PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/004713, PE/004714, PE/004855 a PE/004868, PE/004968 a PE/004977, PE/004979 a PE/004988, PE/004990, PE/004992 a PE/005000, PE/005008, PE/005010, PE/005011, PE/005013 a PE/005029, PE/005032 a PE/005035, PE/005037, PE/005038 y PE/005040, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 1 de febrero de 2021.
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez.
El presente documento contiene imágenes. Puede consultar la versión íntegra del mismo en la publicación en formato PDF, BOCCL-10-016172.
Contestación a la Pregunta Escrita P.E. 5011, formulada por D. Pedro González Reglero, D.ª Laura Palegrina Cortijo, D.ª Rosa Rubio Martín, D. Angel Hernández Martínez y D. José Francisco Martín Martínez, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León sobre Plan de Medidas extraordinarias para la protección a los trabajadores/as, a las empresas, a las familias y a las personas vulnerables con motivo de la pandemia de COVID-19 en relación a las medidas proteccion social.
Las medidas de protección social recogidas en el Plan de Medidas extraordinarias se dirigen a la ampliación, refuerzo e incremento de la cobertura de las prestaciones existentes, dirigidas a atender a las personas vulnerables, que por causa de la pandemia se hayan visto incrementadas sus demandas o se requieran medidas adicionales para garantizar el cumplimiento de las recomendaciones sanitarias o para afrontar las consecuencias del covid-19 en su funcionamiento.
Aquellos servicios cuya titularidad corresponda a las corporaciones locales con competencias en servicios sociales, como los servicios de proximidad y las prestaciones económicas destinadas a necesidades básicas, se han reforzado mediante financiación extraordinaria cuya información se adjunta en Anexo a esta Pregunta Escrita.
Las prestaciones de teleasistencia, ayuda a domicilio y prestaciones económicas para la cobertura de necesidades básicas son concedidas por las corporaciones locales competentes. Los datos definitivos relativos al número de prestaciones resueltas por cada corporación local y las cantidades efectivamente pagadas aún no están disponibles, al no haber finalizado el plazo de justificación de los fondos extraordinarios concedidos; en todo caso, no será posible aportar la razón social de los solicitantes, al tratarse de personas físicas, y estar por tanto sometidos a la normativa de protección de datos.
Valladolid, 7 de enero de 2021.
LA CONSEJERA,
Fdo.: María Isabel Blanco Llamas.
PE/005011-2
CVE="BOCCL-10-016172"
PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/004713, PE/004714, PE/004855 a PE/004868, PE/004968 a PE/004977, PE/004979 a PE/004988, PE/004990, PE/004992 a PE/005000, PE/005008, PE/005010, PE/005011, PE/005013 a PE/005029, PE/005032 a PE/005035, PE/005037, PE/005038 y PE/005040, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 1 de febrero de 2021.
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez.
TEXTO
El presente documento contiene imágenes. Puede consultar la versión íntegra del mismo en la publicación en formato PDF, BOCCL-10-016172.
Contestación a la Pregunta Escrita P.E. 5011, formulada por D. Pedro González Reglero, D.ª Laura Palegrina Cortijo, D.ª Rosa Rubio Martín, D. Angel Hernández Martínez y D. José Francisco Martín Martínez, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León sobre Plan de Medidas extraordinarias para la protección a los trabajadores/as, a las empresas, a las familias y a las personas vulnerables con motivo de la pandemia de COVID-19 en relación a las medidas proteccion social.
Las medidas de protección social recogidas en el Plan de Medidas extraordinarias se dirigen a la ampliación, refuerzo e incremento de la cobertura de las prestaciones existentes, dirigidas a atender a las personas vulnerables, que por causa de la pandemia se hayan visto incrementadas sus demandas o se requieran medidas adicionales para garantizar el cumplimiento de las recomendaciones sanitarias o para afrontar las consecuencias del covid-19 en su funcionamiento.
Aquellos servicios cuya titularidad corresponda a las corporaciones locales con competencias en servicios sociales, como los servicios de proximidad y las prestaciones económicas destinadas a necesidades básicas, se han reforzado mediante financiación extraordinaria cuya información se adjunta en Anexo a esta Pregunta Escrita.
Las prestaciones de teleasistencia, ayuda a domicilio y prestaciones económicas para la cobertura de necesidades básicas son concedidas por las corporaciones locales competentes. Los datos definitivos relativos al número de prestaciones resueltas por cada corporación local y las cantidades efectivamente pagadas aún no están disponibles, al no haber finalizado el plazo de justificación de los fondos extraordinarios concedidos; en todo caso, no será posible aportar la razón social de los solicitantes, al tratarse de personas físicas, y estar por tanto sometidos a la normativa de protección de datos.
Valladolid, 7 de enero de 2021.
LA CONSEJERA,
Fdo.: María Isabel Blanco Llamas.
PE/005011-2
CVE="BOCCL-10-016172"