PPL/000022-11











1. Procedimientos Legislativos

120. Proposiciones de Ley
PPL/000022-11


Sumario:

Enmiendas presentadas por el Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León al Proyecto de Ley de modificación del Decreto legislativo 1/2013, de 12 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de Tributos Propios y Cedidos, calificadas por la Mesa de la Comisión de Economía y Hacienda como Enmiendas que suponían minoración de ingresos presupuestarios del ejercicio, a las que la Junta de Castilla y León ha dado la conformidad para su tramitación.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León de las Enmiendas presentadas por el Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León al Proyecto de Ley de modificación del Decreto legislativo 1/2013, de 12 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de Tributos Propios y Cedidos que la Mesa de la Comisión de Economía y Hacienda, en su reunión del día 16 de enero de 2019, acordó calificar como Enmiendas que suponían minoración de ingresos presupuestarios del ejercicio, a las que la Junta de Castilla y León ha dado la conformidad para su tramitación.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 25 de enero de 2019.

P. D. El Secretario General-Letrado Mayor,

Fdo.: Carlos Ortega Santiago



Texto:

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León de las Cortes de Castilla y León, en virtud de lo dispuesto en el art. 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la "Proposición de Ley de modificación del Decreto legislativo 1/2013, de 12 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de Tributos Propios y Cedidos", presentada por el Grupo Parlamentario Popular.

ENMIENDA N.º 2

De modificación. Al artículo único, apartado uno.

Se modifica el apartado uno del artículo único, que queda redactado del siguiente modo:

"Uno. Se modifica el título y el párrafo primero del artículo 9, que queda redactado en los siguientes términos:

«Deducciones para la recuperación del patrimonio cultural y natural, por donaciones a fundaciones y para el fomento de la investigación, el desarrollo y la innovación y para el fomento de la movilidad sostenible.

Los contribuyentes podrán deducirse el 15% de las cantidades indicadas en las letras a) a f) y el 20% de la cantidad prevista en la letra g), en los siguientes términos:»".

Motivación:

Se añade un incremento de la deducción a fin de lograr una mayor eficacia.

En Valladolid, a 26 de diciembre de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León de las Cortes de Castilla y León, en virtud de lo dispuesto en el art. 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la "Proposición de Ley de modificación del Decreto legislativo 1/2013, de 12 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de Tributos Propios y Cedidos", presentada por el Grupo Parlamentario Popular.

ENMIENDA N.º 3

De modificación. Al artículo único, apartado dos.

Se modifica el apartado dos del artículo único, que queda redactado del siguiente modo:

"Dos. Se incorpora una nueva letra g) aI artículo 9, con la siguiente redacción:

«g) Las cantidades destinadas por el contribuyente a la adquisición de un vehículo turismo nuevo que tenga la consideración de vehículo eléctrico puro o de vehículo eléctrico con autonomía extendida o de vehículo híbrido enchufable con autonomía en modo eléctrico de más de 40 kilómetros. El importe máximo de la deducción será de 6.000 euros y su aplicación está sujeta al cumplimiento de las siguientes condiciones: (...)»".

Motivación:

Se añade un incremento del importe máximo de la deducción a fin de lograr una mayor eficacia.

En Valladolid, a 26 de diciembre de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos


PPL/000022-11

CVE="BOCCL-09-032303"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pags. 67048-67049
BOCCL nº 514/9 del 29/1/2019
CVE: BOCCL-09-032303

1. Procedimientos Legislativos
120. Proposiciones de Ley
PPL/000022-11
Enmiendas presentadas por el Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León al Proyecto de Ley de modificación del Decreto legislativo 1/2013, de 12 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de Tributos Propios y Cedidos, calificadas por la Mesa de la Comisión de Economía y Hacienda como Enmiendas que suponían minoración de ingresos presupuestarios del ejercicio, a las que la Junta de Castilla y León ha dado la conformidad para su tramitación.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena la publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León de las Enmiendas presentadas por el Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León al Proyecto de Ley de modificación del Decreto legislativo 1/2013, de 12 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de Tributos Propios y Cedidos que la Mesa de la Comisión de Economía y Hacienda, en su reunión del día 16 de enero de 2019, acordó calificar como Enmiendas que suponían minoración de ingresos presupuestarios del ejercicio, a las que la Junta de Castilla y León ha dado la conformidad para su tramitación.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 25 de enero de 2019.

P. D. El Secretario General-Letrado Mayor,

Fdo.: Carlos Ortega Santiago


TEXTO


A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León de las Cortes de Castilla y León, en virtud de lo dispuesto en el art. 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la "Proposición de Ley de modificación del Decreto legislativo 1/2013, de 12 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de Tributos Propios y Cedidos", presentada por el Grupo Parlamentario Popular.

ENMIENDA N.º 2

De modificación. Al artículo único, apartado uno.

Se modifica el apartado uno del artículo único, que queda redactado del siguiente modo:

"Uno. Se modifica el título y el párrafo primero del artículo 9, que queda redactado en los siguientes términos:

«Deducciones para la recuperación del patrimonio cultural y natural, por donaciones a fundaciones y para el fomento de la investigación, el desarrollo y la innovación y para el fomento de la movilidad sostenible.

Los contribuyentes podrán deducirse el 15% de las cantidades indicadas en las letras a) a f) y el 20% de la cantidad prevista en la letra g), en los siguientes términos:»".

Motivación:

Se añade un incremento de la deducción a fin de lograr una mayor eficacia.

En Valladolid, a 26 de diciembre de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León de las Cortes de Castilla y León, en virtud de lo dispuesto en el art. 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la "Proposición de Ley de modificación del Decreto legislativo 1/2013, de 12 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de Tributos Propios y Cedidos", presentada por el Grupo Parlamentario Popular.

ENMIENDA N.º 3

De modificación. Al artículo único, apartado dos.

Se modifica el apartado dos del artículo único, que queda redactado del siguiente modo:

"Dos. Se incorpora una nueva letra g) aI artículo 9, con la siguiente redacción:

«g) Las cantidades destinadas por el contribuyente a la adquisición de un vehículo turismo nuevo que tenga la consideración de vehículo eléctrico puro o de vehículo eléctrico con autonomía extendida o de vehículo híbrido enchufable con autonomía en modo eléctrico de más de 40 kilómetros. El importe máximo de la deducción será de 6.000 euros y su aplicación está sujeta al cumplimiento de las siguientes condiciones: (...)»".

Motivación:

Se añade un incremento del importe máximo de la deducción a fin de lograr una mayor eficacia.

En Valladolid, a 26 de diciembre de 2018.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos


PPL/000022-11

CVE="BOCCL-09-032303"



Sede de las Cortes de Castilla y León