PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 16 de noviembre de 2023, ha admitido a trámite las preguntas para respuesta escrita PE/001910 a PE/001946.
Con esta misma fecha se ha ordenado su remisión a la Junta de Castilla y León.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 16 de noviembre de 2023.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Diego Moreno Castrillo
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
Isabel Gonzalo Ramírez, Procuradora perteneciente al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 155 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formula a la Junta de Castilla y León la siguiente pregunta para su contestación por escrito:
ANTECEDENTES
Tal y como expusimos en pregunta formulada para su contestación por escrito el pasado 10 de agosto, la Orden de 21 de junio de 1993 en su artículo 9 establece el personal mínimo con el que deben contar las residencias en función de si las personas con discapacidad son autónomas o no, así como cuando son gravemente afectadas. En concreto dispone el citado artículo:
Para atender las necesidades de los usuarios, las residencias contarán con el personal mínimo siguiente:
A) Para personas con minusvalía psíquica:
1) Durante el día: 1/15 para autónomos, 1/5 para no autónomos.
2) Durante la noche: 1/30 autónomos. Presencia permanente de un trabajador al menos para los que no poseen autonomía.
B) Para personas con minusvalía gravemente afectadas el número de trabajadores por usuario será de 0,50 siendo, al menos, doble el número de trabajadores de atención directa que el de personal de servicios.
Pese a que la norma mencionada establece el número mínimo de personal que preste apoyo a las necesidades de los usuarios de estos centros, y pese a que no era eso lo que preguntábamos, en respuesta a esa pregunta de 10 de agosto, con número 001796, se nos contestaba que “los apoyos que requieren los usuarios de los centros sociales son variables”.
Por todo lo expuesto, formulamos las siguientes
PREGUNTAS
En la actualidad:
1. ¿Cuál es el número de personas clasificadas como autónomas existente en cada una de las residencias de personas con discapacidad con plazas concertadas con la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades? Se solicita indicación expresa de cada una de estas residencias
2. ¿Cuál es el número de personas clasificadas como no autónomas existente en cada una de las residencias de personas con discapacidad, con indicación expresa de estas que tienen plazas concertadas con la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades?
3. ¿Cuál es el número de personas clasificadas gravemente afectadas que tiene cada una de las residencias de personas con discapacidad, con indicación expresa de estas que tienen plazas concertadas con la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades?
Valladolid a 26 de octubre de 2023.
PE/001911-01
CVE="BOCCL-11-007071"
PRESIDENCIA
La Mesa de las Cortes de Castilla y León, en su reunión de 16 de noviembre de 2023, ha admitido a trámite las preguntas para respuesta escrita PE/001910 a PE/001946.
Con esta misma fecha se ha ordenado su remisión a la Junta de Castilla y León.
De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.
En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 16 de noviembre de 2023.
El Secretario de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Diego Moreno Castrillo
El Presidente de las Cortes de Castilla y León,
Fdo.: Carlos Pollán Fernández
TEXTO
A LA MESA DE LAS CORTES DE CASTILLA Y LEÓN
Isabel Gonzalo Ramírez, Procuradora perteneciente al GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA de las Cortes de Castilla y León, al amparo de lo establecido en los artículos 155 y siguientes del Reglamento de la Cámara, formula a la Junta de Castilla y León la siguiente pregunta para su contestación por escrito:
ANTECEDENTES
Tal y como expusimos en pregunta formulada para su contestación por escrito el pasado 10 de agosto, la Orden de 21 de junio de 1993 en su artículo 9 establece el personal mínimo con el que deben contar las residencias en función de si las personas con discapacidad son autónomas o no, así como cuando son gravemente afectadas. En concreto dispone el citado artículo:
Para atender las necesidades de los usuarios, las residencias contarán con el personal mínimo siguiente:
A) Para personas con minusvalía psíquica:
1) Durante el día: 1/15 para autónomos, 1/5 para no autónomos.
2) Durante la noche: 1/30 autónomos. Presencia permanente de un trabajador al menos para los que no poseen autonomía.
B) Para personas con minusvalía gravemente afectadas el número de trabajadores por usuario será de 0,50 siendo, al menos, doble el número de trabajadores de atención directa que el de personal de servicios.
Pese a que la norma mencionada establece el número mínimo de personal que preste apoyo a las necesidades de los usuarios de estos centros, y pese a que no era eso lo que preguntábamos, en respuesta a esa pregunta de 10 de agosto, con número 001796, se nos contestaba que “los apoyos que requieren los usuarios de los centros sociales son variables”.
Por todo lo expuesto, formulamos las siguientes
PREGUNTAS
En la actualidad:
1. ¿Cuál es el número de personas clasificadas como autónomas existente en cada una de las residencias de personas con discapacidad con plazas concertadas con la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades? Se solicita indicación expresa de cada una de estas residencias
2. ¿Cuál es el número de personas clasificadas como no autónomas existente en cada una de las residencias de personas con discapacidad, con indicación expresa de estas que tienen plazas concertadas con la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades?
3. ¿Cuál es el número de personas clasificadas gravemente afectadas que tiene cada una de las residencias de personas con discapacidad, con indicación expresa de estas que tienen plazas concertadas con la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades?
Valladolid a 26 de octubre de 2023.
PE/001911-01
CVE="BOCCL-11-007071"