PNL/000642-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/000642-01


Sumario:

Proposición no de ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX Castilla y León, instando a la Junta de Castilla y León para que a su vez inste al Gobierno de España a que agilice y flexibilice las solicitudes presentadas por el sector de los productos fitosanitarios en los procedimientos de reconocimiento mutuo de las autorizaciones y a ampliar las autorizaciones para usos menores y situaciones de emergencia en materia fitosanitaria, para su tramitación ante el Pleno.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 11 de octubre de 2023, ha admitido a trámite las proposiciones no de ley PNL/000640 a PNL/000643.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento, se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante el Pleno.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la sesión en que dichas proposiciones no de ley hayan de debatirse.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 11 de octubre de 2023.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Diego Moreno Castrillo

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Carlos Pollán Fernández



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

El grupo parlamentario VOX Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, formula la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y aprobación ante el Pleno:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La importancia de la producción de alimentos es esencial para cualquier nación. España necesita para alimentar a su población la totalidad de sus tierras de cultivo, y, además, 9,2 millones de hectáreas de terceros países.

Este dato pone de manifiesto la importancia de un Sector Primario que debe ser debidamente protegido para ser generador de riqueza y empleo. Por ello, desde VOX consideramos esencial defender nuestra soberanía alimentaria. Ya tenemos la experiencia de los nefastos efectos que ha tenido la abdicación en la defensa de nuestra soberanía energética y la explotación de nuestros recursos naturales, con pérdidas de miles de puestos de trabajo y una brutal subida de los precios de la energía. No debemos permitir que suceda lo mismo con nuestra soberanía alimentaria, cuya pérdida podemos ya notar en los constantes incrementos de precios en la cesta de la compra.

De nuevo, debemos recordar la importancia que tiene en Castilla y León el Sector Primario, que ronda el 10 % de la economía de la región. Por ello es esencial remover obstáculos políticos y burocráticos que solo contribuyen a aumentar la fragilidad de nuestro sistema de producción agroalimentario y a perjudicarlo en beneficio de terceros.

No podemos consentir que requisitos desproporcionados exigidos por extremistas ecoclimáticos ahoguen nuestra producción agrícola mientras existe una lasitud total para productos importados desde el extranjero, facilitando que nuestra agricultura sea sustituida por la de cualquier otro país extracomunitario.

En el caso de Castilla y León, dentro del tratamiento fitosanitario que requieren los cultivos, nuestros agricultores se encuentran con los siguientes obstáculos que les perjudican frente a sus competidores extranjeros:

Cultivo del lúpulo.

En la provincia de León, con 548 hectáreas cultivadas, se concentra el 95 % de la producción nacional de lúpulo y constituye una de las principales fuentes de ingresos para las 137 explotaciones ubicadas en el entorno de los ríos Órbigo y Tuerto, principalmente en las localidades de Carrizo de la Ribera, Llamas de la Ribera, Villarejo de Órbigo, Benavides de Órbigo, San Justo de la Vega, Turcia, Cimanes del Tejar y Santa Marina del Rey. Es un problema común con las explotaciones ubicadas en Galicia, La Rioja y Cataluña.

El oídio (Podosphaera macuaris), hongo que ataca el cultivo, ha afectado de forma importante este año a las plantaciones con pérdidas económicas que han podido llegar a ser entre el 50 % y el 100 %. Por este motivo el cultivo debe protegerse con productos fitosanitarios siempre que concurran las condiciones meteorológicas propicias y presencia del patógeno en el cultivo. En las parcelas de producción de la provincia de León este patógeno está presente todas las campañas con la peculiaridad de que genera fácilmente resistencias a los productos fitosanitarios.

En la actualidad, con los productos autorizados en España para utilizar en este cultivo contra el oídio no es posible controlarlo en todas las fases del cultivo y, por este motivo, se plantea la incorporación de nuevos productos (con otras materias activas) que puedan dar cobertura completa en el periodo crítico para poder realizar una adecuada gestión integral de la plaga como es la materia activa Metrofenona que pueda ser utilizada en el mes de julio cuando los conos no están cerrados y Fluopyram y Trifloxistrobin a lo largo del mes de agosto, cuando los ataque son más importantes.

Ante esta situación, y a petición del sector, en junio de este año se solicitó al MAPA la autorización excepcional del uso de productos fitosanitarios formulados a base de Fluopyram 25 % P/V + Trifloxistrobin 25 % P/V [SC] para el control de oídio en el cultivo de lúpulo. Solicitud que fue desestimada justificándose por la existencia en el mercado de otros formulados para el control del oídio en el cultivo del lúpulo. Sin embargo, estos productos están autorizados en otros países de la UE e incluso se llegaron a autorizar su uso excepcionalmente en España en campañas anteriores.

Sin embargo, como se ha podido comprobar en la cosecha de este año, se hace necesario la autorización de estos formulados para poder combinar varios productos fitosanitarios y controlar el cultivo en todas las fases y de esta manera hacer viables las explotaciones lupuleras de la provincia de León.

Cultivo de la remolacha.

Esta situación de falta de productos autorizados para su uso en España se viene repitiendo durante los últimos años en otros cultivos, como es el caso de la prohibición del uso de los Neonicotinoides en la semilla de remolacha en la presente campaña.

En el caso de la remolacha, esta prohibición ha generado un fuerte impacto en el manejo fitosanitario del cultivo y ha supuesto la vuelta a tratamientos foliares insecticidas abandonados hace años por su impacto, eficacia limitada y que ha incrementado los costes a los remolacheros en torno a 300-400 €/ha al tener que dar más tratamientos foliares.

Del 2007 al 2023, el número de materias activas insecticidas autorizadas en remolacha han pasado de 17 a 8. Sin embargo, en otros países europeos, como puede ser Francia, disponen de un mayor número de productos insecticidas que no están registrados en nuestro país.

Cultivo de los frutos rojos.

En el cultivo de los frutos rojos el problema se repite con graves dificultades para el control de los patógenos ante la falta de disponibilidad de productos fitosanitarios registrados. En este caso, para el desarrollo óptimo del cultivo es fundamental la desinfección previa a la plantación del suelo para controlar las enfermedades y asegurar una certificación fitosanitaria adecuada.

Este tratamiento se venía haciendo con dos materias activas (1,3-dicloropropeno y cloropicrina) que en 2022 y 223 fueron prohibidas por el MAPA y, como consecuencia, el tratamiento se ha tenido que realizar con otro producto fitosanitario menos eficaz en la desinfección (formulados a base de METAM SODIO 51 % [SL] P/V).

Esta situación ha provocado una bajada de rendimientos al sector viverista, que se ha visto obligado a cambiar el manejo del cultivo para poder mantener el mismo nivel de productividad y los requisitos de calidad fitosanitaria.

La desaparición de estas materias activas está llevando al sector de los frutos rojos españoles a una posición difícil para luchar técnica y económicamente con nuestros competidores, caso de Italia o Portugal donde si están autorizados esos productos o con Marruecos, país que se está posicionando en el mercado mundial como productor de planta madre y que, por supuesto, no tiene establecidas estas restricciones para la utilización de fitosanitarios.

La Ley 43/2002, de 20 de noviembre, de sanidad Vegetal, regula en su artículo 29 que solo podrán comercializarse los productos fitosanitarios si previamente han sido autorizados por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación e inscritos en el Registro Oficial de Productos y Material Fitosanitario (ROOMF).

Por lo expuesto, y ante el agravio que sufren los agricultores castellanos y leoneses por la falta de alternativas fitosanitarias para la lucha contra las principales plagas y enfermedades de los cultivos de nuestra región en comparación con otros Estados Miembros de la Unión Europea que sí disponen de dichas alternativas, se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León para que, a su vez, inste al Gobierno de España a que:

1.- Agilice y flexibilice las solicitudes presentadas por el sector de los productos fitosanitarios en los procedimientos de reconocimiento mutuo de las autorizaciones.

2.- Amplíe las autorizaciones para usos menores y de situaciones de emergencia en materia fitosanitaria (autorizaciones excepcionales) regulados respectivamente en los artículos 40, 51 y 53 del Reglamento (CE) n.º 1107/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo de 21 de octubre de 2009 relativo a la comercialización de productos fitosanitarios, con objeto de que nuestros agricultores dispongan de los mismos mecanismos de defensa que el resto de Estados Miembros de la Unión Europea y de terceros países para el control de las plagas y enfermedades que reducen y limitan las producciones y la rentabilidad económica de sus explotaciones.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Carlos Menéndez Blanco


PNL/000642-01

CVE="BOCCL-11-006721"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
XI Legislatura
Pags. 19632-19635
BOCCL nº 202/11 del 17/10/2023
CVE: BOCCL-11-006721

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/000642-01
Proposición no de ley presentada por el Grupo Parlamentario VOX Castilla y León, instando a la Junta de Castilla y León para que a su vez inste al Gobierno de España a que agilice y flexibilice las solicitudes presentadas por el sector de los productos fitosanitarios en los procedimientos de reconocimiento mutuo de las autorizaciones y a ampliar las autorizaciones para usos menores y situaciones de emergencia en materia fitosanitaria, para su tramitación ante el Pleno.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 11 de octubre de 2023, ha admitido a trámite las proposiciones no de ley PNL/000640 a PNL/000643.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento, se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante el Pleno.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la sesión en que dichas proposiciones no de ley hayan de debatirse.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 11 de octubre de 2023.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Diego Moreno Castrillo

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Carlos Pollán Fernández


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

El grupo parlamentario VOX Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, formula la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y aprobación ante el Pleno:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La importancia de la producción de alimentos es esencial para cualquier nación. España necesita para alimentar a su población la totalidad de sus tierras de cultivo, y, además, 9,2 millones de hectáreas de terceros países.

Este dato pone de manifiesto la importancia de un Sector Primario que debe ser debidamente protegido para ser generador de riqueza y empleo. Por ello, desde VOX consideramos esencial defender nuestra soberanía alimentaria. Ya tenemos la experiencia de los nefastos efectos que ha tenido la abdicación en la defensa de nuestra soberanía energética y la explotación de nuestros recursos naturales, con pérdidas de miles de puestos de trabajo y una brutal subida de los precios de la energía. No debemos permitir que suceda lo mismo con nuestra soberanía alimentaria, cuya pérdida podemos ya notar en los constantes incrementos de precios en la cesta de la compra.

De nuevo, debemos recordar la importancia que tiene en Castilla y León el Sector Primario, que ronda el 10 % de la economía de la región. Por ello es esencial remover obstáculos políticos y burocráticos que solo contribuyen a aumentar la fragilidad de nuestro sistema de producción agroalimentario y a perjudicarlo en beneficio de terceros.

No podemos consentir que requisitos desproporcionados exigidos por extremistas ecoclimáticos ahoguen nuestra producción agrícola mientras existe una lasitud total para productos importados desde el extranjero, facilitando que nuestra agricultura sea sustituida por la de cualquier otro país extracomunitario.

En el caso de Castilla y León, dentro del tratamiento fitosanitario que requieren los cultivos, nuestros agricultores se encuentran con los siguientes obstáculos que les perjudican frente a sus competidores extranjeros:

Cultivo del lúpulo.

En la provincia de León, con 548 hectáreas cultivadas, se concentra el 95 % de la producción nacional de lúpulo y constituye una de las principales fuentes de ingresos para las 137 explotaciones ubicadas en el entorno de los ríos Órbigo y Tuerto, principalmente en las localidades de Carrizo de la Ribera, Llamas de la Ribera, Villarejo de Órbigo, Benavides de Órbigo, San Justo de la Vega, Turcia, Cimanes del Tejar y Santa Marina del Rey. Es un problema común con las explotaciones ubicadas en Galicia, La Rioja y Cataluña.

El oídio (Podosphaera macuaris), hongo que ataca el cultivo, ha afectado de forma importante este año a las plantaciones con pérdidas económicas que han podido llegar a ser entre el 50 % y el 100 %. Por este motivo el cultivo debe protegerse con productos fitosanitarios siempre que concurran las condiciones meteorológicas propicias y presencia del patógeno en el cultivo. En las parcelas de producción de la provincia de León este patógeno está presente todas las campañas con la peculiaridad de que genera fácilmente resistencias a los productos fitosanitarios.

En la actualidad, con los productos autorizados en España para utilizar en este cultivo contra el oídio no es posible controlarlo en todas las fases del cultivo y, por este motivo, se plantea la incorporación de nuevos productos (con otras materias activas) que puedan dar cobertura completa en el periodo crítico para poder realizar una adecuada gestión integral de la plaga como es la materia activa Metrofenona que pueda ser utilizada en el mes de julio cuando los conos no están cerrados y Fluopyram y Trifloxistrobin a lo largo del mes de agosto, cuando los ataque son más importantes.

Ante esta situación, y a petición del sector, en junio de este año se solicitó al MAPA la autorización excepcional del uso de productos fitosanitarios formulados a base de Fluopyram 25 % P/V + Trifloxistrobin 25 % P/V [SC] para el control de oídio en el cultivo de lúpulo. Solicitud que fue desestimada justificándose por la existencia en el mercado de otros formulados para el control del oídio en el cultivo del lúpulo. Sin embargo, estos productos están autorizados en otros países de la UE e incluso se llegaron a autorizar su uso excepcionalmente en España en campañas anteriores.

Sin embargo, como se ha podido comprobar en la cosecha de este año, se hace necesario la autorización de estos formulados para poder combinar varios productos fitosanitarios y controlar el cultivo en todas las fases y de esta manera hacer viables las explotaciones lupuleras de la provincia de León.

Cultivo de la remolacha.

Esta situación de falta de productos autorizados para su uso en España se viene repitiendo durante los últimos años en otros cultivos, como es el caso de la prohibición del uso de los Neonicotinoides en la semilla de remolacha en la presente campaña.

En el caso de la remolacha, esta prohibición ha generado un fuerte impacto en el manejo fitosanitario del cultivo y ha supuesto la vuelta a tratamientos foliares insecticidas abandonados hace años por su impacto, eficacia limitada y que ha incrementado los costes a los remolacheros en torno a 300-400 €/ha al tener que dar más tratamientos foliares.

Del 2007 al 2023, el número de materias activas insecticidas autorizadas en remolacha han pasado de 17 a 8. Sin embargo, en otros países europeos, como puede ser Francia, disponen de un mayor número de productos insecticidas que no están registrados en nuestro país.

Cultivo de los frutos rojos.

En el cultivo de los frutos rojos el problema se repite con graves dificultades para el control de los patógenos ante la falta de disponibilidad de productos fitosanitarios registrados. En este caso, para el desarrollo óptimo del cultivo es fundamental la desinfección previa a la plantación del suelo para controlar las enfermedades y asegurar una certificación fitosanitaria adecuada.

Este tratamiento se venía haciendo con dos materias activas (1,3-dicloropropeno y cloropicrina) que en 2022 y 223 fueron prohibidas por el MAPA y, como consecuencia, el tratamiento se ha tenido que realizar con otro producto fitosanitario menos eficaz en la desinfección (formulados a base de METAM SODIO 51 % [SL] P/V).

Esta situación ha provocado una bajada de rendimientos al sector viverista, que se ha visto obligado a cambiar el manejo del cultivo para poder mantener el mismo nivel de productividad y los requisitos de calidad fitosanitaria.

La desaparición de estas materias activas está llevando al sector de los frutos rojos españoles a una posición difícil para luchar técnica y económicamente con nuestros competidores, caso de Italia o Portugal donde si están autorizados esos productos o con Marruecos, país que se está posicionando en el mercado mundial como productor de planta madre y que, por supuesto, no tiene establecidas estas restricciones para la utilización de fitosanitarios.

La Ley 43/2002, de 20 de noviembre, de sanidad Vegetal, regula en su artículo 29 que solo podrán comercializarse los productos fitosanitarios si previamente han sido autorizados por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación e inscritos en el Registro Oficial de Productos y Material Fitosanitario (ROOMF).

Por lo expuesto, y ante el agravio que sufren los agricultores castellanos y leoneses por la falta de alternativas fitosanitarias para la lucha contra las principales plagas y enfermedades de los cultivos de nuestra región en comparación con otros Estados Miembros de la Unión Europea que sí disponen de dichas alternativas, se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León para que, a su vez, inste al Gobierno de España a que:

1.- Agilice y flexibilice las solicitudes presentadas por el sector de los productos fitosanitarios en los procedimientos de reconocimiento mutuo de las autorizaciones.

2.- Amplíe las autorizaciones para usos menores y de situaciones de emergencia en materia fitosanitaria (autorizaciones excepcionales) regulados respectivamente en los artículos 40, 51 y 53 del Reglamento (CE) n.º 1107/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo de 21 de octubre de 2009 relativo a la comercialización de productos fitosanitarios, con objeto de que nuestros agricultores dispongan de los mismos mecanismos de defensa que el resto de Estados Miembros de la Unión Europea y de terceros países para el control de las plagas y enfermedades que reducen y limitan las producciones y la rentabilidad económica de sus explotaciones.

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Carlos Menéndez Blanco


PNL/000642-01

CVE="BOCCL-11-006721"



Sede de las Cortes de Castilla y León