PE/006629-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

463. Preguntas para respuesta escrita
PE/006629-01


Sumario:

Pregunta para respuesta escrita formulada a la Junta de Castilla y León por los Procuradores D. Ricardo López Prieto y D. Carlos Eduardo Chávez Muñoz, relativa a afectación de la modificación legal de la infracción grave del art. 75.26 de la Ley 4/1996, de 12 de julio, de Caza de Castilla y León.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 1 de septiembre de 2017, ha admitido a trámite las Preguntas para respuesta escrita PE/006411 a PE/006733.

Con esta misma fecha se remiten a la Junta de Castilla y León.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 1 de septiembre de 2017.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Ricardo López Prieto y Carlos Eduardo Chávez Muñoz, procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO PODEMOS de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 155 y siguiente del Reglamento de la Cámara, formulan a la Junta de Castilla y León la siguiente pregunta para su respuesta escrita:

La Ley 2/2017, de 4 de julio, de Medidas Tributarias y Administrativas, en su artículo 5 modifica la Ley 4/1996, de 12 de julio, de Caza de Castilla y León.

En esa modificación se elimina la actual obligatoriedad de retirar la licencia de caza por la comisión de una infracción grave y se cambia por la posibilidad de retirar la licencia en ese tipo de infracciones.

¿Qué medidas y/o instrucciones va a adoptar la Junta de Castilla y León para aplicar de forma concreta esta modificación de la Ley de Caza, de manera que pueda saberse de forma precisa y concisa en qué casos y bajo qué condiciones se va a retirar la licencia de caza en infracciones graves y en cuáles no?

En este sentido, ¿cómo va a afectar esta modificación legislativa a la infracción grave recogida en el artículo 75.26 de la Ley 4/1996, de 12 de julio, de Caza de Castilla y León, que regula el transporte de piezas de caza muertas o partes identificables de las mismas sin que vayan acompañadas de los precintos, marcas y justificantes que acrediten su origen?

En Valladolid, a 25 de julio de 2017.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Ricardo López Prieto y

Carlos Eduardo Chávez Muñoz


PE/006629-01

CVE="BOCCL-09-019909"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pags. 40141-40142
BOCCL nº 316/9 del 22/9/2017
CVE: BOCCL-09-019909

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
463. Preguntas para respuesta escrita
PE/006629-01
Pregunta para respuesta escrita formulada a la Junta de Castilla y León por los Procuradores D. Ricardo López Prieto y D. Carlos Eduardo Chávez Muñoz, relativa a afectación de la modificación legal de la infracción grave del art. 75.26 de la Ley 4/1996, de 12 de julio, de Caza de Castilla y León.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 1 de septiembre de 2017, ha admitido a trámite las Preguntas para respuesta escrita PE/006411 a PE/006733.

Con esta misma fecha se remiten a la Junta de Castilla y León.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 1 de septiembre de 2017.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Ricardo López Prieto y Carlos Eduardo Chávez Muñoz, procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO PODEMOS de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 155 y siguiente del Reglamento de la Cámara, formulan a la Junta de Castilla y León la siguiente pregunta para su respuesta escrita:

La Ley 2/2017, de 4 de julio, de Medidas Tributarias y Administrativas, en su artículo 5 modifica la Ley 4/1996, de 12 de julio, de Caza de Castilla y León.

En esa modificación se elimina la actual obligatoriedad de retirar la licencia de caza por la comisión de una infracción grave y se cambia por la posibilidad de retirar la licencia en ese tipo de infracciones.

¿Qué medidas y/o instrucciones va a adoptar la Junta de Castilla y León para aplicar de forma concreta esta modificación de la Ley de Caza, de manera que pueda saberse de forma precisa y concisa en qué casos y bajo qué condiciones se va a retirar la licencia de caza en infracciones graves y en cuáles no?

En este sentido, ¿cómo va a afectar esta modificación legislativa a la infracción grave recogida en el artículo 75.26 de la Ley 4/1996, de 12 de julio, de Caza de Castilla y León, que regula el transporte de piezas de caza muertas o partes identificables de las mismas sin que vayan acompañadas de los precintos, marcas y justificantes que acrediten su origen?

En Valladolid, a 25 de julio de 2017.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Ricardo López Prieto y

Carlos Eduardo Chávez Muñoz


PE/006629-01

CVE="BOCCL-09-019909"



Sede de las Cortes de Castilla y León