PNL/000073-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/000073-01


Sumario:

Proposición No de Ley presentada por los Procuradores Dña. Laura Domínguez Arroyo y D. Juan Pablo Fernández Santos, instando a la Junta de Castilla y León a revisar los precios del servicio de ayuda a domicilio, para su tramitación ante la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 28 de agosto de 2019, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/000032 a PNL/000121.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 28 de agosto de 2019.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: José Francisco Martín Martínez

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Dña. Laura Domínguez Arroyo y Don Juan Pablo Fernández Santos, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León en representación de Podemos-Equo, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación en la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades:

ANTECEDENTES

El Servicio de Ayuda a Domicilio es uno de los más demandados en nuestra Comunidad Autónoma, sobre todo en el caso de dependencias moderadas. La Ley 16/2010, de Servicios Sociales de Castilla y León, establece en su artículo 13 una distinción entre prestaciones sociales esenciales y no esenciales, entendiendo como las primeras aquellos servicios "cuyo reconocimiento tiene el carácter de derecho subjetivo" y que "serán obligatorias en su provisión y estarán públicamente garantizadas, con independencia de cuáles serán el nivel de necesidades o el índice de demanda existente".

El Catálogo de Servicios Sociales incluye la ayuda a domicilio dentro del grupo de apoyo a la autonomía personal que atiende las necesidades dirigidas a actividades básicas e instrumentales de la vida diaria, movilidad y desplazamientos y convivencia en el entorno familiar.

Son las entidades locales y las Diputaciones de municipios de menos de 20.000 habitantes las encargadas de gestionar este servicio a través de ordenanzas, que son distintas dependiendo de la entidad o la Diputación correspondiente. Para homogeneizar esas posibles diferencias, en 2009 se llevó a cabo un acuerdo en el Consejo del Diálogo Social en que se establecía que una Comisión Técnica elaboraría esta propuesta de homogeneización y se trasladaría a las entidades locales para consensuar únicos criterios en cuanto a la calidad, la accesibilidad y el coste para las personas usuarias.

Pues bien, lejos de solventar el problema, esto se ha traducido con el paso de los años en un aumento del copago (de lo que también hay que dar las gracias al famoso Decreto de 2012 que cercenó la implantación del sistema de dependencia) que además es especialmente pernicioso para las rentas bajas y medias.

Las formas de pago establecidas en las distintas ordenanzas son gravosas para las rentas intermedias, ya que el pago que les corresponde es desproporcionado respecto a la renta familiar sobre la que se hace el cálculo en relación con las rentas más altas.

Esto desemboca en que a las familias con rentas medias les resulte más barato contratar de forma privada esta ayuda en vez de acogerse al servicio público.

De igual modo, las rentas más bajas en ocasiones no pueden recurrir al servicio por no poderlo costear, algo que sigue siendo un problema a pesar de la reforma llevada a cabo en el año 2018, en que la cuantía para la gratuidad se bajó en 40 euros, un impacto poco relevante.

Por último, cabe destacar que la homogeneización debe hacerse prioritariamente sobre el nivel de renta, pero también sobre la situación familiar (personas solas o no, con posibilidad de cuidados, con otras personas en situación de dependencia en el mismo hogar, etc.) Por lodo esto presentamos la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a reformar los acuerdos adoptados en el seno del Diálogo Social respecto a la homogeneización de los precios del servicio de ayuda a domicilio y en concreto:

1. Establecer la gratuidad del servicio para los niveles de renta más bajos y en función de la situación familiar y personal.

2. Establecer fórmulas de cálculo de las cuotas proporcionales y justas en función del nivel de renta de las personas usuarias y de su situación familiar y personal, especialmente para las rentas intermedias.

3. En colaboración con las entidades locales aplicar estas modificaciones en las respectivas ordenanzas para su puesta en marcha.

Valladolid, 1 de agosto de 2019.

LA PROCURADORA,

Fdo.: Laura Domínguez Arroyo

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos


PNL/000073-01

CVE="BOCCL-10-000319"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
X Legislatura
Pags. 1447-1448
BOCCL nº 15/10 del 10/9/2019
CVE: BOCCL-10-000319

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/000073-01
Proposición No de Ley presentada por los Procuradores Dña. Laura Domínguez Arroyo y D. Juan Pablo Fernández Santos, instando a la Junta de Castilla y León a revisar los precios del servicio de ayuda a domicilio, para su tramitación ante la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 28 de agosto de 2019, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/000032 a PNL/000121.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.

En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 28 de agosto de 2019.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: José Francisco Martín Martínez

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Dña. Laura Domínguez Arroyo y Don Juan Pablo Fernández Santos, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Mixto de las Cortes de Castilla y León en representación de Podemos-Equo, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación en la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades:

ANTECEDENTES

El Servicio de Ayuda a Domicilio es uno de los más demandados en nuestra Comunidad Autónoma, sobre todo en el caso de dependencias moderadas. La Ley 16/2010, de Servicios Sociales de Castilla y León, establece en su artículo 13 una distinción entre prestaciones sociales esenciales y no esenciales, entendiendo como las primeras aquellos servicios "cuyo reconocimiento tiene el carácter de derecho subjetivo" y que "serán obligatorias en su provisión y estarán públicamente garantizadas, con independencia de cuáles serán el nivel de necesidades o el índice de demanda existente".

El Catálogo de Servicios Sociales incluye la ayuda a domicilio dentro del grupo de apoyo a la autonomía personal que atiende las necesidades dirigidas a actividades básicas e instrumentales de la vida diaria, movilidad y desplazamientos y convivencia en el entorno familiar.

Son las entidades locales y las Diputaciones de municipios de menos de 20.000 habitantes las encargadas de gestionar este servicio a través de ordenanzas, que son distintas dependiendo de la entidad o la Diputación correspondiente. Para homogeneizar esas posibles diferencias, en 2009 se llevó a cabo un acuerdo en el Consejo del Diálogo Social en que se establecía que una Comisión Técnica elaboraría esta propuesta de homogeneización y se trasladaría a las entidades locales para consensuar únicos criterios en cuanto a la calidad, la accesibilidad y el coste para las personas usuarias.

Pues bien, lejos de solventar el problema, esto se ha traducido con el paso de los años en un aumento del copago (de lo que también hay que dar las gracias al famoso Decreto de 2012 que cercenó la implantación del sistema de dependencia) que además es especialmente pernicioso para las rentas bajas y medias.

Las formas de pago establecidas en las distintas ordenanzas son gravosas para las rentas intermedias, ya que el pago que les corresponde es desproporcionado respecto a la renta familiar sobre la que se hace el cálculo en relación con las rentas más altas.

Esto desemboca en que a las familias con rentas medias les resulte más barato contratar de forma privada esta ayuda en vez de acogerse al servicio público.

De igual modo, las rentas más bajas en ocasiones no pueden recurrir al servicio por no poderlo costear, algo que sigue siendo un problema a pesar de la reforma llevada a cabo en el año 2018, en que la cuantía para la gratuidad se bajó en 40 euros, un impacto poco relevante.

Por último, cabe destacar que la homogeneización debe hacerse prioritariamente sobre el nivel de renta, pero también sobre la situación familiar (personas solas o no, con posibilidad de cuidados, con otras personas en situación de dependencia en el mismo hogar, etc.) Por lodo esto presentamos la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a reformar los acuerdos adoptados en el seno del Diálogo Social respecto a la homogeneización de los precios del servicio de ayuda a domicilio y en concreto:

1. Establecer la gratuidad del servicio para los niveles de renta más bajos y en función de la situación familiar y personal.

2. Establecer fórmulas de cálculo de las cuotas proporcionales y justas en función del nivel de renta de las personas usuarias y de su situación familiar y personal, especialmente para las rentas intermedias.

3. En colaboración con las entidades locales aplicar estas modificaciones en las respectivas ordenanzas para su puesta en marcha.

Valladolid, 1 de agosto de 2019.

LA PROCURADORA,

Fdo.: Laura Domínguez Arroyo

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Juan Pablo Fernández Santos


PNL/000073-01

CVE="BOCCL-10-000319"



Sede de las Cortes de Castilla y León