PE/001796-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/001796-2


Sumario:

Contestación conjunta de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita formuladas por la Procuradora Dña. María Isabel Gonzalo Ramírez, relacionadas en el anexo, publicadas en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 185, de 13 de septiembre de 2023.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita PE/001762 a PE/001768, PE/001770, PE/001771, PE/001773 a PE/001778, PE/001793, PE/001795 y PE/001796.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 19 de octubre de 2023.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Carlos Pollán Fernández.



Texto:

CONTESTACIÓN CONJUNTA DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN

A LAS PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA

PE/ RELATIVA A

001795 Cuál es el número de personas en cada una de las viviendas para personas con discapacidad que tienen plazas concertadas con la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades que están clasificadas como autosuficientes, solicitándose así mismo que se especifique el número de personas autosuficientes en cada vivienda, indicando el municipio donde está ubicada la vivienda y la entidad responsable de la misma; igualmente, sobre cuál es el número de personas en cada una de las viviendas para personas con discapacidad que tienen plazas concertadas con la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades que están clasificadas sin autonomía, solicitándose así mismo que se especifique el número de personas sin autonomía en cada vivienda, indicando el municipio donde está ubicada la vivienda y la entidad responsable de la misma.

001796 Cuál es el número de personas clasificadas como autónomas que tiene cada una de las residencias de personas con discapacidad, con indicación expresa de estas que tienen plazas concertadas con la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades; sobre cuál es el número de personas clasificadas como no autónomas que tiene cada una de las residencias de personas con discapacidad, con indicación expresa de estas que tienen plazas concertadas con la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades; y sobre cuál es el número de personas clasificadas gravemente afectadas que tiene cada una de las residencias de personas con discapacidad, con indicación expresa de estas que tienen plazas concertadas con la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades.

Contestación a las Preguntas Escritas P.E. 1795 y 1796, formuladas por D.ª Isabel Gonzalo Ramírez Procuradora perteneciente al Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León sobre plazas para personas con discapacidad.

La denominación de plazas que recoge la Orden de 21 de junio de 1993, para establecer los requisitos mínimos y específicos de autorización de los centros para personas con discapacidad para su apertura y su funcionamiento, no establece la terminología de plazas autosuficientes o sin autonomía.

Los apoyos que requieren los usuarios de los centros sociales son variables y, por tanto, no son una situación estática en la vida de las personas, por lo que no es un dato registrable, aunque si se verifica por el sistema de comprobación e inspección cuando de forma periódica los centros sociales son supervisados.

Valladolid, 27 de septiembre de 2023.

LA CONSEJERA,

Fdo.: María Isabel Blanco Llamas.


PE/001796-2

CVE="BOCCL-11-006802"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
XI Legislatura
Pag. 19821
BOCCL nº 207/11 del 27/10/2023
CVE: BOCCL-11-006802

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/001796-2
Contestación conjunta de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita formuladas por la Procuradora Dña. María Isabel Gonzalo Ramírez, relacionadas en el anexo, publicadas en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 185, de 13 de septiembre de 2023.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita PE/001762 a PE/001768, PE/001770, PE/001771, PE/001773 a PE/001778, PE/001793, PE/001795 y PE/001796.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 19 de octubre de 2023.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Carlos Pollán Fernández.


TEXTO


CONTESTACIÓN CONJUNTA DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN

A LAS PREGUNTAS PARA RESPUESTA ESCRITA

PE/ RELATIVA A

001795 Cuál es el número de personas en cada una de las viviendas para personas con discapacidad que tienen plazas concertadas con la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades que están clasificadas como autosuficientes, solicitándose así mismo que se especifique el número de personas autosuficientes en cada vivienda, indicando el municipio donde está ubicada la vivienda y la entidad responsable de la misma; igualmente, sobre cuál es el número de personas en cada una de las viviendas para personas con discapacidad que tienen plazas concertadas con la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades que están clasificadas sin autonomía, solicitándose así mismo que se especifique el número de personas sin autonomía en cada vivienda, indicando el municipio donde está ubicada la vivienda y la entidad responsable de la misma.

001796 Cuál es el número de personas clasificadas como autónomas que tiene cada una de las residencias de personas con discapacidad, con indicación expresa de estas que tienen plazas concertadas con la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades; sobre cuál es el número de personas clasificadas como no autónomas que tiene cada una de las residencias de personas con discapacidad, con indicación expresa de estas que tienen plazas concertadas con la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades; y sobre cuál es el número de personas clasificadas gravemente afectadas que tiene cada una de las residencias de personas con discapacidad, con indicación expresa de estas que tienen plazas concertadas con la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades.

Contestación a las Preguntas Escritas P.E. 1795 y 1796, formuladas por D.ª Isabel Gonzalo Ramírez Procuradora perteneciente al Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León sobre plazas para personas con discapacidad.

La denominación de plazas que recoge la Orden de 21 de junio de 1993, para establecer los requisitos mínimos y específicos de autorización de los centros para personas con discapacidad para su apertura y su funcionamiento, no establece la terminología de plazas autosuficientes o sin autonomía.

Los apoyos que requieren los usuarios de los centros sociales son variables y, por tanto, no son una situación estática en la vida de las personas, por lo que no es un dato registrable, aunque si se verifica por el sistema de comprobación e inspección cuando de forma periódica los centros sociales son supervisados.

Valladolid, 27 de septiembre de 2023.

LA CONSEJERA,

Fdo.: María Isabel Blanco Llamas.


PE/001796-2

CVE="BOCCL-11-006802"



Sede de las Cortes de Castilla y León