PPL/000025-08











1. Procedimientos Legislativos

120. Proposiciones de Ley
PPL/000025-08


Sumario:

Enmiendas al articulado presentadas por el Grupo Parlamentario Ciudadanos a la Proposición de Ley de implantación y desarrollo de la carrera profesional de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de la Comisión de la Presidencia de las Cortes de Castilla y León, en su reunión del día 30 de enero de 2019, ha admitido a trámite las Enmiendas al articulado presentadas por los Grupos Parlamentarios de la Cámara a la Proposición de Ley de implantación y desarrollo de la carrera profesional de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, PPL/000025.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 30 de enero de 2019.

P. D. El Secretario General-Letrado Mayor,

Fdo.: Carlos Ortega Santiago



Texto:

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Ciudadanos (Cs) de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de implantación y desarrollo de la carrera profesional de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Popular:

ENMIENDA N.º 1

De modificación.

Artículo 1.- Objeto y ámbito de aplicación.

Modificación que se propone: Añadir "único y común" al texto existente, por lo que el texto quedaría: Esta Ley tiene por objeto incorporar un nuevo modelo de carrera profesional horizontal, único y común para todos los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y sus organismos autónomos en los términos previstos en el Estatuto Básico del Empleado Público.

Motivación:

Que el modelo de carrera profesional sea único y común.

En Valladolid, a 22 de enero de 2019.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Ciudadanos (Cs) de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de implantación y desarrollo de la carrera profesional de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Popular:

ENMIENDA N.º 2

De modificación.

Artículo 2.- Carrera profesional horizontal.

Modificación que se propone: Añadir la referencia al grado (denominación para el personal de la Gerencia Regional de Salud) "único y común" y la obligación de convocatoria anual, por lo que el texto quedaría: La carrera profesional horizontal tendrá carácter progresivo, será voluntaria y se organizará en cuatro categorías o grados a los que se accederá mediante convocatoria anual previa una vez se haya evaluado positivamente el desempeño profesional.

Motivación:

Añadir la referencia al grado (denominación para el personal de la Gerencia Regional de Salud) "único y común" y la obligación de convocatoria anual.

En Valladolid, a 22 de enero de 2019.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Ciudadanos (Cs) de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de implantación y desarrollo de la carrera profesional de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Popular:

ENMIENDA N.º 3

De supresión.

Artículo 3.- Carrera profesional del personal funcionario.

Modificación que se propone: Suprimir la frase "El personal funcionario docente deberá optar entre la carrera profesional horizontal o los sexenios en los términos que se determinen en el desarrollo reglamentario".

Motivación:

Hacer compatible la percepción de sexenios con la carrera profesional.

En Valladolid, a 22 de enero de 2019.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Ciudadanos (Cs) de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de implantación y desarrollo de la carrera profesional de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Popular:

ENMIENDA N.º 4

De modificación.

Artículo 4.- Carrera profesional del personal laboral.

Modificación que se propone: Añadir la referencia a la presente ley, por lo que el texto que se propone: El régimen jurídico de la carrera profesional del personal laboral, será el establecido en el Convenio Colectivo correspondiente, en la presente Ley y en su normativa de desarrollo.

Motivación:

Añadir la referencia a la presente ley.

En Valladolid, a 22 de enero de 2019.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Ciudadanos (Cs) de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de implantación y desarrollo de la carrera profesional de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Popular:

ENMIENDA N.º 5

De modificación.

Artículo 5.- Carrera profesional del personal de la Gerencia Regional de Salud.

Modificación que se propone: Eliminar "para cada uno de estos grupos", por lo que el texto que se propone: El derecho a la carrera profesional se extenderá a todo el personal estatutario, funcionario y laboral de la Gerencia Regional de Salud, en los términos previstos en la normativa que resulte de aplicación, en la presente Ley y en su normativa de desarrollo.

Motivación:

Facilitar que el modelo sea único.

En Valladolid, a 22 de enero de 2019.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Ciudadanos (Cs) de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de implantación y desarrollo de la carrera profesional de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Popular:

ENMIENDA N.º 6

De supresión.

Artículo 6.- Homologación de la carrera profesional entre los diferentes ámbitos.

Modificación que se propone: Suprimir "pudiendo percibir sólo el complemento de carrera establecido para ese ámbito", por lo que el texto que se propone: Reglamentariamente se establecerá un sistema de homologación para que a los empleados públicos se les reconozca el grado o categoría de origen en el ámbito en el que estén prestando servicios.

Motivación:

Dada la casuística existente procede que se regule reglamentariamente.

En Valladolid, a 22 de enero de 2019.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Ciudadanos (Cs) de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de implantación y desarrollo de la carrera profesional de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Popular:

ENMIENDA N.º 7

De modificación.

Artículo 7.- Convocatorias de la carrera profesional. Primer párrafo.

Modificación que se propone: Modificar el primer párrafo del artículo 7, sustituyéndolo por el siguiente texto: La primera convocatoria para el acceso a la carrera profesional horizontal para el personal de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, al amparo de la presente regulación, tendrá lugar en el 2019.

El devengo y abono del complemento de la carrera profesional por parte del personal de la Gerencia Regional de Salud que teniéndola ya reconocida no la ha percibido, por no encontrarse prestando servicios en los centros e instituciones sanitarias, se producirá cuando se resuelva la primera convocatoria a la que se refiere este apartado.

Motivación:

Adelantar la fecha de la convocatoria.

En Valladolid, a 22 de enero de 2019.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Ciudadanos (Cs) de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de implantación y desarrollo de la carrera profesional de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Popular:

ENMIENDA N.º 8

De modificación.

Artículo 7.- Convocatorias de la carrera profesional. 2.º párrafo.

Modificación que se propone: Modificar el segundo párrafo del artículo 7, "En los años sucesivos..." por el siguiente texto: En los años sucesivos se convocará la carrera profesional de todos los empleados públicos respetando los principios de estabilidad presupuestaria y financiera de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, limitando únicamente su convocatoria cuando se den los supuestos en el artículo 38.10 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

Motivación:

Poner unas condiciones que no hagan imposible la convocatoria de carrera profesional.

En Valladolid, a 22 de enero de 2019.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Ciudadanos (Cs) de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de implantación y desarrollo de la carrera profesional de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Popular:

ENMIENDA N.º 9

De modificación.

Artículo 8.- Complementos de carrera profesional.

Modificación que se propone: Se propone la modificación del artículo 8, que queda redactado como sigue: El importe de los complementos de carrera profesional de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y sus organismos autónomos en los términos previstos en el Estatuto Básico del Empleado Público, serán idénticos y proporcionales para cada competencia funcional, grupo o categoría profesional resultado de la negociación colectiva en los términos del Capítulo IV del Título III del TREBEP.

Motivación:

Equiparar en una modalidad los complementos de carrera profesional y que sea el resultado de una negociación colectiva.

En Valladolid, a 22 de enero de 2019.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Ciudadanos (Cs) de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de implantación y desarrollo de la carrera profesional de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Popular:

ENMIENDA N.º 10

De modificación.

Disposición adicional primera.

Modificación que se propone: Se propone la modificación de la Disposición adicional primera, de la proposición de Ley, que queda redactada como sigue: A los efectos de esta Ley, los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Castilla y León para 2019 contarán con crédito suficiente para la carrera profesional de todos los empleados públicos.

Si en algún ejercicio no hubiera presupuestos aprobados y se produjera la prórroga de los anteriores, se habilitará el crédito necesario mediante los procedimientos legales oportunos para garantizar la dotación del complemento de carrera profesional.

Motivación:

Dotar de financiación suficiente dadas las dificultades para valorar económicamente los efectos de esta ley.

En Valladolid, a 22 de enero de 2019.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Ciudadanos (Cs) de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de implantación y desarrollo de la carrera profesional de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Popular:

ENMIENDA N.º 11

De adición.

Disposición adicional segunda.

Modificación que se propone: Se propone añadir un nuevo apartado 1 a la disposición adicional segunda, renumerándose el resto de apartados de esta disposición de la proposición de Ley, que queda redactado como sigue:

1. Se modifica el artículo 34 (Cuerpos y Escalas Sanitarios) de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, al que se añade un punto nuevo que tendrá la siguiente redacción:

a. Los Cuerpos Sanitarios, en el ámbito de la Salud Pública, del Subgrupo A1 son los siguientes:

- Cuerpo Facultativo Superior (Veterinarios)

- Cuerpo Facultativo Superior (Farmacéuticos)

- Cuerpo Facultativo Superior (Médicos). (Médicos Trabajo/Empresa). (Psiquiatras). (Ginecólogos)

Son escalas de estos Cuerpos: La Escala Sanitaria.

b. Los Cuerpos Sanitarios, en el ámbito de la Salud Pública, del Subgrupo A2 son los siguientes:

- Cuerpo de Titulados Universitarios de Primer Ciclo (ATS/DUE/Enfermeras)

- Cuerpo de Titulados Universitarios de Primer Ciclo (Matronas)

- Cuerpo de Titulados Universitarios de Primer Ciclo (Fisioterapeutas)

Son escalas de estos Cuerpos: La Escala Sanitaria.

c. Los Cuerpos Sanitarios, en el ámbito de la Salud Pública, del Subgrupo Cl son los siguientes:

- Cuerpo de Ayudantes Facultativos (Ayudantes Técnicos de Laboratorio).

- Cuerpo de Ayudantes Facultativos (Ayudantes Técnicos de Radiología).

- Cuerpo de Ayudantes Facultativos (Ayudantes Técnicos de Anatomía Patológica).

Son escalas de estos Cuerpos: La Escala Sanitaria.

d. Los Cuerpos Sanitarios, en el ámbito de la Salud Pública, del Subgrupo C2 son los siguientes:

- Cuerpo de Auxiliares Facultativos (Auxiliar de Enfermería/Técnicos Auxiliares de Enfermería).

Son escalas de estos Cuerpos: La Escala Sanitaria.

Cada uno de estos cuerpos desarrollará las funciones ya determinadas normativamente, así como cualesquiera otras que en lo sucesivo le pudieran encomendar las disposiciones legales y administrativas que se dicten por las autoridades competentes, o vengan determinadas por una más eficiente gestión.

El desarrollo profesional del personal sanitario funcionario fijo e interino tendrá la misma estructura que la prevista para el personal sanitario estatutario en el Capítulo XII de Ley 2/2007, de 7 de marzo, del Estatuto Jurídico del Personal Estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León, y en los términos en los que se desarrolle reglamentariamente».

Motivación:

Regular el carácter de sanitario de determinados cuerpos.

En Valladolid, a 22 de enero de 2019.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Ciudadanos (Cs) de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de implantación y desarrollo de la carrera profesional de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Popular:

ENMIENDA N.º 12

De modificación.

Disposición adicional segunda. Punto 2.

Modificación que se propone: Adaptar el texto a la existencia de proceso extraordinario. Texto que se propone:

2. Se añade un nuevo artículo 66, que tendrá la siguiente redacción:

"Artículo 66. Carrera profesional horizontal

1.- La carrera profesional horizontal consistirá en la progresión de categoría sin necesidad de cambiar de puesto, tendrá carácter voluntario y estará ligada al reconocimiento de competencias y a la evaluación del desempeño.

2.- Con carácter general, la carrera horizontal se organiza en cuatro categorías y el ascenso de categoría requerirá haber alcanzado la categoría inmediatamente inferior (salvo en los procesos extraordinarios en los que se podrá acceder directamente al grado correspondiente en función del cumplimiento de la condición de antigüedad). A cada categoría irá vinculada la cuantía del complemento retributivo de carrera profesional horizontal que corresponda.

3. El acceso a las diferentes categorías requerirá de convocatoria previa. Tanto para alcanzar la categoría I como para los ascensos de categoría será necesario un tiempo mínimo de permanencia de cinco años (salvo para el proceso extraordinario) al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León en el cuerpo, escala o especialidad de pertenencia, o de las Universidades Públicas o Administración Local para su personal comprendido en el ámbito de aplicación de esta Ley.

4.- Será requisito necesario para alcanzar cualquier categoría de carrera profesional la evaluación positiva del desempeño profesional. Deberá valorarse la trayectoria y actuación profesional, la calidad de los trabajos realizados, los conocimientos adquiridos y el resultado de la evaluación del desempeño. Podrán incluirse asimismo otros méritos y aptitudes por razón de la especificidad de la función desarrollada y la experiencia adquirida".

Motivación:

Adaptar el texto a la existencia de proceso extraordinario.

En Valladolid, a 22 de enero de 2019.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Ciudadanos (Cs) de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de implantación y desarrollo de la carrera profesional de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Popular:

ENMIENDA N.º 13

De supresión.

Supresión de la Disposición adicional quinta.

Motivación:

Dada la naturaleza del contenido dispuesto en dicha disposición, adecuar y remitir su legislación a la Proposición de Ley de modificación de la Ley 10/2010, de 27 de septiembre, de Salud Pública y Seguridad Alimentaria de Castilla y León.

En Valladolid, a 22 de enero de 2019.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Ciudadanos (Cs) de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de implantación y desarrollo de la carrera profesional de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Popular:

ENMIENDA N.º 14

De adición.

Modificación que se propone: Se propone la adición de una disposición adicional sexta, con el siguiente texto:

Disposición adicional sexta

En el supuesto de que un empleado público obtenga un nuevo puesto de trabajo por promoción interna bien sea horizontal o vertical, mantendrá los importes reconocidos en concepto de carrera profesional en los términos que resulten en el desarrollo reglamentario de la presente ley.

Motivación:

Regular la carrera profesional ante los cambios en los puestos de trabajo.

En Valladolid, a 22 de enero de 2019.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Ciudadanos (Cs) de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de implantación y desarrollo de la carrera profesional de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Popular:

ENMIENDA N.º 15

De adición.

Modificación que se propone: Se propone la adición de una disposición adicional septima, con el siguiente texto:

Disposición adicional septima

En relación a los trabajadores fijos discontinuos, para el reconocimiento del complemento de carrera profesional, se entenderá como año completo de trabajo el tiempo de trabajo de campaña.

Motivación:

Regular el tiempo de permanencia de los trabajadores discontinuos.

En Valladolid, a 22 de enero de 2019.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Ciudadanos (Cs) de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de implantación y desarrollo de la carrera profesional de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Popular:

ENMIENDA N.º 16

De adición.

Modificación que se propone: Se propone la adición de una disposición adicional octava, con el siguiente texto:

Disposición adicional octava

Se podrá acceder a un nuevo grado o categoría a través de los procesos extraordinarios independientemente de la vía de acceso al anterior consolidado.

Motivación:

Regular el acceso por el procedimiento extraordinario.

En Valladolid, a 22 de enero de 2019.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Ciudadanos (Cs) de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de implantación y desarrollo de la carrera profesional de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Popular:

ENMIENDA N.º 17

De adición.

Modificación que se propone: Se propone la adición de una disposición adicional novena, con el siguiente texto:

Disposición adicional novena

Para el acceso a la función pública del personal sanitario de salud pública de Castilla y León será necesario valorar la experiencia profesional, lo que se efectuará en idénticos términos que los utilizados para el resto del personal sanitario del servicio de salud de Castilla y León.

Motivación:

Regular el acceso por el procedimiento extraordinario.

En Valladolid, a 22 de enero de 2019.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Ciudadanos (Cs) de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de implantación y desarrollo de la carrera profesional de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Popular:

ENMIENDA N.º 18

De adición.

Modificación que se propone: Se propone la adición de una disposición transitoria primera, con el siguiente texto:

Disposición transitoria primera. Proceso extraordinario de acceso a la carrera profesional

1.- Acceso extraordinario a los grados I y II de la carrera profesional en el año 2019:

Los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y sus organismos autónomos en los términos previstos en el Estatuto Básico del Empleado Público podrán acceder de forma directa y con carácter extraordinario a los grados (denominación para el personal de la Gerencia Regional de Salud) o categorías I y II de la carrera profesional en función del cumplimiento de la condición de la antigüedad a la fecha de la convocatoria que se establece a continuación:

a.- Podrá acceder al grado/categoría I de carrera profesional el empleado público que acredite más de 5 años de antigüedad como empleado público en el cuerpo, competencia funcional o categoría profesional desde la que se pretenda acceder a la carrera profesional en función de la titulación exigida para el ingreso.

Los empleados públicos que hayan obtenido un puesto de trabajo por promoción interna y no puedan acreditar los cinco años de permanencia en dicho puesto, consolidaran el grado/categoría I de o de los puestos que hayan ejercido con anterioridad en el caso de que acrediten los señalados 5 años de antigüedad en dicho puesto. En este caso percibirán un complemento personal transitorio sólo absorbible por el complemento de carrera profesional del puesto de trabajo en el momento en que lo obtenga.

b.- Podrá acceder al grado/categoría II de carrera profesional el empleado público que acredite más de 10 años de antigüedad como empleado público en el cuerpo, competencia funcional o categoría profesional desde la que se pretenda acceder a la carrera profesional en función de la titulación exigida para el ingreso.

Los empleados públicos que hayan obtenido un puesto de trabajo por promoción interna y no puedan acreditar los diez años de permanencia en dicho puesto, consolidaran el grado/categoría II de o de los puestos que hayan ejercido con anterioridad en el caso de que acrediten los señalados 10 años de antigüedad en dicho puesto. En este caso percibirán un complemento personal transitorio sólo absorbible por el complemento de carrera profesional del puesto de trabajo en el momento en que lo obtenga.

Los efectos económicos del reconocimiento del grado/categoría se producirán, si proceden, a partir del día 1 del mes siguiente a la fecha de convocatoria.

2.- Acceso extraordinario a los grados III y IV de la carrera profesional en el año 2020:

Los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y sus organismos autónomos en los términos previstos en el Estatuto Básico del Empleado Público podrán acceder de forma directa y con carácter extraordinario a los grados categorías III y IV de la carrera profesional en función del cumplimiento de la condición de la antigüedad a la fecha de la convocatoria que se establece a continuación:

a.- Podrá acceder al grado/categoría III de carrera profesional el empleado público que acredite más de 15 años de antigüedad como empleado público en el cuerpo, competencia funcional o categoría profesional desde la que se pretenda acceder a la carrera profesional en función de la titulación exigida para el ingreso.

Los empleados públicos que hayan obtenido un puesto de trabajo por promoción interna y no puedan acreditar los quince años de permanencia en dicho puesto, consolidaran el grado/categoría III de o de los puestos que hayan ejercido con anterioridad en el caso de que acrediten los señalados 15 años de antigüedad en dicho puesto. En este caso percibirán un complemento personal transitorio sólo absorbible por el complemento de carrera profesional del puesto de trabajo en el momento en que lo obtenga.

b.- Podrá acceder al grado/categoría IV de carrera profesional el empleado público que acredite más de 20 años de antigüedad como empleado público en el cuerpo, competencia funcional o categoría profesional desde la que se pretenda acceder a la carrera profesional en función de la titulación exigida para el ingreso.

Los empleados públicos que hayan obtenido un puesto de trabajo por promoción interna y no puedan acreditar los veinte años de permanencia en dicho puesto, consolidaran el grado/categoría IV de o de los puestos que hayan ejercido con anterioridad en el caso de que acrediten los señalados 20 años de antigüedad en dicho puesto. En este caso percibirán un complemento personal transitorio sólo absorbible por el complemento de carrera profesional del puesto de trabajo en el momento en que lo obtenga.

Los efectos económicos del reconocimiento del grado/categoría se producirán, si proceden, a partir del día 1 del mes siguiente a la fecha de convocatoria.

Motivación:

Regular el acceso por el procedimiento extraordinario.

En Valladolid, a 22 de enero de 2019.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Ciudadanos (Cs) de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de implantación y desarrollo de la carrera profesional de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Popular:

ENMIENDA N.º 19

De modificación.

Disposición final primera. Procesos de estabilización. Primer párrafo.

Modificación que se propone: Añadir en el primer párrafo, a continuación de empleo temporal, la precisión "del personal funcionario y del personal laboral". El texto quedaría: Las ofertas de empleo público de los años 2018 y 2019, al amparo de la habilitación prevista en el art.19 Uno. Apartado 7 segundo párrafo in fine y apartado 9 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2018, incluirán todas las plazas de estabilización de empleo temporal del personal funcionario y del personal laboral, y las del personal indefinido no fijo declarado por sentencia judicial.

Motivación:

Que quede claro que la disposición afecta a todas las situaciones de temporalidad.

En Valladolid, a 22 de enero de 2019.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Ciudadanos (Cs) de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de implantación y desarrollo de la carrera profesional de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Popular:

ENMIENDA N.º 20

De adición.

Disposición final primera. Procesos de estabilización. Segundo párrafo.

Modificación que se propone: Incluir en el segundo párrafo, a continuación del primer "punto y seguido" el siguiente texto: Igualmente en los procesos selectivos derivados de dichas ofertas para el acceso a las competencias funcionales del personal laboral se convocarán, siempre que incluyan este tipo de plazas, por el sistema de concurso oposición de acuerdo con las previsiones del art. 42.1 de la Ley de Función Pública de Castilla y León y el articulo 23 del Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y Organismos Autónomos dependientes de esta.

Motivación:

Que el personal laboral tenga el régimen dispuesto en los siguientes párrafos.

En Valladolid, a 22 de enero de 2019.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Ciudadanos (Cs) de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de implantación y desarrollo de la carrera profesional de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Popular:

ENMIENDA N.º 21

De adición.

Disposición final primera. Procesos de estabilización. Segundo párrafo.

Modificación que se propone: Incluir al final del segundo párrafo, después de "fase de concurso un 40%", el siguiente texto: Para ello en el plazo de 6 meses será necesario que los sujetos legitimados acuerden, dentro de los respectivos ámbitos de negociación, las modificaciones reglamentarias y convencionales que habiliten para el desarrollo de los procesos selectivos.

Motivación:

El desarrollo y ejecución de esta normativa no puede realizarse al margen de los representantes de los empleados públicos.

En Valladolid, a 22 de enero de 2019.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Ciudadanos (Cs) de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de implantación y desarrollo de la carrera profesional de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Popular:

ENMIENDA N.º 22

De modificación.

Disposición final segunda. Desarrollo reglamentario.

Modificación que se propone: Sustituir el plazo de 9 meses por el plazo de 6 meses. Por lo que el texto quedaría: En el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la presente Ley, la Junta de Castilla y León aprobará su desarrollo reglamentarlo, previa negociación colectiva y acuerdo, en los términos del Capítulo IV del Título III del TREBEP.

Motivación:

Reducir los plazos de desarrollo reglamentario.

En Valladolid, a 22 de enero de 2019.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez


PPL/000025-08

CVE="BOCCL-09-032413"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pags. 67373-67388
BOCCL nº 516/9 del 1/2/2019
CVE: BOCCL-09-032413

1. Procedimientos Legislativos
120. Proposiciones de Ley
PPL/000025-08
Enmiendas al articulado presentadas por el Grupo Parlamentario Ciudadanos a la Proposición de Ley de implantación y desarrollo de la carrera profesional de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de la Comisión de la Presidencia de las Cortes de Castilla y León, en su reunión del día 30 de enero de 2019, ha admitido a trámite las Enmiendas al articulado presentadas por los Grupos Parlamentarios de la Cámara a la Proposición de Ley de implantación y desarrollo de la carrera profesional de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, PPL/000025.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 30 de enero de 2019.

P. D. El Secretario General-Letrado Mayor,

Fdo.: Carlos Ortega Santiago


TEXTO


A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Ciudadanos (Cs) de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de implantación y desarrollo de la carrera profesional de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Popular:

ENMIENDA N.º 1

De modificación.

Artículo 1.- Objeto y ámbito de aplicación.

Modificación que se propone: Añadir "único y común" al texto existente, por lo que el texto quedaría: Esta Ley tiene por objeto incorporar un nuevo modelo de carrera profesional horizontal, único y común para todos los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y sus organismos autónomos en los términos previstos en el Estatuto Básico del Empleado Público.

Motivación:

Que el modelo de carrera profesional sea único y común.

En Valladolid, a 22 de enero de 2019.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Ciudadanos (Cs) de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de implantación y desarrollo de la carrera profesional de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Popular:

ENMIENDA N.º 2

De modificación.

Artículo 2.- Carrera profesional horizontal.

Modificación que se propone: Añadir la referencia al grado (denominación para el personal de la Gerencia Regional de Salud) "único y común" y la obligación de convocatoria anual, por lo que el texto quedaría: La carrera profesional horizontal tendrá carácter progresivo, será voluntaria y se organizará en cuatro categorías o grados a los que se accederá mediante convocatoria anual previa una vez se haya evaluado positivamente el desempeño profesional.

Motivación:

Añadir la referencia al grado (denominación para el personal de la Gerencia Regional de Salud) "único y común" y la obligación de convocatoria anual.

En Valladolid, a 22 de enero de 2019.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Ciudadanos (Cs) de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de implantación y desarrollo de la carrera profesional de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Popular:

ENMIENDA N.º 3

De supresión.

Artículo 3.- Carrera profesional del personal funcionario.

Modificación que se propone: Suprimir la frase "El personal funcionario docente deberá optar entre la carrera profesional horizontal o los sexenios en los términos que se determinen en el desarrollo reglamentario".

Motivación:

Hacer compatible la percepción de sexenios con la carrera profesional.

En Valladolid, a 22 de enero de 2019.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Ciudadanos (Cs) de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de implantación y desarrollo de la carrera profesional de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Popular:

ENMIENDA N.º 4

De modificación.

Artículo 4.- Carrera profesional del personal laboral.

Modificación que se propone: Añadir la referencia a la presente ley, por lo que el texto que se propone: El régimen jurídico de la carrera profesional del personal laboral, será el establecido en el Convenio Colectivo correspondiente, en la presente Ley y en su normativa de desarrollo.

Motivación:

Añadir la referencia a la presente ley.

En Valladolid, a 22 de enero de 2019.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Ciudadanos (Cs) de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de implantación y desarrollo de la carrera profesional de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Popular:

ENMIENDA N.º 5

De modificación.

Artículo 5.- Carrera profesional del personal de la Gerencia Regional de Salud.

Modificación que se propone: Eliminar "para cada uno de estos grupos", por lo que el texto que se propone: El derecho a la carrera profesional se extenderá a todo el personal estatutario, funcionario y laboral de la Gerencia Regional de Salud, en los términos previstos en la normativa que resulte de aplicación, en la presente Ley y en su normativa de desarrollo.

Motivación:

Facilitar que el modelo sea único.

En Valladolid, a 22 de enero de 2019.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Ciudadanos (Cs) de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de implantación y desarrollo de la carrera profesional de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Popular:

ENMIENDA N.º 6

De supresión.

Artículo 6.- Homologación de la carrera profesional entre los diferentes ámbitos.

Modificación que se propone: Suprimir "pudiendo percibir sólo el complemento de carrera establecido para ese ámbito", por lo que el texto que se propone: Reglamentariamente se establecerá un sistema de homologación para que a los empleados públicos se les reconozca el grado o categoría de origen en el ámbito en el que estén prestando servicios.

Motivación:

Dada la casuística existente procede que se regule reglamentariamente.

En Valladolid, a 22 de enero de 2019.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez

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El Grupo Parlamentario Ciudadanos (Cs) de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de implantación y desarrollo de la carrera profesional de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Popular:

ENMIENDA N.º 7

De modificación.

Artículo 7.- Convocatorias de la carrera profesional. Primer párrafo.

Modificación que se propone: Modificar el primer párrafo del artículo 7, sustituyéndolo por el siguiente texto: La primera convocatoria para el acceso a la carrera profesional horizontal para el personal de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, al amparo de la presente regulación, tendrá lugar en el 2019.

El devengo y abono del complemento de la carrera profesional por parte del personal de la Gerencia Regional de Salud que teniéndola ya reconocida no la ha percibido, por no encontrarse prestando servicios en los centros e instituciones sanitarias, se producirá cuando se resuelva la primera convocatoria a la que se refiere este apartado.

Motivación:

Adelantar la fecha de la convocatoria.

En Valladolid, a 22 de enero de 2019.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez

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El Grupo Parlamentario Ciudadanos (Cs) de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de implantación y desarrollo de la carrera profesional de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Popular:

ENMIENDA N.º 8

De modificación.

Artículo 7.- Convocatorias de la carrera profesional. 2.º párrafo.

Modificación que se propone: Modificar el segundo párrafo del artículo 7, "En los años sucesivos..." por el siguiente texto: En los años sucesivos se convocará la carrera profesional de todos los empleados públicos respetando los principios de estabilidad presupuestaria y financiera de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, limitando únicamente su convocatoria cuando se den los supuestos en el artículo 38.10 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

Motivación:

Poner unas condiciones que no hagan imposible la convocatoria de carrera profesional.

En Valladolid, a 22 de enero de 2019.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Ciudadanos (Cs) de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de implantación y desarrollo de la carrera profesional de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Popular:

ENMIENDA N.º 9

De modificación.

Artículo 8.- Complementos de carrera profesional.

Modificación que se propone: Se propone la modificación del artículo 8, que queda redactado como sigue: El importe de los complementos de carrera profesional de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y sus organismos autónomos en los términos previstos en el Estatuto Básico del Empleado Público, serán idénticos y proporcionales para cada competencia funcional, grupo o categoría profesional resultado de la negociación colectiva en los términos del Capítulo IV del Título III del TREBEP.

Motivación:

Equiparar en una modalidad los complementos de carrera profesional y que sea el resultado de una negociación colectiva.

En Valladolid, a 22 de enero de 2019.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Ciudadanos (Cs) de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de implantación y desarrollo de la carrera profesional de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Popular:

ENMIENDA N.º 10

De modificación.

Disposición adicional primera.

Modificación que se propone: Se propone la modificación de la Disposición adicional primera, de la proposición de Ley, que queda redactada como sigue: A los efectos de esta Ley, los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Castilla y León para 2019 contarán con crédito suficiente para la carrera profesional de todos los empleados públicos.

Si en algún ejercicio no hubiera presupuestos aprobados y se produjera la prórroga de los anteriores, se habilitará el crédito necesario mediante los procedimientos legales oportunos para garantizar la dotación del complemento de carrera profesional.

Motivación:

Dotar de financiación suficiente dadas las dificultades para valorar económicamente los efectos de esta ley.

En Valladolid, a 22 de enero de 2019.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Ciudadanos (Cs) de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de implantación y desarrollo de la carrera profesional de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Popular:

ENMIENDA N.º 11

De adición.

Disposición adicional segunda.

Modificación que se propone: Se propone añadir un nuevo apartado 1 a la disposición adicional segunda, renumerándose el resto de apartados de esta disposición de la proposición de Ley, que queda redactado como sigue:

1. Se modifica el artículo 34 (Cuerpos y Escalas Sanitarios) de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, al que se añade un punto nuevo que tendrá la siguiente redacción:

a. Los Cuerpos Sanitarios, en el ámbito de la Salud Pública, del Subgrupo A1 son los siguientes:

- Cuerpo Facultativo Superior (Veterinarios)

- Cuerpo Facultativo Superior (Farmacéuticos)

- Cuerpo Facultativo Superior (Médicos). (Médicos Trabajo/Empresa). (Psiquiatras). (Ginecólogos)

Son escalas de estos Cuerpos: La Escala Sanitaria.

b. Los Cuerpos Sanitarios, en el ámbito de la Salud Pública, del Subgrupo A2 son los siguientes:

- Cuerpo de Titulados Universitarios de Primer Ciclo (ATS/DUE/Enfermeras)

- Cuerpo de Titulados Universitarios de Primer Ciclo (Matronas)

- Cuerpo de Titulados Universitarios de Primer Ciclo (Fisioterapeutas)

Son escalas de estos Cuerpos: La Escala Sanitaria.

c. Los Cuerpos Sanitarios, en el ámbito de la Salud Pública, del Subgrupo Cl son los siguientes:

- Cuerpo de Ayudantes Facultativos (Ayudantes Técnicos de Laboratorio).

- Cuerpo de Ayudantes Facultativos (Ayudantes Técnicos de Radiología).

- Cuerpo de Ayudantes Facultativos (Ayudantes Técnicos de Anatomía Patológica).

Son escalas de estos Cuerpos: La Escala Sanitaria.

d. Los Cuerpos Sanitarios, en el ámbito de la Salud Pública, del Subgrupo C2 son los siguientes:

- Cuerpo de Auxiliares Facultativos (Auxiliar de Enfermería/Técnicos Auxiliares de Enfermería).

Son escalas de estos Cuerpos: La Escala Sanitaria.

Cada uno de estos cuerpos desarrollará las funciones ya determinadas normativamente, así como cualesquiera otras que en lo sucesivo le pudieran encomendar las disposiciones legales y administrativas que se dicten por las autoridades competentes, o vengan determinadas por una más eficiente gestión.

El desarrollo profesional del personal sanitario funcionario fijo e interino tendrá la misma estructura que la prevista para el personal sanitario estatutario en el Capítulo XII de Ley 2/2007, de 7 de marzo, del Estatuto Jurídico del Personal Estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León, y en los términos en los que se desarrolle reglamentariamente».

Motivación:

Regular el carácter de sanitario de determinados cuerpos.

En Valladolid, a 22 de enero de 2019.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Ciudadanos (Cs) de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de implantación y desarrollo de la carrera profesional de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Popular:

ENMIENDA N.º 12

De modificación.

Disposición adicional segunda. Punto 2.

Modificación que se propone: Adaptar el texto a la existencia de proceso extraordinario. Texto que se propone:

2. Se añade un nuevo artículo 66, que tendrá la siguiente redacción:

"Artículo 66. Carrera profesional horizontal

1.- La carrera profesional horizontal consistirá en la progresión de categoría sin necesidad de cambiar de puesto, tendrá carácter voluntario y estará ligada al reconocimiento de competencias y a la evaluación del desempeño.

2.- Con carácter general, la carrera horizontal se organiza en cuatro categorías y el ascenso de categoría requerirá haber alcanzado la categoría inmediatamente inferior (salvo en los procesos extraordinarios en los que se podrá acceder directamente al grado correspondiente en función del cumplimiento de la condición de antigüedad). A cada categoría irá vinculada la cuantía del complemento retributivo de carrera profesional horizontal que corresponda.

3. El acceso a las diferentes categorías requerirá de convocatoria previa. Tanto para alcanzar la categoría I como para los ascensos de categoría será necesario un tiempo mínimo de permanencia de cinco años (salvo para el proceso extraordinario) al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León en el cuerpo, escala o especialidad de pertenencia, o de las Universidades Públicas o Administración Local para su personal comprendido en el ámbito de aplicación de esta Ley.

4.- Será requisito necesario para alcanzar cualquier categoría de carrera profesional la evaluación positiva del desempeño profesional. Deberá valorarse la trayectoria y actuación profesional, la calidad de los trabajos realizados, los conocimientos adquiridos y el resultado de la evaluación del desempeño. Podrán incluirse asimismo otros méritos y aptitudes por razón de la especificidad de la función desarrollada y la experiencia adquirida".

Motivación:

Adaptar el texto a la existencia de proceso extraordinario.

En Valladolid, a 22 de enero de 2019.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Ciudadanos (Cs) de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de implantación y desarrollo de la carrera profesional de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Popular:

ENMIENDA N.º 13

De supresión.

Supresión de la Disposición adicional quinta.

Motivación:

Dada la naturaleza del contenido dispuesto en dicha disposición, adecuar y remitir su legislación a la Proposición de Ley de modificación de la Ley 10/2010, de 27 de septiembre, de Salud Pública y Seguridad Alimentaria de Castilla y León.

En Valladolid, a 22 de enero de 2019.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Ciudadanos (Cs) de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de implantación y desarrollo de la carrera profesional de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Popular:

ENMIENDA N.º 14

De adición.

Modificación que se propone: Se propone la adición de una disposición adicional sexta, con el siguiente texto:

Disposición adicional sexta

En el supuesto de que un empleado público obtenga un nuevo puesto de trabajo por promoción interna bien sea horizontal o vertical, mantendrá los importes reconocidos en concepto de carrera profesional en los términos que resulten en el desarrollo reglamentario de la presente ley.

Motivación:

Regular la carrera profesional ante los cambios en los puestos de trabajo.

En Valladolid, a 22 de enero de 2019.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Ciudadanos (Cs) de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de implantación y desarrollo de la carrera profesional de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Popular:

ENMIENDA N.º 15

De adición.

Modificación que se propone: Se propone la adición de una disposición adicional septima, con el siguiente texto:

Disposición adicional septima

En relación a los trabajadores fijos discontinuos, para el reconocimiento del complemento de carrera profesional, se entenderá como año completo de trabajo el tiempo de trabajo de campaña.

Motivación:

Regular el tiempo de permanencia de los trabajadores discontinuos.

En Valladolid, a 22 de enero de 2019.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Ciudadanos (Cs) de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de implantación y desarrollo de la carrera profesional de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Popular:

ENMIENDA N.º 16

De adición.

Modificación que se propone: Se propone la adición de una disposición adicional octava, con el siguiente texto:

Disposición adicional octava

Se podrá acceder a un nuevo grado o categoría a través de los procesos extraordinarios independientemente de la vía de acceso al anterior consolidado.

Motivación:

Regular el acceso por el procedimiento extraordinario.

En Valladolid, a 22 de enero de 2019.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Ciudadanos (Cs) de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de implantación y desarrollo de la carrera profesional de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Popular:

ENMIENDA N.º 17

De adición.

Modificación que se propone: Se propone la adición de una disposición adicional novena, con el siguiente texto:

Disposición adicional novena

Para el acceso a la función pública del personal sanitario de salud pública de Castilla y León será necesario valorar la experiencia profesional, lo que se efectuará en idénticos términos que los utilizados para el resto del personal sanitario del servicio de salud de Castilla y León.

Motivación:

Regular el acceso por el procedimiento extraordinario.

En Valladolid, a 22 de enero de 2019.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Ciudadanos (Cs) de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de implantación y desarrollo de la carrera profesional de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Popular:

ENMIENDA N.º 18

De adición.

Modificación que se propone: Se propone la adición de una disposición transitoria primera, con el siguiente texto:

Disposición transitoria primera. Proceso extraordinario de acceso a la carrera profesional

1.- Acceso extraordinario a los grados I y II de la carrera profesional en el año 2019:

Los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y sus organismos autónomos en los términos previstos en el Estatuto Básico del Empleado Público podrán acceder de forma directa y con carácter extraordinario a los grados (denominación para el personal de la Gerencia Regional de Salud) o categorías I y II de la carrera profesional en función del cumplimiento de la condición de la antigüedad a la fecha de la convocatoria que se establece a continuación:

a.- Podrá acceder al grado/categoría I de carrera profesional el empleado público que acredite más de 5 años de antigüedad como empleado público en el cuerpo, competencia funcional o categoría profesional desde la que se pretenda acceder a la carrera profesional en función de la titulación exigida para el ingreso.

Los empleados públicos que hayan obtenido un puesto de trabajo por promoción interna y no puedan acreditar los cinco años de permanencia en dicho puesto, consolidaran el grado/categoría I de o de los puestos que hayan ejercido con anterioridad en el caso de que acrediten los señalados 5 años de antigüedad en dicho puesto. En este caso percibirán un complemento personal transitorio sólo absorbible por el complemento de carrera profesional del puesto de trabajo en el momento en que lo obtenga.

b.- Podrá acceder al grado/categoría II de carrera profesional el empleado público que acredite más de 10 años de antigüedad como empleado público en el cuerpo, competencia funcional o categoría profesional desde la que se pretenda acceder a la carrera profesional en función de la titulación exigida para el ingreso.

Los empleados públicos que hayan obtenido un puesto de trabajo por promoción interna y no puedan acreditar los diez años de permanencia en dicho puesto, consolidaran el grado/categoría II de o de los puestos que hayan ejercido con anterioridad en el caso de que acrediten los señalados 10 años de antigüedad en dicho puesto. En este caso percibirán un complemento personal transitorio sólo absorbible por el complemento de carrera profesional del puesto de trabajo en el momento en que lo obtenga.

Los efectos económicos del reconocimiento del grado/categoría se producirán, si proceden, a partir del día 1 del mes siguiente a la fecha de convocatoria.

2.- Acceso extraordinario a los grados III y IV de la carrera profesional en el año 2020:

Los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y sus organismos autónomos en los términos previstos en el Estatuto Básico del Empleado Público podrán acceder de forma directa y con carácter extraordinario a los grados categorías III y IV de la carrera profesional en función del cumplimiento de la condición de la antigüedad a la fecha de la convocatoria que se establece a continuación:

a.- Podrá acceder al grado/categoría III de carrera profesional el empleado público que acredite más de 15 años de antigüedad como empleado público en el cuerpo, competencia funcional o categoría profesional desde la que se pretenda acceder a la carrera profesional en función de la titulación exigida para el ingreso.

Los empleados públicos que hayan obtenido un puesto de trabajo por promoción interna y no puedan acreditar los quince años de permanencia en dicho puesto, consolidaran el grado/categoría III de o de los puestos que hayan ejercido con anterioridad en el caso de que acrediten los señalados 15 años de antigüedad en dicho puesto. En este caso percibirán un complemento personal transitorio sólo absorbible por el complemento de carrera profesional del puesto de trabajo en el momento en que lo obtenga.

b.- Podrá acceder al grado/categoría IV de carrera profesional el empleado público que acredite más de 20 años de antigüedad como empleado público en el cuerpo, competencia funcional o categoría profesional desde la que se pretenda acceder a la carrera profesional en función de la titulación exigida para el ingreso.

Los empleados públicos que hayan obtenido un puesto de trabajo por promoción interna y no puedan acreditar los veinte años de permanencia en dicho puesto, consolidaran el grado/categoría IV de o de los puestos que hayan ejercido con anterioridad en el caso de que acrediten los señalados 20 años de antigüedad en dicho puesto. En este caso percibirán un complemento personal transitorio sólo absorbible por el complemento de carrera profesional del puesto de trabajo en el momento en que lo obtenga.

Los efectos económicos del reconocimiento del grado/categoría se producirán, si proceden, a partir del día 1 del mes siguiente a la fecha de convocatoria.

Motivación:

Regular el acceso por el procedimiento extraordinario.

En Valladolid, a 22 de enero de 2019.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez

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ENMIENDA N.º 19

De modificación.

Disposición final primera. Procesos de estabilización. Primer párrafo.

Modificación que se propone: Añadir en el primer párrafo, a continuación de empleo temporal, la precisión "del personal funcionario y del personal laboral". El texto quedaría: Las ofertas de empleo público de los años 2018 y 2019, al amparo de la habilitación prevista en el art.19 Uno. Apartado 7 segundo párrafo in fine y apartado 9 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2018, incluirán todas las plazas de estabilización de empleo temporal del personal funcionario y del personal laboral, y las del personal indefinido no fijo declarado por sentencia judicial.

Motivación:

Que quede claro que la disposición afecta a todas las situaciones de temporalidad.

En Valladolid, a 22 de enero de 2019.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez

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El Grupo Parlamentario Ciudadanos (Cs) de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de implantación y desarrollo de la carrera profesional de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Popular:

ENMIENDA N.º 20

De adición.

Disposición final primera. Procesos de estabilización. Segundo párrafo.

Modificación que se propone: Incluir en el segundo párrafo, a continuación del primer "punto y seguido" el siguiente texto: Igualmente en los procesos selectivos derivados de dichas ofertas para el acceso a las competencias funcionales del personal laboral se convocarán, siempre que incluyan este tipo de plazas, por el sistema de concurso oposición de acuerdo con las previsiones del art. 42.1 de la Ley de Función Pública de Castilla y León y el articulo 23 del Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y Organismos Autónomos dependientes de esta.

Motivación:

Que el personal laboral tenga el régimen dispuesto en los siguientes párrafos.

En Valladolid, a 22 de enero de 2019.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Ciudadanos (Cs) de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de implantación y desarrollo de la carrera profesional de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Popular:

ENMIENDA N.º 21

De adición.

Disposición final primera. Procesos de estabilización. Segundo párrafo.

Modificación que se propone: Incluir al final del segundo párrafo, después de "fase de concurso un 40%", el siguiente texto: Para ello en el plazo de 6 meses será necesario que los sujetos legitimados acuerden, dentro de los respectivos ámbitos de negociación, las modificaciones reglamentarias y convencionales que habiliten para el desarrollo de los procesos selectivos.

Motivación:

El desarrollo y ejecución de esta normativa no puede realizarse al margen de los representantes de los empleados públicos.

En Valladolid, a 22 de enero de 2019.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA Y HACIENDA

El Grupo Parlamentario Ciudadanos (Cs) de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en el artículo 110 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente ENMIENDA a la Proposición de Ley de implantación y desarrollo de la carrera profesional de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, presentada por el Grupo Parlamentario Popular:

ENMIENDA N.º 22

De modificación.

Disposición final segunda. Desarrollo reglamentario.

Modificación que se propone: Sustituir el plazo de 9 meses por el plazo de 6 meses. Por lo que el texto quedaría: En el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la presente Ley, la Junta de Castilla y León aprobará su desarrollo reglamentarlo, previa negociación colectiva y acuerdo, en los términos del Capítulo IV del Título III del TREBEP.

Motivación:

Reducir los plazos de desarrollo reglamentario.

En Valladolid, a 22 de enero de 2019.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez


PPL/000025-08

CVE="BOCCL-09-032413"



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