PE/000113-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/000113-2


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. Ángel Hernández Martínez, D. Fernando Pablos Romo y D. Jesús Guerrero Arroyo, relativa a criterios usados para la selección de los centros que ofertaran el aula 2-3 años de manera gratuita, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 26, de 13 de junio de 2022.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita PE/000005, PE/000006, PE/000008 a PE/000015, PE/000028, PE/000075 a PE/000079, PE/000093, PE/000096 a PE/000106, PE/000111 a PE/000139, PE/000141 a PE/000148, PE/000152 a PE/000161, PE/000164 a PE/000179, PE/000181 a PE/000192, PE/000194, PE/000195, PE/000197 a PE/000213, PE/000242 a PE/000245, PE/000630 y PE/000661, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 28 de julio de 2022.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Carlos Pollán Fernández.



Texto:

Respuesta de la Consejería de Educación a la Iniciativa Parlamentaria P.E./1100113 formulada a la Junta de Castilla y León por D. Ángel Hernández Martínez, D. Fernando Pablos Romo y D. Jesús Guerrero Arroyo, Procuradores del Grupo Parlamentario Socialista, relativa a los criterios de selección de los centros que ofertarán el aula 2-3 años de manera gratuita.

En respuesta a la Iniciativa Parlamentaria P.E./1100113, se manifiesta lo siguiente:

En la iniciativa de gratuidad en la escolarización de alumnado de 2-3 años en el primer ciclo de educación infantil participan centros públicos y centros privados. A su vez, los centros públicos pertenecen a titulares diferentes: por una parte, centros educativos de titularidad de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, y por otra parte centros de titularidad de entidades locales.

En el caso de los centros de la Administración de la Comunidad, la selección se ha realizado desde la propia Administración con base en factores objetivos y cuantificables, como han sido:

Ubicación y estructura del centro.

Estudio de espacios disponibles en el centro y valoración de necesidad de obras.

Oferta educativa municipal y privada en las localidades analizadas. Esta oferta educativa se ha contrastado con la población potencial de 2-3 años en las localidades seleccionadas, con base en los últimos datos publicados por el INE.

Se han detectado las localidades en las que, existiendo algún colegio susceplible de acoger la iniciativa con base en los criterios anteriores, la demanda potencial de plazas era superior a un mínimo de 3 alumnos y así mismo superior a la oferta disponible en otras titularidades.

Equilibrio entre red pública y privada.

En el caso de los centros municipales y privados, la selección se ha realizado siguiendo los criterios que a continuación se indican:

Haber realizado la comunicación de unidades a aportar a la oferta gratuita de plazas, solicitada mediante la Orden EDU/12/2022, de 11 de enero, por la que se establecen plazos para que las entidades locales u otras corporaciones públicas (...) y la Orden EDU/13/2022, de 11 de enero, por la que se establecen plazos para que los titulares de los centros privados que presten servicios especializados en la atención a menores de 3 años (...).

Haber tenido unidades de 2-3 años en funcionamiento durante el curso 2021-2022.

Estar reconocido como centro educativo en el Registro de Centros de la Consejería de Educación, o haber solicitado la autorización como centro educativo dentro del plazo de tres meses establecido a esos efectos en las citadas órdenes.

En el caso de los centros privados, además se ha requerido haber obtenido una valoración general favorable (o con carencias subsanables) en la visita previa de la Inspección de Educación, en la que se han considerado:

○ Disponer de personal con la titulación requerida para desempeñar las funciones de atención a este alumnado.

○ Disponer de instalaciones adecuadas, particularmente ubicación del local, número y tamaño de salas disponibles, aseos, ...

Valladolid, 4 de julio de 2022.

LA CONSEJERA,

Fdo.: Rocío Lucas Navas.


PE/000113-2

CVE="BOCCL-11-001340"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
XI Legislatura
Pag. 3604
BOCCL nº 45/11 del 17/8/2022
CVE: BOCCL-11-001340

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/000113-2
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. Ángel Hernández Martínez, D. Fernando Pablos Romo y D. Jesús Guerrero Arroyo, relativa a criterios usados para la selección de los centros que ofertaran el aula 2-3 años de manera gratuita, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 26, de 13 de junio de 2022.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita PE/000005, PE/000006, PE/000008 a PE/000015, PE/000028, PE/000075 a PE/000079, PE/000093, PE/000096 a PE/000106, PE/000111 a PE/000139, PE/000141 a PE/000148, PE/000152 a PE/000161, PE/000164 a PE/000179, PE/000181 a PE/000192, PE/000194, PE/000195, PE/000197 a PE/000213, PE/000242 a PE/000245, PE/000630 y PE/000661, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 28 de julio de 2022.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Carlos Pollán Fernández.


TEXTO


Respuesta de la Consejería de Educación a la Iniciativa Parlamentaria P.E./1100113 formulada a la Junta de Castilla y León por D. Ángel Hernández Martínez, D. Fernando Pablos Romo y D. Jesús Guerrero Arroyo, Procuradores del Grupo Parlamentario Socialista, relativa a los criterios de selección de los centros que ofertarán el aula 2-3 años de manera gratuita.

En respuesta a la Iniciativa Parlamentaria P.E./1100113, se manifiesta lo siguiente:

En la iniciativa de gratuidad en la escolarización de alumnado de 2-3 años en el primer ciclo de educación infantil participan centros públicos y centros privados. A su vez, los centros públicos pertenecen a titulares diferentes: por una parte, centros educativos de titularidad de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, y por otra parte centros de titularidad de entidades locales.

En el caso de los centros de la Administración de la Comunidad, la selección se ha realizado desde la propia Administración con base en factores objetivos y cuantificables, como han sido:

Ubicación y estructura del centro.

Estudio de espacios disponibles en el centro y valoración de necesidad de obras.

Oferta educativa municipal y privada en las localidades analizadas. Esta oferta educativa se ha contrastado con la población potencial de 2-3 años en las localidades seleccionadas, con base en los últimos datos publicados por el INE.

Se han detectado las localidades en las que, existiendo algún colegio susceplible de acoger la iniciativa con base en los criterios anteriores, la demanda potencial de plazas era superior a un mínimo de 3 alumnos y así mismo superior a la oferta disponible en otras titularidades.

Equilibrio entre red pública y privada.

En el caso de los centros municipales y privados, la selección se ha realizado siguiendo los criterios que a continuación se indican:

Haber realizado la comunicación de unidades a aportar a la oferta gratuita de plazas, solicitada mediante la Orden EDU/12/2022, de 11 de enero, por la que se establecen plazos para que las entidades locales u otras corporaciones públicas (...) y la Orden EDU/13/2022, de 11 de enero, por la que se establecen plazos para que los titulares de los centros privados que presten servicios especializados en la atención a menores de 3 años (...).

Haber tenido unidades de 2-3 años en funcionamiento durante el curso 2021-2022.

Estar reconocido como centro educativo en el Registro de Centros de la Consejería de Educación, o haber solicitado la autorización como centro educativo dentro del plazo de tres meses establecido a esos efectos en las citadas órdenes.

En el caso de los centros privados, además se ha requerido haber obtenido una valoración general favorable (o con carencias subsanables) en la visita previa de la Inspección de Educación, en la que se han considerado:

○ Disponer de personal con la titulación requerida para desempeñar las funciones de atención a este alumnado.

○ Disponer de instalaciones adecuadas, particularmente ubicación del local, número y tamaño de salas disponibles, aseos, ...

Valladolid, 4 de julio de 2022.

LA CONSEJERA,

Fdo.: Rocío Lucas Navas.


PE/000113-2

CVE="BOCCL-11-001340"



Sede de las Cortes de Castilla y León