PNL/000690-01











4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno

470. Proposiciones No de Ley
PNL/000690-01


Sumario:

Proposición no de ley presentada por los Procuradores Dña. Rosa María Rubio Martín, D. Jesús Puente Alcaraz, Dña. María Inmaculada García Rioja, Dña. Noelia Frutos Rubio, D. Javier Campos de la Fuente y D. José Francisco Martín Martínez, instando a la Junta de Castilla y León a que inicie los trámites administrativos pertinentes para regular el uso, consumo, distribución y publicidad de las denominadas "bebidas energéticas" en menores de 18 años, para su tramitación ante la Comisión de Sanidad.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 2 de noviembre de 2023, ha admitido a trámite las proposiciones no de ley PNL/000659 a PNL/000705.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento, se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la sesión en que dichas proposiciones no de ley hayan de debatirse.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 2 de noviembre de 2023.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Diego Moreno Castrillo

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Carlos Pollán Fernández



Texto:

A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Rosa Rubio Martín, Jesús Puente Alcaraz, Inmaculada García Rioja, Noelia Frutos Rubio, Javier Campos de la Fuente y José Francisco Martín Martínez, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Sanidad:

ANTECEDENTES

Las bebidas energéticas llevan unos años creciendo en popularidad entre los más jóvenes. Apoyándose en streamers de Twitch o youtubers como patrocinadores, las campañas publicitarias detrás de estos productos los han catapultado a la fama y la cada vez mayor variedad de sabores y colores disponibles han permitido ampliar ese mercado.

Lo cierto es que, aunque sus sabores y sus presentaciones se puedan parecer bastante, una bebida energética no es lo mismo que un refresco. Y si bien en ambos casos se desaconseja el consumo habitual, las primeras no deberían formar parte de la alimentación de los más jóvenes ni siquiera ocasionalmente, según advierte la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (Aesan).

De hecho, el reglamento de la Unión Europea obliga a incluir en el etiquetado de estos productos la frase «Contenido elevado de cafeína: No recomendado para niños ni mujeres embarazadas o en período de lactancia», seguida de una referencia al contenido de cafeína expresado en miligramos.

Este tipo de bebidas energéticas contienen, de media, 32 mg de cafeína por cada 100 mililitros. Por tanto, la cafeína de una lata de 500 ml, un formato frecuente de venta, alcanza los 160 mg por lata, el equivalente a dos cafés expresos.

Los problemas que puede desencadenar el abuso de estas bebidas tienen que ver, principalmente, con tres aspectos: su alto contenido en cafeína, las grandes cantidades de azúcares que albergan y su frecuente combinación con el alcohol. Entre otros problemas, el abuso de estas sustancias se ha asociado con alteraciones del sueño, irritabilidad o trastornos cardiovasculares.

Según datos de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN), en adolescentes de 11 a 17 años, las alteraciones del sueño pueden aparecer a partir de un consumo de más de 60 mg de cafeína al día, lo que equivale a 200 ml -menos de una lata pequeña de bebida energética-, y a partir de 160 miligramos de cafeína, es decir, 500 mililitros de una bebida energética con 32 mg de cafeína/100 ml pueden tener efectos adversos generales para la salud, como efectos psicológicos, alteraciones de comportamiento y trastornos cardiovasculares.

Según un informe del Observatorio Español de Drogas y Adicciones casi la mitad de los estudiantes de entre 14 y 18 años (el 39 % de las chicas y el 50,7 % de los chicos) manifiesta haber tomado ese tipo de bebidas en el último mes.

Algunas Comunidades Autónomas ya están empezando a regular el uso, consumo, distribución y publicidad de estas sustancias, como por ejemplo la Xunta de Galicia, cuya normativa está en trámites de elaboración.

Por todo ello se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a que se inicien a la mayor brevedad posible los trámites administrativos pertinentes para regular el uso, consumo, distribución y publicidad de las denominadas "bebidas energéticas" en menores de 18 años".

Valladolid, 20 de octubre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Rosa María Rubio Martín, Jesús Puente Alcaraz, María Inmaculada García Rioja, Noelia Frutos Rubio, Javier Campos de la Fuente y José Francisco Martín Martínez

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández


PNL/000690-01

CVE="BOCCL-11-006876"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
XI Legislatura
Pags. 20068-20069
BOCCL nº 210/11 del 9/11/2023
CVE: BOCCL-11-006876

4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno
470. Proposiciones No de Ley
PNL/000690-01
Proposición no de ley presentada por los Procuradores Dña. Rosa María Rubio Martín, D. Jesús Puente Alcaraz, Dña. María Inmaculada García Rioja, Dña. Noelia Frutos Rubio, D. Javier Campos de la Fuente y D. José Francisco Martín Martínez, instando a la Junta de Castilla y León a que inicie los trámites administrativos pertinentes para regular el uso, consumo, distribución y publicidad de las denominadas "bebidas energéticas" en menores de 18 años, para su tramitación ante la Comisión de Sanidad.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 2 de noviembre de 2023, ha admitido a trámite las proposiciones no de ley PNL/000659 a PNL/000705.

De conformidad con el artículo 163 del Reglamento, se ha ordenado su publicación y acordado su tramitación ante las respectivas Comisiones de la Cámara.

Los Grupos Parlamentarios podrán presentar enmiendas hasta seis horas antes del comienzo de la sesión en que dichas proposiciones no de ley hayan de debatirse.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 2 de noviembre de 2023.

El Secretario de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Diego Moreno Castrillo

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Carlos Pollán Fernández


TEXTO


A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN

Rosa Rubio Martín, Jesús Puente Alcaraz, Inmaculada García Rioja, Noelia Frutos Rubio, Javier Campos de la Fuente y José Francisco Martín Martínez, Procuradores pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 162 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate y votación ante la Comisión de Sanidad:

ANTECEDENTES

Las bebidas energéticas llevan unos años creciendo en popularidad entre los más jóvenes. Apoyándose en streamers de Twitch o youtubers como patrocinadores, las campañas publicitarias detrás de estos productos los han catapultado a la fama y la cada vez mayor variedad de sabores y colores disponibles han permitido ampliar ese mercado.

Lo cierto es que, aunque sus sabores y sus presentaciones se puedan parecer bastante, una bebida energética no es lo mismo que un refresco. Y si bien en ambos casos se desaconseja el consumo habitual, las primeras no deberían formar parte de la alimentación de los más jóvenes ni siquiera ocasionalmente, según advierte la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (Aesan).

De hecho, el reglamento de la Unión Europea obliga a incluir en el etiquetado de estos productos la frase «Contenido elevado de cafeína: No recomendado para niños ni mujeres embarazadas o en período de lactancia», seguida de una referencia al contenido de cafeína expresado en miligramos.

Este tipo de bebidas energéticas contienen, de media, 32 mg de cafeína por cada 100 mililitros. Por tanto, la cafeína de una lata de 500 ml, un formato frecuente de venta, alcanza los 160 mg por lata, el equivalente a dos cafés expresos.

Los problemas que puede desencadenar el abuso de estas bebidas tienen que ver, principalmente, con tres aspectos: su alto contenido en cafeína, las grandes cantidades de azúcares que albergan y su frecuente combinación con el alcohol. Entre otros problemas, el abuso de estas sustancias se ha asociado con alteraciones del sueño, irritabilidad o trastornos cardiovasculares.

Según datos de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN), en adolescentes de 11 a 17 años, las alteraciones del sueño pueden aparecer a partir de un consumo de más de 60 mg de cafeína al día, lo que equivale a 200 ml -menos de una lata pequeña de bebida energética-, y a partir de 160 miligramos de cafeína, es decir, 500 mililitros de una bebida energética con 32 mg de cafeína/100 ml pueden tener efectos adversos generales para la salud, como efectos psicológicos, alteraciones de comportamiento y trastornos cardiovasculares.

Según un informe del Observatorio Español de Drogas y Adicciones casi la mitad de los estudiantes de entre 14 y 18 años (el 39 % de las chicas y el 50,7 % de los chicos) manifiesta haber tomado ese tipo de bebidas en el último mes.

Algunas Comunidades Autónomas ya están empezando a regular el uso, consumo, distribución y publicidad de estas sustancias, como por ejemplo la Xunta de Galicia, cuya normativa está en trámites de elaboración.

Por todo ello se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

"Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a que se inicien a la mayor brevedad posible los trámites administrativos pertinentes para regular el uso, consumo, distribución y publicidad de las denominadas "bebidas energéticas" en menores de 18 años".

Valladolid, 20 de octubre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Rosa María Rubio Martín, Jesús Puente Alcaraz, María Inmaculada García Rioja, Noelia Frutos Rubio, Javier Campos de la Fuente y José Francisco Martín Martínez

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Tudanca Fernández


PNL/000690-01

CVE="BOCCL-11-006876"



Sede de las Cortes de Castilla y León