PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 7 de mayo de 2021, de conformidad con lo previsto en el artículo 52.1.d) del Estatuto de Personal de las Cortes de Castilla y León, acuerda declarar la pérdida de la condición de personal de plantilla del Cuerpo Técnico de las Cortes de Castilla y León de don José Manuel López Urbina, con base en la falta de petición de reingreso al servicio activo dentro del periodo de duración de la excedencia voluntaria por interés particular que le fue concedida con efectos de 1 de julio de 2015.
Contra la presente resolución podrá interponerse recurso ante la Mesa de las Cortes de Castilla y León en el plazo máximo de un mes desde su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, según lo dispuesto en el artículo 69 del Estatuto de Personal de la Cámara. Contra la desestimación expresa o por silencio administrativo de dicho recurso podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en los plazos y con los requisitos establecidos en la legislación reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 7 de mayo de 2021.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: José Francisco Martín Martínez
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez
OPER/000104-01
CVE="BOCCL-10-019504"
PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 7 de mayo de 2021, de conformidad con lo previsto en el artículo 52.1.d) del Estatuto de Personal de las Cortes de Castilla y León, acuerda declarar la pérdida de la condición de personal de plantilla del Cuerpo Técnico de las Cortes de Castilla y León de don José Manuel López Urbina, con base en la falta de petición de reingreso al servicio activo dentro del periodo de duración de la excedencia voluntaria por interés particular que le fue concedida con efectos de 1 de julio de 2015.
Contra la presente resolución podrá interponerse recurso ante la Mesa de las Cortes de Castilla y León en el plazo máximo de un mes desde su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, según lo dispuesto en el artículo 69 del Estatuto de Personal de la Cámara. Contra la desestimación expresa o por silencio administrativo de dicho recurso podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en los plazos y con los requisitos establecidos en la legislación reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 7 de mayo de 2021.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: José Francisco Martín Martínez
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez
OPER/000104-01
CVE="BOCCL-10-019504"