PE/002849-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/002849-2


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por el Procurador D. Jesús María García-Conde del Castillo, relativa a tareas de inspección y las medidas adoptadas para garantizar los recursos humanos y materiales suficientes en residencias de tercera edad en relación con la pandemia del COVID-19, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 114, de 4 de junio de 2020.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/002611, PE/002633, PE/002634, PE/002643, PE/002645, PE/002647, PE/002648, PE/002658, PE/002778, PE/002785 a PE/002793, PE/002799, PE/002849, PE/002854, PE/002858, PE/002862, PE/002881, PE/002899 a PE/002907, PE/003002 a PE/003005, PE/003012, PE/003013, PE/003021, PE/003034 a PE/003037, PE/003039, PE/003047, PE/003049, PE/003228, PE/003229, PE/003232 a PE/003235, PE/003406, PE/003411, PE/003418, PE/003426, PE/003430, PE/003431, PE/003433, PE/003434, PE/003441, PE/003445 a PE/003512, PE/003515 a PE/003539, PE/003542 a PE/003556, PE/003558 a PE/003572, PE/003574 a PE/003693, PE/003713 a PE/003754, PE/003794, PE/003812 a PE/003825, PE/003827 a PE/003832, PE/003836 y PE/003868 a PE/003886, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 17 de julio de 2020.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez



Texto:

Contestación a la Pregunta con respuesta Escrita P.E./1002849, formulada por el Procurador D. Jesús María García-Conde del Castillo, perteneciente al Grupo Parlamentario Mixto, relativa a “tareas de inspección y las medidas adoptadas para garantizar los recursos humanos y materiales suficientes en residencias de tercera edad en relación con la pandemia del COVID-19”.

Recabada información de las Consejerías de Sanidad y Familia e Igualdad de Oportunidades en relación con las cuestiones planteadas en la pregunta escrita referenciada en el encabezamiento, tengo el honor de comunicar a V.E. la información aportada por dichas Consejerías en los ANEXOS que a continuación se relacionan:

ANEXO I: Consejería de Sanidad

ANEXO II: Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades

Valladolid, 1 de julio de 2020.

EL CONSEJERO DE LA PRESIDENCIA,

Fdo.: Ángel Ibáñez Hernando.

ANEXO I CONSEJERÍA DE SANIDAD

P.E./1002849

La Administración Regional, en el marco de la normativa estatal vigente, ha establecido recomendaciones, guías y protocolos dirigidos a las residencias de carácter social con la finalidad de reducir el riesgo de contagio, intentar garantizar la atención sanitaria de calidad a los usuarios de estos centros y preservar de riesgos a los trabajadores.

En cuanto a las medidas dirigidas a organizar la atención sanitaria para estas residencias de carácter social, de forma coordinada entre la Consejería de Sanidad y la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, las Medidas generales para contener el impacto de la crisis del COVID-19 en las residencias de carácter social, de fecha 20 de marzo, actualizadas con fecha 16 de abril, establecen el sistema de organización de la asistencia sanitaria, definiendo el circuito de atención de las residencias y centros sociosanitarios, desarrollado mediante el Procedimiento para la atención socio-sanitaria en residencias de personas mayores y de personas con discapacidad ante la crisis sanitaria por el COVID-19, de 26 de marzo, actualizado con fecha 1 de abril.

A través de estas medidas, se ha establecido un procedimiento que asegura la atención sanitaria en residencias de carácter social a pacientes institucionalizados, en primer lugar a través de la Atención Primaria mediante la creación de una estructura, en la que destacan los Equipos COVID-Residencias, creados en cada una de las Áreas de Salud, que suponen la integración de la Atención Primaria y la Atención Hospitalaria para la atención a las residencias de carácter social, adoptando las medidas de soporte necesarias para asegurar cuidados paliativos y hospitalización a domicilio como prescripción de oxigenoterapia, control de nutrición, suministro de medicación de uso hospitalario, tratamiento antibiótico intravenoso, etc. En el caso en que se precisen cuidados continuados de mediana o alta intensidad que no puedan ser prestados en la residencia, se contempla dentro del procedimiento de actuación la derivación al hospital o, en su caso, al recurso intermedio medicalizado.

En todo caso, este circuito de atención de las residencias y centros sociosanitarios se ha establecido para ser aplicado a todas las residencias de nuestra Comunidad, realizando una monitorización diaria en los casos en que ha resultado necesario. La intervención desde nuestro sistema de salud ha tratado de garantizar la atención, asesoramiento y seguimiento telefónico a todas ellas, con una periodicidad e intensidad adecuada a las circunstancias individuales de cada centro, prestando atención diaria en las residencias en situación crítica así como apoyos puntuales para aquellas que precisaban soporte temporal.

Asimismo, con fecha 20 de marzo se dictaron Instrucciones sobre la terapia respiratoria domiciliaria, en respuesta a la infección COVID-19 dirigidas a facilitar la prescripción de oxigenoterapia en centros residenciales y centros sociosanitarios y garantizar el suministro de los tratamientos que estuvieran activos

Como complemento, el Documento marco sobre la atención farmacéutica a las residencias de carácter social debido a la crisis del COVÍD-19, de fecha 26 de marzo, que establece medidas que garantizan la prestación farmacéutica para residencias o centros socio-sanitarios, asegurando el suministro de medicamentos de uso hospitalario. Este documento se complementa con las recomendaciones de Tratamiento de infección respiratoria en pacientes institucionalizados, emitidas el 24 de marzo de 2020.

De acuerdo con ello, los pacientes institucionalizados en residencias, en principio, han recibido la prestación farmacéutica necesaria para el tratamiento del COVID-19 a través del procedimiento habitual: en la mayoría de los casos prestación a través de receta, con dispensación en oficinas de farmacia, aunque gran parte de residencias de titularidad pública tienen suministro directo a través de un servicio de farmacia de hospital.

Durante este periodo, se ha establecido un procedimiento adicional de suministro de medicación a través de los Servicios de Farmacia de Atención Primaria que ha permitido la entrega de medicación hospitalaria al entorno de la residencia, pudiendo de esta manera dar respuesta a pacientes que requerían medicación parenteral, sueros u otro tipo de fármacos no disponibles a través de receta.

ANEXO II CONSEJERÍA DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES

P.E./1002849

Según indicación de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, la Agencia de Protección Civil ha sido un canal de comunicación entre las DDTT y la Delegación de Gobierno para la desinfección por parte de las FAS de acuerdo a los siguientes procedimientos:

Procedimiento de Solicitud de Desinfección FAS del 24 de marzo.

La APC recopilaba todas las solicitudes de las DDTT, de residencias de ancianos, organismos dependientes de la Junta de Castilla y León que no podían efectuar por sí mismo las desinfecciones oportunas, para remitirlas a la Delegación de Gobierno que, una vez estudiadas y según las condiciones establecidas, se comunicaba al Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social.

Protocolo para la coordinación de acciones de las administraciones en las residencias de mayores consideradas criticas y en las de carácter general de mes de abril.

La APC recibía de las DDTT un resumen de las reuniones de seguimiento y valoración de la situación de las residencias reportando dicha información a la Delegación de Gobierno de Castilla y León para ser cursado posteriormente al Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social.

En cuanto a las tareas de desinfección de los centros de titularidad de la Gerencia de Servicios Sociales se han realizado por el propio personal de servicios de cada centro, utilizando los productos adecuados para este fin.

Así mismo, de conformidad con la normativa específica del Ministerio de Sanidad, en los centros residenciales se ha procedido a aislar a las personas sanas y a establecer zonas específicas para ellas.

No se disponen de datos de personal de los centros residenciales privados antes del inicio de la pandemia por categorías profesiones, por los siguientes motivos:

No es un dato que la normativa vigente (Decreto 14/2001 y el Decreto 109/1993 de autorización y del Registro de entidades, servicios y centros de carácter social de Castilla y León) exija su declaración permanente a los centros sociales y que, por lo tanto, tampoco consta entre las inscripciones obligatorias del Registro.

Tampoco ha sido un dato que la normativa específica del Ministerio de Sanidad, en relación con el COVID19, haya exigido recabar.

Conforme al Decreto 14/2001, los trabajadores y la ratio que de éstos se exige dependen del número de usuarios que en cada momento exista en el centro, ya sean válidos, asistidos de grado I o de grado II, por lo que se trata de una información que no es estática, sino que puede fluctuar todos los días en función de múltiples factores.

En base a las visitas de inspección llevadas a cabo y a los controles desarrollados, se detectaron deficiencias de personal en determinadas residencias derivadas del alto número de bajas por COVID19 y las dificultades para cubrir las bajas producidas por lo que fueron objeto de intervención los siguientes centros:

Residencia “Caracillo” Ciudad Rodrigo.-Se acuerda el traslado de 30 residentes asintomáticos de ese centro a la residencia “Montevideo” de Salamanca.

Residencia “Reina Amalia II” de Eriviesca (Burgos).- Se acuerda el traslado de 9 residentes negativos y asintomáticos de la residencia “Reina Amalia II” a la Residencia de Personas Mayores “D. Francisco Hurtado de Mendoza y D.ª M.ª Mardones” en Miranda de Ebro (Burgos), de titularidad de la Gerencia de Servicios Sociales.

Residencia “El Roble” en Caboalles de Abajo (León) donde se requiere a la empresa EULEN S.A. que, de entre el personal del servicio de estancias diurnas que presta sus servicios en los centros dependientes de la Gerencia de Servicios Sociales en la provincia de León, ponga a disposición del centro privado “El Roble” a trabajadores con la cualificación necesaria para garantizar la atención de las personas residentes

Residencia “Valle del Cuco” De Adrada de Haza,-Se intervino con 31 residentes a los que no se ha practicado prueba alguna de COVID-19, de los cuales 18, presentan fiebre o síntomas que pudieran ser compatibles con el coronavirus y 13, sin fiebre u otros síntomas. Se acordó el traslado de éstos últimos residentes de la siguiente forma:

10 personas a la Residencia ‘Parquesol’, de Valladolid, de titularidad de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León.

3 personas a la Residencia ‘Puente de Hierro’, de Palencia, de titularidad de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León.

7 personas a la Residencia “Virgen de las Viñas” de Aranda de Duero, de titularidad de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León

9 personas a la Residencia “Cortes” de Burgos, de titularidad de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León

2 residentes ingresan en el Hospital.

Las residencias “Tomás y Mateos” y “Santa Inés” en La Fuente de San Esteban (Salamanca), reubicando a 8 personas procedentes de ambas residencias, con resultado positivo en COVID-19, al Centro de Referencia Estatal de Atención a Personas con Enfermedad de Alzheimer y otras Demencias (CREA) del IMSERSO y a 29 personas que permanecían en el centro “Tomás y Mateos”, a la residencia “Santa Inés.

Además, se produjeron otros traslados de residentes con prueba negativa por motivos de Salud Pública (autorizaciones acordadas por la DG de Salud Pública) son:

Residencia “Domus VI Celada”- Traslado de dos personas residentes negativos de COVID-19 desde el centro residencial “Domus VI Celada”, de Celada del Camino (Burgos), al Centro Residencial del mismo grupo empresarial, “Domus VI Río Vena”, en Burgos.

Hogar residencial “El Racimo”- Traslado de ocho personas con prueba PCR negativa de COVID-19 del Hogar Residencial “El Racimo”, ubicado en la localidad de Villalmanzo (Burgos) a la Residencia de Personas Mayores “Fuentes Blancas” en Burgos, de titularidad de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León.

Residencia “El Castillo”-Traslado de seis personas con prueba PCR negativa de COVID-19 de la residencia de personas mayores “El Castillo” de Cabezón de Pisuerga (Valladolid) a la residencia de mayores ubicada en la calle Felipe Calvo, 7, de Cervera de Pisuerga (Palencia).

Residencia “San Ramón y San Luis”- Traslado de nueve personas con prueba PCR negativa de COVID-19 de la residencia de personas mayores “San Ramón y San Luis” de Mojados (Valladolid) al centro residencial “Fuenteolivo” de Valladolid.

En cumplimiento de la normativa dictada por el Ministerio de Sanidad como autoridad delegada durante la pandemia por COVID-19, la Gerencia de Servicios Sociales ha tramitado movilidades de personal propio a centros privados, con el fin de reforzar el personal de los centros residenciales privados que lo han precisado.

En concreto, se han realizado las siguientes:

En Ávila: Un médico y un fisioterapeuta a las Residencia de Fontiveros y Aldeaseca.

En Burgos: Dos asistentes sociales a la Residencia Reina Amalia II de Briviesca. Una asistente social a la Residencia Sagrada Familia de Aranda

En cuanto al número exacto de residentes no es un dato que la normativa vigente (Decreto 14/2001 y el Decreto 109/1993 de autorización y del Registro de entidades, servicios y centros de carácter social de Castilla y León) exija como declaración permanente a los centros sociales y que, por lo tanto, tampoco consta entre las inscripciones obligatorias del Registro.

El número de personas residentes varía diariamente, por nuevos ingresos, bajas temporales, traslados hospitalarios o defunciones, por lo que solo aporta información de la situación de los centros en el que se recopilan.

El número de personas residentes en cada centro consta en cada una de las actuaciones de inspección o actuaciones de comprobación que se realizan en los centros por parte de la Gerencia de Servicios Sociales (actas o informes de comprobación), a la fecha de cada una de dichas actuaciones inspectoras.

En relación con el personal de los centros dependientes de la Gerencia de Servicios Sociales, se ha realizado 667 contratos formalizados como refuerzo de plantilla: 41 enfermeros, 222 contratos de auxiliar de enfermería, 124 cuidadores técnicos de servicios asistenciales y 163 de personal de servicio.


PE/002849-2

CVE="BOCCL-10-011296"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
X Legislatura
Pag. 18796
BOCCL nº 140/10 del 31/7/2020
CVE: BOCCL-10-011296

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/002849-2
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por el Procurador D. Jesús María García-Conde del Castillo, relativa a tareas de inspección y las medidas adoptadas para garantizar los recursos humanos y materiales suficientes en residencias de tercera edad en relación con la pandemia del COVID-19, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 114, de 4 de junio de 2020.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/002611, PE/002633, PE/002634, PE/002643, PE/002645, PE/002647, PE/002648, PE/002658, PE/002778, PE/002785 a PE/002793, PE/002799, PE/002849, PE/002854, PE/002858, PE/002862, PE/002881, PE/002899 a PE/002907, PE/003002 a PE/003005, PE/003012, PE/003013, PE/003021, PE/003034 a PE/003037, PE/003039, PE/003047, PE/003049, PE/003228, PE/003229, PE/003232 a PE/003235, PE/003406, PE/003411, PE/003418, PE/003426, PE/003430, PE/003431, PE/003433, PE/003434, PE/003441, PE/003445 a PE/003512, PE/003515 a PE/003539, PE/003542 a PE/003556, PE/003558 a PE/003572, PE/003574 a PE/003693, PE/003713 a PE/003754, PE/003794, PE/003812 a PE/003825, PE/003827 a PE/003832, PE/003836 y PE/003868 a PE/003886, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 17 de julio de 2020.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez


TEXTO


Contestación a la Pregunta con respuesta Escrita P.E./1002849, formulada por el Procurador D. Jesús María García-Conde del Castillo, perteneciente al Grupo Parlamentario Mixto, relativa a “tareas de inspección y las medidas adoptadas para garantizar los recursos humanos y materiales suficientes en residencias de tercera edad en relación con la pandemia del COVID-19”.

Recabada información de las Consejerías de Sanidad y Familia e Igualdad de Oportunidades en relación con las cuestiones planteadas en la pregunta escrita referenciada en el encabezamiento, tengo el honor de comunicar a V.E. la información aportada por dichas Consejerías en los ANEXOS que a continuación se relacionan:

ANEXO I: Consejería de Sanidad

ANEXO II: Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades

Valladolid, 1 de julio de 2020.

EL CONSEJERO DE LA PRESIDENCIA,

Fdo.: Ángel Ibáñez Hernando.

ANEXO I CONSEJERÍA DE SANIDAD

P.E./1002849

La Administración Regional, en el marco de la normativa estatal vigente, ha establecido recomendaciones, guías y protocolos dirigidos a las residencias de carácter social con la finalidad de reducir el riesgo de contagio, intentar garantizar la atención sanitaria de calidad a los usuarios de estos centros y preservar de riesgos a los trabajadores.

En cuanto a las medidas dirigidas a organizar la atención sanitaria para estas residencias de carácter social, de forma coordinada entre la Consejería de Sanidad y la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, las Medidas generales para contener el impacto de la crisis del COVID-19 en las residencias de carácter social, de fecha 20 de marzo, actualizadas con fecha 16 de abril, establecen el sistema de organización de la asistencia sanitaria, definiendo el circuito de atención de las residencias y centros sociosanitarios, desarrollado mediante el Procedimiento para la atención socio-sanitaria en residencias de personas mayores y de personas con discapacidad ante la crisis sanitaria por el COVID-19, de 26 de marzo, actualizado con fecha 1 de abril.

A través de estas medidas, se ha establecido un procedimiento que asegura la atención sanitaria en residencias de carácter social a pacientes institucionalizados, en primer lugar a través de la Atención Primaria mediante la creación de una estructura, en la que destacan los Equipos COVID-Residencias, creados en cada una de las Áreas de Salud, que suponen la integración de la Atención Primaria y la Atención Hospitalaria para la atención a las residencias de carácter social, adoptando las medidas de soporte necesarias para asegurar cuidados paliativos y hospitalización a domicilio como prescripción de oxigenoterapia, control de nutrición, suministro de medicación de uso hospitalario, tratamiento antibiótico intravenoso, etc. En el caso en que se precisen cuidados continuados de mediana o alta intensidad que no puedan ser prestados en la residencia, se contempla dentro del procedimiento de actuación la derivación al hospital o, en su caso, al recurso intermedio medicalizado.

En todo caso, este circuito de atención de las residencias y centros sociosanitarios se ha establecido para ser aplicado a todas las residencias de nuestra Comunidad, realizando una monitorización diaria en los casos en que ha resultado necesario. La intervención desde nuestro sistema de salud ha tratado de garantizar la atención, asesoramiento y seguimiento telefónico a todas ellas, con una periodicidad e intensidad adecuada a las circunstancias individuales de cada centro, prestando atención diaria en las residencias en situación crítica así como apoyos puntuales para aquellas que precisaban soporte temporal.

Asimismo, con fecha 20 de marzo se dictaron Instrucciones sobre la terapia respiratoria domiciliaria, en respuesta a la infección COVID-19 dirigidas a facilitar la prescripción de oxigenoterapia en centros residenciales y centros sociosanitarios y garantizar el suministro de los tratamientos que estuvieran activos

Como complemento, el Documento marco sobre la atención farmacéutica a las residencias de carácter social debido a la crisis del COVÍD-19, de fecha 26 de marzo, que establece medidas que garantizan la prestación farmacéutica para residencias o centros socio-sanitarios, asegurando el suministro de medicamentos de uso hospitalario. Este documento se complementa con las recomendaciones de Tratamiento de infección respiratoria en pacientes institucionalizados, emitidas el 24 de marzo de 2020.

De acuerdo con ello, los pacientes institucionalizados en residencias, en principio, han recibido la prestación farmacéutica necesaria para el tratamiento del COVID-19 a través del procedimiento habitual: en la mayoría de los casos prestación a través de receta, con dispensación en oficinas de farmacia, aunque gran parte de residencias de titularidad pública tienen suministro directo a través de un servicio de farmacia de hospital.

Durante este periodo, se ha establecido un procedimiento adicional de suministro de medicación a través de los Servicios de Farmacia de Atención Primaria que ha permitido la entrega de medicación hospitalaria al entorno de la residencia, pudiendo de esta manera dar respuesta a pacientes que requerían medicación parenteral, sueros u otro tipo de fármacos no disponibles a través de receta.

ANEXO II CONSEJERÍA DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES

P.E./1002849

Según indicación de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, la Agencia de Protección Civil ha sido un canal de comunicación entre las DDTT y la Delegación de Gobierno para la desinfección por parte de las FAS de acuerdo a los siguientes procedimientos:

Procedimiento de Solicitud de Desinfección FAS del 24 de marzo.

La APC recopilaba todas las solicitudes de las DDTT, de residencias de ancianos, organismos dependientes de la Junta de Castilla y León que no podían efectuar por sí mismo las desinfecciones oportunas, para remitirlas a la Delegación de Gobierno que, una vez estudiadas y según las condiciones establecidas, se comunicaba al Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social.

Protocolo para la coordinación de acciones de las administraciones en las residencias de mayores consideradas criticas y en las de carácter general de mes de abril.

La APC recibía de las DDTT un resumen de las reuniones de seguimiento y valoración de la situación de las residencias reportando dicha información a la Delegación de Gobierno de Castilla y León para ser cursado posteriormente al Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social.

En cuanto a las tareas de desinfección de los centros de titularidad de la Gerencia de Servicios Sociales se han realizado por el propio personal de servicios de cada centro, utilizando los productos adecuados para este fin.

Así mismo, de conformidad con la normativa específica del Ministerio de Sanidad, en los centros residenciales se ha procedido a aislar a las personas sanas y a establecer zonas específicas para ellas.

No se disponen de datos de personal de los centros residenciales privados antes del inicio de la pandemia por categorías profesiones, por los siguientes motivos:

No es un dato que la normativa vigente (Decreto 14/2001 y el Decreto 109/1993 de autorización y del Registro de entidades, servicios y centros de carácter social de Castilla y León) exija su declaración permanente a los centros sociales y que, por lo tanto, tampoco consta entre las inscripciones obligatorias del Registro.

Tampoco ha sido un dato que la normativa específica del Ministerio de Sanidad, en relación con el COVID19, haya exigido recabar.

Conforme al Decreto 14/2001, los trabajadores y la ratio que de éstos se exige dependen del número de usuarios que en cada momento exista en el centro, ya sean válidos, asistidos de grado I o de grado II, por lo que se trata de una información que no es estática, sino que puede fluctuar todos los días en función de múltiples factores.

En base a las visitas de inspección llevadas a cabo y a los controles desarrollados, se detectaron deficiencias de personal en determinadas residencias derivadas del alto número de bajas por COVID19 y las dificultades para cubrir las bajas producidas por lo que fueron objeto de intervención los siguientes centros:

Residencia “Caracillo” Ciudad Rodrigo.-Se acuerda el traslado de 30 residentes asintomáticos de ese centro a la residencia “Montevideo” de Salamanca.

Residencia “Reina Amalia II” de Eriviesca (Burgos).- Se acuerda el traslado de 9 residentes negativos y asintomáticos de la residencia “Reina Amalia II” a la Residencia de Personas Mayores “D. Francisco Hurtado de Mendoza y D.ª M.ª Mardones” en Miranda de Ebro (Burgos), de titularidad de la Gerencia de Servicios Sociales.

Residencia “El Roble” en Caboalles de Abajo (León) donde se requiere a la empresa EULEN S.A. que, de entre el personal del servicio de estancias diurnas que presta sus servicios en los centros dependientes de la Gerencia de Servicios Sociales en la provincia de León, ponga a disposición del centro privado “El Roble” a trabajadores con la cualificación necesaria para garantizar la atención de las personas residentes

Residencia “Valle del Cuco” De Adrada de Haza,-Se intervino con 31 residentes a los que no se ha practicado prueba alguna de COVID-19, de los cuales 18, presentan fiebre o síntomas que pudieran ser compatibles con el coronavirus y 13, sin fiebre u otros síntomas. Se acordó el traslado de éstos últimos residentes de la siguiente forma:

10 personas a la Residencia ‘Parquesol’, de Valladolid, de titularidad de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León.

3 personas a la Residencia ‘Puente de Hierro’, de Palencia, de titularidad de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León.

7 personas a la Residencia “Virgen de las Viñas” de Aranda de Duero, de titularidad de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León

9 personas a la Residencia “Cortes” de Burgos, de titularidad de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León

2 residentes ingresan en el Hospital.

Las residencias “Tomás y Mateos” y “Santa Inés” en La Fuente de San Esteban (Salamanca), reubicando a 8 personas procedentes de ambas residencias, con resultado positivo en COVID-19, al Centro de Referencia Estatal de Atención a Personas con Enfermedad de Alzheimer y otras Demencias (CREA) del IMSERSO y a 29 personas que permanecían en el centro “Tomás y Mateos”, a la residencia “Santa Inés.

Además, se produjeron otros traslados de residentes con prueba negativa por motivos de Salud Pública (autorizaciones acordadas por la DG de Salud Pública) son:

Residencia “Domus VI Celada”- Traslado de dos personas residentes negativos de COVID-19 desde el centro residencial “Domus VI Celada”, de Celada del Camino (Burgos), al Centro Residencial del mismo grupo empresarial, “Domus VI Río Vena”, en Burgos.

Hogar residencial “El Racimo”- Traslado de ocho personas con prueba PCR negativa de COVID-19 del Hogar Residencial “El Racimo”, ubicado en la localidad de Villalmanzo (Burgos) a la Residencia de Personas Mayores “Fuentes Blancas” en Burgos, de titularidad de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León.

Residencia “El Castillo”-Traslado de seis personas con prueba PCR negativa de COVID-19 de la residencia de personas mayores “El Castillo” de Cabezón de Pisuerga (Valladolid) a la residencia de mayores ubicada en la calle Felipe Calvo, 7, de Cervera de Pisuerga (Palencia).

Residencia “San Ramón y San Luis”- Traslado de nueve personas con prueba PCR negativa de COVID-19 de la residencia de personas mayores “San Ramón y San Luis” de Mojados (Valladolid) al centro residencial “Fuenteolivo” de Valladolid.

En cumplimiento de la normativa dictada por el Ministerio de Sanidad como autoridad delegada durante la pandemia por COVID-19, la Gerencia de Servicios Sociales ha tramitado movilidades de personal propio a centros privados, con el fin de reforzar el personal de los centros residenciales privados que lo han precisado.

En concreto, se han realizado las siguientes:

En Ávila: Un médico y un fisioterapeuta a las Residencia de Fontiveros y Aldeaseca.

En Burgos: Dos asistentes sociales a la Residencia Reina Amalia II de Briviesca. Una asistente social a la Residencia Sagrada Familia de Aranda

En cuanto al número exacto de residentes no es un dato que la normativa vigente (Decreto 14/2001 y el Decreto 109/1993 de autorización y del Registro de entidades, servicios y centros de carácter social de Castilla y León) exija como declaración permanente a los centros sociales y que, por lo tanto, tampoco consta entre las inscripciones obligatorias del Registro.

El número de personas residentes varía diariamente, por nuevos ingresos, bajas temporales, traslados hospitalarios o defunciones, por lo que solo aporta información de la situación de los centros en el que se recopilan.

El número de personas residentes en cada centro consta en cada una de las actuaciones de inspección o actuaciones de comprobación que se realizan en los centros por parte de la Gerencia de Servicios Sociales (actas o informes de comprobación), a la fecha de cada una de dichas actuaciones inspectoras.

En relación con el personal de los centros dependientes de la Gerencia de Servicios Sociales, se ha realizado 667 contratos formalizados como refuerzo de plantilla: 41 enfermeros, 222 contratos de auxiliar de enfermería, 124 cuidadores técnicos de servicios asistenciales y 163 de personal de servicio.


PE/002849-2

CVE="BOCCL-10-011296"



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