PE/007266-3











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/007266-3


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por la Procuradora Dña. Laura Domínguez Arroyo, relativa a número de centros residenciales de menores en todas las provincias, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 350, de 19 de diciembre de 2017.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/006995 a PE/007001, PE/007156, PE/007157, PE/007247, PE/007249, PE/007252, PE/007262 a PE/007267, PE/007271, PE/007272, PE/007275 a PE/007277, PE/007283, PE/007284, PE/007286, PE/007303, PE/007304, PE/007348, PE/007351, PE/007353 a PE/007358, PE/007367, PE/007369, PE/007376, PE/007377, PE/007381, PE/007385, PE/007387 a PE/007392, PE/007394, PE/007396, PE/007397, PE/007404 a PE/007413, PE/007422 a PE/007428, PE/007441 a PE/007449, PE/007469, PE/007471, PE/007474, PE/007605, PE/007624, PE/007626 a PE/007628, PE/007631, PE/007634, PE/007635, PE/007639 a PE/007642, PE/007647 a PE/007649, PE/007651 a PE/007654, PE/007656, PE/007658, PE/007659, PE/007662 a PE/007664, PE/007666, PE/007667, PE/007670, PE/007672, PE/007676, PE/007677, PE/007679, PE/007680, PE/007682 a PE/007686, PE/007688 a PE/007692, PE/007694 y PE/007695, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 15 de febrero de 2018.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

Contestación a la Pregunta Escrita P.E.7266, formulada por D.ª Laura Domínguez Arroyo, Procuradora perteneciente al Grupo Parlamentario Podemos, sobre centros residenciales para menores.

Los centros residenciales de menores pueden consultarse en la Guía de Recursos Sociales que se encuentra disponible en la Web de Junta de Castilla y León.

Los tipos de centros son los que se mencionan en el capítulo II del Decreto 37/2004, del 1 de abril, por el que se regulan los requisitos mínimos y específicos de autorización para la apertura y funcionamiento de los centros destinados a la atención de menores con medidas o actuaciones de protección.

Se encuentran en acogimiento residencial un total de 495 menores, 269 niños y 226 niñas.

• N.º de niños desagregado por sexo y variación el 2010 al 2017;

Han vuelto de nuevo a tener expediente de protección este año ingresando nuevamente en un centro 21 menores (11 niños y 10 niñas).

En el año 2017, 41 menores que estaban en algún centro de protección han regresado con su familia.

El tiempo de estancia media en los centros de protección ha sido de 4 meses para niños y niñas de 0 a 3 años, en el periodo de 4 a 6 años el tiempo medio de estancia ha sido de 8 meses para los niños y 6 meses para las niñas, en el periodo de 7 a 13 años el tiempo medio ha sido de 16 meses para los niños y 10 meses para las niñas y en el periodo de 14 a 17 años el tiempo medio fue de 18 meses los niños y 14 meses las niñas.

Actualmente se dispone de 9 centros residenciales propios de protección a menores y de 51 centros concertados.

Las entidades que gestionan los centros concertados son las siguientes: Asecal, Asociación hogares niños Nuevo Futuro, ASPACE LEON, Asociación Mensajeros de la Paz Castilla y León, ASPRODES-FEAPS SALAMANCA, Casa Escuelas Pías Santiago Uno (PP Escolapios), Congregación Esclavas del Amor Misericordioso, Consulting Asistencial Sociosanitario, S.L., Cruz Roja Española, Diputación Provincial de Salamanca, Diputación Provincial de Segovia, Franciscanas Misioneras Madre del Divino Pastor, Fundación ADSIS, Fundación Cruz de los Ángeles, Fundación Juan Soñador, Fundación Personas, Hermanas Carmelitas de la Caridad de Vedruna, Hermanas Carmelitas Teresas de San José, Hermanos de la Instrucción Cristiana de Zamora, Hijas de la Caridad de San Vicente de Paúl, Madres Agustinas de San José, Ntra. Sra. de la Caridad del Buen Pastor, Pía Unión Obreras de Jesús y Fundación Itaka Escolapios.

El Presupuesto destinado a las colaboraciones en dichos centros con las entidades que lo gestionan ha sido en 2017 de 10.510.058 €.

Los menores con discapacidad reconocida en centros residenciales son 24 niños y 15 niñas, que representan el 7,14 % del total de menores en acogimiento residencial.

Los requisitos para la apertura de un centro de menores son los establecidos en el Decreto 37/2004, de 1 de abril, por el que se regulan los requisitos mínimos y específicos de autorización para la apertura y funcionamiento de los centros destinados a la atención de menores con medidas o actuaciones de protección.

Los requisitos para la gestión y funcionamiento de los centros de menores son los establecidos en el Decreto 54/2005, de 7 de julio, por el que se regula el régimen de organización y funcionamiento de los centros específicos destinados a la atención residencial de menores con medidas o actuaciones de protección.

Lo establecido para la supervisión y control de los centros se recoge en los artº 31-33 del Decreto 37/2004, de 1 de abril, por el que se regulan los requisitos mínimos y específicos de autorización para la apertura y funcionamiento de los centros destinados a la atención de menores con medidas o actuaciones de protección.

En los últimos cinco años se ha detectado 3 incumplimientos de los requisitos del Decreto establecido al efecto.

La administración de psicofármacos o cualquier otra medicación se realiza siempre previa prescripción de los facultativos sanitarios del sistema público de Salud de Castilla y León.

Valladolid, 9 de febrero de 2018.

LA CONSEJERA,Fdo.: Alicia García Rodríguez.


PE/007266-3

CVE="BOCCL-09-025593"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pag. 53369
BOCCL nº 404/9 del 20/4/2018
CVE: BOCCL-09-025593

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/007266-3
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por la Procuradora Dña. Laura Domínguez Arroyo, relativa a número de centros residenciales de menores en todas las provincias, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 350, de 19 de diciembre de 2017.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/006995 a PE/007001, PE/007156, PE/007157, PE/007247, PE/007249, PE/007252, PE/007262 a PE/007267, PE/007271, PE/007272, PE/007275 a PE/007277, PE/007283, PE/007284, PE/007286, PE/007303, PE/007304, PE/007348, PE/007351, PE/007353 a PE/007358, PE/007367, PE/007369, PE/007376, PE/007377, PE/007381, PE/007385, PE/007387 a PE/007392, PE/007394, PE/007396, PE/007397, PE/007404 a PE/007413, PE/007422 a PE/007428, PE/007441 a PE/007449, PE/007469, PE/007471, PE/007474, PE/007605, PE/007624, PE/007626 a PE/007628, PE/007631, PE/007634, PE/007635, PE/007639 a PE/007642, PE/007647 a PE/007649, PE/007651 a PE/007654, PE/007656, PE/007658, PE/007659, PE/007662 a PE/007664, PE/007666, PE/007667, PE/007670, PE/007672, PE/007676, PE/007677, PE/007679, PE/007680, PE/007682 a PE/007686, PE/007688 a PE/007692, PE/007694 y PE/007695, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 15 de febrero de 2018.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


Contestación a la Pregunta Escrita P.E.7266, formulada por D.ª Laura Domínguez Arroyo, Procuradora perteneciente al Grupo Parlamentario Podemos, sobre centros residenciales para menores.

Los centros residenciales de menores pueden consultarse en la Guía de Recursos Sociales que se encuentra disponible en la Web de Junta de Castilla y León.

Los tipos de centros son los que se mencionan en el capítulo II del Decreto 37/2004, del 1 de abril, por el que se regulan los requisitos mínimos y específicos de autorización para la apertura y funcionamiento de los centros destinados a la atención de menores con medidas o actuaciones de protección.

Se encuentran en acogimiento residencial un total de 495 menores, 269 niños y 226 niñas.

• N.º de niños desagregado por sexo y variación el 2010 al 2017;

Han vuelto de nuevo a tener expediente de protección este año ingresando nuevamente en un centro 21 menores (11 niños y 10 niñas).

En el año 2017, 41 menores que estaban en algún centro de protección han regresado con su familia.

El tiempo de estancia media en los centros de protección ha sido de 4 meses para niños y niñas de 0 a 3 años, en el periodo de 4 a 6 años el tiempo medio de estancia ha sido de 8 meses para los niños y 6 meses para las niñas, en el periodo de 7 a 13 años el tiempo medio ha sido de 16 meses para los niños y 10 meses para las niñas y en el periodo de 14 a 17 años el tiempo medio fue de 18 meses los niños y 14 meses las niñas.

Actualmente se dispone de 9 centros residenciales propios de protección a menores y de 51 centros concertados.

Las entidades que gestionan los centros concertados son las siguientes: Asecal, Asociación hogares niños Nuevo Futuro, ASPACE LEON, Asociación Mensajeros de la Paz Castilla y León, ASPRODES-FEAPS SALAMANCA, Casa Escuelas Pías Santiago Uno (PP Escolapios), Congregación Esclavas del Amor Misericordioso, Consulting Asistencial Sociosanitario, S.L., Cruz Roja Española, Diputación Provincial de Salamanca, Diputación Provincial de Segovia, Franciscanas Misioneras Madre del Divino Pastor, Fundación ADSIS, Fundación Cruz de los Ángeles, Fundación Juan Soñador, Fundación Personas, Hermanas Carmelitas de la Caridad de Vedruna, Hermanas Carmelitas Teresas de San José, Hermanos de la Instrucción Cristiana de Zamora, Hijas de la Caridad de San Vicente de Paúl, Madres Agustinas de San José, Ntra. Sra. de la Caridad del Buen Pastor, Pía Unión Obreras de Jesús y Fundación Itaka Escolapios.

El Presupuesto destinado a las colaboraciones en dichos centros con las entidades que lo gestionan ha sido en 2017 de 10.510.058 €.

Los menores con discapacidad reconocida en centros residenciales son 24 niños y 15 niñas, que representan el 7,14 % del total de menores en acogimiento residencial.

Los requisitos para la apertura de un centro de menores son los establecidos en el Decreto 37/2004, de 1 de abril, por el que se regulan los requisitos mínimos y específicos de autorización para la apertura y funcionamiento de los centros destinados a la atención de menores con medidas o actuaciones de protección.

Los requisitos para la gestión y funcionamiento de los centros de menores son los establecidos en el Decreto 54/2005, de 7 de julio, por el que se regula el régimen de organización y funcionamiento de los centros específicos destinados a la atención residencial de menores con medidas o actuaciones de protección.

Lo establecido para la supervisión y control de los centros se recoge en los artº 31-33 del Decreto 37/2004, de 1 de abril, por el que se regulan los requisitos mínimos y específicos de autorización para la apertura y funcionamiento de los centros destinados a la atención de menores con medidas o actuaciones de protección.

En los últimos cinco años se ha detectado 3 incumplimientos de los requisitos del Decreto establecido al efecto.

La administración de psicofármacos o cualquier otra medicación se realiza siempre previa prescripción de los facultativos sanitarios del sistema público de Salud de Castilla y León.

Valladolid, 9 de febrero de 2018.

LA CONSEJERA,Fdo.: Alicia García Rodríguez.


PE/007266-3

CVE="BOCCL-09-025593"



Sede de las Cortes de Castilla y León