PE/009863-3











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/009863-3


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. José Luis Aceves Galindo y Dña. Ana María Agudíez Calvo, relativa a si va a aceptar la Junta las solicitudes individuales de los funcionarios del Cuerpo de Ayudantes Facultativos, Escala de Agentes Medioambientales, que soliciten su integración en la Seguridad Social, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 460, de 14 de septiembre de 2018.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/009389, PE/009776, PE/009781, PE/009784, PE/009786, PE/009797, PE/009807, PE/009813 a PE/009814, PE/009817 a PE/009819, PE/009824 a PE/009826, PE/009860, PE/009861, PE/009863, PE/009865 a PE/009868, PE/009871 a PE/009875, PE/009879 a PE/009891, PE/009894, PE/009895, PE/010005, PE/010010, PE/010012 a PE/010014, PE/010031, PE/010045, PE/010048 a PE/010056, PE/010071 a PE/010073, PE/010075, PE/010087, PE/010089, PE/010102, PE/010104, PE/010117, PE/010120 a PE/010123, PE/010125 a PE/010130, PE/010132, PE/010149, PE/010152, PE/010163, PE/010189, PE/010236, PE/010239, PE/010240, PE/010249, PE/010262, PE/010270, PE/010272, PE/010275, PE/010279, PE/010280, PE/010281, PE/010283 a PE/010286, PE/010291, PE/010293, PE/010295, PE/010297, PE/010299, PE/010316 a PE/010318, PE/010332, PE/010427, PE/010445 y PE/010479, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 16 de noviembre de 2018.

P. D. El Secretario General-Letrado Mayor,Fdo.: Carlos Ortega Santiago



Texto:

Contestación a la Pregunta Escrita número 0909863 formulada por D. José Luis Aceves Galindo y D.ª Ana María Agudíez Calvo, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León, relativa a la integración de funcionarios de la Escala de Agentes Medioambientales que lo soliciten en la Seguridad Social.

La creación del Cuerpo de Ayudantes Facultativos, Escala de Agentes Medioambientales, como un Cuerpo propio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, determinó la convocatoria mediante Decreto 12/2000, de 20 de enero, del proceso específico de acceso por promoción interna a dicho Cuerpo del Grupo C, por parte de los funcionarios de la Escala de Guardería del Cuerpo de Auxiliares Facultativos del Grupo D, en su mayoría funcionarios del Cuerpo de Guardería Forestal de la Administración del Estado, que fueron transferidos a la Comunidad Autónoma de Castilla y León en el año 1984 y que optaron por mantener el mismo sistema de seguridad social que tenían antes de ser transferidos, el Régimen Especial de Funcionarios Civiles del Estado, integrado por dos mecanismos de cobertura, el régimen de Clases Pasivas del Estado y el régimen de Mutualismo Administrativo.

En relación con ello, en el marco de la negociación que mantuvo esta Administración con los representantes sindicales para la celebración de este proceso de selección, una de las reivindicaciones sindicales se centró en que a estos funcionarios se les garantizase el derecho a permanecer en el Régimen de la Seguridad Social que venían disfrutando cuando promocionasen al nuevo Cuerpo de la Administración de Castilla y León, pretensión frente a la que esta Administración les informó de la imposibilidad de acceder a ello ya que tras la promoción debían pasar al Régimen General de la Seguridad Social de acuerdo con lo establecido por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social y por el Real Decreto Legislativo 4/2000, de 23 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley sobre Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado, como sucede con el resto de funcionarios de la Administración de Castilla y León que en su momento vinieron transferidos y que, con posterioridad, promocionaron a cuerpos propios de esta Administración.

Frente a la desestimación de estas pretensiones por parte de la Administración, la Federación Regional de Servicios Públicos de la Unión General de Trabajadores de Castilla y León interpuso recurso contencioso-administrativo para que a los funcionarios transferidos al Cuerpo de la Escala de Guardería Forestal del Grupo D que participasen en procesos de promoción interna, les fuera garantizado el derecho a permanecer en el Régimen de la Seguridad Social que venían disfrutando, o en su defecto se les concediera el derecho de optar por una sola vez entre dicho Régimen y el Régimen General de la Seguridad Social.

El citado recurso se resolvió mediante Sentencia de 4 de julio de 2002 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 1 de Valladolid, que estimó el recurso “declarando la nulidad de la resolución recurrida y el derecho de los funcionarios del Cuerpo de la Escala de Guardería Forestal del Grupo D que participen en procesos de promoción interna a permanecer en el Régimen de la Seguridad Social de que venían disfrutando antes de su transferencia a la Junta de Castilla y León”, al considerar que, tanto la Disposición Adicional 5.ª de la Ley 21/1993, como el art. 97.2.i del RDL 1/1994 no es aplicable a los funcionarios que acceden a los cuerpos o escalas mediante el sistema de promoción interna.

En cumplimiento de esta Sentencia, la Administración de Castilla y León, ha mantenido a los funcionarios citados en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado, una situación conocida y consentida por los funcionarios afectados, que a lo largo de todos estos años han venido disfrutando de las prestaciones permitidas en ese sistema de acuerdo con la Sentencia mencionada, sin que se tenga conocimiento de si el sindicato que presentó recurso que dio lugar a ella informó a los afectados de las consecuencias que podría tener en el momento de la jubilación en cuanto al cobro de la correspondiente pensión.

Durante los meses de mayo y junio de 2011, a instancia de la Federación de Servicios Públicos de la Unión General de Trabajadores, se celebraron reuniones en la sede de la Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, con el objetivo de analizar la situación del citado colectivo en lo que respecta a su jubilación en Clases Pasivas, en las que dicha Dirección General puso de manifiesto ante el sindicato que estos funcionarios cuando promocionaron a la Escala de Agentes Medioambientales de la Administración Autonómica, debieron quedar encuadrados en el Régimen General de la Seguridad Social por imperio de la Ley, en lugar de continuar en Clases Pasivas del Estado. En el año 2012, la mencionada Dirección General remite a esta Administración unas “instrucciones para la comprobación y, en su caso, regularización del encuadramiento de los funcionarios públicos en el régimen de protección social legalmente procedente, a efectos de pensiones”, de acuerdo con las cuales se procede a la comprobación del encuadramiento de estos funcionarios, comunicando a dicha Dirección General los datos de los 161 funcionarios transferidos del Cuerpo de Auxiliares Facultativos de la Escala de Guardería del Estado, que tras promocionar al Cuerpo de Ayudantes Facultativos, Escala de Agentes Medioambientales de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, se habían mantenido en el mismo régimen de Seguridad Social en el que estaban encuadrados cuando fueron transferidos, en aplicación de la mencionada Sentencia 4 de julio de 2002, sin que desde esa Dirección General se indicara nada más al respecto.

A partir del año 2012, las Sentencias judiciales están entendiendo que son cosas distintas el acceso a la función pública por nuevo ingreso y la promoción del que ya era funcionario público, por lo que procedería el encuadramiento en el Régimen General de la Seguridad Social. Teniendo ello en cuenta, esta Administración está estimando las solicitudes individuales que presentan estos funcionarios de alta en la Seguridad Social y baja en Clases Pasivas del Estado, si bien desde el año 2012, solo 17 funcionarios de los 161 transferidos que promocionaron a la nueva escala de esta Administración han reclamado su pase al Régimen General de la Seguridad Social, por entender que es más favorable este sistema para su futura jubilación. Las solicitudes se están produciendo en los casos en los que el funcionario no tiene intención de jubilarse a los 60 años, ya que esta posibilidad no está prevista en el Régimen General de la Seguridad Social, y son presentadas normalmente unos pocos años antes de la jubilación forzosa, lo cual les permite mientras tanto continuar beneficiándose de la prestaciones del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado.

Valladolid, 9 de noviembre de 2018.

EL CONSEJERO DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE,Fdo.: Juan Carlos Suárez-Quiñones Fernández.


PE/009863-3

CVE="BOCCL-09-034145"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pag. 71390
BOCCL nº 555/9 del 15/4/2019
CVE: BOCCL-09-034145

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/009863-3
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. José Luis Aceves Galindo y Dña. Ana María Agudíez Calvo, relativa a si va a aceptar la Junta las solicitudes individuales de los funcionarios del Cuerpo de Ayudantes Facultativos, Escala de Agentes Medioambientales, que soliciten su integración en la Seguridad Social, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 460, de 14 de septiembre de 2018.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/009389, PE/009776, PE/009781, PE/009784, PE/009786, PE/009797, PE/009807, PE/009813 a PE/009814, PE/009817 a PE/009819, PE/009824 a PE/009826, PE/009860, PE/009861, PE/009863, PE/009865 a PE/009868, PE/009871 a PE/009875, PE/009879 a PE/009891, PE/009894, PE/009895, PE/010005, PE/010010, PE/010012 a PE/010014, PE/010031, PE/010045, PE/010048 a PE/010056, PE/010071 a PE/010073, PE/010075, PE/010087, PE/010089, PE/010102, PE/010104, PE/010117, PE/010120 a PE/010123, PE/010125 a PE/010130, PE/010132, PE/010149, PE/010152, PE/010163, PE/010189, PE/010236, PE/010239, PE/010240, PE/010249, PE/010262, PE/010270, PE/010272, PE/010275, PE/010279, PE/010280, PE/010281, PE/010283 a PE/010286, PE/010291, PE/010293, PE/010295, PE/010297, PE/010299, PE/010316 a PE/010318, PE/010332, PE/010427, PE/010445 y PE/010479, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 16 de noviembre de 2018.

P. D. El Secretario General-Letrado Mayor,Fdo.: Carlos Ortega Santiago


TEXTO


Contestación a la Pregunta Escrita número 0909863 formulada por D. José Luis Aceves Galindo y D.ª Ana María Agudíez Calvo, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León, relativa a la integración de funcionarios de la Escala de Agentes Medioambientales que lo soliciten en la Seguridad Social.

La creación del Cuerpo de Ayudantes Facultativos, Escala de Agentes Medioambientales, como un Cuerpo propio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, determinó la convocatoria mediante Decreto 12/2000, de 20 de enero, del proceso específico de acceso por promoción interna a dicho Cuerpo del Grupo C, por parte de los funcionarios de la Escala de Guardería del Cuerpo de Auxiliares Facultativos del Grupo D, en su mayoría funcionarios del Cuerpo de Guardería Forestal de la Administración del Estado, que fueron transferidos a la Comunidad Autónoma de Castilla y León en el año 1984 y que optaron por mantener el mismo sistema de seguridad social que tenían antes de ser transferidos, el Régimen Especial de Funcionarios Civiles del Estado, integrado por dos mecanismos de cobertura, el régimen de Clases Pasivas del Estado y el régimen de Mutualismo Administrativo.

En relación con ello, en el marco de la negociación que mantuvo esta Administración con los representantes sindicales para la celebración de este proceso de selección, una de las reivindicaciones sindicales se centró en que a estos funcionarios se les garantizase el derecho a permanecer en el Régimen de la Seguridad Social que venían disfrutando cuando promocionasen al nuevo Cuerpo de la Administración de Castilla y León, pretensión frente a la que esta Administración les informó de la imposibilidad de acceder a ello ya que tras la promoción debían pasar al Régimen General de la Seguridad Social de acuerdo con lo establecido por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social y por el Real Decreto Legislativo 4/2000, de 23 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley sobre Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado, como sucede con el resto de funcionarios de la Administración de Castilla y León que en su momento vinieron transferidos y que, con posterioridad, promocionaron a cuerpos propios de esta Administración.

Frente a la desestimación de estas pretensiones por parte de la Administración, la Federación Regional de Servicios Públicos de la Unión General de Trabajadores de Castilla y León interpuso recurso contencioso-administrativo para que a los funcionarios transferidos al Cuerpo de la Escala de Guardería Forestal del Grupo D que participasen en procesos de promoción interna, les fuera garantizado el derecho a permanecer en el Régimen de la Seguridad Social que venían disfrutando, o en su defecto se les concediera el derecho de optar por una sola vez entre dicho Régimen y el Régimen General de la Seguridad Social.

El citado recurso se resolvió mediante Sentencia de 4 de julio de 2002 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 1 de Valladolid, que estimó el recurso “declarando la nulidad de la resolución recurrida y el derecho de los funcionarios del Cuerpo de la Escala de Guardería Forestal del Grupo D que participen en procesos de promoción interna a permanecer en el Régimen de la Seguridad Social de que venían disfrutando antes de su transferencia a la Junta de Castilla y León”, al considerar que, tanto la Disposición Adicional 5.ª de la Ley 21/1993, como el art. 97.2.i del RDL 1/1994 no es aplicable a los funcionarios que acceden a los cuerpos o escalas mediante el sistema de promoción interna.

En cumplimiento de esta Sentencia, la Administración de Castilla y León, ha mantenido a los funcionarios citados en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado, una situación conocida y consentida por los funcionarios afectados, que a lo largo de todos estos años han venido disfrutando de las prestaciones permitidas en ese sistema de acuerdo con la Sentencia mencionada, sin que se tenga conocimiento de si el sindicato que presentó recurso que dio lugar a ella informó a los afectados de las consecuencias que podría tener en el momento de la jubilación en cuanto al cobro de la correspondiente pensión.

Durante los meses de mayo y junio de 2011, a instancia de la Federación de Servicios Públicos de la Unión General de Trabajadores, se celebraron reuniones en la sede de la Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, con el objetivo de analizar la situación del citado colectivo en lo que respecta a su jubilación en Clases Pasivas, en las que dicha Dirección General puso de manifiesto ante el sindicato que estos funcionarios cuando promocionaron a la Escala de Agentes Medioambientales de la Administración Autonómica, debieron quedar encuadrados en el Régimen General de la Seguridad Social por imperio de la Ley, en lugar de continuar en Clases Pasivas del Estado. En el año 2012, la mencionada Dirección General remite a esta Administración unas “instrucciones para la comprobación y, en su caso, regularización del encuadramiento de los funcionarios públicos en el régimen de protección social legalmente procedente, a efectos de pensiones”, de acuerdo con las cuales se procede a la comprobación del encuadramiento de estos funcionarios, comunicando a dicha Dirección General los datos de los 161 funcionarios transferidos del Cuerpo de Auxiliares Facultativos de la Escala de Guardería del Estado, que tras promocionar al Cuerpo de Ayudantes Facultativos, Escala de Agentes Medioambientales de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, se habían mantenido en el mismo régimen de Seguridad Social en el que estaban encuadrados cuando fueron transferidos, en aplicación de la mencionada Sentencia 4 de julio de 2002, sin que desde esa Dirección General se indicara nada más al respecto.

A partir del año 2012, las Sentencias judiciales están entendiendo que son cosas distintas el acceso a la función pública por nuevo ingreso y la promoción del que ya era funcionario público, por lo que procedería el encuadramiento en el Régimen General de la Seguridad Social. Teniendo ello en cuenta, esta Administración está estimando las solicitudes individuales que presentan estos funcionarios de alta en la Seguridad Social y baja en Clases Pasivas del Estado, si bien desde el año 2012, solo 17 funcionarios de los 161 transferidos que promocionaron a la nueva escala de esta Administración han reclamado su pase al Régimen General de la Seguridad Social, por entender que es más favorable este sistema para su futura jubilación. Las solicitudes se están produciendo en los casos en los que el funcionario no tiene intención de jubilarse a los 60 años, ya que esta posibilidad no está prevista en el Régimen General de la Seguridad Social, y son presentadas normalmente unos pocos años antes de la jubilación forzosa, lo cual les permite mientras tanto continuar beneficiándose de la prestaciones del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado.

Valladolid, 9 de noviembre de 2018.

EL CONSEJERO DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE,Fdo.: Juan Carlos Suárez-Quiñones Fernández.


PE/009863-3

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