PE/001874-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/001874-2


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por la Procuradora Dña. Alicia Gallego González, relativa a por qué Salamanca está claramente desfavorecida con respecto de las demás provincias y por qué lo está la cuenca del río Águeda con respecto de la del Tormes a su paso por Salamanca, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 211, de 13 de noviembre de 2023.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita PE/001819, PE/001829, PE/001859, PE/001861, PE/001862, PE/001864 a PE/001869, PE/001871, PE/001872, PE/001874 a PE/001883, PE/001885 a PE/001887, PE/001890, PE/001903, PE/001907 a PE/001930, PE/001940 a PE/001946, PE/001950 a PE/002012, PE/002030, PE/002036, PE/002038, PE/002040 y PE/002042.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 28 de diciembre de 2023.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León

Fdo.: Carlos Pollán Fernández



Texto:

Contestación a la Pregunta Escrita número 1101874 formulada por Dª Alicia Gallego González, Procuradora perteneciente a la Unión del Pueblo Leonés, del Grupo Parlamentario UPL-SORIA ¡YA! de las Cortes de Castilla y León, relativa al aprovechamiento de la pesca en la provincia de Salamanca y, en concreto, en la cuenca del Río Águeda.

Los criterios conforme a los que se establece el ordenado y sostenible aprovechamiento de la pesca en Castilla y León son exclusivamente técnicos. El seguimiento de las poblaciones de fauna acuática se realiza según la metodología y protocolos establecidos en la Instrucción 4/FYM/2018, de la Dirección General del Medio Natural sobre la ejecución de las campañas de muestreo de la Red de Seguimiento y Control de las poblaciones acuáticas (peces e invertebrados) de Castilla y León, de forma que los resultados de los muestreos llevados a cabo en las estaciones de Nivel 1 (red de vigilancia), cada 2-3 años en las estaciones de Nivel 2 (red de seguimiento), en las estaciones de muestreo de Nivel 3 (Red accesoria) y en las estaciones de Nivel 4 (Pesca extractiva), son los que proporcionan la información necesaria para establecer el carácter de cada tramo y conformar su correspondiente plan de pesca, de conformidad con lo establecido en la Ley 9/2013, de 3 de diciembre, de Pesca de Castilla y León.

En concreto, en los tramos del río Águeda, a través de los datos de los muestreos realizados desde el año 2018 hasta 2023 se ha constatado un descenso marcado en las poblaciones de trucha. De hecho, el carácter marginal de las poblaciones trucheras en estos ríos, sometidos a un fuerte estiaje que imposibilita la supervivencia de una especie, como la trucha, más propia de la región eurosiberiana, exige que los poderes públicos velen por su protección más allá de su declaración como especie de interés preferente, por lo que ya en 2018-2019 se cambió de categoría estos cuatro tramos fluviales de acuerdo con criterios estrictamente técnicos y biológicos, de forma que la pesca sobre estas poblaciones se realice mediante modalidades no extractivas (pesca sin muerte), promoviendo la supervivencia de las mismas en unas aguas de estiaje severo y marcado componente silíceo, donde la disponibilidad tanto del recurso hídrico como de nutrientes (elementos claves que determinan la productividad y una biogénesis de una población truchera) es mucho menor que en el resto de cuencas de Castilla y León. Por ello, y de acuerdo con los principios rectores de la Ley 9/2013, de 3 de diciembre, estos tramos están calificados como aguas trucheras; aguas de acceso libre, adecuándose su gestión a lo preceptuado por la correspondiente Orden Anual de Pesca.

Los últimos valores e indicadores disponibles de la Red de Seguimiento y Control de las poblaciones acuáticas (peces e invertebrados) de Castilla y León desaconsejan la adopción de figuras de pesca extractiva (AREC o cotos con muerte) en la cuenca del río Águeda, y además varios ríos de la cuenca alta del río Águeda se encuentran habitados por el molusco dulceacuícola incluido en el Catálogo Español de Especies Amenazas, en la categoría “En Peligro de Extinción”, denominado náyade de río (Margaritifera margaritifera), para cuya conservación es fundamental el mantenimiento de poblaciones de trucha común, puesto que parte de su ciclo vital es desarrollado gracias a la presencia de truchas en las aguas.

Valladolid, 13 de diciembre de 2023.

EL CONSEJERO DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO,

Fdo.: Juan Carlos Suárez-Quiñones Fernández


PE/001874-2

CVE="BOCCL-11-007639"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
XI Legislatura
Pag. 21777
BOCCL nº 236/11 del 17/1/2024
CVE: BOCCL-11-007639

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/001874-2
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por la Procuradora Dña. Alicia Gallego González, relativa a por qué Salamanca está claramente desfavorecida con respecto de las demás provincias y por qué lo está la cuenca del río Águeda con respecto de la del Tormes a su paso por Salamanca, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 211, de 13 de noviembre de 2023.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita PE/001819, PE/001829, PE/001859, PE/001861, PE/001862, PE/001864 a PE/001869, PE/001871, PE/001872, PE/001874 a PE/001883, PE/001885 a PE/001887, PE/001890, PE/001903, PE/001907 a PE/001930, PE/001940 a PE/001946, PE/001950 a PE/002012, PE/002030, PE/002036, PE/002038, PE/002040 y PE/002042.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 28 de diciembre de 2023.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León

Fdo.: Carlos Pollán Fernández


TEXTO


Contestación a la Pregunta Escrita número 1101874 formulada por Dª Alicia Gallego González, Procuradora perteneciente a la Unión del Pueblo Leonés, del Grupo Parlamentario UPL-SORIA ¡YA! de las Cortes de Castilla y León, relativa al aprovechamiento de la pesca en la provincia de Salamanca y, en concreto, en la cuenca del Río Águeda.

Los criterios conforme a los que se establece el ordenado y sostenible aprovechamiento de la pesca en Castilla y León son exclusivamente técnicos. El seguimiento de las poblaciones de fauna acuática se realiza según la metodología y protocolos establecidos en la Instrucción 4/FYM/2018, de la Dirección General del Medio Natural sobre la ejecución de las campañas de muestreo de la Red de Seguimiento y Control de las poblaciones acuáticas (peces e invertebrados) de Castilla y León, de forma que los resultados de los muestreos llevados a cabo en las estaciones de Nivel 1 (red de vigilancia), cada 2-3 años en las estaciones de Nivel 2 (red de seguimiento), en las estaciones de muestreo de Nivel 3 (Red accesoria) y en las estaciones de Nivel 4 (Pesca extractiva), son los que proporcionan la información necesaria para establecer el carácter de cada tramo y conformar su correspondiente plan de pesca, de conformidad con lo establecido en la Ley 9/2013, de 3 de diciembre, de Pesca de Castilla y León.

En concreto, en los tramos del río Águeda, a través de los datos de los muestreos realizados desde el año 2018 hasta 2023 se ha constatado un descenso marcado en las poblaciones de trucha. De hecho, el carácter marginal de las poblaciones trucheras en estos ríos, sometidos a un fuerte estiaje que imposibilita la supervivencia de una especie, como la trucha, más propia de la región eurosiberiana, exige que los poderes públicos velen por su protección más allá de su declaración como especie de interés preferente, por lo que ya en 2018-2019 se cambió de categoría estos cuatro tramos fluviales de acuerdo con criterios estrictamente técnicos y biológicos, de forma que la pesca sobre estas poblaciones se realice mediante modalidades no extractivas (pesca sin muerte), promoviendo la supervivencia de las mismas en unas aguas de estiaje severo y marcado componente silíceo, donde la disponibilidad tanto del recurso hídrico como de nutrientes (elementos claves que determinan la productividad y una biogénesis de una población truchera) es mucho menor que en el resto de cuencas de Castilla y León. Por ello, y de acuerdo con los principios rectores de la Ley 9/2013, de 3 de diciembre, estos tramos están calificados como aguas trucheras; aguas de acceso libre, adecuándose su gestión a lo preceptuado por la correspondiente Orden Anual de Pesca.

Los últimos valores e indicadores disponibles de la Red de Seguimiento y Control de las poblaciones acuáticas (peces e invertebrados) de Castilla y León desaconsejan la adopción de figuras de pesca extractiva (AREC o cotos con muerte) en la cuenca del río Águeda, y además varios ríos de la cuenca alta del río Águeda se encuentran habitados por el molusco dulceacuícola incluido en el Catálogo Español de Especies Amenazas, en la categoría “En Peligro de Extinción”, denominado náyade de río (Margaritifera margaritifera), para cuya conservación es fundamental el mantenimiento de poblaciones de trucha común, puesto que parte de su ciclo vital es desarrollado gracias a la presencia de truchas en las aguas.

Valladolid, 13 de diciembre de 2023.

EL CONSEJERO DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO,

Fdo.: Juan Carlos Suárez-Quiñones Fernández


PE/001874-2

CVE="BOCCL-11-007639"



Sede de las Cortes de Castilla y León