PE/001729-3











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/001729-3


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores Dña. Rosa María Rubio Martín, D. Juan Luis Cepa Álvarez, Dña. Laura Pelegrina Cortijo y D. Ángel Hernández Martínez, relativa a iniciativas de respuesta ante el agravamiento de la situación económica presentadas por la Junta de Castilla y León el 25 de abril de 2022, y, en concreto, "Medidas para atender las necesidades esenciales de los refugiados en Ucrania", publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 179, de 3 de agosto de 2023.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita PE/001724, PE/001726, PE/001729, PE/001741, PE/001745, PE/001747, PE/001750, PE/001806 a PE/001808, PE/001814 a PE/001818, PE/001821 a PE/001826, PE/001828, PE/001830, PE/001832 a PE/001839 y PE/001850.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 9 de noviembre de 2023.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León

Fdo.: Carlos Pollán Fernández



Texto:

Contestación a la pregunta con respuesta escrita P.E./1101729, formulada por los Procuradores Dña. Rosa María Rubio Martín, D. Juan Luis Cepa Álvarez, Dña. Laura Pelegrina Cortijo y D. Ángel Hernández Martínez, pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista, relativa a iniciativas de respuesta ante el agravamiento de la situación económica presentadas por la Junta de Castilla y León el 25 de abril de 2022, y, en concreto, “Medidas para atender las necesidades esenciales de los refugiados en Ucrania”.

Recabada información de las Consejerías de Sanidad, de Familia e Igualdad de Oportunidades y de Educación en relación con las cuestiones planteadas en la pregunta escrita referenciada en el encabezamiento, tengo el honor de comunicar a V.E. la información aportada por dichas Consejerías en los ANEXOS que a continuación se relacionan:

- ANEXO I: Consejería de Sanidad

- ANEXO II: Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades

- ANEXO III: Consejería de Educación

Valladolid, a 27 de octubre de 2023

EL CONSEJERO DE LA PRESIDENCIA,

Fdo.: Luis Miguel González Gago.

ANEXO I

CONSEJERÍA DE SANIDAD

P.E./1101729

La Consejería de Sanidad, a través de la Gerencia Regional de Salud, ofrece a los refugiados procedentes de Ucrania todas las prestaciones asistenciales del Sistema Nacional de Salud (SNS), tanto en Atención Primaria como en Atención Hospitalaria y Emergencias, así como la prestación farmacéutica y ortoprotésica. Asimismo, tienen acceso a todos los programas de prevención de enfermedades y de vacunación de Salud Pública.

Para garantizar el acceso a las citadas prestaciones sanitarias, la Consejería a de Sanidad ha incluido en la base de datos de Usuarios y Tarjeta Sanitaria a los refugiados ucranianos a los que se refiere la Orden PCM/169/2022, de 9 de marzo, por/a que se desarrolla el procedimiento para el reconocimiento de la protección temporal a personas afectadas por el conflicto en Ucrania.

Este reconocimiento se refiere tanto a los nacionales de Ucrania como a los de terceros países que residieran en Ucrania en el momento del conflicto y que hayan sido afectados por el mismo o a residentes en España que no puedan volver a Ucrania por ese motivo. A estas personas se les ha asignado el “titulo 58 Protección Temporal’’ en la Base de Datos de Población Protegida del SNS y se les ha provisto de un documento de desplazamiento temporal que garantiza su acceso a las prestaciones del Sistema Nacional de Salud.

En cuanto a las prestaciones de la Cartera de Servicios de Atención Primaria, incluyendo los programas de Salud Pública de cribado y de vacunación, se informa que los refugiados ucranianos han recibido las prestaciones sanitarias de la cartera de servicios de Atención Primaria, incluidas en la cartera común de servicios del SNS reconocidas en el Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización.

También se ha promovido especialmente la atención psicosocial tanto de las personas refugiadas como de sus familiares, para diagnosticar y tratar precozmente el síndrome de estrés post-traumático y otros problemas secundarios a su situación de refugiado por guerra (duelo de las personas que han dejado en su país o que han fallecido, desaparecidos, desarraigo, etc.).

Asimismo, se han incluido a las personas refugiadas en los programas y actividades de prevención y de promoción de la salud individual y comunitaria, con especial atención a los niños, las mujeres, las personas con discapacidad y las personas mayores frágiles y dependientes.

Por último, en el ámbito de la Atención Primaria además se han atendido los problemas de salud prevalentes (asma, obesidad, hipertensión, diabetes, EPOC, Insuficiencia cardiaca, pluripatología crónica, embarazo, maltrato, violencia de género, etc.); se han proporcionado los Servicios complementarios de atención (fisioterapia, cirugía menor y ecografía clínica); y se ha prestado la atención sanitaria de urgencias y la atención continuada correspondiente en atención primaria y cuidados paliativos.

Respecto a las prestaciones de la Cartera de Servicios de Atención Hospitalaria se ha ofertado y prestado la asistencia sanitaria especializada incluida en la cartera común de servicios del SNS reconocida en el mencionado Real Decreto 1030/2006.

A estos efectos, se ha prestado asistencia sanitaria especializada en consultas externas (consultas en hospital, centros de especialidades médicas y desplazamiento de especialistas a centros de salud); se ha proporcionado atención hospitalaria de urgencia, hospitalización en régimen de ingreso, atención en Hospital de Día, Hospitalización a Domicilio y cuidados paliativos y se ha tenido especial atención a la asistencia psicosocial de las personas refugiadas y de sus familiares para diagnosticar y tratar precozmente los problemas de salud mental secundarios a su situación de refugiado por guerra.

La Gerencia Regional de Salud, ante la situación generada por la Emergencia Sanitaria que supuso el estallido de la guerra de Ucrania y el éxodo masivo de refugiados como consecuencia de ella, puso a disposición del SNS un total de 149 camas hospitalarias:

- 110 camas de adultos en los cinco hospitales de referencia de la Comunidad (20 en Burgos, 20 en León, 25 en Salamanca, 25 en el Hospilal Río Hortega de Valladolid y 20 en el Hospital Clínico de Valladolid), tanto de cuidados críticos (9 camas en total) como para pacientes quirúrgicos (46 camas), camas generales (44), camas para pacientes oncológicos (10) y una para grandes quemados.

- 39 camas para pacientes pediátricos, 13 de ellas en Burgos, otras 13 en Salamanca y 13 más en el Hospital Clínico de Valladolid. De ese total, 3 camas de UCI pediátrica, 12 para cirugía, otras 12 para pacientes generales, 6 para pacientes en tratamiento oncológico y 6 más para neonatos (incluidas sus madres).

Por lo que se refiere a la Cartera de Servicios de Emergencias Sanitarias, para dar respuesta a las llamadas de demanda sanitaria y prestar asistencia a las urgencias y emergencias de Castilla y León, se prestan servicios de:

- Consultoría telefónica de problemas urgentes, a cargo de los médicos especialistas del Centro Coordinador.

- Asistencia medica urgente “in situ” en el ámbito extrahospitalario con Unidades de Soporte Vital Avanzado y traslado al Centro Sanitario si fuera preciso.

- Atención y traslado urgente en Unidades de Soporte Vital Básico desde el medio extrahospitalario hasta el Centro Sanitario más adecuado a la urgencia.

- Derivación para ser atendidos en otros niveles asistenciales, Atención Primaria y Atención Hospitalaria.

También se han realizado las actuaciones necesarias en situaciones de riesgo previsible y la coordinación de recursos sanitarios y asistencia hospitalaria para la asistencia de victimas de accidentes y/o catástrofes.

En cuanto a la prestación farmacéutica, así como la prestación dietética y ortoprotésica según la Instrucción para el acceso a la asistencia sanitaria a las personas afectadas por el conflicto en Ucrania, emitidas por la Dirección General de Cartera Común de Servicios del SNS y Farmacia el pasado 10/03/2022, corresponde asignar a este colectivo el Titulo 58 Protección Temporal en la Base de Datos de Población Protegida del SNS, con un código F003 correspondiente a persona no asegurada protegida por el SNS, que se corresponde con una aportación del 40% deI PVP en la prestación farmacéutica ambulatoria a través de las oficinas de farmacia.

En relación con la prestación farmacéutica hospitalaria, a los medicamentos administrados en el hospital de día (a pacientes ambulantes) o bien dispensados en los servicios de farmacia (a pacientes externos) de los hospitales de Sacyl, no conlleva aportación por parte de los usuarios, incluido el colectivo asegurado bajo la protección temporal a personas afectadas por el conflicto en Ucrania.

En relación con la prestación farmacéutica hospitalaria, a los medicamentos administrados en el hospital de día (a pacientes ambulantes) o bien dispensados en los servicios de farmacia (a pacientes externos) de los hospitales de Sacyl, no conlleva aportación por parte de los usuarios, incluido el colectivo asegurado bajo la protección temporal a personas afectadas por el conflicto en Ucrania.

Además de las prestaciones señaladas, la Gerencia Regional de Salud dispone de un Servicio de interpretación telefónica accesible desde todos los centros sanitarios y la Gerencia de Emergencias Sanitarias, que está disponible las 24 horas, los 365 días del año. Este servicio de interpretación simultánea incluye la llamada a tres, permitiendo la comunicación con el país de origen. Entre los idiomas disponibles se encuentran el ucraniano y el ruso.

Por otra parte, el número de atenciones prestadas a las personas desplazadas de Ucrania con el “título 58 Protección Temporal” en la Base de Datos de Población Protegida del SNS, en el periodo comprendido entre el 25 de febrero de 2022 y el 30 de junio de 2022, ha sido de 2.292 personas desplazadas de Ucrania que han sido atendidas y se han realizado 12.629 atenciones de las que 10.884 han sido en Atención Primaria, 1.697 en Atención Especializada y 48 en prestaciones farmacéuticas ambulatorias o a pacientes externos. El coste total de estas atenciones se ha estimado en 940.251,97 euros. De este coste total, 600.960,26 euros corresponden a Atención Primaria, 300.086,28 euros a Atención Especializada y 39.205,43 euros a prestación farmacéutica ambulatoria o a pacientes externos.

En el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2022 y el 31 de diciembre de 2022, se ha atendido a 2.630 personas desplazadas de Ucrania y se han realizado 20.804 atenciones: 17.149 en Atención Primaria, 3.500 en Atención Especializada y 155 en prestaciones farmacéuticas ambulatorias o a pacientes externos. El coste total de estas atenciones para dicho periodo se ha estimado en 1.736.636,54 euros. De este coste total. 963.884,47 euros corresponden a Atención Primaria, 636.168,07 euros a Atención Especializada y 136.584,01 euros a prestación farmacéutica ambulatoria o a pacientes externos. Hasta el 30 de junio de 2023, se han atendido 2.190 personas desplazadas de Ucrania y se han realizado 18.213 atenciones: 14.588 en Atención Primaria, 3.425 en Atención Especializada y 200 en prestaciones farmacéuticas ambulatorias o a pacientes externos. El coste total de estas atenciones se ha estimado en 1.614.325,82 euros. De este coste total, 816.853,89 euros corresponden a Atención Primaria, 639.077,19 euros a Atención Especializada y 158.394,73 euros a prestación farmacéutica ambulatoria o a pacientes externos.

ANEXO II

CONSEJERÍA DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES

P.E./1101729

Desde la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades se han puesto en marcha las siguientes medidas específicamente dirigidas a la atención de los refugiados por la invasión de Ucrania:

Línea telefónica específica para atender los ofrecimientos de los ciudadanos de Castilla y León para alojamiento o acogimiento de familias y menores desplazados desde Ucrania a la Comunidad.

La línea estuvo operativa del 1 de abril al 30 de junio de 2022. Se gestionó a través de una subvención a Cruz Roja, por importe de 18.000 ¤ con cargo a la aplicación 11.01.921A07.48021. En esos meses se recibieron un total de 39 ofrecimientos de espacios o viviendas, 148 ofrecimientos de familias para acoger a familias ucranianas desplazadas y 689 ofrecimientos de familias para niños/as y adolescentes protegidos procedentes de Ucrania.

Además se han puesto en marcha otras dos actuaciones, una dirigida a corporaciones locales y otra a desplazados procedentes de Ucrania. Antes de detallar los datos concretos de ambas es necesario aclarar que la competencia para la atención a las personas solicitantes de protección internacional, como son los ucranianos desplazados por la invasión, es estatal, y se presta a través del sistema de asilo y refugio en el que las personas tienen atendidas todas sus necesidades cubiertas una media de 18 meses.

En el caso de los ciudadanos desplazados de Ucrania el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, a pesar de poner en marcha medidas excepcionales, sólo consiguió atender al 17% de las personas (22.000 de un total de 130.000). Las necesidades del resto de los desplazados de Ucrania el 83%, se han ido atendiendo desde su llegada gracias a la solidaridad de personas anónimas, entidades del tercer sector, Corporaciones Locales y Comunidades Autónomas.

Con el fin de compensar, en parte, esta falta de atención, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones publicó el 2 de agosto de 2022 (BOE nº 184) dos Reales Decretos de regulación de la concesión de subvenciones directas a las CCAA, la resolución de concesión de las subvenciones se dicta el en noviembre y los fondos llegan en diciembre. El Ministerio, en lugar de atender a los refugiados procedentes de Ucrania opta por trasladar esa responsabilidad a las CCAA para que éstas, por una parte, convoquen ayudas directas a los ucranianos y, por otro lado, compensen a las corporaciones locales los gastos realizados.

En el caso de Castilla y León estas dos actuaciones se han concretado de la siguiente manera:

Concesión de subvenciones a entidades locales de la Comunidad para compensar el incremento en el gasto corriente y de personal en que incurran o hayan incurrido para atender a las personas desplazadas por la invasión de Ucrania.

Se financian los gastos que las Corporaciones Locales hayan realizado entre el 24 de febrero de 2022 y el 31 de diciembre de 2023. La subvención se concedió el 9 de marzo de 2023 a 40 Ayuntamientos y 9 Diputaciones Provinciales por importe de 1.022.040,00 ¤ con cargo a la aplicación presupuestaria 0921.231B02.46047.

Hasta el 30 se septiembre de 2022 se ha atendido a 7.907 personas. El dato del número de personas atendidas entre el 1 de octubre de 2022 hasta 31 de diciembre de 2023 lo aportarán las corporaciones locales en el momento de justificación de la subvención.

Convocatoria de ayudas directas a ciudadanos desplazados por la invasión de Ucrania.

El 5 de enero de 2023 se publicó en BOCYL la Orden FAM/1934/2022, de 27 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión del bono de urgencia social en el supuesto de personas beneficiarias del régimen de protección temporal afectadas por el conflicto en Ucrania, que carezcan de recursos económicos suficientes.

El 20 de enero de 2023 se publicó en el BOCYL el extracto de la Resolución de 18 de enero de 2023, del Gerente de Servicios Sociales de Castilla y León, por la que se convocan subvenciones incluidas en el Bono de Urgencia Social en el supuesto de personas beneficiarias del régimen de protección temporal afectadas por el conflicto en Ucrania, que carezcan de recursos económicos suficientes.

A fecha 15 de junio hay un total de 340 adultos beneficiarios de estas ayudas, en algunos casos con menores a cargo. El importe total concedido es de 961.800 ¤. Los beneficiarios que no tienen menores a cargo reciben 2.400 ¤, en pagos mensuales de 400 ¤ y los que tienen menores a cargo reciben 600 ¤ más por menor, en pagos mensuales de 100 ¤.

El último día de plazo para la presentación de solicitudes es el 31 de octubre de 2023.

ANEXO III

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

P.E./1101729

En respuesta a la Iniciativa Parlamentaria P.E./1101729, se manifiesta lo siguiente:

El alumnado escolarizado procedente de Ucrania, a 15 de junio de 2023, se detalla en la siguiente tabla:

Provincia

Escolarizados

ÁVILA

103

BURGOS

166

LEÓN

122

PALENCIA

72

SALAMANCA

156

SEGOVIA

149

SORIA

95

VALLADOLID

306

ZAMORA

154

Los gastos realizados por la Comunidad de Castilla y León en la escolarización de las personas desplazadas desde Ucrania, por importe de 464.780,10 ¤ desde el 1 de octubre de 2022 hasta el 31 de marzo de 2023 y con una estimación adicional de 531.858,66 ¤, hasta el 31 de diciembre de 2023, se refieren a todas o algunas de las actuaciones siguientes:

- Contratación de personal docente de refuerzo de las plantillas ordinarias (cuerpos de maestros y de profesores de enseñanza secundaria/idiomas).

- Contratación de personal laboral (cuidadores, auxiliares no docentes, monitores deportivos, monitores de actividades extraescolares, etc.).

- Contratación de auxiliares de conversación.

- Ayudas de transporte para los auxiliares de escolarización ucranianos.

- Transporte escolar.

- Ayudas de comedor escolar.

- Adquisición de material escolar (libros de texto, material informático, material fungible, etc.).

- Adquisición de mobiliario escolar.

- Ayudas para vestuario escolar obligatorio.

- Aulas modulares prefabricadas en centros en los que se hayan de formar grupos extra y no se disponga de espacios ordinarios.

- Adaptación y/o acondicionamiento de espacios para aulas ordinarias.

- Precios públicos por matriculación en el primer ciclo de infantil.


PE/001729-3

CVE="BOCCL-11-006979"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
XI Legislatura
Pag. 20289
BOCCL nº 215/11 del 17/11/2023
CVE: BOCCL-11-006979

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/001729-3
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores Dña. Rosa María Rubio Martín, D. Juan Luis Cepa Álvarez, Dña. Laura Pelegrina Cortijo y D. Ángel Hernández Martínez, relativa a iniciativas de respuesta ante el agravamiento de la situación económica presentadas por la Junta de Castilla y León el 25 de abril de 2022, y, en concreto, "Medidas para atender las necesidades esenciales de los refugiados en Ucrania", publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 179, de 3 de agosto de 2023.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita PE/001724, PE/001726, PE/001729, PE/001741, PE/001745, PE/001747, PE/001750, PE/001806 a PE/001808, PE/001814 a PE/001818, PE/001821 a PE/001826, PE/001828, PE/001830, PE/001832 a PE/001839 y PE/001850.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 9 de noviembre de 2023.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León

Fdo.: Carlos Pollán Fernández


TEXTO


Contestación a la pregunta con respuesta escrita P.E./1101729, formulada por los Procuradores Dña. Rosa María Rubio Martín, D. Juan Luis Cepa Álvarez, Dña. Laura Pelegrina Cortijo y D. Ángel Hernández Martínez, pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista, relativa a iniciativas de respuesta ante el agravamiento de la situación económica presentadas por la Junta de Castilla y León el 25 de abril de 2022, y, en concreto, “Medidas para atender las necesidades esenciales de los refugiados en Ucrania”.

Recabada información de las Consejerías de Sanidad, de Familia e Igualdad de Oportunidades y de Educación en relación con las cuestiones planteadas en la pregunta escrita referenciada en el encabezamiento, tengo el honor de comunicar a V.E. la información aportada por dichas Consejerías en los ANEXOS que a continuación se relacionan:

- ANEXO I: Consejería de Sanidad

- ANEXO II: Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades

- ANEXO III: Consejería de Educación

Valladolid, a 27 de octubre de 2023

EL CONSEJERO DE LA PRESIDENCIA,

Fdo.: Luis Miguel González Gago.

ANEXO I

CONSEJERÍA DE SANIDAD

P.E./1101729

La Consejería de Sanidad, a través de la Gerencia Regional de Salud, ofrece a los refugiados procedentes de Ucrania todas las prestaciones asistenciales del Sistema Nacional de Salud (SNS), tanto en Atención Primaria como en Atención Hospitalaria y Emergencias, así como la prestación farmacéutica y ortoprotésica. Asimismo, tienen acceso a todos los programas de prevención de enfermedades y de vacunación de Salud Pública.

Para garantizar el acceso a las citadas prestaciones sanitarias, la Consejería a de Sanidad ha incluido en la base de datos de Usuarios y Tarjeta Sanitaria a los refugiados ucranianos a los que se refiere la Orden PCM/169/2022, de 9 de marzo, por/a que se desarrolla el procedimiento para el reconocimiento de la protección temporal a personas afectadas por el conflicto en Ucrania.

Este reconocimiento se refiere tanto a los nacionales de Ucrania como a los de terceros países que residieran en Ucrania en el momento del conflicto y que hayan sido afectados por el mismo o a residentes en España que no puedan volver a Ucrania por ese motivo. A estas personas se les ha asignado el “titulo 58 Protección Temporal’’ en la Base de Datos de Población Protegida del SNS y se les ha provisto de un documento de desplazamiento temporal que garantiza su acceso a las prestaciones del Sistema Nacional de Salud.

En cuanto a las prestaciones de la Cartera de Servicios de Atención Primaria, incluyendo los programas de Salud Pública de cribado y de vacunación, se informa que los refugiados ucranianos han recibido las prestaciones sanitarias de la cartera de servicios de Atención Primaria, incluidas en la cartera común de servicios del SNS reconocidas en el Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización.

También se ha promovido especialmente la atención psicosocial tanto de las personas refugiadas como de sus familiares, para diagnosticar y tratar precozmente el síndrome de estrés post-traumático y otros problemas secundarios a su situación de refugiado por guerra (duelo de las personas que han dejado en su país o que han fallecido, desaparecidos, desarraigo, etc.).

Asimismo, se han incluido a las personas refugiadas en los programas y actividades de prevención y de promoción de la salud individual y comunitaria, con especial atención a los niños, las mujeres, las personas con discapacidad y las personas mayores frágiles y dependientes.

Por último, en el ámbito de la Atención Primaria además se han atendido los problemas de salud prevalentes (asma, obesidad, hipertensión, diabetes, EPOC, Insuficiencia cardiaca, pluripatología crónica, embarazo, maltrato, violencia de género, etc.); se han proporcionado los Servicios complementarios de atención (fisioterapia, cirugía menor y ecografía clínica); y se ha prestado la atención sanitaria de urgencias y la atención continuada correspondiente en atención primaria y cuidados paliativos.

Respecto a las prestaciones de la Cartera de Servicios de Atención Hospitalaria se ha ofertado y prestado la asistencia sanitaria especializada incluida en la cartera común de servicios del SNS reconocida en el mencionado Real Decreto 1030/2006.

A estos efectos, se ha prestado asistencia sanitaria especializada en consultas externas (consultas en hospital, centros de especialidades médicas y desplazamiento de especialistas a centros de salud); se ha proporcionado atención hospitalaria de urgencia, hospitalización en régimen de ingreso, atención en Hospital de Día, Hospitalización a Domicilio y cuidados paliativos y se ha tenido especial atención a la asistencia psicosocial de las personas refugiadas y de sus familiares para diagnosticar y tratar precozmente los problemas de salud mental secundarios a su situación de refugiado por guerra.

La Gerencia Regional de Salud, ante la situación generada por la Emergencia Sanitaria que supuso el estallido de la guerra de Ucrania y el éxodo masivo de refugiados como consecuencia de ella, puso a disposición del SNS un total de 149 camas hospitalarias:

- 110 camas de adultos en los cinco hospitales de referencia de la Comunidad (20 en Burgos, 20 en León, 25 en Salamanca, 25 en el Hospilal Río Hortega de Valladolid y 20 en el Hospital Clínico de Valladolid), tanto de cuidados críticos (9 camas en total) como para pacientes quirúrgicos (46 camas), camas generales (44), camas para pacientes oncológicos (10) y una para grandes quemados.

- 39 camas para pacientes pediátricos, 13 de ellas en Burgos, otras 13 en Salamanca y 13 más en el Hospital Clínico de Valladolid. De ese total, 3 camas de UCI pediátrica, 12 para cirugía, otras 12 para pacientes generales, 6 para pacientes en tratamiento oncológico y 6 más para neonatos (incluidas sus madres).

Por lo que se refiere a la Cartera de Servicios de Emergencias Sanitarias, para dar respuesta a las llamadas de demanda sanitaria y prestar asistencia a las urgencias y emergencias de Castilla y León, se prestan servicios de:

- Consultoría telefónica de problemas urgentes, a cargo de los médicos especialistas del Centro Coordinador.

- Asistencia medica urgente “in situ” en el ámbito extrahospitalario con Unidades de Soporte Vital Avanzado y traslado al Centro Sanitario si fuera preciso.

- Atención y traslado urgente en Unidades de Soporte Vital Básico desde el medio extrahospitalario hasta el Centro Sanitario más adecuado a la urgencia.

- Derivación para ser atendidos en otros niveles asistenciales, Atención Primaria y Atención Hospitalaria.

También se han realizado las actuaciones necesarias en situaciones de riesgo previsible y la coordinación de recursos sanitarios y asistencia hospitalaria para la asistencia de victimas de accidentes y/o catástrofes.

En cuanto a la prestación farmacéutica, así como la prestación dietética y ortoprotésica según la Instrucción para el acceso a la asistencia sanitaria a las personas afectadas por el conflicto en Ucrania, emitidas por la Dirección General de Cartera Común de Servicios del SNS y Farmacia el pasado 10/03/2022, corresponde asignar a este colectivo el Titulo 58 Protección Temporal en la Base de Datos de Población Protegida del SNS, con un código F003 correspondiente a persona no asegurada protegida por el SNS, que se corresponde con una aportación del 40% deI PVP en la prestación farmacéutica ambulatoria a través de las oficinas de farmacia.

En relación con la prestación farmacéutica hospitalaria, a los medicamentos administrados en el hospital de día (a pacientes ambulantes) o bien dispensados en los servicios de farmacia (a pacientes externos) de los hospitales de Sacyl, no conlleva aportación por parte de los usuarios, incluido el colectivo asegurado bajo la protección temporal a personas afectadas por el conflicto en Ucrania.

En relación con la prestación farmacéutica hospitalaria, a los medicamentos administrados en el hospital de día (a pacientes ambulantes) o bien dispensados en los servicios de farmacia (a pacientes externos) de los hospitales de Sacyl, no conlleva aportación por parte de los usuarios, incluido el colectivo asegurado bajo la protección temporal a personas afectadas por el conflicto en Ucrania.

Además de las prestaciones señaladas, la Gerencia Regional de Salud dispone de un Servicio de interpretación telefónica accesible desde todos los centros sanitarios y la Gerencia de Emergencias Sanitarias, que está disponible las 24 horas, los 365 días del año. Este servicio de interpretación simultánea incluye la llamada a tres, permitiendo la comunicación con el país de origen. Entre los idiomas disponibles se encuentran el ucraniano y el ruso.

Por otra parte, el número de atenciones prestadas a las personas desplazadas de Ucrania con el “título 58 Protección Temporal” en la Base de Datos de Población Protegida del SNS, en el periodo comprendido entre el 25 de febrero de 2022 y el 30 de junio de 2022, ha sido de 2.292 personas desplazadas de Ucrania que han sido atendidas y se han realizado 12.629 atenciones de las que 10.884 han sido en Atención Primaria, 1.697 en Atención Especializada y 48 en prestaciones farmacéuticas ambulatorias o a pacientes externos. El coste total de estas atenciones se ha estimado en 940.251,97 euros. De este coste total, 600.960,26 euros corresponden a Atención Primaria, 300.086,28 euros a Atención Especializada y 39.205,43 euros a prestación farmacéutica ambulatoria o a pacientes externos.

En el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2022 y el 31 de diciembre de 2022, se ha atendido a 2.630 personas desplazadas de Ucrania y se han realizado 20.804 atenciones: 17.149 en Atención Primaria, 3.500 en Atención Especializada y 155 en prestaciones farmacéuticas ambulatorias o a pacientes externos. El coste total de estas atenciones para dicho periodo se ha estimado en 1.736.636,54 euros. De este coste total. 963.884,47 euros corresponden a Atención Primaria, 636.168,07 euros a Atención Especializada y 136.584,01 euros a prestación farmacéutica ambulatoria o a pacientes externos. Hasta el 30 de junio de 2023, se han atendido 2.190 personas desplazadas de Ucrania y se han realizado 18.213 atenciones: 14.588 en Atención Primaria, 3.425 en Atención Especializada y 200 en prestaciones farmacéuticas ambulatorias o a pacientes externos. El coste total de estas atenciones se ha estimado en 1.614.325,82 euros. De este coste total, 816.853,89 euros corresponden a Atención Primaria, 639.077,19 euros a Atención Especializada y 158.394,73 euros a prestación farmacéutica ambulatoria o a pacientes externos.

ANEXO II

CONSEJERÍA DE FAMILIA E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES

P.E./1101729

Desde la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades se han puesto en marcha las siguientes medidas específicamente dirigidas a la atención de los refugiados por la invasión de Ucrania:

Línea telefónica específica para atender los ofrecimientos de los ciudadanos de Castilla y León para alojamiento o acogimiento de familias y menores desplazados desde Ucrania a la Comunidad.

La línea estuvo operativa del 1 de abril al 30 de junio de 2022. Se gestionó a través de una subvención a Cruz Roja, por importe de 18.000 ¤ con cargo a la aplicación 11.01.921A07.48021. En esos meses se recibieron un total de 39 ofrecimientos de espacios o viviendas, 148 ofrecimientos de familias para acoger a familias ucranianas desplazadas y 689 ofrecimientos de familias para niños/as y adolescentes protegidos procedentes de Ucrania.

Además se han puesto en marcha otras dos actuaciones, una dirigida a corporaciones locales y otra a desplazados procedentes de Ucrania. Antes de detallar los datos concretos de ambas es necesario aclarar que la competencia para la atención a las personas solicitantes de protección internacional, como son los ucranianos desplazados por la invasión, es estatal, y se presta a través del sistema de asilo y refugio en el que las personas tienen atendidas todas sus necesidades cubiertas una media de 18 meses.

En el caso de los ciudadanos desplazados de Ucrania el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, a pesar de poner en marcha medidas excepcionales, sólo consiguió atender al 17% de las personas (22.000 de un total de 130.000). Las necesidades del resto de los desplazados de Ucrania el 83%, se han ido atendiendo desde su llegada gracias a la solidaridad de personas anónimas, entidades del tercer sector, Corporaciones Locales y Comunidades Autónomas.

Con el fin de compensar, en parte, esta falta de atención, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones publicó el 2 de agosto de 2022 (BOE nº 184) dos Reales Decretos de regulación de la concesión de subvenciones directas a las CCAA, la resolución de concesión de las subvenciones se dicta el en noviembre y los fondos llegan en diciembre. El Ministerio, en lugar de atender a los refugiados procedentes de Ucrania opta por trasladar esa responsabilidad a las CCAA para que éstas, por una parte, convoquen ayudas directas a los ucranianos y, por otro lado, compensen a las corporaciones locales los gastos realizados.

En el caso de Castilla y León estas dos actuaciones se han concretado de la siguiente manera:

Concesión de subvenciones a entidades locales de la Comunidad para compensar el incremento en el gasto corriente y de personal en que incurran o hayan incurrido para atender a las personas desplazadas por la invasión de Ucrania.

Se financian los gastos que las Corporaciones Locales hayan realizado entre el 24 de febrero de 2022 y el 31 de diciembre de 2023. La subvención se concedió el 9 de marzo de 2023 a 40 Ayuntamientos y 9 Diputaciones Provinciales por importe de 1.022.040,00 ¤ con cargo a la aplicación presupuestaria 0921.231B02.46047.

Hasta el 30 se septiembre de 2022 se ha atendido a 7.907 personas. El dato del número de personas atendidas entre el 1 de octubre de 2022 hasta 31 de diciembre de 2023 lo aportarán las corporaciones locales en el momento de justificación de la subvención.

Convocatoria de ayudas directas a ciudadanos desplazados por la invasión de Ucrania.

El 5 de enero de 2023 se publicó en BOCYL la Orden FAM/1934/2022, de 27 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión del bono de urgencia social en el supuesto de personas beneficiarias del régimen de protección temporal afectadas por el conflicto en Ucrania, que carezcan de recursos económicos suficientes.

El 20 de enero de 2023 se publicó en el BOCYL el extracto de la Resolución de 18 de enero de 2023, del Gerente de Servicios Sociales de Castilla y León, por la que se convocan subvenciones incluidas en el Bono de Urgencia Social en el supuesto de personas beneficiarias del régimen de protección temporal afectadas por el conflicto en Ucrania, que carezcan de recursos económicos suficientes.

A fecha 15 de junio hay un total de 340 adultos beneficiarios de estas ayudas, en algunos casos con menores a cargo. El importe total concedido es de 961.800 ¤. Los beneficiarios que no tienen menores a cargo reciben 2.400 ¤, en pagos mensuales de 400 ¤ y los que tienen menores a cargo reciben 600 ¤ más por menor, en pagos mensuales de 100 ¤.

El último día de plazo para la presentación de solicitudes es el 31 de octubre de 2023.

ANEXO III

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

P.E./1101729

En respuesta a la Iniciativa Parlamentaria P.E./1101729, se manifiesta lo siguiente:

El alumnado escolarizado procedente de Ucrania, a 15 de junio de 2023, se detalla en la siguiente tabla:

Provincia

Escolarizados

ÁVILA

103

BURGOS

166

LEÓN

122

PALENCIA

72

SALAMANCA

156

SEGOVIA

149

SORIA

95

VALLADOLID

306

ZAMORA

154

Los gastos realizados por la Comunidad de Castilla y León en la escolarización de las personas desplazadas desde Ucrania, por importe de 464.780,10 ¤ desde el 1 de octubre de 2022 hasta el 31 de marzo de 2023 y con una estimación adicional de 531.858,66 ¤, hasta el 31 de diciembre de 2023, se refieren a todas o algunas de las actuaciones siguientes:

- Contratación de personal docente de refuerzo de las plantillas ordinarias (cuerpos de maestros y de profesores de enseñanza secundaria/idiomas).

- Contratación de personal laboral (cuidadores, auxiliares no docentes, monitores deportivos, monitores de actividades extraescolares, etc.).

- Contratación de auxiliares de conversación.

- Ayudas de transporte para los auxiliares de escolarización ucranianos.

- Transporte escolar.

- Ayudas de comedor escolar.

- Adquisición de material escolar (libros de texto, material informático, material fungible, etc.).

- Adquisición de mobiliario escolar.

- Ayudas para vestuario escolar obligatorio.

- Aulas modulares prefabricadas en centros en los que se hayan de formar grupos extra y no se disponga de espacios ordinarios.

- Adaptación y/o acondicionamiento de espacios para aulas ordinarias.

- Precios públicos por matriculación en el primer ciclo de infantil.


PE/001729-3

CVE="BOCCL-11-006979"



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