Las «Normas que regulan el régimen de provisión de los puestos de trabajo reservados al personal de plantilla en la relación de puestos de trabajo de las Cortes de Castilla y León» recogen, en su Norma 1.ª y siguiendo el mandato constitucional, que dicha provisión se inspirará en los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, mediante la correspondiente convocatoria que establecerá los requisitos exigidos para el acceso al puesto de trabajo convocado, de conformidad con lo previsto en la Relación de Puestos de Trabajo.
La Norma 6.ª, de las anteriormente citadas, dispone que los puestos de trabajo que por su especial complejidad, penosidad o dedicación tengan asignados complementos retributivos específicos distintos a los establecidos con carácter general para el resto de los funcionarios de su mismo Cuerpo o Escala serán provistos por el procedimiento de concurso específico.