PE/008909-3











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/008909-3


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. Ricardo López Prieto y Dña. Natalia del Barrio Jiménez, relativa a procedimiento de repercusión de responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea iniciado el 25 de agosto de 2017, con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 402, de 18 de abril de 2018.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/008214, PE/008284, PE/008289, PE/008410, PE/008464 a PE/008566, PE/008568, PE/008630, PE/008661 a PE/008663, PE/008700, PE/008702, PE/008703, PE/008706 a PE/008710, PE/008714, PE/008715, PE/008721, PE/008731, PE/008747 a PE/008756, PE/008767 a PE/008775, PE/008782, PE/008783, PE/008786, PE/008789, PE/008798, PE/008802, PE/008805, PE/008820, PE/008823 a PE/008827, PE/008829, PE/008831, PE/008841 a PE/008843, PE/008852, PE/008855, PE/008858 a PE/008860, PE/008867, PE/008868, PE/008877, PE/008886, PE/008888 a PE/008896, PE/008898 a PE/008902, PE/008905, PE/008909, PE/008910, PE/008912, PE/008922, PE/008988, PE/009029, PE/009053, PE/009066 a PE/009071, PE/009075, PE/009082 a PE/009090, PE/009099 a PE/009102, PE/009104, PE/009105, PE/009107, PE/009112, PE/009117, PE/009118, PE/009197, PE/009200, PE/009201, PE/009203 a PE/009209, PE/009211 a PE/009217, PE/009232, PE/009234 a PE/009246, PE/009248, PE/009261, PE/009265, PE/009266, PE/009278, PE/009299 a PE/009302, PE/009354 y PE/009355, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 22 de junio de 2018.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio



Texto:

Pregunta Escrita PE/0908909 formulada por D. Ricardo López Prieto y D.ª Natalia del Barrio Jiménez del Grupo Parlamentario Podemos, relativa al procedimiento de repercusión de responsabilidades por incumplimiento del derecho de la Unión Europea iniciado el 25 de agosto de 2017 con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA).

En respuesta a las cuestiones planteadas en la pregunta escrita arriba referenciada, le informo lo siguiente:

El procedimiento de corresponsabilidad financiera iniciado el 25 de agosto de 2017, se refiere a las correcciones financieras incluidas en la Decisión de Ejecución 2017/1144/UE de 26 de junio de 2017, correspondientes a las investigaciones siguientes:

– VIN/2016/001/ES, relativa a la medida de promoción del vino en terceros países, con 63.210,21 € al Organismo Pagador de Castilla y León con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía Agraria (en adelante FEAGA), ya que según la Comisión Europea, los folletos y páginas web destinados a uso en terceros países, también fueron utilizados en los países de la UE.

– XP/2014/004/ES, relativa al control de operaciones en virtud del Reglamento (UE) N.º 1306/2013, con 93.357,83 € al Organismo Pagador de Castilla y León con cargo al FEAGA, debido a que según la Comisión Europea los controles a posteriori realizados en virtud del artículo V, capítulo III del Reglamento (UE) n.º 1306/2016, debía completarse.

La deuda se ha extinguido con el Fondo Europeo de referencia, por deducción en la petición de fondos con cargo al mismo de fecha 19 de febrero de 2018 y no se han pagado intereses.

En cuanto a qué promoción de vinos y en qué países afecta el incumplimiento del Derecho de la Unión Europea iniciado el 25 de agosto de 2017, pongo en su conocimiento que la corrección financiera relativa a la medida de promoción del vino en terceros países (régimen en el marco de los Reglamentos (CE) n.º 479/2008, (CE) N.° 555/2008 y (CE) N.º 1308/2013, se fijó en la carta Ares(2017)693541 de 8 de febrero de 2017 de la investigación VIN/2016/001/ES.

La Consejería de Agricultura y Ganadería, ha aplicado medidas encaminadas a garantizar la verificación del uso de material de promoción en terceros países y la utilización de los portales web cuyo contenido pueda utilizarse con fines de promoción también dentro de la UE, de acuerdo a los criterios actuales de la Comisión Europea.

La corrección financiera se calculó aplicando para los ejercicios financieros 2014 y 2015, una corrección a tanto alzado, que como se podrá comprobar es muy pequeña en comparación con la financiación global europea que gestiona el Organismo Pagador de Castilla y León.

Valladolid, 11 de junio de 2018.

LA CONSEJERA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA,Fdo.: Milagros Marcos Ortega.


PE/008909-3

CVE="BOCCL-09-031499"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pag. 65838
BOCCL nº 506/9 del 28/12/2018
CVE: BOCCL-09-031499

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/008909-3
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. Ricardo López Prieto y Dña. Natalia del Barrio Jiménez, relativa a procedimiento de repercusión de responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea iniciado el 25 de agosto de 2017, con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 402, de 18 de abril de 2018.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/008214, PE/008284, PE/008289, PE/008410, PE/008464 a PE/008566, PE/008568, PE/008630, PE/008661 a PE/008663, PE/008700, PE/008702, PE/008703, PE/008706 a PE/008710, PE/008714, PE/008715, PE/008721, PE/008731, PE/008747 a PE/008756, PE/008767 a PE/008775, PE/008782, PE/008783, PE/008786, PE/008789, PE/008798, PE/008802, PE/008805, PE/008820, PE/008823 a PE/008827, PE/008829, PE/008831, PE/008841 a PE/008843, PE/008852, PE/008855, PE/008858 a PE/008860, PE/008867, PE/008868, PE/008877, PE/008886, PE/008888 a PE/008896, PE/008898 a PE/008902, PE/008905, PE/008909, PE/008910, PE/008912, PE/008922, PE/008988, PE/009029, PE/009053, PE/009066 a PE/009071, PE/009075, PE/009082 a PE/009090, PE/009099 a PE/009102, PE/009104, PE/009105, PE/009107, PE/009112, PE/009117, PE/009118, PE/009197, PE/009200, PE/009201, PE/009203 a PE/009209, PE/009211 a PE/009217, PE/009232, PE/009234 a PE/009246, PE/009248, PE/009261, PE/009265, PE/009266, PE/009278, PE/009299 a PE/009302, PE/009354 y PE/009355, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 22 de junio de 2018.

La Presidenta de las Cortes de Castilla y León,Fdo.: Silvia Clemente Municio


TEXTO


Pregunta Escrita PE/0908909 formulada por D. Ricardo López Prieto y D.ª Natalia del Barrio Jiménez del Grupo Parlamentario Podemos, relativa al procedimiento de repercusión de responsabilidades por incumplimiento del derecho de la Unión Europea iniciado el 25 de agosto de 2017 con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA).

En respuesta a las cuestiones planteadas en la pregunta escrita arriba referenciada, le informo lo siguiente:

El procedimiento de corresponsabilidad financiera iniciado el 25 de agosto de 2017, se refiere a las correcciones financieras incluidas en la Decisión de Ejecución 2017/1144/UE de 26 de junio de 2017, correspondientes a las investigaciones siguientes:

– VIN/2016/001/ES, relativa a la medida de promoción del vino en terceros países, con 63.210,21 € al Organismo Pagador de Castilla y León con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía Agraria (en adelante FEAGA), ya que según la Comisión Europea, los folletos y páginas web destinados a uso en terceros países, también fueron utilizados en los países de la UE.

– XP/2014/004/ES, relativa al control de operaciones en virtud del Reglamento (UE) N.º 1306/2013, con 93.357,83 € al Organismo Pagador de Castilla y León con cargo al FEAGA, debido a que según la Comisión Europea los controles a posteriori realizados en virtud del artículo V, capítulo III del Reglamento (UE) n.º 1306/2016, debía completarse.

La deuda se ha extinguido con el Fondo Europeo de referencia, por deducción en la petición de fondos con cargo al mismo de fecha 19 de febrero de 2018 y no se han pagado intereses.

En cuanto a qué promoción de vinos y en qué países afecta el incumplimiento del Derecho de la Unión Europea iniciado el 25 de agosto de 2017, pongo en su conocimiento que la corrección financiera relativa a la medida de promoción del vino en terceros países (régimen en el marco de los Reglamentos (CE) n.º 479/2008, (CE) N.° 555/2008 y (CE) N.º 1308/2013, se fijó en la carta Ares(2017)693541 de 8 de febrero de 2017 de la investigación VIN/2016/001/ES.

La Consejería de Agricultura y Ganadería, ha aplicado medidas encaminadas a garantizar la verificación del uso de material de promoción en terceros países y la utilización de los portales web cuyo contenido pueda utilizarse con fines de promoción también dentro de la UE, de acuerdo a los criterios actuales de la Comisión Europea.

La corrección financiera se calculó aplicando para los ejercicios financieros 2014 y 2015, una corrección a tanto alzado, que como se podrá comprobar es muy pequeña en comparación con la financiación global europea que gestiona el Organismo Pagador de Castilla y León.

Valladolid, 11 de junio de 2018.

LA CONSEJERA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA,Fdo.: Milagros Marcos Ortega.


PE/008909-3

CVE="BOCCL-09-031499"



Sede de las Cortes de Castilla y León