PNL/002339-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/002339-01


Sumario:

Proposición No de Ley presentada por los Procuradores D. Pedro Luis González Reglero, D. Óscar Álvarez Domínguez, Dña. Laura Pelegrina Cortijo, D. Fernando Pablos Romo y Dña. María Consolación Pablos Labajo, instando a la Junta de Castilla y León a dirigirse al Gobierno de España mostrando el apoyo a la modificación del artículo 151 de la Ley de Seguridad Social con el objetivo de elevar el incremento en la cotización por la celebración de contratos temporales, para su tramitación ante la Comisión de Empleo.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 1 de febrero de 2019, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/002328 a PNL/002350.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 1 de febrero de 2019.

P. D. El Secretario General-Letrado Mayor,

Fdo.: Carlos Ortega Santiago



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Pedro González Reglero, Óscar Álvarez Domínguez, Laura Pelegrina Cortijo, Fernando Pablos Romo y Consolación Pablos Labajo, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Empleo:

ANTECEDENTES

Según la Organización Internacional de Trabajo, el trabajo decente es el punto de convergencia de sus cuatro objetivos estratégicos: la promoción de los derechos fundamentales en el trabajo; el empleo; la protección social y el diálogo social. El trabajo decente dignifica y permite el desarrollo de las propias capacidades; es el trabajo que se realiza con respeto a los principios y derechos laborales fundamentales, el que permite un ingreso justo y proporcional al esfuerzo realizado, sin discriminación de género o de cualquier otro tipo, el que se lleva a cabo con protección social, e incluye el diálogo social.

Desde el pasado 27 de julio de 2018 está en vigor el Plan Director por un trabajo digno 2018-2020 que el Gobierno aprobó. Entre los objetivos de dicho Plan está el recuperar derechos laborales y mejorar la calidad del empleo y de las condiciones de trabajo, con la consecución de estos objetivos, se refuerza además la garantía de la sostenibilidad presente y futura de la Seguridad social y de las prestaciones sociales. Otra de las premisas del Gobierno con la aprobación de este Plan Director es crear empleo de calidad y con derechos, que superen las condiciones de trabajo precarias en que se generó empleo tras salir de otros periodos de crisis del pasado.

La elevada tasa de temporalidad en el empleo que se crea es uno de los rasgos tradicionales del mercado de trabajo en España y en Castilla y León. España es el país de la Eurozona donde la incidencia de la temporalidad es mayor. La tasa de temporalidad es 10,5 puntos mayor que la media de la región y muy superior a la de los grandes países. Con el repunte de los últimos trimestres, la temporalidad en España se ha situado a la cabeza en la Unión Europea. La entrada al empleo en España es mayoritariamente temporal. En aproximadamente el 90 % de los casos, el contrato temporal es la vía de acceso al empleo, hecho que afecta en mayor medida a los jóvenes menores de 25 años, donde la tasa de temporalidad es superior al 70 %.

La rotación en el mercado de trabajo es un hecho evidente, la menor duración de los contratos de trabajo puede estar acelerando la rotación en el mercado de trabajo, así a modo de ejemplo, en Castilla y León en el periodo de enero a junio de 2018 el número de contratos registrados en el ECYL, de duración de 1 a 7 días fue de 23.682; en el mismo periodo de 1 a 15 días fue de 26.348; de duración 1 mes 178.517 contratos realizados; y así hasta llegar a la cifra de 412.916 contratos temporales registrados en el ECYL de enero a junio de 2018.

Para poder luchar y poner coto a la precariedad laboral, y más concretamente contra el abuso en la celebración de contratos temporales de corta duración, requiere la adopción de medidas urgentes, ya que se ha detectado un importante incremento en este tipo de contratación en los últimos años y, por ello, desde la perspectiva de la Seguridad social, se pretende, por un lado equiparar la protección social de los trabajadores que suscriben este tipo de contratos con quienes han podido suscribir un contrato de trabajo con una duración más amplia, y por otro incrementar las cotizaciones en estos contratos como medida disuasoria para el empresario.

A tal efecto se modifica el artículo 151 de la Ley de Seguridad social con el objetivo de elevar el incremento en la cotización por la celebración de este tipo de contratos hasta el 40 %.

Dicha medida tendrá un efecto positivo en los ingresos del sistema de la Seguridad Social, ya que implicará una mayor recaudación, a la vez que puede ser poco atractiva para que el empresario recurra a este tipo de contratos.

Por lo expuesto se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a dirigirse al Gobierno de España, mostrando el apoyo a la mencionada medida e instándole a continuar con la misma, en aras a garantizar unos mayores recursos a la Seguridad Social".

Valladolid, 15 de enero de 2019.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Pedro Luis González Reglero,

Óscar Álvarez Domínguez,

Laura Pelegrina Cortijo,

Fernando Pablos Romo y

María Consolación Pablos Labajo

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández


PNL/002339-01

CVE="BOCCL-09-032528"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pags. 67649-67651
BOCCL nº 520/9 del 11/2/2019
CVE: BOCCL-09-032528

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/002339-01
Proposición No de Ley presentada por los Procuradores D. Pedro Luis González Reglero, D. Óscar Álvarez Domínguez, Dña. Laura Pelegrina Cortijo, D. Fernando Pablos Romo y Dña. María Consolación Pablos Labajo, instando a la Junta de Castilla y León a dirigirse al Gobierno de España mostrando el apoyo a la modificación del artículo 151 de la Ley de Seguridad Social con el objetivo de elevar el incremento en la cotización por la celebración de contratos temporales, para su tramitación ante la Comisión de Empleo.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 1 de febrero de 2019, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/002328 a PNL/002350.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 1 de febrero de 2019.

P. D. El Secretario General-Letrado Mayor,

Fdo.: Carlos Ortega Santiago


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Pedro González Reglero, Óscar Álvarez Domínguez, Laura Pelegrina Cortijo, Fernando Pablos Romo y Consolación Pablos Labajo, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Empleo:

ANTECEDENTES

Según la Organización Internacional de Trabajo, el trabajo decente es el punto de convergencia de sus cuatro objetivos estratégicos: la promoción de los derechos fundamentales en el trabajo; el empleo; la protección social y el diálogo social. El trabajo decente dignifica y permite el desarrollo de las propias capacidades; es el trabajo que se realiza con respeto a los principios y derechos laborales fundamentales, el que permite un ingreso justo y proporcional al esfuerzo realizado, sin discriminación de género o de cualquier otro tipo, el que se lleva a cabo con protección social, e incluye el diálogo social.

Desde el pasado 27 de julio de 2018 está en vigor el Plan Director por un trabajo digno 2018-2020 que el Gobierno aprobó. Entre los objetivos de dicho Plan está el recuperar derechos laborales y mejorar la calidad del empleo y de las condiciones de trabajo, con la consecución de estos objetivos, se refuerza además la garantía de la sostenibilidad presente y futura de la Seguridad social y de las prestaciones sociales. Otra de las premisas del Gobierno con la aprobación de este Plan Director es crear empleo de calidad y con derechos, que superen las condiciones de trabajo precarias en que se generó empleo tras salir de otros periodos de crisis del pasado.

La elevada tasa de temporalidad en el empleo que se crea es uno de los rasgos tradicionales del mercado de trabajo en España y en Castilla y León. España es el país de la Eurozona donde la incidencia de la temporalidad es mayor. La tasa de temporalidad es 10,5 puntos mayor que la media de la región y muy superior a la de los grandes países. Con el repunte de los últimos trimestres, la temporalidad en España se ha situado a la cabeza en la Unión Europea. La entrada al empleo en España es mayoritariamente temporal. En aproximadamente el 90 % de los casos, el contrato temporal es la vía de acceso al empleo, hecho que afecta en mayor medida a los jóvenes menores de 25 años, donde la tasa de temporalidad es superior al 70 %.

La rotación en el mercado de trabajo es un hecho evidente, la menor duración de los contratos de trabajo puede estar acelerando la rotación en el mercado de trabajo, así a modo de ejemplo, en Castilla y León en el periodo de enero a junio de 2018 el número de contratos registrados en el ECYL, de duración de 1 a 7 días fue de 23.682; en el mismo periodo de 1 a 15 días fue de 26.348; de duración 1 mes 178.517 contratos realizados; y así hasta llegar a la cifra de 412.916 contratos temporales registrados en el ECYL de enero a junio de 2018.

Para poder luchar y poner coto a la precariedad laboral, y más concretamente contra el abuso en la celebración de contratos temporales de corta duración, requiere la adopción de medidas urgentes, ya que se ha detectado un importante incremento en este tipo de contratación en los últimos años y, por ello, desde la perspectiva de la Seguridad social, se pretende, por un lado equiparar la protección social de los trabajadores que suscriben este tipo de contratos con quienes han podido suscribir un contrato de trabajo con una duración más amplia, y por otro incrementar las cotizaciones en estos contratos como medida disuasoria para el empresario.

A tal efecto se modifica el artículo 151 de la Ley de Seguridad social con el objetivo de elevar el incremento en la cotización por la celebración de este tipo de contratos hasta el 40 %.

Dicha medida tendrá un efecto positivo en los ingresos del sistema de la Seguridad Social, ya que implicará una mayor recaudación, a la vez que puede ser poco atractiva para que el empresario recurra a este tipo de contratos.

Por lo expuesto se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a dirigirse al Gobierno de España, mostrando el apoyo a la mencionada medida e instándole a continuar con la misma, en aras a garantizar unos mayores recursos a la Seguridad Social".

Valladolid, 15 de enero de 2019.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Pedro Luis González Reglero,

Óscar Álvarez Domínguez,

Laura Pelegrina Cortijo,

Fernando Pablos Romo y

María Consolación Pablos Labajo

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández


PNL/002339-01

CVE="BOCCL-09-032528"



Sede de las Cortes de Castilla y León