M/000209-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

451. Mociones
M/000209-01


Sumario:

Moción presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a política general en materia de igualdad entre mujeres y hombres, consecuencia de la Interpelación formulada por dicho Grupo Parlamentario, sustanciada en la Sesión Plenaria de 20 de febrero de 2018.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 2 de marzo de 2018, ha admitido a trámite la Moción, M/000209, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a política general en materia de igualdad entre mujeres y hombres, consecuencia de la Interpelación formulada por dicho Grupo Parlamentario, sustanciada en la Sesión Plenaria de 20 de febrero de 2018.

De conformidad con el artículo 154 del Reglamento podrán presentarse enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dicha Moción haya de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 2 de marzo de 2018.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el ARTÍCULO 154 del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente MOCIÓN derivada de la Interpelación I/000209 relativa a Política general en materia de igualdad entre mujeres y hombres:

La igualdad efectiva entre hombres y mujeres es un principio reconocido en varios textos normativos, tanto a nivel internacional, europeo y nacional. La Constitución Española de 1978, como norma suprema de nuestro ordenamiento jurídico, reconoce como uno de sus principios inspiradores el principio de igualdad y no discriminación, y hace referencia a dicho principio en varios de sus artículos: 1.1, 9.2, 10.2, 14 y 35.

En el ámbito estatal, los mayores avances legislativos a favor de la igualdad de género y en contra de la violencia que se ejerce hacia las mujeres lo constituyen la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo de 2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas para la protección integral contra la violencia de género.

En el ámbito autonómico, la última reforma del Estatuto de Autonomía de Castilla y León, aprobada por la Ley Orgánica 14/2007, de 30 de noviembre, regula el derecho a la no discriminación por razón de género y exige a los poderes públicos autonómicos la garantía de la transversalidad de género en todas sus políticas. A partir de esta reforma, "la promoción de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, con particular atención a las mujeres víctimas de violencia de género" (Artículo 70.1.11.ª) es competencia exclusiva del Gobierno autonómico.

En el ámbito de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres es la Ley 1/2003, de 3 de marzo, de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres en Castilla y León, la que regula el marco de actuación en orden a promover la igualdad real de las mujeres, contemplando los aspectos de promoción de la igualdad de oportunidades.

No obstante, a pesar de los avances legislativos, la igualdad no ha de ser únicamente una igualdad formal sino que ha de lograrse una igualdad real. La realidad es que la desigualdad en las oportunidades entre hombres y mujeres se manifiesta en todos los ámbitos, desde la brecha salarial, la violencia machista, la discriminación por razón de sexo, entre otras, junto a la falta de políticas de igualdad eficaces que garanticen las mismas garantías de participación plena en todas las esferas hacen que aún persistan graves discriminaciones de género y estereotipos de carácter sexista en el seno de una sociedad patriarcal y androcéntrica.

Porque las mujeres hemos sufrido y seguimos sufriendo en mayor medida las consecuencias de la crisis. Porque las mujeres tenemos de ganancia media anual cinco puntos menos que los hombres. Porque la tasa de actividad de las mujeres es 11 puntos menor que la de los hombres. Porque la tasa de paro de las mujeres está cinco puntos por encima de los hombres. Porque el trabajo a tiempo parcial en las mujeres representa un 78 %. Porque la brecha salarial se sitúa de media en un 29 % en detrimento del salario de las mujeres. Porque las pensiones de las mujeres son de menor cuantía que las de los hombres. Porque la máxima manifestación de la desigualdad es la violencia machista y porque no habrá progreso social si no se reconoce el talento y la capacidad de las mujeres en los diferentes ámbitos de la sociedad, así como su contribución al desarrollo económico y social de nuestro país y nuestra Comunidad Autónoma.

Por ello se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

A.- Las Cortes de Castilla y León, con el objetivo de hacer efectivo el derecho de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, instan a la Junta de Castilla y León a:

1. Reponer todos los recursos recortados en políticas de igualdad y de lucha contra la violencia de género, con un aumento de las cuantías económicas de al menos un 45 %.

2. Elaborar una planificación anual para poner en marcha las medidas recogidas en la Agenda 20/20. Concretando las acciones en cada una de las estrategias, su calendarización y la financiación concreta a cada actuación y realizar una evaluación anual de la eficacia y ejecución presupuestaria de las partidas destinadas a igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia de género.

3. Reformar el Decreto 34/2014, de 31 de julio, por el que se modifica el Decreto 2/1998, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León, con el objeto de que las competencias sobre igualdad dejen de ser asumidas por la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León.

4. Poner en marcha la Comisión Interconsejerías para la Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres, instrumento clave para garantizar el principio de transversalidad, incluir la perspectiva de género en los Presupuestos Generales de la Comunidad y crear Unidades de Igualdad de Género en todas las Consejerías.

5. Crear el Observatorio de la Igualdad de Género, adscrito a la Consejería de Familia e Igualdad, para estudiar y hacer visible las diferencias y discriminaciones en función de género.

6. Elaborar un Plan Estratégico de Igualdad de Género en el medio rural.

7. Impulsar la Ley de Titularidad Compartida en las Explotaciones Agrarias.

8. Crear Centros Provinciales de Igualdad en cada una de las provincias para ofrecer información sobre los derechos y oportunidades para las mujeres y proporcionar atención y asesoramiento para actuar en caso de discriminación, dotados de profesionales especializados en género.

9. Crear la figura de Agentes de Igualdad en todos los municipios de más de 1.000 habitantes.

10. Elaboración actualizada de un banco o mapa accesible de recursos en Igualdad, con protocolos o itinerarios visibles de activación y acompañamiento interdisciplinar entre agentes.

11. Elaborar un estudio/informe sobre la situación laboral y salarial de los trabajadores y las trabajadoras del Gobierno Autonómico, en el que se recojan además las medidas adoptadas en materia de igualdad laboral o las que se tengan que establecer en su caso, al objeto de erradicar las posibles discriminaciones en esta materia.

12. Elaborar un Plan de Igualdad para las empleadas y empleados públicos de la Junta de Castilla y León en el que figuren las diferentes medidas a adoptar para eliminar cualquier discriminación de género y contemple las medidas que se consideren al objeto de facilitar la conciliación de la vida laboral, familiar y personal.

13. Universalizar la oferta pública de Escuelas infantiles en la primera etapa de 0 a 3 años y poner en marcha medidas destinadas a fomentar la corresponsabilidad en las instituciones públicas y privadas.

14. Incorporar la perspectiva de género en el currículo educativo y en los materiales curriculares, implicando al profesorado en el objetivo de educar en Igualdad de Oportunidades entre mujeres y hombres.

15. Fomentar el acceso a la educación superior y a la participación social y política de las mujeres con situaciones que añaden dificultades a las posibilidades de desarrollo personal: mujeres con diversidad funcional, mujeres de etnia gitana, mujeres del medio rural, mujeres inmigrantes, etc.

16. Desarrollar acciones informativas y de sensibilización sobre salud sexual y salud reproductiva, especialmente a través de los medios de comunicación, prestando particular atención a la prevención de embarazos no deseados, mediante acciones dirigidas, principalmente, a la juventud y colectivos con especiales necesidades, así como a la prevención de enfermedades de transmisión sexual.

B.- Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a que, con el objetivo de hacer efectivo el derecho de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, se dirija al Gobierno de España instándole a su vez a:

1. Que cumpla el Pacto de Estado Contra la Violencia de Género y que el Gobierno facilite urgentemente los fondos para cumplir sus previsiones a través de los procedimientos adecuados hasta la aprobación de la correspondiente Ley de Presupuestos.

2. Presentar un proyecto de Ley de Igualdad Laboral que contribuya a erradicar las diferentes situaciones de discriminación que tienen las mujeres en el acceso al empleo, la promoción profesional, la eliminación de la brecha salarial, que junto a la precariedad y la temporalidad, conforman la columna vertebral de la desigualdad laboral de las mujeres.

3. Impulsar la derogación de la última reforma de la Ley de Salud Sexual y Reproductiva e Interrupción Voluntaria del Embarazo, preservando la protección y el derecho a decidir sobre su maternidad de las mujeres de 16 y 17 años tal y como estaba previsto en la Ley de educación sexual y reproductiva y de interrupción voluntaria del embarazo de 2010.

4. Establecer un permiso de paternidad, autónomo e intransferible y de igual duración que el de maternidad.

5. Impulsar la ratificación del Convenio 189 de la OIT al objeto de consolidar la igualdad de derechos laborales y de Seguridad Social de las personas que trabajan en el hogar familiar.

6. Impulsar la actualización de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales incorporando una perspectiva de género.

Valladolid, 26 de febrero de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández


M/000209-01

CVE="BOCCL-09-024125"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pags. 51033-51036
BOCCL nº 382/9 del 6/3/2018
CVE: BOCCL-09-024125

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
451. Mociones
M/000209-01
Moción presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a política general en materia de igualdad entre mujeres y hombres, consecuencia de la Interpelación formulada por dicho Grupo Parlamentario, sustanciada en la Sesión Plenaria de 20 de febrero de 2018.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 2 de marzo de 2018, ha admitido a trámite la Moción, M/000209, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, relativa a política general en materia de igualdad entre mujeres y hombres, consecuencia de la Interpelación formulada por dicho Grupo Parlamentario, sustanciada en la Sesión Plenaria de 20 de febrero de 2018.

De conformidad con el artículo 154 del Reglamento podrán presentarse enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dicha Moción haya de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 2 de marzo de 2018.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

El GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el ARTÍCULO 154 del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente MOCIÓN derivada de la Interpelación I/000209 relativa a Política general en materia de igualdad entre mujeres y hombres:

La igualdad efectiva entre hombres y mujeres es un principio reconocido en varios textos normativos, tanto a nivel internacional, europeo y nacional. La Constitución Española de 1978, como norma suprema de nuestro ordenamiento jurídico, reconoce como uno de sus principios inspiradores el principio de igualdad y no discriminación, y hace referencia a dicho principio en varios de sus artículos: 1.1, 9.2, 10.2, 14 y 35.

En el ámbito estatal, los mayores avances legislativos a favor de la igualdad de género y en contra de la violencia que se ejerce hacia las mujeres lo constituyen la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo de 2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas para la protección integral contra la violencia de género.

En el ámbito autonómico, la última reforma del Estatuto de Autonomía de Castilla y León, aprobada por la Ley Orgánica 14/2007, de 30 de noviembre, regula el derecho a la no discriminación por razón de género y exige a los poderes públicos autonómicos la garantía de la transversalidad de género en todas sus políticas. A partir de esta reforma, "la promoción de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, con particular atención a las mujeres víctimas de violencia de género" (Artículo 70.1.11.ª) es competencia exclusiva del Gobierno autonómico.

En el ámbito de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres es la Ley 1/2003, de 3 de marzo, de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres en Castilla y León, la que regula el marco de actuación en orden a promover la igualdad real de las mujeres, contemplando los aspectos de promoción de la igualdad de oportunidades.

No obstante, a pesar de los avances legislativos, la igualdad no ha de ser únicamente una igualdad formal sino que ha de lograrse una igualdad real. La realidad es que la desigualdad en las oportunidades entre hombres y mujeres se manifiesta en todos los ámbitos, desde la brecha salarial, la violencia machista, la discriminación por razón de sexo, entre otras, junto a la falta de políticas de igualdad eficaces que garanticen las mismas garantías de participación plena en todas las esferas hacen que aún persistan graves discriminaciones de género y estereotipos de carácter sexista en el seno de una sociedad patriarcal y androcéntrica.

Porque las mujeres hemos sufrido y seguimos sufriendo en mayor medida las consecuencias de la crisis. Porque las mujeres tenemos de ganancia media anual cinco puntos menos que los hombres. Porque la tasa de actividad de las mujeres es 11 puntos menor que la de los hombres. Porque la tasa de paro de las mujeres está cinco puntos por encima de los hombres. Porque el trabajo a tiempo parcial en las mujeres representa un 78 %. Porque la brecha salarial se sitúa de media en un 29 % en detrimento del salario de las mujeres. Porque las pensiones de las mujeres son de menor cuantía que las de los hombres. Porque la máxima manifestación de la desigualdad es la violencia machista y porque no habrá progreso social si no se reconoce el talento y la capacidad de las mujeres en los diferentes ámbitos de la sociedad, así como su contribución al desarrollo económico y social de nuestro país y nuestra Comunidad Autónoma.

Por ello se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

A.- Las Cortes de Castilla y León, con el objetivo de hacer efectivo el derecho de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, instan a la Junta de Castilla y León a:

1. Reponer todos los recursos recortados en políticas de igualdad y de lucha contra la violencia de género, con un aumento de las cuantías económicas de al menos un 45 %.

2. Elaborar una planificación anual para poner en marcha las medidas recogidas en la Agenda 20/20. Concretando las acciones en cada una de las estrategias, su calendarización y la financiación concreta a cada actuación y realizar una evaluación anual de la eficacia y ejecución presupuestaria de las partidas destinadas a igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia de género.

3. Reformar el Decreto 34/2014, de 31 de julio, por el que se modifica el Decreto 2/1998, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León, con el objeto de que las competencias sobre igualdad dejen de ser asumidas por la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León.

4. Poner en marcha la Comisión Interconsejerías para la Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres, instrumento clave para garantizar el principio de transversalidad, incluir la perspectiva de género en los Presupuestos Generales de la Comunidad y crear Unidades de Igualdad de Género en todas las Consejerías.

5. Crear el Observatorio de la Igualdad de Género, adscrito a la Consejería de Familia e Igualdad, para estudiar y hacer visible las diferencias y discriminaciones en función de género.

6. Elaborar un Plan Estratégico de Igualdad de Género en el medio rural.

7. Impulsar la Ley de Titularidad Compartida en las Explotaciones Agrarias.

8. Crear Centros Provinciales de Igualdad en cada una de las provincias para ofrecer información sobre los derechos y oportunidades para las mujeres y proporcionar atención y asesoramiento para actuar en caso de discriminación, dotados de profesionales especializados en género.

9. Crear la figura de Agentes de Igualdad en todos los municipios de más de 1.000 habitantes.

10. Elaboración actualizada de un banco o mapa accesible de recursos en Igualdad, con protocolos o itinerarios visibles de activación y acompañamiento interdisciplinar entre agentes.

11. Elaborar un estudio/informe sobre la situación laboral y salarial de los trabajadores y las trabajadoras del Gobierno Autonómico, en el que se recojan además las medidas adoptadas en materia de igualdad laboral o las que se tengan que establecer en su caso, al objeto de erradicar las posibles discriminaciones en esta materia.

12. Elaborar un Plan de Igualdad para las empleadas y empleados públicos de la Junta de Castilla y León en el que figuren las diferentes medidas a adoptar para eliminar cualquier discriminación de género y contemple las medidas que se consideren al objeto de facilitar la conciliación de la vida laboral, familiar y personal.

13. Universalizar la oferta pública de Escuelas infantiles en la primera etapa de 0 a 3 años y poner en marcha medidas destinadas a fomentar la corresponsabilidad en las instituciones públicas y privadas.

14. Incorporar la perspectiva de género en el currículo educativo y en los materiales curriculares, implicando al profesorado en el objetivo de educar en Igualdad de Oportunidades entre mujeres y hombres.

15. Fomentar el acceso a la educación superior y a la participación social y política de las mujeres con situaciones que añaden dificultades a las posibilidades de desarrollo personal: mujeres con diversidad funcional, mujeres de etnia gitana, mujeres del medio rural, mujeres inmigrantes, etc.

16. Desarrollar acciones informativas y de sensibilización sobre salud sexual y salud reproductiva, especialmente a través de los medios de comunicación, prestando particular atención a la prevención de embarazos no deseados, mediante acciones dirigidas, principalmente, a la juventud y colectivos con especiales necesidades, así como a la prevención de enfermedades de transmisión sexual.

B.- Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a que, con el objetivo de hacer efectivo el derecho de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, se dirija al Gobierno de España instándole a su vez a:

1. Que cumpla el Pacto de Estado Contra la Violencia de Género y que el Gobierno facilite urgentemente los fondos para cumplir sus previsiones a través de los procedimientos adecuados hasta la aprobación de la correspondiente Ley de Presupuestos.

2. Presentar un proyecto de Ley de Igualdad Laboral que contribuya a erradicar las diferentes situaciones de discriminación que tienen las mujeres en el acceso al empleo, la promoción profesional, la eliminación de la brecha salarial, que junto a la precariedad y la temporalidad, conforman la columna vertebral de la desigualdad laboral de las mujeres.

3. Impulsar la derogación de la última reforma de la Ley de Salud Sexual y Reproductiva e Interrupción Voluntaria del Embarazo, preservando la protección y el derecho a decidir sobre su maternidad de las mujeres de 16 y 17 años tal y como estaba previsto en la Ley de educación sexual y reproductiva y de interrupción voluntaria del embarazo de 2010.

4. Establecer un permiso de paternidad, autónomo e intransferible y de igual duración que el de maternidad.

5. Impulsar la ratificación del Convenio 189 de la OIT al objeto de consolidar la igualdad de derechos laborales y de Seguridad Social de las personas que trabajan en el hogar familiar.

6. Impulsar la actualización de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales incorporando una perspectiva de género.

Valladolid, 26 de febrero de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández


M/000209-01

CVE="BOCCL-09-024125"



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