PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/001512, PE/001539, PE/001617, PE/001623, PE/001627, PE/001630, PE/001631, PE/001633, PE/001634, PE/001638, PE/001640, PE/001645, PE/001646, PE/001648, PE/001649, PE/001651 a PE/001654, PE/001658 a PE/001661, PE/001682 a PE/001686, PE/001689 a PE/001705, PE/001711 a PE/001791, PE/001793, PE/001800, PE/001803 a PE/001809, PE/001811 a PE/001816 y PE/001818, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 15 de mayo de 2020.
EL PRESIDENTE DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN,
Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez
Pregunta Escrita PE/1001816 formulada por el Procurador D. Luis Mariano Santos Reyero del Grupo Parlamentario Mixto relativa a la ejecución del “Proyecto de actuación viaria en el municipio de Sta.Colomba de Somoza” en el marco de la concentración parcelaria previsión de la ejecución de las medidas de restauración paisajística.
En respuesta a las cuestiones planteadas en la pregunta escrita arriba referenciada le informo lo siguiente:
Las obras relativas al “Proyecto de adecuación viaria en Santa Colomba de Somoza (León)”, se han ejecutado conforme a su definición en el proyecto de obras aprobado por Resolución de 16/12/2015 y órdenes de la dirección facultativa, y habiendo sido recibidas con conformidad por la Intervención General de la Comunidad de Castilla y León con fecha 20 de noviembre de 2019, y recibidas por el Ayuntamiento de Santa Colomba con fecha 8 de enero de 2020.
En la medición final de las mismas se certifica una inversión de 4.158,48 € en concepto de Restauración del Medio Natural, un 58 % superior a la que figuraba en el Proyecto de Obras.
Asimismo, en octubre de 2018 el director de obra y la empresa adjudicataria levantaron Acta de Comprobación de Replanteo de las Obras, de acuerdo con lo establecido en el artículo 229 del TRLCSP, donde se demostraba la posesión y disposición real de los terrenos para ejecutar las obras.
Por otra parte indicarle que no se puede llevar a cabo obra alguna en terrenos que no formen parte del Acuerdo de Concentración Parcelaria de la Zona. El tramo del Camino de Santiago francés a que se refiere la pregunta no coincide con ningún tramo de camino de la Zona de Concentración Parcelaria de Santa Colomba de Somoza (León), como así lo ha puesto de manifiesto de manera fehaciente (cartel indicador) la Consejería de Cultura. En consecuencia, esta Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural no tiene competencia para realizar actuación alguna en el Camino de Santiago francés original, entre Rabanal del Camino y Foncebadón.
Valladolid, 5 de mayo de 2020.
EL CONSEJERO DE AGRICULTURA,
GANADERÍA Y DESARROLLO RURAL,
Fdo.: Jesús Julio Carnero García.
PE/001816-2
CVE="BOCCL-10-007157"
PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/001512, PE/001539, PE/001617, PE/001623, PE/001627, PE/001630, PE/001631, PE/001633, PE/001634, PE/001638, PE/001640, PE/001645, PE/001646, PE/001648, PE/001649, PE/001651 a PE/001654, PE/001658 a PE/001661, PE/001682 a PE/001686, PE/001689 a PE/001705, PE/001711 a PE/001791, PE/001793, PE/001800, PE/001803 a PE/001809, PE/001811 a PE/001816 y PE/001818, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 15 de mayo de 2020.
EL PRESIDENTE DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN,
Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez
TEXTO
Pregunta Escrita PE/1001816 formulada por el Procurador D. Luis Mariano Santos Reyero del Grupo Parlamentario Mixto relativa a la ejecución del “Proyecto de actuación viaria en el municipio de Sta.Colomba de Somoza” en el marco de la concentración parcelaria previsión de la ejecución de las medidas de restauración paisajística.
En respuesta a las cuestiones planteadas en la pregunta escrita arriba referenciada le informo lo siguiente:
Las obras relativas al “Proyecto de adecuación viaria en Santa Colomba de Somoza (León)”, se han ejecutado conforme a su definición en el proyecto de obras aprobado por Resolución de 16/12/2015 y órdenes de la dirección facultativa, y habiendo sido recibidas con conformidad por la Intervención General de la Comunidad de Castilla y León con fecha 20 de noviembre de 2019, y recibidas por el Ayuntamiento de Santa Colomba con fecha 8 de enero de 2020.
En la medición final de las mismas se certifica una inversión de 4.158,48 € en concepto de Restauración del Medio Natural, un 58 % superior a la que figuraba en el Proyecto de Obras.
Asimismo, en octubre de 2018 el director de obra y la empresa adjudicataria levantaron Acta de Comprobación de Replanteo de las Obras, de acuerdo con lo establecido en el artículo 229 del TRLCSP, donde se demostraba la posesión y disposición real de los terrenos para ejecutar las obras.
Por otra parte indicarle que no se puede llevar a cabo obra alguna en terrenos que no formen parte del Acuerdo de Concentración Parcelaria de la Zona. El tramo del Camino de Santiago francés a que se refiere la pregunta no coincide con ningún tramo de camino de la Zona de Concentración Parcelaria de Santa Colomba de Somoza (León), como así lo ha puesto de manifiesto de manera fehaciente (cartel indicador) la Consejería de Cultura. En consecuencia, esta Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural no tiene competencia para realizar actuación alguna en el Camino de Santiago francés original, entre Rabanal del Camino y Foncebadón.
Valladolid, 5 de mayo de 2020.
EL CONSEJERO DE AGRICULTURA,
GANADERÍA Y DESARROLLO RURAL,
Fdo.: Jesús Julio Carnero García.
PE/001816-2
CVE="BOCCL-10-007157"