PE/007872-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/007872-2


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por la Procuradora Dña. Laura Domínguez Arroyo, relativa a distintas cuestiones sobre las subvenciones del Fondo de Cooperación Local 2021 para la Encuesta de Infraestructura y Equipamiento Local, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 285, de 27 de septiembre de 2021.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de la Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita PE/007872, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

Las memorias remitidas por las Diputaciones Provinciales a las que se refiere la contestación de la Junta de Castilla y León se encuentran en la Secretaría General de estas Cortes.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 5 de noviembre de 2021.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez.



Texto:

Contestación a la Pregunta Escrita, P.E./007872, formulada por D.ª Laura Domínguez Arroyo, Procuradora perteneciente al Grupo Parlamentario Mixto, relativa a la orden PRE/831/2021, de 23 de junio, por la que se conceden ayudas con cargo a la cooperación económica local general 2021 a diputaciones provinciales para la Encuesta de Infraestructura y Equipamiento Local.

En contestación a la Pregunta Escrita de referencia se informa que la Orden PRE /831/2020, de 23 de junio, concede ayudas con cargo a la Cooperación Económica Local General el ejercicio 2021 a las Diputaciones Provinciales para la Encuesta de Infraestructura y Equipamiento Local (EIEL).

El régimen jurídico de estas ayudas se encuentra recogido, además de en las correspondientes resoluciones anuales de las convocatorias, en la Orden IYJ/1747/2010, de 24 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la cooperación económica local general y específicamente de las Ayudas del Fondo de Cooperación Local (FCL).

Concretamente esta línea del FCL-EIEL destinada a las nueve Diputaciones Provinciales de la Comunidad tiene su regulación en la sección 2° del Capítulo II, capítulo que desarrolla la regulación específica de la cooperación económica local general con las Diputaciones Provinciales.

En concreto el artículo 30 dispone que estas ayudas tienen por objeto la actualización, explotación y digitalización de cartografía de la EIEL por parte de las Diputaciones Provinciales, siendo subvencionables entre otros costes los originados por materiales, personal, informática, consultoría y organización directamente relacionadas con el objeto de las ayudas, debiéndose elaborar y actualizar de acuerdo con las instrucciones técnicas del Ministerio para las Administraciones Públicas especificado en los RD 665/1990 y 1328/1997.

El Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, en su artículo 30 establece las competencias de las Diputaciones Provinciales, entre las que se hace especial referencia a la cooperación con los municipios en el desarrollo de obras y servicios de interés municipal. En sentido similar se refiere el artículo 36 1. b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local que atribuye a las Diputaciones Provinciales la asistencia y cooperación jurídica, económica y técnica a los municipios

En este sentido, el Real Decreto 835/2003 de 27 de junio, por el que se regula la cooperación económica del Estado a las inversiones de las entidades locales, establece, en su artículo 4, que la Encuesta de Infraestructuras y Equipamientos Locales es el instrumento objeto básico de análisis y valoración de las necesidades de dotaciones locales a efectos de la cooperación económica local del Estado. Es, por lo tanto, el instrumento objetivo que ha de servir de base para la elaboración de los Planes Provinciales. Además, respetando la autonomía municipal, es un principio básico igualmente para la elaboración de los distintos planes de cooperación de las Diputaciones Provinciales.

Igualmente refiere esta normativa que la elaboración y actualización de la Encuesta de Infraestructuras y Equipamientos Locales corresponde a las Diputaciones Provinciales.

Por ello, con el objeto de poder garantizar y disponer de un documento actualizado de Encuesta de Infraestructuras y Equipamientos Locales, es necesario realizar los trabajos de su actualización y mantenimiento, para lo cual la Junta de Castilla y León colabora con las Diputaciones Provinciales desde hace muchos años con esta tradicional línea del Fondo de Cooperación Local.

En estas ayudas la cofinanciación no puede superar el 85%, debiendo aportar cada Diputación Provincial como mínimo el 15 % del coste total.

Cada año las Diputaciones Provinciales deben remitir a las respectivas Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León la solicitud con una memoria en que se determine la relación de actividades que se pretenden financiar, su presupuesto y financiación prevista. En este sentido se adjunta al presente informe las memorias remitidas por las Diputaciones Provinciales donde se detallan estas cuestiones.

Por otra parte, respecto a si han contratado ya todas las Diputaciones la realización de la Encuesta de infraestructura y equipamiento local y cuáles son las empresas con las que se ha contratado ese servicios, es un dato que la Consejería de la Presidencia no conoce a la fecha hoy, pues tal y como se prevé en la orden de resolución (Orden PRE/831/2020, de 23 de junio) las Diputaciones Provinciales tienen hasta el día 29 de octubre del 2021, para presentar certificado expedido por la secretaría de la respectiva Diputación Provincial que acredite la contratación de la Encuesta o su ejecución directa por la propia Diputación Provincial, estando, por tanto, en plazo para presentar la documentación.

El periodo para la realización de dichas encuestas, por normativa estatal debe realizarse anualmente por las Diputaciones Provinciales. Así, el R.D. 665/90 de 25 de mayo, que regula la cooperación económica del Estado a las inversiones de las entidades locales, en su art. 3 declara a la EIEL como elemento objetivo de la Cooperación Económica Local del Estado, y obliga a las Diputaciones Provinciales a su actualización periódica. La última modificación realizada en el año 2008, determinó que a partir de este año se llevan a cabo actualizaciones anuales de la EIEL.

En relación a si va a disponer la Consejería de la Presidencia de los resultados de las encuestas, la propio Orden PRE/831/2020, de 23 de junio dispone en su punto quinto:

1.— Los gastos a las que se destine la ayuda deberán ejecutarse antes del 31 de diciembre de 2021, incluido el pago del coste total.

2.— A efectos de justificar la ayuda, las entidades locales beneficiarias deberán remitir a la Consejería de la Presidencia, antes del 31 de enero de 2022, certificado expedido por la secretaría de la entidad local, con el visto bueno del presidente, referido a la cuenta justificativa del gasto realizado para el que se concede la ayuda, cumplimentándose el Anexo III de esta orden, acompañándose la siguiente documentación:

Informe en el que consten las actuaciones desarrolladas.

Archivo informático de los trabajos de actualización en los términos establecidos en el resuelvo segundo y en formato .txt, si no se hubiera remitido con anterioridad “

Por tanto la Administración Autonómica, a través de la Consejería de la Presidencia recibe todos los años los trabajos de la actualización de la EIEL de las Diputaciones Provinciales, como justificación de la ayuda que reciben estas instituciones provinciales para dicha finalidad.

Esta documentación principalmente es utilizada por cada una de las Diputaciones Provinciales para la elaboración de sus respectivos planes provinciales de obras u otros planes que tengan programados. Además, este documento sirve también a la Administración del Estado y a la de la Comunidad Autónoma como base de datos para la planificación de su cooperación económica local y resto de políticas públicas en relación con las entidades locales.

Desde el punto de vista de la Comunidad Autónoma, ha servido durante años para planificar las distintas ayudas del Fondo de Cooperación local que se destinaban a las entidades locales, que fueron sustituidas en el año 2015 por fondo de participación de las entidades locales en los ingresos impositivos de la Comunidad, que tiene un carácter incondicionado y por el Fondo de cooperación económica local general, que es incondicionado para los municipios menores de 1.000 habitantes y destinado a inversiones compatibles con los ODS de la Agenda 2030 para los mayores de 1.000 habitantes y Diputaciones Provinciales y para políticas de empleo en el caso de las Diputaciones Provinciales y Municipios mayores de 20.000 habitantes.

No obstante, actualmente persisten como líneas del FCL las dirigidas a las Diputaciones Provinciales para sufragar los gastos de determinados servicios específicos, esto es, la destinada a la EIEL, la destinada al mantenimiento de los Servicios de asesoramiento y asistencia a municipios SAM, que también incluye la Comarca de El Bierzo, y la destinada a los gastos de las Diputaciones Provinciales para determinadas políticas sociales, en concreto para los centros de personas con discapacidad y para las plazas concertadas de salud mental, si bien, estas líneas del FCL, por su naturaleza, no precisan la utilización de esta base de datos.

Tampoco es necesario su utilización, con relación al fondo de cooperación económica local general destinadas inversiones compatibles con la agenda 2030, es una línea de inversiones en la que no es preciso analizar esta base de datos por cuanto son los propios municipios (mayores de 1.000 habitantes) los que deciden las inversiones a las que quieren destinar la ayuda que les corresponde. Para el resto de los municipios es incondicionado con lo que no es preciso tampoco utilizar dicha base de datos.

Por el contrario, sí se utiliza el contenido de este documento para la planificación y programación de la línea de ayudas destinada a mancomunidades municipales, que permite determinar las necesidades de estas entidades locales para la modernización de sus infraestructuras y equipamientos y poder definir, de acuerdo con este análisis, el sentido las convocatorias anuales.

Por último, en relación con la pregunta referida a la colaboración de la Consejería de la Presidencia con las Diputaciones Principales en el análisis de los resultados, la Consejería de la Presidencia está a disposición de las Diputaciones Provinciales para la colaboración y cooperación en cualquier ámbito que tenga que ver con el funcionamiento de las administraciones locales, y con la satisfacción de las necesidades de las personas que viven en el medio rural, como lo demuestra las numerosas actuaciones conjuntas que han venido realizando y continúan desarrollado de forma conjunta y coordinada, y por lo tanto, también para el análisis de los resultados de la EIEL y en la previsión de las futuras actuaciones en función de la mismas, si bien hasta la fecha y con pleno respeto a la autonomía provincial, dichos análisis se ha realizado independientemente por cada una de las Diputaciones Provinciales para la confección de sus planes provinciales,

Valladolid, 25 de octubre de 2021.

EL CONSEJERO DE LA PRESIDENCIA,

Fdo.: Ángel Ibáñez Hernando.


PE/007872-2

CVE="BOCCL-10-023356"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
X Legislatura
Pag. 46591
BOCCL nº 309/10 del 15/11/2021
CVE: BOCCL-10-023356

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/007872-2
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por la Procuradora Dña. Laura Domínguez Arroyo, relativa a distintas cuestiones sobre las subvenciones del Fondo de Cooperación Local 2021 para la Encuesta de Infraestructura y Equipamiento Local, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 285, de 27 de septiembre de 2021.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de la Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita PE/007872, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

Las memorias remitidas por las Diputaciones Provinciales a las que se refiere la contestación de la Junta de Castilla y León se encuentran en la Secretaría General de estas Cortes.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 5 de noviembre de 2021.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Luis Fuentes Rodríguez.


TEXTO


Contestación a la Pregunta Escrita, P.E./007872, formulada por D.ª Laura Domínguez Arroyo, Procuradora perteneciente al Grupo Parlamentario Mixto, relativa a la orden PRE/831/2021, de 23 de junio, por la que se conceden ayudas con cargo a la cooperación económica local general 2021 a diputaciones provinciales para la Encuesta de Infraestructura y Equipamiento Local.

En contestación a la Pregunta Escrita de referencia se informa que la Orden PRE /831/2020, de 23 de junio, concede ayudas con cargo a la Cooperación Económica Local General el ejercicio 2021 a las Diputaciones Provinciales para la Encuesta de Infraestructura y Equipamiento Local (EIEL).

El régimen jurídico de estas ayudas se encuentra recogido, además de en las correspondientes resoluciones anuales de las convocatorias, en la Orden IYJ/1747/2010, de 24 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la cooperación económica local general y específicamente de las Ayudas del Fondo de Cooperación Local (FCL).

Concretamente esta línea del FCL-EIEL destinada a las nueve Diputaciones Provinciales de la Comunidad tiene su regulación en la sección 2° del Capítulo II, capítulo que desarrolla la regulación específica de la cooperación económica local general con las Diputaciones Provinciales.

En concreto el artículo 30 dispone que estas ayudas tienen por objeto la actualización, explotación y digitalización de cartografía de la EIEL por parte de las Diputaciones Provinciales, siendo subvencionables entre otros costes los originados por materiales, personal, informática, consultoría y organización directamente relacionadas con el objeto de las ayudas, debiéndose elaborar y actualizar de acuerdo con las instrucciones técnicas del Ministerio para las Administraciones Públicas especificado en los RD 665/1990 y 1328/1997.

El Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, en su artículo 30 establece las competencias de las Diputaciones Provinciales, entre las que se hace especial referencia a la cooperación con los municipios en el desarrollo de obras y servicios de interés municipal. En sentido similar se refiere el artículo 36 1. b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local que atribuye a las Diputaciones Provinciales la asistencia y cooperación jurídica, económica y técnica a los municipios

En este sentido, el Real Decreto 835/2003 de 27 de junio, por el que se regula la cooperación económica del Estado a las inversiones de las entidades locales, establece, en su artículo 4, que la Encuesta de Infraestructuras y Equipamientos Locales es el instrumento objeto básico de análisis y valoración de las necesidades de dotaciones locales a efectos de la cooperación económica local del Estado. Es, por lo tanto, el instrumento objetivo que ha de servir de base para la elaboración de los Planes Provinciales. Además, respetando la autonomía municipal, es un principio básico igualmente para la elaboración de los distintos planes de cooperación de las Diputaciones Provinciales.

Igualmente refiere esta normativa que la elaboración y actualización de la Encuesta de Infraestructuras y Equipamientos Locales corresponde a las Diputaciones Provinciales.

Por ello, con el objeto de poder garantizar y disponer de un documento actualizado de Encuesta de Infraestructuras y Equipamientos Locales, es necesario realizar los trabajos de su actualización y mantenimiento, para lo cual la Junta de Castilla y León colabora con las Diputaciones Provinciales desde hace muchos años con esta tradicional línea del Fondo de Cooperación Local.

En estas ayudas la cofinanciación no puede superar el 85%, debiendo aportar cada Diputación Provincial como mínimo el 15 % del coste total.

Cada año las Diputaciones Provinciales deben remitir a las respectivas Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León la solicitud con una memoria en que se determine la relación de actividades que se pretenden financiar, su presupuesto y financiación prevista. En este sentido se adjunta al presente informe las memorias remitidas por las Diputaciones Provinciales donde se detallan estas cuestiones.

Por otra parte, respecto a si han contratado ya todas las Diputaciones la realización de la Encuesta de infraestructura y equipamiento local y cuáles son las empresas con las que se ha contratado ese servicios, es un dato que la Consejería de la Presidencia no conoce a la fecha hoy, pues tal y como se prevé en la orden de resolución (Orden PRE/831/2020, de 23 de junio) las Diputaciones Provinciales tienen hasta el día 29 de octubre del 2021, para presentar certificado expedido por la secretaría de la respectiva Diputación Provincial que acredite la contratación de la Encuesta o su ejecución directa por la propia Diputación Provincial, estando, por tanto, en plazo para presentar la documentación.

El periodo para la realización de dichas encuestas, por normativa estatal debe realizarse anualmente por las Diputaciones Provinciales. Así, el R.D. 665/90 de 25 de mayo, que regula la cooperación económica del Estado a las inversiones de las entidades locales, en su art. 3 declara a la EIEL como elemento objetivo de la Cooperación Económica Local del Estado, y obliga a las Diputaciones Provinciales a su actualización periódica. La última modificación realizada en el año 2008, determinó que a partir de este año se llevan a cabo actualizaciones anuales de la EIEL.

En relación a si va a disponer la Consejería de la Presidencia de los resultados de las encuestas, la propio Orden PRE/831/2020, de 23 de junio dispone en su punto quinto:

1.— Los gastos a las que se destine la ayuda deberán ejecutarse antes del 31 de diciembre de 2021, incluido el pago del coste total.

2.— A efectos de justificar la ayuda, las entidades locales beneficiarias deberán remitir a la Consejería de la Presidencia, antes del 31 de enero de 2022, certificado expedido por la secretaría de la entidad local, con el visto bueno del presidente, referido a la cuenta justificativa del gasto realizado para el que se concede la ayuda, cumplimentándose el Anexo III de esta orden, acompañándose la siguiente documentación:

Informe en el que consten las actuaciones desarrolladas.

Archivo informático de los trabajos de actualización en los términos establecidos en el resuelvo segundo y en formato .txt, si no se hubiera remitido con anterioridad “

Por tanto la Administración Autonómica, a través de la Consejería de la Presidencia recibe todos los años los trabajos de la actualización de la EIEL de las Diputaciones Provinciales, como justificación de la ayuda que reciben estas instituciones provinciales para dicha finalidad.

Esta documentación principalmente es utilizada por cada una de las Diputaciones Provinciales para la elaboración de sus respectivos planes provinciales de obras u otros planes que tengan programados. Además, este documento sirve también a la Administración del Estado y a la de la Comunidad Autónoma como base de datos para la planificación de su cooperación económica local y resto de políticas públicas en relación con las entidades locales.

Desde el punto de vista de la Comunidad Autónoma, ha servido durante años para planificar las distintas ayudas del Fondo de Cooperación local que se destinaban a las entidades locales, que fueron sustituidas en el año 2015 por fondo de participación de las entidades locales en los ingresos impositivos de la Comunidad, que tiene un carácter incondicionado y por el Fondo de cooperación económica local general, que es incondicionado para los municipios menores de 1.000 habitantes y destinado a inversiones compatibles con los ODS de la Agenda 2030 para los mayores de 1.000 habitantes y Diputaciones Provinciales y para políticas de empleo en el caso de las Diputaciones Provinciales y Municipios mayores de 20.000 habitantes.

No obstante, actualmente persisten como líneas del FCL las dirigidas a las Diputaciones Provinciales para sufragar los gastos de determinados servicios específicos, esto es, la destinada a la EIEL, la destinada al mantenimiento de los Servicios de asesoramiento y asistencia a municipios SAM, que también incluye la Comarca de El Bierzo, y la destinada a los gastos de las Diputaciones Provinciales para determinadas políticas sociales, en concreto para los centros de personas con discapacidad y para las plazas concertadas de salud mental, si bien, estas líneas del FCL, por su naturaleza, no precisan la utilización de esta base de datos.

Tampoco es necesario su utilización, con relación al fondo de cooperación económica local general destinadas inversiones compatibles con la agenda 2030, es una línea de inversiones en la que no es preciso analizar esta base de datos por cuanto son los propios municipios (mayores de 1.000 habitantes) los que deciden las inversiones a las que quieren destinar la ayuda que les corresponde. Para el resto de los municipios es incondicionado con lo que no es preciso tampoco utilizar dicha base de datos.

Por el contrario, sí se utiliza el contenido de este documento para la planificación y programación de la línea de ayudas destinada a mancomunidades municipales, que permite determinar las necesidades de estas entidades locales para la modernización de sus infraestructuras y equipamientos y poder definir, de acuerdo con este análisis, el sentido las convocatorias anuales.

Por último, en relación con la pregunta referida a la colaboración de la Consejería de la Presidencia con las Diputaciones Principales en el análisis de los resultados, la Consejería de la Presidencia está a disposición de las Diputaciones Provinciales para la colaboración y cooperación en cualquier ámbito que tenga que ver con el funcionamiento de las administraciones locales, y con la satisfacción de las necesidades de las personas que viven en el medio rural, como lo demuestra las numerosas actuaciones conjuntas que han venido realizando y continúan desarrollado de forma conjunta y coordinada, y por lo tanto, también para el análisis de los resultados de la EIEL y en la previsión de las futuras actuaciones en función de la mismas, si bien hasta la fecha y con pleno respeto a la autonomía provincial, dichos análisis se ha realizado independientemente por cada una de las Diputaciones Provinciales para la confección de sus planes provinciales,

Valladolid, 25 de octubre de 2021.

EL CONSEJERO DE LA PRESIDENCIA,

Fdo.: Ángel Ibáñez Hernando.


PE/007872-2

CVE="BOCCL-10-023356"



Sede de las Cortes de Castilla y León