PNL/000183-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/000183-01


Sumario:

Proposición no de ley presentada por los Procuradores D. Fernando Pablos Romo, D. Jesús Guerrero Arroyo, Dña. Virginia Jiménez Campano, Dña. María Soraya Blázquez Domínguez, D. Jesús Puente Alcaraz y D. José Ignacio Martín Benito, relativa a los servicios de refuerzo de limpieza en los centros educativos públicos en los cursos escolares 2021-2022 y 2022-2023, para su tramitación ante la Comisión de Educación.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 25 de agosto de 2022, ha admitido a trámite las proposiciones no de ley PNL/000172 a PNL/000197.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento, se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la sesión en que dichas proposiciones no de ley hayan de debatirse.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 25 de agosto de 2022.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Diego Moreno Castrillo

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Carlos Pollán Fernández



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Fernando Pablos Romo, Jesús Guerrero Arroyo, Virginia Jiménez Campano, Soraya Blázquez Domínguez, Jesús Puente Alcaraz y José Ignacio Martín Benito, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Educación:

ANTECEDENTES

Los Ayuntamientos de nuestra Comunidad Autónoma, a raíz de la crisis sanitaria sufrida, se vieron obligados a tener que reforzar los protocolos de desinfección y limpieza de los centros educativos para hacer frente a la pandemia sanitaria, buscando la seguridad y protección de nuestros escolares y siguiendo las pautas marcadas por la Administración pública competente en materia de sanidad y educación, que no es otra que la Junta de Castilla y León, y por ello teniendo que asumir el sobrecoste adicional de personal y sus equipos de protección (EPI).

En la inmensa mayoría de nuestros municipios, dichas medidas y protocolos se han mantenido durante todo el curso escolar del ejercicio 2021-2022 y se ha realizado con carácter extraordinario una contratación o refuerzo de personal de limpieza o un gasto para material de limpieza para el colegio público y los centros públicos de educación de adultos, justificada por la situación de pandemia generada por la COVID-19 que obligaba a mantener las medidas de prevención adoptadas al inicio de la misma, y a la vista de la situación epidemiológica que seguía presentando la Comunidad de Castilla y León. Esta actuación municipal ha supuesto un importante coste o inversión con cargo a las arcas municipales.

Estos trabajos extraordinarios de limpieza, higiene y ventilación de las aulas, que se han realizado a lo largo de la jornada lectiva (en su mayoría en jornada de mañana), en virtud de las instrucciones remitidas a todos los centros docentes de la Comunidad por parte de la Junta de Castilla y León, implican un esfuerzo importante para las arcas municipales de los Ayuntamientos, ya de por sí exigidas por la realización de nuevas tareas y por ende la asunción de nuevos gastos, además de una importante logística y planificación para llevarlas a cabo. Todo ello, asumido directamente hasta la fecha por los municipios, sin el refuerzo y apoyo necesario del resto de Administraciones públicas con competencias directas, como es el caso de la Junta de Castilla y León, o cuyo fin básico sea la asistencia y cooperación económica, jurídica y técnica a los municipios, como es el caso de las Diputaciones Provinciales.

Los Ayuntamientos ostentan en materia de educación la competencia de limpieza de los centros educativos de infantil y primaria, en los términos del art. 25.2.n) de la LRBRL, y de las leyes sectoriales en la materia: en el devenir normativo que afecta a la materia que nos ocupa, y que va desde la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, hasta la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, pasando, entre otras, por la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, la doctrina ha entendido que el alcance de la obligación de "conservación y mantenimiento" de los citados centros públicos exigidas a los municipios, se concretaban en: a) alumbrado y calefacción; b) limpieza; c) suministro de agua; d) recogida de basuras; e) reparaciones consistentes en recorrido de los tejados, pintura, puertas, ventanas y cristales; f) mantenimiento del edificio en condiciones normales de uso, no pareciendo que deban incluirse las reparaciones generales y extraordinarias, ni las de renovación, ampliación o mejora.

A mayor abundamiento, se hace preciso citar el artículo 9 del Real Decreto Ley 21/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, donde se regula esta desinfección extra y atribuida claramente a las Administraciones que ostentan la competencia en materia educativa, es decir, las Comunidades Autónomas, exigiendo además que la citada lleve aparejada la dotación de todos los medios y procedimientos que sean necesarios para garantizar la correcta desinfección.

Durante el curso académico 2020-2021 la Junta de Castilla y León, asumiendo parcialmente sus competencias, estableció los mecanismos para financiar una pequeña parte de dichos gastos soportados por los Ayuntamientos, habiéndose incumplido tal circunstancia para el pasado curso escolar 2021-22 y sin que exista una planificación y previsión de adoptar las medidas oportunas y extraordinarias para que nuestros Ayuntamientos puedan seguir financiando y prestando estos servicios en el futuro curso e 2022-2023.

La partida que fue consignada por la Junta de Castilla y León para sufragar los gastos de limpieza en centros escolares para el curso escolar 2020-2021 fue de 1.562.150 euros, una cantidad claramente insuficiente para hacer frente a dichos gastos extraordinarios y más teniendo en cuenta que el Gobierno del España transfirió a la Junta de Castilla y León para gastos de Educación de forma extraordinaria para ese mismo curso escolar la cantidad de 84 MILLONES de EUROS.

Respecto a las competencias para hacer frente a estos gastos extraordinarios, desde representantes de la FRMP se ha informado que están surgiendo informes jurídicos desde Ayuntamientos y Diputaciones Provinciales de toda España en los que se manifiesta que las labores extraordinarias de limpieza no pueden ser consideradas competencia municipal, sino competencia autonómica. La base sobre la que se asientan estos informes es que, si bien las tareas de limpieza y mantenimiento ordinarias de los centros educativos corresponden a las Administraciones locales, no es el caso relativo al COVID-19, ya que implica labores excepcionales que trascienden al ámbito sanitario.

Además, con motivo de la pandemia sanitaria y las circunstancias coyunturales posteriores derivadas de la Guerra de Ucrania, se han originado otra serie de cargas financieras asociadas al cumplimiento de las obligaciones sanitarias impuestas por la Junta de Castilla y León en los centros escolares. De forma más concreta la obligación de realizar tareas de ventilación en los centros ha provocado el aumento de los costes de calefacción que financian íntegramente los Ayuntamientos en una importante cuantía económica.

Así, los gastos extraordinarios que están siendo asumidos por los Ayuntamientos son los siguientes:

1.º- Costes de Personal: gastos en nóminas y suministros de material adicional de limpieza, desinfección e higienización.

2.º- Aumento de los costes de la calefacción de los centros escolares (suministros de luz, gas natural o gasoil) y suministro de agua: se ha producido un incremento por estos conceptos de al menos un 25 %.

Por todo ello, se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:

1.º- Instar a la Junta de Castilla y León a hacerse cargo del coste íntegro del servicio de refuerzo de limpieza en los centros educativos del curso escolar 2021-2022 derivados de las obligaciones impuestas respecto de las tareas de limpieza, desinfección y ventilación en los centros educativos públicos de educación infantil y primaria, mediante la puesta a disposición de los fondos necesarios para que los Ayuntamientos puedan destinarlos a este fin, cubriendo los costes que han tenido que soportar por dichos conceptos, por ser una competencia propia y exclusiva de la Comunidad Autónoma.

2.º- Adoptar las decisiones que sean necesarias para que en el curso escolar 2022-2023 los Ayuntamientos puedan tener asegurada la financiación autonómica de todos los gastos excepcionales ocasionados por instrucciones emanadas de la Junta de Castilla y León (relativas a medidas sanitarias y de higiene en los colegios públicos de educación infantil y primaria)".

Valladolid, 21 de julio de 2022.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Fernando Pablos Romo, Jesús Guerrero Arroyo, Virginia Jiménez Campano, María Soraya Blázquez Domínguez, Jesús Puente Alcaraz y José Ignacio Martín Benito

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández


PNL/000183-01

CVE="BOCCL-11-001487"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
XI Legislatura
Pags. 4073-4076
BOCCL nº 47/11 del 1/9/2022
CVE: BOCCL-11-001487

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/000183-01
Proposición no de ley presentada por los Procuradores D. Fernando Pablos Romo, D. Jesús Guerrero Arroyo, Dña. Virginia Jiménez Campano, Dña. María Soraya Blázquez Domínguez, D. Jesús Puente Alcaraz y D. José Ignacio Martín Benito, relativa a los servicios de refuerzo de limpieza en los centros educativos públicos en los cursos escolares 2021-2022 y 2022-2023, para su tramitación ante la Comisión de Educación.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 25 de agosto de 2022, ha admitido a trámite las proposiciones no de ley PNL/000172 a PNL/000197.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento, se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la sesión en que dichas proposiciones no de ley hayan de debatirse.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 25 de agosto de 2022.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Diego Moreno Castrillo

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Carlos Pollán Fernández


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Fernando Pablos Romo, Jesús Guerrero Arroyo, Virginia Jiménez Campano, Soraya Blázquez Domínguez, Jesús Puente Alcaraz y José Ignacio Martín Benito, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Educación:

ANTECEDENTES

Los Ayuntamientos de nuestra Comunidad Autónoma, a raíz de la crisis sanitaria sufrida, se vieron obligados a tener que reforzar los protocolos de desinfección y limpieza de los centros educativos para hacer frente a la pandemia sanitaria, buscando la seguridad y protección de nuestros escolares y siguiendo las pautas marcadas por la Administración pública competente en materia de sanidad y educación, que no es otra que la Junta de Castilla y León, y por ello teniendo que asumir el sobrecoste adicional de personal y sus equipos de protección (EPI).

En la inmensa mayoría de nuestros municipios, dichas medidas y protocolos se han mantenido durante todo el curso escolar del ejercicio 2021-2022 y se ha realizado con carácter extraordinario una contratación o refuerzo de personal de limpieza o un gasto para material de limpieza para el colegio público y los centros públicos de educación de adultos, justificada por la situación de pandemia generada por la COVID-19 que obligaba a mantener las medidas de prevención adoptadas al inicio de la misma, y a la vista de la situación epidemiológica que seguía presentando la Comunidad de Castilla y León. Esta actuación municipal ha supuesto un importante coste o inversión con cargo a las arcas municipales.

Estos trabajos extraordinarios de limpieza, higiene y ventilación de las aulas, que se han realizado a lo largo de la jornada lectiva (en su mayoría en jornada de mañana), en virtud de las instrucciones remitidas a todos los centros docentes de la Comunidad por parte de la Junta de Castilla y León, implican un esfuerzo importante para las arcas municipales de los Ayuntamientos, ya de por sí exigidas por la realización de nuevas tareas y por ende la asunción de nuevos gastos, además de una importante logística y planificación para llevarlas a cabo. Todo ello, asumido directamente hasta la fecha por los municipios, sin el refuerzo y apoyo necesario del resto de Administraciones públicas con competencias directas, como es el caso de la Junta de Castilla y León, o cuyo fin básico sea la asistencia y cooperación económica, jurídica y técnica a los municipios, como es el caso de las Diputaciones Provinciales.

Los Ayuntamientos ostentan en materia de educación la competencia de limpieza de los centros educativos de infantil y primaria, en los términos del art. 25.2.n) de la LRBRL, y de las leyes sectoriales en la materia: en el devenir normativo que afecta a la materia que nos ocupa, y que va desde la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, hasta la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, pasando, entre otras, por la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, la doctrina ha entendido que el alcance de la obligación de "conservación y mantenimiento" de los citados centros públicos exigidas a los municipios, se concretaban en: a) alumbrado y calefacción; b) limpieza; c) suministro de agua; d) recogida de basuras; e) reparaciones consistentes en recorrido de los tejados, pintura, puertas, ventanas y cristales; f) mantenimiento del edificio en condiciones normales de uso, no pareciendo que deban incluirse las reparaciones generales y extraordinarias, ni las de renovación, ampliación o mejora.

A mayor abundamiento, se hace preciso citar el artículo 9 del Real Decreto Ley 21/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, donde se regula esta desinfección extra y atribuida claramente a las Administraciones que ostentan la competencia en materia educativa, es decir, las Comunidades Autónomas, exigiendo además que la citada lleve aparejada la dotación de todos los medios y procedimientos que sean necesarios para garantizar la correcta desinfección.

Durante el curso académico 2020-2021 la Junta de Castilla y León, asumiendo parcialmente sus competencias, estableció los mecanismos para financiar una pequeña parte de dichos gastos soportados por los Ayuntamientos, habiéndose incumplido tal circunstancia para el pasado curso escolar 2021-22 y sin que exista una planificación y previsión de adoptar las medidas oportunas y extraordinarias para que nuestros Ayuntamientos puedan seguir financiando y prestando estos servicios en el futuro curso e 2022-2023.

La partida que fue consignada por la Junta de Castilla y León para sufragar los gastos de limpieza en centros escolares para el curso escolar 2020-2021 fue de 1.562.150 euros, una cantidad claramente insuficiente para hacer frente a dichos gastos extraordinarios y más teniendo en cuenta que el Gobierno del España transfirió a la Junta de Castilla y León para gastos de Educación de forma extraordinaria para ese mismo curso escolar la cantidad de 84 MILLONES de EUROS.

Respecto a las competencias para hacer frente a estos gastos extraordinarios, desde representantes de la FRMP se ha informado que están surgiendo informes jurídicos desde Ayuntamientos y Diputaciones Provinciales de toda España en los que se manifiesta que las labores extraordinarias de limpieza no pueden ser consideradas competencia municipal, sino competencia autonómica. La base sobre la que se asientan estos informes es que, si bien las tareas de limpieza y mantenimiento ordinarias de los centros educativos corresponden a las Administraciones locales, no es el caso relativo al COVID-19, ya que implica labores excepcionales que trascienden al ámbito sanitario.

Además, con motivo de la pandemia sanitaria y las circunstancias coyunturales posteriores derivadas de la Guerra de Ucrania, se han originado otra serie de cargas financieras asociadas al cumplimiento de las obligaciones sanitarias impuestas por la Junta de Castilla y León en los centros escolares. De forma más concreta la obligación de realizar tareas de ventilación en los centros ha provocado el aumento de los costes de calefacción que financian íntegramente los Ayuntamientos en una importante cuantía económica.

Así, los gastos extraordinarios que están siendo asumidos por los Ayuntamientos son los siguientes:

1.º- Costes de Personal: gastos en nóminas y suministros de material adicional de limpieza, desinfección e higienización.

2.º- Aumento de los costes de la calefacción de los centros escolares (suministros de luz, gas natural o gasoil) y suministro de agua: se ha producido un incremento por estos conceptos de al menos un 25 %.

Por todo ello, se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:

1.º- Instar a la Junta de Castilla y León a hacerse cargo del coste íntegro del servicio de refuerzo de limpieza en los centros educativos del curso escolar 2021-2022 derivados de las obligaciones impuestas respecto de las tareas de limpieza, desinfección y ventilación en los centros educativos públicos de educación infantil y primaria, mediante la puesta a disposición de los fondos necesarios para que los Ayuntamientos puedan destinarlos a este fin, cubriendo los costes que han tenido que soportar por dichos conceptos, por ser una competencia propia y exclusiva de la Comunidad Autónoma.

2.º- Adoptar las decisiones que sean necesarias para que en el curso escolar 2022-2023 los Ayuntamientos puedan tener asegurada la financiación autonómica de todos los gastos excepcionales ocasionados por instrucciones emanadas de la Junta de Castilla y León (relativas a medidas sanitarias y de higiene en los colegios públicos de educación infantil y primaria)".

Valladolid, 21 de julio de 2022.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Fernando Pablos Romo, Jesús Guerrero Arroyo, Virginia Jiménez Campano, María Soraya Blázquez Domínguez, Jesús Puente Alcaraz y José Ignacio Martín Benito

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández


PNL/000183-01

CVE="BOCCL-11-001487"



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