PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita PE/001724, PE/001726, PE/001729, PE/001741, PE/001745, PE/001747, PE/001750, PE/001806 a PE/001808, PE/001814 a PE/001818, PE/001821 a PE/001826, PE/001828, PE/001830, PE/001832 a PE/001839 y PE/001850.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 9 de noviembre de 2023.
El Presidente de las Cortes de Castilla y León
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
Contestación a la pregunta con respuesta escrita P.E./1101832, formulada a la Junta de Castilla y León por los Procuradores D. Javier Campos de la fuente, Dña. Nuria Rubio García, Dña. Yolanda Sacristán Rodríguez, D. Diego Moreno Castrillo y D. José Ignacio MartÌn Benito, pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista, relativa a la declaración como conjunto histórico industrial y natural Peña del Seo y su entorno en Corullón.
En contestación a la iniciativa parlamentaria referenciada se informa que, recibida la solicitud del Ayuntamiento de Corullón de declaración de Conjunto Histórico Industrial y Natural Peña del Seo y su entorno, con el fin de adoptar una decisión sobre la incoación, la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, a través de la Dirección General de Patrimonio Cultural, inició un período de información previa para determinar la conveniencia de incoar alguno de los procedimientos establecidos en la Ley para la protección de bienes integrantes del patrimonio cultural de esta Comunidad.
Esta solicitud actualmente está siendo objeto de estudio. Es preciso señalar que, aunque pueda ser promovida a instancia de cualquier persona física o jurídica, la iniciación del procedimiento se realiza de oficio, por lo que la decisión sobre la incoación corresponde la Administración. La eventual decisión de incoar un procedimiento para la declaración como Bien de Interés Cultural debe basarse en la concurrencia de valores singulares y relevantes en el bien en cuestión, y debe analizarse desde el punto de vista de su excelencia respecto al patrimonio cultural de toda la Comunidad, dado que la declaración de BIC es un procedimiento administrativo que responde a criterios técnicos.
Valladolid, 6 de noviembre de 2023.
EL CONSEJERO DE CULTURA,
TURISMO Y DEPORTE
Fdo.: Gonzalo Santoja Gómez
PE/001832-2
CVE="BOCCL-11-007001"
PRESIDENCIA
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita PE/001724, PE/001726, PE/001729, PE/001741, PE/001745, PE/001747, PE/001750, PE/001806 a PE/001808, PE/001814 a PE/001818, PE/001821 a PE/001826, PE/001828, PE/001830, PE/001832 a PE/001839 y PE/001850.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 9 de noviembre de 2023.
El Presidente de las Cortes de Castilla y León
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
TEXTO
Contestación a la pregunta con respuesta escrita P.E./1101832, formulada a la Junta de Castilla y León por los Procuradores D. Javier Campos de la fuente, Dña. Nuria Rubio García, Dña. Yolanda Sacristán Rodríguez, D. Diego Moreno Castrillo y D. José Ignacio MartÌn Benito, pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista, relativa a la declaración como conjunto histórico industrial y natural Peña del Seo y su entorno en Corullón.
En contestación a la iniciativa parlamentaria referenciada se informa que, recibida la solicitud del Ayuntamiento de Corullón de declaración de Conjunto Histórico Industrial y Natural Peña del Seo y su entorno, con el fin de adoptar una decisión sobre la incoación, la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, a través de la Dirección General de Patrimonio Cultural, inició un período de información previa para determinar la conveniencia de incoar alguno de los procedimientos establecidos en la Ley para la protección de bienes integrantes del patrimonio cultural de esta Comunidad.
Esta solicitud actualmente está siendo objeto de estudio. Es preciso señalar que, aunque pueda ser promovida a instancia de cualquier persona física o jurídica, la iniciación del procedimiento se realiza de oficio, por lo que la decisión sobre la incoación corresponde la Administración. La eventual decisión de incoar un procedimiento para la declaración como Bien de Interés Cultural debe basarse en la concurrencia de valores singulares y relevantes en el bien en cuestión, y debe analizarse desde el punto de vista de su excelencia respecto al patrimonio cultural de toda la Comunidad, dado que la declaración de BIC es un procedimiento administrativo que responde a criterios técnicos.
Valladolid, 6 de noviembre de 2023.
EL CONSEJERO DE CULTURA,
TURISMO Y DEPORTE
Fdo.: Gonzalo Santoja Gómez
PE/001832-2
CVE="BOCCL-11-007001"