PNL/000641-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/000641-01


Sumario:

Proposición no de ley presentada por los Grupos Parlamentarios Popular y VOX Castilla y León, instando a la Junta de Castilla y León a modificar el Decreto-ley 2/2022, de 23 de junio, con el objeto de incluir determinadas previsiones normativas que protejan los terrenos que sustentan cultivos de viñedo frente a las instalaciones de generación de energía eléctrica renovable, para su tramitación ante el Pleno.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 11 de octubre de 2023, ha admitido a trámite las proposiciones no de ley PNL/000640 a PNL/000643.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento, se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante el Pleno.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la sesión en que dichas proposiciones no de ley hayan de debatirse.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 11 de octubre de 2023.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Diego Moreno Castrillo

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Carlos Pollán Fernández



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Los GRUPOS PARLAMENTARIOS POPULAR Y VOX de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante el Pleno.

ANTECEDENTES

El Decreto-ley 2/2022, de 23 de junio, por el que se adoptan medidas urgentes para la agilización de la gestión de los fondos europeos y el impulso de la actividad económica, estableció en su artículo 13 una serie de restricciones relativas a la ubicación de instalaciones de generación de energías renovables, tanto eólicas como fotovoltaicas, en Castilla y León. Estas restricciones tienen su origen en valores ambientales, patrimoniales, sociales o agronómicos. De esta forma, se establece el marco necesario para impulsar un desarrollo razonable de las energías renovables, con procedimientos más ágiles en el caso de instalaciones autorizables, y archivo en el inicio de la tramitación de instalaciones incompatibles con los valores a proteger.

En cuanto a las cuestiones agronómicas, la citada norma establece en los apartados 1.e) y 2.f) limitaciones a las instalaciones de generación de energías renovables eólica y fotovoltaica en determinadas zonas regables:

Los terrenos sobre los que se hayan desarrollado zonas regables, bien mediante la transformación de secano a regadío, o bien mediante la modernización de regadíos, declaradas de interés general o utilidad pública del estado o de la comunidad autónoma, o que hayan contado con inversiones públicas.

Se exceptúan de esta limitación las instalaciones de generación de energía renovable que estén vinculadas al regadío.

Sin embargo, hay zonas en Castilla y León que sustentan cultivos de viñedos de gran importancia económica, social y paisajística que se pueden ver afectadas de forma muy negativa por las instalaciones de generación de energías renovables, especialmente fotovoltaica, y que no están incluidos entre las limitaciones que establece el Decreto-ley 2/2022.

Por todo ello, se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León para que modifique el Decreto-ley 2/2022, de 23 de junio, con el objeto de:

a) Incluir como zonas no autorizables para la ubicación de instalaciones de generación de energía eléctrica renovable, tanto eólica como fotovoltaica, los terrenos que aparezcan recogidos como viñedos en el Registro de Explotaciones Agrarias de Castilla y León (REACyL), salvo que las instalaciones de generación estén vinculadas a la explotación del viñedo.

b) Que las líneas eléctricas de evacuación de las instalaciones de generación eléctrica renovable que precisen atravesar terrenos calificados como viñedos deban ser siempre soterradas.

c) Que en aquellos casos en los que, por razones de imposibilidad, debidamente motivada, fuera necesario eliminar superficie registrada de viñedo, el promotor deba reponerla a su costa en parcelas cercanas y de análoga calidad".

Valladolid, 9 de octubre de 2023.

EL PORTAVOZ DEL G. P. POPULAR,

Fdo.: Raúl de la Hoz Quintano

EL PORTAVOZ DEL G. P. VOX,

Fdo.: Carlos Menéndez Blanco


PNL/000641-01

CVE="BOCCL-11-006720"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
XI Legislatura
Pags. 19630-19631
BOCCL nº 202/11 del 17/10/2023
CVE: BOCCL-11-006720

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/000641-01
Proposición no de ley presentada por los Grupos Parlamentarios Popular y VOX Castilla y León, instando a la Junta de Castilla y León a modificar el Decreto-ley 2/2022, de 23 de junio, con el objeto de incluir determinadas previsiones normativas que protejan los terrenos que sustentan cultivos de viñedo frente a las instalaciones de generación de energía eléctrica renovable, para su tramitación ante el Pleno.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 11 de octubre de 2023, ha admitido a trámite las proposiciones no de ley PNL/000640 a PNL/000643.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento, se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante el Pleno.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la sesión en que dichas proposiciones no de ley hayan de debatirse.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 11 de octubre de 2023.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Diego Moreno Castrillo

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Carlos Pollán Fernández


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Los GRUPOS PARLAMENTARIOS POPULAR Y VOX de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante el Pleno.

ANTECEDENTES

El Decreto-ley 2/2022, de 23 de junio, por el que se adoptan medidas urgentes para la agilización de la gestión de los fondos europeos y el impulso de la actividad económica, estableció en su artículo 13 una serie de restricciones relativas a la ubicación de instalaciones de generación de energías renovables, tanto eólicas como fotovoltaicas, en Castilla y León. Estas restricciones tienen su origen en valores ambientales, patrimoniales, sociales o agronómicos. De esta forma, se establece el marco necesario para impulsar un desarrollo razonable de las energías renovables, con procedimientos más ágiles en el caso de instalaciones autorizables, y archivo en el inicio de la tramitación de instalaciones incompatibles con los valores a proteger.

En cuanto a las cuestiones agronómicas, la citada norma establece en los apartados 1.e) y 2.f) limitaciones a las instalaciones de generación de energías renovables eólica y fotovoltaica en determinadas zonas regables:

Los terrenos sobre los que se hayan desarrollado zonas regables, bien mediante la transformación de secano a regadío, o bien mediante la modernización de regadíos, declaradas de interés general o utilidad pública del estado o de la comunidad autónoma, o que hayan contado con inversiones públicas.

Se exceptúan de esta limitación las instalaciones de generación de energía renovable que estén vinculadas al regadío.

Sin embargo, hay zonas en Castilla y León que sustentan cultivos de viñedos de gran importancia económica, social y paisajística que se pueden ver afectadas de forma muy negativa por las instalaciones de generación de energías renovables, especialmente fotovoltaica, y que no están incluidos entre las limitaciones que establece el Decreto-ley 2/2022.

Por todo ello, se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León para que modifique el Decreto-ley 2/2022, de 23 de junio, con el objeto de:

a) Incluir como zonas no autorizables para la ubicación de instalaciones de generación de energía eléctrica renovable, tanto eólica como fotovoltaica, los terrenos que aparezcan recogidos como viñedos en el Registro de Explotaciones Agrarias de Castilla y León (REACyL), salvo que las instalaciones de generación estén vinculadas a la explotación del viñedo.

b) Que las líneas eléctricas de evacuación de las instalaciones de generación eléctrica renovable que precisen atravesar terrenos calificados como viñedos deban ser siempre soterradas.

c) Que en aquellos casos en los que, por razones de imposibilidad, debidamente motivada, fuera necesario eliminar superficie registrada de viñedo, el promotor deba reponerla a su costa en parcelas cercanas y de análoga calidad".

Valladolid, 9 de octubre de 2023.

EL PORTAVOZ DEL G. P. POPULAR,

Fdo.: Raúl de la Hoz Quintano

EL PORTAVOZ DEL G. P. VOX,

Fdo.: Carlos Menéndez Blanco


PNL/000641-01

CVE="BOCCL-11-006720"



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