PE/010589-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/010589-2


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. Manuel Mitadiel Martínez y D. José Ignacio Delgado Palacios, relativa a valoración de los concursos específicos para funcionarios de la Junta de Castilla y León, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 494, de 4 de diciembre de 2018.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/010184, PE/010198, PE/010226, PE/010227, PE/010230 a PE/010235, PE/010237, PE/010238, PE/010241 a PE/010246, PE/010252, PE/010254, PE/010256 a PE/010261, PE/010264 a PE/010269, PE/010274, PE/010288 a PE/010290, PE/010292, PE/010300 a PE/010302, PE/010305 a PE/010308, PE/010311, PE/010313, PE/010319, PE/010321, PE/010326, PE/010329, PE/010333, PE/010339, PE/010340, PE/010366 a PE/010392, PE/010394 a PE/010423, PE/010428 a PE/010435, PE/010443, PE/010446, PE/010449, PE/010451, PE/010452, PE/010454 a PE/010462, PE/010464, PE/010466, PE/010467, PE/010469, PE/010473, PE/010474, PE/010484, PE/010485, PE/010487, PE/010488, PE/010491, PE/010509 a PE/010519, PE/010530 a PE/010534, PE/010536, PE/010538, PE/010550, PE/010569 a PE/010573, PE/010575, PE/010577, PE/010589, PE/010590, PE/010592, PE/010612 a PE/010620, PE/010629, PE/010642, PE/010646 a PE/010651, PE/010654, PE/010655, PE/010657, PE/010662, PE/010663, PE/010698 a PE/010701, PE/010706 y PE/010711 a PE/010713, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 28 de diciembre de 2018.

P. D. El Secretario General-Letrado Mayor,Fdo.: Carlos Ortega Santiago



Texto:

Contestación a la Pregunta Escrita, P.E./09010589, formulada por D. Manuel Mitadiel Martínez y D. José Ignacio Delgado Palacios, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a niveles de los puestos de concurso ordinario del grupo A1 y a la convocatoria de los concursos específicos.

Con la aprobación del catálogo de puestos tipo por el Acuerdo 42/2017, de 31 de agosto, de la Junta de Castilla y León, se establece el marco de ordenación y clasificación de los puestos de trabajo de los funcionarios de esta Administración, de modo que las relaciones de puestos de trabajo aprobadas el pasado septiembre se han adaptado a dicho marco.

En la ordenación y clasificación de puestos recogida en el catálogo de puestos tipo, con carácter general los puestos con niveles comprendidos entre el 22 y el 24 (adscritos en exclusiva al subgrupo A1, o compartido con el subgrupo A2) tienen prevista como forma de cobertura el concurso ordinario, lo que supone que su provisión se podrá realizar a través de un procedimiento de concurso abierto y permanente, con las ventajas inherentes a este procedimiento y también con las limitaciones en cuanto a los méritos a valorar.

Existen algunas excepciones, así por ejemplo tienen prevista su cobertura por concurso ordinario algunos puestos de trabajo con nivel 26 como son los que se corresponden con los puestos tipo de Farmacéutico Inspector, Médico Inspector o letrado de Asesoría Jurídica Territorial o de Servicios Centrales.

A partir del nivel 25 los puestos de trabajo tienen prevista con carácter general como forma de provisión el concurso específico o la libre designación. El concurso específico como forma de provisión de estos puestos se justifica en el requerimiento de conocimientos más especializados que los exigidos con carácter general para el o los cuerpos o escalas a los que está adscrito dicho puesto y de cierto grado de experiencia en un área de actividad, lo que justifica que para su provisión se tengan en cuenta además de méritos generales como la antigüedad o la permanencia otros méritos específicos que se han descrito para cada puesto de trabajo en la relación de puestos de trabajo, junto con otros méritos específicos que se han de concretar en la propia convocatoria de concurso.

Una vez convocado el concurso abierto y permanente de funcionarios el pasado mes de octubre, se prevé que las próximas convocatorias de concursos específicos puedan realizarse a partir del próximo año 2019.

Los concursos específicos, tal como se configuran en el artículo 55 del Reglamento General de ingreso del personal y de provisión de puestos de trabajo de los funcionarios de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, aprobado por Decreto 67/1999, de 15 de abril, se estructura en dos fases: una primera en la que se valoran los méritos generales seguida de una segunda fase de valoración de los méritos específicos.

Teniendo en cuenta estas dos fases, se viene estableciendo en el baremo de las convocatorias que los puntos de valoración máxima de los méritos generales de la primera fase sea igual que la puntuación máxima de los méritos específicos de la segunda fase, si bien hay que tener en cuenta que el peso concreto de un determinado mérito específico puede variar en atención al mayor o menor número de méritos específicos objeto de valoración para cada puestos de trabajo.

Valladolid, 14 de diciembre de 2018.

EL CONSEJERO DE LA PRESIDENCIA,Fdo.: José Antonio de Santiago-Juárez López.


PE/010589-2

CVE="BOCCL-09-034628"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
IX Legislatura
Pag. 72404
BOCCL nº 559/9 del 16/5/2019
CVE: BOCCL-09-034628

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/010589-2
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. Manuel Mitadiel Martínez y D. José Ignacio Delgado Palacios, relativa a valoración de los concursos específicos para funcionarios de la Junta de Castilla y León, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 494, de 4 de diciembre de 2018.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/010184, PE/010198, PE/010226, PE/010227, PE/010230 a PE/010235, PE/010237, PE/010238, PE/010241 a PE/010246, PE/010252, PE/010254, PE/010256 a PE/010261, PE/010264 a PE/010269, PE/010274, PE/010288 a PE/010290, PE/010292, PE/010300 a PE/010302, PE/010305 a PE/010308, PE/010311, PE/010313, PE/010319, PE/010321, PE/010326, PE/010329, PE/010333, PE/010339, PE/010340, PE/010366 a PE/010392, PE/010394 a PE/010423, PE/010428 a PE/010435, PE/010443, PE/010446, PE/010449, PE/010451, PE/010452, PE/010454 a PE/010462, PE/010464, PE/010466, PE/010467, PE/010469, PE/010473, PE/010474, PE/010484, PE/010485, PE/010487, PE/010488, PE/010491, PE/010509 a PE/010519, PE/010530 a PE/010534, PE/010536, PE/010538, PE/010550, PE/010569 a PE/010573, PE/010575, PE/010577, PE/010589, PE/010590, PE/010592, PE/010612 a PE/010620, PE/010629, PE/010642, PE/010646 a PE/010651, PE/010654, PE/010655, PE/010657, PE/010662, PE/010663, PE/010698 a PE/010701, PE/010706 y PE/010711 a PE/010713, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 28 de diciembre de 2018.

P. D. El Secretario General-Letrado Mayor,Fdo.: Carlos Ortega Santiago


TEXTO


Contestación a la Pregunta Escrita, P.E./09010589, formulada por D. Manuel Mitadiel Martínez y D. José Ignacio Delgado Palacios, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a niveles de los puestos de concurso ordinario del grupo A1 y a la convocatoria de los concursos específicos.

Con la aprobación del catálogo de puestos tipo por el Acuerdo 42/2017, de 31 de agosto, de la Junta de Castilla y León, se establece el marco de ordenación y clasificación de los puestos de trabajo de los funcionarios de esta Administración, de modo que las relaciones de puestos de trabajo aprobadas el pasado septiembre se han adaptado a dicho marco.

En la ordenación y clasificación de puestos recogida en el catálogo de puestos tipo, con carácter general los puestos con niveles comprendidos entre el 22 y el 24 (adscritos en exclusiva al subgrupo A1, o compartido con el subgrupo A2) tienen prevista como forma de cobertura el concurso ordinario, lo que supone que su provisión se podrá realizar a través de un procedimiento de concurso abierto y permanente, con las ventajas inherentes a este procedimiento y también con las limitaciones en cuanto a los méritos a valorar.

Existen algunas excepciones, así por ejemplo tienen prevista su cobertura por concurso ordinario algunos puestos de trabajo con nivel 26 como son los que se corresponden con los puestos tipo de Farmacéutico Inspector, Médico Inspector o letrado de Asesoría Jurídica Territorial o de Servicios Centrales.

A partir del nivel 25 los puestos de trabajo tienen prevista con carácter general como forma de provisión el concurso específico o la libre designación. El concurso específico como forma de provisión de estos puestos se justifica en el requerimiento de conocimientos más especializados que los exigidos con carácter general para el o los cuerpos o escalas a los que está adscrito dicho puesto y de cierto grado de experiencia en un área de actividad, lo que justifica que para su provisión se tengan en cuenta además de méritos generales como la antigüedad o la permanencia otros méritos específicos que se han descrito para cada puesto de trabajo en la relación de puestos de trabajo, junto con otros méritos específicos que se han de concretar en la propia convocatoria de concurso.

Una vez convocado el concurso abierto y permanente de funcionarios el pasado mes de octubre, se prevé que las próximas convocatorias de concursos específicos puedan realizarse a partir del próximo año 2019.

Los concursos específicos, tal como se configuran en el artículo 55 del Reglamento General de ingreso del personal y de provisión de puestos de trabajo de los funcionarios de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, aprobado por Decreto 67/1999, de 15 de abril, se estructura en dos fases: una primera en la que se valoran los méritos generales seguida de una segunda fase de valoración de los méritos específicos.

Teniendo en cuenta estas dos fases, se viene estableciendo en el baremo de las convocatorias que los puntos de valoración máxima de los méritos generales de la primera fase sea igual que la puntuación máxima de los méritos específicos de la segunda fase, si bien hay que tener en cuenta que el peso concreto de un determinado mérito específico puede variar en atención al mayor o menor número de méritos específicos objeto de valoración para cada puestos de trabajo.

Valladolid, 14 de diciembre de 2018.

EL CONSEJERO DE LA PRESIDENCIA,Fdo.: José Antonio de Santiago-Juárez López.


PE/010589-2

CVE="BOCCL-09-034628"



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