PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 27 de noviembre de 2020, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/000864 a PNL/000885.
De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.
Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.
En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 27 de noviembre de 2020.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: José Francisco Martín Martínez
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
Isabel Gonzalo Ramírez, Nuria Rubio García y Noelia Frutos Rubio, Procuradoras pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión Familia e Igualdad de Oportunidades:
ANTECEDENTES
El pasado 14 de marzo el Gobierno de España declaró el Estado de Alarma y así poder gestionar adecuadamente la situación de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19. Ya entonces había centros residenciales en nuestra comunidad cerrados a las visitas de amigos y familiares, por prevención.
El Gobierno de la Nación inmediatamente estableció una serie de órdenes y normas dirigidas a redefinir la actuación en los centros sociosanitarios, dirigidos a la atención de las personas mayores, que exigían un especial cuidado y atención por albergar a una población muy sensible a los efectos del virus, por ser una población de alto riesgo.
También la Junta de Castilla y León, a través de la Gerencia de Servicios Sociales, edita una Guía de actuaciones en los centros residenciales y de personas con discapacidad, tanto en el ámbito organizativo como en el de prevención para evitar el avance de la COVID-19, dejando en manos de la dirección de cada centro la adopción de las medidas que consideren necesarias, dándose la paradoja de que diferentes centros del mismo grupo empresarial adoptan medidas diferentes en cuanto a las visitas a los residentes, siendo el director o directora del centro residencial el que decide si hay visitas o no, así como el tiempo y forma de las mismas.
La Junta de Castilla y León publica el 4 de noviembre el ACUERDO 78/2020, de 3 de noviembre, por el que se declara el nivel de alerta 4 para todo el territorio de la Comunidad de Castilla y León y se adoptan medidas sanitarias preventivas de carácter excepcional para la contención de la COVID-19 en la Comunidad de Castilla y León, y en su punto segundo apartado 5. "Se suspenden las visitas en los centros residenciales de personas mayores, salvo circunstancias individuales en las que sean de aplicación medidas adicionales de cuidados y humanización o situaciones de final de la vida, que adoptará la dirección del centro, sin perjuicio del uso de formas alternativas de contacto entre los residentes y sus familiares tales como videoconferencias, llamadas telefónicas o similares. Asimismo, no se permiten las salidas de los residentes fuera del recinto de la residencia salvo para acudir al médico y similares o situaciones de fuerza mayor". Medida que no fue ratificado por el TSJCyL. Según el fallo, las personas mayores, que viven en centros residenciales, "son ciudadanos como los demás con los mismos derechos y cuya especial vulnerabilidad frente a la enfermedad transmisible de que se trata merece la adopción de cuantas medidas de toda índole sean precisas para hacer efectiva su protección, no necesariamente mediante una restricción mayor que el resto de los ciudadanos de sus derechos fundamentales", argumentó la Sala.
Por todo lo cual, y debido al excesivo tiempo en el que nuestros mayores se encuentran en situaciones de aislamiento, las graves situaciones de deterioro cognitivo que se están produciendo, así como la soledad y la sensación de abandono que está inundando a los residentes, y sin poder concretar hasta cuándo se puede extender esta situación.
Por lo anteriormente expuesto se formula la siguiente
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
"1.- Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a confeccionar un único protocolo, de obligado cumplimiento de actuación, donde se permita, bajo las medidas de seguridad sanitaria oportunas, las visitas a los residentes de forma periódica y suficiente.
2.- Que se dé traslado del mismo no solo a los centros residenciales, sino también a las familias o representantes de los residentes, para su conocimiento".
Valladolid, 16 de noviembre de 2020.
LAS PROCURADORAS,
Fdo.: María Isabel Gonzalo Ramírez,
Nuria Rubio García y
Noelia Frutos Rubio
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
PNL/000867-01
CVE="BOCCL-10-014489"
PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 27 de noviembre de 2020, ha admitido a trámite las Proposiciones No de Ley PNL/000864 a PNL/000885.
De conformidad con el artículo 163 del Reglamento se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.
Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la Sesión en que dichas Proposiciones No de Ley hayan de debatirse.
En ejecución de dicho acuerdo se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, de conformidad con el artículo 64 del Reglamento.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 27 de noviembre de 2020.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: José Francisco Martín Martínez
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez
TEXTO
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
Isabel Gonzalo Ramírez, Nuria Rubio García y Noelia Frutos Rubio, Procuradoras pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión Familia e Igualdad de Oportunidades:
ANTECEDENTES
El pasado 14 de marzo el Gobierno de España declaró el Estado de Alarma y así poder gestionar adecuadamente la situación de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19. Ya entonces había centros residenciales en nuestra comunidad cerrados a las visitas de amigos y familiares, por prevención.
El Gobierno de la Nación inmediatamente estableció una serie de órdenes y normas dirigidas a redefinir la actuación en los centros sociosanitarios, dirigidos a la atención de las personas mayores, que exigían un especial cuidado y atención por albergar a una población muy sensible a los efectos del virus, por ser una población de alto riesgo.
También la Junta de Castilla y León, a través de la Gerencia de Servicios Sociales, edita una Guía de actuaciones en los centros residenciales y de personas con discapacidad, tanto en el ámbito organizativo como en el de prevención para evitar el avance de la COVID-19, dejando en manos de la dirección de cada centro la adopción de las medidas que consideren necesarias, dándose la paradoja de que diferentes centros del mismo grupo empresarial adoptan medidas diferentes en cuanto a las visitas a los residentes, siendo el director o directora del centro residencial el que decide si hay visitas o no, así como el tiempo y forma de las mismas.
La Junta de Castilla y León publica el 4 de noviembre el ACUERDO 78/2020, de 3 de noviembre, por el que se declara el nivel de alerta 4 para todo el territorio de la Comunidad de Castilla y León y se adoptan medidas sanitarias preventivas de carácter excepcional para la contención de la COVID-19 en la Comunidad de Castilla y León, y en su punto segundo apartado 5. "Se suspenden las visitas en los centros residenciales de personas mayores, salvo circunstancias individuales en las que sean de aplicación medidas adicionales de cuidados y humanización o situaciones de final de la vida, que adoptará la dirección del centro, sin perjuicio del uso de formas alternativas de contacto entre los residentes y sus familiares tales como videoconferencias, llamadas telefónicas o similares. Asimismo, no se permiten las salidas de los residentes fuera del recinto de la residencia salvo para acudir al médico y similares o situaciones de fuerza mayor". Medida que no fue ratificado por el TSJCyL. Según el fallo, las personas mayores, que viven en centros residenciales, "son ciudadanos como los demás con los mismos derechos y cuya especial vulnerabilidad frente a la enfermedad transmisible de que se trata merece la adopción de cuantas medidas de toda índole sean precisas para hacer efectiva su protección, no necesariamente mediante una restricción mayor que el resto de los ciudadanos de sus derechos fundamentales", argumentó la Sala.
Por todo lo cual, y debido al excesivo tiempo en el que nuestros mayores se encuentran en situaciones de aislamiento, las graves situaciones de deterioro cognitivo que se están produciendo, así como la soledad y la sensación de abandono que está inundando a los residentes, y sin poder concretar hasta cuándo se puede extender esta situación.
Por lo anteriormente expuesto se formula la siguiente
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
"1.- Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a confeccionar un único protocolo, de obligado cumplimiento de actuación, donde se permita, bajo las medidas de seguridad sanitaria oportunas, las visitas a los residentes de forma periódica y suficiente.
2.- Que se dé traslado del mismo no solo a los centros residenciales, sino también a las familias o representantes de los residentes, para su conocimiento".
Valladolid, 16 de noviembre de 2020.
LAS PROCURADORAS,
Fdo.: María Isabel Gonzalo Ramírez,
Nuria Rubio García y
Noelia Frutos Rubio
EL PORTAVOZ,
Fdo.: Luis Tudanca Fernández
PNL/000867-01
CVE="BOCCL-10-014489"