La elección del Presidente de la Junta de Castilla y León

El primer acto de control del Gobierno consiste en elegir al Presidente de la Junta de Castilla y León.
Para ello, el Presidente de las Cortes, tras una serie de consultas con los Portavoces de los grupos políticos, propone a las Cortes un Candidato a Presidente de la Junta. Dicho Candidato presentará ante el Pleno de las Cortes su programa de gobierno, que será debatido por los Grupos Parlamentarios y finalmente sometido a votación. Para salir elegido, el Candidato necesita el apoyo de la mayoría absoluta en la primera votación, o de la mayoría simple en las sucesivas votaciones.

El acto en virtud del cual el Presidente adquiere su condición se conoce como investidura.

La investidura del Presidente de la Junta



El artículo 135 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León regula detalladamente el procedimiento de investidura:

«1. El Presidente de las Cortes, previa consulta a los Portavoces designados por los partidos, grupos políticos o coaliciones electorales con representación parlamentaria, propondrá un candidato a la Presidencia de la Junta de Castilla y León. La propuesta deberá formularse como máximo en el término de quince días desde la constitución de las Cortes o el cese del Presidente.

2. La sesión comenzará por la lectura de la propuesta por uno de los Secretarios de las Cortes.

3. A continuación, el candidato propuesto expondrá, sin limitación de tiempo, el programa del Gobierno que pretende formar y solicitará la confianza de las Cortes de Castilla y León.

4. Tras la interrupción decretada por la Presidencia, en todo caso no superior a veinticuatro horas, intervendrá un representante de cada Grupo Parlamentario, o en su defecto de cada grupo político o coalición electoral con representación parlamentaria, por un tiempo de treinta minutos.

5. El candidato propuesto podrá hacer uso de la palabra cuantas veces lo solicite. Cuando conteste individualmente a uno de los intervinientes, éste tendrá derecho a réplica por diez minutos. Si el candidato les contestara en forma global, cada uno de ellos tendrá derecho a una réplica de diez minutos.

6. La votación se llevará a efecto previa fijación de hora por la Presidencia.

7. De acuerdo con el artículo 26.3 del Estatuto de Autonomía, para ser elegido Presidente de la Junta de Castilla y León, el candidato deberá obtener la mayoría absoluta en primera votación. Si no se alcanzase esa mayoría, la Mesa de las Cortes, oída la Junta de Portavoces, fijará el momento de la segunda votación, resultando elegido el candidato si obtuviere el voto favorable de la mayoría simple. Antes de proceder a esta votación, el candidato podrá intervenir por tiempo máximo de diez minutos y los Grupos Parlamentarios por cinco minutos cada uno para fijar su posición.

8. Si en las votaciones a que se refiere el apartado anterior la Cámara no hubiera otorgado su confianza, se tramitarán sucesivas propuestas por el mismo procedimiento.

9. Si, transcurrido el plazo de dos meses a partir de la primera votación de investidura, ningún candidato hubiera obtenido la confianza de las Cortes de Castilla y León, éstas quedarán automáticamente disueltas. El Presidente cesante de las Cortes lo comunicará al Presidente de la Junta en funciones para que convoque nuevas elecciones. No obstante no tendrá lugar la disolución anteriormente indicada cuando el plazo de dos meses concluya en el último año de la legislatura.

10. Obtenida la investidura del candidato, conforme a los apartados anteriores, el Presidente de las Cortes lo comunicará al Rey, a los efectos de su nombramiento como Presidente de la Junta de Castilla y León, y al Gobierno de la Nación.»

Los Presidentes de la Junta

Desde 1983, la Junta de Castilla y León ha sido presidida por:

Demetrio Madrid López

I Legislatura (1983-1986)

José Constantino Nalda García

I Legislatura (1986-1987)

José María Aznar López

II Legislatura (1987-1989)

Jesús M.ª Posada Moreno

II Legislatura (1989-1991)

Juan José Lucas Jiménez

III - IV - V Legislaturas (1991-2001)

Juan Vicente Herrera Campo

V - VI - VII - VIII - IX - X Legislaturas (2001-2019)

Alfonso Fernando Fernández Mañueco

X - XI Legislaturas (2019-...)

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