumentando su periodo de permanencia laboral y realizando su contratación antes del 1 de mayo.

o) Potenciar que las pymes y autónomos locales realicen los trabajos de tratamientos selvícolas y reforestación en los montes cercanos.

p) Renovar el parque de vehículos de la Consejería y los camiones de extinción de incendios forestales, para que no circule ningún vehículo con más de 10 años.

q) Realizar las actuaciones necesarias a fin de que la investigación de causas de incendios forestales sea realizada con medios y por funcionarios públicos. Un trabajo de investigación que pueda acarrear la consecución de pruebas delictivas no debe ser encargado a empresas privadas cuyos integrantes no tienen la condición de agentes de la autoridad o policía judicial. A este fin se impulsarán la coordinación entre Agentes Medioambientales y Seprona y la existencia de protocolos claros y efectivos en igualdad de condiciones.

r) Retirar la madera quemada y limpiar la zona afectada en los seis meses siguientes al incendio, para evitar plagas al resto de la masa forestal.

s) Iniciar la reforestación de los incendios forestales en el plazo máximo de dos años. Procurando la introducción de especies más resistentes en caso de incendios.

t) Poner en marcha el sistema de recuperación de los gastos de extinción de incendios forestales. Los siniestros en los que se puedan recuperar los gastos de extinción significará una buena inyección para las arcas públicas. Las empresas aseguradoras de la maquinaria, terrenos, etc., deben abonar estos gastos cuando sean imputables.

u) Impulsar la participación de Diputaciones, Ayuntamientos, Entidades Locales Menores, actores sociales y económicos, así como de la ciudadanía, en la toma de decisiones en el territorio como herramienta de acercar la gestión y la concienciación a la ciudadanía para que se sientan partícipes de nuestro patrimonio forestal y con ello de las pérdidas en los incendios forestales.

v) Impulsar la educación y la concienciación social en las zonas más proclives a los incendios forestales, mediante un Plan de concienciación y puesta en valor del monte, para paliar la "cultura del fuego".

Valladolid, 11 de septiembre de 2017.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández


M/000005-01

CVE="BOCCL-09-019663"



Sede de las Cortes de Castilla y León