PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/006809, PE/006836, PE/006862, PE/006863, PE/006990, PE/007061, PE/007104, PE/007111, PE/007113 a PE/007124, PE/007145 a PE/007152, PE/007154 a PE/007160, PE/007163 a PE/007166, PE/007168 a PE/007195, PE/007198 a PE/007218, PE/007220, PE/007221, PE/007223 a PE/007239, PE/007241 a PE/007243, PE/007245 a PE/007333, PE/007336, PE/007337 y PE/007340 a PE/007356, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 13 de julio 2021.
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez.
Pregunta Escrita PE/1007124 formulada por los Procuradores D. Ángel Hernández Martínez, D.ª Ana Sánchez Hernández y por D. Juan Luis Cepa Álvarez del Grupo Parlamentario Socialista, relativa a las actuaciones realizadas por la Junta de Castilla
y León para dar cumplimiento a la resolución PNL/000237.
En respuesta a la cuestión planteada en la pregunta escrita arriba referenciada, le informo lo siguiente:
En cuanto a la actuaciones realizadas en cumplimiento de la resolución de la PNL /000237, que fue aprobada en la Comisión de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural que se celebró el 26 de noviembre de 2019, a través de la que se instaba a la Junta de Castilla y León a aprobar un Código de Buenas Prácticas Mercantiles en la contratación agraria, pongo en su conocimiento que la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural a través de la Dirección General de la Cadena Alimentaria, ha procurado en todo momento trasladar la existencia de ese Código de Buenas Prácticas Mercantiles en la contratación alimentaria a todos los operadores de la cadena alimentaria en cuantas reuniones se han mantenido con los mismos. Así, es de destacar que en las diferentes reuniones llevadas a cabo con los distintos sectores productivos en los denominados “Viernes del Defensor”, se ha dado la oportuna difusión de la existencia del referido Código de Buenas Prácticas así como de la conveniencia de que cada vez un mayor número de empresas estuvieran adheridas al mismo.
De la misma forma, en los diferentes Cursos de Formación, impartidos tanto a los árbitros y mediadores como a aquellas personas que en el futuro realizarán los controles del cumplimiento de la Ley de la Cadena Alimentaria, se ha explicado el contenido del Código de Buenas Prácticas Mercantiles así como la necesidad de su cumplimiento para lograr un adecuado equilibrio entre los distintos componentes de la cadena alimentaria.
En cuanto al segundo aspecto, cabe significar que la adhesión al Código de Buenas Prácticas Mercantiles es voluntaria para las empresas comercializadoras, estando únicamente obligadas a cumplirlo aquellas que estuvieran adheridas al mismo. En este sentido, el protocolo establecido en la Dirección General de la Cadena Alimentaria, cuando se inicie cualquier actuación relacionada con un posible incumplimiento de la Ley de la Cadena Alimentaria, lleva a determinar si la empresa en cuestión está adherida al Código de Buenas Prácticas Mercantiles y, en caso afirmativo, si dicha empresa ha incumplido en su actuación con el contenido del mismo, en cuyo caso se informaría al Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca para que actuara en consecuencia, sin que hasta la fecha se haya dado ningún supuesto en este sentido.
Valladolid, 30 de junio de 2021.
EL CONSEJERO DE AGRICULTURA,
GANADERÍA Y DESARROLLO RURAL,
Fdo.: Jesús Julio Carnero García.
PE/007124-3
CVE="BOCCL-10-021166"
PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las Contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita, PE/006809, PE/006836, PE/006862, PE/006863, PE/006990, PE/007061, PE/007104, PE/007111, PE/007113 a PE/007124, PE/007145 a PE/007152, PE/007154 a PE/007160, PE/007163 a PE/007166, PE/007168 a PE/007195, PE/007198 a PE/007218, PE/007220, PE/007221, PE/007223 a PE/007239, PE/007241 a PE/007243, PE/007245 a PE/007333, PE/007336, PE/007337 y PE/007340 a PE/007356, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 13 de julio 2021.
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez.
TEXTO
Pregunta Escrita PE/1007124 formulada por los Procuradores D. Ángel Hernández Martínez, D.ª Ana Sánchez Hernández y por D. Juan Luis Cepa Álvarez del Grupo Parlamentario Socialista, relativa a las actuaciones realizadas por la Junta de Castilla
y León para dar cumplimiento a la resolución PNL/000237.
En respuesta a la cuestión planteada en la pregunta escrita arriba referenciada, le informo lo siguiente:
En cuanto a la actuaciones realizadas en cumplimiento de la resolución de la PNL /000237, que fue aprobada en la Comisión de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural que se celebró el 26 de noviembre de 2019, a través de la que se instaba a la Junta de Castilla y León a aprobar un Código de Buenas Prácticas Mercantiles en la contratación agraria, pongo en su conocimiento que la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural a través de la Dirección General de la Cadena Alimentaria, ha procurado en todo momento trasladar la existencia de ese Código de Buenas Prácticas Mercantiles en la contratación alimentaria a todos los operadores de la cadena alimentaria en cuantas reuniones se han mantenido con los mismos. Así, es de destacar que en las diferentes reuniones llevadas a cabo con los distintos sectores productivos en los denominados “Viernes del Defensor”, se ha dado la oportuna difusión de la existencia del referido Código de Buenas Prácticas así como de la conveniencia de que cada vez un mayor número de empresas estuvieran adheridas al mismo.
De la misma forma, en los diferentes Cursos de Formación, impartidos tanto a los árbitros y mediadores como a aquellas personas que en el futuro realizarán los controles del cumplimiento de la Ley de la Cadena Alimentaria, se ha explicado el contenido del Código de Buenas Prácticas Mercantiles así como la necesidad de su cumplimiento para lograr un adecuado equilibrio entre los distintos componentes de la cadena alimentaria.
En cuanto al segundo aspecto, cabe significar que la adhesión al Código de Buenas Prácticas Mercantiles es voluntaria para las empresas comercializadoras, estando únicamente obligadas a cumplirlo aquellas que estuvieran adheridas al mismo. En este sentido, el protocolo establecido en la Dirección General de la Cadena Alimentaria, cuando se inicie cualquier actuación relacionada con un posible incumplimiento de la Ley de la Cadena Alimentaria, lleva a determinar si la empresa en cuestión está adherida al Código de Buenas Prácticas Mercantiles y, en caso afirmativo, si dicha empresa ha incumplido en su actuación con el contenido del mismo, en cuyo caso se informaría al Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca para que actuara en consecuencia, sin que hasta la fecha se haya dado ningún supuesto en este sentido.
Valladolid, 30 de junio de 2021.
EL CONSEJERO DE AGRICULTURA,
GANADERÍA Y DESARROLLO RURAL,
Fdo.: Jesús Julio Carnero García.
PE/007124-3
CVE="BOCCL-10-021166"