PNL/002375-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/002375-01


Sumario:

Proposición No de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León, instando a la Junta de Castilla y León a la adopción de determinadas medidas para proteger a los consumidores de las cláusulas abusivas en los contratos de préstamo hipotecario, para su tramitación ante el Pleno.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 8 de marzo de 2019, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/002372 a PNL/002375.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante el Pleno.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 8 de marzo de 2019.

P. D. El Secretario General-Letrado Mayor,

Fdo.: Carlos Ortega Santiago



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

El Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición No de Ley para su debate y votación en el Pleno.

ANTECEDENTES

Las entidades financieras han impuesto numerosas cláusulas y prácticas abusivas en los contratos de préstamo hipotecario suscritos en los últimos lustros, con la consiguiente vulneración de los derechos de las personas consumidoras. En la mayoría de los casos, las familias de nuestro país sufren y continúan sufriendo graves daños económicos y psicológicos por firmar contratos para financiar la adquisición de su vivienda habitual, es decir, por ejercer un derecho constitucional.

Las cláusulas y prácticas abusivas incorporadas por las entidades de crédito son incontables: cláusula suelo, IRPH, cláusula de gastos e impuestos, cláusula de vencimiento anticipado, hipotecas multidivisas, método 365/360, intereses moratorios desproporcionados, comisiones ilícitas, etc. Las estadísticas judiciales revelan el crecimiento exponencial de sentencias que condenan a los bancos por estas malas prácticas.

El Estatuto de Autonomía de Castilla y León prevé en su art. 16.16 el siguiente que los poderes públicos deben garantizar el siguiente objetivo: "La protección de los consumidores y usuarios, que incluye el derecho a la protección de la salud y la seguridad y de sus legítimos intereses económicos y sociales". Asimismo, en su art. 71.1.5.º, el Estatuto atribuye a nuestra Comunidad la competencia de desarrollo normativo y de ejecución en materia de defensa de los consumidores y usuarios.

Así, para la efectiva aplicación de los derechos de las personas consumidoras, en Castilla y León se aprobó la Ley 2/2015, de 4 de marzo, por la que se aprueba el Estatuto del Consumidor de Castilla y León. Como en otras Comunidades Autónomas, esta Ley prevé un régimen de infracciones y sanciones y el reconocimiento a la Administración Autonómica de Consumo de la correspondiente potestad sancionadora, previsiones que se unen a lo dispuesto en el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre.

Si bien otras Administraciones autonómicas han sancionado a las entidades de crédito por estas cláusulas abusivas, en particular por la cláusula suelo, la Junta de Castilla y León ha hecho dejación de funciones y no ha sancionado a ninguna entidad financiera. La imposición de estas sanciones resulta necesaria por varios motivos.

En primer lugar, porque es público y notorio que los bancos han cometido estos abusos y la ley debe aplicarse sin excepciones. En segundo término, por razones de eficacia: si las entidades financieras son sancionadas, tendrán menos incentivos para seguir realizando estas prácticas abusivas. En tercer lugar, por razones de justicia, ya que la mayoría de las entidades ha recibido directa o indirectamente cuantiosas ayudas públicas mientras llevaban a cabo una sistemática vulneración de los derechos de las personas consumidoras. Asimismo, las Administraciones Autonómicas tienen el deber de asesorar e informar a las personas consumidoras para que puedan ejercer sus derechos con eficacia.

En lugar de proteger a los consumidores, los poderes públicos han realizado una serie de actuaciones encaminadas a defender los intereses de las entidades financieras, como ya hicieron con el rescate bancario o las decisiones relativas al impuesto de Actos Jurídicos Documentados de las hipotecas. En cuanto al IRPH, el Gobierno de España, a través de la Abogacía del Estado, se ha posicionado ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea del lado de las entidades financieras. Por su parte, el Consejo General del Poder Judicial, con el informe favorable de los Gobiernos del PP y del PSOE, aprobó una suerte de especialización de juzgados en toda España sobre los procesos relativos a las cláusulas abusivas incorporadas en contratos de hipoteca, que en la práctica supone alejar la Justicia de la ciudadanía y del medio rural, lo que unido a la falta de medios materiales y personales de la Justicia ha supuesto un colapso judicial.

Por todo ello, formulamos la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:

1.º Impulsar actuaciones de inspección, control y vigilancia y, en su caso, incoar procedimientos sancionadores en relación con las cláusulas abusivas que las entidades financieras han incorporado o aplican en los contratos de préstamo hipotecario suscritos por las personas consumidoras en Castilla y León, tales como la cláusula suelo, el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH) o la cláusula de gastos hipotecarios.

2.º Establecer, en el marco de las competencias en materia de consumo, servicios de información, asesoramiento especializado y atención presencial y virtual destinados a las personas consumidoras afectadas por las prácticas y cláusulas abusivas de las entidades financieras incorporadas a los contratos de préstamo hipotecario suscritos en Castilla y León, con actuaciones específicas para las personas que viven en el medio rural.

3.º Exhortar al Gobierno de España a llevar a cabo las actuaciones necesarias, incluyendo, en su caso, la aprobación de proyectos de ley, para:

a) Lograr la completa desaparición del IRPH, así como rectificar, en relación con este índice, la posición mantenida ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea a fin de defender los derechos e intereses de las personas consumidoras.

b) Ampliar los medios personales y materiales de la Administración de Justicia al objeto de agilizar los procesos judiciales en materia de cláusulas abusivas incorporadas en préstamos hipotecarios, permitiendo conocer de estos asuntos a los Juzgados de Primera Instancia de todos los partidos judiciales".

En Valladolid, a 6 de marzo de 2019.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos


PNL/002375-01

CVE="BOCCL-09-033797"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pags. 70450-70452
BOCCL nº 539/9 del 12/3/2019
CVE: BOCCL-09-033797

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/002375-01
Proposición No de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León, instando a la Junta de Castilla y León a la adopción de determinadas medidas para proteger a los consumidores de las cláusulas abusivas en los contratos de préstamo hipotecario, para su tramitación ante el Pleno.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 8 de marzo de 2019, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/002372 a PNL/002375.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante el Pleno.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 8 de marzo de 2019.

P. D. El Secretario General-Letrado Mayor,

Fdo.: Carlos Ortega Santiago


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

El Grupo Parlamentario Podemos Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente Proposición No de Ley para su debate y votación en el Pleno.

ANTECEDENTES

Las entidades financieras han impuesto numerosas cláusulas y prácticas abusivas en los contratos de préstamo hipotecario suscritos en los últimos lustros, con la consiguiente vulneración de los derechos de las personas consumidoras. En la mayoría de los casos, las familias de nuestro país sufren y continúan sufriendo graves daños económicos y psicológicos por firmar contratos para financiar la adquisición de su vivienda habitual, es decir, por ejercer un derecho constitucional.

Las cláusulas y prácticas abusivas incorporadas por las entidades de crédito son incontables: cláusula suelo, IRPH, cláusula de gastos e impuestos, cláusula de vencimiento anticipado, hipotecas multidivisas, método 365/360, intereses moratorios desproporcionados, comisiones ilícitas, etc. Las estadísticas judiciales revelan el crecimiento exponencial de sentencias que condenan a los bancos por estas malas prácticas.

El Estatuto de Autonomía de Castilla y León prevé en su art. 16.16 el siguiente que los poderes públicos deben garantizar el siguiente objetivo: "La protección de los consumidores y usuarios, que incluye el derecho a la protección de la salud y la seguridad y de sus legítimos intereses económicos y sociales". Asimismo, en su art. 71.1.5.º, el Estatuto atribuye a nuestra Comunidad la competencia de desarrollo normativo y de ejecución en materia de defensa de los consumidores y usuarios.

Así, para la efectiva aplicación de los derechos de las personas consumidoras, en Castilla y León se aprobó la Ley 2/2015, de 4 de marzo, por la que se aprueba el Estatuto del Consumidor de Castilla y León. Como en otras Comunidades Autónomas, esta Ley prevé un régimen de infracciones y sanciones y el reconocimiento a la Administración Autonómica de Consumo de la correspondiente potestad sancionadora, previsiones que se unen a lo dispuesto en el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre.

Si bien otras Administraciones autonómicas han sancionado a las entidades de crédito por estas cláusulas abusivas, en particular por la cláusula suelo, la Junta de Castilla y León ha hecho dejación de funciones y no ha sancionado a ninguna entidad financiera. La imposición de estas sanciones resulta necesaria por varios motivos.

En primer lugar, porque es público y notorio que los bancos han cometido estos abusos y la ley debe aplicarse sin excepciones. En segundo término, por razones de eficacia: si las entidades financieras son sancionadas, tendrán menos incentivos para seguir realizando estas prácticas abusivas. En tercer lugar, por razones de justicia, ya que la mayoría de las entidades ha recibido directa o indirectamente cuantiosas ayudas públicas mientras llevaban a cabo una sistemática vulneración de los derechos de las personas consumidoras. Asimismo, las Administraciones Autonómicas tienen el deber de asesorar e informar a las personas consumidoras para que puedan ejercer sus derechos con eficacia.

En lugar de proteger a los consumidores, los poderes públicos han realizado una serie de actuaciones encaminadas a defender los intereses de las entidades financieras, como ya hicieron con el rescate bancario o las decisiones relativas al impuesto de Actos Jurídicos Documentados de las hipotecas. En cuanto al IRPH, el Gobierno de España, a través de la Abogacía del Estado, se ha posicionado ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea del lado de las entidades financieras. Por su parte, el Consejo General del Poder Judicial, con el informe favorable de los Gobiernos del PP y del PSOE, aprobó una suerte de especialización de juzgados en toda España sobre los procesos relativos a las cláusulas abusivas incorporadas en contratos de hipoteca, que en la práctica supone alejar la Justicia de la ciudadanía y del medio rural, lo que unido a la falta de medios materiales y personales de la Justicia ha supuesto un colapso judicial.

Por todo ello, formulamos la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:

1.º Impulsar actuaciones de inspección, control y vigilancia y, en su caso, incoar procedimientos sancionadores en relación con las cláusulas abusivas que las entidades financieras han incorporado o aplican en los contratos de préstamo hipotecario suscritos por las personas consumidoras en Castilla y León, tales como la cláusula suelo, el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH) o la cláusula de gastos hipotecarios.

2.º Establecer, en el marco de las competencias en materia de consumo, servicios de información, asesoramiento especializado y atención presencial y virtual destinados a las personas consumidoras afectadas por las prácticas y cláusulas abusivas de las entidades financieras incorporadas a los contratos de préstamo hipotecario suscritos en Castilla y León, con actuaciones específicas para las personas que viven en el medio rural.

3.º Exhortar al Gobierno de España a llevar a cabo las actuaciones necesarias, incluyendo, en su caso, la aprobación de proyectos de ley, para:

a) Lograr la completa desaparición del IRPH, así como rectificar, en relación con este índice, la posición mantenida ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea a fin de defender los derechos e intereses de las personas consumidoras.

b) Ampliar los medios personales y materiales de la Administración de Justicia al objeto de agilizar los procesos judiciales en materia de cláusulas abusivas incorporadas en préstamos hipotecarios, permitiendo conocer de estos asuntos a los Juzgados de Primera Instancia de todos los partidos judiciales".

En Valladolid, a 6 de marzo de 2019.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos


PNL/002375-01

CVE="BOCCL-09-033797"



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