PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/003921 a PE/003925, PE/003929 a PE/003934, PE/003936, PE/003938 a PE/003940, PE/004061 a PE/004063, PE/004066 a PE/004068, PE/004070, PE/004073 a PE/004076, PE/004078 a PE/004084, PE/004089, PE/004091, PE/004093 a PE/004096, PE/004098, PE/004099, PE/004153 a PE/004203, PE/004205 a PE/004210, PE/004212, PE/004213, PE/004215, PE/004253 a PE/004255, PE/004257, PE/004258, PE/004261, PE/004262, PE/004263, PE/004264, PE/004265, PE/004266, PE/004267, PE/004268 a PE/004341, PE/004346 a PE/004348, PE/004350, PE/004352 a PE/004356, PE/004364 a PE/004367, PE/004369 a PE/004372, PE/004374 a PE/004377, PE/004379, PE/004381, PE/004385, PE/004387 a PE/004389, PE/004393, PE/004395 a PE/004397, PE/004401 a PE/004403, PE/004405 y PE/004408, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 8 de octubre de 2020.
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez.
El presente documento contiene imágenes. Puede consultar la versión íntegra del mismo en la publicación en formato PDF, BOCCL-10-013496.
ANEXO
CONTESTACIÓN CONJUNTA DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN
A LAS PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA
PE/ RELATIVA A
004374 Relación de unidades de convivencia de centros residenciales para personas mayores acreditadas según el Decreto 3/2016.
004375 Relación de unidades de convivencia de centros de día para personas mayores que están acreditadas según el Decreto 3/2016.
004376 Relación de centros residenciales o centros de día, organizados en su totalidad por unidades de convivencia que están acreditadas con arreglo al Decreto 3/2016.
Contestación a las Preguntas Escritas P.E. 4374, 4375 y 4376, formuladas por D.ª Isabel Gonzalo Ramírez, D.ª Noelia Frutos Rubio, D.ª Nuria Rubio García y D. José Francisco Martín Martínez, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León sobre unidades de convivencia.
El artículo 2 del Decreto 3/2016, de 4 de febrero, que regula la acreditación de centros y unidades de convivencia para la atención apersonas mayores en Castilla y León, define la acreditación como el acto por el cual la Gerencia de Servicios Sociales certifica que una o varias unidades de convivencia existentes en un centro de carácter social para la atención a personas mayores, o el propio centro cuando esté organizado íntegramente en unidades de convivencia, cumplen los niveles de calidad, idoneidad y garantía en la atención que prestan a las personas usuarias, determinados por los criterios y estándares establecidos en los anexos I y II del Decreto.
Esta acreditación, que se otorga por un periodo de cuatro años condicionada siempre al mantenimiento de los requisitos exigidos para su obtención, reconoce el cumplimiento de todos los criterios y estándares recogidos en el referido Decreto 3/2016 y en su corrección de errores, de 15 de febrero.
Se adjunta Anexo con la información solicitada.
Valladolid, 21 de septiembre de 2020.
LA CONSEJERA,
Fdo.: María Isabel Blanco Llamas.
PE/004374-2
CVE="BOCCL-10-013496"
PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/003921 a PE/003925, PE/003929 a PE/003934, PE/003936, PE/003938 a PE/003940, PE/004061 a PE/004063, PE/004066 a PE/004068, PE/004070, PE/004073 a PE/004076, PE/004078 a PE/004084, PE/004089, PE/004091, PE/004093 a PE/004096, PE/004098, PE/004099, PE/004153 a PE/004203, PE/004205 a PE/004210, PE/004212, PE/004213, PE/004215, PE/004253 a PE/004255, PE/004257, PE/004258, PE/004261, PE/004262, PE/004263, PE/004264, PE/004265, PE/004266, PE/004267, PE/004268 a PE/004341, PE/004346 a PE/004348, PE/004350, PE/004352 a PE/004356, PE/004364 a PE/004367, PE/004369 a PE/004372, PE/004374 a PE/004377, PE/004379, PE/004381, PE/004385, PE/004387 a PE/004389, PE/004393, PE/004395 a PE/004397, PE/004401 a PE/004403, PE/004405 y PE/004408, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 8 de octubre de 2020.
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez.
TEXTO
El presente documento contiene imágenes. Puede consultar la versión íntegra del mismo en la publicación en formato PDF, BOCCL-10-013496.
ANEXO
CONTESTACIÓN CONJUNTA DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN
A LAS PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA
PE/ RELATIVA A
004374 Relación de unidades de convivencia de centros residenciales para personas mayores acreditadas según el Decreto 3/2016.
004375 Relación de unidades de convivencia de centros de día para personas mayores que están acreditadas según el Decreto 3/2016.
004376 Relación de centros residenciales o centros de día, organizados en su totalidad por unidades de convivencia que están acreditadas con arreglo al Decreto 3/2016.
Contestación a las Preguntas Escritas P.E. 4374, 4375 y 4376, formuladas por D.ª Isabel Gonzalo Ramírez, D.ª Noelia Frutos Rubio, D.ª Nuria Rubio García y D. José Francisco Martín Martínez, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León sobre unidades de convivencia.
El artículo 2 del Decreto 3/2016, de 4 de febrero, que regula la acreditación de centros y unidades de convivencia para la atención apersonas mayores en Castilla y León, define la acreditación como el acto por el cual la Gerencia de Servicios Sociales certifica que una o varias unidades de convivencia existentes en un centro de carácter social para la atención a personas mayores, o el propio centro cuando esté organizado íntegramente en unidades de convivencia, cumplen los niveles de calidad, idoneidad y garantía en la atención que prestan a las personas usuarias, determinados por los criterios y estándares establecidos en los anexos I y II del Decreto.
Esta acreditación, que se otorga por un periodo de cuatro años condicionada siempre al mantenimiento de los requisitos exigidos para su obtención, reconoce el cumplimiento de todos los criterios y estándares recogidos en el referido Decreto 3/2016 y en su corrección de errores, de 15 de febrero.
Se adjunta Anexo con la información solicitada.
Valladolid, 21 de septiembre de 2020.
LA CONSEJERA,
Fdo.: María Isabel Blanco Llamas.
PE/004374-2
CVE="BOCCL-10-013496"