PNL/002054-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/002054-01


Sumario:

Proposición No de Ley presentada por los Procuradores Dña. María Josefa Díaz-Caneja Fernández, D. Celestino Rodríguez Rubio, Dña. María Mercedes Martín Juárez y Dña. Ana María Muñoz de la Peña González, para instar a la Junta a implantar en el Sistema de Salud de Castilla y León la tarjeta sanitaria "AA", para su tramitación ante la Comisión de Sanidad.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 11 de mayo de 2018, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/002029 a PNL/002064.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 11 de mayo de 2018.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

María Josefa Díaz-Caneja Fernández, Celestino Rodríguez Rubio, Mercedes Martín Juárez y Ana María Muñoz de la Peña González, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Sanidad:

ANTECEDENTES

El punto 2 del artículo 4 -Prestaciones, servicios y actuaciones del Sistema de Salud- de la Ley 8/2003, de 8 de abril, sobre derechos y deberes de las personas en relación con la salud, establece que "Las actuaciones del Sistema de Salud de Castilla y León se orientarán a la humanización de la asistencia, a ofrecer una atención individual y personalizada y a promover la comodidad, el bienestar físico y psíquico, la comprensión y el trato adecuado del paciente y de sus familiares o personas vinculadas".

Los puntos 1 y 3 del artículo 14 de la citada Ley -Derecho al acompañamiento- establecen que:

1. Todos los centros, servicios y establecimientos sometidos a la presente Ley deberán facilitar el acompañamiento de los pacientes por parte de, al menos, un familiar o persona de su confianza, excepto en los casos en que esta presencia sea desaconsejable o incompatible con la prestación sanitaria conforme a criterios médicos.

3. Los menores tendrán derecho a estar acompañados por sus padres, tutores o guardadores, salvo que ello perjudique u obstaculice de manera seria y comprobada su tratamiento. En las mismas condiciones, los incapacitados tendrán derecho a estar acompañados de los responsables de su guarda y protección.

La Ley 8/2010, de 30 de agosto, de ordenación del sistema de salud de Castilla y León, establece en su artículo 2 como uno de los principios rectores del Sistema de Salud "la humanización de la asistencia sanitaria y la atención personalizada al paciente".

A partir de este marco normativo, es imprescindible avanzar en la humanización de la atención y la asistencia sanitaria personalizada favoreciendo la accesibilidad y el acompañamiento a personas diagnosticadas de ciertas patologías, especialmente las que pueden presentar algún tipo de trastorno de conducta, así como a sus acompañantes en el Sistema Público de Salud, reduciendo, en la medida de lo posible, los tiempos de espera previos a la consulta médica, programada o no, y facilitando la presencia continuada de la persona cuidadora o acompañante durante la consulta o acto médico.

Ello requiere implantar en el Sistema de Salud de Castilla y León la "tarjeta sanitaria con distintivo AA" (accesibilidad y acompañamiento) de la que podrán ser beneficiarias las personas que presenten demencias con un nivel de afectación cognitivo al menos moderado y/o trastorno de conducta; discapacidad con trastorno de comunicación grave; discapacidad intelectual grave y profunda o con trastorno de conducta; trastornos del espectro autista con trastornos de conducta; trastorno mental crónico con grave déficit del funcionamiento psicosocial; sordoceguera.

Esta tarjeta no otorga ningún derecho sanitario adicional a las personas que la posean, pero sí permite una atención más accesible y adaptada a sus necesidades ya que podrá estar acompañada permanentemente por sus familiares o cuidadores en la unidad asistencial correspondiente, siempre que la situación clínica lo permita, y su acceso a la consulta se ajustará lo máximo posible al horario fijado.

Por todo lo anteriormente expuesto se formula la siguiente propuesta de resolución para su debate y votación en la Comisión de Sanidad de las Cortes de Castilla y León:

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a implantar en el Sistema de Salud de Castilla y León la tarjeta sanitaria 'AA'".

Valladolid, 4 de mayo de 2018.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: María Josefa Díaz-Caneja Fernández,

Celestino Rodríguez Rubio,

María Mercedes Martín Juárez y

Ana María Muñoz de la Peña González

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández


PNL/002054-01

CVE="BOCCL-09-026572"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pags. 55819-55820
BOCCL nº 414/9 del 18/5/2018
CVE: BOCCL-09-026572

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/002054-01
Proposición No de Ley presentada por los Procuradores Dña. María Josefa Díaz-Caneja Fernández, D. Celestino Rodríguez Rubio, Dña. María Mercedes Martín Juárez y Dña. Ana María Muñoz de la Peña González, para instar a la Junta a implantar en el Sistema de Salud de Castilla y León la tarjeta sanitaria "AA", para su tramitación ante la Comisión de Sanidad.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 11 de mayo de 2018, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/002029 a PNL/002064.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 11 de mayo de 2018.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Óscar Reguera Acevedo

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

María Josefa Díaz-Caneja Fernández, Celestino Rodríguez Rubio, Mercedes Martín Juárez y Ana María Muñoz de la Peña González, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Sanidad:

ANTECEDENTES

El punto 2 del artículo 4 -Prestaciones, servicios y actuaciones del Sistema de Salud- de la Ley 8/2003, de 8 de abril, sobre derechos y deberes de las personas en relación con la salud, establece que "Las actuaciones del Sistema de Salud de Castilla y León se orientarán a la humanización de la asistencia, a ofrecer una atención individual y personalizada y a promover la comodidad, el bienestar físico y psíquico, la comprensión y el trato adecuado del paciente y de sus familiares o personas vinculadas".

Los puntos 1 y 3 del artículo 14 de la citada Ley -Derecho al acompañamiento- establecen que:

1. Todos los centros, servicios y establecimientos sometidos a la presente Ley deberán facilitar el acompañamiento de los pacientes por parte de, al menos, un familiar o persona de su confianza, excepto en los casos en que esta presencia sea desaconsejable o incompatible con la prestación sanitaria conforme a criterios médicos.

3. Los menores tendrán derecho a estar acompañados por sus padres, tutores o guardadores, salvo que ello perjudique u obstaculice de manera seria y comprobada su tratamiento. En las mismas condiciones, los incapacitados tendrán derecho a estar acompañados de los responsables de su guarda y protección.

La Ley 8/2010, de 30 de agosto, de ordenación del sistema de salud de Castilla y León, establece en su artículo 2 como uno de los principios rectores del Sistema de Salud "la humanización de la asistencia sanitaria y la atención personalizada al paciente".

A partir de este marco normativo, es imprescindible avanzar en la humanización de la atención y la asistencia sanitaria personalizada favoreciendo la accesibilidad y el acompañamiento a personas diagnosticadas de ciertas patologías, especialmente las que pueden presentar algún tipo de trastorno de conducta, así como a sus acompañantes en el Sistema Público de Salud, reduciendo, en la medida de lo posible, los tiempos de espera previos a la consulta médica, programada o no, y facilitando la presencia continuada de la persona cuidadora o acompañante durante la consulta o acto médico.

Ello requiere implantar en el Sistema de Salud de Castilla y León la "tarjeta sanitaria con distintivo AA" (accesibilidad y acompañamiento) de la que podrán ser beneficiarias las personas que presenten demencias con un nivel de afectación cognitivo al menos moderado y/o trastorno de conducta; discapacidad con trastorno de comunicación grave; discapacidad intelectual grave y profunda o con trastorno de conducta; trastornos del espectro autista con trastornos de conducta; trastorno mental crónico con grave déficit del funcionamiento psicosocial; sordoceguera.

Esta tarjeta no otorga ningún derecho sanitario adicional a las personas que la posean, pero sí permite una atención más accesible y adaptada a sus necesidades ya que podrá estar acompañada permanentemente por sus familiares o cuidadores en la unidad asistencial correspondiente, siempre que la situación clínica lo permita, y su acceso a la consulta se ajustará lo máximo posible al horario fijado.

Por todo lo anteriormente expuesto se formula la siguiente propuesta de resolución para su debate y votación en la Comisión de Sanidad de las Cortes de Castilla y León:

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a implantar en el Sistema de Salud de Castilla y León la tarjeta sanitaria 'AA'".

Valladolid, 4 de mayo de 2018.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: María Josefa Díaz-Caneja Fernández,

Celestino Rodríguez Rubio,

María Mercedes Martín Juárez y

Ana María Muñoz de la Peña González

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández


PNL/002054-01

CVE="BOCCL-09-026572"



Sede de las Cortes de Castilla y León