PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/001514 a PE/001516, PE/001518, PE/001521, PE/001532, PE/001534, PE/001536, PE/001549 a PE/001551, PE/001554, PE/001556, PE/001564 a PE/001567, PE/001587, PE/001601, PE/001605 a PE/001607, PE/001612, PE/001614, PE/001628, PE/001632 y PE/001655, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 5 de marzo de 2020.
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez
Contestación a la Pregunta Escrita P.E./1001536, formulada por D. Jesús Guerrero Arroyo, D.ª Consolación Pablos Labajo y D. Rubén Illera Redón, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León, relativa a consultas en Zonas Básicas de Salud de Palencia.
La situación a la que alude la pregunta relativa a la modificación de la frecuencia de las consultas de médico de familia y enfermería en la Zona Básica de Salud de Palencia respecto de lo indicado en la respuesta a las P.E./10000397 a P.E./10000412, se ha debido a modificaciones temporales que se implantaron el día 4 de diciembre de 2019, de tal forma que, a partir del próximo mes de marzo, se volverá a los horarios establecidos habitualmente facilitados como anexo a la contestación a las mencionadas preguntas.
Esta modificación en la frecuencia se ha debido a circunstancias organizativas, teniendo en cuenta los efectivos reales de personal de los que estaba previsto disponer para en este periodo debido a las ausencias por vacaciones, ocasionadas porque la posibilidad de disfrutar de las vacaciones para los profesionales durante los meses de verano ha sido escasa dado que es la época del año en que la población en los pueblos aumenta considerablemente, así como las libranzas posteriores a las guardias u otros motivos, por lo que hubo que proceder a modificar de modo temporal los días y los horarios de consulta médica para poder garantizar la asistencia sanitaria en toda la Zona Básica, siempre intentando ajustarse a la frecuentación establecida en la Orden de 15 de abril de 1991 y priorizando los consultorios con mayor número de TSI.
Valladolid, 24 de febrero de 2019.
LA CONSEJERA,
Fdo.: Verónica Casado Vicente.
PE/001536-2
CVE="BOCCL-10-005256"
PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/001514 a PE/001516, PE/001518, PE/001521, PE/001532, PE/001534, PE/001536, PE/001549 a PE/001551, PE/001554, PE/001556, PE/001564 a PE/001567, PE/001587, PE/001601, PE/001605 a PE/001607, PE/001612, PE/001614, PE/001628, PE/001632 y PE/001655, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 5 de marzo de 2020.
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez
TEXTO
Contestación a la Pregunta Escrita P.E./1001536, formulada por D. Jesús Guerrero Arroyo, D.ª Consolación Pablos Labajo y D. Rubén Illera Redón, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León, relativa a consultas en Zonas Básicas de Salud de Palencia.
La situación a la que alude la pregunta relativa a la modificación de la frecuencia de las consultas de médico de familia y enfermería en la Zona Básica de Salud de Palencia respecto de lo indicado en la respuesta a las P.E./10000397 a P.E./10000412, se ha debido a modificaciones temporales que se implantaron el día 4 de diciembre de 2019, de tal forma que, a partir del próximo mes de marzo, se volverá a los horarios establecidos habitualmente facilitados como anexo a la contestación a las mencionadas preguntas.
Esta modificación en la frecuencia se ha debido a circunstancias organizativas, teniendo en cuenta los efectivos reales de personal de los que estaba previsto disponer para en este periodo debido a las ausencias por vacaciones, ocasionadas porque la posibilidad de disfrutar de las vacaciones para los profesionales durante los meses de verano ha sido escasa dado que es la época del año en que la población en los pueblos aumenta considerablemente, así como las libranzas posteriores a las guardias u otros motivos, por lo que hubo que proceder a modificar de modo temporal los días y los horarios de consulta médica para poder garantizar la asistencia sanitaria en toda la Zona Básica, siempre intentando ajustarse a la frecuentación establecida en la Orden de 15 de abril de 1991 y priorizando los consultorios con mayor número de TSI.
Valladolid, 24 de febrero de 2019.
LA CONSEJERA,
Fdo.: Verónica Casado Vicente.
PE/001536-2
CVE="BOCCL-10-005256"