PE/004550-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/004550-2


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. José Ignacio Martín Benito, Dña. Ana Sánchez Hernández y Dña. María Inmaculada García Rioja, relativa a empresa AUPSA concesionaria del transporte de viajeros en la línea Fuentesaúco-Salamanca, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 159, de 13 de octubre de 2020.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/004053 a PE/004059, PE/004216, PE/004357, PE/004358, PE/004378, PE/004411, PE/004412, PE/004414 a PE/004424, PE/004426, PE/004428 a PE/004430, PE/004433, PE/004439, PE/004440, PE/004442 a PE/004445, PE/004449, PE/004451, PE/004453, PE/004456, PE/004459 a PE/004469, PE/004476, PE/004478, PE/004480 a PE/004486, PE/004531, PE/004533 a PE/004535, PE/004538, PE/004550, PE/004563, PE/004567, PE/004575, PE/004589 y PE/004614, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 6 de noviembre de 2020.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez.



Texto:

Contestación a la Pregunta Escrita número 1004550 formulada por D. José Ignacio Martín Benito, D.ª Ana Sánchez Hernández y D.ª Inmaculada García Rioja, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León, relativa a los cambios horarios en la línea de transporte entre Fuentesauco y Salamanca.

La empresa Autobuses Urbanos de Ponferrada S.A. (AUPSA), con fecha 9 de julio de 2020, comunicó al Servicio Territorial de Fomento de Salamanca la modificación de horarios de la ruta entre Fuentesauco y Salamanca del contrato de gestión de servicio público de transporte regular de viajeros por carretera Salamanca-Béjar, con hijuelas (VACL-026), la cual, de acuerdo con lo establecido en los artículos 93 y 94 del Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, podía ponerse en funcionamiento una vez transcurridos veintiún días sin que la Administración limite, modifique o prohíba lo comunicado por la empresa concesionaria, es decir, la modificación horaria comunicada por la empresa se entiende autorizada a partir del 3 de agosto de 2020.

Dado que la modificación de horarios comunicada en febrero de 2020 fue denegada por Resolución de 16 de marzo de 2020 de la Dirección General de Transportes teniendo en cuenta las alegaciones formuladas por el Ayuntamiento de Fuentesauco, que con carácter general las alegaciones recibidas no se contestan expresamente sino que se valoran para adoptar la resolución que corresponda, y que se resolvió en el mismo sentido que las alegaciones formuladas por el Ayuntamiento, la propia Resolución aceptando las alegaciones de los Ayuntamientos y denegando los cambios horarios comunicados por el concesionario es suficiente para surtir los efectos que se reclaman como contestación a las citadas alegaciones.

Valladolid, 5 de noviembre de 2020.

EL CONSEJERO DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE,

Fdo.: Juan Carlos Suárez-Quiñones Fernández.


PE/004550-2

CVE="BOCCL-10-014117"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
X Legislatura
Pag. 22579
BOCCL nº 174/10 del 16/11/2020
CVE: BOCCL-10-014117

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/004550-2
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. José Ignacio Martín Benito, Dña. Ana Sánchez Hernández y Dña. María Inmaculada García Rioja, relativa a empresa AUPSA concesionaria del transporte de viajeros en la línea Fuentesaúco-Salamanca, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 159, de 13 de octubre de 2020.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/004053 a PE/004059, PE/004216, PE/004357, PE/004358, PE/004378, PE/004411, PE/004412, PE/004414 a PE/004424, PE/004426, PE/004428 a PE/004430, PE/004433, PE/004439, PE/004440, PE/004442 a PE/004445, PE/004449, PE/004451, PE/004453, PE/004456, PE/004459 a PE/004469, PE/004476, PE/004478, PE/004480 a PE/004486, PE/004531, PE/004533 a PE/004535, PE/004538, PE/004550, PE/004563, PE/004567, PE/004575, PE/004589 y PE/004614, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 6 de noviembre de 2020.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez.


TEXTO


Contestación a la Pregunta Escrita número 1004550 formulada por D. José Ignacio Martín Benito, D.ª Ana Sánchez Hernández y D.ª Inmaculada García Rioja, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León, relativa a los cambios horarios en la línea de transporte entre Fuentesauco y Salamanca.

La empresa Autobuses Urbanos de Ponferrada S.A. (AUPSA), con fecha 9 de julio de 2020, comunicó al Servicio Territorial de Fomento de Salamanca la modificación de horarios de la ruta entre Fuentesauco y Salamanca del contrato de gestión de servicio público de transporte regular de viajeros por carretera Salamanca-Béjar, con hijuelas (VACL-026), la cual, de acuerdo con lo establecido en los artículos 93 y 94 del Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, podía ponerse en funcionamiento una vez transcurridos veintiún días sin que la Administración limite, modifique o prohíba lo comunicado por la empresa concesionaria, es decir, la modificación horaria comunicada por la empresa se entiende autorizada a partir del 3 de agosto de 2020.

Dado que la modificación de horarios comunicada en febrero de 2020 fue denegada por Resolución de 16 de marzo de 2020 de la Dirección General de Transportes teniendo en cuenta las alegaciones formuladas por el Ayuntamiento de Fuentesauco, que con carácter general las alegaciones recibidas no se contestan expresamente sino que se valoran para adoptar la resolución que corresponda, y que se resolvió en el mismo sentido que las alegaciones formuladas por el Ayuntamiento, la propia Resolución aceptando las alegaciones de los Ayuntamientos y denegando los cambios horarios comunicados por el concesionario es suficiente para surtir los efectos que se reclaman como contestación a las citadas alegaciones.

Valladolid, 5 de noviembre de 2020.

EL CONSEJERO DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE,

Fdo.: Juan Carlos Suárez-Quiñones Fernández.


PE/004550-2

CVE="BOCCL-10-014117"



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