PNL/000350-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/000350-01


Sumario:

Proposición no de ley presentada por los Procuradores D. Eugenio Miguel Hernández Alcojor, Dña. María Soraya Blázquez Domínguez y D. José Ignacio Martín Benito, instando a la Junta de Castilla y León a incoar y tramitar, en su caso, el expediente administrativo por la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte para declarar bienes de interés cultural en la categoría de conjunto etnológico a los sequeros ubicados en el término municipal de Candeleda, para su tramitación ante la Comisión de Cultura, Turismo y Deporte.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 28 de diciembre de 2022, ha admitido a trámite las proposiciones no de ley PNL/000349 a PNL/000363.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento, se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la sesión en que dichas proposiciones no de ley hayan de debatirse.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 28 de diciembre de 2022.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Diego Moreno Castrillo

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Carlos Pollán Fernández



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Miguel Hernández Alcojor, Soraya Blázquez Domínguez y José Ignacio Martín Benito, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Cultura, Turismo y Deporte:

ANTECEDENTES

Las actividades tradicionales han constituido elementos diferenciadores de la cultura candeledana, habiendo dado las mismas lugar al nacimiento de nuevas técnicas y diferentes modelos de gestión del medio rural, así como a la aparición de variadas culturas de trabajo. Estas culturas de trabajo, entre ellas las del cultivo del pimiento y su transformación en pimentón, es hasta nuestros días una seña de identidad muy importante en esta localidad abulense.

Desde los comienzos del cultivo del pimiento allá por finales del siglo XVII y su posterior transformación en pimentón y hasta los años setenta del pasado siglo, dicho cultivo y transformación fue en aumento. A partir de esas fechas la superficie dedicada a su cultivo comenzó a descender, entre otros motivos, por la lógica subida de la mano de obra debido a las condiciones de recogida y por la entrada masiva de pimiento seco de otros países capaces de producir mucho más barato, pero de una calidad muy inferior. Ello supuso que la mayor parte de los edificios nacidos para la producción y transformación agroalimentaria del pimiento en pimentón, es decir, los "sequeros", perdieran en muchos casos su valor como elementos generadores indirectamente de riqueza.

El pimiento es una planta herbácea anual perteneciente a la familia de las solanáceas. Los frutos denominados pimientos son bayas no jugosas, carnosas y huecas en el interior, en los que sobresalen los tabiques membranosos y una masa globosa de tejido placentario a la que se adhieren las semillas, redondeadas, pequeñas y aplastadas. Aunque generalmente son cónicos o alargados, presentan diferentes formas, tamaños y colores (rojo, verde, amarillo) según las razas y variedades. Son frutos sabrosos, se comen frescos o en conserva y su sabor es dulce o picante por la acción estimulante de la cápsula.

Tras un proceso artesanal de secado a fuego durante varios días en los "sequeros" y su molturación en el correspondiente molino se obtiene el preciado y afamado pimentón ahumado candeledano "hermano" del pimentón de la Vera tanto por ubicación geográfica como por método de cultivo y no así por el proceso de secado.

Los "sequeros" son los edificios característicos del medio agrícola candeledano, realizando, además de la función para la que fueron construidos, es decir, la de proceder en ellos al secado del pimiento, la de caracterizar el paisaje agrícola y rural de Candeleda, de tal modo que sería imposible concebir e interpretar el campo y el paisaje candeledano, y en algunos casos el propio medio urbano, sin la presencia de los sequeros.

Los sequeros fueron también en su momento la segunda vivienda de muchas familias candeledanas durante el largo estío, y sobre todo durante las épocas del trasplante y la recogida y secado del pimiento, adquiriendo por tanto rango de residencia principal durante una parte del año.

Los sequeros son de dimensiones variables, aunque la mayoría son de planta rectangular de aproximadamente entre 8 y 13 metros de largo por 3 o 4 metros de ancho y unos 5 m de altura desde el suelo a la cumbrera. Los materiales que se emplearon principalmente en su construcción fueron la piedra, en algunos casos el ladrillo, aunque muy tardíamente y en escaso número, el adobe, la madera y la teja árabe. Son edificios singulares y característicos de Candeleda en cuanto se refiere a su tipología y en cuanto a los materiales y las medidas de los mismos.

El sequero está dividido en altura en dos niveles bien diferenciados, el nivel inferior en el que se hace el fuego para producir el calor y el humo necesario para secar los pimientos, y el nivel superior en el que se encuentra el "zarzo" o lugar en el que se colocan los pimientos para su secado y en el que hay unos huecos de dimensiones variables de forma cuadrada o rectangular que se utilizan para bajar al nivel inferior el pimiento una vez secado. En las paredes del nivel inferior se encuentran un número variable de huecos que tienen como finalidad producir corrientes de aire para avivar el fuego y distribuir el calor y el humo.

En la actualidad apenas un centenar de estos edificios sobreviven en el paisaje candeledano como consecuencia del descenso de la actividad agrícola y abandono de los mismos, presentando muchos de ellos un deterioro importante, lo cual supone que, de no poner los medios adecuados, con el tiempo desaparecerán, suponiendo una pérdida irreparable para el patrimonio etnológico y cultural de esta zona del sur de Castilla y León.

En la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, se recogen las diferentes categorías de bienes culturales protegidos. En ella se define como Conjunto Etnológico al paraje o territorio transformado por la acción humana, así como los conjuntos de inmuebles, agrupados o dispersos, e instalaciones vinculadas a formas de vida tradicional.

La declaración de Bien de Interés Cultural corresponde a la Junta de Castilla y León, previa incoación y tramitación del correspondiente expediente administrativo por la Consejería de Cultura y Turismo, siendo publicada la declaración en el Boletín Oficial de Castilla y León y en el Boletín Oficial del Estado.

Por lo expuesto se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a incoar y tramitar en su caso el expediente administrativo por la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, para declarar bienes de interés cultural en la categoría de Conjunto Etnológico a los sequeros ubicados en el término municipal de Candeleda".

Valladolid, 1 de diciembre de 2022.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Eugenio Miguel Hernández Alcojor, María Soraya Blázquez Domínguez y José Ignacio Martín Benito

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández


PNL/000350-01

CVE="BOCCL-11-003653"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
XI Legislatura
Pags. 12107-12109
BOCCL nº 95/11 del 10/1/2023
CVE: BOCCL-11-003653

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/000350-01
Proposición no de ley presentada por los Procuradores D. Eugenio Miguel Hernández Alcojor, Dña. María Soraya Blázquez Domínguez y D. José Ignacio Martín Benito, instando a la Junta de Castilla y León a incoar y tramitar, en su caso, el expediente administrativo por la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte para declarar bienes de interés cultural en la categoría de conjunto etnológico a los sequeros ubicados en el término municipal de Candeleda, para su tramitación ante la Comisión de Cultura, Turismo y Deporte.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 28 de diciembre de 2022, ha admitido a trámite las proposiciones no de ley PNL/000349 a PNL/000363.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento, se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la sesión en que dichas proposiciones no de ley hayan de debatirse.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 28 de diciembre de 2022.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Diego Moreno Castrillo

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Carlos Pollán Fernández


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Miguel Hernández Alcojor, Soraya Blázquez Domínguez y José Ignacio Martín Benito, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Cultura, Turismo y Deporte:

ANTECEDENTES

Las actividades tradicionales han constituido elementos diferenciadores de la cultura candeledana, habiendo dado las mismas lugar al nacimiento de nuevas técnicas y diferentes modelos de gestión del medio rural, así como a la aparición de variadas culturas de trabajo. Estas culturas de trabajo, entre ellas las del cultivo del pimiento y su transformación en pimentón, es hasta nuestros días una seña de identidad muy importante en esta localidad abulense.

Desde los comienzos del cultivo del pimiento allá por finales del siglo XVII y su posterior transformación en pimentón y hasta los años setenta del pasado siglo, dicho cultivo y transformación fue en aumento. A partir de esas fechas la superficie dedicada a su cultivo comenzó a descender, entre otros motivos, por la lógica subida de la mano de obra debido a las condiciones de recogida y por la entrada masiva de pimiento seco de otros países capaces de producir mucho más barato, pero de una calidad muy inferior. Ello supuso que la mayor parte de los edificios nacidos para la producción y transformación agroalimentaria del pimiento en pimentón, es decir, los "sequeros", perdieran en muchos casos su valor como elementos generadores indirectamente de riqueza.

El pimiento es una planta herbácea anual perteneciente a la familia de las solanáceas. Los frutos denominados pimientos son bayas no jugosas, carnosas y huecas en el interior, en los que sobresalen los tabiques membranosos y una masa globosa de tejido placentario a la que se adhieren las semillas, redondeadas, pequeñas y aplastadas. Aunque generalmente son cónicos o alargados, presentan diferentes formas, tamaños y colores (rojo, verde, amarillo) según las razas y variedades. Son frutos sabrosos, se comen frescos o en conserva y su sabor es dulce o picante por la acción estimulante de la cápsula.

Tras un proceso artesanal de secado a fuego durante varios días en los "sequeros" y su molturación en el correspondiente molino se obtiene el preciado y afamado pimentón ahumado candeledano "hermano" del pimentón de la Vera tanto por ubicación geográfica como por método de cultivo y no así por el proceso de secado.

Los "sequeros" son los edificios característicos del medio agrícola candeledano, realizando, además de la función para la que fueron construidos, es decir, la de proceder en ellos al secado del pimiento, la de caracterizar el paisaje agrícola y rural de Candeleda, de tal modo que sería imposible concebir e interpretar el campo y el paisaje candeledano, y en algunos casos el propio medio urbano, sin la presencia de los sequeros.

Los sequeros fueron también en su momento la segunda vivienda de muchas familias candeledanas durante el largo estío, y sobre todo durante las épocas del trasplante y la recogida y secado del pimiento, adquiriendo por tanto rango de residencia principal durante una parte del año.

Los sequeros son de dimensiones variables, aunque la mayoría son de planta rectangular de aproximadamente entre 8 y 13 metros de largo por 3 o 4 metros de ancho y unos 5 m de altura desde el suelo a la cumbrera. Los materiales que se emplearon principalmente en su construcción fueron la piedra, en algunos casos el ladrillo, aunque muy tardíamente y en escaso número, el adobe, la madera y la teja árabe. Son edificios singulares y característicos de Candeleda en cuanto se refiere a su tipología y en cuanto a los materiales y las medidas de los mismos.

El sequero está dividido en altura en dos niveles bien diferenciados, el nivel inferior en el que se hace el fuego para producir el calor y el humo necesario para secar los pimientos, y el nivel superior en el que se encuentra el "zarzo" o lugar en el que se colocan los pimientos para su secado y en el que hay unos huecos de dimensiones variables de forma cuadrada o rectangular que se utilizan para bajar al nivel inferior el pimiento una vez secado. En las paredes del nivel inferior se encuentran un número variable de huecos que tienen como finalidad producir corrientes de aire para avivar el fuego y distribuir el calor y el humo.

En la actualidad apenas un centenar de estos edificios sobreviven en el paisaje candeledano como consecuencia del descenso de la actividad agrícola y abandono de los mismos, presentando muchos de ellos un deterioro importante, lo cual supone que, de no poner los medios adecuados, con el tiempo desaparecerán, suponiendo una pérdida irreparable para el patrimonio etnológico y cultural de esta zona del sur de Castilla y León.

En la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, se recogen las diferentes categorías de bienes culturales protegidos. En ella se define como Conjunto Etnológico al paraje o territorio transformado por la acción humana, así como los conjuntos de inmuebles, agrupados o dispersos, e instalaciones vinculadas a formas de vida tradicional.

La declaración de Bien de Interés Cultural corresponde a la Junta de Castilla y León, previa incoación y tramitación del correspondiente expediente administrativo por la Consejería de Cultura y Turismo, siendo publicada la declaración en el Boletín Oficial de Castilla y León y en el Boletín Oficial del Estado.

Por lo expuesto se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a incoar y tramitar en su caso el expediente administrativo por la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, para declarar bienes de interés cultural en la categoría de Conjunto Etnológico a los sequeros ubicados en el término municipal de Candeleda".

Valladolid, 1 de diciembre de 2022.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Eugenio Miguel Hernández Alcojor, María Soraya Blázquez Domínguez y José Ignacio Martín Benito

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández


PNL/000350-01

CVE="BOCCL-11-003653"



Sede de las Cortes de Castilla y León