PL/000020-05











1. Procedimientos Legislativos

110. Proyectos de Ley
PL/000020-05


Sumario:

Enmiendas al articulado presentadas por el Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León al Proyecto de Ley por la que se regulan las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de la Comunidad de Castilla y León.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de la Comisión de Economía y Hacienda de las Cortes de Castilla y León, en su reunión del día 11 de octubre de 2018, ha admitido a trámite las Enmiendas al articulado presentadas por los Grupos Parlamentarios de la Cámara al Proyecto de Ley por la que se regulan las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de la Comunidad de Castilla y León, PL/000020.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 11 de octubre de 2018.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León de las Cortes de Castilla y León, en virtud de lo dispuesto en el art. 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al "Proyecto de Ley por la que se regulan las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de la Comunidad de Castilla y León".

ENMIENDA N.° 1

De modificación.

Al artículo 3.

Se modifica el apartado 1 del artículo 3, que queda redactado del siguiente modo:

1. Las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Castilla y León tienen como finalidad la representación, promoción y defensa de los intereses generales del comercio, la industria y los servicios, así como la prestación de servicios a las empresas que ejerzan las indicadas actividades. Asimismo, ejercerán las competencias de carácter público que les atribuye la legislación estatal, autonómica y las que puedan convenirse y delegarse por las Administraciones Públicas y, en especial, por la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

Motivación:

Mejora técnica. Se pretende lograr una mayor concreción de las competencias de las Cámaras.

Valladolid, 20 de septiembre de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León de las Cortes de Castilla y León, en virtud de lo dispuesto en el art. 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al "Proyecto de Ley por la que se regulan las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de la Comunidad de Castilla y León".

ENMIENDA N.° 2

De modificación.

Al artículo 7.

Se añade un nuevo apartado 4 al artículo 7, que queda redactado del siguiente modo:

a) Será de aplicación a las Cámaras provinciales y locales la legislación estatal y autonómica en materia de igualdad entre mujeres y hombres y, en particular, la Ley 13/2010, de 9 de diciembre, contra la Violencia de Género en Castilla y León.

Motivación:

La legislación en materia de igualdad de género rige con carácter general, si bien resulta conveniente precisar su aplicación al ámbito de las Cámaras de Comercio e Industria en tanto que corporaciones de derecho público que representan los intereses comerciales.

Valladolid, 20 de septiembre de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León de las Cortes de Castilla y León, en virtud de lo dispuesto en el art. 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al "Proyecto de Ley por la que se regulan las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de la Comunidad de Castilla y León".

ENMIENDA N.° 3

De modificación.

Al artículo 8.

Se modifica el apartado 1 del artículo 8, que queda redactado del siguiente modo:

1. Las Cámaras provinciales y locales están sujetas en el ejercicio de su actividad a la tutela de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, que comprende el ejercicio de las potestades administrativas de aprobación, fiscalización, resolución de recursos, suspensión y disolución a los que se refiere esta ley, y conforme a lo establecido al respecto en la legislación básica estatal, sin perjuicio de la función fiscalizadora que ejerce el Consejo de Cuentas de Castilla y León.

Motivación:

Es necesario matizar que la tutela de la Administración no excluye la función fiscalizadora del Consejo de Cuentas de Castilla y León para reforzar el control público sobre la actividad de las Cámaras provinciales y locales.

Valladolid, 20 de septiembre de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León de las Cortes de Castilla y León, en virtud de lo dispuesto en el art. 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al "Proyecto de Ley por la que se regulan las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de la Comunidad de Castilla y León".

ENMIENDA N.° 4

De adición.

Al artículo 8.2.

Se añade una nueva letra d) al apartado 2 del artículo 8, con la siguiente redacción.

d) La fiscalización del impacto económico de los convenios de colaboración y de los acuerdos adoptados por sus órganos de gobierno en relación con los presupuestos y cuentas anuales.

Motivación:

Se pretende reforzar el control económico-financiero de las Cámaras por parte de la Administración.

Valladolid, 20 de septiembre de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León de las Cortes de Castilla y León, en virtud de lo dispuesto en el art. 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al "Proyecto de Ley por la que se regulan las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de la Comunidad de Castilla y León".

ENMIENDA N.° 5

De modificación.

Al artículo 16.

Se modifica el artículo 16, que queda redactado del siguiente modo:

Artículo 16. Seguimiento del régimen de participación y colaboración.

Las Cámaras provinciales y locales deberán elaborar un informe anual que será remitido a la Administración tutelante, junto con la documentación prevista en el artículo 33 de esta ley, para el seguimiento de actuaciones derivadas de la participación en entidades y de la celebración de convenios, detallando las asociaciones, fundaciones, las sociedades civiles o mercantiles en las que participe, así como los convenios de colaboración suscritos y las subvenciones recibidas a estos efectos. Este informe será publicado de manera accesible en la página web de las Cámaras provinciales y locales.

Motivación:

Se pretende reforzar la transparencia de la actividad de las Cámaras.

Valladolid, 20 de septiembre de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León de las Cortes de Castilla y León, en virtud de lo dispuesto en el art. 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al "Proyecto de Ley por la que se regulan las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de la Comunidad de Castilla y León".

ENMIENDA N.° 6

De modificación.

Al artículo 17.3.

Se modifica el apartado 3, párrafo segundo, que queda redactado del siguiente modo:

3. En general, se considerarán actividades incluidas en el apartado 1 de este artículo todas las relacionadas con el tráfico mercantil, salvo las excluidas expresamente por esta ley o por la legislación sectorial específica.

En todo caso, estarán excluidas las actividades agrícolas, ganaderas y pesqueras de carácter primario y los servicios de mediadores de seguros y reaseguros privados que sean prestados por personas físicas, así como los correspondientes a profesiones liberales.

Motivación:

Se menciona también la exclusión de actividad pesquera de acuerdo con lo dispuesto en el anteproyecto y de conformidad con el ámbito de acción esencial de las Cámaras.

Valladolid, 20 de septiembre de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León de las Cortes de Castilla y León, en virtud de lo dispuesto en el art. 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al "Proyecto de Ley por la que se regulan las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de la Comunidad de Castilla y León".

ENMIENDA N.° 7

De modificación.

Al artículo 18.2.

Se modifica el párrafo tercero del apartado 2 del artículo 18, que queda redactado del siguiente modo:

El personal de las Cámaras tendrá, con referencia a los indicados datos, el mismo deber de sigilo que el personal funcionario de la administración tributaria. Las Cámaras establecerán en su reglamento de régimen interior las sanciones derivadas del incumplimiento del deber de sigilo.

Motivación:

Se pretende garantizar la efectividad del deber de sigilo.

Valladolid, 20 de septiembre de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León de las Cortes de Castilla y León, en virtud de lo dispuesto en el art. 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al "Proyecto de Ley por la que se regulan las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de la Comunidad de Castilla y León".

ENMIENDA N.° 8

De adición.

Al artículo 20.

Se añade un nuevo apartado 6 al artículo 20, con la siguiente redacción:

6. La composición del pleno tendrá presencia equilibrada de mujeres y hombres, de forma que las personas de cada sexo no superen el sesenta por ciento ni sean menos del cuarenta por ciento.

Motivación:

Se pretende garantizar la efectividad del principio de igualdad entre mujeres y hombres.

Valladolid, 20 de septiembre de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León de las Cortes de Castilla y León, en virtud de lo dispuesto en el art. 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al "Proyecto de Ley por la que se regulan las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de la Comunidad de Castilla y León".

ENMIENDA N.° 9

De modificación.

Al artículo 21.

Se modifica el apartado 1 del artículo 21, que queda redactado del siguiente modo:

1. El comité ejecutivo es el órgano permanente de gestión, administración y propuesta de la Cámara, y será elegido por el pleno de entre sus vocales.

Estará formado por un máximo de siete miembros, que ocuparán la presidencia, una o dos vicepresidencias, la tesorería y el número de vocales restante que cada Cámara determine en su reglamento de régimen interior.

Motivación:

Se pretende racionalizar la composición del Comité Ejecutivo de la Cámara provincial y local.

Valladolid, 20 de septiembre de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León de las Cortes de Castilla y León, en virtud de lo dispuesto en el art. 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al "Proyecto de Ley por la que se regulan las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de la Comunidad de Castilla y León".

ENMIENDA N.° 10

De adición.

Al artículo 23.1.

Se añade un párrafo segundo al apartado 1 del artículo 23, que queda redactado del siguiente modo:

La convocatoria de las pruebas para la cobertura del puesto deberá ser aprobada por el Pleno y publicada en el BOCYL, previa aprobación de su contenido por la Administración tutelante, que dispondrá la publicación en el BOCYL del nombramiento de la persona que ocupe la Secretaría General, una vez que éste se haya llevado a efecto.

Motivación:

Se pretende realizar el principio de transparencia.

Valladolid, 20 de septiembre de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León de las Cortes de Castilla y León, en virtud de lo dispuesto en el art. 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al "Proyecto de Ley por la que se regulan las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de la Comunidad de Castilla y León".

ENMIENDA N.° 11

De adición.

Al artículo 23.

Se añade un apartado 6 del artículo 23, con la siguiente redacción:

6. Las personas que ocupen la Secretaría General y la Dirección Gerente estarán sujetas al régimen de contratación laboral y quedarán sometida al régimen de incompatibilidades que se establezca reglamentariamente. En todo caso, el desempeño de un puesto de trabajo al servicio de las Cámaras será incompatible con el ejercicio de cualquier cargo, profesión o actividad, pública o privada, que pueda impedir o menoscabar el estricto cumplimiento de sus deberes, o comprometer su imparcialidad o independencia.

Con el fin de garantizar la imparcialidad e independencia se establece su incompatibilidad, durante todo su mandato, con los cargos representativos de análoga función en las asociaciones, federaciones y confederaciones de carácter empresarial tanto nacional, regional, provincial o local.

Motivación:

Se garantiza el buen desempeño de la Secretaría General en tanto que figura esencial de la gobernanza cameral.

Valladolid, 20 de septiembre de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León de las Cortes de Castilla y León, en virtud de lo dispuesto en el art. 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al "Proyecto de Ley por la que se regulan las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de la Comunidad de Castilla y León".

ENMIENDA N.° 12

De sustitución.

Al artículo 24.

Se sustituye el artículo 24, que queda redactado del siguiente modo:

Artículo 24. Régimen de personal.

1. El personal al servicio de las Cámaras quedará sujeto a la normativa laboral vigente.

2. El reglamento de régimen interior establecerá el procedimiento de contratación del personal garantizándose, en todo caso, los principios de publicidad, igualdad, mérito y capacidad. Las convocatorias de los puestos a cubrir por tiempo indefinido serán publicadas en el BOCYL, previa comunicación a la Administración tutelante.

3. El personal laboral quedará sometido al régimen de incompatibilidades que se establezca reglamentariamente. En todo caso, el desempeño de un puesto de trabajo al servicio de las Cámaras será incompatible con el ejercicio de cualquier cargo, profesión o actividad, pública o privada, que pueda impedir o menoscabar el estricto cumplimiento de sus deberes, o comprometer su imparcialidad o independencia.

4. Anualmente, el pleno de la Cámara aprobará una plantilla de personal en la que se relacionarán, debidamente clasificados, todos los puestos de trabajo, con expresión de su denominación, funciones, retribuciones fija y variable y categoría. Asimismo, aprobará todo tipo de retribución fija o variable o de cualquier otro tipo que pudieran percibirse por razón de empleo o cargo.

Motivación:

Se pretende garantizar la independencia e imparcialidad del personal a fin de mejorar el rendimiento institucional de las Cámaras.

Valladolid, 20 de septiembre de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León de las Cortes de Castilla y León, en virtud de lo dispuesto en el art. 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al "Proyecto de Ley por la que se regulan las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de la Comunidad de Castilla y León".

ENMIENDA N.° 13

De modificación.

Al artículo 25.1.

Se modifica el apartado 1 del artículo 25, que queda redactado del siguiente modo:

1. Existirá un reglamento de régimen interior que, a propuesta del pleno de la Cámara con el voto favorable de la mitad más uno de sus miembros, deberá ser aprobado o rechazado por la Administración tutelante en un plazo de dos meses, la cual podrá también promover su modificación. Transcurrido el plazo de dos meses sin que haya resolución expresa el reglamento se entenderá aprobado. En cualquier caso, el reglamento de régimen interior será publicado en el BOCYL.

Motivación:

Se pretende añadir seguridad jurídica al procedimiento de aprobación del reglamento de régimen interior.

Valladolid, 20 de septiembre de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León de las Cortes de Castilla y León, en virtud de lo dispuesto en el art. 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al "Proyecto de Ley por la que se regulan las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de la Comunidad de Castilla y León".

ENMIENDA N.° 14

De modificación.

Al artículo 25.3.

Se modifica el apartado 3 del artículo 25, que queda redactado del siguiente modo:

3. Las Cámaras deberán asimismo incorporar como parte de su reglamento de régimen interior un Código de Buenas Prácticas, en el que se garantice la imparcialidad y la transparencia, conforme a los principios contenidos en la Ley 3/2015, de 4 de marzo, de Transparencia y Participación Ciudadana de Castilla y León, en el desarrollo de sus funciones público-administrativas, el cual será de aplicación a todos los miembros de las Cámaras, a su personal, así como en sus relaciones con terceros.

Motivación:

Se pretende conectar el Código de Buenas Prácticas con los principios y exigencias de transparencia establecidos en la legislación vigente.

Valladolid, 20 de septiembre de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León de las Cortes de Castilla y León, en virtud de lo dispuesto en el art. 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al "Proyecto de Ley por la que se regulan las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de la Comunidad de Castilla y León".

ENMIENDA N.° 15

De adición.

Al artículo 25.

Se añade un nuevo apartado 4 al artículo 25, que queda redactado del siguiente modo:

4. Se garantizará la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en cada uno de los órganos de gobierno que componen las Cámaras, así como la promoción de la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.

Motivación:

Se pretende realizar el principio de igualdad entre mujeres y hombres en el ámbito de las Cámaras.

Valladolid, 20 de septiembre de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León de las Cortes de Castilla y León, en virtud de lo dispuesto en el art. 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al "Proyecto de Ley por la que se regulan las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de la Comunidad de Castilla y León".

ENMIENDA N.° 16

De modificación.

Al artículo 33.

Se modifican los apartados 1, 2 y 3 del artículo 33, que quedan redactados del siguiente modo:

1. En aras de garantizar la máxima transparencia, las Cámaras provinciales y locales, sin perjuicio de lo establecido en la normativa reguladora de transparencia y acceso a la información pública, harán públicas en su página web las retribuciones percibidas anualmente por los altos cargos y máximos responsables, entendiendo como tales la presidencia, la vicepresidencia, la secretaría general y la dirección gerente, si la hubiera, así como, en su caso, las indemnizaciones recibidas por el cese en su cargo. También se reflejarán las dietas y retribuciones recibidas por los miembros del pleno. Asimismo, harán públicas las subvenciones u otro tipo de recursos públicos que puedan percibir para el ejercicio de sus actividades, con indicación de su importe, objetivo o finalidad.

2. Las cuentas anuales, junto con el informe de auditoría y el informe anual sobre el gobierno corporativo, se depositarán en el registro mercantil de la provincia en la que la Cámara tenga su sede, pudiéndose efectuar dicho depósito por medios telemáticos, y serán objeto de publicidad en la página web de la correspondiente Cámara.

3. Para la adecuada diferenciación entre las actividades públicas y privadas que pueden desarrollar, las Cámaras mantendrán una contabilidad diferenciada en relación con sus actividades públicas y privadas, sin perjuicio de la unicidad de las cuentas anuales.

Motivación:

Se pretende reforzar la transparencia de la actividad de las Cámaras.

Valladolid, 20 de septiembre de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León de las Cortes de Castilla y León, en virtud de lo dispuesto en el art. 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al "Proyecto de Ley por la que se regulan las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de la Comunidad de Castilla y León".

ENMIENDA N.° 17

De adición.

Al artículo 33.

Se añade un nuevo apartado 4, reenumerándose los siguientes, con la siguiente redacción:

4. En aras de garantizar la máxima transparencia se harán públicos los convenios suscritos, con mención de las partes firmantes, su objeto, plazo de duración, modificaciones realizadas, obligados a la realización de las prestaciones y, en su caso, las obligaciones económicas convenidas.

Motivación:

Se pretende añadir transparencia a la actividad de las Cámaras.

Valladolid, 20 de septiembre de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León de las Cortes de Castilla y León, en virtud de lo dispuesto en el art. 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al "Proyecto de Ley por la que se regulan las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de la Comunidad de Castilla y León".

ENMIENDA N.° 18

De modificación.

Al artículo 33.4.

Se modifica el apartado 4 del artículo 33, que queda redactado del siguiente modo:

4. Las cuentas anuales, el informe de gestión, las liquidaciones de presupuestos, el informe de auditoría, así como el certificado emitido por el secretario de la Cámara en el que conste el acuerdo del pleno por el que se aprueben tanto la liquidación como las cuentas anuales del ejercicio, se remitirán a la Administración tutelante para su aprobación definitiva antes del 30 de junio del año en curso. Dicha presentación se realizará de forma telemática. La aprobación se entenderá concedida si no media objeción alguna en el plazo de dos meses a partir de su recepción.

Motivación:

Se reduce el plazo de tres a dos meses a fin de lograr una mayor agilidad, que es uno de los fines de la ley.

Valladolid, 20 de septiembre de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León de las Cortes de Castilla y León, en virtud de lo dispuesto en el art. 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al "Proyecto de Ley por la que se regulan las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de la Comunidad de Castilla y León".

ENMIENDA N.° 19

De modificación.

Al artículo 39.1.

Se modifica la letra c) del apartado 1 del artículo 39, que queda redactado del siguiente modo:

c) Dos vocales, representantes de empresas y personas de reconocido prestigio en la vida económica regional, a propuesta de la confederación de organizaciones empresariales intersectorial y territorial más representativa de Castilla y León, conforme a la disposición adicional sexta del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo.

Motivación:

Se pretende racionalizar la composición del pleno del Consejo.

Valladolid, 20 de septiembre de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos


PL/000020-05

CVE="BOCCL-09-030142"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pags. 62657-62669
BOCCL nº 474/9 del 19/10/2018
CVE: BOCCL-09-030142

1. Procedimientos Legislativos
110. Proyectos de Ley
PL/000020-05
Enmiendas al articulado presentadas por el Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León al Proyecto de Ley por la que se regulan las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de la Comunidad de Castilla y León.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de la Comisión de Economía y Hacienda de las Cortes de Castilla y León, en su reunión del día 11 de octubre de 2018, ha admitido a trámite las Enmiendas al articulado presentadas por los Grupos Parlamentarios de la Cámara al Proyecto de Ley por la que se regulan las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de la Comunidad de Castilla y León, PL/000020.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 11 de octubre de 2018.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León de las Cortes de Castilla y León, en virtud de lo dispuesto en el art. 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al "Proyecto de Ley por la que se regulan las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de la Comunidad de Castilla y León".

ENMIENDA N.° 1

De modificación.

Al artículo 3.

Se modifica el apartado 1 del artículo 3, que queda redactado del siguiente modo:

1. Las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Castilla y León tienen como finalidad la representación, promoción y defensa de los intereses generales del comercio, la industria y los servicios, así como la prestación de servicios a las empresas que ejerzan las indicadas actividades. Asimismo, ejercerán las competencias de carácter público que les atribuye la legislación estatal, autonómica y las que puedan convenirse y delegarse por las Administraciones Públicas y, en especial, por la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

Motivación:

Mejora técnica. Se pretende lograr una mayor concreción de las competencias de las Cámaras.

Valladolid, 20 de septiembre de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León de las Cortes de Castilla y León, en virtud de lo dispuesto en el art. 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al "Proyecto de Ley por la que se regulan las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de la Comunidad de Castilla y León".

ENMIENDA N.° 2

De modificación.

Al artículo 7.

Se añade un nuevo apartado 4 al artículo 7, que queda redactado del siguiente modo:

a) Será de aplicación a las Cámaras provinciales y locales la legislación estatal y autonómica en materia de igualdad entre mujeres y hombres y, en particular, la Ley 13/2010, de 9 de diciembre, contra la Violencia de Género en Castilla y León.

Motivación:

La legislación en materia de igualdad de género rige con carácter general, si bien resulta conveniente precisar su aplicación al ámbito de las Cámaras de Comercio e Industria en tanto que corporaciones de derecho público que representan los intereses comerciales.

Valladolid, 20 de septiembre de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León de las Cortes de Castilla y León, en virtud de lo dispuesto en el art. 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al "Proyecto de Ley por la que se regulan las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de la Comunidad de Castilla y León".

ENMIENDA N.° 3

De modificación.

Al artículo 8.

Se modifica el apartado 1 del artículo 8, que queda redactado del siguiente modo:

1. Las Cámaras provinciales y locales están sujetas en el ejercicio de su actividad a la tutela de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, que comprende el ejercicio de las potestades administrativas de aprobación, fiscalización, resolución de recursos, suspensión y disolución a los que se refiere esta ley, y conforme a lo establecido al respecto en la legislación básica estatal, sin perjuicio de la función fiscalizadora que ejerce el Consejo de Cuentas de Castilla y León.

Motivación:

Es necesario matizar que la tutela de la Administración no excluye la función fiscalizadora del Consejo de Cuentas de Castilla y León para reforzar el control público sobre la actividad de las Cámaras provinciales y locales.

Valladolid, 20 de septiembre de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León de las Cortes de Castilla y León, en virtud de lo dispuesto en el art. 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al "Proyecto de Ley por la que se regulan las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de la Comunidad de Castilla y León".

ENMIENDA N.° 4

De adición.

Al artículo 8.2.

Se añade una nueva letra d) al apartado 2 del artículo 8, con la siguiente redacción.

d) La fiscalización del impacto económico de los convenios de colaboración y de los acuerdos adoptados por sus órganos de gobierno en relación con los presupuestos y cuentas anuales.

Motivación:

Se pretende reforzar el control económico-financiero de las Cámaras por parte de la Administración.

Valladolid, 20 de septiembre de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León de las Cortes de Castilla y León, en virtud de lo dispuesto en el art. 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al "Proyecto de Ley por la que se regulan las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de la Comunidad de Castilla y León".

ENMIENDA N.° 5

De modificación.

Al artículo 16.

Se modifica el artículo 16, que queda redactado del siguiente modo:

Artículo 16. Seguimiento del régimen de participación y colaboración.

Las Cámaras provinciales y locales deberán elaborar un informe anual que será remitido a la Administración tutelante, junto con la documentación prevista en el artículo 33 de esta ley, para el seguimiento de actuaciones derivadas de la participación en entidades y de la celebración de convenios, detallando las asociaciones, fundaciones, las sociedades civiles o mercantiles en las que participe, así como los convenios de colaboración suscritos y las subvenciones recibidas a estos efectos. Este informe será publicado de manera accesible en la página web de las Cámaras provinciales y locales.

Motivación:

Se pretende reforzar la transparencia de la actividad de las Cámaras.

Valladolid, 20 de septiembre de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León de las Cortes de Castilla y León, en virtud de lo dispuesto en el art. 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al "Proyecto de Ley por la que se regulan las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de la Comunidad de Castilla y León".

ENMIENDA N.° 6

De modificación.

Al artículo 17.3.

Se modifica el apartado 3, párrafo segundo, que queda redactado del siguiente modo:

3. En general, se considerarán actividades incluidas en el apartado 1 de este artículo todas las relacionadas con el tráfico mercantil, salvo las excluidas expresamente por esta ley o por la legislación sectorial específica.

En todo caso, estarán excluidas las actividades agrícolas, ganaderas y pesqueras de carácter primario y los servicios de mediadores de seguros y reaseguros privados que sean prestados por personas físicas, así como los correspondientes a profesiones liberales.

Motivación:

Se menciona también la exclusión de actividad pesquera de acuerdo con lo dispuesto en el anteproyecto y de conformidad con el ámbito de acción esencial de las Cámaras.

Valladolid, 20 de septiembre de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León de las Cortes de Castilla y León, en virtud de lo dispuesto en el art. 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al "Proyecto de Ley por la que se regulan las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de la Comunidad de Castilla y León".

ENMIENDA N.° 7

De modificación.

Al artículo 18.2.

Se modifica el párrafo tercero del apartado 2 del artículo 18, que queda redactado del siguiente modo:

El personal de las Cámaras tendrá, con referencia a los indicados datos, el mismo deber de sigilo que el personal funcionario de la administración tributaria. Las Cámaras establecerán en su reglamento de régimen interior las sanciones derivadas del incumplimiento del deber de sigilo.

Motivación:

Se pretende garantizar la efectividad del deber de sigilo.

Valladolid, 20 de septiembre de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León de las Cortes de Castilla y León, en virtud de lo dispuesto en el art. 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al "Proyecto de Ley por la que se regulan las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de la Comunidad de Castilla y León".

ENMIENDA N.° 8

De adición.

Al artículo 20.

Se añade un nuevo apartado 6 al artículo 20, con la siguiente redacción:

6. La composición del pleno tendrá presencia equilibrada de mujeres y hombres, de forma que las personas de cada sexo no superen el sesenta por ciento ni sean menos del cuarenta por ciento.

Motivación:

Se pretende garantizar la efectividad del principio de igualdad entre mujeres y hombres.

Valladolid, 20 de septiembre de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León de las Cortes de Castilla y León, en virtud de lo dispuesto en el art. 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al "Proyecto de Ley por la que se regulan las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de la Comunidad de Castilla y León".

ENMIENDA N.° 9

De modificación.

Al artículo 21.

Se modifica el apartado 1 del artículo 21, que queda redactado del siguiente modo:

1. El comité ejecutivo es el órgano permanente de gestión, administración y propuesta de la Cámara, y será elegido por el pleno de entre sus vocales.

Estará formado por un máximo de siete miembros, que ocuparán la presidencia, una o dos vicepresidencias, la tesorería y el número de vocales restante que cada Cámara determine en su reglamento de régimen interior.

Motivación:

Se pretende racionalizar la composición del Comité Ejecutivo de la Cámara provincial y local.

Valladolid, 20 de septiembre de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León de las Cortes de Castilla y León, en virtud de lo dispuesto en el art. 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al "Proyecto de Ley por la que se regulan las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de la Comunidad de Castilla y León".

ENMIENDA N.° 10

De adición.

Al artículo 23.1.

Se añade un párrafo segundo al apartado 1 del artículo 23, que queda redactado del siguiente modo:

La convocatoria de las pruebas para la cobertura del puesto deberá ser aprobada por el Pleno y publicada en el BOCYL, previa aprobación de su contenido por la Administración tutelante, que dispondrá la publicación en el BOCYL del nombramiento de la persona que ocupe la Secretaría General, una vez que éste se haya llevado a efecto.

Motivación:

Se pretende realizar el principio de transparencia.

Valladolid, 20 de septiembre de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León de las Cortes de Castilla y León, en virtud de lo dispuesto en el art. 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al "Proyecto de Ley por la que se regulan las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de la Comunidad de Castilla y León".

ENMIENDA N.° 11

De adición.

Al artículo 23.

Se añade un apartado 6 del artículo 23, con la siguiente redacción:

6. Las personas que ocupen la Secretaría General y la Dirección Gerente estarán sujetas al régimen de contratación laboral y quedarán sometida al régimen de incompatibilidades que se establezca reglamentariamente. En todo caso, el desempeño de un puesto de trabajo al servicio de las Cámaras será incompatible con el ejercicio de cualquier cargo, profesión o actividad, pública o privada, que pueda impedir o menoscabar el estricto cumplimiento de sus deberes, o comprometer su imparcialidad o independencia.

Con el fin de garantizar la imparcialidad e independencia se establece su incompatibilidad, durante todo su mandato, con los cargos representativos de análoga función en las asociaciones, federaciones y confederaciones de carácter empresarial tanto nacional, regional, provincial o local.

Motivación:

Se garantiza el buen desempeño de la Secretaría General en tanto que figura esencial de la gobernanza cameral.

Valladolid, 20 de septiembre de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León de las Cortes de Castilla y León, en virtud de lo dispuesto en el art. 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al "Proyecto de Ley por la que se regulan las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de la Comunidad de Castilla y León".

ENMIENDA N.° 12

De sustitución.

Al artículo 24.

Se sustituye el artículo 24, que queda redactado del siguiente modo:

Artículo 24. Régimen de personal.

1. El personal al servicio de las Cámaras quedará sujeto a la normativa laboral vigente.

2. El reglamento de régimen interior establecerá el procedimiento de contratación del personal garantizándose, en todo caso, los principios de publicidad, igualdad, mérito y capacidad. Las convocatorias de los puestos a cubrir por tiempo indefinido serán publicadas en el BOCYL, previa comunicación a la Administración tutelante.

3. El personal laboral quedará sometido al régimen de incompatibilidades que se establezca reglamentariamente. En todo caso, el desempeño de un puesto de trabajo al servicio de las Cámaras será incompatible con el ejercicio de cualquier cargo, profesión o actividad, pública o privada, que pueda impedir o menoscabar el estricto cumplimiento de sus deberes, o comprometer su imparcialidad o independencia.

4. Anualmente, el pleno de la Cámara aprobará una plantilla de personal en la que se relacionarán, debidamente clasificados, todos los puestos de trabajo, con expresión de su denominación, funciones, retribuciones fija y variable y categoría. Asimismo, aprobará todo tipo de retribución fija o variable o de cualquier otro tipo que pudieran percibirse por razón de empleo o cargo.

Motivación:

Se pretende garantizar la independencia e imparcialidad del personal a fin de mejorar el rendimiento institucional de las Cámaras.

Valladolid, 20 de septiembre de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León de las Cortes de Castilla y León, en virtud de lo dispuesto en el art. 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al "Proyecto de Ley por la que se regulan las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de la Comunidad de Castilla y León".

ENMIENDA N.° 13

De modificación.

Al artículo 25.1.

Se modifica el apartado 1 del artículo 25, que queda redactado del siguiente modo:

1. Existirá un reglamento de régimen interior que, a propuesta del pleno de la Cámara con el voto favorable de la mitad más uno de sus miembros, deberá ser aprobado o rechazado por la Administración tutelante en un plazo de dos meses, la cual podrá también promover su modificación. Transcurrido el plazo de dos meses sin que haya resolución expresa el reglamento se entenderá aprobado. En cualquier caso, el reglamento de régimen interior será publicado en el BOCYL.

Motivación:

Se pretende añadir seguridad jurídica al procedimiento de aprobación del reglamento de régimen interior.

Valladolid, 20 de septiembre de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León de las Cortes de Castilla y León, en virtud de lo dispuesto en el art. 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al "Proyecto de Ley por la que se regulan las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de la Comunidad de Castilla y León".

ENMIENDA N.° 14

De modificación.

Al artículo 25.3.

Se modifica el apartado 3 del artículo 25, que queda redactado del siguiente modo:

3. Las Cámaras deberán asimismo incorporar como parte de su reglamento de régimen interior un Código de Buenas Prácticas, en el que se garantice la imparcialidad y la transparencia, conforme a los principios contenidos en la Ley 3/2015, de 4 de marzo, de Transparencia y Participación Ciudadana de Castilla y León, en el desarrollo de sus funciones público-administrativas, el cual será de aplicación a todos los miembros de las Cámaras, a su personal, así como en sus relaciones con terceros.

Motivación:

Se pretende conectar el Código de Buenas Prácticas con los principios y exigencias de transparencia establecidos en la legislación vigente.

Valladolid, 20 de septiembre de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León de las Cortes de Castilla y León, en virtud de lo dispuesto en el art. 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al "Proyecto de Ley por la que se regulan las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de la Comunidad de Castilla y León".

ENMIENDA N.° 15

De adición.

Al artículo 25.

Se añade un nuevo apartado 4 al artículo 25, que queda redactado del siguiente modo:

4. Se garantizará la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en cada uno de los órganos de gobierno que componen las Cámaras, así como la promoción de la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.

Motivación:

Se pretende realizar el principio de igualdad entre mujeres y hombres en el ámbito de las Cámaras.

Valladolid, 20 de septiembre de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León de las Cortes de Castilla y León, en virtud de lo dispuesto en el art. 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al "Proyecto de Ley por la que se regulan las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de la Comunidad de Castilla y León".

ENMIENDA N.° 16

De modificación.

Al artículo 33.

Se modifican los apartados 1, 2 y 3 del artículo 33, que quedan redactados del siguiente modo:

1. En aras de garantizar la máxima transparencia, las Cámaras provinciales y locales, sin perjuicio de lo establecido en la normativa reguladora de transparencia y acceso a la información pública, harán públicas en su página web las retribuciones percibidas anualmente por los altos cargos y máximos responsables, entendiendo como tales la presidencia, la vicepresidencia, la secretaría general y la dirección gerente, si la hubiera, así como, en su caso, las indemnizaciones recibidas por el cese en su cargo. También se reflejarán las dietas y retribuciones recibidas por los miembros del pleno. Asimismo, harán públicas las subvenciones u otro tipo de recursos públicos que puedan percibir para el ejercicio de sus actividades, con indicación de su importe, objetivo o finalidad.

2. Las cuentas anuales, junto con el informe de auditoría y el informe anual sobre el gobierno corporativo, se depositarán en el registro mercantil de la provincia en la que la Cámara tenga su sede, pudiéndose efectuar dicho depósito por medios telemáticos, y serán objeto de publicidad en la página web de la correspondiente Cámara.

3. Para la adecuada diferenciación entre las actividades públicas y privadas que pueden desarrollar, las Cámaras mantendrán una contabilidad diferenciada en relación con sus actividades públicas y privadas, sin perjuicio de la unicidad de las cuentas anuales.

Motivación:

Se pretende reforzar la transparencia de la actividad de las Cámaras.

Valladolid, 20 de septiembre de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León de las Cortes de Castilla y León, en virtud de lo dispuesto en el art. 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al "Proyecto de Ley por la que se regulan las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de la Comunidad de Castilla y León".

ENMIENDA N.° 17

De adición.

Al artículo 33.

Se añade un nuevo apartado 4, reenumerándose los siguientes, con la siguiente redacción:

4. En aras de garantizar la máxima transparencia se harán públicos los convenios suscritos, con mención de las partes firmantes, su objeto, plazo de duración, modificaciones realizadas, obligados a la realización de las prestaciones y, en su caso, las obligaciones económicas convenidas.

Motivación:

Se pretende añadir transparencia a la actividad de las Cámaras.

Valladolid, 20 de septiembre de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León de las Cortes de Castilla y León, en virtud de lo dispuesto en el art. 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al "Proyecto de Ley por la que se regulan las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de la Comunidad de Castilla y León".

ENMIENDA N.° 18

De modificación.

Al artículo 33.4.

Se modifica el apartado 4 del artículo 33, que queda redactado del siguiente modo:

4. Las cuentas anuales, el informe de gestión, las liquidaciones de presupuestos, el informe de auditoría, así como el certificado emitido por el secretario de la Cámara en el que conste el acuerdo del pleno por el que se aprueben tanto la liquidación como las cuentas anuales del ejercicio, se remitirán a la Administración tutelante para su aprobación definitiva antes del 30 de junio del año en curso. Dicha presentación se realizará de forma telemática. La aprobación se entenderá concedida si no media objeción alguna en el plazo de dos meses a partir de su recepción.

Motivación:

Se reduce el plazo de tres a dos meses a fin de lograr una mayor agilidad, que es uno de los fines de la ley.

Valladolid, 20 de septiembre de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León de las Cortes de Castilla y León, en virtud de lo dispuesto en el art. 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA al "Proyecto de Ley por la que se regulan las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de la Comunidad de Castilla y León".

ENMIENDA N.° 19

De modificación.

Al artículo 39.1.

Se modifica la letra c) del apartado 1 del artículo 39, que queda redactado del siguiente modo:

c) Dos vocales, representantes de empresas y personas de reconocido prestigio en la vida económica regional, a propuesta de la confederación de organizaciones empresariales intersectorial y territorial más representativa de Castilla y León, conforme a la disposición adicional sexta del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo.

Motivación:

Se pretende racionalizar la composición del pleno del Consejo.

Valladolid, 20 de septiembre de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos


PL/000020-05

CVE="BOCCL-09-030142"



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