PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/005126, PE/005371, PE/005797 a PE/005801, PE/006321 a PE/006323, PE/006325 a PE/006327, PE/006329 a PE/006331, PE/006336 a PE/006338, PE/006340 a PE/006345, PE/006349, PE/006352, PE/006361 a PE/006376, PE/006378 a PE/006383, PE/006385, PE/006387 a PE/006400, PE/006412, PE/006414 a PE/006419 y PE/006421 a PE/006423, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 26 de abril de 2021.
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez.
El presente documento contiene imágenes. Puede consultar la versión íntegra del mismo en la publicación en formato PDF, BOCCL-10-019287.
Contestación a la Pregunta con respuesta Escrita P.E./1006415, formulada por los Procuradores D. Ángel Hernández Martínez, D. José Luis Vázquez Fernández, Dña. Laura Pelegrina Cortijo y Dña. María Rodríguez Díaz, pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista, relativa a “distintas cuestiones sobre los mataderos de Castilla y León”.
Recabada información de las Consejerías de Fomento y Medio Ambiente
y Sanidad en relación con las cuestiones planteadas en la pregunta escrita referenciada en el encabezamiento, tengo el honor de comunicar a V.E. la información aportada por dichas Consejerías en los ANEXOS que a continuación se relacionan:
ANEXO I: Consejería de Fomento y Medio Ambiente
ANEXO II: Consejería de Sanidad
Valladolid, 14 de abril de 2021.
EL CONSEJERO DE LA PRESIDENCIA,
Fdo.: Ángel Ibáñez Hernando.
ANEXO I CONSEJERÍA DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE
P.E./1006415
El anexo adjunto recoge la información relativa a las autorizaciones ambientales concedidas por la Junta de Castilla y León, conforme a lo dispuesto en el
artículo 9 del texto refundido de la Ley de Prevención y Control Integrados de la Contaminación, aprobado por Real Decreto legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, a Mataderos con una capacidad de producción de canales superior a 50 toneladas/día de Castilla y León (apartado 9.1.a. del Anejo I del citado texto refundido), que de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de emisiones industriales, aprobado por Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, son las “Industrias cárnicas para el sacrificio, con destino al consumo humano, de animales de las especies bovina, equina, porcina, ovina, caprina, avícola y cunícola, incluidas las industrias destinadas a la conservación y a la fabricación de productos cómicos que dispongan de instalaciones destinadas al sacrificio animal de las anteriores especies, sea o no ésta su actividad principal.”
En los últimos 4 años se han realizado las siguientes inspecciones a mataderos sometidos al régimen de autorización ambiental integrada, no advirtiéndose en las inspecciones programadas incumplimientos significativos o relevantes respecto de lo establecido en el condicionado ambiental:
AÑO 2017:
Programadas:
MATADERO FRIGORÍFICO DE ÁVILA (Ávila)
COOPERATIVA AVÍCOLA GANADERA (Burgos)
HNOS OBLANCA (Onzonilla - León)
COMPLEJO AGROALIMENTARIO (Bejar- Salamanca)
JAMÓN SALAMANCA (Mozarbez- Salamanca)
COMERCIAL PECUARIA SEGOVIANA (Coca- Segovia)
JUSTINO GUTIERREZ. (Laguna de Duero-Valladolid)
MATADERO FUENTES DE BEJAR EL NAVAZO (Fuentes de Béjar- Salamanca)
NO Programadas:
MATADERO FUENTES DE BEJAR EL NAVAZO (Fuentes de Béjar- Salamanca) Inspección por denuncia. No desviaciones. No deriva en expediente sancionador.
AÑO 2018:
Programadas:
EMBUTIDOS FERMÍN (La Alberca - Salamanca)
NO Programadas:
MATADERO SALAMANCA (Mozarbez- Salamanca) Inspección por denuncia. Desviaciones: incumplimiento de los VL de vertido y superación de la capacidad de producción autorizada. Deriva en expediente sancionador.
AÑO 2019:
Programadas:
MATADERO SAN JUAN DEL MONTE (Miranda de Ebro-Burgos).
CARNES SELECTAS (Burgos)
CAMPOFRIO FOOD GROUP (Burgos)
MAGUISA (Guijuelo- Salamanca)
CALDERÓN Y RAMOS (Guijuelo- Salamanca)
AÑO 2020:
Programadas:
COMERCIAL PECUARIA SEGOVIANA (Coca- Segovia)
INDUSTRIAS CÁRNICAS CASTELLANAS (Burgos) (*)
HUEVOS LEÓN (San Andrés del Rabanedo -León) (*)
MATADERO SALAMANCA (Mozarbez- Salamanca) (*) Resultados: Continúan desviaciones: incumplimiento de los VL de vertido y superación de la capacidad de producción autorizada.
INDUSTRIAS CARNICAS VILLAR (Los Rábanos- Soria) (*)
(*) Debido al estado de alarma por COVID-19 se realizaron inspecciones documentales de toda la documentación y controles exigidos en la autorización ambiental.
NO Programadas:
MAJEFRISA (Ciudad Rodrigo- Salamanca) Inspección por denuncia. Desviaciones: falta de realización controles de emisión a la atmósfera y controles de analíticas de vertido. Deriva en expediente sancionador.
AÑO 2021 (hasta marzo):
NO Programadas:
REMANSA (Guijuelo- Salamanca) Inspección por desmantelamiento de las instalaciones al haber extinguido su autorización ambiental.
ANEXO II CONSEJERÍA DE SANIDAD
P.E./1006415
La información sobre la relación nominal de mataderos, número de veterinarios que realizan de forma habitual actuaciones de control oficial en los mismos y el horario establecido en cada matadero como de actividad ordinaria, se acompaña como Anexo.
En cuanto a los criterios para la asignación de los empleados públicos preceptivos para la verificación del cumplimiento de la legislación vigente en materia de inspección veterinaria de mataderos de Castilla y León, vienen determinados por la actividad propia del matadero: horas efectivas de sacrificio, volumen de matanza, número de líneas y cadencia. Teniendo en cuenta estos criterios, se valora la necesidad de asignar un determinado número de profesionales veterinarios a la actividad inspectora de cada establecimiento.
PE/006415-2
CVE="BOCCL-10-019287"
PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/005126, PE/005371, PE/005797 a PE/005801, PE/006321 a PE/006323, PE/006325 a PE/006327, PE/006329 a PE/006331, PE/006336 a PE/006338, PE/006340 a PE/006345, PE/006349, PE/006352, PE/006361 a PE/006376, PE/006378 a PE/006383, PE/006385, PE/006387 a PE/006400, PE/006412, PE/006414 a PE/006419 y PE/006421 a PE/006423, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 26 de abril de 2021.
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez.
TEXTO
El presente documento contiene imágenes. Puede consultar la versión íntegra del mismo en la publicación en formato PDF, BOCCL-10-019287.
Contestación a la Pregunta con respuesta Escrita P.E./1006415, formulada por los Procuradores D. Ángel Hernández Martínez, D. José Luis Vázquez Fernández, Dña. Laura Pelegrina Cortijo y Dña. María Rodríguez Díaz, pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista, relativa a “distintas cuestiones sobre los mataderos de Castilla y León”.
Recabada información de las Consejerías de Fomento y Medio Ambiente
y Sanidad en relación con las cuestiones planteadas en la pregunta escrita referenciada en el encabezamiento, tengo el honor de comunicar a V.E. la información aportada por dichas Consejerías en los ANEXOS que a continuación se relacionan:
ANEXO I: Consejería de Fomento y Medio Ambiente
ANEXO II: Consejería de Sanidad
Valladolid, 14 de abril de 2021.
EL CONSEJERO DE LA PRESIDENCIA,
Fdo.: Ángel Ibáñez Hernando.
ANEXO I CONSEJERÍA DE FOMENTO Y MEDIO AMBIENTE
P.E./1006415
El anexo adjunto recoge la información relativa a las autorizaciones ambientales concedidas por la Junta de Castilla y León, conforme a lo dispuesto en el
artículo 9 del texto refundido de la Ley de Prevención y Control Integrados de la Contaminación, aprobado por Real Decreto legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, a Mataderos con una capacidad de producción de canales superior a 50 toneladas/día de Castilla y León (apartado 9.1.a. del Anejo I del citado texto refundido), que de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de emisiones industriales, aprobado por Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, son las “Industrias cárnicas para el sacrificio, con destino al consumo humano, de animales de las especies bovina, equina, porcina, ovina, caprina, avícola y cunícola, incluidas las industrias destinadas a la conservación y a la fabricación de productos cómicos que dispongan de instalaciones destinadas al sacrificio animal de las anteriores especies, sea o no ésta su actividad principal.”
En los últimos 4 años se han realizado las siguientes inspecciones a mataderos sometidos al régimen de autorización ambiental integrada, no advirtiéndose en las inspecciones programadas incumplimientos significativos o relevantes respecto de lo establecido en el condicionado ambiental:
AÑO 2017:
Programadas:
MATADERO FRIGORÍFICO DE ÁVILA (Ávila)
COOPERATIVA AVÍCOLA GANADERA (Burgos)
HNOS OBLANCA (Onzonilla - León)
COMPLEJO AGROALIMENTARIO (Bejar- Salamanca)
JAMÓN SALAMANCA (Mozarbez- Salamanca)
COMERCIAL PECUARIA SEGOVIANA (Coca- Segovia)
JUSTINO GUTIERREZ. (Laguna de Duero-Valladolid)
MATADERO FUENTES DE BEJAR EL NAVAZO (Fuentes de Béjar- Salamanca)
NO Programadas:
MATADERO FUENTES DE BEJAR EL NAVAZO (Fuentes de Béjar- Salamanca) Inspección por denuncia. No desviaciones. No deriva en expediente sancionador.
AÑO 2018:
Programadas:
EMBUTIDOS FERMÍN (La Alberca - Salamanca)
NO Programadas:
MATADERO SALAMANCA (Mozarbez- Salamanca) Inspección por denuncia. Desviaciones: incumplimiento de los VL de vertido y superación de la capacidad de producción autorizada. Deriva en expediente sancionador.
AÑO 2019:
Programadas:
MATADERO SAN JUAN DEL MONTE (Miranda de Ebro-Burgos).
CARNES SELECTAS (Burgos)
CAMPOFRIO FOOD GROUP (Burgos)
MAGUISA (Guijuelo- Salamanca)
CALDERÓN Y RAMOS (Guijuelo- Salamanca)
AÑO 2020:
Programadas:
COMERCIAL PECUARIA SEGOVIANA (Coca- Segovia)
INDUSTRIAS CÁRNICAS CASTELLANAS (Burgos) (*)
HUEVOS LEÓN (San Andrés del Rabanedo -León) (*)
MATADERO SALAMANCA (Mozarbez- Salamanca) (*) Resultados: Continúan desviaciones: incumplimiento de los VL de vertido y superación de la capacidad de producción autorizada.
INDUSTRIAS CARNICAS VILLAR (Los Rábanos- Soria) (*)
(*) Debido al estado de alarma por COVID-19 se realizaron inspecciones documentales de toda la documentación y controles exigidos en la autorización ambiental.
NO Programadas:
MAJEFRISA (Ciudad Rodrigo- Salamanca) Inspección por denuncia. Desviaciones: falta de realización controles de emisión a la atmósfera y controles de analíticas de vertido. Deriva en expediente sancionador.
AÑO 2021 (hasta marzo):
NO Programadas:
REMANSA (Guijuelo- Salamanca) Inspección por desmantelamiento de las instalaciones al haber extinguido su autorización ambiental.
ANEXO II CONSEJERÍA DE SANIDAD
P.E./1006415
La información sobre la relación nominal de mataderos, número de veterinarios que realizan de forma habitual actuaciones de control oficial en los mismos y el horario establecido en cada matadero como de actividad ordinaria, se acompaña como Anexo.
En cuanto a los criterios para la asignación de los empleados públicos preceptivos para la verificación del cumplimiento de la legislación vigente en materia de inspección veterinaria de mataderos de Castilla y León, vienen determinados por la actividad propia del matadero: horas efectivas de sacrificio, volumen de matanza, número de líneas y cadencia. Teniendo en cuenta estos criterios, se valora la necesidad de asignar un determinado número de profesionales veterinarios a la actividad inspectora de cada establecimiento.
PE/006415-2
CVE="BOCCL-10-019287"