** Se inicia la sesión a las diecisiete horas cinco minutos.
 ** La Presidenta, Sra. Romeral Martín, abre la sesión.
 ** Intervención del Procurador Sr. Villaverde Gutiérrez (Grupo Socialista) para comunicar que no hay sustituciones en su Grupo.
 ** Intervención del Procurador Sr. Represa Fernández (Grupo Popular) para comunicar que no hay sustituciones en su Grupo.
 ** Primer punto del Orden del Día. SC 131.
 ** El Secretario, Sr. Muñoz Expósito, da lectura al primer punto del Orden del Día.
 ** Intervención del Sr. Marinero Peral, Director General de Urbanismo y Política del Suelo, para informar a la Comisión.
 ** La Presidenta, Sra. Romeral Martín, abre un turno para la formulación de preguntas u observaciones por parte de los Portavoces de los Grupos Parlamentarios.
 ** En turno de Portavoces, interviene el Procurador Sr. Villaverde Gutiérrez (Grupo Socialista).
 ** En turno de Portavoces, interviene la Procuradora Sra. Ayala Santamaría (Grupo Popular).
 ** Intervención del Sr. Marinero Peral, Director General de Urbanismo y Política del Suelo, para contestar a las cuestiones planteadas.
 ** En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Villaverde Gutiérrez (Grupo Socialista).
 ** En turno de réplica, interviene la Procuradora Sra. Ayala Santamaría (Grupo Popular).
 ** En turno de dúplica, interviene el Sr. Marinero Peral, Director General de Urbanismo y Política del Suelo.
 ** La Presidenta, Sra. Romeral Martín, abre un turno para la formulación de preguntas u observaciones por parte de los Procuradores que no han intervenido en el debate.
 ** En turno de preguntas, interviene el Procurador Sr. Velasco Rodríguez (Grupo Socialista).
 ** Contestación del Sr. Marinero Peral, Director General de Urbanismo y Política del Suelo.
 ** En turno de preguntas, interviene el Procurador Sr. Cantalejo Olmos (Grupo Socialista).
 ** Contestación del Sr. Marinero Peral, Director General de Urbanismo y Política del Suelo.
 ** En turno de preguntas, interviene la Procuradora Sra. Muñoz de la Peña González (Grupo Socialista).
 ** Contestación del Sr. Marinero Peral, Director General de Urbanismo y Política del Suelo.
 ** La Presidenta, Sra. Romeral Martín, levanta la sesión.
 ** Se levanta la sesión a las dieciocho horas veinticinco minutos.
[Se inicia la sesión a las diecisiete horas cinco minutos].
LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):
Hola, buenas tardes. Se abre la sesión. En primer lugar, ¿alguno de los Grupos Parlamentarios tiene que notificar y comunicar a esta Mesa alguna sustitución? ¿Por parte del Grupo Socialista?
EL SEÑOR VILLAVERDE GUTIÉRREZ:
Gracias, señora Presidenta. Buenas tardes. Por parte del Grupo Socialista no hay ninguna sustitución.
LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):
Gracias. ¿Por parte del Partido Popular?
EL SEÑOR REPRESA FERNÁNDEZ:
Tampoco hay sustituciones. Gracias, Presidenta.
LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):
Perdón. Antes de pasar a dar lectura del... por parte del Secretario, del primer punto del Orden del Día, sí que quisiera agradecer esta tarde la presencia hoy aquí, en nombre de la Comisión, al Director General de Urbanismo para... que contestará a la solicitud de comparecencia presentada por el Grupo Parlamentario Socialista.
Por parte del señor Secretario se dará lectura al primer punto del Orden del Día.
SC 131
EL SECRETARIO (SEÑOR MUÑOZ EXPÓSITO):
Gracias, señora Presidenta. Primer punto del Orden del Día: "Comparecencia del Excelentísimo señor Directal... Director General de Urbanismo y Política del Suelo, SC 131-I, a solicitud Grupo Parlamentario Socialista, para informar a la Comisión sobre: modificación del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León".
LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):
Muchas gracias. Tiene la palabra el Ilustrísimo señor Director General de Urbanismo.
EL DIRECTOR GENERAL DE URBANISMO Y POLÍTICA DEL SUELO (SEÑOR MARINERO PERAL):
Buenas tardes, Señorías. En primer lugar, agradecer esta oportunidad para acudir a esta Comisión con el fin de explicar los trabajos que la Consejería de Fomento está llevando a cabo en desarrollo de una Ley recientemente aprobada en esta Cámara. Por supuesto, hablo de la Ley 4/2008, de Medidas sobre Urbanismo y Suelo, que las Cortes de Castilla y León aprobaron el pasado quince de septiembre; norma que realizó una amplia y ambiciosa reforma de la Ley de Urbanismo de Castilla y León, vigente desde el año mil novecientos noventa y nueve.
Bueno, evidentemente, como es lógico, pues los efectos de esa reforma legal se dejan sentir de una forma obvia e inmediata en el Reglamento de Urbanismo, que es un desarrollo reglamentario de la Ley de Urbanismo que se aprobó hace ya más de cinco años, en el año dos mil cuatro. Y ello, pues, por dos razones: una, por tanto, porque, una vez hecha la reforma legal, pues el texto reglamentario tiene artículos y elementos que son incompatibles con el nuevo mandato... marco legal; como, al mismo tiempo, porque ese marco legal, pues, abunda en mandatos de desarrollo reglamentario a la Junta de Castilla y León que deben cumplirse, pues, en el plazo más breve posible.
Por lo tanto, en cuanto a la conveniencia y oportunidad de abordar la modificación del Reglamento, creemos que es evidente y clara por el propio mandato de la... implícito de la Ley 4/2008. Y ello nos lleva también a que los objetivos generales de la modificación, el propósito de la modificación, también tiene que ser igualmente claro, más allá de incorporar esos mandatos de la Ley 4/2008, respaldar los objetivos que la Ley persigue y que se marcó con claridad en su momento: el primero, el apoyo a la política de vivienda en todos sus elementos; en la ayuda al sector de la construcción en este momento de grave situación de crisis económica, que lo era ya cuando se tramitó y aprobó la Ley 4/2008, pero que ahora es cuando está demostrando sus peores y temidos efectos; el tercero, el ajuste a la legislación básica del Estado en materia de suelo y a una abundante legislación sectorial que se ha dictado tanto por parte del Estado como de la Comunidad Autónoma a lo largo de la primera década del presente siglo; y, sobre todo, como resumen y compendio de las razones anteriores, la adaptación a la innegable evolución de la sociedad de Castilla y León desde el año noventa y nueve, en que se aprobó y entró en vigor la Ley de Urbanismo, se va cumplir muy pronto diez años.
Siempre se ha comentado que, si no hubiera pasado nada, si la evolución de la sociedad de Castilla y León en estos diez años hubiese sido estática, pues realmente no hubiese sido una reforma necesaria; pero, precisamente, el propio dinamismo y la propia... de la sociedad nos ha llevado a la conveniencia de introducir cambios y ajustes en ese marco legal.
Bien. Pues estando clara la conveniencia y oportunidad, estando claros los objetivos, es evidente que el trabajo tenía que ser rápido, y por esto la Consejería de Fomento optó por elaborar un desarrollo reglamentario de la Ley de forma simultánea a su tramitación parlamentaria, con las incertidumbres que eso implicaba, teniendo que, en los elemen... puntos finales, pues, introducir ajustes, en función del resultado de las enmiendas que se introducían en trámite parlamentario, pero para intentar que los plazos fueran los más cortos posibles. Y eso llevó a que el mismo diecinueve de septiembre de dos mil ocho pudiera anunciarse en el Boletín Oficial de Castilla y León, pues, la apertura del plazo de audiencia a la sociedad en general, y a las Administraciones Públicas y a todos los sectores interesados, para abrir un proceso de participación social en... para la reforma del Reglamento de Urbanismo, paralelo poste... por tanto, posterior, pero similar al que se había hecho respecto de la Ley de Urbanismo. Desde ese día, pues, está en la página web de la Junta de Castilla y León el texto disponible para su consulta y para la formulación de alegaciones.
Bien. Pues entrando en la materia que nos... que nos ocupa, y que es el objeto de la comparecencia –que es la modificación del Reglamento en sí-, pues quizás habría que hacer un par de acotaciones previas. La primera, que realmente la reforma, pues, puede sugerir que tiene un alcance más amplio del que realmente tiene, en la medida en que es un texto, pues, muy extenso, pero, sin embargo, pues hay que advertir que múltiples cambios normalmente obedecen a una sola modificación legal, que extiende sus efectos por todo el texto reglamentario, obligando a numerosos ajustes, no siempre sin trascendencia... no siempre con trascendencia propia.
Sucede, por ejemplo, con la unificación de las categorías de suelo urbanizable, que conlleva una infinidad de ajustes, en sí mismos no especialmente relevantes; sucede con la creación de nuevos instrumentos de planeamiento general, que exige desarrollar sus determinaciones y procedimientos de aprobación y adaptar al mismo tiempo el régimen de los municipios sin planeamiento -simplemente, a modo de ejemplo, por no ser exhaustivo-.
También hay otra numerosa tipología de cambios que obedecen a la conveniencia de ajustar o aclarar preceptos del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León sobre los cuales, a lo largo de sus cinco años de vigencia, han ido surgiendo dudas interpretativas entre los aplicadores –cuando hablamos de aplicadores en urbanismo, hablamos, en primera instancia, de la Administración Local-. Y así sucedió, a modo de ejemplo, respecto de las condiciones de... para la autorización de usos excepcionales en suelo rústico; respecto de las determinaciones de las normas e instrucciones técnicas urbanísticas; respecto de la diferencia entre procedimientos de revisión y modificación de planeamiento; respecto de las reglas para la atribución de aprovechamiento a los terrenos de uso y dominio público; o respecto del uso de los coeficientes de ponderación, que ahora claramente se remiten a la fase de gestión.
En fin, con esas acotaciones preliminares quería dejar claro que el Reglamento, pues... la modificación del Reglamento, en el anteproyecto que ha sido sometido a información al público, es un documento, sin duda, extenso, pero que obedece, sobre todo, al deseo de no proceder –como ya hizo la Ley 4/2008- a una innecesaria refundación del derecho urbanístico de Castilla y León, sino simplemente a un ajuste que, a veces, pues, cuando hay meros cambios terminológicos que obligan a cambios muy prolijos, pero que ello no implica que tengan una especial trascendencia en el fondo.
Bien. Respecto de las cuestiones que sí tienen trascendencia, y que realmente serían el objeto principal de... de mi intervención, y son ahora las que, a partir de este momento, pues, ya abordo con más... con más detalle, sin perder el carácter esquemático que tiene que tener una presentación de este tipo; precisamente en una ocasión en la que, además, el propio ritmo al que nos lleva el Reglamento, pues, propicia que, si hay que profundizar en alguna cuestión concreta, pues sea perfectamente posible hacerlo en las... en las siguientes intervenciones, siguientes turnos de palabra que tengo, en función de las dudas o de los problemas que planteen las intervenciones de Sus Señorías.
Bien. Siempre en las cuestiones urbanísticas, pues, llevamos... intentamos llevar un orden, que es el propio orden de la... de la temática, comenzando por las cuestiones relativas al régimen de suelo, que en el Reglamento de Urbanismo y en la Ley de Urbanismo son las que se abordan en primer lugar: los derechos y los deberes de los propietarios del suelo.
Y, por lo tanto, ahí, pues, destacaría como aportaciones más trascendentes de la modificación del Reglamento –siempre insisto en... en esta presentación puramente resumida a la que obliga el formato, sin posibilidad de profundizar demasiado- al... a las... ajustes que nos... a los que nos lleva el ahora único criterio para clasificar el suelo urbano, que es la inserción de los terrenos en la red de dotaciones y servicios de un núcleo de población; o los ajustes a los que nos lleva la nueva concepción del suelo urbanizable, próxima a lo que entendíamos en la Ley de Urbanismo de Castilla y León como suelo urbanizable delimitado, o a las que nos llevan las circunstancias que pueden producir la extinción de la condición de solar y las consecuencias de esa condición de... la extinción de solar, o de las excepciones a la regla general de colindancia del suelo urbanizable con el suelo urbano; o también las limitaciones y condiciones a la posibilidad de clasificar como suelo urbanizable terrenos protegidos por la legislación sectorial, con la finalidad de obtenerlos para el dominio público, al mismo tiempo que se mantienen sus condiciones de protección, que es una de las novedades más valoradas de la Ley 4/2008; o, por ejemplo, el momento a partir del cual la completa ejecución de las... del planeamiento permite considerar los terrenos ya urbanizados como suelo urbano consolidado.
Todas esas eran cuestiones que estaban en el aire, que estaban en la... en la problemática de la gestión urbanística diaria, en la preocupación de la Administración Local y de los profesionales, a las que se intenta dar respuesta y solución en vía... en vía normativa.
Aún sin salir de este... de este primer apartado, relativo a... al régimen de suelo, hay dos cuestiones de gran alcance, las cuales, pues, se esperaba del Reglamento que terminara la labor reformadora de la Ley 4/2008: la primera, la reforma del régimen de la propiedad del suelo, donde gran parte del cuerpo de los derechos y deberes que se vinculaban estrictamente a los propietarios –no solamente en la legislación de urbanismo de Castilla y León, sino en la tradición de la cultura urbanística española desde mil novecientos cincuenta y seis-, bueno, pues ahora se trasladan a quienes asuman la condición de agente urbanizador, la condición de promotor de una actuación urbanística –depende de la... que utilicemos una terminología u otra-, pero, con independencia de su condición de propietario, quienes asumen las obligaciones de promover y financiar la urbanización de los terrenos, que en la terminología del derecho urbanístico de Castilla y León se concibe como el urbanizador, sea o no propietario de los... de los terrenos.
Y la otra cuestión de gran alcance, en la cual eran esperadas las reformas del Reglamento de Urbanismo, se refiere al régimen del suelo rústico, donde se aprovecha para ajustar el régimen de varias de las categorías de suelo rústico, tal como permite ahora la regulación legal, pero sin que este capítulo sea demasiado alterado, salvo en cuanto a las nuevas categorías que creó la Ley 4/2008, de Suelo Rústico de Actividades Extractivas y Suelo Rústico de Asentamientos Irregulares.
Bien. Dejando ya atrás ese primer apartado –siempre más prolijo, siempre más complejo desde el punto de vista de... del carácter siempre complicado que abordan las cuestiones de regulación del régimen de propiedad-, desde un punto de vista puramente cuantitativo, los ajustes más abundantes los tenemos en la segunda parte, el segundo bloque normativo del derecho urbanístico de Castilla y León, que es el referido al planeamiento urbanístico. Bien es verdad que aquí se trata de ajustes y modulaciones, que, aunque sean más abundantes, no por ello son más complejas; más bien al contrario, son más abundantes pero más... más sencillas.
En primer lugar, hay un bloque importante de ajuste al... en el nivel de la ordenación general, el nivel de las determinaciones que ha de establecer el planeamiento general y que, por lo tanto, pues, afectan tanto a las competencias estrictamente municipales como a las competencias de la Comunidad Autónoma, y de las cuales, pues, destacaría tres; de entre los muchos ajustes que hay, destacaría, por su importancia, tres, tres ajustes que me parecen especialmente resaltables.
El primero de ellos, un nuevo Artículo que... el 86.bis, que... con esa voluntad de... de intentar clarificar y asentar una cuestión que ha resultado especialmente espinosa; vamos a decirlo en el sentido de que... de dificultades interpretativas, de dificultades de ajustes entre los intereses, contrapuestos a veces, de la propiedad, del interés general que defienden los Ayuntamientos. Bien, pues el Artículo 86.bis pretende asentar el margen de movimiento de las densidades de población y edificación, tras una década de intenso debate profesional, pero sin renunciar a ello, avances sustanciales que fueron pioneros en el conjunto de España, como el... el establecimiento de densidades máximas y mínimas de... de viviendas y de edificabilidad en los sectores, que luego han sido... han abierto una senda que han seguido otras Comunidades Autónomas, a veces incluso con la peculiaridad que, bueno, pues que... algo que en nuestra Comunidad Autónoma de Castilla y León nos toca aguantar en muchas ocasiones que Comunidades Autónomas como... con más facilidad para el marketing, pues incluso reclaman como... como inventos propios. Pero, en fin, eso ya queda dentro de... del anecdotario del funcionamiento del Estado Autonómico.
El Artículo 87, importante y siempre tan... tan interpretado por los profesionales, hace un... tiene una reforma, en relación con la reserva para la construcción de viviendas protegidas, para acabar de aquilatar cuál será el régimen adecuado a una Comunidad Autónoma tan compleja como la nuestra, en el marco de las posibilidades de flexibilidad que, finalmente, pues, ha brindado la redacción final de la legislación del Estado, tras su tramitación parlamentaria en las Cortes Nacionales, en las cuales, pues, finalmente, se encontraron vías para que una Comunidad, pues, tan compleja y con una... tanta importancia del medio rural pudiera tener un régimen que permitiera entrar a distinguir las necesidades de los núcleos urbanos de las necesidades del mundo rural.
Y, finalmente, pues, aunque no... no de una forma fácil, pero creemos que hemos encontrado una fórmula que permite aquilatar... aquilatar ese equilibrio entre la necesidad de promover con energía y con eficiencia la vivienda protegida en los núcleos urbanos y en sus áreas de influencia de la necesidad de ponderar esas necesidades en el medio rural, en función de sus propias necesidades y su propia... de la demanda de uso del territorio que se dé en cada caso.
Hay otros ajustes que aparecen en la regulación de los sistemas generales, de modo muy particular en los criterios de ordenación urbanística, como los que, de forma explícita, se refieren a la promoción del desarrollo urbano compacto como forma de desarrollo urbanístico, preferible en nuestra situación actual, y a la luz de los mandatos no solo a nivel Unión Europea sino a nivel mundial sobre desarrollo urbanístico sostenible.
Bueno, menos llamativos y menos trascendentes, desde esa perspectiva internacional, pero también numerosos, son los ajustes en materia de ordenación detallada. Destacaría el desarrollo de los mandatos sobre cálculo de la edificabilidad o sobre cálculo de las reservas de suelo para dotaciones urbanísticas, por la importancia que ello tiene para la calidad de vida de la población que finalmente va a residir en los sectores de nuevo desarrollo o de reforma urbana interior. Y por poner un ejemplo de una modificación que ha sido especialmente valorada, la posibilidad de sustituir o compensar la reserva de plazas de aparcamiento por superficies vinculadas al transporte público, como forma de incentivar la vinculación de los nuevos desarrollos a las fórmulas de transporte... de transporte público.
Bueno, en materia de documentación y procedimiento hay un esfuerzo mayor, el... el esfuerzo de armonización con la legislación sectorial, lo cual resulta, pues, más largo siempre respecto de la prolija y complicada normativa ambiental, bien, que es una cuestión que siempre hemos dicho nosotros mismos de esa legislación urbanística que era algo que tenía que incorporarse en primer lugar a la normativa urbanística. Y, por lo tanto, no tenemos más... más opción que ser coherentes y asumir... bien, pues es verdad que, a la Administración Local, determinadas exigencias y determinadas fórmulas novedosas de... de evaluación ambiental, pues, pueden producir, y han producido, pues, distorsiones en la tramitación, retrasos, problemas que conlleva siempre la introducción de una nueva... podíamos decir una nueva cultura ambiental.
Pero, desde el punto de vista del... de ese ajuste, pues el Reglamento, pues, tenía mucho que decir en cuanto a hacer posible que esa nueva cultura ambiental, que ese respeto del medio ambiente, que esa asunción por el planeamiento urbanístico de la necesidad de promover el desarrollo sostenible y la protección del medio ambiente fuera compatible con una cierta racionalización administrativa, pues creemos que ahí la modificación del Reglamento, pues, asienta, asienta los procedimientos, encaja las piezas y traerá, pues, una cierta paz a un panorama, pues, que ha sido, bueno, convulso, y sobre todo porque lo han sufrido especialmente las Administraciones Locales en estos últimos años.
Entramos en el tercero de los... de los bloques o de los apartados normativos del Reglamento de Urbanismo, el que se dedica a la gestión urbanística. En esta materia, bien es verdad que aquí la modificación del Reglamento, pues, se beneficia del carácter avanzado que tuvo el Reglamento de Urbanismo vigente en su momento, incluso, pues, con cierto riesgo. Felizmente no llegó a materializarse ningún tipo de impugnación, pero en su momento se juzgó que el Reglamento de Urbanismo, en materia de gestión, iba más lejos de lo que la re... la Ley permitía. Fue criticado por algunos autores.
Bien, digo que, felizmente, no hubo ninguna resolución judicial que nos llevara a que esa preocupación, pues, se materializara; pero, realmente, ahora la Ley, pues, ya ha ajustado... ha hecho posible que haya un perfecto ajuste en la materia y que aquellos avances que en el año dos mil cuatro hacía el Reglamento, pues, ya no puede haber ningún tipo de reproche en ese sentido.
Eso lleva a que cuestiones como la caracterización del agente urbanizador, o la unificación normativa de las entidades urbanísticas colaboradoras, o, sobre todo, las posibilidades de las actuaciones de urbanización y normalización, pues, hayan quedado perfectamente encajadas entre Ley y el Reglamento sin necesidad de que la modificación haga, hoy en día, demasiados ajustes.
Al contrario, hay ajustes muy notorios, entre los cuales, pues, cabría destacar: la graduación de plazos para la recepción de la urbanización, un problema que está en el día a día de la gestión municipal y de los problemas de la... de la práctica urbanística municipal cotidiana; el procedimiento abreviado para constituir entidades urbanísticas colaboradoras; la opción de aplicar sistemas de actuación integrada a las actuaciones aisladas con análogos efectos, también era un elemento que para la gestión, especialmente para los medianos y pequeños municipios, resultaba absolutamente crucial, a la vista de la complejidad de las actuaciones urbanísticas integradas, que por ello los pequeños y medianos municipios, pues, quedan reducidas a actuaciones... pues a algunas actuaciones singulares importantes, y que hacía que esa práctica urbanística más... más cotidiana y más... más... más... menor, pero no por eso menos importante en los pequeños y medianos municipios fal... estaba falta de instrumentos de gestión, a los que ahora se les dota; las opciones de potenciales urbanizadores no propietarios para acometer iniciativas de gestión urbanística; o la reforma del sistema de concurrencia, que en Castilla y León, pues, se ha... se ha reformado.
En primer lugar, había que recoger las novedades de la Ley 4/2008, pero también eliminar analogías equívocas con la contratación administrativa o analogías equívocas con sistemas, bueno, que podrían ser filosófica o ideológicamente similares, aplicados en otras Comunidades Autónomas de distinto signo político, o de variado signo político, pero que han llevado a reproches por parte de instituciones de la Comunidad Europea, y, pues, que no... en ningún caso han sucedido ni se han aplicado a experiencias en Castilla y León, pero que, siguiendo esa política de que mejor siempre es prevenir que curar, pues avanzamos... avanzamos en el sentido de... de eliminar la posibilidad siquiera de que se llegaran a producir en Castilla y León problemas del estilo a los que me estaba refiriendo, que, aún ayer, pues, eran objeto de una resolución del... una Comisión del Parlamento Europeo, a la que se opusieron, por cierto, tanto los representantes del Grupo Popular como los representantes del Grupo Socialista en el Parlamento Europeo, porque entendían que era, bien, superficial e injusta en su... en su consideración. Pero también hay que decir que en ningún caso, pues, se referían a problemas, cuestiones o prácticas que tuvieran lugar en nuestra Comunidad Autónoma.
Pero, en cualquier caso, insisto, se trata más bien de, visto que... los problemas producidos en otros ámbitos, intentar, incluso, prevenirlos en su misma... en su misma raíz; de ahí la reforma del sistema de concurrencia, pues, va en ese... en ese sentido.
Continuamos avanzando, y, realmente, en la parte final del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, resto de títulos, el número de cambios es menor, aunque hay algunos, pues, llamativos o importantes. En materia de intervención en el uso del suelo, pues se propugna una disminución de plazos para otorgar aquellas licencias urbanísticas de menor relevancia, una reforma de procedimiento de autorización de uso excepcional en suelo rústico y, sobre todo, la regulación de los regímenes de venta y sustitución forzosa, que han sufrido una importante reforma en la legislación básica del Estado.
En materia de intervención en el uso del suelo, patrimonios municipales de suelo, hay significativas novedades en cuanto a las formas de transmisión de los bienes de los patrimonios públicos de suelo.
Y en materia de participación social e información urbanística, destacaría las reglas para facilitar y promover la publicidad de los instrumentos de planeamiento y gestión -que es una materia en la que el Reglamento, pues, tiene un amplio campo de actuación-, así como para controlar las actuaciones que pueden ser objeto de convenio urbanístico.
Como siempre es obligado en materia de urbanismo, el régimen transitorio, pues, ocupa un espacio muy amplio; pero ello no hace más que reflejar, por un lado, la situación a la que obliga el hecho de que las regulaciones urbanísticas, pues, tienen una amplia duración en el tiempo, y, por tanto, hay que abordar siempre las situaciones en las que se van a encontrar instrumentos de planeamiento y de gestión aprobados bajo normativas anteriores, y que tienen un plazo de ejecución y de gestión muy... muy dilatado, y que, además, la heterogeneidad de situaciones que se producen en una Comunidad como la nuestra, con dos mil doscientos cuarenta y ocho municipios, de los cuales, pues, la mayoría, en este momento... -porque ya más de... más de mil doscientos cuarenta y ocho, es decir, menos de mil son los que no tienen instrumentos de planeamiento- la mayoría, pues, tienen algún tipo de instrumento de planeamiento. Pero, evidentemente, es una heterogeneidad propia del uso de las competencias que son propias a los Ayuntamientos, y que llevan y que aconsejan eso que a veces puede dar una impresión de... de complejidad o de situación, pues, difícilmente entendible, pero que, precisamente, el entendimiento de esa situación está en la sensibilidad hacia la variedad de nuestra Comunidad Autónoma y hacia el uso de esa autonomía municipal que han ido haciendo sus Ayuntamientos a lo largo de... de los últimos años, y que, necesariamente, un régimen transitorio sencillo y que se agotara en unas pocas líneas, pues, simplemente sería como un elefante en... en la cacharrería.
Por tanto, esa extensión y esa complejidad del régimen transitorio simplemente lo que hace es ser sensible incluso a las diferentes culturas territoriales que hay en nuestra Comunidad Autónoma entre las diferentes provincias, incluso municipios con un solo núcleo de población, que son mayoría en la zona central, y en los municipios de las zonas del norte y del este y del oeste, en los cuales hay múltiples núcleos de población, lo cual conlleva difíciles equilibrios en la política local, aconseja determinadas situaciones transitorias que permitan a los Ayuntamientos...
Y con eso voy a entrar ya en la... prácticamente en la conclusión de esta primera intervención. Porque el objeto de la modificación del Reglamento de Urbanismo que nos ocupa, Señorías, pues, es proporcionar una herramienta útil y valiosa para los Ayuntamientos de Castilla y León, no imponerles el uso, necesariamente, de herramientas concebidas con carácter abstracto y que les obliguen o que les compliquen más una gestión en el día a día, que todos sabemos... –porque, además, me consta que los presentes, pues, tienen una gran experiencia en la gestión de la Administración Local de Castilla y León- todos sabemos lo difícil que es el día a día en nuestros municipios. Por lo tanto, proporcionar una herramienta útil y valiosa para el trabajo diario de los Ayuntamientos de Castilla y León, y, al mismo tiempo, que lo sea para las empresas y particulares en general; en cualquier caso, para contribuir de una forma eficiente a que se construya una ciudad, un medio urbano –también un medio rural- más habitable, más sostenible y más democrático. Muchas gracias.
LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):
Gracias, señor Director. Por parte... ¿Alguno de los Grupos Parlamentarios solicita que se suspenda la sesión, o continuamos? Continuamos. Muy bien. Pues para fijar posiciones, formular preguntas o hacer observaciones, se abre un turno a los Grupos Parlamentarios. Y, por parte del Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra, por un tiempo máximo de diez minutos, don Alfredo Villaverde.
EL SEÑOR VILLAVERDE GUTIÉRREZ:
Buenas tardes, señora Presidenta. Muchas gracias, y voy a tratar de ceñirme al tiempo establecido. Señorías, en primer lugar, agradecer, en nombre del Grupo Socialista, la presencia del Director General de Urbanismo y Política del Suelo por su comparecencia ante esta Comisión de Arquitectura y Vivienda. Una comparecencia que se produce a petición del Grupo Socialista, porque entendíamos que la modificación del Reglamento de Urbanismo, con motivo de los cambios normativos operados en la Ley 4/2008, precisaba de una explicación, como mínimo, ante los miembros de esta Comisión, al igual que se ha hecho con los distintos colectivos ciudadanos de toda Castilla y León.
Hemos de reconocer que la presencia ante esta Comisión se ha producido, por decirlo de alguna manera, a renglón seguido de la petición formulada por nuestro Grupo, lo que difiere de manera sustancial con la comparecencia solicitada en su día en relación con la Ley de Medidas sobre Urbanismo y Suelo, que, incomprensiblemente, por parte... parte de nuestro Grupo, nunca se llevó a efecto ni nunca la entendimos. Creíamos que la importancia de esta... de esta Ley, de la modificación de... de la Ley tendría, por lo menos, el suficiente calado para que se hubiese traído al Parlamento y se hubiese debatido, por lo menos, en Comisión.
Por lo tanto, vamos a reiterar nuestro agradecimiento por la voluntad mostrada por el Director General ante... y felicitarle por la exposición del documento objeto de esta comparecencia.
Señor Director General, algo que no podemos discutirle, indudablemente, y que nunca lo haremos, es lo extenso que es el documento. Pensamos que este documento se podría... podría haber reducido un poco, o, por lo menos, en gran parte, sustituyendo apartados que figuran aquí y que figuran en la Ley, y que creemos que, si figuran en la Ley, pues perfectamente podrían haberse omitido dentro del Reglamento, como es, por ejemplo, la Exposición de Motivos.
Y, entrando en el contenido, decirle, señor Director General, que los temores expuestos por nuestro Grupo en su día, durante el debate de la Ley de Medidas, se han cumplido. Ustedes han trasladado al Reglamento de Urbanismo cuestiones importantes, que hasta ahora estaban en la Ley. Eso ya lo decía mi compañero Octavio cuando se debatió la Ley de Medidas del Suelo; y allí ustedes hicieron un argumento... esgrimieron un argumento que... por el cual, entonces pasaban al Reglamento para hacer más operativa su aplicación, en lo que a nosotros nos creemos que es una justificación a todas luces bizantina.
Efectivamente, la conveniencia y oportunidad del Decreto que hoy nos ocupa –como ha explicitado expresamente la Consejería de Fomento en la motivación del anteproyecto- viene fundamentada en la incorporación de los cambios normativos operados por la Ley 4/2008; esta, a su vez, consecuencia de la necesaria aplic... adaptación a la Ley estatal 8/2007, y persigue como objetivos específicos: el apoyo a la política de vivienda, la ayuda al sector de la construcción, el ajuste a la... a la legislación básica del Estado en materia de suelo y a la reciente legislación sectorial, así como la adaptación a la evolución de la sociedad de Castilla y León, desde la entrada en vigor de la Ley de Urbanismo.
Sobre estas bases, por tanto, lejos de llevar a cabo un análisis técnico pormenorizado de su articulado, conviene examinar si el texto objeto de la modificación –y que usted ha explicitado- va a servir para cumplir los objetivos propuestos.
Comenzando por el apoyo a la política de vivienda, parece evidente que la regulación operada por el Reglamento en materia de patrimonios públicos del suelo, como desarrollo último de la Ley 4/2008, poco contribuye a la superación del permanente proceso de declaración de principios, ya excesivamente dilatado en esta Comunidad. O, si se quiere, contribuye escasamente a pasar de las continuas declaraciones programáticas –políticas ilegales- en esta materia al abordaje definitivo de la cuestión, que no es otro que la configuración del derecho al acceso de la vivienda subjetivo y universal. Un derecho establecido como una obligación legal que los poderes públicos deben cumplir inexorablemente, previa acreditación de los supuestos desencadenantes del ejercicio del derecho, y arbitrando, como es obvio, la posibilidad de exigir ese derecho ante los tribunales de justicia.
Y, en este sentido, aunque el Reglamento de Urbanismo no es la única norma con incidencia en la configuración normativa de este derecho, echamos de menos una regulación del destino de los patrimonios públicos absolutamente proactiva en favor de la construcción de viviendas sometidas a algún régimen de protección, de manera que el resto de los destinos que se completa... que se contemplan –perdón- en la nueva redacción del Artículo 374 sean considerados residuales, subsidiarios y excepcionales, impidiendo su generalización, como ha demostrado la experiencia reciente.
En otro orden, debe destacarse que uno de los avances más significativos, desde el punto de vista social, de la Ley estatal 8/2007 -a la que este Reglamento, en desarrollo de la Autonómica 4/2008, ha debido adaptarse- ha sido la previsión básica, en su Artículo 10, de una reserva mínima de edificabilidad residencial para viviendas protegidas, conectada con la especial vinculación de los patrimonios públicos del suelo a este destino, según se deduce del Artículo 31... 34.1. Y, si bien entendemos que en esta Comunidad se ha llevado a cabo una razonable adaptación a esta previsión –eso sí, escasamente conectada, como se ha dicho, con la regulación de los patrimonios públicos del suelo-, la regulación reglamentaria resulta insuficiente para sentar las bases para la necesidad efectiva o material de un derecho universal a la vivienda digna.
Por otra parte, resulta necesario, para dotar la operatividad práctica a esta previsión, una precisa coordinación entre la programación del número de viviendas susceptibles de protección con el número real de viviendas resultantes de la aplicación de las reservas previstas por la legislación urbanística y territorial, de manera que pueda garantizarse su financiación.
El destacado avance, desde el punto de vista social, que supone esta previsión legal acogida por el Reglamento no impide, sin embargo, realizar unas mínimas reflexiones en relación con las distintas interpretaciones que eventualmente pueden producirse en torno a algunos de los conceptos que se utilizan en el articulado para regular esta previsión.
Así, y como parece ser una generalizada característica del Reglamento, vuelven a introducirse nuevas incertidumbres en torno a lo que debe entenderse por edificabilidad residencial, concepto clave –según el Artículo 122- para integrar la verdadera finalidad de la reserva mínima en los instrumentos de ordenación, habida cuenta de la gran disparidad de criterio existente hasta la actualidad en los distintos Planes Generales, a la hora de establecer los parámetros o magnitudes de referencia para la determinación de res... de la reserva de viviendas protegidas; a saber: aprovechamiento, edificabilidad e incluso suelo.
En otro orden, debe advertirse también que, sea cual sea el parámetro o magnitud utilizada al efecto, el hecho de no establecerse un porcentaje máximo de reserva implica el riesgo de que los Planes Generales para determinados sectores no solo permitan, sino que obliguen a reservar la totalidad de la edificabilidad residencial para la construcción de viviendas protegidas; circunstancia que, unida al hecho –en modo alguno extraño a determinados modelos de planeamiento general- de localizar estos sectores en ámbitos de escasa centralidad urbana, advierte el riesgo de construir auténticos guetos, en clara pugna con la necesaria y exigible interrelación urbana del uso "vivienda protegida" con el resto de los usos residenciales, en aras a respetar el esencial principio de cohesión social.
Este riesgo potencial cobra especial verosimilitud, a tenor del párrafo segundo del epígrafe E del Artículo 122, que abre decididamente la posibilidad de excepcionar de forma no reglada la aplicación de la reserva en determinados sectores.
Por lo que respecta a la doble función de adaptación a las últimas reformas legislativas y a la evolución de la sociedad de Castilla y León dentro de... desde la entrada en vigor de la Ley de Urbanismo a que pretende dar respuesta este Reglamento, debe de reconocerse el esfuerzo de la Dirección General por introducir los cambios demandados por la experiencia del conjunto de los operadores urbanísticos públicos y privados, de la que el Director General actual –nos consta- es un alto exponente.
Sin embargo, debemos denunciar la escasa participación que se le ha brindado a este Grupo en la elaboración del Decreto, a pesar de ser la actividad urbanís... a pesar de ser la actividad urbanística máxima, en las condiciones actuales del sector inmobiliario, una actividad cuya regulación requiere el máximo consenso político. Por ello, quiero expresarle la más firme disposición de este Grupo para colaborar en la redacción del texto definitivo, si ustedes lo estiman conveniente. Muchas gracias.
LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):
Muchas gracias, señor Villaverde. Por parte del Grupo Parlamentario Popular, y también por un tiempo máximo de diez minutos, tiene la palabra doña Cristina Ayala.
LA SEÑORA AYALA SANTAMARÍA:
Gracias, Presidenta. Bien. Pues buenas tardes. Inicialmente, y para que quede constancia en las actas de esta Cámara, quería agradecer la presencia del Director General de Urbanismo en sede parlamentaria, y especialmente por lo que supone comparecer aquí para dar explicaciones sobre los trabajos que se han realizado desde la Dirección General con la tramitación de este Reglamento; y mucho más cuando la iniciativa y tramitación –y con esto... conecto con lo que ha comentado en la última parte de su intervención el señor Villaverde-, la iniciativa y la tramitación de este Reglamento corresponde única y exclusivamente al Ejecutivo Autonómico.
Por eso, señor Director, desde mi Grupo agradecemos especialmente su presencia y también consideramos muy oportuna la petición de comparecencia para dar explicaciones sobre este Reglamento.
Como ya hemos comentado esta tarde, hace muy pocos meses fue aprobada en estas Cortes de Castilla y León la modificación de la Ley de Urbanismo. Ya se dijo entonces –y se ha vuelto a repetir en esta ocasión-: se realizó un importante esfuerzo para consensuar lo más posible esta Ley. Ello sí fue posible con muchos de los sectores, muchas partes implicadas, gracias al esfuerzo realizado –¿cómo no?- por todos estos sectores que... y estos colectivos, que presentaron sus alegaciones, pero también –¿por qué no decirlo?- por parte de la Dirección General de Urbanismo, con múltiples reuniones y sesiones de trabajo, recogiendo las sugerencias que resultaron interesantes, y que incluso alargaron el primer calendario que tenía previsto la Dirección General para aprobar una Ley de tanta trascendencia como la Ley de Urbanismo.
Ciertamente, aunque el señor Represa y yo lo intentamos con el señor Cantalejo y el señor Velasco –en unas fructíferas sesiones de Ponencia sobre esta Ley-, no fue posible el deseado consenso con el Partido Socialista en esta Cámara; y nosotros ya lo dijimos en aquella ocasión: creemos que porque se traía una opinión prefijada sobre no sacar conjuntamente y, pues, con el apoyo de los... mínimo de los dos Grupos Parlamentarios de... mayoritarios en esta Cámara.
Tanto desde la Junta como desde las Cortes, se tiene clara la importancia de que Ley y Reglamento sean lo más parejos en el tiempo que nos sea posible, justamente para evitar lagunas y contradicciones en un ya complicado, muy complicado, mundo jurídico urbanístico.
También ha comentado el Director que, incluso antes de terminar el trámite parlamentario en estas Cortes, ya existía ese borrador de este Reglamento, para ganar tiempo; borrador que, a la vez que se publicó la Ley 4/2008, salió a información pública, y que entendemos que ha podido ser mejorado con aportaciones en función de este mismo esquema de trabajo, que ha seguido dos máximas: máxima difusión y máxima participación.
Desde el Grupo Popular queremos agradecer ese plus, ese esfuerzo de trabajo que se ha hecho, intentando evitar la tentación de hacer un urbanismo de espaldas al sector, intentando un urbanismo participado y plural, donde, lógicamente, no caben todos los planteamientos de los profesionales, pero sí se pueden acercar posturas sobre cuestiones que acaban siendo más que convenientes para una mejor regulación del sector en nuestra Comunidad Autónoma.
Entrando en materia, hay que tener en cuenta que son más de cuatrocientos los artículos del Reglamento, y por lo tanto ha sido un cuantioso esfuerzo el de modificación –el que se ha realizado-, con distinto calado, como también ha comentado el Director General.
De ellos, el señor Marinero ya ha destacado los que consideraba más relevantes, y sería repetitivo por mi parte incidir nuevamente en cada uno de ellos. Pero sí me gustaría que quedara constancia de que el objetivo último de esta modificación reglamentaria no es otro que clarificar la aplicación del Derecho Urbanístico en nuestra Autonomía, enlazándolo con la normativa estatal y con otras normativas sectoriales vigentes.
Respecto a las cuestiones que ha comentado el Grupo Socialista, la verdad es que nos alegramos de que esta comparecencia haya sido rápida, y se lo agradecemos nuevamente al Director General. Y ha mostrado la queja de que no vino a Comisión la Ley, pese a que había una com... una petición de comparecencia por parte del Grupo Socialista. Yo creo que con la Ley se hizo lo que se tenía que hacer, que es debatirla en estas Cortes, independientemente de que no se debatiera en Comisión –se debatió en Ponencia y se llevó a Pleno-; yo creo que ha sido una Ley muy debatida en estas... en estas Cortes, y, por tanto, pues no entiendo, en ese sentido, la... la pequeña queja que ha mostrado el Grupo Socialista en este... en este caso.
Tampoco creemos que el Reglamento podía ser más corto y menos repetitivo. Ya lo dijimos, precisamente en... en su momento, cuando debatimos la Ley. Lo que se trata muchas veces en un Reglamento es de...
LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):
No puede contestar a la intervención del Portavoz del Partido Socialista.
LA SEÑORA AYALA SANTAMARÍA:
Sí, sí, bueno, pero... Bien, bien, independientemente de que esté contestando a la intervención del Director General, pero quiero hacer mención a algunas de las cuestiones que ha... [murmullos] ... que ha dicho.
LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):
No, no puede. Directamente, lo siento, pero no puede.
LA SEÑORA AYALA SANTAMARÍA:
Ah, vale. Bien. De acuerdo. Pues, entonces, enlazo con... enlazo con lo siguiente. Bueno, independientemente de eso, lo que quería decir es que creemos que esta regulación del nuevo Reglamento es una regulación oportuna, provechosa para los castellanoleoneses, conveniente, equilibrada, eficaz y sensata.
Oportuna, porque, en el momento de recesión económica y de caída libre que nos encontramos de este sector urbanístico, era necesario adecuar la legislación vigente para agilizar, mejorar y adaptar la regulación urbanística.
Provechosa para los castellanos y leoneses, porque incide en la necesidad de un desarrollo sostenible, que considera el urbanismo como un instrumento para la cohesión social y para la mejora de la calidad de vida, y porque incorpora multitud de criterios sociales para hacer del urbanismo una actividad más cercana al ciudadano; y, por ejemplo, también se ha comentado que es provechosa para los castellanoleoneses en detalles como la disminución de los plazos para la licencia... para distintas licencias.
Conveniente, porque se muestra como una reforma del Reglamento de Urbanismo útil y proporcionada, que se adapta a la nueva Ley nacional y autonómica, a la creciente legislación sectorial y que, además, simplifica la normativa para hacerla más ágil.
Equilibrada, porque no concede beneficios a un determinado sector relacionado con el urbanismo -ni a promotores ni a Administraciones Públicas ni a particulares-, sino que conjuga los intereses de todos para hacer realidad un mejor urbanismo en Castilla y León.
Eficaz, porque conjuga a la perfección todas las oportunidades de nuestra Comunidad Autónoma, integrando patrimonio histórico, desarrollo económico y desarrollo sostenible, y no dejando pasar oportunidades como el fomento del transporte público o la prevención de la contaminación.
Sensata, por último, porque es una regulación prudente y moderada, que impulsa distintos mecanismos para mejorar la coordinación administrativa, prescindiendo de algunos trámites obsoletos que alargaban inútilmente los procedimientos urbanísticos, y que, además, es sensible con las peculiares... con las peculiaridades de nuestra Comunidad Autónoma.
El Partido Socialista –y termino ya- ha venido insistiendo en lo pernicioso del fenómeno de lo que llamaban "desregulación reglamentaria". Nosotros consideramos que no existe ese peligro, porque lo que se ha hecho es, precisamente, tratar de hacer la mejor técnica jurídica posible, es decir, llevar a la Ley lo que correspondía a la Ley y al Reglamento lo que correspondía al Reglamento.
Un ejemplo de que eso ha sido así es que hoy comparece el Director General de Urbanismo con este tema y, por tanto, no creemos que se haya hurtado, en ningún caso, ningún debate a estas Cortes de Castilla y León. Es todo lo que queremos decir en esta primera intervención. Gracias.
LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):
Muchas gracias, señora Ayala. Para contestar a las cuestiones planteadas por parte de los Grupos Parlamentarios, tiene la palabra el Director General.
EL DIRECTOR GENERAL DE URBANISMO Y POLÍTICA DEL SUELO (SEÑOR MARINERO PERAL):
Bien. Muchas gracias. Bien, pues, bueno, pues para comenzar por una cuestión que parece que... de lo que oigo, pues ha preocupado especialmente, voy a comenzar pues abordándola. Realmente, la Consejería de Fomento pues se propuso, como en anteriores ocasiones en esta... en esta materia, pues llevar a cabo un proceso de participación social lo más amplio posible, que respondiera pues a su compromiso de propiciar el mayor consenso en las reformas normativas, por lo menos en materia de... de urbanismo.
Pero, dicho eso, adelanto –y seguramente también lo diré al final- que, bien, todas estas cuestiones de cómo hacer las cosas, pues son susceptibles de... de crítica, son susceptibles de mejora y, bien, pues todos tenemos que aprender de... de cada uno de los procesos que están en marcha.
Si volvemos... yo, realmente, en la anterior intervención pues me limité a decir que... como el diecinueve de septiembre del año pasado, que entró en vigor la Ley 4/2008, pues se iniciaba en ese momento un proceso de información pública, audiencia a las Administraciones y a todos los sectores afectados por la reforma, que intentamos complementar con cuatro sesiones informativas en León, Salamanca, Burgos y Valladolid, para dar público conocimiento de las... de las novedades ya firmes de la Ley 4/2008, que... que se había aprobado en días inmediatamente anteriores, como de las propuestas contenidas en el anteproyecto de... de modificación del Reglamento.
Y eso pues se vio complementado por una convocatoria importante -desde nuestro punto de vista-, como fue la... la convocatoria del Foro Urbano de Castilla y León, que es el nombre con el que, de forma informal... porque no tiene una... una regulación como tal órgano que esté constituido, pero así es como llamamos a la reunión de los quince Ayuntamientos de Castilla y León con población superior a veinte mil habitantes, por tanto, de lo que entendemos por las ciudades de Castilla y León, o de sus representantes en materia de urbanismo, que intentamos hacer de forma, al menos, semestral, y que el veintinueve de octubre pasado pues se reunió para analizar el anteproyecto de Reglamento, con presencia -y es una cosa que a mí me alegró especialmente- de los quince Ayuntamientos, por tanto, de los que en este momento -como todo el mundo sabe- pues tienen una composición política heterogénea; pero ahí hubo participación de... de todos ellos.
Y ese es un punto..., por eso decía que, al principio, que me importa esta cuestión porque, bueno, pues nosotros la hemos hecho de una manera hasta ahora... y todo es susceptible de mejora. Pero yo siempre comento, anecdóticamente, que... –esto lo digo en tono distendido a estas horas de la tarde- que a mí los dos últimos Presidentes de la Junta de Castilla y León, pues ¡hombre!, me han dado pocas instrucciones, generalmente porque tienen más que hacer que llamarme, pero me llama... siempre me llama la atención que los dos, sin... creo que sin haber tenido conocimiento uno del otro, me hayan dicho los dos lo mismo -y en distintos momentos históricos, por supuesto, con años de por medio-, y es que la normativa urbanística tenía que ser una herramienta al servicio de la Administración Local, de los Ayuntamientos de Castilla y León, de todos los Ayuntamientos de Castilla y León.
Y, bueno, pues como, claro, cuando realmente pues te dan instrucciones muy contadas y en ocasiones muy contadas, pues yo es algo que intento aplicar a rajatabla y entender que eso... esa interlocución para nosotros es fundamental, y que con total independencia... porque además los Ayuntamientos de las ciudades de Castilla y León pues todos han estado gobernados por distintos partidos a lo largo de su historia y, sin embargo, hemos intentado mantener una interlocución constante con ellos en todo... en todo momento.
Bien. Además de eso, además de esa interlocución privilegiada, nos estamos dirigiendo al resto de Ayuntamientos de Castilla y León, pues directamente a los mayores de cinco mil y a los demás; pues todos sabemos las dificultades en nuestra Comunidad Autónoma con ese número importante de Ayuntamientos, pero para eso están las Diputaciones y para eso está la Federación Regional de Municipios y Provincias, a la que invitamos también a participar.
Y, en conjunto, además de esas publicaciones oficiales, que llegan a todo el mundo, nos dirigimos directamente a un total de doscientas treinta y tres entidades, incluidos ahí los colegios profesionales, departamentos universitarios -bien, pues sería muy prolijo de contar-, para... con un envío expreso del texto y con una invitación a participar. Bueno, que muchas veces se articula realmente luego... si ves doscientos treinta y tres, en comparación a cuarenta y cinco aportaciones in forma... en forma de informes, sugerencia o alegación que se han producido a lo largo de los meses de octubre, noviembre o diciembre del año pasado dos mil ocho, parecen pocas, pero... pero no lo son, porque, felizmente, en estas materias, por ejemplo, los... -por poner solo un ejemplo-, los colegios profesionales, que tienen una estructura provincial en nuestra Comunidad Autónoma, pero luego, para una materia de esta naturaleza, intentan y consiguen en la gran mayoría de los casos dar una respuesta regional. Con lo cual, cuando ese interlocutor, ese Consejo Regional, pues de Cámaras de Comercio, de Colegio de... de Notarios, o de Colegio de Registradores, te da una respuesta, te la da en nombre de la institución regional.
Y eso es una prueba también... aunque realmente no sea el tema que nos ocupa, pero que a mí me resulta -y esto ya lo digo como castellano y leonés- estimulante, en la medida en que tengo una capacidad para comparar veinte años de historia autonómica y ver cómo, realmente, en este momento no se plantea ninguna institución de la sociedad civil dar una respuesta provincial, por lo menos en mi materia urbanística; siempre recibo respuestas regionales, siempre los... distintas instancias provinciales o comarcales se ponen de acuerdo para, a través de sus consejos regionales, sus cámaras regionales -tienen distintos nombres, como saben: consejos reguladores, en el caso de algunos colegios profesionales-, reciben una respuesta regional.
Eso hace quince años no era exactamente así; hace diez años era distinto, ya se iba aproximando. Pero creo que ahí sí que puedo decir que, desde un sector concreto, como es el urbanismo, creo que eso son buenas noticias, es decir, que ese sentimiento de trabajar en Comunidad pues va... va avanzando de una forma notable. De hecho, pues el periodo de participación pública de algo, pues, tan sectorial y tan concreto como la modificación del Reglamento de Urbanismo, diría, pues al cien por cien, o sea, las instancias, la participación de colegios profesionales, instancias de la sociedad civil, pues se ha producido desde la instancia regional. Lo cual, pues creo que es bueno; pero esto lo digo más allá de lo estrictamente urbanístico.
Bueno. Como conclusión, realmente, ese proceso de participación, realmente estamos viniendo a comparecer en esta Cámara pues al final de ese proceso; no sé si a lo mejor hubiese sido mejor hacerlo al principio. Yo ahí me someto a la... a la opinión de Sus Señorías, y para el futuro pues buscar el procedimiento más adecuado.
Tampoco me parece mal que sea... pese al final, que es lo que... no deja de ser una fórmula de cierre, en un momento en el que la redacción del texto como tal no está cerrada, le falta una... un trámite esencial, que es el dictamen del Consejo Consultivo de Castilla y León, que todavía no se ha... no se ha solicitado, y que es el trámite previo a la aprobación de un decreto de desarrollo de la Ley, como saben, en esta Comunidad Autónoma; y, por lo tanto, estamos en un momento en el que el texto pues tiene un grado de madurez notable.
El texto ha sufrido una evolución importante respecto del texto que fue sometido a información al público, como resultado de todo ese cúmulo de... de alegaciones que dieron lugar pues en gran parte, cuando se ha solicitado, a reuniones sectoriales con colegios profesionales, con Ayuntamientos, con instancias de la Administración del Estado, como las Confederaciones Hidrográficas, que últimamente pues también para... con buena fortuna se vienen preocupando del enlace con la legislación urbanística. En el caso concreto de la Administración del Estado, pues yo creo que con fortuna, porque, realmente, respecto del proyecto de Ley, ya hubo una conformidad expresa de la Administración del Estado con dos pequeñas cuestiones que les preocupaban -muy técnicas-, una en relación al... al sistema de ocupación directa y otra en relación a la petición de informes sectoriales a los órganos de la... de la Administración del Estado, especialmente de la Administración de Defensa cuando... en lo que afectara a las competencias de la... de la defensa nacional, y que se han solucionado en vías de conversación, y que incluso han llevado pues... aquí me traía, bueno, pues para citarla simplemente, cómo la Directora General de Urbanismo y Política de Suelo del Ministerio de la Vivienda pues en una entrevista concedida a una revista de ámbito nacional de... especializada en urbanismo, revista de... de práctica urbanística, pues en una entrevista pues comenta cómo solamente hay tres Comunidades Autónomas que hayan hecho una adaptación global a la legislación básica del Estado, junto con Castilla y León pues otras... otras dos más.
Quiero decir que, en ese sentido, bueno, pues creo que estamos haciendo una labor de equilibrio entre todos los intereses; bueno, que no voy a decir que sea fácil, pero que me parece que es fructífera en la medida en que el grado de... vamos a decir de confrontación o de oposición que hemos encontrado en ese proceso de participación pues ha sido muy limitado, muy limitado en cuestiones concretas y puntuales –pues determinado colegio profesional que no estaba de acuerdo con la articulación de una determinada cuestión que afectaba a sus competencias-, bastante acotado. Pero, por lo demás, podríamos decir que, aunque fuera a sensu contrario, cuando se produce un proceso de esa naturaleza, se deduce pues un consenso social y profesional, que yo creo que es extraordinario y que, sin duda, pues redundará en la facilidad de aplicación de la... de la normativa.
Y, por lo tanto, termino por donde empezaba, es decir, cuál es el objetivo que nos habíamos marcado -o que me había marcado incluso yo, personalmente- en función de esas instrucciones que les contaba en mi pequeña anécdota de vida profesional, que es proporcionar una herramienta útil para el trabajo de la Administración Local, para los Ayuntamientos de Castilla y León, para que sean ellos los que puedan cumplir su misión de propiciar la construcción de una ciudad pues más habitable y que dé más calidad de vida a sus ciudadanos. Muchas gracias.
LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):
Gracias, señor Director. Para un turno de dúplica, tiene, por un tiempo máximo de diez... de cinco minutos, la palabra don Alfredo Villaverde.
EL SEÑOR VILLAVERDE GUTIÉRREZ:
Gracias, señora Presidenta. Brevemente. ¡Hombre!, señor Director General, somos conscientes que la difusión del Reglamento pues ha sido extensa, se ha... han participado colectivos, han te... usted ha reunido a Corporaciones Locales -como ha dicho, me consta también- de distinto... de todos los signos, como no puede ser de otra manera, pero yo creo que... y en eso sí que podemos discrepar: si debe... los propios Procuradores, los miembros del Parlamento tenemos que ser los últimos o los primeros.
Yo, particularmente, creo que deberíamos ser los primeros en tener... en tener noticias; igual que deberíamos haber sido los primeros en la Ley. Creo que esto... tanto la Ley como el Reglamento son documentos que tienen una incidencia más que notable en el... en la vida de los ciudadanos de Castilla y León, y que además rigen muchas de sus voluntades, por cierto.
Totalmente de acuerdo en el segundo apartado; totalmente de acuerdo con esos Presidentes que, en su día, le dieron alguna... alguna indicación. Totalmente. Yo creo que este... que el Reglamento y la Ley tienen que servir a los Ayuntamientos, tienen que servir, por definición, a los ciudadanos de Castilla y León, y que les mejore, en lo posible, todo... su vida y su acceso a la vivienda, que, en términos generales, es lo que todos pretendemos.
Y, en tercer lugar, indudablemente que es mejorable, pero... y por eso nosotros, como decía... como le decía antes, le ofrecemos toda nuestra colaboración. Pero no mejorable por el tópico de decir, y por lo fácil que se dice en muchas ocasiones "es que eso es mejorable"; no, no, porque creemos que tendríamos aportaciones que realizar. Nosotros... tenía aquí una serie de anotaciones, que es que no se las voy a decir, porque creo que se... bueno, pues no sé, entrar en un debate, apartado por apartado... quizás en alguno sí me gustaría que usted me... me explicase, porque nos preocupa alguna... algunas cuestiones.
Le voy a... se las voy a resumir en cuatro apartados de... por decirlo de alguna manera, en referencia a cuatro artículos. En el Artículo 3, en los objetivos, aparece de nuevo como un brindis al sol en temas relacionados tan importantes como la sostenibilidad, el derecho a una vivienda digna, la puesta en valor del suelo rústico... nunca... la prevención de la contaminación y limitación de sus efectos. Yo le pregunto: ¿cómo y dónde se regulan estos aspectos, la manera de alcanzar los objetivos, su incumplimiento, sus consecuencias? Y, además, hay otra... otros aparta... de los apartados pretende asegurar la participación de la comunidad, representada por el Ayuntamiento, en las plusvalías que genera la propia actividad urbanística. Nos preocupa lo del 10% excedentario.
Hacía usted... por cierto, en el... en el Artículo 84.bis hay un error, hay un error de síntesis; sé que es una tontería, pero, como lo tenía aquí apuntado, se lo comento. Dice –Artículo 84-, dice: "El Plan General de Ordenación Urbana debe delimita... delimitación, reserva de terrenos..." Quiero decir que corrijan ustedes eso, si hacen el favor.
Y respecto a la referencia que hacía usted del 86.bis, nos preocupa la excepcionalidad sobre las necesidades de... máximas de vivienda. Sobre todo, se amplía la excepcionalidad; una excepcionalidad no acotada. Y, con respecto al apartado d) –el planeamiento urbanístico y tal-, donde dice... habla de las dotaciones urbanísticas privadas, aparcamiento bajo rasante vinculado a la vivienda, etcétera, ¿se trata de... de coeficientes de ponderación? Entiendo que no, sino que serán correctores de la edifica... de la edificabilidad, directamente.
En definitiva, tenemos también sobre el Artículo 87, donde aparece otra vez, nuevamente, la discrecionalidad a la que nos hemos referido constantemente, en la reserva de los espacios libres del apar... del Artículo 105. Y en el Artículo 108 también nos preocupa si se debería excepcionar la discontinuidad, a fin de incluir dotaciones públicas, no solo en sus sistemas generales, al igual que en el Artículo 86 c).
En definitiva, nosotros creíamos que... que podríamos haber hecho una aporta... una aportación yo creo que sustancial y buena a este Reglamento; quizás lo hubiésemos incluso condensado y reducido un poco en cuanto a su extensión. Y nos reiteramos nuevamente en la disposición de nuestro Grupo a colaborar, si ustedes lo estiman necesario, siempre dentro del escenario que nos ofrece la dinámica parlamentaria, indudablemente. Muchas gracias.
LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):
Muchas gracias, señor Villaverde. Tiene la palabra, también por tiempo de cinco minutos, la Procuradora del Grupo Parlamentario Popular, doña Cristina Ayala.
LA SEÑORA AYALA SANTAMARÍA:
Gracias, Presidenta. Pues bien, nosotros, en el sentido de lo que comentaba el Director respecto al momento de producirse esta comparecencia, pues sí que entendemos más lógico que sea en este momento cuando se produzca la comparecencia, por una cuestión: porque entendemos que el texto, al principio, es un texto que no tiene todas esas aportaciones que se han ido haciendo en este tiempo, y que es mejor y más lógico que estas Cortes lo conozcan una vez que se han ido haciendo todas esas aportaciones, porque, si no, sería incompleto pues todo este procedimiento.
Yo creo que nunca se puede dar satisfacción –el Director lo... lo comentaba- completa a las alegaciones de todos los sectores, porque eso sería hacer un urbanismo de parte, un urbanismo a favor de un cierto sector. Y yo creo que, como bien hace la Junta de Castilla y León, el Ejecutivo Regional, lo que se pretende es hacer un urbanismo equilibrado, un urbanismo que claramente no favorezca a ninguna de las partes, sino que sea un urbanismo equilibrado entre los distintos intereses, y siempre, desde luego, pues esté al servicio de los dos mil doscientos cuarenta y ocho municipios de nuestra Comunidad Autónoma.
Creemos que ha sido ejemplarizante el proceso de información pública que se ha tenido, tanto con la Ley como en este momento con el Reglamento. Y, en ese sentido, pues también creemos que es oportuna la aprobación inminente de esta nueva regulación, y le instamos, señor Director General, a que lo haga tan brevemente como sea posible, porque, por un lado, nuestro deseo es que transcurra el menor tiempo posible entre el momento en el que esté vigente el Reglamento actual, porque puede dar lugar a distintas lagunas y a distintas contradicciones, que creo que no son buenas para el sector; y porque también creemos que la Junta ha conseguido adaptarse a todas esas novedades, tanto de la nueva legislación autonómica como de la legislación nacional y de la legislación sectorial. Además, porque creemos que la entrada en vigor de esta Ley autonómica, nosotros sí creemos que ayudará a un sector que en este momento –como tantos otros- está en una profunda crisis de mercado.
Nuestra postura, desde el Partido Popular, ha sido la de no quedarnos de brazos cruzados ante estas cuestiones, y así lo demuestra tanto la Ley de esa... tanto la Ley aprobada en septiembre de dos mil ocho como este Reglamento.
Hasta ahora, la construcción todos sabemos que ha sido uno de los principales motores de la actividad económica española, y esa tendencia sabemos que claramente ha cambiado. La clara apuesta –nos lo parece así al Grupo Popular- de la VPO que realiza la Junta de Castilla y León, junto con esas medidas del Pacto Local y de nueva obra pública, entendemos que en un marco estable y predecible a futuro, pues son parte de ese trabajo de no quedarnos con los brazos cruzados en la Junta de Castilla y León; son medidas reales y mantenidas en el tiempo que suponen –entendemos- un claro apoyo al sector urbanístico.
Poco más que decir. Agradecer nuevamente la comparecencia realizada y decir, también, pues que yo creo que este trabajo no está terminado todavía –usted mismo lo ha dicho en su... en el final de la comparecencia-; el proceso no está del todo cerrado, con lo cual entiendo que todas las aportaciones que todavía se puedan hacer pues pueden ser consideradas por su Dirección General. Muchas gracias.
LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):
Muchas gracias. Para finalizar, tiene la palabra nuevamente el Director General.
EL DIRECTOR GENERAL DE URBANISMO Y POLÍTICA DEL SUELO (SEÑOR MARINERO PERAL):
Bien. Pues muchas gracias de nuevo, señora Presidenta. Bien. Pues empiezo, de nuevo, con el tema de la participación, y, como decía por parte del Grupo Popular doña Cristina Ayala, lo cierto es que, efectivamente, el proceso no está cerrado y bien es verdad que, tal y como sucede... como... por analogía con los propios procesos de planeamiento urbanístico a nivel municipal, ciertamente, pues a lo mejor ya no es el momento de que, de una forma universal, recibir aportaciones de cualquier parte. Pero las aportaciones cualificadas, bueno, pues, todavía incluso, pues, por poner un ejemplo, todavía, en el día del... de esta misma semana, el lunes de esta misma semana, pues tuve una reunión con el... los representantes del Consejo Regional de un determinado Colegio Profesional importante, que consideraron importante, en sus propios términos, volver, pues porque habían visto más cosas, y habían visto algunas... algunas cosas que todavía les parecían pendientes, y nos volvimos a reunir para... para verlas, de tal manera que con mayor motivo.
Realmente, nosotros -bueno, pues yo lo voy a decir así, de una forma un poco ingenua- hasta presumimos, cuando vamos por ahí, de que, en materia de urbanismo, siempre hacemos unos procesos de participación lo más amplios posibles y buscando un consenso lo más amplio posible en la normativa, con lo cual, para ser coherentes, tenemos que estar abiertos pues a mejorarlo; a mejorarlo y a que cualquiera que nos diga que le ve reparos, o que le ve que las cosas no se han hecho de la forma mejor posible, pues estar abiertos a ello.
Hombre, aquí ya no estamos como, digamos, en una situación muy avanzada. Estamos abiertos a que aportaciones cualificadas, como, por ejemplo, la del.. la que... la del Grupo Socialista de las Cortes pues no lo puede ser más, pero, realmente, no podemos volver a empezar desde un principio. Lo que sí podemos es tomar nota de que, en procesos ulteriores, que sin duda los habrá, porque habrá procesos normativos de desarrollo del propio Reglamento... el propio Reglamento tiene unos mandatos de desarrollo para materias muy concretas, a través de normas técnicas urbanísticas, a través de soluciones técnicas urbanísticas, en las cuales, bien, bueno, pues el Grupo, los Grupos Parlamentarios, o, si no ellos, pues pueden hacer de transmisión a sectores implicados.
Y, nuevamente, la forma de llegar a la Administración Local de Castilla y León nunca terminaremos de que sea lo suficientemente completa, es decir, llegar a los dos mil doscientos cuarenta y ocho municipios, y a sus... y a sus problemas; tenemos a las Diputaciones, tenemos a la Federación de Municipios, pero aun así sabemos por experiencia que nunca llegamos, porque las propias dificultades de su trabajo llevan a que tengan incluso dificultades para participar en los procesos normativos.
Yo creo que estamos en el buen camino, y lo dije ya cuando estábamos en el proceso de elaboración de la Ley 4/2008; con gran satisfacción comenté, comparando el proceso de elaboración de la Ley 5/99, de Urbanismo de Castilla y León. La Ley 5/99 de Castilla y León se elaboró a lo largo del año noventa y siete, se tramitó a lo largo del año noventa y ocho y se aprobó en el año noventa y nueve. Si se dan cuenta, hablo de hace diez años, incluso hace más de diez años. Bueno, hubo... tuvo el proceso de participación que tuvo, pero una gran sorpresa que yo me llevé el año pasado fue ver que, para esa Ley de Medidas 4/2008, que no dejaba de ser una reforma, una adaptación de la Ley de Urbanismo, bueno, importante, pero, bien, algo parcial, bueno, pues tuvo una participación mucho mayor, mucho mayor, y sectores que no habían dicho nada en el año noventa y ocho, en el año noventa y nueve, hablaron en el año... en el año dos mil ocho.
Y eso, la lectura que yo hice fue una lectura muy positiva también, es decir: nos estamos acostumbrando a poder opinar sobre las normas que nos afectan; algo que, en una Comunidad Autónoma como la nuestra, cuando este tipo de regulaciones, como la urbanística, que afectan a lo muy cercano, a... a la construcción de la ciudad, a la calidad de vida de los ciudadanos... que, realmente, es el papel de la legislación autonómica, sin pretender, en absoluto, usurpar el papel de legislaciones de otro... de otro ámbito europeo o estatal. Cuando esas legislaciones venían de muy lejos, pues en esta tierra teníamos una práctica de aceptar, bueno, pues algo que nos venía y ni imaginarnos que podíamos opinar o que podíamos tener capacidad de influencia en esas decisiones.
La diferencia entre el año noventa y nueve y el año dos mil nueve... entre el año noventa y ocho y el año dos mil ocho es que, diez años más tarde, he podido comprobar cómo la sociedad y sus... pues se consideraba como calificada para decir: podemos hablar, podemos opinar; no sabemos si nos van a hacer caso o no, pero el hecho de que perdamos el tiempo haciendo aportaciones en alegaciones hace que... pensar que tienen esperanza de ser escuchados. Es decir, la sociedad se ha acostumbrado, o se... o se va acostumbrando poco a poco a saber que puede decidir o que tiene capacidad de influencia sobre las decisiones que les afectan en el día a día. Y eso me parece a mí, por lo menos, pues les traslado mi... mi opinión de que es algo pues positivo para la evolución de esta... de esta Comunidad Autónoma.
Con eso, y con el compromiso de seguir en esa línea para... para que ese proceso sea cada vez mejor y sea cada vez más perfecto, pues yo creo que puedo cerrar esta... esta intervención pues poniéndome a su disposición para intentar que el proceso, en la fase en la que estamos, pues podamos todavía ajustar y aquilatar pues lo que son ya creo que, seguramente, bueno, cuestiones fácilmente subsanables a este... a este nivel. Muchas gracias.
LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):
Muchas gracias, señor Director General. Terminado el turno de Portavoces, se abre un turno para el resto de los... de Procuradores que no hayan actuado como Portavoces de sus Grupos, para que puedan formular, de forma escueta, preguntas o pedir aclaraciones sobre la información facilitada. ¿Algún Procurador? Sí. Don Ángel Velasco.
EL SEÑOR VELASCO RODRÍGUEZ:
Gracias, Presidenta. Observo en... en el texto del Reglamento que no existen Disposiciones Transitorias, previsión de... de las mismas redactadas. [Murmullos]. ¿Sí? Transitorias, ¿eh?
EL DIRECTOR GENERAL DE URBANISMO Y POLÍTICA DEL SUELO (SEÑOR MARINERO PERAL):
Claro...
LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):
Sí, por favor. Tiene la palabra el... el...
EL SEÑOR VELASCO RODRÍGUEZ:
No, la... completo la pregunta, porque es posible que sea así. En todo caso, si así no fuere, ¿qué ocurre, o qué previsión existe con respecto a los instrumentos de ordenación general –planes generales, por ejemplo- que estén en proceso o en periodo de adaptación? ¿Se suspenderían los mismos para reiniciar una segunda adaptación, si estuviera en marcha la anterior?, etcétera. Esa es... esa es mi pregunta.
LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):
Sí. Para contestar, tiene la palabra el Director General.
EL DIRECTOR GENERAL DE URBANISMO Y POLÍTICA DEL SUELO (SEÑOR MARINERO PERAL):
Bien. Pues vamos a ver. Precisamente, aquí ha habido un pequeña... una confusión que... la que expresa el Procurador pues no es la única, porque pasa lo siguiente –y paso a explicarlo-: en la página web de la Junta de Castilla y León se colgó el texto del anteproyecto; pero este tipo de anteproyectos modificativos la verdad es que son bastante penosos de leer, porque van diciendo... cada uno de sus artículos va diciendo: "Se modifica el artículo equis, que pasará a tener la siguiente redacción". Eso es algo que obliga a la gente pues a coger el texto vigente y a ir comparándolo, lo cual, verdaderamente, es una cosa muy trabajosa. Y, entonces, hacemos una... una... una... una cuestión pues que lleva su trabajo, pero que merece la pena, que es hacer un texto comparado, a dos columnas, que también se cuelga en la página web.
Como ese trabajo... como ese texto comparado, realmente, la experiencia demuestra que a la gente es lo que le sirve –porque en la columna de la izquierda está el texto vigente y en la columna de la derecha el modificado, lo que se cambia está en rojo en la izquierda y lo nuevo está en azul a la derecha, bien, es muy cómodo-, pues, al final, todo el mundo pues se va a ese texto comparado.
Bueno, este texto comparado omitió las Disposiciones Transitorias pues por un tecnicismo normativo, que... que sería una cuestión muy prolija de explicar, que las Disposiciones Transitorias no... no sustituyen a las anteriores, sino que... sino que las anteriores siguen vigentes y las nuevas... de tal manera... Y la verdad es que lo lamento, porque no... esto que ha dicho el señor Procurador en absoluto es el primero en decirlo, sino que ha sido una consulta muy frecuente, de pensar que no había transitorias, que estaban en... en el anteproyecto.
Entonces, bueno, dicho eso, al revés: hay un régimen muy prolijo, precisamente para los municipios, en función de si está el plan aprobado, si está en tramitación, para intentar lo que hemos dicho siempre: que –hemos dicho- la adaptación a la norma no tiene que ser el objetivo; el objetivo es la revisión del planeamiento cuando toque, cuando sea necesario en función de las necesidades del término municipal, y que la revisión, la adaptación a la norma simplemente sea algo pues que haya que hacer en el momento, pero que no se convierta en un obstáculo sino en un apoyo.
LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):
Muchas gracias. ¿Algún Procurador quiere formular...? Sí, don Octavio Cantalejo.
EL SEÑOR CANTALEJO OLMOS:
Sí. Muchas gracias, señora Presidenta. Bueno, nosotros tuvimos discrepancia con la Ley, que mantenemos con el Reglamento, como es lógico, pero reconocemos la disponibilidad del señor Director General y se lo agradecemos de... de todo corazón. Quiero decir que son cosas absolutamente distintas las discrepancias, pero se ha puesto a nuestra disposición de manera inmediata. Yo solo quiero hacerle una pregunta, porque, obviamente, no puedo hacer más y tampoco es, probablemente, momento para hacerlo.
El señor Director General nos ha explicado la mayoría de los ajustes que se han producido en el Reglamento, pero, por preguntar uno -nos los ha mencionado pero no nos los ha justificado-, por mencionar uno: ¿por qué la discrecionalidad, que es una de las cosas que a nosotros más nos preocupa –nos preocupaba de la Ley y nos preocupa en el Reglamento-, por qué la discrecionalidad en el crecimiento fuera de los núcleos compactos? La Junta de Castilla y León, a través de los instrumentos de ordenación del territorio, lo va a poder hacer, y, sin embargo, los municipios no lo pueden hacer. Quiero decir que nosotros planteamos que, si lo puede hacer la Junta, que lo pudiera hacer el Ayuntamiento. Y si no lo puede hacer el Ayuntamiento, ni lo puede hacer nadie, ¿por qué esa excepcionalidad? Lo ha mencionado el Director General, pero no lo ha justificado. Únicamente eso es lo que quería saber.
LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):
Muchas gracias. Para contestar, el Director General.
EL DIRECTOR GENERAL DE URBANISMO Y POLÍTICA DEL SUELO (SEÑOR MARINERO PERAL):
Bueno, entraríamos en un debate interesante. Yo lo que quiero decir es que la previsión legal –y, si hace falta, se corrige para matizarla- no quiere decir que la Junta de Castilla y León pueda actuar de cualquier manera en cualquier sitio; quiere decirse que, ¿para qué están los instrumentos de ordenación del territorio? Para abordar situaciones excepcionales desde una óptica excepcional. Y la previsión legal lo que nos lleva es a decir que, excepcionalmente y por causas bien justificadas, podrá abordarse de una forma diferente a lo que es la... la norma general; no que pueda hacerse de forma ordinaria y que cuando la Junta actúe todo el monte sea orégano.
Yo creo que ese no es el sentido; y, posiblemente, pues sea conveniente una matización, en el sentido de la excepcionalidad o de la justificación. Porque es normas generales, y, en ese sentido, hay que decir que está abierta la puerta a la Administración Local para la proposición también de instrumentos de ordenación del territorio. Es decir, el hecho de que la facultad de aprobar instrumentos de ordenación del territorio resida en la Junta de Castilla y León por decreto no quiere decir –y así está en la Ley de Ordenación del Territorio recogido- que esté abierta la puerta para su propuesta por la Administración Local, cuando considere que hay un supuesto, bien sea por su ámbito supramunicipal, o bien sea por su especial relevancia, que merezca ese tratamiento.
Y, por tanto, ahí nos situamos, o hemos abierto la puerta a que haya una disponibilidad mayor de las reglas del juego para considerar qué es lo más adecuado en cada contexto, pero siempre pues con una justificación adecuada de por qué, qué situación, qué circunstancia de carácter de interés general y de supramunicipal pudiera llevar a esa decisión.
LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):
Muchas gracias. ¿Alguna pregunta más?
LA SEÑORA MUÑOZ DE LA PEÑA GONZÁLEZ:
Gracias, Presidenta. Señor Director General, bienvenido. Quería... solamente por aclararnos y saber que manejamos todos los mismos textos. Nos ha parecido entender que usted va adaptando en la página web donde tiene colgado el Reglamento, va adaptando, en la medida que acepta o no acepta las propuestas o sugerencias que le puedan hacer.
¿Puede decirme cuál es la última fecha de adaptación o de modificación del Reglamento que tiene colgado en la página, si ha incluido las modificaciones que pueda haber considerado a raíz de la reunión que ha dicho ha mantenido el lunes con los Colegios Profesionales? En fin, de alguna manera, saber exactamente si manejamos todos el mismo texto o no.
Y, una segunda parte, si va a pasar por aquí una vez que termine todo el periodo de... para asumir o no asumir las modificaciones y propuestas que le considere... que considere la... desde la Dirección General que son asumibles y las puede introducir, si piensa venir a estas Cortes su... o bien a comparecencia a petición propia, para volver a debatir ya sobre un texto firme y definitivo. Gracias, Presidenta.
LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):
Muchas gracias. El Director General le contesta.
EL DIRECTOR GENERAL DE URBANISMO Y POLÍTICA DEL SUELO (SEÑOR MARINERO PERAL):
Bueno, la verdad es que esto que plantea, que no se hace en este momento, pero, es decir, ahí tenemos un reto para el futuro. Realmente, en este momento, el texto que está en la página web es el texto que se sometió a información al público el diecinueve de septiembre; porque, a partir de ese momento... Es decir, los textos tienen, llegado un momento, un carácter oficial –texto que se somete a información al público y, en su momento, texto que será objeto de aprobación- y, mientras tanto, lo que hay pues son múltiples textos intermedios y de trabajo.
Realmente, la práctica que yo creo que es absolutamente la normal en toda la elaboración de instrumentos normativos es que los textos normativos que van evolucionando en función de las observaciones y alegaciones que se hacen –y que están sometidos a informes por la Asesoría Jurídica de la propia Consejería, en su momento, el Dictamen del Consejo Consultivo- son textos provisionales. Esos textos provisionales, pues, aunque tienen un... hay una disposición de... de conocerse por parte de las personas que se interesan, sin embargo, hacerlos públicos en la página web a mí me parece que plantea pues un cierto reparo, porque podría introducir a confusión.
De tal manera que, sin perjuicio de abrir ahí un debate para el futuro sobre, incluso, la posibilidad –pues muy atractiva- de un debate sobre textos absolutamente vivos y modificados, en este momento estamos siguiendo la práctica –que es la habitual en todas las Administraciones- del texto que se sometió a información al público es el que está ahí, y todo lo demás pues de momento son textos de trabajo hasta que no tengamos el Dictamen del Consejo Consultivo.
Y la segunda de las preguntas, que es nuestra... la posibilidad de tener una comparecencia en la fase final, posiblemente después del Dictamen del Consejo Consultivo, yo, por mi parte, manifiesto mi disposición a estar a... –valga la redundancia- a disposición de esta Cámara para comparecer cuantas veces haga falta.
LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):
Muchas gracias. ¿Alguna pregunta más?
Pues finalizado el... la Comisión, agradecer... reiterar el agradecimiento al Director General por su presencia hoy aquí y, por supuesto, por el ofrecimiento que ha manifestado en este... en esta última... en esta última intervención, de comparecer cuantas veces sea requerido por parte de la Comisión. Se levanta la sesión.
[Se levanta la sesión a las dieciocho horas veinticinco minutos].
DS(C) nº 283/7 del 12/2/2009
CVE="DSCOM-07-000283"
ORDEN DEL DÍA:
1. Comparecencia del Ilmo Sr. Director General de Urbanismo y Política del Suelo, SC 131-I, a solicitud del Grupo Parlamentario Socialista, para informar a la Comisión sobre:- Modificación del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León.
SUMARIO:
 ** Se inicia la sesión a las diecisiete horas cinco minutos.
 ** La Presidenta, Sra. Romeral Martín, abre la sesión.
 ** Intervención del Procurador Sr. Villaverde Gutiérrez (Grupo Socialista) para comunicar que no hay sustituciones en su Grupo.
 ** Intervención del Procurador Sr. Represa Fernández (Grupo Popular) para comunicar que no hay sustituciones en su Grupo.
 ** Primer punto del Orden del Día. SC 131.
 ** El Secretario, Sr. Muñoz Expósito, da lectura al primer punto del Orden del Día.
 ** Intervención del Sr. Marinero Peral, Director General de Urbanismo y Política del Suelo, para informar a la Comisión.
 ** La Presidenta, Sra. Romeral Martín, abre un turno para la formulación de preguntas u observaciones por parte de los Portavoces de los Grupos Parlamentarios.
 ** En turno de Portavoces, interviene el Procurador Sr. Villaverde Gutiérrez (Grupo Socialista).
 ** En turno de Portavoces, interviene la Procuradora Sra. Ayala Santamaría (Grupo Popular).
 ** Intervención del Sr. Marinero Peral, Director General de Urbanismo y Política del Suelo, para contestar a las cuestiones planteadas.
 ** En turno de réplica, interviene el Procurador Sr. Villaverde Gutiérrez (Grupo Socialista).
 ** En turno de réplica, interviene la Procuradora Sra. Ayala Santamaría (Grupo Popular).
 ** En turno de dúplica, interviene el Sr. Marinero Peral, Director General de Urbanismo y Política del Suelo.
 ** La Presidenta, Sra. Romeral Martín, abre un turno para la formulación de preguntas u observaciones por parte de los Procuradores que no han intervenido en el debate.
 ** En turno de preguntas, interviene el Procurador Sr. Velasco Rodríguez (Grupo Socialista).
 ** Contestación del Sr. Marinero Peral, Director General de Urbanismo y Política del Suelo.
 ** En turno de preguntas, interviene el Procurador Sr. Cantalejo Olmos (Grupo Socialista).
 ** Contestación del Sr. Marinero Peral, Director General de Urbanismo y Política del Suelo.
 ** En turno de preguntas, interviene la Procuradora Sra. Muñoz de la Peña González (Grupo Socialista).
 ** Contestación del Sr. Marinero Peral, Director General de Urbanismo y Política del Suelo.
 ** La Presidenta, Sra. Romeral Martín, levanta la sesión.
 ** Se levanta la sesión a las dieciocho horas veinticinco minutos.
TEXTO:
[Se inicia la sesión a las diecisiete horas cinco minutos].
LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):
Hola, buenas tardes. Se abre la sesión. En primer lugar, ¿alguno de los Grupos Parlamentarios tiene que notificar y comunicar a esta Mesa alguna sustitución? ¿Por parte del Grupo Socialista?
EL SEÑOR VILLAVERDE GUTIÉRREZ:
Gracias, señora Presidenta. Buenas tardes. Por parte del Grupo Socialista no hay ninguna sustitución.
LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):
Gracias. ¿Por parte del Partido Popular?
EL SEÑOR REPRESA FERNÁNDEZ:
Tampoco hay sustituciones. Gracias, Presidenta.
LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):
Perdón. Antes de pasar a dar lectura del... por parte del Secretario, del primer punto del Orden del Día, sí que quisiera agradecer esta tarde la presencia hoy aquí, en nombre de la Comisión, al Director General de Urbanismo para... que contestará a la solicitud de comparecencia presentada por el Grupo Parlamentario Socialista.
Por parte del señor Secretario se dará lectura al primer punto del Orden del Día.
SC 131
EL SECRETARIO (SEÑOR MUÑOZ EXPÓSITO):
Gracias, señora Presidenta. Primer punto del Orden del Día: "Comparecencia del Excelentísimo señor Directal... Director General de Urbanismo y Política del Suelo, SC 131-I, a solicitud Grupo Parlamentario Socialista, para informar a la Comisión sobre: modificación del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León".
LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):
Muchas gracias. Tiene la palabra el Ilustrísimo señor Director General de Urbanismo.
EL DIRECTOR GENERAL DE URBANISMO Y POLÍTICA DEL SUELO (SEÑOR MARINERO PERAL):
Buenas tardes, Señorías. En primer lugar, agradecer esta oportunidad para acudir a esta Comisión con el fin de explicar los trabajos que la Consejería de Fomento está llevando a cabo en desarrollo de una Ley recientemente aprobada en esta Cámara. Por supuesto, hablo de la Ley 4/2008, de Medidas sobre Urbanismo y Suelo, que las Cortes de Castilla y León aprobaron el pasado quince de septiembre; norma que realizó una amplia y ambiciosa reforma de la Ley de Urbanismo de Castilla y León, vigente desde el año mil novecientos noventa y nueve.
Bueno, evidentemente, como es lógico, pues los efectos de esa reforma legal se dejan sentir de una forma obvia e inmediata en el Reglamento de Urbanismo, que es un desarrollo reglamentario de la Ley de Urbanismo que se aprobó hace ya más de cinco años, en el año dos mil cuatro. Y ello, pues, por dos razones: una, por tanto, porque, una vez hecha la reforma legal, pues el texto reglamentario tiene artículos y elementos que son incompatibles con el nuevo mandato... marco legal; como, al mismo tiempo, porque ese marco legal, pues, abunda en mandatos de desarrollo reglamentario a la Junta de Castilla y León que deben cumplirse, pues, en el plazo más breve posible.
Por lo tanto, en cuanto a la conveniencia y oportunidad de abordar la modificación del Reglamento, creemos que es evidente y clara por el propio mandato de la... implícito de la Ley 4/2008. Y ello nos lleva también a que los objetivos generales de la modificación, el propósito de la modificación, también tiene que ser igualmente claro, más allá de incorporar esos mandatos de la Ley 4/2008, respaldar los objetivos que la Ley persigue y que se marcó con claridad en su momento: el primero, el apoyo a la política de vivienda en todos sus elementos; en la ayuda al sector de la construcción en este momento de grave situación de crisis económica, que lo era ya cuando se tramitó y aprobó la Ley 4/2008, pero que ahora es cuando está demostrando sus peores y temidos efectos; el tercero, el ajuste a la legislación básica del Estado en materia de suelo y a una abundante legislación sectorial que se ha dictado tanto por parte del Estado como de la Comunidad Autónoma a lo largo de la primera década del presente siglo; y, sobre todo, como resumen y compendio de las razones anteriores, la adaptación a la innegable evolución de la sociedad de Castilla y León desde el año noventa y nueve, en que se aprobó y entró en vigor la Ley de Urbanismo, se va cumplir muy pronto diez años.
Siempre se ha comentado que, si no hubiera pasado nada, si la evolución de la sociedad de Castilla y León en estos diez años hubiese sido estática, pues realmente no hubiese sido una reforma necesaria; pero, precisamente, el propio dinamismo y la propia... de la sociedad nos ha llevado a la conveniencia de introducir cambios y ajustes en ese marco legal.
Bien. Pues estando clara la conveniencia y oportunidad, estando claros los objetivos, es evidente que el trabajo tenía que ser rápido, y por esto la Consejería de Fomento optó por elaborar un desarrollo reglamentario de la Ley de forma simultánea a su tramitación parlamentaria, con las incertidumbres que eso implicaba, teniendo que, en los elemen... puntos finales, pues, introducir ajustes, en función del resultado de las enmiendas que se introducían en trámite parlamentario, pero para intentar que los plazos fueran los más cortos posibles. Y eso llevó a que el mismo diecinueve de septiembre de dos mil ocho pudiera anunciarse en el Boletín Oficial de Castilla y León, pues, la apertura del plazo de audiencia a la sociedad en general, y a las Administraciones Públicas y a todos los sectores interesados, para abrir un proceso de participación social en... para la reforma del Reglamento de Urbanismo, paralelo poste... por tanto, posterior, pero similar al que se había hecho respecto de la Ley de Urbanismo. Desde ese día, pues, está en la página web de la Junta de Castilla y León el texto disponible para su consulta y para la formulación de alegaciones.
Bien. Pues entrando en la materia que nos... que nos ocupa, y que es el objeto de la comparecencia –que es la modificación del Reglamento en sí-, pues quizás habría que hacer un par de acotaciones previas. La primera, que realmente la reforma, pues, puede sugerir que tiene un alcance más amplio del que realmente tiene, en la medida en que es un texto, pues, muy extenso, pero, sin embargo, pues hay que advertir que múltiples cambios normalmente obedecen a una sola modificación legal, que extiende sus efectos por todo el texto reglamentario, obligando a numerosos ajustes, no siempre sin trascendencia... no siempre con trascendencia propia.
Sucede, por ejemplo, con la unificación de las categorías de suelo urbanizable, que conlleva una infinidad de ajustes, en sí mismos no especialmente relevantes; sucede con la creación de nuevos instrumentos de planeamiento general, que exige desarrollar sus determinaciones y procedimientos de aprobación y adaptar al mismo tiempo el régimen de los municipios sin planeamiento -simplemente, a modo de ejemplo, por no ser exhaustivo-.
También hay otra numerosa tipología de cambios que obedecen a la conveniencia de ajustar o aclarar preceptos del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León sobre los cuales, a lo largo de sus cinco años de vigencia, han ido surgiendo dudas interpretativas entre los aplicadores –cuando hablamos de aplicadores en urbanismo, hablamos, en primera instancia, de la Administración Local-. Y así sucedió, a modo de ejemplo, respecto de las condiciones de... para la autorización de usos excepcionales en suelo rústico; respecto de las determinaciones de las normas e instrucciones técnicas urbanísticas; respecto de la diferencia entre procedimientos de revisión y modificación de planeamiento; respecto de las reglas para la atribución de aprovechamiento a los terrenos de uso y dominio público; o respecto del uso de los coeficientes de ponderación, que ahora claramente se remiten a la fase de gestión.
En fin, con esas acotaciones preliminares quería dejar claro que el Reglamento, pues... la modificación del Reglamento, en el anteproyecto que ha sido sometido a información al público, es un documento, sin duda, extenso, pero que obedece, sobre todo, al deseo de no proceder –como ya hizo la Ley 4/2008- a una innecesaria refundación del derecho urbanístico de Castilla y León, sino simplemente a un ajuste que, a veces, pues, cuando hay meros cambios terminológicos que obligan a cambios muy prolijos, pero que ello no implica que tengan una especial trascendencia en el fondo.
Bien. Respecto de las cuestiones que sí tienen trascendencia, y que realmente serían el objeto principal de... de mi intervención, y son ahora las que, a partir de este momento, pues, ya abordo con más... con más detalle, sin perder el carácter esquemático que tiene que tener una presentación de este tipo; precisamente en una ocasión en la que, además, el propio ritmo al que nos lleva el Reglamento, pues, propicia que, si hay que profundizar en alguna cuestión concreta, pues sea perfectamente posible hacerlo en las... en las siguientes intervenciones, siguientes turnos de palabra que tengo, en función de las dudas o de los problemas que planteen las intervenciones de Sus Señorías.
Bien. Siempre en las cuestiones urbanísticas, pues, llevamos... intentamos llevar un orden, que es el propio orden de la... de la temática, comenzando por las cuestiones relativas al régimen de suelo, que en el Reglamento de Urbanismo y en la Ley de Urbanismo son las que se abordan en primer lugar: los derechos y los deberes de los propietarios del suelo.
Y, por lo tanto, ahí, pues, destacaría como aportaciones más trascendentes de la modificación del Reglamento –siempre insisto en... en esta presentación puramente resumida a la que obliga el formato, sin posibilidad de profundizar demasiado- al... a las... ajustes que nos... a los que nos lleva el ahora único criterio para clasificar el suelo urbano, que es la inserción de los terrenos en la red de dotaciones y servicios de un núcleo de población; o los ajustes a los que nos lleva la nueva concepción del suelo urbanizable, próxima a lo que entendíamos en la Ley de Urbanismo de Castilla y León como suelo urbanizable delimitado, o a las que nos llevan las circunstancias que pueden producir la extinción de la condición de solar y las consecuencias de esa condición de... la extinción de solar, o de las excepciones a la regla general de colindancia del suelo urbanizable con el suelo urbano; o también las limitaciones y condiciones a la posibilidad de clasificar como suelo urbanizable terrenos protegidos por la legislación sectorial, con la finalidad de obtenerlos para el dominio público, al mismo tiempo que se mantienen sus condiciones de protección, que es una de las novedades más valoradas de la Ley 4/2008; o, por ejemplo, el momento a partir del cual la completa ejecución de las... del planeamiento permite considerar los terrenos ya urbanizados como suelo urbano consolidado.
Todas esas eran cuestiones que estaban en el aire, que estaban en la... en la problemática de la gestión urbanística diaria, en la preocupación de la Administración Local y de los profesionales, a las que se intenta dar respuesta y solución en vía... en vía normativa.
Aún sin salir de este... de este primer apartado, relativo a... al régimen de suelo, hay dos cuestiones de gran alcance, las cuales, pues, se esperaba del Reglamento que terminara la labor reformadora de la Ley 4/2008: la primera, la reforma del régimen de la propiedad del suelo, donde gran parte del cuerpo de los derechos y deberes que se vinculaban estrictamente a los propietarios –no solamente en la legislación de urbanismo de Castilla y León, sino en la tradición de la cultura urbanística española desde mil novecientos cincuenta y seis-, bueno, pues ahora se trasladan a quienes asuman la condición de agente urbanizador, la condición de promotor de una actuación urbanística –depende de la... que utilicemos una terminología u otra-, pero, con independencia de su condición de propietario, quienes asumen las obligaciones de promover y financiar la urbanización de los terrenos, que en la terminología del derecho urbanístico de Castilla y León se concibe como el urbanizador, sea o no propietario de los... de los terrenos.
Y la otra cuestión de gran alcance, en la cual eran esperadas las reformas del Reglamento de Urbanismo, se refiere al régimen del suelo rústico, donde se aprovecha para ajustar el régimen de varias de las categorías de suelo rústico, tal como permite ahora la regulación legal, pero sin que este capítulo sea demasiado alterado, salvo en cuanto a las nuevas categorías que creó la Ley 4/2008, de Suelo Rústico de Actividades Extractivas y Suelo Rústico de Asentamientos Irregulares.
Bien. Dejando ya atrás ese primer apartado –siempre más prolijo, siempre más complejo desde el punto de vista de... del carácter siempre complicado que abordan las cuestiones de regulación del régimen de propiedad-, desde un punto de vista puramente cuantitativo, los ajustes más abundantes los tenemos en la segunda parte, el segundo bloque normativo del derecho urbanístico de Castilla y León, que es el referido al planeamiento urbanístico. Bien es verdad que aquí se trata de ajustes y modulaciones, que, aunque sean más abundantes, no por ello son más complejas; más bien al contrario, son más abundantes pero más... más sencillas.
En primer lugar, hay un bloque importante de ajuste al... en el nivel de la ordenación general, el nivel de las determinaciones que ha de establecer el planeamiento general y que, por lo tanto, pues, afectan tanto a las competencias estrictamente municipales como a las competencias de la Comunidad Autónoma, y de las cuales, pues, destacaría tres; de entre los muchos ajustes que hay, destacaría, por su importancia, tres, tres ajustes que me parecen especialmente resaltables.
El primero de ellos, un nuevo Artículo que... el 86.bis, que... con esa voluntad de... de intentar clarificar y asentar una cuestión que ha resultado especialmente espinosa; vamos a decirlo en el sentido de que... de dificultades interpretativas, de dificultades de ajustes entre los intereses, contrapuestos a veces, de la propiedad, del interés general que defienden los Ayuntamientos. Bien, pues el Artículo 86.bis pretende asentar el margen de movimiento de las densidades de población y edificación, tras una década de intenso debate profesional, pero sin renunciar a ello, avances sustanciales que fueron pioneros en el conjunto de España, como el... el establecimiento de densidades máximas y mínimas de... de viviendas y de edificabilidad en los sectores, que luego han sido... han abierto una senda que han seguido otras Comunidades Autónomas, a veces incluso con la peculiaridad que, bueno, pues que... algo que en nuestra Comunidad Autónoma de Castilla y León nos toca aguantar en muchas ocasiones que Comunidades Autónomas como... con más facilidad para el marketing, pues incluso reclaman como... como inventos propios. Pero, en fin, eso ya queda dentro de... del anecdotario del funcionamiento del Estado Autonómico.
El Artículo 87, importante y siempre tan... tan interpretado por los profesionales, hace un... tiene una reforma, en relación con la reserva para la construcción de viviendas protegidas, para acabar de aquilatar cuál será el régimen adecuado a una Comunidad Autónoma tan compleja como la nuestra, en el marco de las posibilidades de flexibilidad que, finalmente, pues, ha brindado la redacción final de la legislación del Estado, tras su tramitación parlamentaria en las Cortes Nacionales, en las cuales, pues, finalmente, se encontraron vías para que una Comunidad, pues, tan compleja y con una... tanta importancia del medio rural pudiera tener un régimen que permitiera entrar a distinguir las necesidades de los núcleos urbanos de las necesidades del mundo rural.
Y, finalmente, pues, aunque no... no de una forma fácil, pero creemos que hemos encontrado una fórmula que permite aquilatar... aquilatar ese equilibrio entre la necesidad de promover con energía y con eficiencia la vivienda protegida en los núcleos urbanos y en sus áreas de influencia de la necesidad de ponderar esas necesidades en el medio rural, en función de sus propias necesidades y su propia... de la demanda de uso del territorio que se dé en cada caso.
Hay otros ajustes que aparecen en la regulación de los sistemas generales, de modo muy particular en los criterios de ordenación urbanística, como los que, de forma explícita, se refieren a la promoción del desarrollo urbano compacto como forma de desarrollo urbanístico, preferible en nuestra situación actual, y a la luz de los mandatos no solo a nivel Unión Europea sino a nivel mundial sobre desarrollo urbanístico sostenible.
Bueno, menos llamativos y menos trascendentes, desde esa perspectiva internacional, pero también numerosos, son los ajustes en materia de ordenación detallada. Destacaría el desarrollo de los mandatos sobre cálculo de la edificabilidad o sobre cálculo de las reservas de suelo para dotaciones urbanísticas, por la importancia que ello tiene para la calidad de vida de la población que finalmente va a residir en los sectores de nuevo desarrollo o de reforma urbana interior. Y por poner un ejemplo de una modificación que ha sido especialmente valorada, la posibilidad de sustituir o compensar la reserva de plazas de aparcamiento por superficies vinculadas al transporte público, como forma de incentivar la vinculación de los nuevos desarrollos a las fórmulas de transporte... de transporte público.
Bueno, en materia de documentación y procedimiento hay un esfuerzo mayor, el... el esfuerzo de armonización con la legislación sectorial, lo cual resulta, pues, más largo siempre respecto de la prolija y complicada normativa ambiental, bien, que es una cuestión que siempre hemos dicho nosotros mismos de esa legislación urbanística que era algo que tenía que incorporarse en primer lugar a la normativa urbanística. Y, por lo tanto, no tenemos más... más opción que ser coherentes y asumir... bien, pues es verdad que, a la Administración Local, determinadas exigencias y determinadas fórmulas novedosas de... de evaluación ambiental, pues, pueden producir, y han producido, pues, distorsiones en la tramitación, retrasos, problemas que conlleva siempre la introducción de una nueva... podíamos decir una nueva cultura ambiental.
Pero, desde el punto de vista del... de ese ajuste, pues el Reglamento, pues, tenía mucho que decir en cuanto a hacer posible que esa nueva cultura ambiental, que ese respeto del medio ambiente, que esa asunción por el planeamiento urbanístico de la necesidad de promover el desarrollo sostenible y la protección del medio ambiente fuera compatible con una cierta racionalización administrativa, pues creemos que ahí la modificación del Reglamento, pues, asienta, asienta los procedimientos, encaja las piezas y traerá, pues, una cierta paz a un panorama, pues, que ha sido, bueno, convulso, y sobre todo porque lo han sufrido especialmente las Administraciones Locales en estos últimos años.
Entramos en el tercero de los... de los bloques o de los apartados normativos del Reglamento de Urbanismo, el que se dedica a la gestión urbanística. En esta materia, bien es verdad que aquí la modificación del Reglamento, pues, se beneficia del carácter avanzado que tuvo el Reglamento de Urbanismo vigente en su momento, incluso, pues, con cierto riesgo. Felizmente no llegó a materializarse ningún tipo de impugnación, pero en su momento se juzgó que el Reglamento de Urbanismo, en materia de gestión, iba más lejos de lo que la re... la Ley permitía. Fue criticado por algunos autores.
Bien, digo que, felizmente, no hubo ninguna resolución judicial que nos llevara a que esa preocupación, pues, se materializara; pero, realmente, ahora la Ley, pues, ya ha ajustado... ha hecho posible que haya un perfecto ajuste en la materia y que aquellos avances que en el año dos mil cuatro hacía el Reglamento, pues, ya no puede haber ningún tipo de reproche en ese sentido.
Eso lleva a que cuestiones como la caracterización del agente urbanizador, o la unificación normativa de las entidades urbanísticas colaboradoras, o, sobre todo, las posibilidades de las actuaciones de urbanización y normalización, pues, hayan quedado perfectamente encajadas entre Ley y el Reglamento sin necesidad de que la modificación haga, hoy en día, demasiados ajustes.
Al contrario, hay ajustes muy notorios, entre los cuales, pues, cabría destacar: la graduación de plazos para la recepción de la urbanización, un problema que está en el día a día de la gestión municipal y de los problemas de la... de la práctica urbanística municipal cotidiana; el procedimiento abreviado para constituir entidades urbanísticas colaboradoras; la opción de aplicar sistemas de actuación integrada a las actuaciones aisladas con análogos efectos, también era un elemento que para la gestión, especialmente para los medianos y pequeños municipios, resultaba absolutamente crucial, a la vista de la complejidad de las actuaciones urbanísticas integradas, que por ello los pequeños y medianos municipios, pues, quedan reducidas a actuaciones... pues a algunas actuaciones singulares importantes, y que hacía que esa práctica urbanística más... más cotidiana y más... más... más... menor, pero no por eso menos importante en los pequeños y medianos municipios fal... estaba falta de instrumentos de gestión, a los que ahora se les dota; las opciones de potenciales urbanizadores no propietarios para acometer iniciativas de gestión urbanística; o la reforma del sistema de concurrencia, que en Castilla y León, pues, se ha... se ha reformado.
En primer lugar, había que recoger las novedades de la Ley 4/2008, pero también eliminar analogías equívocas con la contratación administrativa o analogías equívocas con sistemas, bueno, que podrían ser filosófica o ideológicamente similares, aplicados en otras Comunidades Autónomas de distinto signo político, o de variado signo político, pero que han llevado a reproches por parte de instituciones de la Comunidad Europea, y, pues, que no... en ningún caso han sucedido ni se han aplicado a experiencias en Castilla y León, pero que, siguiendo esa política de que mejor siempre es prevenir que curar, pues avanzamos... avanzamos en el sentido de... de eliminar la posibilidad siquiera de que se llegaran a producir en Castilla y León problemas del estilo a los que me estaba refiriendo, que, aún ayer, pues, eran objeto de una resolución del... una Comisión del Parlamento Europeo, a la que se opusieron, por cierto, tanto los representantes del Grupo Popular como los representantes del Grupo Socialista en el Parlamento Europeo, porque entendían que era, bien, superficial e injusta en su... en su consideración. Pero también hay que decir que en ningún caso, pues, se referían a problemas, cuestiones o prácticas que tuvieran lugar en nuestra Comunidad Autónoma.
Pero, en cualquier caso, insisto, se trata más bien de, visto que... los problemas producidos en otros ámbitos, intentar, incluso, prevenirlos en su misma... en su misma raíz; de ahí la reforma del sistema de concurrencia, pues, va en ese... en ese sentido.
Continuamos avanzando, y, realmente, en la parte final del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, resto de títulos, el número de cambios es menor, aunque hay algunos, pues, llamativos o importantes. En materia de intervención en el uso del suelo, pues se propugna una disminución de plazos para otorgar aquellas licencias urbanísticas de menor relevancia, una reforma de procedimiento de autorización de uso excepcional en suelo rústico y, sobre todo, la regulación de los regímenes de venta y sustitución forzosa, que han sufrido una importante reforma en la legislación básica del Estado.
En materia de intervención en el uso del suelo, patrimonios municipales de suelo, hay significativas novedades en cuanto a las formas de transmisión de los bienes de los patrimonios públicos de suelo.
Y en materia de participación social e información urbanística, destacaría las reglas para facilitar y promover la publicidad de los instrumentos de planeamiento y gestión -que es una materia en la que el Reglamento, pues, tiene un amplio campo de actuación-, así como para controlar las actuaciones que pueden ser objeto de convenio urbanístico.
Como siempre es obligado en materia de urbanismo, el régimen transitorio, pues, ocupa un espacio muy amplio; pero ello no hace más que reflejar, por un lado, la situación a la que obliga el hecho de que las regulaciones urbanísticas, pues, tienen una amplia duración en el tiempo, y, por tanto, hay que abordar siempre las situaciones en las que se van a encontrar instrumentos de planeamiento y de gestión aprobados bajo normativas anteriores, y que tienen un plazo de ejecución y de gestión muy... muy dilatado, y que, además, la heterogeneidad de situaciones que se producen en una Comunidad como la nuestra, con dos mil doscientos cuarenta y ocho municipios, de los cuales, pues, la mayoría, en este momento... -porque ya más de... más de mil doscientos cuarenta y ocho, es decir, menos de mil son los que no tienen instrumentos de planeamiento- la mayoría, pues, tienen algún tipo de instrumento de planeamiento. Pero, evidentemente, es una heterogeneidad propia del uso de las competencias que son propias a los Ayuntamientos, y que llevan y que aconsejan eso que a veces puede dar una impresión de... de complejidad o de situación, pues, difícilmente entendible, pero que, precisamente, el entendimiento de esa situación está en la sensibilidad hacia la variedad de nuestra Comunidad Autónoma y hacia el uso de esa autonomía municipal que han ido haciendo sus Ayuntamientos a lo largo de... de los últimos años, y que, necesariamente, un régimen transitorio sencillo y que se agotara en unas pocas líneas, pues, simplemente sería como un elefante en... en la cacharrería.
Por tanto, esa extensión y esa complejidad del régimen transitorio simplemente lo que hace es ser sensible incluso a las diferentes culturas territoriales que hay en nuestra Comunidad Autónoma entre las diferentes provincias, incluso municipios con un solo núcleo de población, que son mayoría en la zona central, y en los municipios de las zonas del norte y del este y del oeste, en los cuales hay múltiples núcleos de población, lo cual conlleva difíciles equilibrios en la política local, aconseja determinadas situaciones transitorias que permitan a los Ayuntamientos...
Y con eso voy a entrar ya en la... prácticamente en la conclusión de esta primera intervención. Porque el objeto de la modificación del Reglamento de Urbanismo que nos ocupa, Señorías, pues, es proporcionar una herramienta útil y valiosa para los Ayuntamientos de Castilla y León, no imponerles el uso, necesariamente, de herramientas concebidas con carácter abstracto y que les obliguen o que les compliquen más una gestión en el día a día, que todos sabemos... –porque, además, me consta que los presentes, pues, tienen una gran experiencia en la gestión de la Administración Local de Castilla y León- todos sabemos lo difícil que es el día a día en nuestros municipios. Por lo tanto, proporcionar una herramienta útil y valiosa para el trabajo diario de los Ayuntamientos de Castilla y León, y, al mismo tiempo, que lo sea para las empresas y particulares en general; en cualquier caso, para contribuir de una forma eficiente a que se construya una ciudad, un medio urbano –también un medio rural- más habitable, más sostenible y más democrático. Muchas gracias.
LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):
Gracias, señor Director. Por parte... ¿Alguno de los Grupos Parlamentarios solicita que se suspenda la sesión, o continuamos? Continuamos. Muy bien. Pues para fijar posiciones, formular preguntas o hacer observaciones, se abre un turno a los Grupos Parlamentarios. Y, por parte del Grupo Parlamentario Socialista, tiene la palabra, por un tiempo máximo de diez minutos, don Alfredo Villaverde.
EL SEÑOR VILLAVERDE GUTIÉRREZ:
Buenas tardes, señora Presidenta. Muchas gracias, y voy a tratar de ceñirme al tiempo establecido. Señorías, en primer lugar, agradecer, en nombre del Grupo Socialista, la presencia del Director General de Urbanismo y Política del Suelo por su comparecencia ante esta Comisión de Arquitectura y Vivienda. Una comparecencia que se produce a petición del Grupo Socialista, porque entendíamos que la modificación del Reglamento de Urbanismo, con motivo de los cambios normativos operados en la Ley 4/2008, precisaba de una explicación, como mínimo, ante los miembros de esta Comisión, al igual que se ha hecho con los distintos colectivos ciudadanos de toda Castilla y León.
Hemos de reconocer que la presencia ante esta Comisión se ha producido, por decirlo de alguna manera, a renglón seguido de la petición formulada por nuestro Grupo, lo que difiere de manera sustancial con la comparecencia solicitada en su día en relación con la Ley de Medidas sobre Urbanismo y Suelo, que, incomprensiblemente, por parte... parte de nuestro Grupo, nunca se llevó a efecto ni nunca la entendimos. Creíamos que la importancia de esta... de esta Ley, de la modificación de... de la Ley tendría, por lo menos, el suficiente calado para que se hubiese traído al Parlamento y se hubiese debatido, por lo menos, en Comisión.
Por lo tanto, vamos a reiterar nuestro agradecimiento por la voluntad mostrada por el Director General ante... y felicitarle por la exposición del documento objeto de esta comparecencia.
Señor Director General, algo que no podemos discutirle, indudablemente, y que nunca lo haremos, es lo extenso que es el documento. Pensamos que este documento se podría... podría haber reducido un poco, o, por lo menos, en gran parte, sustituyendo apartados que figuran aquí y que figuran en la Ley, y que creemos que, si figuran en la Ley, pues perfectamente podrían haberse omitido dentro del Reglamento, como es, por ejemplo, la Exposición de Motivos.
Y, entrando en el contenido, decirle, señor Director General, que los temores expuestos por nuestro Grupo en su día, durante el debate de la Ley de Medidas, se han cumplido. Ustedes han trasladado al Reglamento de Urbanismo cuestiones importantes, que hasta ahora estaban en la Ley. Eso ya lo decía mi compañero Octavio cuando se debatió la Ley de Medidas del Suelo; y allí ustedes hicieron un argumento... esgrimieron un argumento que... por el cual, entonces pasaban al Reglamento para hacer más operativa su aplicación, en lo que a nosotros nos creemos que es una justificación a todas luces bizantina.
Efectivamente, la conveniencia y oportunidad del Decreto que hoy nos ocupa –como ha explicitado expresamente la Consejería de Fomento en la motivación del anteproyecto- viene fundamentada en la incorporación de los cambios normativos operados por la Ley 4/2008; esta, a su vez, consecuencia de la necesaria aplic... adaptación a la Ley estatal 8/2007, y persigue como objetivos específicos: el apoyo a la política de vivienda, la ayuda al sector de la construcción, el ajuste a la... a la legislación básica del Estado en materia de suelo y a la reciente legislación sectorial, así como la adaptación a la evolución de la sociedad de Castilla y León, desde la entrada en vigor de la Ley de Urbanismo.
Sobre estas bases, por tanto, lejos de llevar a cabo un análisis técnico pormenorizado de su articulado, conviene examinar si el texto objeto de la modificación –y que usted ha explicitado- va a servir para cumplir los objetivos propuestos.
Comenzando por el apoyo a la política de vivienda, parece evidente que la regulación operada por el Reglamento en materia de patrimonios públicos del suelo, como desarrollo último de la Ley 4/2008, poco contribuye a la superación del permanente proceso de declaración de principios, ya excesivamente dilatado en esta Comunidad. O, si se quiere, contribuye escasamente a pasar de las continuas declaraciones programáticas –políticas ilegales- en esta materia al abordaje definitivo de la cuestión, que no es otro que la configuración del derecho al acceso de la vivienda subjetivo y universal. Un derecho establecido como una obligación legal que los poderes públicos deben cumplir inexorablemente, previa acreditación de los supuestos desencadenantes del ejercicio del derecho, y arbitrando, como es obvio, la posibilidad de exigir ese derecho ante los tribunales de justicia.
Y, en este sentido, aunque el Reglamento de Urbanismo no es la única norma con incidencia en la configuración normativa de este derecho, echamos de menos una regulación del destino de los patrimonios públicos absolutamente proactiva en favor de la construcción de viviendas sometidas a algún régimen de protección, de manera que el resto de los destinos que se completa... que se contemplan –perdón- en la nueva redacción del Artículo 374 sean considerados residuales, subsidiarios y excepcionales, impidiendo su generalización, como ha demostrado la experiencia reciente.
En otro orden, debe destacarse que uno de los avances más significativos, desde el punto de vista social, de la Ley estatal 8/2007 -a la que este Reglamento, en desarrollo de la Autonómica 4/2008, ha debido adaptarse- ha sido la previsión básica, en su Artículo 10, de una reserva mínima de edificabilidad residencial para viviendas protegidas, conectada con la especial vinculación de los patrimonios públicos del suelo a este destino, según se deduce del Artículo 31... 34.1. Y, si bien entendemos que en esta Comunidad se ha llevado a cabo una razonable adaptación a esta previsión –eso sí, escasamente conectada, como se ha dicho, con la regulación de los patrimonios públicos del suelo-, la regulación reglamentaria resulta insuficiente para sentar las bases para la necesidad efectiva o material de un derecho universal a la vivienda digna.
Por otra parte, resulta necesario, para dotar la operatividad práctica a esta previsión, una precisa coordinación entre la programación del número de viviendas susceptibles de protección con el número real de viviendas resultantes de la aplicación de las reservas previstas por la legislación urbanística y territorial, de manera que pueda garantizarse su financiación.
El destacado avance, desde el punto de vista social, que supone esta previsión legal acogida por el Reglamento no impide, sin embargo, realizar unas mínimas reflexiones en relación con las distintas interpretaciones que eventualmente pueden producirse en torno a algunos de los conceptos que se utilizan en el articulado para regular esta previsión.
Así, y como parece ser una generalizada característica del Reglamento, vuelven a introducirse nuevas incertidumbres en torno a lo que debe entenderse por edificabilidad residencial, concepto clave –según el Artículo 122- para integrar la verdadera finalidad de la reserva mínima en los instrumentos de ordenación, habida cuenta de la gran disparidad de criterio existente hasta la actualidad en los distintos Planes Generales, a la hora de establecer los parámetros o magnitudes de referencia para la determinación de res... de la reserva de viviendas protegidas; a saber: aprovechamiento, edificabilidad e incluso suelo.
En otro orden, debe advertirse también que, sea cual sea el parámetro o magnitud utilizada al efecto, el hecho de no establecerse un porcentaje máximo de reserva implica el riesgo de que los Planes Generales para determinados sectores no solo permitan, sino que obliguen a reservar la totalidad de la edificabilidad residencial para la construcción de viviendas protegidas; circunstancia que, unida al hecho –en modo alguno extraño a determinados modelos de planeamiento general- de localizar estos sectores en ámbitos de escasa centralidad urbana, advierte el riesgo de construir auténticos guetos, en clara pugna con la necesaria y exigible interrelación urbana del uso "vivienda protegida" con el resto de los usos residenciales, en aras a respetar el esencial principio de cohesión social.
Este riesgo potencial cobra especial verosimilitud, a tenor del párrafo segundo del epígrafe E del Artículo 122, que abre decididamente la posibilidad de excepcionar de forma no reglada la aplicación de la reserva en determinados sectores.
Por lo que respecta a la doble función de adaptación a las últimas reformas legislativas y a la evolución de la sociedad de Castilla y León dentro de... desde la entrada en vigor de la Ley de Urbanismo a que pretende dar respuesta este Reglamento, debe de reconocerse el esfuerzo de la Dirección General por introducir los cambios demandados por la experiencia del conjunto de los operadores urbanísticos públicos y privados, de la que el Director General actual –nos consta- es un alto exponente.
Sin embargo, debemos denunciar la escasa participación que se le ha brindado a este Grupo en la elaboración del Decreto, a pesar de ser la actividad urbanís... a pesar de ser la actividad urbanística máxima, en las condiciones actuales del sector inmobiliario, una actividad cuya regulación requiere el máximo consenso político. Por ello, quiero expresarle la más firme disposición de este Grupo para colaborar en la redacción del texto definitivo, si ustedes lo estiman conveniente. Muchas gracias.
LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):
Muchas gracias, señor Villaverde. Por parte del Grupo Parlamentario Popular, y también por un tiempo máximo de diez minutos, tiene la palabra doña Cristina Ayala.
LA SEÑORA AYALA SANTAMARÍA:
Gracias, Presidenta. Bien. Pues buenas tardes. Inicialmente, y para que quede constancia en las actas de esta Cámara, quería agradecer la presencia del Director General de Urbanismo en sede parlamentaria, y especialmente por lo que supone comparecer aquí para dar explicaciones sobre los trabajos que se han realizado desde la Dirección General con la tramitación de este Reglamento; y mucho más cuando la iniciativa y tramitación –y con esto... conecto con lo que ha comentado en la última parte de su intervención el señor Villaverde-, la iniciativa y la tramitación de este Reglamento corresponde única y exclusivamente al Ejecutivo Autonómico.
Por eso, señor Director, desde mi Grupo agradecemos especialmente su presencia y también consideramos muy oportuna la petición de comparecencia para dar explicaciones sobre este Reglamento.
Como ya hemos comentado esta tarde, hace muy pocos meses fue aprobada en estas Cortes de Castilla y León la modificación de la Ley de Urbanismo. Ya se dijo entonces –y se ha vuelto a repetir en esta ocasión-: se realizó un importante esfuerzo para consensuar lo más posible esta Ley. Ello sí fue posible con muchos de los sectores, muchas partes implicadas, gracias al esfuerzo realizado –¿cómo no?- por todos estos sectores que... y estos colectivos, que presentaron sus alegaciones, pero también –¿por qué no decirlo?- por parte de la Dirección General de Urbanismo, con múltiples reuniones y sesiones de trabajo, recogiendo las sugerencias que resultaron interesantes, y que incluso alargaron el primer calendario que tenía previsto la Dirección General para aprobar una Ley de tanta trascendencia como la Ley de Urbanismo.
Ciertamente, aunque el señor Represa y yo lo intentamos con el señor Cantalejo y el señor Velasco –en unas fructíferas sesiones de Ponencia sobre esta Ley-, no fue posible el deseado consenso con el Partido Socialista en esta Cámara; y nosotros ya lo dijimos en aquella ocasión: creemos que porque se traía una opinión prefijada sobre no sacar conjuntamente y, pues, con el apoyo de los... mínimo de los dos Grupos Parlamentarios de... mayoritarios en esta Cámara.
Tanto desde la Junta como desde las Cortes, se tiene clara la importancia de que Ley y Reglamento sean lo más parejos en el tiempo que nos sea posible, justamente para evitar lagunas y contradicciones en un ya complicado, muy complicado, mundo jurídico urbanístico.
También ha comentado el Director que, incluso antes de terminar el trámite parlamentario en estas Cortes, ya existía ese borrador de este Reglamento, para ganar tiempo; borrador que, a la vez que se publicó la Ley 4/2008, salió a información pública, y que entendemos que ha podido ser mejorado con aportaciones en función de este mismo esquema de trabajo, que ha seguido dos máximas: máxima difusión y máxima participación.
Desde el Grupo Popular queremos agradecer ese plus, ese esfuerzo de trabajo que se ha hecho, intentando evitar la tentación de hacer un urbanismo de espaldas al sector, intentando un urbanismo participado y plural, donde, lógicamente, no caben todos los planteamientos de los profesionales, pero sí se pueden acercar posturas sobre cuestiones que acaban siendo más que convenientes para una mejor regulación del sector en nuestra Comunidad Autónoma.
Entrando en materia, hay que tener en cuenta que son más de cuatrocientos los artículos del Reglamento, y por lo tanto ha sido un cuantioso esfuerzo el de modificación –el que se ha realizado-, con distinto calado, como también ha comentado el Director General.
De ellos, el señor Marinero ya ha destacado los que consideraba más relevantes, y sería repetitivo por mi parte incidir nuevamente en cada uno de ellos. Pero sí me gustaría que quedara constancia de que el objetivo último de esta modificación reglamentaria no es otro que clarificar la aplicación del Derecho Urbanístico en nuestra Autonomía, enlazándolo con la normativa estatal y con otras normativas sectoriales vigentes.
Respecto a las cuestiones que ha comentado el Grupo Socialista, la verdad es que nos alegramos de que esta comparecencia haya sido rápida, y se lo agradecemos nuevamente al Director General. Y ha mostrado la queja de que no vino a Comisión la Ley, pese a que había una com... una petición de comparecencia por parte del Grupo Socialista. Yo creo que con la Ley se hizo lo que se tenía que hacer, que es debatirla en estas Cortes, independientemente de que no se debatiera en Comisión –se debatió en Ponencia y se llevó a Pleno-; yo creo que ha sido una Ley muy debatida en estas... en estas Cortes, y, por tanto, pues no entiendo, en ese sentido, la... la pequeña queja que ha mostrado el Grupo Socialista en este... en este caso.
Tampoco creemos que el Reglamento podía ser más corto y menos repetitivo. Ya lo dijimos, precisamente en... en su momento, cuando debatimos la Ley. Lo que se trata muchas veces en un Reglamento es de...
LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):
No puede contestar a la intervención del Portavoz del Partido Socialista.
LA SEÑORA AYALA SANTAMARÍA:
Sí, sí, bueno, pero... Bien, bien, independientemente de que esté contestando a la intervención del Director General, pero quiero hacer mención a algunas de las cuestiones que ha... [murmullos] ... que ha dicho.
LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):
No, no puede. Directamente, lo siento, pero no puede.
LA SEÑORA AYALA SANTAMARÍA:
Ah, vale. Bien. De acuerdo. Pues, entonces, enlazo con... enlazo con lo siguiente. Bueno, independientemente de eso, lo que quería decir es que creemos que esta regulación del nuevo Reglamento es una regulación oportuna, provechosa para los castellanoleoneses, conveniente, equilibrada, eficaz y sensata.
Oportuna, porque, en el momento de recesión económica y de caída libre que nos encontramos de este sector urbanístico, era necesario adecuar la legislación vigente para agilizar, mejorar y adaptar la regulación urbanística.
Provechosa para los castellanos y leoneses, porque incide en la necesidad de un desarrollo sostenible, que considera el urbanismo como un instrumento para la cohesión social y para la mejora de la calidad de vida, y porque incorpora multitud de criterios sociales para hacer del urbanismo una actividad más cercana al ciudadano; y, por ejemplo, también se ha comentado que es provechosa para los castellanoleoneses en detalles como la disminución de los plazos para la licencia... para distintas licencias.
Conveniente, porque se muestra como una reforma del Reglamento de Urbanismo útil y proporcionada, que se adapta a la nueva Ley nacional y autonómica, a la creciente legislación sectorial y que, además, simplifica la normativa para hacerla más ágil.
Equilibrada, porque no concede beneficios a un determinado sector relacionado con el urbanismo -ni a promotores ni a Administraciones Públicas ni a particulares-, sino que conjuga los intereses de todos para hacer realidad un mejor urbanismo en Castilla y León.
Eficaz, porque conjuga a la perfección todas las oportunidades de nuestra Comunidad Autónoma, integrando patrimonio histórico, desarrollo económico y desarrollo sostenible, y no dejando pasar oportunidades como el fomento del transporte público o la prevención de la contaminación.
Sensata, por último, porque es una regulación prudente y moderada, que impulsa distintos mecanismos para mejorar la coordinación administrativa, prescindiendo de algunos trámites obsoletos que alargaban inútilmente los procedimientos urbanísticos, y que, además, es sensible con las peculiares... con las peculiaridades de nuestra Comunidad Autónoma.
El Partido Socialista –y termino ya- ha venido insistiendo en lo pernicioso del fenómeno de lo que llamaban "desregulación reglamentaria". Nosotros consideramos que no existe ese peligro, porque lo que se ha hecho es, precisamente, tratar de hacer la mejor técnica jurídica posible, es decir, llevar a la Ley lo que correspondía a la Ley y al Reglamento lo que correspondía al Reglamento.
Un ejemplo de que eso ha sido así es que hoy comparece el Director General de Urbanismo con este tema y, por tanto, no creemos que se haya hurtado, en ningún caso, ningún debate a estas Cortes de Castilla y León. Es todo lo que queremos decir en esta primera intervención. Gracias.
LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):
Muchas gracias, señora Ayala. Para contestar a las cuestiones planteadas por parte de los Grupos Parlamentarios, tiene la palabra el Director General.
EL DIRECTOR GENERAL DE URBANISMO Y POLÍTICA DEL SUELO (SEÑOR MARINERO PERAL):
Bien. Muchas gracias. Bien, pues, bueno, pues para comenzar por una cuestión que parece que... de lo que oigo, pues ha preocupado especialmente, voy a comenzar pues abordándola. Realmente, la Consejería de Fomento pues se propuso, como en anteriores ocasiones en esta... en esta materia, pues llevar a cabo un proceso de participación social lo más amplio posible, que respondiera pues a su compromiso de propiciar el mayor consenso en las reformas normativas, por lo menos en materia de... de urbanismo.
Pero, dicho eso, adelanto –y seguramente también lo diré al final- que, bien, todas estas cuestiones de cómo hacer las cosas, pues son susceptibles de... de crítica, son susceptibles de mejora y, bien, pues todos tenemos que aprender de... de cada uno de los procesos que están en marcha.
Si volvemos... yo, realmente, en la anterior intervención pues me limité a decir que... como el diecinueve de septiembre del año pasado, que entró en vigor la Ley 4/2008, pues se iniciaba en ese momento un proceso de información pública, audiencia a las Administraciones y a todos los sectores afectados por la reforma, que intentamos complementar con cuatro sesiones informativas en León, Salamanca, Burgos y Valladolid, para dar público conocimiento de las... de las novedades ya firmes de la Ley 4/2008, que... que se había aprobado en días inmediatamente anteriores, como de las propuestas contenidas en el anteproyecto de... de modificación del Reglamento.
Y eso pues se vio complementado por una convocatoria importante -desde nuestro punto de vista-, como fue la... la convocatoria del Foro Urbano de Castilla y León, que es el nombre con el que, de forma informal... porque no tiene una... una regulación como tal órgano que esté constituido, pero así es como llamamos a la reunión de los quince Ayuntamientos de Castilla y León con población superior a veinte mil habitantes, por tanto, de lo que entendemos por las ciudades de Castilla y León, o de sus representantes en materia de urbanismo, que intentamos hacer de forma, al menos, semestral, y que el veintinueve de octubre pasado pues se reunió para analizar el anteproyecto de Reglamento, con presencia -y es una cosa que a mí me alegró especialmente- de los quince Ayuntamientos, por tanto, de los que en este momento -como todo el mundo sabe- pues tienen una composición política heterogénea; pero ahí hubo participación de... de todos ellos.
Y ese es un punto..., por eso decía que, al principio, que me importa esta cuestión porque, bueno, pues nosotros la hemos hecho de una manera hasta ahora... y todo es susceptible de mejora. Pero yo siempre comento, anecdóticamente, que... –esto lo digo en tono distendido a estas horas de la tarde- que a mí los dos últimos Presidentes de la Junta de Castilla y León, pues ¡hombre!, me han dado pocas instrucciones, generalmente porque tienen más que hacer que llamarme, pero me llama... siempre me llama la atención que los dos, sin... creo que sin haber tenido conocimiento uno del otro, me hayan dicho los dos lo mismo -y en distintos momentos históricos, por supuesto, con años de por medio-, y es que la normativa urbanística tenía que ser una herramienta al servicio de la Administración Local, de los Ayuntamientos de Castilla y León, de todos los Ayuntamientos de Castilla y León.
Y, bueno, pues como, claro, cuando realmente pues te dan instrucciones muy contadas y en ocasiones muy contadas, pues yo es algo que intento aplicar a rajatabla y entender que eso... esa interlocución para nosotros es fundamental, y que con total independencia... porque además los Ayuntamientos de las ciudades de Castilla y León pues todos han estado gobernados por distintos partidos a lo largo de su historia y, sin embargo, hemos intentado mantener una interlocución constante con ellos en todo... en todo momento.
Bien. Además de eso, además de esa interlocución privilegiada, nos estamos dirigiendo al resto de Ayuntamientos de Castilla y León, pues directamente a los mayores de cinco mil y a los demás; pues todos sabemos las dificultades en nuestra Comunidad Autónoma con ese número importante de Ayuntamientos, pero para eso están las Diputaciones y para eso está la Federación Regional de Municipios y Provincias, a la que invitamos también a participar.
Y, en conjunto, además de esas publicaciones oficiales, que llegan a todo el mundo, nos dirigimos directamente a un total de doscientas treinta y tres entidades, incluidos ahí los colegios profesionales, departamentos universitarios -bien, pues sería muy prolijo de contar-, para... con un envío expreso del texto y con una invitación a participar. Bueno, que muchas veces se articula realmente luego... si ves doscientos treinta y tres, en comparación a cuarenta y cinco aportaciones in forma... en forma de informes, sugerencia o alegación que se han producido a lo largo de los meses de octubre, noviembre o diciembre del año pasado dos mil ocho, parecen pocas, pero... pero no lo son, porque, felizmente, en estas materias, por ejemplo, los... -por poner solo un ejemplo-, los colegios profesionales, que tienen una estructura provincial en nuestra Comunidad Autónoma, pero luego, para una materia de esta naturaleza, intentan y consiguen en la gran mayoría de los casos dar una respuesta regional. Con lo cual, cuando ese interlocutor, ese Consejo Regional, pues de Cámaras de Comercio, de Colegio de... de Notarios, o de Colegio de Registradores, te da una respuesta, te la da en nombre de la institución regional.
Y eso es una prueba también... aunque realmente no sea el tema que nos ocupa, pero que a mí me resulta -y esto ya lo digo como castellano y leonés- estimulante, en la medida en que tengo una capacidad para comparar veinte años de historia autonómica y ver cómo, realmente, en este momento no se plantea ninguna institución de la sociedad civil dar una respuesta provincial, por lo menos en mi materia urbanística; siempre recibo respuestas regionales, siempre los... distintas instancias provinciales o comarcales se ponen de acuerdo para, a través de sus consejos regionales, sus cámaras regionales -tienen distintos nombres, como saben: consejos reguladores, en el caso de algunos colegios profesionales-, reciben una respuesta regional.
Eso hace quince años no era exactamente así; hace diez años era distinto, ya se iba aproximando. Pero creo que ahí sí que puedo decir que, desde un sector concreto, como es el urbanismo, creo que eso son buenas noticias, es decir, que ese sentimiento de trabajar en Comunidad pues va... va avanzando de una forma notable. De hecho, pues el periodo de participación pública de algo, pues, tan sectorial y tan concreto como la modificación del Reglamento de Urbanismo, diría, pues al cien por cien, o sea, las instancias, la participación de colegios profesionales, instancias de la sociedad civil, pues se ha producido desde la instancia regional. Lo cual, pues creo que es bueno; pero esto lo digo más allá de lo estrictamente urbanístico.
Bueno. Como conclusión, realmente, ese proceso de participación, realmente estamos viniendo a comparecer en esta Cámara pues al final de ese proceso; no sé si a lo mejor hubiese sido mejor hacerlo al principio. Yo ahí me someto a la... a la opinión de Sus Señorías, y para el futuro pues buscar el procedimiento más adecuado.
Tampoco me parece mal que sea... pese al final, que es lo que... no deja de ser una fórmula de cierre, en un momento en el que la redacción del texto como tal no está cerrada, le falta una... un trámite esencial, que es el dictamen del Consejo Consultivo de Castilla y León, que todavía no se ha... no se ha solicitado, y que es el trámite previo a la aprobación de un decreto de desarrollo de la Ley, como saben, en esta Comunidad Autónoma; y, por lo tanto, estamos en un momento en el que el texto pues tiene un grado de madurez notable.
El texto ha sufrido una evolución importante respecto del texto que fue sometido a información al público, como resultado de todo ese cúmulo de... de alegaciones que dieron lugar pues en gran parte, cuando se ha solicitado, a reuniones sectoriales con colegios profesionales, con Ayuntamientos, con instancias de la Administración del Estado, como las Confederaciones Hidrográficas, que últimamente pues también para... con buena fortuna se vienen preocupando del enlace con la legislación urbanística. En el caso concreto de la Administración del Estado, pues yo creo que con fortuna, porque, realmente, respecto del proyecto de Ley, ya hubo una conformidad expresa de la Administración del Estado con dos pequeñas cuestiones que les preocupaban -muy técnicas-, una en relación al... al sistema de ocupación directa y otra en relación a la petición de informes sectoriales a los órganos de la... de la Administración del Estado, especialmente de la Administración de Defensa cuando... en lo que afectara a las competencias de la... de la defensa nacional, y que se han solucionado en vías de conversación, y que incluso han llevado pues... aquí me traía, bueno, pues para citarla simplemente, cómo la Directora General de Urbanismo y Política de Suelo del Ministerio de la Vivienda pues en una entrevista concedida a una revista de ámbito nacional de... especializada en urbanismo, revista de... de práctica urbanística, pues en una entrevista pues comenta cómo solamente hay tres Comunidades Autónomas que hayan hecho una adaptación global a la legislación básica del Estado, junto con Castilla y León pues otras... otras dos más.
Quiero decir que, en ese sentido, bueno, pues creo que estamos haciendo una labor de equilibrio entre todos los intereses; bueno, que no voy a decir que sea fácil, pero que me parece que es fructífera en la medida en que el grado de... vamos a decir de confrontación o de oposición que hemos encontrado en ese proceso de participación pues ha sido muy limitado, muy limitado en cuestiones concretas y puntuales –pues determinado colegio profesional que no estaba de acuerdo con la articulación de una determinada cuestión que afectaba a sus competencias-, bastante acotado. Pero, por lo demás, podríamos decir que, aunque fuera a sensu contrario, cuando se produce un proceso de esa naturaleza, se deduce pues un consenso social y profesional, que yo creo que es extraordinario y que, sin duda, pues redundará en la facilidad de aplicación de la... de la normativa.
Y, por lo tanto, termino por donde empezaba, es decir, cuál es el objetivo que nos habíamos marcado -o que me había marcado incluso yo, personalmente- en función de esas instrucciones que les contaba en mi pequeña anécdota de vida profesional, que es proporcionar una herramienta útil para el trabajo de la Administración Local, para los Ayuntamientos de Castilla y León, para que sean ellos los que puedan cumplir su misión de propiciar la construcción de una ciudad pues más habitable y que dé más calidad de vida a sus ciudadanos. Muchas gracias.
LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):
Gracias, señor Director. Para un turno de dúplica, tiene, por un tiempo máximo de diez... de cinco minutos, la palabra don Alfredo Villaverde.
EL SEÑOR VILLAVERDE GUTIÉRREZ:
Gracias, señora Presidenta. Brevemente. ¡Hombre!, señor Director General, somos conscientes que la difusión del Reglamento pues ha sido extensa, se ha... han participado colectivos, han te... usted ha reunido a Corporaciones Locales -como ha dicho, me consta también- de distinto... de todos los signos, como no puede ser de otra manera, pero yo creo que... y en eso sí que podemos discrepar: si debe... los propios Procuradores, los miembros del Parlamento tenemos que ser los últimos o los primeros.
Yo, particularmente, creo que deberíamos ser los primeros en tener... en tener noticias; igual que deberíamos haber sido los primeros en la Ley. Creo que esto... tanto la Ley como el Reglamento son documentos que tienen una incidencia más que notable en el... en la vida de los ciudadanos de Castilla y León, y que además rigen muchas de sus voluntades, por cierto.
Totalmente de acuerdo en el segundo apartado; totalmente de acuerdo con esos Presidentes que, en su día, le dieron alguna... alguna indicación. Totalmente. Yo creo que este... que el Reglamento y la Ley tienen que servir a los Ayuntamientos, tienen que servir, por definición, a los ciudadanos de Castilla y León, y que les mejore, en lo posible, todo... su vida y su acceso a la vivienda, que, en términos generales, es lo que todos pretendemos.
Y, en tercer lugar, indudablemente que es mejorable, pero... y por eso nosotros, como decía... como le decía antes, le ofrecemos toda nuestra colaboración. Pero no mejorable por el tópico de decir, y por lo fácil que se dice en muchas ocasiones "es que eso es mejorable"; no, no, porque creemos que tendríamos aportaciones que realizar. Nosotros... tenía aquí una serie de anotaciones, que es que no se las voy a decir, porque creo que se... bueno, pues no sé, entrar en un debate, apartado por apartado... quizás en alguno sí me gustaría que usted me... me explicase, porque nos preocupa alguna... algunas cuestiones.
Le voy a... se las voy a resumir en cuatro apartados de... por decirlo de alguna manera, en referencia a cuatro artículos. En el Artículo 3, en los objetivos, aparece de nuevo como un brindis al sol en temas relacionados tan importantes como la sostenibilidad, el derecho a una vivienda digna, la puesta en valor del suelo rústico... nunca... la prevención de la contaminación y limitación de sus efectos. Yo le pregunto: ¿cómo y dónde se regulan estos aspectos, la manera de alcanzar los objetivos, su incumplimiento, sus consecuencias? Y, además, hay otra... otros aparta... de los apartados pretende asegurar la participación de la comunidad, representada por el Ayuntamiento, en las plusvalías que genera la propia actividad urbanística. Nos preocupa lo del 10% excedentario.
Hacía usted... por cierto, en el... en el Artículo 84.bis hay un error, hay un error de síntesis; sé que es una tontería, pero, como lo tenía aquí apuntado, se lo comento. Dice –Artículo 84-, dice: "El Plan General de Ordenación Urbana debe delimita... delimitación, reserva de terrenos..." Quiero decir que corrijan ustedes eso, si hacen el favor.
Y respecto a la referencia que hacía usted del 86.bis, nos preocupa la excepcionalidad sobre las necesidades de... máximas de vivienda. Sobre todo, se amplía la excepcionalidad; una excepcionalidad no acotada. Y, con respecto al apartado d) –el planeamiento urbanístico y tal-, donde dice... habla de las dotaciones urbanísticas privadas, aparcamiento bajo rasante vinculado a la vivienda, etcétera, ¿se trata de... de coeficientes de ponderación? Entiendo que no, sino que serán correctores de la edifica... de la edificabilidad, directamente.
En definitiva, tenemos también sobre el Artículo 87, donde aparece otra vez, nuevamente, la discrecionalidad a la que nos hemos referido constantemente, en la reserva de los espacios libres del apar... del Artículo 105. Y en el Artículo 108 también nos preocupa si se debería excepcionar la discontinuidad, a fin de incluir dotaciones públicas, no solo en sus sistemas generales, al igual que en el Artículo 86 c).
En definitiva, nosotros creíamos que... que podríamos haber hecho una aporta... una aportación yo creo que sustancial y buena a este Reglamento; quizás lo hubiésemos incluso condensado y reducido un poco en cuanto a su extensión. Y nos reiteramos nuevamente en la disposición de nuestro Grupo a colaborar, si ustedes lo estiman necesario, siempre dentro del escenario que nos ofrece la dinámica parlamentaria, indudablemente. Muchas gracias.
LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):
Muchas gracias, señor Villaverde. Tiene la palabra, también por tiempo de cinco minutos, la Procuradora del Grupo Parlamentario Popular, doña Cristina Ayala.
LA SEÑORA AYALA SANTAMARÍA:
Gracias, Presidenta. Pues bien, nosotros, en el sentido de lo que comentaba el Director respecto al momento de producirse esta comparecencia, pues sí que entendemos más lógico que sea en este momento cuando se produzca la comparecencia, por una cuestión: porque entendemos que el texto, al principio, es un texto que no tiene todas esas aportaciones que se han ido haciendo en este tiempo, y que es mejor y más lógico que estas Cortes lo conozcan una vez que se han ido haciendo todas esas aportaciones, porque, si no, sería incompleto pues todo este procedimiento.
Yo creo que nunca se puede dar satisfacción –el Director lo... lo comentaba- completa a las alegaciones de todos los sectores, porque eso sería hacer un urbanismo de parte, un urbanismo a favor de un cierto sector. Y yo creo que, como bien hace la Junta de Castilla y León, el Ejecutivo Regional, lo que se pretende es hacer un urbanismo equilibrado, un urbanismo que claramente no favorezca a ninguna de las partes, sino que sea un urbanismo equilibrado entre los distintos intereses, y siempre, desde luego, pues esté al servicio de los dos mil doscientos cuarenta y ocho municipios de nuestra Comunidad Autónoma.
Creemos que ha sido ejemplarizante el proceso de información pública que se ha tenido, tanto con la Ley como en este momento con el Reglamento. Y, en ese sentido, pues también creemos que es oportuna la aprobación inminente de esta nueva regulación, y le instamos, señor Director General, a que lo haga tan brevemente como sea posible, porque, por un lado, nuestro deseo es que transcurra el menor tiempo posible entre el momento en el que esté vigente el Reglamento actual, porque puede dar lugar a distintas lagunas y a distintas contradicciones, que creo que no son buenas para el sector; y porque también creemos que la Junta ha conseguido adaptarse a todas esas novedades, tanto de la nueva legislación autonómica como de la legislación nacional y de la legislación sectorial. Además, porque creemos que la entrada en vigor de esta Ley autonómica, nosotros sí creemos que ayudará a un sector que en este momento –como tantos otros- está en una profunda crisis de mercado.
Nuestra postura, desde el Partido Popular, ha sido la de no quedarnos de brazos cruzados ante estas cuestiones, y así lo demuestra tanto la Ley de esa... tanto la Ley aprobada en septiembre de dos mil ocho como este Reglamento.
Hasta ahora, la construcción todos sabemos que ha sido uno de los principales motores de la actividad económica española, y esa tendencia sabemos que claramente ha cambiado. La clara apuesta –nos lo parece así al Grupo Popular- de la VPO que realiza la Junta de Castilla y León, junto con esas medidas del Pacto Local y de nueva obra pública, entendemos que en un marco estable y predecible a futuro, pues son parte de ese trabajo de no quedarnos con los brazos cruzados en la Junta de Castilla y León; son medidas reales y mantenidas en el tiempo que suponen –entendemos- un claro apoyo al sector urbanístico.
Poco más que decir. Agradecer nuevamente la comparecencia realizada y decir, también, pues que yo creo que este trabajo no está terminado todavía –usted mismo lo ha dicho en su... en el final de la comparecencia-; el proceso no está del todo cerrado, con lo cual entiendo que todas las aportaciones que todavía se puedan hacer pues pueden ser consideradas por su Dirección General. Muchas gracias.
LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):
Muchas gracias. Para finalizar, tiene la palabra nuevamente el Director General.
EL DIRECTOR GENERAL DE URBANISMO Y POLÍTICA DEL SUELO (SEÑOR MARINERO PERAL):
Bien. Pues muchas gracias de nuevo, señora Presidenta. Bien. Pues empiezo, de nuevo, con el tema de la participación, y, como decía por parte del Grupo Popular doña Cristina Ayala, lo cierto es que, efectivamente, el proceso no está cerrado y bien es verdad que, tal y como sucede... como... por analogía con los propios procesos de planeamiento urbanístico a nivel municipal, ciertamente, pues a lo mejor ya no es el momento de que, de una forma universal, recibir aportaciones de cualquier parte. Pero las aportaciones cualificadas, bueno, pues, todavía incluso, pues, por poner un ejemplo, todavía, en el día del... de esta misma semana, el lunes de esta misma semana, pues tuve una reunión con el... los representantes del Consejo Regional de un determinado Colegio Profesional importante, que consideraron importante, en sus propios términos, volver, pues porque habían visto más cosas, y habían visto algunas... algunas cosas que todavía les parecían pendientes, y nos volvimos a reunir para... para verlas, de tal manera que con mayor motivo.
Realmente, nosotros -bueno, pues yo lo voy a decir así, de una forma un poco ingenua- hasta presumimos, cuando vamos por ahí, de que, en materia de urbanismo, siempre hacemos unos procesos de participación lo más amplios posibles y buscando un consenso lo más amplio posible en la normativa, con lo cual, para ser coherentes, tenemos que estar abiertos pues a mejorarlo; a mejorarlo y a que cualquiera que nos diga que le ve reparos, o que le ve que las cosas no se han hecho de la forma mejor posible, pues estar abiertos a ello.
Hombre, aquí ya no estamos como, digamos, en una situación muy avanzada. Estamos abiertos a que aportaciones cualificadas, como, por ejemplo, la del.. la que... la del Grupo Socialista de las Cortes pues no lo puede ser más, pero, realmente, no podemos volver a empezar desde un principio. Lo que sí podemos es tomar nota de que, en procesos ulteriores, que sin duda los habrá, porque habrá procesos normativos de desarrollo del propio Reglamento... el propio Reglamento tiene unos mandatos de desarrollo para materias muy concretas, a través de normas técnicas urbanísticas, a través de soluciones técnicas urbanísticas, en las cuales, bien, bueno, pues el Grupo, los Grupos Parlamentarios, o, si no ellos, pues pueden hacer de transmisión a sectores implicados.
Y, nuevamente, la forma de llegar a la Administración Local de Castilla y León nunca terminaremos de que sea lo suficientemente completa, es decir, llegar a los dos mil doscientos cuarenta y ocho municipios, y a sus... y a sus problemas; tenemos a las Diputaciones, tenemos a la Federación de Municipios, pero aun así sabemos por experiencia que nunca llegamos, porque las propias dificultades de su trabajo llevan a que tengan incluso dificultades para participar en los procesos normativos.
Yo creo que estamos en el buen camino, y lo dije ya cuando estábamos en el proceso de elaboración de la Ley 4/2008; con gran satisfacción comenté, comparando el proceso de elaboración de la Ley 5/99, de Urbanismo de Castilla y León. La Ley 5/99 de Castilla y León se elaboró a lo largo del año noventa y siete, se tramitó a lo largo del año noventa y ocho y se aprobó en el año noventa y nueve. Si se dan cuenta, hablo de hace diez años, incluso hace más de diez años. Bueno, hubo... tuvo el proceso de participación que tuvo, pero una gran sorpresa que yo me llevé el año pasado fue ver que, para esa Ley de Medidas 4/2008, que no dejaba de ser una reforma, una adaptación de la Ley de Urbanismo, bueno, importante, pero, bien, algo parcial, bueno, pues tuvo una participación mucho mayor, mucho mayor, y sectores que no habían dicho nada en el año noventa y ocho, en el año noventa y nueve, hablaron en el año... en el año dos mil ocho.
Y eso, la lectura que yo hice fue una lectura muy positiva también, es decir: nos estamos acostumbrando a poder opinar sobre las normas que nos afectan; algo que, en una Comunidad Autónoma como la nuestra, cuando este tipo de regulaciones, como la urbanística, que afectan a lo muy cercano, a... a la construcción de la ciudad, a la calidad de vida de los ciudadanos... que, realmente, es el papel de la legislación autonómica, sin pretender, en absoluto, usurpar el papel de legislaciones de otro... de otro ámbito europeo o estatal. Cuando esas legislaciones venían de muy lejos, pues en esta tierra teníamos una práctica de aceptar, bueno, pues algo que nos venía y ni imaginarnos que podíamos opinar o que podíamos tener capacidad de influencia en esas decisiones.
La diferencia entre el año noventa y nueve y el año dos mil nueve... entre el año noventa y ocho y el año dos mil ocho es que, diez años más tarde, he podido comprobar cómo la sociedad y sus... pues se consideraba como calificada para decir: podemos hablar, podemos opinar; no sabemos si nos van a hacer caso o no, pero el hecho de que perdamos el tiempo haciendo aportaciones en alegaciones hace que... pensar que tienen esperanza de ser escuchados. Es decir, la sociedad se ha acostumbrado, o se... o se va acostumbrando poco a poco a saber que puede decidir o que tiene capacidad de influencia sobre las decisiones que les afectan en el día a día. Y eso me parece a mí, por lo menos, pues les traslado mi... mi opinión de que es algo pues positivo para la evolución de esta... de esta Comunidad Autónoma.
Con eso, y con el compromiso de seguir en esa línea para... para que ese proceso sea cada vez mejor y sea cada vez más perfecto, pues yo creo que puedo cerrar esta... esta intervención pues poniéndome a su disposición para intentar que el proceso, en la fase en la que estamos, pues podamos todavía ajustar y aquilatar pues lo que son ya creo que, seguramente, bueno, cuestiones fácilmente subsanables a este... a este nivel. Muchas gracias.
LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):
Muchas gracias, señor Director General. Terminado el turno de Portavoces, se abre un turno para el resto de los... de Procuradores que no hayan actuado como Portavoces de sus Grupos, para que puedan formular, de forma escueta, preguntas o pedir aclaraciones sobre la información facilitada. ¿Algún Procurador? Sí. Don Ángel Velasco.
EL SEÑOR VELASCO RODRÍGUEZ:
Gracias, Presidenta. Observo en... en el texto del Reglamento que no existen Disposiciones Transitorias, previsión de... de las mismas redactadas. [Murmullos]. ¿Sí? Transitorias, ¿eh?
EL DIRECTOR GENERAL DE URBANISMO Y POLÍTICA DEL SUELO (SEÑOR MARINERO PERAL):
Claro...
LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):
Sí, por favor. Tiene la palabra el... el...
EL SEÑOR VELASCO RODRÍGUEZ:
No, la... completo la pregunta, porque es posible que sea así. En todo caso, si así no fuere, ¿qué ocurre, o qué previsión existe con respecto a los instrumentos de ordenación general –planes generales, por ejemplo- que estén en proceso o en periodo de adaptación? ¿Se suspenderían los mismos para reiniciar una segunda adaptación, si estuviera en marcha la anterior?, etcétera. Esa es... esa es mi pregunta.
LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):
Sí. Para contestar, tiene la palabra el Director General.
EL DIRECTOR GENERAL DE URBANISMO Y POLÍTICA DEL SUELO (SEÑOR MARINERO PERAL):
Bien. Pues vamos a ver. Precisamente, aquí ha habido un pequeña... una confusión que... la que expresa el Procurador pues no es la única, porque pasa lo siguiente –y paso a explicarlo-: en la página web de la Junta de Castilla y León se colgó el texto del anteproyecto; pero este tipo de anteproyectos modificativos la verdad es que son bastante penosos de leer, porque van diciendo... cada uno de sus artículos va diciendo: "Se modifica el artículo equis, que pasará a tener la siguiente redacción". Eso es algo que obliga a la gente pues a coger el texto vigente y a ir comparándolo, lo cual, verdaderamente, es una cosa muy trabajosa. Y, entonces, hacemos una... una... una... una cuestión pues que lleva su trabajo, pero que merece la pena, que es hacer un texto comparado, a dos columnas, que también se cuelga en la página web.
Como ese trabajo... como ese texto comparado, realmente, la experiencia demuestra que a la gente es lo que le sirve –porque en la columna de la izquierda está el texto vigente y en la columna de la derecha el modificado, lo que se cambia está en rojo en la izquierda y lo nuevo está en azul a la derecha, bien, es muy cómodo-, pues, al final, todo el mundo pues se va a ese texto comparado.
Bueno, este texto comparado omitió las Disposiciones Transitorias pues por un tecnicismo normativo, que... que sería una cuestión muy prolija de explicar, que las Disposiciones Transitorias no... no sustituyen a las anteriores, sino que... sino que las anteriores siguen vigentes y las nuevas... de tal manera... Y la verdad es que lo lamento, porque no... esto que ha dicho el señor Procurador en absoluto es el primero en decirlo, sino que ha sido una consulta muy frecuente, de pensar que no había transitorias, que estaban en... en el anteproyecto.
Entonces, bueno, dicho eso, al revés: hay un régimen muy prolijo, precisamente para los municipios, en función de si está el plan aprobado, si está en tramitación, para intentar lo que hemos dicho siempre: que –hemos dicho- la adaptación a la norma no tiene que ser el objetivo; el objetivo es la revisión del planeamiento cuando toque, cuando sea necesario en función de las necesidades del término municipal, y que la revisión, la adaptación a la norma simplemente sea algo pues que haya que hacer en el momento, pero que no se convierta en un obstáculo sino en un apoyo.
LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):
Muchas gracias. ¿Algún Procurador quiere formular...? Sí, don Octavio Cantalejo.
EL SEÑOR CANTALEJO OLMOS:
Sí. Muchas gracias, señora Presidenta. Bueno, nosotros tuvimos discrepancia con la Ley, que mantenemos con el Reglamento, como es lógico, pero reconocemos la disponibilidad del señor Director General y se lo agradecemos de... de todo corazón. Quiero decir que son cosas absolutamente distintas las discrepancias, pero se ha puesto a nuestra disposición de manera inmediata. Yo solo quiero hacerle una pregunta, porque, obviamente, no puedo hacer más y tampoco es, probablemente, momento para hacerlo.
El señor Director General nos ha explicado la mayoría de los ajustes que se han producido en el Reglamento, pero, por preguntar uno -nos los ha mencionado pero no nos los ha justificado-, por mencionar uno: ¿por qué la discrecionalidad, que es una de las cosas que a nosotros más nos preocupa –nos preocupaba de la Ley y nos preocupa en el Reglamento-, por qué la discrecionalidad en el crecimiento fuera de los núcleos compactos? La Junta de Castilla y León, a través de los instrumentos de ordenación del territorio, lo va a poder hacer, y, sin embargo, los municipios no lo pueden hacer. Quiero decir que nosotros planteamos que, si lo puede hacer la Junta, que lo pudiera hacer el Ayuntamiento. Y si no lo puede hacer el Ayuntamiento, ni lo puede hacer nadie, ¿por qué esa excepcionalidad? Lo ha mencionado el Director General, pero no lo ha justificado. Únicamente eso es lo que quería saber.
LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):
Muchas gracias. Para contestar, el Director General.
EL DIRECTOR GENERAL DE URBANISMO Y POLÍTICA DEL SUELO (SEÑOR MARINERO PERAL):
Bueno, entraríamos en un debate interesante. Yo lo que quiero decir es que la previsión legal –y, si hace falta, se corrige para matizarla- no quiere decir que la Junta de Castilla y León pueda actuar de cualquier manera en cualquier sitio; quiere decirse que, ¿para qué están los instrumentos de ordenación del territorio? Para abordar situaciones excepcionales desde una óptica excepcional. Y la previsión legal lo que nos lleva es a decir que, excepcionalmente y por causas bien justificadas, podrá abordarse de una forma diferente a lo que es la... la norma general; no que pueda hacerse de forma ordinaria y que cuando la Junta actúe todo el monte sea orégano.
Yo creo que ese no es el sentido; y, posiblemente, pues sea conveniente una matización, en el sentido de la excepcionalidad o de la justificación. Porque es normas generales, y, en ese sentido, hay que decir que está abierta la puerta a la Administración Local para la proposición también de instrumentos de ordenación del territorio. Es decir, el hecho de que la facultad de aprobar instrumentos de ordenación del territorio resida en la Junta de Castilla y León por decreto no quiere decir –y así está en la Ley de Ordenación del Territorio recogido- que esté abierta la puerta para su propuesta por la Administración Local, cuando considere que hay un supuesto, bien sea por su ámbito supramunicipal, o bien sea por su especial relevancia, que merezca ese tratamiento.
Y, por tanto, ahí nos situamos, o hemos abierto la puerta a que haya una disponibilidad mayor de las reglas del juego para considerar qué es lo más adecuado en cada contexto, pero siempre pues con una justificación adecuada de por qué, qué situación, qué circunstancia de carácter de interés general y de supramunicipal pudiera llevar a esa decisión.
LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):
Muchas gracias. ¿Alguna pregunta más?
LA SEÑORA MUÑOZ DE LA PEÑA GONZÁLEZ:
Gracias, Presidenta. Señor Director General, bienvenido. Quería... solamente por aclararnos y saber que manejamos todos los mismos textos. Nos ha parecido entender que usted va adaptando en la página web donde tiene colgado el Reglamento, va adaptando, en la medida que acepta o no acepta las propuestas o sugerencias que le puedan hacer.
¿Puede decirme cuál es la última fecha de adaptación o de modificación del Reglamento que tiene colgado en la página, si ha incluido las modificaciones que pueda haber considerado a raíz de la reunión que ha dicho ha mantenido el lunes con los Colegios Profesionales? En fin, de alguna manera, saber exactamente si manejamos todos el mismo texto o no.
Y, una segunda parte, si va a pasar por aquí una vez que termine todo el periodo de... para asumir o no asumir las modificaciones y propuestas que le considere... que considere la... desde la Dirección General que son asumibles y las puede introducir, si piensa venir a estas Cortes su... o bien a comparecencia a petición propia, para volver a debatir ya sobre un texto firme y definitivo. Gracias, Presidenta.
LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):
Muchas gracias. El Director General le contesta.
EL DIRECTOR GENERAL DE URBANISMO Y POLÍTICA DEL SUELO (SEÑOR MARINERO PERAL):
Bueno, la verdad es que esto que plantea, que no se hace en este momento, pero, es decir, ahí tenemos un reto para el futuro. Realmente, en este momento, el texto que está en la página web es el texto que se sometió a información al público el diecinueve de septiembre; porque, a partir de ese momento... Es decir, los textos tienen, llegado un momento, un carácter oficial –texto que se somete a información al público y, en su momento, texto que será objeto de aprobación- y, mientras tanto, lo que hay pues son múltiples textos intermedios y de trabajo.
Realmente, la práctica que yo creo que es absolutamente la normal en toda la elaboración de instrumentos normativos es que los textos normativos que van evolucionando en función de las observaciones y alegaciones que se hacen –y que están sometidos a informes por la Asesoría Jurídica de la propia Consejería, en su momento, el Dictamen del Consejo Consultivo- son textos provisionales. Esos textos provisionales, pues, aunque tienen un... hay una disposición de... de conocerse por parte de las personas que se interesan, sin embargo, hacerlos públicos en la página web a mí me parece que plantea pues un cierto reparo, porque podría introducir a confusión.
De tal manera que, sin perjuicio de abrir ahí un debate para el futuro sobre, incluso, la posibilidad –pues muy atractiva- de un debate sobre textos absolutamente vivos y modificados, en este momento estamos siguiendo la práctica –que es la habitual en todas las Administraciones- del texto que se sometió a información al público es el que está ahí, y todo lo demás pues de momento son textos de trabajo hasta que no tengamos el Dictamen del Consejo Consultivo.
Y la segunda de las preguntas, que es nuestra... la posibilidad de tener una comparecencia en la fase final, posiblemente después del Dictamen del Consejo Consultivo, yo, por mi parte, manifiesto mi disposición a estar a... –valga la redundancia- a disposición de esta Cámara para comparecer cuantas veces haga falta.
LA PRESIDENTA (SEÑORA ROMERAL MARTÍN):
Muchas gracias. ¿Alguna pregunta más?
Pues finalizado el... la Comisión, agradecer... reiterar el agradecimiento al Director General por su presencia hoy aquí y, por supuesto, por el ofrecimiento que ha manifestado en este... en esta última... en esta última intervención, de comparecer cuantas veces sea requerido por parte de la Comisión. Se levanta la sesión.
[Se levanta la sesión a las dieciocho horas veinticinco minutos].
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