PE/001646-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/001646-2


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. Luis Ángel Fernández Bayón, D. Fernando Pablos Romo, D. Jesús Guerrero Arroyo y Dña. María Consolación Pablos Labajo, relativa a medidas de coordinación con la consejería competente en materia de atención a la infancia que se han puesto en marcha para impulsar la escolarización en los centros de educación infantil de la provincia de Valladolid y cuáles se han realizado para intensificar la coordinación de los profesionales del primer y segundo ciclo de educación infantil en dicha provincia, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 80, de 21 de febrero de 2020.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/001512, PE/001539, PE/001617, PE/001623, PE/001627, PE/001630, PE/001631, PE/001633, PE/001634, PE/001638, PE/001640, PE/001645, PE/001646, PE/001648, PE/001649, PE/001651 a PE/001654, PE/001658 a PE/001661, PE/001682 a PE/001686, PE/001689 a PE/001705, PE/001711 a PE/001791, PE/001793, PE/001800, PE/001803 a PE/001809, PE/001811 a PE/001816 y PE/001818, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 15 de mayo de 2020.

EL PRESIDENTE DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez



Texto:

Contestación a la Pregunta con respuesta Escrita P.E./1001646, formulada por los Procuradores D. Luis Fernández Bayón, D. Fernando Pablos Romo, D. Jesús Guerrero Arroyo y Dña. Consolación Pablos Labajo, pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista relativa a “medidas de coordinación con la consejería competente en materia de atención a la infancia que se han puesto en marcha para impulsar la escolarización en los centros de educación infantil de la provincia de Valladolid y cuáles se han realizado para intensificar la coordinación de los profesionales del primer y segundo ciclo de educación infantil en dicha provincia”.

Recabada información de las Consejerías de Familia e Igualdad de Oportunidades y de Educación respecto a las cuestiones planteadas en la pregunta con respuesta escrita referenciada en el encabezamiento, tengo el honor de comunicar a V.E. la información aportada por dichas Consejerías en los ANEXOS que a continuación se relacionan:

ANEXO I: Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades

ANEXO II: Consejería de Educación

Valladolid, 5 de mayo de 2020.

EL CONSEJERO DE LA PRESIDENCIA,

Fdo.: Ángel Ibáñez Hernando.

ANEXO I CONSEJERÍA DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES

P.E./1001646

La coordinación interadministrativa entre las Consejerías de Familia e Igualdad de Oportunidades y Educación en relación con la primera infancia: niños de 0-3 años, del primer ciclo de educación infantil y de 3 a 6 años, del segundo ciclo de educación infantil se ha venido haciendo tradicionalmente por los profesionales de los equipos multiprofesionales de ambas administraciones.

En el artículo 9 del Decreto 53/2010, de 2 de diciembre, de coordinación interadministrativa en la Atención Temprana en Castilla y León se establecen las competencias de las diferentes Consejerías: Salud, Educación y Servicios Sociales, señalando las actuaciones a desarrollar, en función de la edad de los niños: 0-6 años. Para facilitar el intercambio entre los profesionales de los diferentes ámbitos se elaboró el Protocolo de Coordinación Interadministrativa en materia de Atención Temprana, aprobado por Resolución de 26 de febrero de 2015 de la Comisión de Secretarios Generales.

Dentro de este marco de coordinación interadministrativa, se han establecido unos plazos para el intercambio y traspaso de información en rotación con los niños que se deben escolarizan cada año. Desde las unidades de valoración y atención a personas con discapacidad de las Gerencias Territoriales de Servicios Sociales, se remiten a las Direcciones Provinciales de Educación, los listados de niños/as de próxima escolarización y el modelo de informe de coordinación interadministrativa correspondiente a cada niño/a (documentos acordados en el Protocolo de Coordinación Interadministrativa de Atención Temprana)

Por otra parte, la coordinación entre la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades y la Consejería de Educación para escolarizar en el primer ciclo de educación infantil para favorecer la educación inclusiva está prevista en el procedimiento de admisión a las escuelas de educación infantil titularidad de la Junta. Así, el procedimiento prevé que, en cualquier momento, se podrán presentar solicitudes de admisión:

en los casos de niños tutelados o cuya guarda haya sido asumida por la Junta de Castilla y León.

cuando las circunstancias sociofamiliares originen la adopción de medidas protectoras de tutela o guarda del niño.

cuando se originen carencias o dificultades en la atención a las necesidades básicas que los niños precisan y que supongan dificultades para atenderles adecuadamente no requiriendo en principio la separación del medio familiar.

cuando exista violencia de género.

cuando hubiera quedado en lista de espera algún menor nacido de parte múltiple o adopción simultánea cuyo hermano o hermanos hubieran resultado admitidos en el proceso general de admisión.

En estos casos, la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades realiza la valoración social y la Consejería de Educación tramita las solicitudes y, si procede, asigna plaza en la provincia del solicitante, teniendo en cuenta las circunstancias excepcionales de cada caso.

ANEXO II CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

P.E./1001646

En respuesta a la Iniciativa Parlamentaria P.E./1001646, se manifiesta lo siguiente:

La Comisión de Secretarios Generales, que actúa como Consejo Regional de Atención Temprana de Castilla y León, en los términos previstos en el Decreto 53/2010 y responsable de la coordinación en materia de atención temprana, aprobó el 26 de febrero de 2015 el “Protocolo de coordinación interadministrativa en materia de atención temprana en Castilla y León”. A través de dicho protocolo se coordina, entre otros aspectos, la escolarización del alumnado en las escuelas de educación infantil que está siendo atendido por el Servicio de Atención Temprana del Centro Base (actualmente Unidad de Valoración y Seguimiento).

A raíz del anterior protocolo, se elaboró un “documento técnico de apoyo de coordinación interadministrativa entre la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades y la Consejería de Educación”, que regula el momento y tipo de coordinación, tanto entre los centros directivos de ambas consejerías como entre los equipos de los técnicos de atención directa al alumnado de la Consejería de Educación y de Familia. Así mismo, regula los momentos de coordinación que debería existir entre el primer y segundo ciclo de Educación Infantil.


PE/001646-2

CVE="BOCCL-10-007009"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
X Legislatura
Pag. 13668
BOCCL nº 110/10 del 22/5/2020
CVE: BOCCL-10-007009

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/001646-2
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. Luis Ángel Fernández Bayón, D. Fernando Pablos Romo, D. Jesús Guerrero Arroyo y Dña. María Consolación Pablos Labajo, relativa a medidas de coordinación con la consejería competente en materia de atención a la infancia que se han puesto en marcha para impulsar la escolarización en los centros de educación infantil de la provincia de Valladolid y cuáles se han realizado para intensificar la coordinación de los profesionales del primer y segundo ciclo de educación infantil en dicha provincia, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 80, de 21 de febrero de 2020.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/001512, PE/001539, PE/001617, PE/001623, PE/001627, PE/001630, PE/001631, PE/001633, PE/001634, PE/001638, PE/001640, PE/001645, PE/001646, PE/001648, PE/001649, PE/001651 a PE/001654, PE/001658 a PE/001661, PE/001682 a PE/001686, PE/001689 a PE/001705, PE/001711 a PE/001791, PE/001793, PE/001800, PE/001803 a PE/001809, PE/001811 a PE/001816 y PE/001818, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 15 de mayo de 2020.

EL PRESIDENTE DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez


TEXTO


Contestación a la Pregunta con respuesta Escrita P.E./1001646, formulada por los Procuradores D. Luis Fernández Bayón, D. Fernando Pablos Romo, D. Jesús Guerrero Arroyo y Dña. Consolación Pablos Labajo, pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista relativa a “medidas de coordinación con la consejería competente en materia de atención a la infancia que se han puesto en marcha para impulsar la escolarización en los centros de educación infantil de la provincia de Valladolid y cuáles se han realizado para intensificar la coordinación de los profesionales del primer y segundo ciclo de educación infantil en dicha provincia”.

Recabada información de las Consejerías de Familia e Igualdad de Oportunidades y de Educación respecto a las cuestiones planteadas en la pregunta con respuesta escrita referenciada en el encabezamiento, tengo el honor de comunicar a V.E. la información aportada por dichas Consejerías en los ANEXOS que a continuación se relacionan:

ANEXO I: Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades

ANEXO II: Consejería de Educación

Valladolid, 5 de mayo de 2020.

EL CONSEJERO DE LA PRESIDENCIA,

Fdo.: Ángel Ibáñez Hernando.

ANEXO I CONSEJERÍA DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES

P.E./1001646

La coordinación interadministrativa entre las Consejerías de Familia e Igualdad de Oportunidades y Educación en relación con la primera infancia: niños de 0-3 años, del primer ciclo de educación infantil y de 3 a 6 años, del segundo ciclo de educación infantil se ha venido haciendo tradicionalmente por los profesionales de los equipos multiprofesionales de ambas administraciones.

En el artículo 9 del Decreto 53/2010, de 2 de diciembre, de coordinación interadministrativa en la Atención Temprana en Castilla y León se establecen las competencias de las diferentes Consejerías: Salud, Educación y Servicios Sociales, señalando las actuaciones a desarrollar, en función de la edad de los niños: 0-6 años. Para facilitar el intercambio entre los profesionales de los diferentes ámbitos se elaboró el Protocolo de Coordinación Interadministrativa en materia de Atención Temprana, aprobado por Resolución de 26 de febrero de 2015 de la Comisión de Secretarios Generales.

Dentro de este marco de coordinación interadministrativa, se han establecido unos plazos para el intercambio y traspaso de información en rotación con los niños que se deben escolarizan cada año. Desde las unidades de valoración y atención a personas con discapacidad de las Gerencias Territoriales de Servicios Sociales, se remiten a las Direcciones Provinciales de Educación, los listados de niños/as de próxima escolarización y el modelo de informe de coordinación interadministrativa correspondiente a cada niño/a (documentos acordados en el Protocolo de Coordinación Interadministrativa de Atención Temprana)

Por otra parte, la coordinación entre la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades y la Consejería de Educación para escolarizar en el primer ciclo de educación infantil para favorecer la educación inclusiva está prevista en el procedimiento de admisión a las escuelas de educación infantil titularidad de la Junta. Así, el procedimiento prevé que, en cualquier momento, se podrán presentar solicitudes de admisión:

en los casos de niños tutelados o cuya guarda haya sido asumida por la Junta de Castilla y León.

cuando las circunstancias sociofamiliares originen la adopción de medidas protectoras de tutela o guarda del niño.

cuando se originen carencias o dificultades en la atención a las necesidades básicas que los niños precisan y que supongan dificultades para atenderles adecuadamente no requiriendo en principio la separación del medio familiar.

cuando exista violencia de género.

cuando hubiera quedado en lista de espera algún menor nacido de parte múltiple o adopción simultánea cuyo hermano o hermanos hubieran resultado admitidos en el proceso general de admisión.

En estos casos, la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades realiza la valoración social y la Consejería de Educación tramita las solicitudes y, si procede, asigna plaza en la provincia del solicitante, teniendo en cuenta las circunstancias excepcionales de cada caso.

ANEXO II CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

P.E./1001646

En respuesta a la Iniciativa Parlamentaria P.E./1001646, se manifiesta lo siguiente:

La Comisión de Secretarios Generales, que actúa como Consejo Regional de Atención Temprana de Castilla y León, en los términos previstos en el Decreto 53/2010 y responsable de la coordinación en materia de atención temprana, aprobó el 26 de febrero de 2015 el “Protocolo de coordinación interadministrativa en materia de atención temprana en Castilla y León”. A través de dicho protocolo se coordina, entre otros aspectos, la escolarización del alumnado en las escuelas de educación infantil que está siendo atendido por el Servicio de Atención Temprana del Centro Base (actualmente Unidad de Valoración y Seguimiento).

A raíz del anterior protocolo, se elaboró un “documento técnico de apoyo de coordinación interadministrativa entre la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades y la Consejería de Educación”, que regula el momento y tipo de coordinación, tanto entre los centros directivos de ambas consejerías como entre los equipos de los técnicos de atención directa al alumnado de la Consejería de Educación y de Familia. Así mismo, regula los momentos de coordinación que debería existir entre el primer y segundo ciclo de Educación Infantil.


PE/001646-2

CVE="BOCCL-10-007009"



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