PL/000005-05











1. Procedimientos Legislativos

110. Proyectos de Ley
PL/000005-05


Sumario:

Enmiendas al articulado presentadas por D. José Ángel Ceña Tutor, Dña. Leila Vanessa García Macarrón y D. Juan Antonio Palomar Sicilia, pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-SORIA ¡YA!, al Proyecto de Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de la Comisión de Cultura, Turismo y Deporte de las Cortes de Castilla y León, en su reunión del día 27 de diciembre de 2023, ha admitido a trámite las enmiendas al articulado presentadas por los Procuradores y los Grupos Parlamentarios de la Cámara al Proyecto de Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León, PL/000005.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 27 de diciembre de 2023.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Carlos Pollán Fernández



Texto:

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León, PL/000005.

ENMIENDA N.º 1, de sustitución

A la exposición de motivos: tercer párrafo del bloque I de la exposición de motivos.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción del tercer párrafo del bloque I de la exposición de motivos.

Donde dice:

"El Patrimonio Cultural de Castilla y León, es, debido a sus características y cualidades, un valor esencial de la identidad de la Comunidad Autónoma, tal como establece el Estatuto de Autonomía, y la salvaguarda, enriquecimiento y difusión de los bienes que lo integran, cualesquiera que sean su régimen y titularidad, son deberes encomendados a los poderes públicos".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"El Patrimonio Cultural de Castilla y León, es, debido a sus características y cualidades, un valor esencial para la identidad de la Comunidad Autónoma, tal como establece el Estatuto de Autonomía, y la salvaguarda, enriquecimiento y difusión de los bienes que lo integran, cualesquiera que sean su régimen y titularidad, son deberes encomendados a los poderes públicos".

Motivación:

Se considera necesaria la sustitución para citar correctamente el artículo 4 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León.

Valladolid, 29 de agosto de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón, Juan Antonio Palomar Sicilia y José Ángel Ceña Tutor

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León, PL/000005.

ENMIENDA N.º 2, de sustitución

A la exposición de motivos: cuarto párrafo del bloque I de la exposición de motivos.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción del cuarto párrafo del bloque I de la exposición de motivos.

Donde dice:

"El artículo 148.1 de la Constitución reconoce el derecho de las comunidades autónomas a asumir competencias en materia de patrimonio monumental de interés para la Comunidad Autónoma o en materia de fomento de la cultura. Dichas competencias deben asimismo compatibilizarse con lo señalado en su artículo 149.1.28, que establece la competencia exclusiva del Estado en materia de defensa del patrimonio cultural, artístico y monumental español contra la exportación y la expoliación; y en materia de museos, bibliotecas y archivos de titularidad estatal, sin perjuicio en este caso de su gestión por parte de las comunidades autónomas".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"El artículo 148.1 de la Constitución reconoce el derecho de las comunidades autónomas a asumir competencias en materia museos, bibliotecas y conservatorios de música, en materia de patrimonio monumental de interés de la Comunidad Autónoma o en materia de fomento de la cultura. Dichas competencias deben asimismo compatibilizarse con lo señalado en su artículo 149.1.28, que establece la competencia exclusiva del Estado en materia de defensa del patrimonio cultural, artístico y monumental español contra la exportación y la expoliación; y en materia de museos, bibliotecas y archivos de titularidad estatal, sin perjuicio en este caso de su gestión por parte de las comunidades autónomas".

Motivación:

Se considera necesaria la sustitución para citar correctamente el artículo 148.1 de la Constitución.

Valladolid, 29 de agosto de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón, Juan Antonio Palomar Sicilia y José Ángel Ceña Tutor

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León, PL/000005.

ENMIENDA N.º 3, de sustitución

A la exposición de motivos: quinto párrafo del bloque I de la exposición de motivos.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción del quinto párrafo del bloque I de la exposición de motivos.

Donde dice:

"La Comunidad de Castilla y León es titular, con carácter exclusivo en los términos del artículo 70.1.31 de su Estatuto de Autonomía, de competencias en materia de patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico, arquitectónico y científico. Le corresponden las potestades legislativa y reglamentaria, así como la función ejecutiva, en todo lo referente a dichas materias que sea de interés para la Comunidad y no se encuentre reservado al Estado".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"La Comunidad de Castilla y León es titular, con carácter exclusivo en los términos del artículo 70.1.31 de su Estatuto de Autonomía, de competencias en materia de patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico, arquitectónico y científico de interés para la Comunidad. Le corresponden las potestades legislativa y reglamentaria, así como la función ejecutiva, en todo lo referente a dichas materias que sea de interés para la Comunidad y no se encuentre reservado al Estado".

Motivación:

Se considera necesaria la sustitución para citar correctamente el Estatuto de Autonomía.

Valladolid, 29 de agosto de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón, Juan Antonio Palomar Sicilia y José Ángel Ceña Tutor

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León, PL/000005.

ENMIENDA N.º 4, de adición

A la exposición de motivos: segundo párrafo del bloque II de la exposición de motivos.

Modificación propuesta:

Se propone insertar una última frase en la redacción del segundo párrafo del bloque II de la exposición de motivos. Este párrafo quedaría como sigue:

"El patrimonio cultural, por tanto, deja de tener el carácter exclusivo de legado del pasado para considerarse un recurso imprescindible para nuestro futuro, dado su incuestionable valor educativo y social, su potencial económico, así como su importante dimensión en la cooperación internacional. Esta moderna concepción del patrimonio cultural motiva la necesidad de aprobar una nueva regulación que contemple un concepto más amplio y complejo del mismo, y que recoja los bienes con valores materiales e inmateriales en relación directa con las sociedades que los crea y conserva en su territorio. Todo ello sin olvidar su consideración como valor esencial de la identidad de la comunidad autónoma".

Motivación:

Se considera necesaria la adición de esta última frase para que en la exposición de motivos se exprese la consideración del patrimonio cultural sea cual sea su definición, más amplia o más estricta, como valor esencial de la identidad de la Comunidad Autónoma.

Valladolid, 29 de agosto de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón, Juan Antonio Palomar Sicilia y José Ángel Ceña Tutor

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León, PL/000005.

ENMIENDA N.º 5, de adición

A la exposición de motivos: cuarto párrafo del bloque II de la exposición de motivos.

Modificación propuesta:

Se propone insertar un cuarto párrafo en el bloque II de la exposición de motivos. Este párrafo estaría redactado como sigue:

"La especial distribución poblacional de Castilla y León, con amplias zonas de su territorio sometidas a un grave proceso de pérdida de población, hacen necesario prestar una especial atención al patrimonio cultural de estos territorios muy afectado por el deterioro habitual de las zonas despobladas".

Motivación:

Se considera necesaria la adición de este párrafo para que en la exposición de motivos se exprese una especial consideración con el patrimonio cultural de las amplias zonas despobladas de nuestra Comunidad.

Valladolid, 29 de agosto de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón, Juan Antonio Palomar Sicilia y José Ángel Ceña Tutor

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León, PL/000005.

ENMIENDA N.º 6, de sustitución

A la exposición de motivos: cuarto párrafo del bloque IV de la exposición de motivos.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción del cuarto párrafo del bloque IV de la exposición de motivos.

Donde dice:

"En cuanto al principio de necesidad, la nueva ley incorpora no solo un concepto actual de patrimonio cultural sino también los avances doctrinales y las consideraciones técnicas emanadas de la normativa internacional, de los Convenios suscritos por el Estado español, de las recomendaciones y resoluciones elaboradas por UNESCO y por otros organismos sectoriales de carácter internacional así como los principios que se han ido consolidando con la aplicación de los planes de protección e intervención llevados a cabo por la Junta de Castilla y León en los últimos años, tales como la participación social; la relación del patrimonio con el desarrollo social y territorial; la corresponsabilidad en la gestión de los bienes que forman parte del patrimonio cultural a través de la incentivación de la cooperación mediante la concertación institucional y la colaboración público-privada; la búsqueda de la sostenibilidad técnica y financiera en las intervenciones que se realizan en los bienes y manifestaciones del patrimonio cultural o el papel del patrimonio cultural como recurso para el desarrollo económico".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"En cuanto al principio de necesidad, la nueva ley incorpora no solo un concepto actual de patrimonio cultural sino también los avances doctrinales y las consideraciones técnicas emanadas de la normativa internacional, de los Convenios suscritos por el Estado español, de las recomendaciones y resoluciones elaboradas por UNESCO y por otros organismos sectoriales de carácter internacional así como los principios que se han ido consolidando con la aplicación de los planes de protección e intervención llevados a cabo por la Junta de Castilla y León en los últimos años, tales como la participación social; la relación del patrimonio con el desarrollo social y territorial; la corresponsabilidad en la gestión de los bienes que forman parte del patrimonio cultural a través de la incentivación de la cooperación mediante la concertación institucional y la colaboración público-privada; la intervención activa en los bienes del patrimonio cultural en peligro de desaparición o deterioro grave; la búsqueda de la sostenibilidad técnica y financiera en las intervenciones que se realizan en los bienes y manifestaciones del patrimonio cultural o el papel del patrimonio cultural como recurso para el desarrollo económico".

Motivación:

Se considera necesario, en una comunidad como la de Castilla y León con un enorme patrimonio en peligro de deterioro grave o desaparición, que uno de los principios que rijan esta ley sea el de conservación o recuperación de ese patrimonio.

Valladolid, 29 de agosto de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón, Juan Antonio Palomar Sicilia y José Ángel Ceña Tutor

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León, PL/000005.

ENMIENDA N.º 7, de sustitución

Al artículo 1: título del artículo.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción del título del artículo 1.

Donde dice:

"Objeto y finalidad".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"Objeto".

Motivación:

No tiene sentido que se titule el artículo 1 "objeto y finalidad" y el artículo 2 "finalidad". Además, los tres puntos del artículo 1 no hablan de la "finalidad" de la ley.

Valladolid, 29 de agosto de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón, Juan Antonio Palomar Sicilia y José Ángel Ceña Tutor

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León, PL/000005.

ENMIENDA N.º 8, de sustitución

Al artículo 1.1: nueva redacción.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción del artículo 1.1.

Donde dice:

"La presente ley tiene por objeto establecer el régimen jurídico de la gestión del Patrimonio Cultural de Castilla y León, entendida ésta como el conocimiento, investigación, protección, conservación, uso y difusión de los bienes que lo integran".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"La presente ley tiene por objeto establecer el régimen jurídico de la gestión del Patrimonio Cultural de Castilla y León, entendida ésta como el conocimiento, investigación, protección, acrecentamiento, conservación, disfrute y difusión de los bienes que lo integran".

Motivación:

Parece más adecuado el término "disfrute" que el de "uso" al hablar del Patrimonio Cultural.

También consideramos adecuado incluir el concepto de "acrecentamiento" del patrimonio cultural en el artículo 1.1 de la Ley. No sólo debemos conservar el enorme patrimonio que tenemos. También hemos de acrecentarlo.

Valladolid, 29 de agosto de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón, Juan Antonio Palomar Sicilia y José Ángel Ceña Tutor

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León, PL/000005.

ENMIENDA N.º 9, de sustitución

Al artículo 1.2: nueva redacción.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción del artículo 1.2.

Donde dice:

"El Patrimonio Cultural de Castilla y León comprende los bienes, materiales e inmateriales, fruto del proceso histórico que caracteriza el modo de vida, las pautas culturales y las particularidades del territorio de la Comunidad Autónoma. Constituye un activo insustituible, esencial para la identidad y el futuro de Castilla y León, que debe protegerse y transmitirse a las generaciones futuras".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"El Patrimonio Cultural de Castilla y León comprende los bienes, materiales e inmateriales, fruto del proceso evolutivo que caracteriza el modo de vida, las pautas culturales y las particularidades del territorio de la Comunidad Autónoma. Constituye un activo insustituible, esencial para la identidad y el futuro de Castilla y León, que debe protegerse y transmitirse a las generaciones futuras".

Motivación:

Parece más adecuado el término "evolutivo" que el de "histórico", puesto que del propio texto de la Ley se puede interpretar que el concepto de patrimonio cultural es mucho más amplio que el de histórico, afectado exclusivamente por la acción del hombre. Hay por ejemplo un patrimonio paleontológico en el que no se puede hablar de "proceso histórico" porque el hombre no estaba presente.

Valladolid, 29 de agosto de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón, Juan Antonio Palomar Sicilia y José Ángel Ceña Tutor

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León, PL/000005.

ENMIENDA N.º 10, de sustitución

Al artículo 2: nueva redacción.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción del artículo 2.

Donde dice:

"Artículo 2. Finalidad.

La presente ley tiene por finalidad:

a) Garantizar la gestión del Patrimonio Cultural de Castilla y León.

b) Garantizar el acceso de la ciudadanía a los bienes que forman parte del Patrimonio Cultural de Castilla y León.

c) Promover el enriquecimiento del Patrimonio Cultural de Castilla y León".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"Artículo 2. Finalidad.

La presente ley tiene por finalidad:

a) Garantizar la correcta gestión del Patrimonio Cultural de Castilla y León.

b) Garantizar el conocimiento y disfrute por parte de la ciudadanía, en condiciones de accesibilidad universal, a los bienes que forman parte del Patrimonio Cultural de Castilla y León.

c) Promover el enriquecimiento del Patrimonio Cultural de Castilla y León".

Motivación:

Parece más adecuado añadir un adjetivo a "gestión", para especificar que ha de ser una gestión correcta y eficaz.

Por otra parte, es necesario especificar que el acceso ha de ser universal o lo más universal posible.

Valladolid, 29 de agosto de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón, Juan Antonio Palomar Sicilia y José Ángel Ceña Tutor

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León, PL/000005.

ENMIENDA N.º 11, de adición

Al artículo 3: incorporar un punto g) al artículo 3.

Modificación propuesta:

Se propone insertar un punto g) al artículo 3 con la siguiente redacción:

"g) De cooperación y colaboración entre administraciones públicas en el ejercicio de sus funciones y competencias en materia de Patrimonio Cultural".

Motivación:

Parece adecuado incluir entre los principios de esta ley el principio de cooperación y colaboración entre administraciones públicas.

Valladolid, 29 de agosto de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón, Juan Antonio Palomar Sicilia y José Ángel Ceña Tutor

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León, PL/000005.

ENMIENDA N.º 12, de adición

Al artículo 3: incorporar un punto h) al artículo 3.

Modificación propuesta:

Se propone insertar un punto h) al artículo 3 con la siguiente redacción:

"g) De participación ciudadana en la conservación, transmisión, acrecentamiento y difusión del Patrimonio Cultural".

Motivación:

Parece adecuado incluir entre los principios de esta ley el principio de participación ciudadana, dándole a esta participación la importancia que se le otorga en la propia exposición de motivos.

Valladolid, 29 de agosto de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón, Juan Antonio Palomar Sicilia y José Ángel Ceña Tutor

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León, PL/000005.

ENMIENDA N.º 13, de adición

Al artículo 4: incorporar un nuevo punto 1 al artículo 4 y cambiar la numeración de los actuales puntos 1, 2 y 3, como puntos 2, 3 y 4 respectivamente.

Modificación propuesta:

Se propone insertar un nuevo punto 1 al artículo 4 con la siguiente redacción:

"1. Toda persona tiene derecho al acceso, al conocimiento y al disfrute del patrimonio cultural de la Comunidad de Castilla y León".

Motivación:

Consideramos adecuado definir el acceso al Patrimonio Cultural como un derecho y que este derecho esté incluido en la Ley de Patrimonio Cultural.

Valladolid, 29 de agosto de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón, Juan Antonio Palomar Sicilia y José Ángel Ceña Tutor

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León, PL/000005.

ENMIENDA N.º 14, de sustitución

Al artículo 5, párrafo primero: nueva redacción.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción del párrafo primero del artículo 5:

Donde dice:

"La Administración de la Comunidad de Castilla y León impulsará el reconocimiento del valor que el patrimonio cultural representa para la sociedad, para lo cual:".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"La Administración de la Comunidad de Castilla y León impulsará el reconocimiento de los valores inherentes que los bienes que integran el patrimonio cultural representan para la sociedad, para lo cual:".

Motivación:

Consideramos la expresión "valores inherentes" más adecuada para lo que se quiere expresar.

Valladolid, 29 de agosto de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón, Juan Antonio Palomar Sicilia y José Ángel Ceña Tutor

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León, PL/000005.

ENMIENDA N.º 15, de sustitución

Al artículo 5, punto a): nueva redacción.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción del punto a) del artículo 5:

Donde dice:

"a) Promoverá el conocimiento del patrimonio cultural mediante campañas públicas de divulgación y sensibilización para toda la sociedad, así como su aprecio general".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"a) Promoverá el conocimiento del patrimonio cultural mediante campañas públicas de divulgación y sensibilización para toda la sociedad, así como su aprecio general, fomentando la participación y colaboración de entidades públicas y privadas y de los ciudadanos en general".

Motivación:

Consideramos acorde con el espíritu de la Ley, expresado en la propia exposición de motivos, el fomento de entidades y ciudadanos en las campañas de divulgación y sensibilización sobre el Patrimonio Cultural.

Valladolid, 29 de agosto de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón, Juan Antonio Palomar Sicilia y José Ángel Ceña Tutor

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

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Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León, PL/000005.

ENMIENDA N.º 16

Al artículo 5: incorporar un nuevo punto c) al artículo 5 y cambiar la numeración del actual punto c) como punto d).

Modificación propuesta:

Se propone insertar un nuevo punto c) al artículo 5 con la siguiente redacción:

"c) Fomentará la capacitación en educación patrimonial en la formación continua del profesorado de educación infantil, primaria y secundaria".

Motivación:

Consideramos necesario que el profesorado esté convenientemente capacitado en materia de Patrimonio Cultural, para poder transmitir sus valores a los alumnos.

Valladolid, 29 de agosto de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón, Juan Antonio Palomar Sicilia y José Ángel Ceña Tutor

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

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Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León, PL/000005.

ENMIENDA N.º 17, de adición

Al artículo 6.1: incorporar un nuevo punto h) al punto 1 del artículo 6.

Modificación propuesta:

Se propone insertar un nuevo punto h) al punto 1 del artículo 6 con la siguiente redacción:

"h) El reconocimiento de las diferentes comunidades y grupos que han contribuido a la conservación y transmisión del patrimonio cultural".

Motivación:

Consideramos necesario que los programas y proyectos de investigación reconozcan la labor de los diferentes colectivos que trabajan activamente por la conservación y transmisión del patrimonio cultural.

Valladolid, 29 de agosto de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón, Juan Antonio Palomar Sicilia y José Ángel Ceña Tutor

EL PORTAVOZ,

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A LA MESA DE LA COMISIÓN DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León, PL/000005.

ENMIENDA N.º 18, de adición

Al artículo 6 incorporar un nuevo punto 2 al artículo 6.

Modificación propuesta:

Se propone insertar un nuevo punto 2 al artículo 6 con la siguiente redacción:

"2. En el desarrollo de los programas de investigación, la Consejería con competencia en patrimonio cultural podrá cooperar con las Entidades Locales, las Universidades y otras entidades relacionadas con el patrimonio cultural".

Motivación:

Consideramos necesario que la Ley incluya esta referencia a la cooperación con otras entidades en materia de investigación en el Patrimonio Cultural.

Valladolid, 29 de agosto de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón, Juan Antonio Palomar Sicilia y José Ángel Ceña Tutor

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León, PL/000005.

ENMIENDA N.º 19, de adición

Al artículo 9 incorporar un nuevo punto d) al artículo 9.

Modificación propuesta:

Se propone insertar un nuevo punto d) al artículo 9 con la siguiente redacción:

"d) La habilitación de mecanismos de participación para que la ciudadanía proponga, según los criterios y categorías existentes en la presente ley, la protección de bienes culturales".

Motivación:

Consideramos necesario que la ciudadanía tenga un mecanismo claro y efectivo para proponer mecanismos de protección a los bienes culturales que mejor conoce y que tiene más cercano. Una cuestión esta que está dentro de los principios inspiradores de esta ley.

Valladolid, 29 de agosto de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón, Juan Antonio Palomar Sicilia y José Ángel Ceña Tutor

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León, PL/000005.

ENMIENDA N.º 20, de adición

Al artículo 10: incorporar un nuevo punto 1 al artículo 10 y cambiar la numeración de los actuales puntos 1 y 2, como puntos 3 y 4.

Modificación propuesta:

Se propone insertar un nuevo punto 1 al artículo 10 con la siguiente redacción:

"1. La Iglesia Católica, en cuanto titular de una parte muy significativa del patrimonio cultural de la Comunidad de Castilla y León, y las demás confesiones religiosas serán responsables de la conservación de sus bienes culturales y velarán por la protección, enriquecimiento y difusión de los mismos, colaborando en esa finalidad con las distintas Administraciones Públicas competentes en esta materia".

Motivación:

Consideramos necesario introducir expresamente el concepto de la responsabilidad de la Iglesia Católica en la conservación, protección, difusión y enriquecimiento como gran tenedora de bienes culturales.

Valladolid, 29 de agosto de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón, Juan Antonio Palomar Sicilia y José Ángel Ceña Tutor

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León, PL/000005.

ENMIENDA N.º 21, de adición

Al artículo 10: incorporar un nuevo punto 2 al artículo 10 y cambiar la numeración de los actuales puntos 1 y 2, como puntos 3 y 4.

Modificación propuesta:

Se propone insertar un nuevo punto 2 al artículo 10 con la siguiente redacción:

"2. Las autoridades eclesiásticas velarán por que el ejercicio de las actividades propias del culto religioso garantice, de forma adecuada, la protección y conservación de los bienes culturales consagrados al uso litúrgico".

Motivación:

Consideramos necesario introducir expresamente este punto para compatibilizar el derecho de acceso y conocimiento de los bienes culturales con otros usos que puedan tener los mismos, dado el carácter de la Iglesia Católica como gran tenedora de estos bienes.

Valladolid, 29 de agosto de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón, Juan Antonio Palomar Sicilia y José Ángel Ceña Tutor

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León, PL/000005.

ENMIENDA N.º 22, de sustitución

Al artículo 12.1, párrafo primero: nueva redacción.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción del párrafo primero del artículo 12.1.

Donde dice:

"El Patrimonio Cultural de Castilla y León está integrado por los bienes materiales e inmateriales que posean valores históricos, artísticos, arquitectónicos, arqueológicos, paisajísticos, etnológicos, industriales, científicos, técnicos, así como los paleontológicos relacionados con la historia de la humanidad. También forman parte del mismo el patrimonio documental, bibliográfico y lingüístico".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"El Patrimonio Cultural de Castilla y León está integrado por los bienes materiales e inmateriales que posean valores históricos, artísticos, arquitectónicos, arqueológicos, paisajísticos, etnológicos, industriales, científicos, técnicos, así como los paleontológicos relacionados con la evolución de la Comunidad. También forman parte del mismo el patrimonio lingüístico, documental, bibliográfico, audiovisual y digital en cualquiera de sus formatos".

Motivación:

Hay bienes susceptibles de estar integrados en el patrimonio cultural, tal y como se define en esta ley, que no tienen que ver con la historia de la humanidad, porque son previos a la aparición de los humanos. Por ejemplo las icnitas o casi todo el patrimonio paleontológico.

Además, también es patrimonio cultural el audiovisual o digital y debe ser incluido en la definición.

Valladolid, 29 de agosto de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón, Juan Antonio Palomar Sicilia y José Ángel Ceña Tutor

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

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Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León, PL/000005.

ENMIENDA N.º 23, de sustitución

Al artículo 12.1, párrafo segundo: nueva redacción.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción del párrafo segundo del artículo 12.1.

Donde dice:

"Se consideran bienes inmateriales los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas que las comunidades, los grupos y en algunos casos los individuos, reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"Se consideran bienes inmateriales los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas, junto con los instrumentos, objetos y espacios culturales que le son inherentes, que las comunidades, los grupos y en algunos casos los individuos, reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural".

Motivación:

Se considera más adecuada la redacción puesto que instrumentos, objetos y espacios también pueden formar parte del patrimonio cultural.

Valladolid, 29 de agosto de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón, Juan Antonio Palomar Sicilia y José Ángel Ceña Tutor

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ENMIENDA N.º 24, de sustitución

Al artículo 17.1: nueva redacción.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción del artículo 17.1.

Donde dice:

"1. Los bienes del Patrimonio Cultural de Castilla y León declarados de interés cultural serán los que reúnan de forma singular y relevante valores materiales o inmateriales, ya sean históricos, artísticos, arquitectónicos, arqueológicos, paisajísticos, etnológicos, industriales, científicos, técnicos, así como los paleontológicos relacionados con la historia de la humanidad".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"1. Los bienes del Patrimonio Cultural de Castilla y León declarados de interés cultural serán los que reúnan de forma singular y relevante valores materiales o inmateriales, ya sean históricos, artísticos, arquitectónicos, arqueológicos, paisajísticos, etnológicos, industriales, científicos, técnicos, así como los paleontológicos relacionados con la la evolución de la Comunidad".

Motivación:

Se considera más adecuada la redacción propuesta puesto que bienes como los paleontológicos, en muchas ocasiones no están relacionados con la historia de la Comunidad.

Valladolid, 29 de agosto de 2023.

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Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón, Juan Antonio Palomar Sicilia y José Ángel Ceña Tutor

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ENMIENDA N.º 25, de sustitución

Al artículo 20.e): nueva redacción.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción del artículo 20.e).

Donde dice:

"e) Vía Histórica: vías de comunicación de reconocido valor histórico o cultural, cualquiera que sea su naturaleza".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"e) Vía Histórica: vías de comunicación de reconocido valor histórico o cultural, cualquiera que sea su naturaleza y que estén relacionadas con el intercambio o diálogo entre localidades".

Motivación:

Se considera más adecuada la redacción propuesta puesto que el intercambio o diálogo entre localidades es parte esencial de las vías históricas.

Valladolid, 29 de agosto de 2023.

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ENMIENDA N.º 26, de adición

Al artículo 21.1: incorporar un nuevo párrafo tercero al artículo 21.1.

Modificación propuesta:

Se propone insertar un nuevo párrafo tercero al artículo 21.1 con la siguiente redacción:

"Una colección de bienes muebles puede incluir bienes que individualmente presenten diferentes niveles de protección. El nivel de protección que se asigne a la colección será igual o superior al mayor de los que individualmente contenga".

Motivación:

Se considera necesario añadir esta precisión en cuanto a los niveles de protección de las colecciones, para no desproteger a este tipo de bienes.

Valladolid, 29 de agosto de 2023.

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ENMIENDA N.º 27, de adición

Al artículo 22.1: incorporar un nuevo apartado j) al artículo 22.1.

Modificación propuesta:

Se propone insertar un nuevo apartado j) al artículo 22.1 con la siguiente redacción:

"j) Deportes".

Motivación:

Se considera necesario añadir la práctica de determinados deportes dentro de los bienes inmateriales de interés cultural, como manifestación de valores tradicionales y culturales relevantes.

Valladolid, 29 de agosto de 2023.

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ENMIENDA N.º 28, de sustitución

Al artículo 24.1: nueva redacción.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción del artículo 24.1.

Donde dice:

"1. Los bienes inmuebles inventariados serán preferentemente de manera seriada, mediante la identificación de conjuntos de bienes que conformen una caracterización unitaria de sus valores culturales".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"1. Los bienes inmuebles inventariados lo serán preferentemente de manera seriada, mediante la identificación de conjuntos de bienes que conformen una caracterización unitaria de sus valores culturales".

Motivación:

Se considera más adecuada lingüísticamente la redacción propuesta.

Valladolid, 29 de agosto de 2023.

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ENMIENDA N.º 29, de adición

Al artículo 27: incorporar un segundo párrafo al artículo 27.

Modificación propuesta:

Se propone insertar un nuevo segundo párrafo al artículo 27 con la siguiente redacción:

"En caso de promoverse la incoación del procedimiento por persona física o jurídica, la solicitud deberá estar debidamente motivada y documentada, de forma que se pueda identificar con claridad al bien cultural. La solicitud de incoación se entenderá desestimada cuando hayan transcurrido seis meses desde su presentación sin que se hubiese emitido resolución expresa".

Motivación:

Se considera necesario añadir este párrafo puesto que la persona que solicite la incoación de este tipo de procedimiento tiene que tener una garantía de cara a su solicitud. No puede ocurrir que se quede en un cajón archivada eternamente.

Valladolid, 29 de agosto de 2023.

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ENMIENDA N.º 30, de sustitución

Al artículo 28.2: nueva redacción.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción del artículo 28.2.

Donde dice:

"2. La iniciación del procedimiento determinará, respecto al bien afectado, la aplicación provisional e inmediata de las normas jurídicas de protección previstas en esta ley para los bienes ya declarados Bien de Interés Cultural o Inventariados. Además, y en el supuesto de bienes inmuebles, implica la suspensión, hasta su resolución, de la tramitación de las correspondientes licencias municipales de parcelación, edificación o demolición en las zonas afectadas, y, en su caso, de la suspensión de los efectos de las ya otorgadas, salvo las actuaciones de mantenimiento y conservación de los inmuebles".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"2. La iniciación del procedimiento determinará, respecto al bien afectado, la aplicación provisional e inmediata de las normas jurídicas de protección previstas en esta ley para los bienes ya declarados Bien de Interés Cultural o Inventariados. Además, y en el supuesto de bienes inmuebles, implica la suspensión, hasta su resolución, de la tramitación de las correspondientes licencias municipales de parcelación, edificación o demolición en las zonas afectadas, y, en su caso, de la suspensión de los efectos de las ya otorgadas.

La Consejería competente en materia de patrimonio cultural hasta la resolución definitiva del procedimiento podrá autorizar la realización de obras de conservación y las que no perjudiquen la integridad de los valores del bien. Las obras que por razón de fuerza mayor hubieran de realizarse con carácter inaplazable deberán precisar en todo caso de la autorización de la Consejería competente en materia de patrimonio cultural".

Motivación:

Se considera necesario que la ley contenga el mandato para la intervención de la Consejería en la autorización de las obras de conservación y las de carácter inaplazable en los bienes de interés cultural o inventariados.

Valladolid, 29 de agosto de 2023.

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ENMIENDA N.º 31, de adición

Al artículo 29: incorporar un tercer párrafo al artículo 29.

Modificación propuesta:

Se propone insertar un nuevo segundo párrafo al artículo 27 con la siguiente redacción:

"3. Si alguno de los informes no hubieran sido emitidos en el plazo de dos meses desde su petición, se entenderán en sentido favorable".

Motivación:

Se considera necesaria esta previsión para no entorpecer los plazos del procedimiento.

Valladolid, 29 de agosto de 2023.

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ENMIENDA N.º 32, de sustitución

Al artículo 30.1: nueva redacción.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción del artículo 30.1.

Donde dice:

"1. La declaración de Bien de Interés Cultural o Bien Inventariado deberá contener una descripción clara y exhaustiva del bien objeto de la declaración que facilite su correcta identificación, así como los valores del patrimonio cultural que le hacen merecedor de la declaración correspondiente".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"1. La declaración de Bien de Interés Cultural o Bien Inventariado deberá contener una descripción clara y exhaustiva del bien objeto de la declaración que facilite su correcta identificación, así como los valores del patrimonio cultural que le hacen merecedor de la declaración correspondiente y la relación de los elementos degradantes que le puedan afectar, para su atenuación o eliminación.

También ha de constar en la declaración, la determinación de los usos compatibles con la correcta conservación del bien y en caso de que el uso a que viniera destinándose fuese incompatible con la adecuada conservación del mismo, deberá establecerse su cese o modificación".

Motivación:

Se considera necesario que en la Resolución de declaración consten expresamente los peligros a los que puede estar sometido el Bien, así como la previsión respecto a los usos compatibles del bien.

Valladolid, 29 de agosto de 2023.

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ENMIENDA N.º 33, de adición

Al artículo 30.2: incorporar un cuarto párrafo al artículo 30.2.

Modificación propuesta:

Se propone insertar un nuevo cuarto párrafo al artículo 30.2 con la siguiente redacción:

"También se incluirá una relación de propuestas y ajustes razonables para responder a las necesidades específicas de accesibilidad de las personas con discapacidad".

Motivación:

Se considera necesario que en la Resolución de declaración consten expresamente las realidades de accesibilidad del Bien para las personas con discapacidad.

Valladolid, 29 de agosto de 2023.

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ENMIENDA N.º 34, de sustitución

Al artículo 31.1: nueva redacción.

Modificación Propuesta:

Se propone una nueva redacción del artículo 31.1.

Donde dice:

"1. El plazo máximo para la resolución del procedimiento será de veinticuatro meses contados a partir de la fecha de su iniciación. Transcurrido dicho plazo sin que haya recaído resolución expresa, se producirá la caducidad del expediente de declaración de Bien de Interés Cultural o Bien Inventariado, notificándose en su caso a los promotores".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"1. El plazo máximo para la resolución del procedimiento será de doce meses contados a partir de la fecha de publicación de la iniciación en el Boletín Oficial de Castilla y Léon. Transcurrido dicho plazo sin que haya recaído resolución expresa, se producirá la caducidad del expediente de declaración de Bien de Interés Cultural o Bien Inventariado, notificándose en su caso a los promotores".

Motivación:

Se considera necesario que el plazo de doce meses es más ajustado a la realidad del trámite administrativo y que es perfectamente posible cumplirlo.

Valladolid, 29 de agosto de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón, Juan Antonio Palomar Sicilia y José Ángel Ceña Tutor

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ENMIENDA N.º 35, de adición

Al artículo 34: incorporar un nuevo punto 3 al artículo 34.

Modificación propuesta:

Se propone insertar un nuevo punto 3 al artículo 34 con la siguiente redacción:

"3. La Consejería competente en materia de patrimonio cultural resolverá, en el plazo de doce meses desde la presentación de la solicitud por persona física o jurídica, sobre el inicio o no de los trámites competencia de la Comunidad Autónoma".

Motivación:

Se considera necesario que las solicitudes que se presenten tengan una respuesta efectiva por parte de la Consejería competente en materia de patrimonio cultural.

Valladolid, 29 de agosto de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón, Juan Antonio Palomar Sicilia y José Ángel Ceña Tutor

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero


PL/000005-05

CVE="BOCCL-11-007617"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
XI Legislatura
Pags. 21530-21557
BOCCL nº 235/11 del 10/1/2024
CVE: BOCCL-11-007617

1. Procedimientos Legislativos
110. Proyectos de Ley
PL/000005-05
Enmiendas al articulado presentadas por D. José Ángel Ceña Tutor, Dña. Leila Vanessa García Macarrón y D. Juan Antonio Palomar Sicilia, pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-SORIA ¡YA!, al Proyecto de Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de la Comisión de Cultura, Turismo y Deporte de las Cortes de Castilla y León, en su reunión del día 27 de diciembre de 2023, ha admitido a trámite las enmiendas al articulado presentadas por los Procuradores y los Grupos Parlamentarios de la Cámara al Proyecto de Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León, PL/000005.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 27 de diciembre de 2023.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Carlos Pollán Fernández


TEXTO


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Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León, PL/000005.

ENMIENDA N.º 1, de sustitución

A la exposición de motivos: tercer párrafo del bloque I de la exposición de motivos.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción del tercer párrafo del bloque I de la exposición de motivos.

Donde dice:

"El Patrimonio Cultural de Castilla y León, es, debido a sus características y cualidades, un valor esencial de la identidad de la Comunidad Autónoma, tal como establece el Estatuto de Autonomía, y la salvaguarda, enriquecimiento y difusión de los bienes que lo integran, cualesquiera que sean su régimen y titularidad, son deberes encomendados a los poderes públicos".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"El Patrimonio Cultural de Castilla y León, es, debido a sus características y cualidades, un valor esencial para la identidad de la Comunidad Autónoma, tal como establece el Estatuto de Autonomía, y la salvaguarda, enriquecimiento y difusión de los bienes que lo integran, cualesquiera que sean su régimen y titularidad, son deberes encomendados a los poderes públicos".

Motivación:

Se considera necesaria la sustitución para citar correctamente el artículo 4 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León.

Valladolid, 29 de agosto de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón, Juan Antonio Palomar Sicilia y José Ángel Ceña Tutor

EL PORTAVOZ,

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ENMIENDA N.º 2, de sustitución

A la exposición de motivos: cuarto párrafo del bloque I de la exposición de motivos.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción del cuarto párrafo del bloque I de la exposición de motivos.

Donde dice:

"El artículo 148.1 de la Constitución reconoce el derecho de las comunidades autónomas a asumir competencias en materia de patrimonio monumental de interés para la Comunidad Autónoma o en materia de fomento de la cultura. Dichas competencias deben asimismo compatibilizarse con lo señalado en su artículo 149.1.28, que establece la competencia exclusiva del Estado en materia de defensa del patrimonio cultural, artístico y monumental español contra la exportación y la expoliación; y en materia de museos, bibliotecas y archivos de titularidad estatal, sin perjuicio en este caso de su gestión por parte de las comunidades autónomas".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"El artículo 148.1 de la Constitución reconoce el derecho de las comunidades autónomas a asumir competencias en materia museos, bibliotecas y conservatorios de música, en materia de patrimonio monumental de interés de la Comunidad Autónoma o en materia de fomento de la cultura. Dichas competencias deben asimismo compatibilizarse con lo señalado en su artículo 149.1.28, que establece la competencia exclusiva del Estado en materia de defensa del patrimonio cultural, artístico y monumental español contra la exportación y la expoliación; y en materia de museos, bibliotecas y archivos de titularidad estatal, sin perjuicio en este caso de su gestión por parte de las comunidades autónomas".

Motivación:

Se considera necesaria la sustitución para citar correctamente el artículo 148.1 de la Constitución.

Valladolid, 29 de agosto de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón, Juan Antonio Palomar Sicilia y José Ángel Ceña Tutor

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ENMIENDA N.º 3, de sustitución

A la exposición de motivos: quinto párrafo del bloque I de la exposición de motivos.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción del quinto párrafo del bloque I de la exposición de motivos.

Donde dice:

"La Comunidad de Castilla y León es titular, con carácter exclusivo en los términos del artículo 70.1.31 de su Estatuto de Autonomía, de competencias en materia de patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico, arquitectónico y científico. Le corresponden las potestades legislativa y reglamentaria, así como la función ejecutiva, en todo lo referente a dichas materias que sea de interés para la Comunidad y no se encuentre reservado al Estado".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"La Comunidad de Castilla y León es titular, con carácter exclusivo en los términos del artículo 70.1.31 de su Estatuto de Autonomía, de competencias en materia de patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico, arquitectónico y científico de interés para la Comunidad. Le corresponden las potestades legislativa y reglamentaria, así como la función ejecutiva, en todo lo referente a dichas materias que sea de interés para la Comunidad y no se encuentre reservado al Estado".

Motivación:

Se considera necesaria la sustitución para citar correctamente el Estatuto de Autonomía.

Valladolid, 29 de agosto de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón, Juan Antonio Palomar Sicilia y José Ángel Ceña Tutor

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ENMIENDA N.º 4, de adición

A la exposición de motivos: segundo párrafo del bloque II de la exposición de motivos.

Modificación propuesta:

Se propone insertar una última frase en la redacción del segundo párrafo del bloque II de la exposición de motivos. Este párrafo quedaría como sigue:

"El patrimonio cultural, por tanto, deja de tener el carácter exclusivo de legado del pasado para considerarse un recurso imprescindible para nuestro futuro, dado su incuestionable valor educativo y social, su potencial económico, así como su importante dimensión en la cooperación internacional. Esta moderna concepción del patrimonio cultural motiva la necesidad de aprobar una nueva regulación que contemple un concepto más amplio y complejo del mismo, y que recoja los bienes con valores materiales e inmateriales en relación directa con las sociedades que los crea y conserva en su territorio. Todo ello sin olvidar su consideración como valor esencial de la identidad de la comunidad autónoma".

Motivación:

Se considera necesaria la adición de esta última frase para que en la exposición de motivos se exprese la consideración del patrimonio cultural sea cual sea su definición, más amplia o más estricta, como valor esencial de la identidad de la Comunidad Autónoma.

Valladolid, 29 de agosto de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón, Juan Antonio Palomar Sicilia y José Ángel Ceña Tutor

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León, PL/000005.

ENMIENDA N.º 5, de adición

A la exposición de motivos: cuarto párrafo del bloque II de la exposición de motivos.

Modificación propuesta:

Se propone insertar un cuarto párrafo en el bloque II de la exposición de motivos. Este párrafo estaría redactado como sigue:

"La especial distribución poblacional de Castilla y León, con amplias zonas de su territorio sometidas a un grave proceso de pérdida de población, hacen necesario prestar una especial atención al patrimonio cultural de estos territorios muy afectado por el deterioro habitual de las zonas despobladas".

Motivación:

Se considera necesaria la adición de este párrafo para que en la exposición de motivos se exprese una especial consideración con el patrimonio cultural de las amplias zonas despobladas de nuestra Comunidad.

Valladolid, 29 de agosto de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón, Juan Antonio Palomar Sicilia y José Ángel Ceña Tutor

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León, PL/000005.

ENMIENDA N.º 6, de sustitución

A la exposición de motivos: cuarto párrafo del bloque IV de la exposición de motivos.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción del cuarto párrafo del bloque IV de la exposición de motivos.

Donde dice:

"En cuanto al principio de necesidad, la nueva ley incorpora no solo un concepto actual de patrimonio cultural sino también los avances doctrinales y las consideraciones técnicas emanadas de la normativa internacional, de los Convenios suscritos por el Estado español, de las recomendaciones y resoluciones elaboradas por UNESCO y por otros organismos sectoriales de carácter internacional así como los principios que se han ido consolidando con la aplicación de los planes de protección e intervención llevados a cabo por la Junta de Castilla y León en los últimos años, tales como la participación social; la relación del patrimonio con el desarrollo social y territorial; la corresponsabilidad en la gestión de los bienes que forman parte del patrimonio cultural a través de la incentivación de la cooperación mediante la concertación institucional y la colaboración público-privada; la búsqueda de la sostenibilidad técnica y financiera en las intervenciones que se realizan en los bienes y manifestaciones del patrimonio cultural o el papel del patrimonio cultural como recurso para el desarrollo económico".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"En cuanto al principio de necesidad, la nueva ley incorpora no solo un concepto actual de patrimonio cultural sino también los avances doctrinales y las consideraciones técnicas emanadas de la normativa internacional, de los Convenios suscritos por el Estado español, de las recomendaciones y resoluciones elaboradas por UNESCO y por otros organismos sectoriales de carácter internacional así como los principios que se han ido consolidando con la aplicación de los planes de protección e intervención llevados a cabo por la Junta de Castilla y León en los últimos años, tales como la participación social; la relación del patrimonio con el desarrollo social y territorial; la corresponsabilidad en la gestión de los bienes que forman parte del patrimonio cultural a través de la incentivación de la cooperación mediante la concertación institucional y la colaboración público-privada; la intervención activa en los bienes del patrimonio cultural en peligro de desaparición o deterioro grave; la búsqueda de la sostenibilidad técnica y financiera en las intervenciones que se realizan en los bienes y manifestaciones del patrimonio cultural o el papel del patrimonio cultural como recurso para el desarrollo económico".

Motivación:

Se considera necesario, en una comunidad como la de Castilla y León con un enorme patrimonio en peligro de deterioro grave o desaparición, que uno de los principios que rijan esta ley sea el de conservación o recuperación de ese patrimonio.

Valladolid, 29 de agosto de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón, Juan Antonio Palomar Sicilia y José Ángel Ceña Tutor

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León, PL/000005.

ENMIENDA N.º 7, de sustitución

Al artículo 1: título del artículo.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción del título del artículo 1.

Donde dice:

"Objeto y finalidad".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"Objeto".

Motivación:

No tiene sentido que se titule el artículo 1 "objeto y finalidad" y el artículo 2 "finalidad". Además, los tres puntos del artículo 1 no hablan de la "finalidad" de la ley.

Valladolid, 29 de agosto de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón, Juan Antonio Palomar Sicilia y José Ángel Ceña Tutor

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León, PL/000005.

ENMIENDA N.º 8, de sustitución

Al artículo 1.1: nueva redacción.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción del artículo 1.1.

Donde dice:

"La presente ley tiene por objeto establecer el régimen jurídico de la gestión del Patrimonio Cultural de Castilla y León, entendida ésta como el conocimiento, investigación, protección, conservación, uso y difusión de los bienes que lo integran".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"La presente ley tiene por objeto establecer el régimen jurídico de la gestión del Patrimonio Cultural de Castilla y León, entendida ésta como el conocimiento, investigación, protección, acrecentamiento, conservación, disfrute y difusión de los bienes que lo integran".

Motivación:

Parece más adecuado el término "disfrute" que el de "uso" al hablar del Patrimonio Cultural.

También consideramos adecuado incluir el concepto de "acrecentamiento" del patrimonio cultural en el artículo 1.1 de la Ley. No sólo debemos conservar el enorme patrimonio que tenemos. También hemos de acrecentarlo.

Valladolid, 29 de agosto de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón, Juan Antonio Palomar Sicilia y José Ángel Ceña Tutor

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León, PL/000005.

ENMIENDA N.º 9, de sustitución

Al artículo 1.2: nueva redacción.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción del artículo 1.2.

Donde dice:

"El Patrimonio Cultural de Castilla y León comprende los bienes, materiales e inmateriales, fruto del proceso histórico que caracteriza el modo de vida, las pautas culturales y las particularidades del territorio de la Comunidad Autónoma. Constituye un activo insustituible, esencial para la identidad y el futuro de Castilla y León, que debe protegerse y transmitirse a las generaciones futuras".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"El Patrimonio Cultural de Castilla y León comprende los bienes, materiales e inmateriales, fruto del proceso evolutivo que caracteriza el modo de vida, las pautas culturales y las particularidades del territorio de la Comunidad Autónoma. Constituye un activo insustituible, esencial para la identidad y el futuro de Castilla y León, que debe protegerse y transmitirse a las generaciones futuras".

Motivación:

Parece más adecuado el término "evolutivo" que el de "histórico", puesto que del propio texto de la Ley se puede interpretar que el concepto de patrimonio cultural es mucho más amplio que el de histórico, afectado exclusivamente por la acción del hombre. Hay por ejemplo un patrimonio paleontológico en el que no se puede hablar de "proceso histórico" porque el hombre no estaba presente.

Valladolid, 29 de agosto de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón, Juan Antonio Palomar Sicilia y José Ángel Ceña Tutor

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León, PL/000005.

ENMIENDA N.º 10, de sustitución

Al artículo 2: nueva redacción.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción del artículo 2.

Donde dice:

"Artículo 2. Finalidad.

La presente ley tiene por finalidad:

a) Garantizar la gestión del Patrimonio Cultural de Castilla y León.

b) Garantizar el acceso de la ciudadanía a los bienes que forman parte del Patrimonio Cultural de Castilla y León.

c) Promover el enriquecimiento del Patrimonio Cultural de Castilla y León".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"Artículo 2. Finalidad.

La presente ley tiene por finalidad:

a) Garantizar la correcta gestión del Patrimonio Cultural de Castilla y León.

b) Garantizar el conocimiento y disfrute por parte de la ciudadanía, en condiciones de accesibilidad universal, a los bienes que forman parte del Patrimonio Cultural de Castilla y León.

c) Promover el enriquecimiento del Patrimonio Cultural de Castilla y León".

Motivación:

Parece más adecuado añadir un adjetivo a "gestión", para especificar que ha de ser una gestión correcta y eficaz.

Por otra parte, es necesario especificar que el acceso ha de ser universal o lo más universal posible.

Valladolid, 29 de agosto de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón, Juan Antonio Palomar Sicilia y José Ángel Ceña Tutor

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León, PL/000005.

ENMIENDA N.º 11, de adición

Al artículo 3: incorporar un punto g) al artículo 3.

Modificación propuesta:

Se propone insertar un punto g) al artículo 3 con la siguiente redacción:

"g) De cooperación y colaboración entre administraciones públicas en el ejercicio de sus funciones y competencias en materia de Patrimonio Cultural".

Motivación:

Parece adecuado incluir entre los principios de esta ley el principio de cooperación y colaboración entre administraciones públicas.

Valladolid, 29 de agosto de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón, Juan Antonio Palomar Sicilia y José Ángel Ceña Tutor

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León, PL/000005.

ENMIENDA N.º 12, de adición

Al artículo 3: incorporar un punto h) al artículo 3.

Modificación propuesta:

Se propone insertar un punto h) al artículo 3 con la siguiente redacción:

"g) De participación ciudadana en la conservación, transmisión, acrecentamiento y difusión del Patrimonio Cultural".

Motivación:

Parece adecuado incluir entre los principios de esta ley el principio de participación ciudadana, dándole a esta participación la importancia que se le otorga en la propia exposición de motivos.

Valladolid, 29 de agosto de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón, Juan Antonio Palomar Sicilia y José Ángel Ceña Tutor

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León, PL/000005.

ENMIENDA N.º 13, de adición

Al artículo 4: incorporar un nuevo punto 1 al artículo 4 y cambiar la numeración de los actuales puntos 1, 2 y 3, como puntos 2, 3 y 4 respectivamente.

Modificación propuesta:

Se propone insertar un nuevo punto 1 al artículo 4 con la siguiente redacción:

"1. Toda persona tiene derecho al acceso, al conocimiento y al disfrute del patrimonio cultural de la Comunidad de Castilla y León".

Motivación:

Consideramos adecuado definir el acceso al Patrimonio Cultural como un derecho y que este derecho esté incluido en la Ley de Patrimonio Cultural.

Valladolid, 29 de agosto de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón, Juan Antonio Palomar Sicilia y José Ángel Ceña Tutor

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León, PL/000005.

ENMIENDA N.º 14, de sustitución

Al artículo 5, párrafo primero: nueva redacción.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción del párrafo primero del artículo 5:

Donde dice:

"La Administración de la Comunidad de Castilla y León impulsará el reconocimiento del valor que el patrimonio cultural representa para la sociedad, para lo cual:".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"La Administración de la Comunidad de Castilla y León impulsará el reconocimiento de los valores inherentes que los bienes que integran el patrimonio cultural representan para la sociedad, para lo cual:".

Motivación:

Consideramos la expresión "valores inherentes" más adecuada para lo que se quiere expresar.

Valladolid, 29 de agosto de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón, Juan Antonio Palomar Sicilia y José Ángel Ceña Tutor

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León, PL/000005.

ENMIENDA N.º 15, de sustitución

Al artículo 5, punto a): nueva redacción.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción del punto a) del artículo 5:

Donde dice:

"a) Promoverá el conocimiento del patrimonio cultural mediante campañas públicas de divulgación y sensibilización para toda la sociedad, así como su aprecio general".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"a) Promoverá el conocimiento del patrimonio cultural mediante campañas públicas de divulgación y sensibilización para toda la sociedad, así como su aprecio general, fomentando la participación y colaboración de entidades públicas y privadas y de los ciudadanos en general".

Motivación:

Consideramos acorde con el espíritu de la Ley, expresado en la propia exposición de motivos, el fomento de entidades y ciudadanos en las campañas de divulgación y sensibilización sobre el Patrimonio Cultural.

Valladolid, 29 de agosto de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón, Juan Antonio Palomar Sicilia y José Ángel Ceña Tutor

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León, PL/000005.

ENMIENDA N.º 16

Al artículo 5: incorporar un nuevo punto c) al artículo 5 y cambiar la numeración del actual punto c) como punto d).

Modificación propuesta:

Se propone insertar un nuevo punto c) al artículo 5 con la siguiente redacción:

"c) Fomentará la capacitación en educación patrimonial en la formación continua del profesorado de educación infantil, primaria y secundaria".

Motivación:

Consideramos necesario que el profesorado esté convenientemente capacitado en materia de Patrimonio Cultural, para poder transmitir sus valores a los alumnos.

Valladolid, 29 de agosto de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón, Juan Antonio Palomar Sicilia y José Ángel Ceña Tutor

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León, PL/000005.

ENMIENDA N.º 17, de adición

Al artículo 6.1: incorporar un nuevo punto h) al punto 1 del artículo 6.

Modificación propuesta:

Se propone insertar un nuevo punto h) al punto 1 del artículo 6 con la siguiente redacción:

"h) El reconocimiento de las diferentes comunidades y grupos que han contribuido a la conservación y transmisión del patrimonio cultural".

Motivación:

Consideramos necesario que los programas y proyectos de investigación reconozcan la labor de los diferentes colectivos que trabajan activamente por la conservación y transmisión del patrimonio cultural.

Valladolid, 29 de agosto de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón, Juan Antonio Palomar Sicilia y José Ángel Ceña Tutor

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León, PL/000005.

ENMIENDA N.º 18, de adición

Al artículo 6 incorporar un nuevo punto 2 al artículo 6.

Modificación propuesta:

Se propone insertar un nuevo punto 2 al artículo 6 con la siguiente redacción:

"2. En el desarrollo de los programas de investigación, la Consejería con competencia en patrimonio cultural podrá cooperar con las Entidades Locales, las Universidades y otras entidades relacionadas con el patrimonio cultural".

Motivación:

Consideramos necesario que la Ley incluya esta referencia a la cooperación con otras entidades en materia de investigación en el Patrimonio Cultural.

Valladolid, 29 de agosto de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón, Juan Antonio Palomar Sicilia y José Ángel Ceña Tutor

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León, PL/000005.

ENMIENDA N.º 19, de adición

Al artículo 9 incorporar un nuevo punto d) al artículo 9.

Modificación propuesta:

Se propone insertar un nuevo punto d) al artículo 9 con la siguiente redacción:

"d) La habilitación de mecanismos de participación para que la ciudadanía proponga, según los criterios y categorías existentes en la presente ley, la protección de bienes culturales".

Motivación:

Consideramos necesario que la ciudadanía tenga un mecanismo claro y efectivo para proponer mecanismos de protección a los bienes culturales que mejor conoce y que tiene más cercano. Una cuestión esta que está dentro de los principios inspiradores de esta ley.

Valladolid, 29 de agosto de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón, Juan Antonio Palomar Sicilia y José Ángel Ceña Tutor

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León, PL/000005.

ENMIENDA N.º 20, de adición

Al artículo 10: incorporar un nuevo punto 1 al artículo 10 y cambiar la numeración de los actuales puntos 1 y 2, como puntos 3 y 4.

Modificación propuesta:

Se propone insertar un nuevo punto 1 al artículo 10 con la siguiente redacción:

"1. La Iglesia Católica, en cuanto titular de una parte muy significativa del patrimonio cultural de la Comunidad de Castilla y León, y las demás confesiones religiosas serán responsables de la conservación de sus bienes culturales y velarán por la protección, enriquecimiento y difusión de los mismos, colaborando en esa finalidad con las distintas Administraciones Públicas competentes en esta materia".

Motivación:

Consideramos necesario introducir expresamente el concepto de la responsabilidad de la Iglesia Católica en la conservación, protección, difusión y enriquecimiento como gran tenedora de bienes culturales.

Valladolid, 29 de agosto de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón, Juan Antonio Palomar Sicilia y José Ángel Ceña Tutor

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León, PL/000005.

ENMIENDA N.º 21, de adición

Al artículo 10: incorporar un nuevo punto 2 al artículo 10 y cambiar la numeración de los actuales puntos 1 y 2, como puntos 3 y 4.

Modificación propuesta:

Se propone insertar un nuevo punto 2 al artículo 10 con la siguiente redacción:

"2. Las autoridades eclesiásticas velarán por que el ejercicio de las actividades propias del culto religioso garantice, de forma adecuada, la protección y conservación de los bienes culturales consagrados al uso litúrgico".

Motivación:

Consideramos necesario introducir expresamente este punto para compatibilizar el derecho de acceso y conocimiento de los bienes culturales con otros usos que puedan tener los mismos, dado el carácter de la Iglesia Católica como gran tenedora de estos bienes.

Valladolid, 29 de agosto de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón, Juan Antonio Palomar Sicilia y José Ángel Ceña Tutor

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León, PL/000005.

ENMIENDA N.º 22, de sustitución

Al artículo 12.1, párrafo primero: nueva redacción.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción del párrafo primero del artículo 12.1.

Donde dice:

"El Patrimonio Cultural de Castilla y León está integrado por los bienes materiales e inmateriales que posean valores históricos, artísticos, arquitectónicos, arqueológicos, paisajísticos, etnológicos, industriales, científicos, técnicos, así como los paleontológicos relacionados con la historia de la humanidad. También forman parte del mismo el patrimonio documental, bibliográfico y lingüístico".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"El Patrimonio Cultural de Castilla y León está integrado por los bienes materiales e inmateriales que posean valores históricos, artísticos, arquitectónicos, arqueológicos, paisajísticos, etnológicos, industriales, científicos, técnicos, así como los paleontológicos relacionados con la evolución de la Comunidad. También forman parte del mismo el patrimonio lingüístico, documental, bibliográfico, audiovisual y digital en cualquiera de sus formatos".

Motivación:

Hay bienes susceptibles de estar integrados en el patrimonio cultural, tal y como se define en esta ley, que no tienen que ver con la historia de la humanidad, porque son previos a la aparición de los humanos. Por ejemplo las icnitas o casi todo el patrimonio paleontológico.

Además, también es patrimonio cultural el audiovisual o digital y debe ser incluido en la definición.

Valladolid, 29 de agosto de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón, Juan Antonio Palomar Sicilia y José Ángel Ceña Tutor

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León, PL/000005.

ENMIENDA N.º 23, de sustitución

Al artículo 12.1, párrafo segundo: nueva redacción.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción del párrafo segundo del artículo 12.1.

Donde dice:

"Se consideran bienes inmateriales los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas que las comunidades, los grupos y en algunos casos los individuos, reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"Se consideran bienes inmateriales los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas, junto con los instrumentos, objetos y espacios culturales que le son inherentes, que las comunidades, los grupos y en algunos casos los individuos, reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural".

Motivación:

Se considera más adecuada la redacción puesto que instrumentos, objetos y espacios también pueden formar parte del patrimonio cultural.

Valladolid, 29 de agosto de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón, Juan Antonio Palomar Sicilia y José Ángel Ceña Tutor

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León, PL/000005.

ENMIENDA N.º 24, de sustitución

Al artículo 17.1: nueva redacción.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción del artículo 17.1.

Donde dice:

"1. Los bienes del Patrimonio Cultural de Castilla y León declarados de interés cultural serán los que reúnan de forma singular y relevante valores materiales o inmateriales, ya sean históricos, artísticos, arquitectónicos, arqueológicos, paisajísticos, etnológicos, industriales, científicos, técnicos, así como los paleontológicos relacionados con la historia de la humanidad".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"1. Los bienes del Patrimonio Cultural de Castilla y León declarados de interés cultural serán los que reúnan de forma singular y relevante valores materiales o inmateriales, ya sean históricos, artísticos, arquitectónicos, arqueológicos, paisajísticos, etnológicos, industriales, científicos, técnicos, así como los paleontológicos relacionados con la la evolución de la Comunidad".

Motivación:

Se considera más adecuada la redacción propuesta puesto que bienes como los paleontológicos, en muchas ocasiones no están relacionados con la historia de la Comunidad.

Valladolid, 29 de agosto de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón, Juan Antonio Palomar Sicilia y José Ángel Ceña Tutor

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León, PL/000005.

ENMIENDA N.º 25, de sustitución

Al artículo 20.e): nueva redacción.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción del artículo 20.e).

Donde dice:

"e) Vía Histórica: vías de comunicación de reconocido valor histórico o cultural, cualquiera que sea su naturaleza".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"e) Vía Histórica: vías de comunicación de reconocido valor histórico o cultural, cualquiera que sea su naturaleza y que estén relacionadas con el intercambio o diálogo entre localidades".

Motivación:

Se considera más adecuada la redacción propuesta puesto que el intercambio o diálogo entre localidades es parte esencial de las vías históricas.

Valladolid, 29 de agosto de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón, Juan Antonio Palomar Sicilia y José Ángel Ceña Tutor

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León, PL/000005.

ENMIENDA N.º 26, de adición

Al artículo 21.1: incorporar un nuevo párrafo tercero al artículo 21.1.

Modificación propuesta:

Se propone insertar un nuevo párrafo tercero al artículo 21.1 con la siguiente redacción:

"Una colección de bienes muebles puede incluir bienes que individualmente presenten diferentes niveles de protección. El nivel de protección que se asigne a la colección será igual o superior al mayor de los que individualmente contenga".

Motivación:

Se considera necesario añadir esta precisión en cuanto a los niveles de protección de las colecciones, para no desproteger a este tipo de bienes.

Valladolid, 29 de agosto de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón, Juan Antonio Palomar Sicilia y José Ángel Ceña Tutor

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León, PL/000005.

ENMIENDA N.º 27, de adición

Al artículo 22.1: incorporar un nuevo apartado j) al artículo 22.1.

Modificación propuesta:

Se propone insertar un nuevo apartado j) al artículo 22.1 con la siguiente redacción:

"j) Deportes".

Motivación:

Se considera necesario añadir la práctica de determinados deportes dentro de los bienes inmateriales de interés cultural, como manifestación de valores tradicionales y culturales relevantes.

Valladolid, 29 de agosto de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón, Juan Antonio Palomar Sicilia y José Ángel Ceña Tutor

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León, PL/000005.

ENMIENDA N.º 28, de sustitución

Al artículo 24.1: nueva redacción.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción del artículo 24.1.

Donde dice:

"1. Los bienes inmuebles inventariados serán preferentemente de manera seriada, mediante la identificación de conjuntos de bienes que conformen una caracterización unitaria de sus valores culturales".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"1. Los bienes inmuebles inventariados lo serán preferentemente de manera seriada, mediante la identificación de conjuntos de bienes que conformen una caracterización unitaria de sus valores culturales".

Motivación:

Se considera más adecuada lingüísticamente la redacción propuesta.

Valladolid, 29 de agosto de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón, Juan Antonio Palomar Sicilia y José Ángel Ceña Tutor

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

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Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León, PL/000005.

ENMIENDA N.º 29, de adición

Al artículo 27: incorporar un segundo párrafo al artículo 27.

Modificación propuesta:

Se propone insertar un nuevo segundo párrafo al artículo 27 con la siguiente redacción:

"En caso de promoverse la incoación del procedimiento por persona física o jurídica, la solicitud deberá estar debidamente motivada y documentada, de forma que se pueda identificar con claridad al bien cultural. La solicitud de incoación se entenderá desestimada cuando hayan transcurrido seis meses desde su presentación sin que se hubiese emitido resolución expresa".

Motivación:

Se considera necesario añadir este párrafo puesto que la persona que solicite la incoación de este tipo de procedimiento tiene que tener una garantía de cara a su solicitud. No puede ocurrir que se quede en un cajón archivada eternamente.

Valladolid, 29 de agosto de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón, Juan Antonio Palomar Sicilia y José Ángel Ceña Tutor

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero

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Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León, PL/000005.

ENMIENDA N.º 30, de sustitución

Al artículo 28.2: nueva redacción.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción del artículo 28.2.

Donde dice:

"2. La iniciación del procedimiento determinará, respecto al bien afectado, la aplicación provisional e inmediata de las normas jurídicas de protección previstas en esta ley para los bienes ya declarados Bien de Interés Cultural o Inventariados. Además, y en el supuesto de bienes inmuebles, implica la suspensión, hasta su resolución, de la tramitación de las correspondientes licencias municipales de parcelación, edificación o demolición en las zonas afectadas, y, en su caso, de la suspensión de los efectos de las ya otorgadas, salvo las actuaciones de mantenimiento y conservación de los inmuebles".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"2. La iniciación del procedimiento determinará, respecto al bien afectado, la aplicación provisional e inmediata de las normas jurídicas de protección previstas en esta ley para los bienes ya declarados Bien de Interés Cultural o Inventariados. Además, y en el supuesto de bienes inmuebles, implica la suspensión, hasta su resolución, de la tramitación de las correspondientes licencias municipales de parcelación, edificación o demolición en las zonas afectadas, y, en su caso, de la suspensión de los efectos de las ya otorgadas.

La Consejería competente en materia de patrimonio cultural hasta la resolución definitiva del procedimiento podrá autorizar la realización de obras de conservación y las que no perjudiquen la integridad de los valores del bien. Las obras que por razón de fuerza mayor hubieran de realizarse con carácter inaplazable deberán precisar en todo caso de la autorización de la Consejería competente en materia de patrimonio cultural".

Motivación:

Se considera necesario que la ley contenga el mandato para la intervención de la Consejería en la autorización de las obras de conservación y las de carácter inaplazable en los bienes de interés cultural o inventariados.

Valladolid, 29 de agosto de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón, Juan Antonio Palomar Sicilia y José Ángel Ceña Tutor

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Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León, PL/000005.

ENMIENDA N.º 31, de adición

Al artículo 29: incorporar un tercer párrafo al artículo 29.

Modificación propuesta:

Se propone insertar un nuevo segundo párrafo al artículo 27 con la siguiente redacción:

"3. Si alguno de los informes no hubieran sido emitidos en el plazo de dos meses desde su petición, se entenderán en sentido favorable".

Motivación:

Se considera necesaria esta previsión para no entorpecer los plazos del procedimiento.

Valladolid, 29 de agosto de 2023.

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Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón, Juan Antonio Palomar Sicilia y José Ángel Ceña Tutor

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Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León, PL/000005.

ENMIENDA N.º 32, de sustitución

Al artículo 30.1: nueva redacción.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción del artículo 30.1.

Donde dice:

"1. La declaración de Bien de Interés Cultural o Bien Inventariado deberá contener una descripción clara y exhaustiva del bien objeto de la declaración que facilite su correcta identificación, así como los valores del patrimonio cultural que le hacen merecedor de la declaración correspondiente".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"1. La declaración de Bien de Interés Cultural o Bien Inventariado deberá contener una descripción clara y exhaustiva del bien objeto de la declaración que facilite su correcta identificación, así como los valores del patrimonio cultural que le hacen merecedor de la declaración correspondiente y la relación de los elementos degradantes que le puedan afectar, para su atenuación o eliminación.

También ha de constar en la declaración, la determinación de los usos compatibles con la correcta conservación del bien y en caso de que el uso a que viniera destinándose fuese incompatible con la adecuada conservación del mismo, deberá establecerse su cese o modificación".

Motivación:

Se considera necesario que en la Resolución de declaración consten expresamente los peligros a los que puede estar sometido el Bien, así como la previsión respecto a los usos compatibles del bien.

Valladolid, 29 de agosto de 2023.

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ENMIENDA N.º 33, de adición

Al artículo 30.2: incorporar un cuarto párrafo al artículo 30.2.

Modificación propuesta:

Se propone insertar un nuevo cuarto párrafo al artículo 30.2 con la siguiente redacción:

"También se incluirá una relación de propuestas y ajustes razonables para responder a las necesidades específicas de accesibilidad de las personas con discapacidad".

Motivación:

Se considera necesario que en la Resolución de declaración consten expresamente las realidades de accesibilidad del Bien para las personas con discapacidad.

Valladolid, 29 de agosto de 2023.

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ENMIENDA N.º 34, de sustitución

Al artículo 31.1: nueva redacción.

Modificación Propuesta:

Se propone una nueva redacción del artículo 31.1.

Donde dice:

"1. El plazo máximo para la resolución del procedimiento será de veinticuatro meses contados a partir de la fecha de su iniciación. Transcurrido dicho plazo sin que haya recaído resolución expresa, se producirá la caducidad del expediente de declaración de Bien de Interés Cultural o Bien Inventariado, notificándose en su caso a los promotores".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"1. El plazo máximo para la resolución del procedimiento será de doce meses contados a partir de la fecha de publicación de la iniciación en el Boletín Oficial de Castilla y Léon. Transcurrido dicho plazo sin que haya recaído resolución expresa, se producirá la caducidad del expediente de declaración de Bien de Interés Cultural o Bien Inventariado, notificándose en su caso a los promotores".

Motivación:

Se considera necesario que el plazo de doce meses es más ajustado a la realidad del trámite administrativo y que es perfectamente posible cumplirlo.

Valladolid, 29 de agosto de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón, Juan Antonio Palomar Sicilia y José Ángel Ceña Tutor

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ENMIENDA N.º 35, de adición

Al artículo 34: incorporar un nuevo punto 3 al artículo 34.

Modificación propuesta:

Se propone insertar un nuevo punto 3 al artículo 34 con la siguiente redacción:

"3. La Consejería competente en materia de patrimonio cultural resolverá, en el plazo de doce meses desde la presentación de la solicitud por persona física o jurídica, sobre el inicio o no de los trámites competencia de la Comunidad Autónoma".

Motivación:

Se considera necesario que las solicitudes que se presenten tengan una respuesta efectiva por parte de la Consejería competente en materia de patrimonio cultural.

Valladolid, 29 de agosto de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón, Juan Antonio Palomar Sicilia y José Ángel Ceña Tutor

EL PORTAVOZ,

Fdo.: Luis Mariano Santos Reyero


PL/000005-05

CVE="BOCCL-11-007617"



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