PE/001107-3











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/001107-3


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. Jesús Guerrero Arroyo, Dña. María Consolación Pablos Labajo, D. Rubén Illera Redón, D. Ángel Hernández Martínez y Dña. Rosa María Rubio Martín, relativa a empresas que han solicitado autorización a la Junta de Castilla y León para actuar como organismos de control acreditados, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 88, de 20 de diciembre de 2022.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita PE/001057, PE/001058, PE/001063, PE/001067, PE/001069 a PE/001071, PE/001074, PE/001077, PE/001079, PE/001083, PE/001084, PE/001087, PE/001095, PE/001102, PE/001103, PE/001106, PE/001107, PE/001117 PE/001118, PE/001121, PE/001125, PE/001128, PE/001131 a PE/001134, PE/001158, PE/001159, PE/001162, PE/001163, PE/001167, PE/001178 a PE/001194, PE/001196, PE/001197 y PE/001213, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 22 de febrero de 2023.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Carlos Pollán Fernández.



Texto:

El presente documento contiene imágenes. Puede consultar la versión íntegra del mismo en la publicación en formato PDF, BOCCL-11-004452.

Contestación a la Pregunta con respuesta Escrita P.E./1101107, formulada por los Procuradores D. Rubén Illera Redón, Dña. María Consolación Pablos Labajo, D. Jesús Guerrero Arroyo, D. Ángel Hernández Martínez y Dña. Rosa María Rubio Martín, pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista, relativa a “empresas que han solicitado autorización a la Junta de Castilla y León para actuar como organismos de control acreditados”.

Recabada información de las Consejerías de la Junta de Castilla y León en relación con las cuestiones planteadas en la pregunta escrita referenciada en el encabezamiento, tengo el honor de comunicar a V.E. la información facilitada en los ANEXOS que a continuación se relacionan:

ANEXO I: Consejería de la Presidencia

ANEXO II: Consejería de Economía y Hacienda

ANEXO III: Consejería de Industria, Comercio y Empleo

ANEXO IV: Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación

del Territorio

ANEXO V: Movilidad y Transformación Digital

ANEXO VI: Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural

ANEXO VII: Consejería de Sanidad

ANEXO VIII: Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades

ANEXO IX: Consejería de Educación

ANEXO X: Consejería de Cultura, Turismo y Deporte

Valladolid, 15 de febrero de 2023.

EL CONSEJERO DE LA PRESIDENCIA,

Fdo.: Jesús Julio Carnero García.

ANEXO I CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA

P.E./1101107

En la Consejería de la Presidencia no se desarrolla ninguna actividad relativa a los Organismos de Control Autorizados por lo que no se puede facilitar la información que se reclama en las preguntas escritas arriba referidas.

ANEXO II CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

P.E./1101107

En contestación a la pregunta con respuesta escrita señalada, en el ámbito de competencias de esta Consejerías, se informa que constan dos expedientes de solicitud para ejercer como Organismo de Control, tramitados por el Servicio de Minas y resueltos favorablemente mediante:

Resolución de 31 de enero de 2013, de autorización de Organismo de Control a favor de I. P. Control, S.L., conforme al Real Decreto 975/2009, de 12 de junio, sobre gestión de los residuos de las industrias extractivas y de protección y rehabilitación del espacio afectado por actividades mineras.

Resolución de 19 de febrero de 2020, de la Dirección General de Energía y Minas relativa a la autorización como Organismo de Control de la sociedad Seguridad Industrial, Medio Ambiente y Calidad, S.L.

ANEXO III CONSEJERÍA DE INDUSTRIA COMERCIO Y EMPLEO

P.E./1101107

En contestación a la Pregunta Escrita P.E./001107, Núm. Registro de entrada 10030, formulada a la Junta de Castilla y León por los Procuradores, D. JESÚS GUERRERO ARROYO, D.ª CONSOLACIÓN PABLOS LABAJO, D. RUBÉN ILLERA REDÓN, D. ÁNGEL HENÁNDEZ MARTÍNEZ Y D.ª ROSA RUBIO MARTÍN del Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León, solicitando “¿Cuántas empresas han solicitado autorización a la Junta de Castilla y León para actuar como Organismos de Control Acreditados?

¿Cuántas lo han recibido y en qué fechas?

¿Cuántas fueron rechazadas y en qué fechas?”.

Se informa que según el Artículo 15.4 de la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria, deberá tenerse en cuenta lo siguiente:

“El régimen de habilitación para el acceso y ejercido de la actividad de los Organismos de Control consistirá en una declaración responsable ante la autoridad competente, con acreditación previa de la competencia técnica del organismo de control por una entidad nacional de acreditación. La habilitación corresponde a la autoridad competente en materia de industria donde el organismo de control acceda a la actividad para la que desea ser acreditado, sin perjuicio, en su caso, de la aplicación de lo dispuesto en materia de autoridad de origen en la disposición adicional décima de la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de mercado. La declaración responsable habilitará al organismo de control para desarrollar la actividad para la que ha sido acreditado en todo el territorio español por tiempo indefinido, sin perjuicio, en su caso, de lo que disponga la normativa comunitaria a efectos de su reconocimiento en la Unión Europea.”

En virtud de lo expuesto, todo Organismo de Control que haya presentado la declaración responsable ante su autoridad de origen, según lo indicado en párrafos anteriores, está habilitado para ejercer su actividad sin necesidad de solicitar autorización a la Junta de Castilla y León.

ANEXO IV CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

P.E./1101107

La Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, conforme a su ámbito competencial, no autoriza a empresas para actuar como organismos de control acreditado.

ANEXO V CONSEJERÍA DE MOVILIDAD Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL

P.E./1101107

En contestación a la Pregunta Escrita 1101107, se informa que la Consejería de Movilidad y Transformación Digital no es competente para tramitar ni resolver las autorizaciones a empresas para actuar como Organismos de Control Acreditados.

ANEXO VI CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO RURAL

P.E./1101107

En respuesta a las cuestiones planteadas en la pregunta escrita arriba referenciada, le informo lo siguiente:

La Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural no consta ninguna solicitud de autorización para ejercer como Organismos de Control Acreditados.

Respecto al Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León (ITACyL), ente público de derecho privado adscrito a esta Consejería, en aplicación de la Ley 8/2005, de 10 de junio de 2005, de la Viña y el Vino de Castilla y León, y de la Orden AYG/1061/2011, de 30 de junio, por la que se regula la autorización de Organismos de Control de Productos Agroalimentarios y su inscripción en el Registro para poder actuar en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, el número de empresas que han solicitado autorización a la Junta de Castilla y León para actuar como Organismos de Control acreditados han sido 67 empresas desde el año 2001 para 412 alcances.

Por ello se han emitido 403 autorizaciones de inscripción y/o autorización en el registro de Organismos de control, siendo desistida o denegada la autorización a 9 solicitudes. Las autorizaciones se conceden a cada organismo de control por alcance solicitado, se comprueban los requisitos recogidos en la citada orden para garantizar que estos puedan realizar actividades de control en Castilla y León llevando a cabo las actividades de certificación y/o inspección de acuerdo con las normas UNE EN ISO/IEC 17065 y UNE EN ISO/IEC 17020.

Se adjunta la relación de entidades autorizadas en el Anexo I y los alcances, y la documentación correspondiente a los 403 controles ya ha sido solicitada en la PD /100453.

ANEXO VII CONSEJERÍA DE SANIDAD

P.E./1101107

La Consejería de Sanidad y la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León, de acuerdo con lo informado en respuesta a la petición de documentación PD/1100453, formulada por los mismos Procuradores del Grupo Parlamentario Socialista, ni en la Consejería de Sanidad ni en la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León se han recibido solicitudes de empresas de autorización para actuar como Organismos de Control Acreditados ni, por tanto, se ha procedido a emitir informes o resoluciones al respecto.

ANEXO VIII CONSEJERÍA DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES

P.E./1101107

La consejería de Familia e Igualdad ;de Oportunidades no es competente para la autorización de Organismos de Control Autorizados que verifiquen el cumplimiento de las condiciones y requisitos de seguridad establecidos en los Reglamentos de Seguridad para los productos e instalaciones industriales.

ANEXO IX CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

P.E./1101107

En respuesta a la Iniciativa Parlamentaria P.E./1101107, se manifiesta lo siguiente:

La Consejería de Educación no concede autorización a empresas para actuar como organismos de control acreditados.

ANEXO X CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

P.E./1101107

En contestación a la iniciativa parlamentaria referenciada, se informa que en la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte no constan solicitudes de empresas para actuar como organismos de control acreditados.


PE/001107-3

CVE="BOCCL-11-004452"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
XI Legislatura
Pag. 14220
BOCCL nº 120/11 del 3/3/2023
CVE: BOCCL-11-004452

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/001107-3
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. Jesús Guerrero Arroyo, Dña. María Consolación Pablos Labajo, D. Rubén Illera Redón, D. Ángel Hernández Martínez y Dña. Rosa María Rubio Martín, relativa a empresas que han solicitado autorización a la Junta de Castilla y León para actuar como organismos de control acreditados, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 88, de 20 de diciembre de 2022.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita PE/001057, PE/001058, PE/001063, PE/001067, PE/001069 a PE/001071, PE/001074, PE/001077, PE/001079, PE/001083, PE/001084, PE/001087, PE/001095, PE/001102, PE/001103, PE/001106, PE/001107, PE/001117 PE/001118, PE/001121, PE/001125, PE/001128, PE/001131 a PE/001134, PE/001158, PE/001159, PE/001162, PE/001163, PE/001167, PE/001178 a PE/001194, PE/001196, PE/001197 y PE/001213, publicadas en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 22 de febrero de 2023.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Carlos Pollán Fernández.


TEXTO


El presente documento contiene imágenes. Puede consultar la versión íntegra del mismo en la publicación en formato PDF, BOCCL-11-004452.

Contestación a la Pregunta con respuesta Escrita P.E./1101107, formulada por los Procuradores D. Rubén Illera Redón, Dña. María Consolación Pablos Labajo, D. Jesús Guerrero Arroyo, D. Ángel Hernández Martínez y Dña. Rosa María Rubio Martín, pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista, relativa a “empresas que han solicitado autorización a la Junta de Castilla y León para actuar como organismos de control acreditados”.

Recabada información de las Consejerías de la Junta de Castilla y León en relación con las cuestiones planteadas en la pregunta escrita referenciada en el encabezamiento, tengo el honor de comunicar a V.E. la información facilitada en los ANEXOS que a continuación se relacionan:

ANEXO I: Consejería de la Presidencia

ANEXO II: Consejería de Economía y Hacienda

ANEXO III: Consejería de Industria, Comercio y Empleo

ANEXO IV: Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación

del Territorio

ANEXO V: Movilidad y Transformación Digital

ANEXO VI: Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural

ANEXO VII: Consejería de Sanidad

ANEXO VIII: Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades

ANEXO IX: Consejería de Educación

ANEXO X: Consejería de Cultura, Turismo y Deporte

Valladolid, 15 de febrero de 2023.

EL CONSEJERO DE LA PRESIDENCIA,

Fdo.: Jesús Julio Carnero García.

ANEXO I CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA

P.E./1101107

En la Consejería de la Presidencia no se desarrolla ninguna actividad relativa a los Organismos de Control Autorizados por lo que no se puede facilitar la información que se reclama en las preguntas escritas arriba referidas.

ANEXO II CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

P.E./1101107

En contestación a la pregunta con respuesta escrita señalada, en el ámbito de competencias de esta Consejerías, se informa que constan dos expedientes de solicitud para ejercer como Organismo de Control, tramitados por el Servicio de Minas y resueltos favorablemente mediante:

Resolución de 31 de enero de 2013, de autorización de Organismo de Control a favor de I. P. Control, S.L., conforme al Real Decreto 975/2009, de 12 de junio, sobre gestión de los residuos de las industrias extractivas y de protección y rehabilitación del espacio afectado por actividades mineras.

Resolución de 19 de febrero de 2020, de la Dirección General de Energía y Minas relativa a la autorización como Organismo de Control de la sociedad Seguridad Industrial, Medio Ambiente y Calidad, S.L.

ANEXO III CONSEJERÍA DE INDUSTRIA COMERCIO Y EMPLEO

P.E./1101107

En contestación a la Pregunta Escrita P.E./001107, Núm. Registro de entrada 10030, formulada a la Junta de Castilla y León por los Procuradores, D. JESÚS GUERRERO ARROYO, D.ª CONSOLACIÓN PABLOS LABAJO, D. RUBÉN ILLERA REDÓN, D. ÁNGEL HENÁNDEZ MARTÍNEZ Y D.ª ROSA RUBIO MARTÍN del Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León, solicitando “¿Cuántas empresas han solicitado autorización a la Junta de Castilla y León para actuar como Organismos de Control Acreditados?

¿Cuántas lo han recibido y en qué fechas?

¿Cuántas fueron rechazadas y en qué fechas?”.

Se informa que según el Artículo 15.4 de la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria, deberá tenerse en cuenta lo siguiente:

“El régimen de habilitación para el acceso y ejercido de la actividad de los Organismos de Control consistirá en una declaración responsable ante la autoridad competente, con acreditación previa de la competencia técnica del organismo de control por una entidad nacional de acreditación. La habilitación corresponde a la autoridad competente en materia de industria donde el organismo de control acceda a la actividad para la que desea ser acreditado, sin perjuicio, en su caso, de la aplicación de lo dispuesto en materia de autoridad de origen en la disposición adicional décima de la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de mercado. La declaración responsable habilitará al organismo de control para desarrollar la actividad para la que ha sido acreditado en todo el territorio español por tiempo indefinido, sin perjuicio, en su caso, de lo que disponga la normativa comunitaria a efectos de su reconocimiento en la Unión Europea.”

En virtud de lo expuesto, todo Organismo de Control que haya presentado la declaración responsable ante su autoridad de origen, según lo indicado en párrafos anteriores, está habilitado para ejercer su actividad sin necesidad de solicitar autorización a la Junta de Castilla y León.

ANEXO IV CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

P.E./1101107

La Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, conforme a su ámbito competencial, no autoriza a empresas para actuar como organismos de control acreditado.

ANEXO V CONSEJERÍA DE MOVILIDAD Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL

P.E./1101107

En contestación a la Pregunta Escrita 1101107, se informa que la Consejería de Movilidad y Transformación Digital no es competente para tramitar ni resolver las autorizaciones a empresas para actuar como Organismos de Control Acreditados.

ANEXO VI CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO RURAL

P.E./1101107

En respuesta a las cuestiones planteadas en la pregunta escrita arriba referenciada, le informo lo siguiente:

La Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural no consta ninguna solicitud de autorización para ejercer como Organismos de Control Acreditados.

Respecto al Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León (ITACyL), ente público de derecho privado adscrito a esta Consejería, en aplicación de la Ley 8/2005, de 10 de junio de 2005, de la Viña y el Vino de Castilla y León, y de la Orden AYG/1061/2011, de 30 de junio, por la que se regula la autorización de Organismos de Control de Productos Agroalimentarios y su inscripción en el Registro para poder actuar en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, el número de empresas que han solicitado autorización a la Junta de Castilla y León para actuar como Organismos de Control acreditados han sido 67 empresas desde el año 2001 para 412 alcances.

Por ello se han emitido 403 autorizaciones de inscripción y/o autorización en el registro de Organismos de control, siendo desistida o denegada la autorización a 9 solicitudes. Las autorizaciones se conceden a cada organismo de control por alcance solicitado, se comprueban los requisitos recogidos en la citada orden para garantizar que estos puedan realizar actividades de control en Castilla y León llevando a cabo las actividades de certificación y/o inspección de acuerdo con las normas UNE EN ISO/IEC 17065 y UNE EN ISO/IEC 17020.

Se adjunta la relación de entidades autorizadas en el Anexo I y los alcances, y la documentación correspondiente a los 403 controles ya ha sido solicitada en la PD /100453.

ANEXO VII CONSEJERÍA DE SANIDAD

P.E./1101107

La Consejería de Sanidad y la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León, de acuerdo con lo informado en respuesta a la petición de documentación PD/1100453, formulada por los mismos Procuradores del Grupo Parlamentario Socialista, ni en la Consejería de Sanidad ni en la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León se han recibido solicitudes de empresas de autorización para actuar como Organismos de Control Acreditados ni, por tanto, se ha procedido a emitir informes o resoluciones al respecto.

ANEXO VIII CONSEJERÍA DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES

P.E./1101107

La consejería de Familia e Igualdad ;de Oportunidades no es competente para la autorización de Organismos de Control Autorizados que verifiquen el cumplimiento de las condiciones y requisitos de seguridad establecidos en los Reglamentos de Seguridad para los productos e instalaciones industriales.

ANEXO IX CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

P.E./1101107

En respuesta a la Iniciativa Parlamentaria P.E./1101107, se manifiesta lo siguiente:

La Consejería de Educación no concede autorización a empresas para actuar como organismos de control acreditados.

ANEXO X CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

P.E./1101107

En contestación a la iniciativa parlamentaria referenciada, se informa que en la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte no constan solicitudes de empresas para actuar como organismos de control acreditados.


PE/001107-3

CVE="BOCCL-11-004452"



Sede de las Cortes de Castilla y León