PL/000007-10











1. Procedimientos Legislativos

110. Proyectos de Ley
PL/000007-10


Sumario:

Enmiendas al articulado presentadas por D. José Ángel Ceña Tutor, Dña. Leila Vanessa García Macarrón y D. Juan Antonio Palomar Sicilia, pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-SORIA ¡YA!, al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León.



Resolución:

PRESIDENCIA

La Mesa de la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades de las Cortes de Castilla y León, en su reunión del día 16 de enero de 2024, ha admitido a trámite las enmiendas al articulado presentadas por los Procuradores y los Grupos Parlamentarios de la Cámara al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 16 de enero de 2024.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Carlos Pollán Fernández



Texto:

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 1, de adición

A la exposición de motivos: Nuevo párrafo en el bloque I de la exposición de motivos.

Modificación propuesta:

Se propone insertar un nuevo párrafo, entre los actuales párrafos segundo y tercero del bloque I de la exposición de motivos. Este párrafo estaría redactado como sigue:

"Por su parte el artículo 26 de la mencionada Convención establece los derechos de participación e inclusión de las personas con discapacidad, tanto en zonas rurales como urbanas".

Motivación:

Se considera necesario el reconocimiento en la exposición de motivos de los derechos de las personas con discapacidad que viven en el medio rural.

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 2, de sustitución

A la exposición de motivos: Párrafo sexto del bloque I de la exposición de motivos.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción al párrafo sexto del bloque I de la exposición de motivos.

Donde dice:

"Si bien el derecho a una vida independiente parece remitir más a una dimensión individual como derecho a la propia emancipación sin ver denegados accesos ni oportunidades, el derecho a ser incluido en la comunidad entraña una dimensión social, en la que el derecho positivo puede incidir en la creación y consolidación de entornos inclusivos. En todo caso, ni la privación total o parcial de cualquier nivel de capacidad jurídica, ni la intensidad en el apoyo requerido, pueden alegarse como causa para negar o limitar el derecho de las personas en situación de dependencia o de las personas con discapacidad a vivir de forma independiente o a su plena inclusión en la comunidad".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"Si bien el derecho a una vida independiente parece remitir más a una dimensión individual como derecho a la propia emancipación sin ver denegados accesos ni oportunidades, el derecho a ser incluido en la comunidad entraña una dimensión social, en la que el derecho positivo puede incidir en la creación y consolidación de entornos inclusivos. En todo caso, ni la privación total o parcial de cualquier nivel de capacidad jurídica, ni la intensidad en el apoyo requerido, pueden alegarse como causa para negar o limitar el derecho de las personas en situación de dependencia o de las personas con discapacidad a vivir de forma independiente o a su plena inclusión en la comunidad, independientemente de que dichas personas residan en zonas rurales o urbanas".

Motivación:

Se considera necesario el reconocimiento en la exposición de motivos de los derechos de las personas en situación de dependencia o discapacidad que viven en el medio rural.

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 3, de sustitución

A la exposición de motivos: Párrafo segundo del bloque II de la exposición de motivos.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción al párrafo segundo del bloque II de la exposición de motivos.

Donde dice:

"En el ámbito estatal, por su impacto en el régimen jurídico hay que hacer mención específica a la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, como norma que crea y fundamenta derechos subjetivos a nivel estatal".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"En el ámbito estatal, por su impacto en el régimen jurídico hay que hacer mención específica a la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, como norma que crea y fundamenta derechos subjetivos a nivel estatal. Dicha ley establece en su artículo 4.1 el derecho de las personas en situación de dependencia, independientemente del lugar donde residan, a acceder, en condiciones de igualdad, a las prestaciones y servicios previstos la misma".

Motivación:

Se considera necesario el reconocimiento en la exposición de motivos de los derechos de las personas en situación de dependencia o discapacidad independientemente de su residencia en entornos rurales o urbanos.

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 4, de adición

A la exposición de motivos: Nuevo párrafo en el bloque III de la exposición de motivos.

Modificación propuesta:

Se propone insertar un nuevo párrafo, entre los actuales párrafos quinto y sexto del bloque III de la exposición de motivos. Este párrafo estaría redactado como sigue:

"Por su parte en el artículo 7.j) de la mencionada Ley 16/2010, de 20 de diciembre, de Servicios Sociales de Castilla y León establece que la prestación de los servicios sociales se realizará preferentemente desde el ámbito más cercano a las personas, estructurándose y organizándose al efecto de manera descentralizada, favoreciendo la permanencia en su entorno habitual de convivencia y la integración activa en la vida de su comunidad".

Motivación:

Se considera necesario el reconocimiento en la exposición de motivos de los derechos de las personas en situación de dependencia o discapacidad independientemente de su residencia en entornos rurales o urbanos.

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 5, de sustitución

A la exposición de motivos: Párrafo décimo del bloque III de la exposición de motivos.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción al párrafo décimo del bloque III de la exposición de motivos.

Donde dice:

"Las sesiones del grupo de trabajo han permitido que se hayan producido consensos básicos en los principales aspectos que deben integrarse en la ley, como son el que la base del modelo de atención residencial debe fundamentarse en valores éticos, que el modelo debe desarrollarse en torno a la atención integral y centrada en la persona, que los centros son la vivienda de las persona y no son centros sanitarios, que éstos deben estar constituidos por unidades de convivencia con ambiente y tamaño de un hogar familiar, que las ratios de los profesionales que presten los apoyos en los centros residenciales deben contar con la formación adecuada y ser suficientes en número para garantizar la calidad de vida de los usuarios y que el sistema público de salud debe garantizar el acceso de los residentes a las prestaciones sanitarias públicas, en equidad con el resto de la población. Esta toma de posición se acreditó mediante la presentación de propuestas por parte de los participantes en el grupo de trabajo que han sido la base para la elaboración de la presente ley".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"Las sesiones del grupo de trabajo han permitido que se hayan producido consensos básicos en los principales aspectos que deben integrarse en la ley, como son el que la base del modelo de atención residencial debe fundamentarse en valores éticos, que el modelo debe desarrollarse en torno a la atención integral y centrada en la persona, que los centros son la vivienda de las persona y no son centros sanitarios, que éstos deben estar constituidos por unidades de convivencia con ambiente y tamaño de un hogar familiar, que las ratios de los profesionales que presten los apoyos en los centros residenciales deben contar con la formación adecuada y ser suficientes en número para garantizar la calidad de vida de los usuarios y que el sistema público de salud debe garantizar el acceso de los residentes a las prestaciones sanitarias públicas, en equidad con el resto de la población. Esta toma de posición se acreditó mediante la presentación de propuestas por parte de los participantes en el grupo de trabajo, algunas de las cuales han sido la base para la elaboración de la presente ley".

Motivación:

Muchas de las propuestas presentadas no han sido recogidas en la Ley, por lo que se considera procedente una redacción más acorde con la realidad.

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 6, de sustitución

A la exposición de motivos: Párrafo duodécimo del bloque III de la exposición de motivos.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción al párrafo duodécimo del bloque III de la exposición de motivos.

Donde dice:

"De todo ese consenso surgen los ejes sobre los que se articula la ley y que son principalmente: la dignidad de la persona, la vida independiente, la inclusión en la comunidad, el concepto de entorno familiar, la calidad de la atención y la innovación".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"De todo ese proceso surgen los ejes sobre los que se articula la ley y que son principalmente: la dignidad de la persona, la vida independiente, la inclusión en la comunidad, el concepto de entorno familiar, la calidad de la atención y la innovación".

Motivación:

Muchas de las propuestas presentadas no han sido recogidas en la Ley, por lo que se considera más adecuado hablar de "proceso" que de "consenso".

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 7, de sustitución

A la exposición de motivos: Párrafo decimosexto del bloque IV de la exposición de motivos.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción al párrafo decimosexto del bloque IV de la exposición de motivos.

Donde dice:

"Se ha considerado estratégico dotar al modelo de atención en centros de servicios sociales para los cuidados de larga duración, de un mecanismo que promueva e impulse la calidad y la innovación, por lo que se ha incorporado a la misma, como uno de sus ejes destacados. En esta línea, la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León apuesta por una realización eficiente tanto de las tareas de evaluación de la calidad de los servicios residenciales y de los centros de día como por la innovación continua en los mismos".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"Se ha considerado necesario dotar al modelo de atención en centros de servicios sociales para los cuidados de larga duración, de un mecanismo que garantice la calidad y la innovación, por lo que se ha incorporado a la misma un sistema anual de evaluación de la calidad de los centros de carácter residencial y de los centros de día que llevan a cabo estos cuidados".

Motivación:

La redacción propuesta es más acorde con lo que realmente contiene el artículo 40 de la Ley y el espíritu de la evaluación de calidad que se pretende.

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 8, de adición

Al artículo 1.1: Nuevo apartado 1.c) en el artículo 1.

Modificación propuesta:

Se propone insertar un nuevo apartado 1.c) en el artículo 1. Este nuevo apartado estaría redactado como sigue:

"c) Reconocer el derecho de los residentes en los centros carácter residencial y en los centros de día a ser atendidos conforme al nuevo modelo de Atención Integral y Centrada en la Persona".

Motivación:

Se considera necesario fijar como uno de los objetos de la Ley el reconocimiento del derecho a ser atendido conforme este modelo.

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 9, de sustitución

Al artículo 2.1: Párrafo primero del artículo 2.1.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción al párrafo primero del artículo 2.1.

Donde dice:

"El modelo de atención en centros de carácter residencial y en los centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración será el de Atención Integral y Centrada en la Persona, que se caracteriza por el cumplimiento de los siguientes requisitos".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"El modelo de atención en centros de carácter residencial y en los centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración será el de Atención Integral y Centrada en la Persona, que se ha de caracterizar por el cumplimiento de los siguientes requisitos".

Motivación:

La redacción propuesta es más imperativa y más propia de una ley. Se pretende así evitar que este artículo sea poco más que una memoria o un expositivo, tan como señalan el Consejo Consultivo de Castilla y León y la Dirección de los Servicios Jurídicos.

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 10, de sustitución

Al artículo 2.1.c: Apartado c) del artículo 2.1.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción al apartado c) del artículo 2.1.

Donde dice:

"La organización flexible y abierta a la comunidad para facilitar la participación de las personas que viven en los centros en el entorno comunitario, organizando los apoyos que se precisen para ello, y a su vez los centros deberán estar integrados en el barrio o entorno urbano en el que esté implantado el centro ofreciendo sus actividades y recursos a la ciudadanía".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"La organización flexible y abierta a la comunidad para facilitar la participación de las personas que viven en los centros en el entorno comunitario, organizando los apoyos que se precisen para ello, y a su vez los centros deberán estar integrados en el barrio o entorno urbano o rural en el que esté implantado el centro ofreciendo sus actividades y recursos a la ciudadanía".

Motivación:

La redacción propuesta incluye más correctamente a la realidad de estos centros que no siempre están enclavados en entornos urbanos.

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 11, de sustitución

Al artículo 3.2.2: Apartado 2.2 del artículo 3.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción al apartado 2.2 del artículo 3.

Donde dice:

"Vivienda. Es la unidad orgánica y funcional, dependiente de una entidad titular, dotada de una infraestructura material con ubicación autónoma e identificable desde la que se prestan un conjunto de servicios de atención continuada, de carácter permanente o temporal, de proximidad y cuidados personales, que incluye manutención, alojamiento, limpieza y mantenimiento. Se ubicará en un inmueble con una capacidad máxima igual o inferior a 8 usuarios, inscrito como vivienda en el Registro de la Propiedad y en el Catastro, en el que se deberá garantizar el ambiente de un hogar familiar y cuyo objetivo es el apoyo a las personas en alta en sus proyectos de vida en la comunidad, sobre la base de la autodeterminación individual".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"Vivienda. Es la unidad orgánica y funcional, dependiente de una entidad titular, dotada de una infraestructura material con ubicación autónoma e identificable desde la que se prestan un conjunto de servicios de atención continuada, de carácter permanente o temporal, de proximidad y cuidados personales, que incluye manutención, alojamiento, limpieza y mantenimiento. Se ubicará en un inmueble con una capacidad máxima igual o inferior a 8 usuarios, inscrito como vivienda en el Registro de la Propiedad y en el Catastro, en el que se deberá garantizar el ambiente de un hogar familiar, con un espacio suficiente acorde al número de usuarios, y cuyo objetivo es el apoyo a los usuarios en sus proyectos de vida en la comunidad, sobre la base de la autodeterminación individual".

Motivación:

La redacción propuesta no incluye, como señala el Consejo Económico y Social de Castilla y León, unas dimensiones mínimas de estas viviendas, cuestión que consideramos conveniente incluir. Asimismo, consideramos inadecuada la expresión propuesta "las personas en alta", para hacer referencia a los usuarios de este tipo de centro, por lo que proponemos sustituirla por "los usuarios".

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 12, de sustitución

Al artículo 3.3: Párrafo primero del artículo 3.3.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción al párrafo primero del apartado 3 del artículo 3.

Donde dice:

"Centro de día. Es la unidad orgánica y funcional dotada de una infraestructura material con ubicación autónoma e identificable desde la que se prestan un conjunto de servicios dirigidos a fomentar el desarrollo personal, la promoción de la autonomía, la participación social y la calidad de vida de las personas, de uso exclusivo de las personas en alta en el servicio de centro de día o, compartido con otras que hacen uso de alguno de los servicios propios del centro de día, cuando figura inscrito como centro multiservicios. El centro de día podrá tener instalaciones exclusivas o podrán realizarse las actividades en instalaciones de uso polivalente para el conjunto o parte del resto de la población, como centros cívicos y análogos. Siempre que sea posible se optará por compartir instalaciones con otros servicios comunitarios".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"Centro de día. Es la unidad orgánica y funcional dotada de una infraestructura material con ubicación autónoma e identificable desde la que se prestan un conjunto de servicios dirigidos a fomentar el desarrollo personal, la promoción de la autonomía, la participación social y la calidad de vida de los usuarios definidos en el artículo 1.1.a), de uso exclusivo de las personas en alta en el servicio de centro de día o, compartido con otras que hacen uso de alguno de los servicios propios del centro de día, cuando figura inscrito como centro multiservicios. El centro de día podrá tener instalaciones exclusivas o podrán realizarse las actividades en instalaciones de uso polivalente para el conjunto o parte del resto de la población, como centros cívicos y análogos. Siempre que sea posible se optará por compartir instalaciones con otros servicios comunitarios".

Motivación:

La redacción propuesta se considera más conveniente para dejar claro quiénes son los usuarios de estos centros de día.

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 13, de sustitución

Al artículo 3.4: Apartado cuarto del artículo 3.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción al apartado cuarto del artículo 3.

Donde dice:

"Los centros de carácter residencial y los centros día podrán tener la denominación adicional de centro multiservicios, cuando, bajo la misma titularidad y en el mismo edificio o centro residencial, vivienda o centro de día, se despliegue un conjunto de servicios dirigidos a las personas que siguen viviendo en su domicilio pero que necesitan apoyos para el desarrollo de su proyecto de vida. Los servicios podrán ser prestados en el propio centro o en el domicilio de la persona. Tanto los servicios como los centros deberán estar inscritos o autorizados en el Registro de entidades, servicios y centros de carácter social de Castilla y León, como servicios y centros multiservicio, respectivamente".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"Los centros de carácter residencial y los centros día podrán tener la denominación adicional de centro multiservicios, cuando, bajo la misma titularidad y en el mismo edificio o centro residencial, vivienda o centro de día, se despliegue un conjunto de servicios dirigidos a las personas que siguen viviendo en su domicilio pero que necesitan apoyos para el desarrollo de su proyecto de vida. Los servicios podrán ser prestados en el propio centro o en el domicilio de la persona. Tanto los servicios como los centros deberán estar inscritos o autorizados en el Registro de entidades, servicios y centros de carácter social de Castilla y León, como servicios y centros multiservicio, respectivamente y deberán desarrollarse conforme a cada regulación específica".

Motivación:

La redacción propuesta se considera más clara para el efecto de la disposición.

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 14, de sustitución

Al artículo 4: Apartado primero del artículo 4.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción al apartado primero del artículo 4.

Donde dice:

"Actividades básicas de la vida diaria. Son las actividades que forman parte de la cotidianeidad de la persona y se centran en el cuidado y mantenimiento del propio cuerpo: el vestido, la alimentación, la higiene personal, la movilidad, el descanso y el sueño. A los efectos de esta ley, se incluyen también en este tipo de actividades, el reconocimiento de personas y objetos, orientación, comprensión, dar y ejecutar órdenes o tareas sencillas".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"Actividades básicas de la vida diaria. Son las actividades que forman parte de la cotidianeidad de la persona y se centran en el cuidado y mantenimiento del propio cuerpo: el vestido, la alimentación, la higiene personal, la movilidad, el descanso y el sueño. A los efectos de esta ley, se incluyen también en este tipo de actividades, las actividades domésticas básicas, el reconocimiento de personas y objetos, orientación, comprensión, dar y ejecutar órdenes o tareas sencillas".

Motivación:

La redacción propuesta es más acorde con la recogida en el artículo 2.3 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Dependencia, que tiene carácter de legislación básica estatal.

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 15, de sustitución

Al artículo 4: Apartado cuarto del artículo 4.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción al apartado cuarto del artículo 4.

Donde dice:

"Igualdad de oportunidades. Es la ausencia de toda discriminación, directa o indirecta, incluida cualquier distinción, exclusión o restricción que tenga el propósito o el efecto de obstaculizar o dejar sin efecto el reconocimiento, goce o ejercicio en igualdad de condiciones por las personas usuarias de los centros, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales en los ámbitos político, económico, social, laboral, cultural, civil o de otro tipo. Asimismo, se entiende por igualdad de oportunidades la adopción de medidas de acción positiva".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"Igualdad de oportunidades. Es la ausencia de toda discriminación, directa o indirecta, incluida cualquier distinción, exclusión o restricción que tenga el propósito o el efecto de obstaculizar o dejar sin efecto el reconocimiento, goce o ejercicio en igualdad de condiciones por las personas usuarias de los centros, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales en los ámbitos político, económico, social, laboral, cultural, civil o de otro tipo. Asimismo, se entiende por igualdad de oportunidades el derecho de acceso en condiciones de igualdad, por parte de las personas usuarias de los centros, a una atención a cargo de personal profesional cualificado en aras a la consecución de la calidad de los servicios".

Motivación:

La redacción propuesta se considera más clara para el efecto de la disposición y acorde con lo propuesto por el Consejo Económico y Social de Castilla y León.

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 16, de sustitución

Al artículo 4: Apartado quinto del artículo 4.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción al apartado quinto del artículo 4.

Donde dice:

"Unidad de convivencia. Unidad básica que define la estructura espacial de los centros residenciales y de los centros de día con unidades de convivencia, con dimensión y ambiente de hogar, orientando el desenvolvimiento de la vida de forma lo más similar posible a la de un entorno familiar, en la que convive un grupo mayoritariamente de personas en situación o riesgo de dependencia y personas con discapacidad, a quienes, con el objetivo de promover su autonomía, independencia e integración social, se proporcionan los apoyos necesarios para que sigan desarrollando su proyecto y forma de vida, de acuerdo a sus deseos y valores".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"Unidad de convivencia. Unidad básica que define la estructura espacial y de prestación de apoyos en los centros residenciales y en los centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración, con dimensión y ambiente de hogar, orientando el desenvolvimiento de la vida de forma lo más similar posible a la de un entorno familiar, en la que convive un grupo mayoritariamente de personas en situación o riesgo de dependencia y personas con discapacidad, a quienes, con el objetivo de promover su autonomía, independencia e integración social, se proporcionan los apoyos necesarios para que sigan desarrollando su proyecto y forma de vida, de acuerdo a sus deseos y valores".

Motivación:

Se considera necesario que la definición de estos espacios sea acorde con el objeto recogido en el artículo 1.1.a) del proyecto de ley. Por otro lado, no es gramaticalmente aconsejable que el objeto definido entre en la definición, como "la unidad de convivencia". Usar esta fórmula circular o tautológica no arroja luz alguna sobre el objeto o asunto sobre el que queremos ofrecer información.

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 17, de sustitución

Al artículo 4: Apartado octavo del artículo 4.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción al apartado octavo del artículo 4.

Donde dice:

"Vida independiente. Modo de vida en el que la persona con dependencia o discapacidad ejerce el poder de decisión sobre su propia existencia y participa activamente en la vida de su comunidad, con independencia de su capacidad jurídica y del nivel de apoyos requerido, de acuerdo con el derecho al libre desarrollo de la personalidad".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"Vida independiente. Modo de vida en el que la persona con dependencia o discapacidad ejerce el poder de decisión acerca de cómo vivir de acuerdo con las normas y preferencias propias y participa activamente en la vida de su comunidad, con independencia de su capacidad jurídica y del nivel de apoyos requerido, de acuerdo con el derecho al libre desarrollo de la personalidad".

Motivación:

Se considera adecuado que la definición sea más acorde con lo dispuesto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Dependencia, respecto al concepto de autonomía.

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 18, de sustitución

Al artículo 4: Apartado noveno del artículo 4.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción al apartado noveno del artículo 4.

Donde dice:

"Proyecto de vida. Se define como la proyección que identifica la vida que la persona usuaria desea desarrollar, con los propósitos, metas, actividades y situaciones que dan sentido a su vida, sobre la base de sus valores, ilusiones, sueños y gustos, de acuerdo con cada etapa del ciclo vital y rol social o, en su caso, con los cambios que conllevan una reorganización profunda de su vida, y que servirá de base a la organización de los apoyos que la persona con discapacidad precise".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"Proyecto de vida. el conjunto de expectativas, acciones y decisiones que la persona usuariA despliega a lo largo de su vida para alcanzar ciertas metas, orientadas por valores personales y que, desde la base de la ética, la justicia y los derechos humanos universales, sirven de guía para mantener la dirección que la persona desea y tener una vida con significado. El proyecto de vida incluye tanto las metas y acciones que la propia persona se propone y puede realizar por sí misma como aquellas para las que precisaría apoyo por parte de otros".

Motivación:

Se considera adecuado que la definición a utilizar sea la misma que para este mismo concepto se utiliza en el Proyecto de Ley de apoyo al proyecto de vida de las personas con discapacidad en Castilla y León, actualmente en tramitación en esta misma Cámara.

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 19, de sustitución

Al artículo 4: Apartado décimo del artículo 4.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción al apartado décimo del artículo 4.

Donde dice:

"Plan de apoyos. Es el conjunto de apoyos que la persona usuaria necesita para su desarrollo personal y social conforme a su proyecto de vida. Incluye tanto los apoyos informales del entorno familiar y social de la persona usuaria, como los apoyos formales existentes en su comunidad y los proporcionados por los servicios sociales en general y, en su caso, de forma coordinada con los de otros sistemas de bienestar social. Como instrumento de intervención, de carácter técnico, debe figurar por escrito y en el que deberán quedar reflejados los apoyos que se van a proporcionar a la persona usuaria y deberá basarse en la información de la historia de vida".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"Plan de apoyos: el instrumento de intervención de carácter técnico, que debe figurar por escrito y en el que se reflejan los apoyos que se van a proporcionar a las personas usuarias para conseguir su desenvolvimiento en la cotidianidad y su inclusión social, conforme a su proyecto de vida. Incluye tanto a los apoyos informales del entorno familiar y social de la persona usuaria, como los apoyos existentes en su comunidad y los apoyos proporcionados por los servicios sociales, en coordinación, en su caso, con otros sistemas de bienestar social".

Motivación:

Se considera adecuado que la definición a utilizar sea la misma que para este mismo concepto se utiliza en el Proyecto de Ley de apoyo al proyecto de vida de las personas con discapacidad en Castilla y León, actualmente en tramitación en esta misma Cámara.

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 20, de sustitución

Al artículo 4: Apartado decimoctavo del artículo 4.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción al apartado decimoctavo del artículo 4.

Donde dice:

"Prestación de servicios. Intervenciones realizadas por profesionales y orientadas a la valoración, prevención, promoción de la autonomía, atención e inclusión de las personas".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"Prestación de servicios. Intervenciones realizadas por profesionales cualificados y orientadas a la valoración, prevención, promoción de la autonomía, atención e inclusión de las personas".

Motivación:

Se considera más preciso el enunciado propuesto.

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 21, de adición

Al artículo 4: Nuevo apartado 20 en el artículo 4.

Modificación propuesta:

Se propone insertar un nuevo apartado 20) en el artículo 4. Este nuevo apartado estaría redactado como sigue:

"Allegados. Individuos con los que la persona usuaria tiene una afectividad especial a pesar de no existir entre ellos un vínculo familiar".

Motivación:

Como señala el Consejo Consultivo de Castilla y León, el empleo a lo largo del texto legal en varias ocasiones del término "allegados" hace necesaria su inclusión entre las definiciones del artículo 4.

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 22, de sustitución

Al artículo 5: Párrafo primero del artículo 5.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción del párrafo primero del artículo 5.

Donde dice:

"Todos los centros de servicios sociales para el cuidado de larga duración deberán desarrollar los siguientes instrumentos de actuación que integran y caracterizan el nuevo modelo de atención:".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"Todos los centros recogidos en el artículo 1.1.a) deberán desarrollar los siguientes instrumentos de actuación que integran y caracterizan el nuevo modelo de atención:".

Motivación:

Se considera más preciso el enunciado propuesto, puesto que la redacción dada a este artículo en el proyecto de ley es confusa respecto al objeto y ámbito de aplicación de esta ley, que debe coincidir en todo el texto legal.

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 23, de sustitución

Al artículo 5: Apartado f) del artículo 5.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción del apartado f) del artículo 5.

Donde dice:

"Atención libre de restricciones".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"Atención libre de restricciones, salvo las excepciones recogidas en la presente norma".

Motivación:

A la vista de las excepciones a una "atención libre de restricciones" configuradas en el artículo 13, parece más razonable señalar la existencia de estas excepciones. Cuestión esta señalada en el informe del Consejo Económico y Social de Castilla y León.

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 24, de sustitución

Al artículo 6: Párrafo segundo del artículo 6.3.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción del párrafo segundo del artículo 6.3.

Donde dice:

"En su diseño y ejecución se debe visibilizar, ante la propia persona su familia o entorno afectivo más próximo y el equipo profesional, las habilidades, destrezas y capacidades de la persona y, apoyándose en ellas, ofrecer los cuidados, estímulos y apoyos que en cada caso se requieran".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"En su diseño y ejecución se deben visibilizar, ante la propia persona, ante su familia, en su caso ante el entorno afectivo más próximo y ante el equipo profesional, las habilidades, destrezas y capacidades de la persona y, apoyándose en ellas, ofrecer los cuidados, estímulos y apoyos que en cada caso se requieran".

Motivación:

Se considera más comprensible el enunciado propuesto.

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 25, de sustitución

Al artículo 8: Apartado cuarto del artículo 8.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción del apartado cuarto del artículo 8.

Donde dice:

"La oferta que en este sentido efectúe el centro, deberá buscar el máximo grado de adaptación posible a las peculiaridades de cada persona atendida. Esto conlleva la necesaria flexibilidad en diversos planos y aspectos organizativos tanto en la actividad y funcionamiento general del centro como en las funciones y tareas de los distintos profesionales, en correspondencia con su cualificación y cometidos".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"La oferta que en este sentido efectúe el centro, deberá buscar el máximo grado de adaptación posible a las peculiaridades de cada persona atendida. Esto conlleva la necesaria flexibilidad en diversos planos y aspectos".

Motivación:

Se considera más adecuada la redacción propuesta, acorde con la recomendación del Consejo Económico y Social de Castilla y León. Por otro lado, entendemos, tal y como indican el Consejo Consultivo de Castilla y León y el sindicato de enfermería SATSE, que las competencias y funciones de los diferentes profesionales se encuentran definidas atendiendo a su categoría y a su cualificación profesional y no pueden determinarse por la dirección del centro.

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 26, de sustitución

Al artículo 11: Párrafo primero del artículo 11.1.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción del párrafo primero del artículo 11.1.

Donde dice:

"El profesional gestor de caso es un profesional técnico del centro que asume la tarea de coordinar los apoyos, dar soporte técnico a los profesionales de atención directa, especialmente al profesional de referencia, realizar las tareas de comunicación con el sistema público de servicios sociales y el sistema público de salud, y gestionar las oportunidades de participación en la comunidad, de los usuarios de los centros y de los servicios".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"El profesional gestor de caso es un profesional técnico del centro que asume la tarea de coordinar los apoyos, dar soporte técnico a los profesionales de atención directa, especialmente al profesional de referencia, realizar las tareas de comunicación con el sistema público de servicios sociales y el sistema público de salud, mantener una constante comunicación y coordinación con la familia y allegados y gestionar las oportunidades de participación en la comunidad, de los usuarios de los centros y de los servicios".

Motivación:

La interacción con la familia y allegados de las personas usuarias se articula como un elemento fundamental del sistema previsto en esta ley y consideramos que ha de especificarse claramente como una de las tareas del gestor de caso.

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 27, de sustitución

Al artículo 12: Apartado primero del artículo 12.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción del apartado primero del artículo 12

Donde dice:

"A toda persona en situación de dependencia o con discapacidad usuaria de un centro de carácter residencial y de centro de día para cuidados de larga duración se la asignará un profesional de referencia".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"A toda persona usuaria de un centro de carácter residencial o de un centro de día para cuidados de larga duración, independientemente de que su condición de usuaria derive de su situación de dependencia, de una discapacidad, o de otras causas de carácter social, se le asignará un profesional de referencia".

Motivación:

El profesional de referencia ha de atender a todos los usuarios de los centros y no sólo a los dependientes y discapacitados.

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 28, de sustitución

Al artículo 12: Apartado segundo del artículo 12.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción del apartado segundo del artículo 12.

Donde dice:

"El profesional de referencia, sobre la base de una relación de confianza, y sin perjuicio de las funciones que competen a la dirección del centro y a los profesionales integrantes del equipo técnico, será el profesional de atención directa del centro el que asume, de forma estrecha, con regularidad y continuidad, el acompañamiento de la persona para ayudarle a vivir de una forma acorde a su proyecto de vida y para que pueda sentirse estimada y valiosa, en coordinación con el profesional gestor de caso".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"El profesional de referencia, sobre la base de una relación de confianza, y sin perjuicio de las funciones que competen a la dirección del centro, de la relación directa y coordinada con el gestor de caso y con el resto de los profesionales integrantes del equipo técnico, será el profesional de atención directa del centro el que asume, de forma estrecha, con regularidad y continuidad, el acompañamiento de la persona para ayudarle a vivir de una forma acorde a su proyecto de vida y para que pueda sentirse estimada y valiosa, en coordinación con el profesional gestor de caso".

Motivación:

Se considera necesario incluir en el texto legal la coordinación directa que el profesional de referencia ha de tener con el gestor de caso, por la propia definición de sus funciones en el texto legal, tal y como señala además la Dirección de los Servicios Jurídicos en su informe.

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 29, de adición

Al artículo 15.1: Inserción de un nuevo apartado a) en el artículo 15.1.

Modificación propuesta:

Se propone insertar un nuevo apartado a) en el artículo 15.1 y renumerar todos los apartados siguientes de dicho artículo en consonancia. Este nuevo apartado estaría redactado como sigue:

"a) A que se presten los cuidados a las personas usuarias conforme al modelo de atención integral y centrada en la persona".

Motivación:

Se considera necesario, tal y como recoge el informe del Consejo Consultivo de Castilla y León, recoger este modelo de atención en consonancia con lo expuesto en todo el proyecto de ley.

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 30, de sustitución

Al artículo 18: Párrafo segundo del apartado primero del artículo 18.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción del párrafo segundo del apartado primero del artículo 18.

Donde dice:

"Cuando se trate de centros residenciales cuyos usuarios sean o vayan a ser, mayoritariamente, personas con discapacidad por enfermedad mental, éstos deberán emplazarse en municipios de más de 20.000 habitantes o localizarse en capitales de provincia y su ocupación máxima será de 40 personas".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"Cuando se trate de centros residenciales cuyos usuarios sean o vayan a ser, mayoritariamente, personas con discapacidad por enfermedad mental, éstos deberán emplazarse preferentemente en municipios de más de 20.000 habitantes o localizarse en capitales de provincia y su ocupación máxima será de 40 personas".

Motivación:

Se considera procedente incluir el término "preferentemente" tal y como señalan el Consejo Económico y Social y el Consejo Consultivo de Castilla y León, puesto que la motivación expuesta en la memoria sobre el impacto de este tipo de centros en la población en que se asientan se considera insuficiente.

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 31, de adición

Al artículo 17: Inserción de un nuevo apartado cuarto en el artículo 17.1.

Modificación propuesta:

Se propone insertar un nuevo apartado cuarto en el artículo 17 y renumerar el actual apartado cuarto como apartado quinto. Este nuevo apartado estaría redactado como sigue:

"4. No obstante, se podrá expedir una autorización explícita para que aquellos centros radicados en municipios de menos de 20.000 habitantes, que así lo soliciten expresamente, puedan disponer de un máximo de 120 plazas, siempre que acrediten debidamente circunstancias excepcionales de viabilidad económica".

Motivación:

Se considera procedente incluir este apartado para flexibilizar ligeramente la rigidez de las ratios propuestas en el proyecto de ley.

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 32, de sustitución

Al artículo 21: Apartado quinto del artículo 21.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción del apartado quinto del artículo 21.

Donde dice:

"El servicio de cocina podrá ser prestado directamente o a través de terceros. Cuando el servicio sea contratado se deberá contar con un espacio para la distribución de los alimentos cocinados e instalaciones adecuadas para la prestación de servicios mínimos, que incluirán al menos mesa caliente, sistema de refrigeración para almacenamiento de alimentos, lavamanos con agua fría y caliente dotado de grifería de accionamiento no manual, instalación de lavado de contenedores y menaje de comedor, bloque de cocción para servicios mínimos. Podrá disponerse de elementos alternativos que suplan las funciones u objetivos de los anteriores. Los acabados de los paramentos serán los mismos que los que se exigirían si las labores de cocinado se realizaran en la residencia".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"El servicio de cocina será prestado preferentemente de forma directa y sólo excepcionalmente y de manera motivada a través de contratación del mismo con terceros. Cuando el servicio sea contratado se deberá contar con un espacio para la distribución de los alimentos cocinados e instalaciones adecuadas para la prestación de servicios mínimos, que incluirán al menos mesa caliente, sistema de refrigeración para almacenamiento de alimentos, lavamanos con agua fría y caliente dotado de grifería de accionamiento no manual, instalación de lavado de contenedores y menaje de comedor, bloque de cocción para servicios mínimos. Podrá disponerse de elementos alternativos que suplan las funciones u objetivos de los anteriores. Los acabados de los paramentos serán los mismos que los que se exigirían si las labores de cocinado se realizaran en la residencia".

Motivación:

Se considera más adecuada la prestación del servicio de cocina por el propio centro, que redundará en la calidad y en la mejor adecuación de este servicio a las necesidades de las personas usuarias.

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 33, de sustitución

Al artículo 22: Apartado segundo del artículo 22.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción del apartado segundo del artículo 22.

Donde dice:

"Para acreditar que se cumplen los requisitos para el uso como vivienda y ser inscrita, como tal, en el registro de entidades servicios y centros de carácter social, será suficiente su inscripción para dicho uso en el Registro de la Propiedad y su titularidad dependa de una entidad inscrita, a su vez, en el miso registro de entidades servicios y centros de carácter sociaI".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"Para acreditar que se cumplen los requisitos para el uso como vivienda y ser inscrita, como tal, en el registro de entidades servicios y centros de carácter social, será suficiente su inscripción para dicho uso en el Registro de la Propiedad y en el Catastro y que su titularidad dependa de una entidad inscrita, a su vez, en el registro de entidades servicios y centros de carácter social".

Motivación:

Se considera más adecuada la redacción propuesta por ser acorde con la tipología de las viviendas descrita en el artículo 3 de este proyecto de ley.

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 34, de sustitución

Al artículo 24: Apartado b) del artículo 24.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción del apartado b) del artículo 24.

Donde dice:

"Reglamento de régimen interno y normas de convivencia. Deberá contemplar la forma en la que quedan garantizados los derechos y deberes de las personas usuarias y determinará el modelo de gestión de la calidad de la que se dote el centro detallando estándares, indicadores, sistema de control y seguimiento, así como la forma en la que se elaborarán e implantarán los planes de mejora que correspondan. Incluirá, además, así como las normas que habrán de regir para facilitar una convivencia armoniosa entre usuarios, allegados y profesionales, así como la manera de preservar el respeto a los derechos de todos, especialmente de los más vulnerables y contribuir a que la actividad del centro sea inclusiva. Asimismo, regulará el funcionamiento del Consejo de Centro".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"Reglamento de régimen interno y normas de convivencia. Deberá contener la organización, funcionamiento y participación de las personas usuarias en el centro y contemplar la forma en la que quedan garantizados los derechos y deberes de estas. También determinará el modelo de gestión de la calidad de la que se dote el centro detallando estándares, indicadores, sistema de control y seguimiento, así como la forma en la que se elaborarán e implantarán los planes de mejora que correspondan. Incluirá, además, así como las normas que habrán de regir para facilitar una convivencia armoniosa entre usuarios, allegados y profesionales, así como la manera de preservar el respeto a los derechos de todos, especialmente de los más vulnerables y contribuir a que la actividad del centro sea inclusiva. Asimismo, regulará el funcionamiento del Consejo de Centro".

Motivación:

Se considera fundamental que este reglamento incluya un modelo de participación de las personas usuarias en la organización y funcionamiento del centro.

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 35, de sustitución

Al artículo 25: Apartado primero del artículo 25.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción del apartado primero del artículo 25.

Donde dice:

"Las residencias, el conjunto de viviendas de titularidad de una entidad y los centros de día para cuidados de larga duración contarán con un órgano de dirección y unos órganos de asesoramiento a la dirección del centro, que tendrán una estructura acorde con la complejidad y la amplitud de los servicios desplegados".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"Las residencias, el conjunto de viviendas titularidad de una entidad y los centros de día para cuidados de larga duración contarán con un órgano de dirección y unos órganos de asesoramiento a la dirección del centro, que tendrán una estructura acorde con la complejidad y la amplitud de los servicios desplegados".

Motivación:

Se considera el texto propuesto más correcto desde un punto de vista gramatical.

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 36, de adición

Al artículo 31.1.a): Inserción de un nuevo segundo párrafo en el artículo 31.1.a).

Modificación propuesta:

Se propone insertar un nuevo segundo párrafo en el artículo 31.1.a), que quedaría insertado entre los actuales párrafos primero y segundo. Este nuevo párrafo estaría redactado como sigue:

"Los puestos de dirección ya ocupados en centros acreditados, a la fecha de entrada en vigor de esta ley, se mantendrán siempre y cuando puedan acreditar titulación universitaria de grado o equivalente y, en ausencia de formación especializada, un mínimo de 5 años de experiencia en el sector".

Motivación:

Se considera el texto propuesto más en consonancia con lo dispuesto en la Resolución de 28 de julio de 2022, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, sobre criterios comunes de acreditación y calidad de los centros y servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 37, de sustitución

Al artículo 34: Apartado primero del artículo 34.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción del apartado primero del artículo 34.

Donde dice:

"La dotación de profesionales específica de cada centro, sin perjuicio de cumplir con las ratios mínimas exigidas, deberá ser proporcional a las necesidades que presente el centro, teniendo en cuenta sus dimensiones y estructura, los servicios prestados, el número de personas usuarias y las cargas de trabajo derivadas de los planes de apoyo a sus proyectos de vida. En la normativa de desarrollo de la presente ley se establecerán las ratios mínimas de los profesionales con los que deben contar los centros".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"La dotación de profesionales específica de cada centro, sin perjuicio de cumplir con las ratios mínimas exigidas, deberá ser proporcional a las necesidades que presente el centro, teniendo en cuenta sus dimensiones y estructura, los servicios prestados, el número de personas usuarias y las cargas de trabajo derivadas de los planes de apoyo a sus proyectos de vida. En la normativa de desarrollo de la presente ley se establecerán las ratios mínimas de los profesionales con los que deben contar los centros, respetando en todo caso las ratios que con carácter mínimo se establecen en la Resolución de 28 de julio de 2022, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, sobre criterios comunes de acreditación y calidad de los centros y servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia".

Motivación:

Se considera necesario que se indique en el texto legal una referencia a las ratios mínimas establecidas en el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, sobre criterios comunes de acreditación y calidad de los centros y servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 38, de adición

Al artículo 35: Inserción de un nuevo apartado tercero en el artículo 35.

Modificación propuesta:

Se propone insertar un nuevo apartado tercero en el artículo 35. Este nuevo apartado estaría redactado como sigue:

"El plan anual de formación, establecido en el apartado segundo deberá desarrollar una formación psicológica para afrontar posibles trastornos de comportamientos derivados del deterioro cognitivo de los usuarios y con formación en valores y actitudes, que tanto el personal de atención directa, como el personal técnico y el personal de servicios generales deben integrar en la dinámica diaria del trabajo de cuidados".

Motivación:

La inserción de este nuevo apartado, tal y como señala el informe del Consejo Económico y Social de Castilla y León, se considera procedente para que el texto del proyecto de ley cumpla con el Acuerdo del Consejo del Diálogo Social de Castilla y León de 2 de junio de 2021 en materia de atención a las personas en situación de dependencia.

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 39, de sustitución

Al artículo 36: Apartado tercero del artículo 36.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción del apartado tercero del artículo 36.

Donde dice:

"Se impulsará el intercambio de información y la interoperabilidad entre el sistema público de salud y el Sistema público de servicios sociales, así como el uso de tele consulta y la implantación de la tecnología que automatice procesos".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"Se impulsará el intercambio de información y la interoperabilidad entre el sistema público de salud y el Sistema público de servicios sociales, la implantación de la tecnología que automatice procesos, así como el uso de tele consulta para algunos de los procesos de atención médica, tales como gestión de recetas, u otras gestiones documentales o de reorganización de consultas, siempre y cuando haya profesionales sanitarios en los centros".

Motivación:

Se considera necesario limitar el uso de la tele consulta, pese a reconocer su oportunidad en algunos procesos de atención médica, pero siempre bajo determinados supuestos.

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 40, de sustitución

Al artículo 39: Apartado primero del artículo 39.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción del apartado primero del artículo 39.

Donde dice:

"Las entidades titulares de los centros de carácter residencial los centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración deberán tener actualizado permanentemente y suministrar en formato electrónico en la aplicación informática que la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León habilite para este fin, todos los requisitos de autorización y funcionamiento del centro, así como las altas y bajas de las personas usuarias, altas y bajas de los profesionales y sus cualificaciones profesionales o de los contratos de servicios con que cuente el centro, así como cualquier requisito documental que la normativa establezca. Esta información se considerará a los efectos de cumplir con el deber de colaboración con la inspección previsto en el artículo 68 de la Ley 16/2010, de 20 de diciembre, de servicios sociales de Castilla y León. Igualmente, se suministrará información a los efectos de cualquier trámite relativo a los procedimientos de reconocimientos de derechos y obligaciones derivados de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, así como los aspectos relativos al seguimiento de la calidad de los servicios que preste el centro y una vez anonimizada, a los efectos estadísticos, de investigación y de gestión del conocimiento".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"Las entidades titulares de los centros de carácter residencial y de los centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración deberán tener actualizado permanentemente y suministrar en formato electrónico en la aplicación informática que la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León habilite para este fin, todos los requisitos de autorización y funcionamiento del centro, así como las altas y bajas de las personas usuarias, altas y bajas de los profesionales y sus cualificaciones profesionales o de los contratos de servicios con que cuente el centro, así corno cualquier requisito documental que la normativa establezca. Esta información se considerará a los efectos de cumplir con el deber de colaboración con la inspección previsto en el artículo 68 de la Ley 16/2010, de 20 de diciembre, de servicios sociales de Castilla y León. Igualmente, se suministrará información a los efectos de cualquier trámite relativo a los procedimientos de reconocimientos de derechos y obligaciones derivados de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, así como los aspectos relativos al seguimiento de la calidad de los servicios que preste el centro y una vez anonimizada, a los efectos estadísticos, de investigación y de gestión del conocimiento".

Motivación:

Mejora gramatical para el texto propuesto.

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 41, de sustitución

Al artículo 40.5: Párrafo segundo del artículo 40.5.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción del párrafo segundo del artículo 40.5.

Donde dice:

"Al objeto de implementar los mejores instrumentos técnicos en este ámbito, el titular de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León estará asistido por representantes de las diferentes áreas del conocimiento en esta materia y por representantes cualificados de la sociedad civil y de los proveedores de servicios, en la forma que se determine reglamentariamente".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"Al objeto de implementar los mejores instrumentos técnicos en este ámbito, el titular de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León estará asistido por representantes de las diferentes áreas del conocimiento en esta materia, por los agentes económicos y sociales más representativos de la comunidad de Castilla y León y por representantes cualificados de la sociedad civil y de los proveedores de servicios, en la forma que se determine reglamentariamente".

Motivación:

Consideramos necesario que se incluya a los agentes económicos y sociales más representativos de la Comunidad de Castilla y León en este órgano de asesoramiento, en línea con los principios del diálogo social de Castilla y León.

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 42, de sustitución

Al articulo 42.1: Apartado a) del artículo 42.1.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción del apartado a) del artículo 42.1.

Donde dice:

"Estar dentro de los índices del mapa de cobertura de centros para personas en situación de dependencia que se elaborará a partir de las necesidades detectadas y la cobertura de plazas públicas que se establezca en cada zona".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"Estar dentro de los índices del mapa de cobertura de centros para personas en situación de dependencia que se elaborarán a partir de las necesidades detectadas y la cobertura de plazas públicas que se establezca en cada zona, prestando especial atención a las zonas rurales de la Comunidad".

Motivación:

Consideramos necesario que se incluya una especial mención al mundo rural de la Comunidad a la hora de elaborar estos mapas de cobertura.

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor


PL/000007-10

CVE="BOCCL-11-007758"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
XI Legislatura
Pags. 22051-22088
BOCCL nº 237/11 del 22/1/2024
CVE: BOCCL-11-007758

1. Procedimientos Legislativos
110. Proyectos de Ley
PL/000007-10
Enmiendas al articulado presentadas por D. José Ángel Ceña Tutor, Dña. Leila Vanessa García Macarrón y D. Juan Antonio Palomar Sicilia, pertenecientes al Grupo Parlamentario UPL-SORIA ¡YA!, al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

La Mesa de la Comisión de Familia e Igualdad de Oportunidades de las Cortes de Castilla y León, en su reunión del día 16 de enero de 2024, ha admitido a trámite las enmiendas al articulado presentadas por los Procuradores y los Grupos Parlamentarios de la Cámara al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 16 de enero de 2024.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León,

Fdo.: Carlos Pollán Fernández


TEXTO


A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 1, de adición

A la exposición de motivos: Nuevo párrafo en el bloque I de la exposición de motivos.

Modificación propuesta:

Se propone insertar un nuevo párrafo, entre los actuales párrafos segundo y tercero del bloque I de la exposición de motivos. Este párrafo estaría redactado como sigue:

"Por su parte el artículo 26 de la mencionada Convención establece los derechos de participación e inclusión de las personas con discapacidad, tanto en zonas rurales como urbanas".

Motivación:

Se considera necesario el reconocimiento en la exposición de motivos de los derechos de las personas con discapacidad que viven en el medio rural.

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 2, de sustitución

A la exposición de motivos: Párrafo sexto del bloque I de la exposición de motivos.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción al párrafo sexto del bloque I de la exposición de motivos.

Donde dice:

"Si bien el derecho a una vida independiente parece remitir más a una dimensión individual como derecho a la propia emancipación sin ver denegados accesos ni oportunidades, el derecho a ser incluido en la comunidad entraña una dimensión social, en la que el derecho positivo puede incidir en la creación y consolidación de entornos inclusivos. En todo caso, ni la privación total o parcial de cualquier nivel de capacidad jurídica, ni la intensidad en el apoyo requerido, pueden alegarse como causa para negar o limitar el derecho de las personas en situación de dependencia o de las personas con discapacidad a vivir de forma independiente o a su plena inclusión en la comunidad".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"Si bien el derecho a una vida independiente parece remitir más a una dimensión individual como derecho a la propia emancipación sin ver denegados accesos ni oportunidades, el derecho a ser incluido en la comunidad entraña una dimensión social, en la que el derecho positivo puede incidir en la creación y consolidación de entornos inclusivos. En todo caso, ni la privación total o parcial de cualquier nivel de capacidad jurídica, ni la intensidad en el apoyo requerido, pueden alegarse como causa para negar o limitar el derecho de las personas en situación de dependencia o de las personas con discapacidad a vivir de forma independiente o a su plena inclusión en la comunidad, independientemente de que dichas personas residan en zonas rurales o urbanas".

Motivación:

Se considera necesario el reconocimiento en la exposición de motivos de los derechos de las personas en situación de dependencia o discapacidad que viven en el medio rural.

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 3, de sustitución

A la exposición de motivos: Párrafo segundo del bloque II de la exposición de motivos.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción al párrafo segundo del bloque II de la exposición de motivos.

Donde dice:

"En el ámbito estatal, por su impacto en el régimen jurídico hay que hacer mención específica a la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, como norma que crea y fundamenta derechos subjetivos a nivel estatal".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"En el ámbito estatal, por su impacto en el régimen jurídico hay que hacer mención específica a la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, como norma que crea y fundamenta derechos subjetivos a nivel estatal. Dicha ley establece en su artículo 4.1 el derecho de las personas en situación de dependencia, independientemente del lugar donde residan, a acceder, en condiciones de igualdad, a las prestaciones y servicios previstos la misma".

Motivación:

Se considera necesario el reconocimiento en la exposición de motivos de los derechos de las personas en situación de dependencia o discapacidad independientemente de su residencia en entornos rurales o urbanos.

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 4, de adición

A la exposición de motivos: Nuevo párrafo en el bloque III de la exposición de motivos.

Modificación propuesta:

Se propone insertar un nuevo párrafo, entre los actuales párrafos quinto y sexto del bloque III de la exposición de motivos. Este párrafo estaría redactado como sigue:

"Por su parte en el artículo 7.j) de la mencionada Ley 16/2010, de 20 de diciembre, de Servicios Sociales de Castilla y León establece que la prestación de los servicios sociales se realizará preferentemente desde el ámbito más cercano a las personas, estructurándose y organizándose al efecto de manera descentralizada, favoreciendo la permanencia en su entorno habitual de convivencia y la integración activa en la vida de su comunidad".

Motivación:

Se considera necesario el reconocimiento en la exposición de motivos de los derechos de las personas en situación de dependencia o discapacidad independientemente de su residencia en entornos rurales o urbanos.

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 5, de sustitución

A la exposición de motivos: Párrafo décimo del bloque III de la exposición de motivos.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción al párrafo décimo del bloque III de la exposición de motivos.

Donde dice:

"Las sesiones del grupo de trabajo han permitido que se hayan producido consensos básicos en los principales aspectos que deben integrarse en la ley, como son el que la base del modelo de atención residencial debe fundamentarse en valores éticos, que el modelo debe desarrollarse en torno a la atención integral y centrada en la persona, que los centros son la vivienda de las persona y no son centros sanitarios, que éstos deben estar constituidos por unidades de convivencia con ambiente y tamaño de un hogar familiar, que las ratios de los profesionales que presten los apoyos en los centros residenciales deben contar con la formación adecuada y ser suficientes en número para garantizar la calidad de vida de los usuarios y que el sistema público de salud debe garantizar el acceso de los residentes a las prestaciones sanitarias públicas, en equidad con el resto de la población. Esta toma de posición se acreditó mediante la presentación de propuestas por parte de los participantes en el grupo de trabajo que han sido la base para la elaboración de la presente ley".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"Las sesiones del grupo de trabajo han permitido que se hayan producido consensos básicos en los principales aspectos que deben integrarse en la ley, como son el que la base del modelo de atención residencial debe fundamentarse en valores éticos, que el modelo debe desarrollarse en torno a la atención integral y centrada en la persona, que los centros son la vivienda de las persona y no son centros sanitarios, que éstos deben estar constituidos por unidades de convivencia con ambiente y tamaño de un hogar familiar, que las ratios de los profesionales que presten los apoyos en los centros residenciales deben contar con la formación adecuada y ser suficientes en número para garantizar la calidad de vida de los usuarios y que el sistema público de salud debe garantizar el acceso de los residentes a las prestaciones sanitarias públicas, en equidad con el resto de la población. Esta toma de posición se acreditó mediante la presentación de propuestas por parte de los participantes en el grupo de trabajo, algunas de las cuales han sido la base para la elaboración de la presente ley".

Motivación:

Muchas de las propuestas presentadas no han sido recogidas en la Ley, por lo que se considera procedente una redacción más acorde con la realidad.

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 6, de sustitución

A la exposición de motivos: Párrafo duodécimo del bloque III de la exposición de motivos.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción al párrafo duodécimo del bloque III de la exposición de motivos.

Donde dice:

"De todo ese consenso surgen los ejes sobre los que se articula la ley y que son principalmente: la dignidad de la persona, la vida independiente, la inclusión en la comunidad, el concepto de entorno familiar, la calidad de la atención y la innovación".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"De todo ese proceso surgen los ejes sobre los que se articula la ley y que son principalmente: la dignidad de la persona, la vida independiente, la inclusión en la comunidad, el concepto de entorno familiar, la calidad de la atención y la innovación".

Motivación:

Muchas de las propuestas presentadas no han sido recogidas en la Ley, por lo que se considera más adecuado hablar de "proceso" que de "consenso".

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 7, de sustitución

A la exposición de motivos: Párrafo decimosexto del bloque IV de la exposición de motivos.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción al párrafo decimosexto del bloque IV de la exposición de motivos.

Donde dice:

"Se ha considerado estratégico dotar al modelo de atención en centros de servicios sociales para los cuidados de larga duración, de un mecanismo que promueva e impulse la calidad y la innovación, por lo que se ha incorporado a la misma, como uno de sus ejes destacados. En esta línea, la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León apuesta por una realización eficiente tanto de las tareas de evaluación de la calidad de los servicios residenciales y de los centros de día como por la innovación continua en los mismos".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"Se ha considerado necesario dotar al modelo de atención en centros de servicios sociales para los cuidados de larga duración, de un mecanismo que garantice la calidad y la innovación, por lo que se ha incorporado a la misma un sistema anual de evaluación de la calidad de los centros de carácter residencial y de los centros de día que llevan a cabo estos cuidados".

Motivación:

La redacción propuesta es más acorde con lo que realmente contiene el artículo 40 de la Ley y el espíritu de la evaluación de calidad que se pretende.

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 8, de adición

Al artículo 1.1: Nuevo apartado 1.c) en el artículo 1.

Modificación propuesta:

Se propone insertar un nuevo apartado 1.c) en el artículo 1. Este nuevo apartado estaría redactado como sigue:

"c) Reconocer el derecho de los residentes en los centros carácter residencial y en los centros de día a ser atendidos conforme al nuevo modelo de Atención Integral y Centrada en la Persona".

Motivación:

Se considera necesario fijar como uno de los objetos de la Ley el reconocimiento del derecho a ser atendido conforme este modelo.

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 9, de sustitución

Al artículo 2.1: Párrafo primero del artículo 2.1.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción al párrafo primero del artículo 2.1.

Donde dice:

"El modelo de atención en centros de carácter residencial y en los centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración será el de Atención Integral y Centrada en la Persona, que se caracteriza por el cumplimiento de los siguientes requisitos".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"El modelo de atención en centros de carácter residencial y en los centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración será el de Atención Integral y Centrada en la Persona, que se ha de caracterizar por el cumplimiento de los siguientes requisitos".

Motivación:

La redacción propuesta es más imperativa y más propia de una ley. Se pretende así evitar que este artículo sea poco más que una memoria o un expositivo, tan como señalan el Consejo Consultivo de Castilla y León y la Dirección de los Servicios Jurídicos.

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 10, de sustitución

Al artículo 2.1.c: Apartado c) del artículo 2.1.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción al apartado c) del artículo 2.1.

Donde dice:

"La organización flexible y abierta a la comunidad para facilitar la participación de las personas que viven en los centros en el entorno comunitario, organizando los apoyos que se precisen para ello, y a su vez los centros deberán estar integrados en el barrio o entorno urbano en el que esté implantado el centro ofreciendo sus actividades y recursos a la ciudadanía".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"La organización flexible y abierta a la comunidad para facilitar la participación de las personas que viven en los centros en el entorno comunitario, organizando los apoyos que se precisen para ello, y a su vez los centros deberán estar integrados en el barrio o entorno urbano o rural en el que esté implantado el centro ofreciendo sus actividades y recursos a la ciudadanía".

Motivación:

La redacción propuesta incluye más correctamente a la realidad de estos centros que no siempre están enclavados en entornos urbanos.

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 11, de sustitución

Al artículo 3.2.2: Apartado 2.2 del artículo 3.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción al apartado 2.2 del artículo 3.

Donde dice:

"Vivienda. Es la unidad orgánica y funcional, dependiente de una entidad titular, dotada de una infraestructura material con ubicación autónoma e identificable desde la que se prestan un conjunto de servicios de atención continuada, de carácter permanente o temporal, de proximidad y cuidados personales, que incluye manutención, alojamiento, limpieza y mantenimiento. Se ubicará en un inmueble con una capacidad máxima igual o inferior a 8 usuarios, inscrito como vivienda en el Registro de la Propiedad y en el Catastro, en el que se deberá garantizar el ambiente de un hogar familiar y cuyo objetivo es el apoyo a las personas en alta en sus proyectos de vida en la comunidad, sobre la base de la autodeterminación individual".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"Vivienda. Es la unidad orgánica y funcional, dependiente de una entidad titular, dotada de una infraestructura material con ubicación autónoma e identificable desde la que se prestan un conjunto de servicios de atención continuada, de carácter permanente o temporal, de proximidad y cuidados personales, que incluye manutención, alojamiento, limpieza y mantenimiento. Se ubicará en un inmueble con una capacidad máxima igual o inferior a 8 usuarios, inscrito como vivienda en el Registro de la Propiedad y en el Catastro, en el que se deberá garantizar el ambiente de un hogar familiar, con un espacio suficiente acorde al número de usuarios, y cuyo objetivo es el apoyo a los usuarios en sus proyectos de vida en la comunidad, sobre la base de la autodeterminación individual".

Motivación:

La redacción propuesta no incluye, como señala el Consejo Económico y Social de Castilla y León, unas dimensiones mínimas de estas viviendas, cuestión que consideramos conveniente incluir. Asimismo, consideramos inadecuada la expresión propuesta "las personas en alta", para hacer referencia a los usuarios de este tipo de centro, por lo que proponemos sustituirla por "los usuarios".

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 12, de sustitución

Al artículo 3.3: Párrafo primero del artículo 3.3.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción al párrafo primero del apartado 3 del artículo 3.

Donde dice:

"Centro de día. Es la unidad orgánica y funcional dotada de una infraestructura material con ubicación autónoma e identificable desde la que se prestan un conjunto de servicios dirigidos a fomentar el desarrollo personal, la promoción de la autonomía, la participación social y la calidad de vida de las personas, de uso exclusivo de las personas en alta en el servicio de centro de día o, compartido con otras que hacen uso de alguno de los servicios propios del centro de día, cuando figura inscrito como centro multiservicios. El centro de día podrá tener instalaciones exclusivas o podrán realizarse las actividades en instalaciones de uso polivalente para el conjunto o parte del resto de la población, como centros cívicos y análogos. Siempre que sea posible se optará por compartir instalaciones con otros servicios comunitarios".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"Centro de día. Es la unidad orgánica y funcional dotada de una infraestructura material con ubicación autónoma e identificable desde la que se prestan un conjunto de servicios dirigidos a fomentar el desarrollo personal, la promoción de la autonomía, la participación social y la calidad de vida de los usuarios definidos en el artículo 1.1.a), de uso exclusivo de las personas en alta en el servicio de centro de día o, compartido con otras que hacen uso de alguno de los servicios propios del centro de día, cuando figura inscrito como centro multiservicios. El centro de día podrá tener instalaciones exclusivas o podrán realizarse las actividades en instalaciones de uso polivalente para el conjunto o parte del resto de la población, como centros cívicos y análogos. Siempre que sea posible se optará por compartir instalaciones con otros servicios comunitarios".

Motivación:

La redacción propuesta se considera más conveniente para dejar claro quiénes son los usuarios de estos centros de día.

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 13, de sustitución

Al artículo 3.4: Apartado cuarto del artículo 3.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción al apartado cuarto del artículo 3.

Donde dice:

"Los centros de carácter residencial y los centros día podrán tener la denominación adicional de centro multiservicios, cuando, bajo la misma titularidad y en el mismo edificio o centro residencial, vivienda o centro de día, se despliegue un conjunto de servicios dirigidos a las personas que siguen viviendo en su domicilio pero que necesitan apoyos para el desarrollo de su proyecto de vida. Los servicios podrán ser prestados en el propio centro o en el domicilio de la persona. Tanto los servicios como los centros deberán estar inscritos o autorizados en el Registro de entidades, servicios y centros de carácter social de Castilla y León, como servicios y centros multiservicio, respectivamente".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"Los centros de carácter residencial y los centros día podrán tener la denominación adicional de centro multiservicios, cuando, bajo la misma titularidad y en el mismo edificio o centro residencial, vivienda o centro de día, se despliegue un conjunto de servicios dirigidos a las personas que siguen viviendo en su domicilio pero que necesitan apoyos para el desarrollo de su proyecto de vida. Los servicios podrán ser prestados en el propio centro o en el domicilio de la persona. Tanto los servicios como los centros deberán estar inscritos o autorizados en el Registro de entidades, servicios y centros de carácter social de Castilla y León, como servicios y centros multiservicio, respectivamente y deberán desarrollarse conforme a cada regulación específica".

Motivación:

La redacción propuesta se considera más clara para el efecto de la disposición.

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 14, de sustitución

Al artículo 4: Apartado primero del artículo 4.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción al apartado primero del artículo 4.

Donde dice:

"Actividades básicas de la vida diaria. Son las actividades que forman parte de la cotidianeidad de la persona y se centran en el cuidado y mantenimiento del propio cuerpo: el vestido, la alimentación, la higiene personal, la movilidad, el descanso y el sueño. A los efectos de esta ley, se incluyen también en este tipo de actividades, el reconocimiento de personas y objetos, orientación, comprensión, dar y ejecutar órdenes o tareas sencillas".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"Actividades básicas de la vida diaria. Son las actividades que forman parte de la cotidianeidad de la persona y se centran en el cuidado y mantenimiento del propio cuerpo: el vestido, la alimentación, la higiene personal, la movilidad, el descanso y el sueño. A los efectos de esta ley, se incluyen también en este tipo de actividades, las actividades domésticas básicas, el reconocimiento de personas y objetos, orientación, comprensión, dar y ejecutar órdenes o tareas sencillas".

Motivación:

La redacción propuesta es más acorde con la recogida en el artículo 2.3 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Dependencia, que tiene carácter de legislación básica estatal.

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 15, de sustitución

Al artículo 4: Apartado cuarto del artículo 4.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción al apartado cuarto del artículo 4.

Donde dice:

"Igualdad de oportunidades. Es la ausencia de toda discriminación, directa o indirecta, incluida cualquier distinción, exclusión o restricción que tenga el propósito o el efecto de obstaculizar o dejar sin efecto el reconocimiento, goce o ejercicio en igualdad de condiciones por las personas usuarias de los centros, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales en los ámbitos político, económico, social, laboral, cultural, civil o de otro tipo. Asimismo, se entiende por igualdad de oportunidades la adopción de medidas de acción positiva".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"Igualdad de oportunidades. Es la ausencia de toda discriminación, directa o indirecta, incluida cualquier distinción, exclusión o restricción que tenga el propósito o el efecto de obstaculizar o dejar sin efecto el reconocimiento, goce o ejercicio en igualdad de condiciones por las personas usuarias de los centros, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales en los ámbitos político, económico, social, laboral, cultural, civil o de otro tipo. Asimismo, se entiende por igualdad de oportunidades el derecho de acceso en condiciones de igualdad, por parte de las personas usuarias de los centros, a una atención a cargo de personal profesional cualificado en aras a la consecución de la calidad de los servicios".

Motivación:

La redacción propuesta se considera más clara para el efecto de la disposición y acorde con lo propuesto por el Consejo Económico y Social de Castilla y León.

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 16, de sustitución

Al artículo 4: Apartado quinto del artículo 4.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción al apartado quinto del artículo 4.

Donde dice:

"Unidad de convivencia. Unidad básica que define la estructura espacial de los centros residenciales y de los centros de día con unidades de convivencia, con dimensión y ambiente de hogar, orientando el desenvolvimiento de la vida de forma lo más similar posible a la de un entorno familiar, en la que convive un grupo mayoritariamente de personas en situación o riesgo de dependencia y personas con discapacidad, a quienes, con el objetivo de promover su autonomía, independencia e integración social, se proporcionan los apoyos necesarios para que sigan desarrollando su proyecto y forma de vida, de acuerdo a sus deseos y valores".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"Unidad de convivencia. Unidad básica que define la estructura espacial y de prestación de apoyos en los centros residenciales y en los centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración, con dimensión y ambiente de hogar, orientando el desenvolvimiento de la vida de forma lo más similar posible a la de un entorno familiar, en la que convive un grupo mayoritariamente de personas en situación o riesgo de dependencia y personas con discapacidad, a quienes, con el objetivo de promover su autonomía, independencia e integración social, se proporcionan los apoyos necesarios para que sigan desarrollando su proyecto y forma de vida, de acuerdo a sus deseos y valores".

Motivación:

Se considera necesario que la definición de estos espacios sea acorde con el objeto recogido en el artículo 1.1.a) del proyecto de ley. Por otro lado, no es gramaticalmente aconsejable que el objeto definido entre en la definición, como "la unidad de convivencia". Usar esta fórmula circular o tautológica no arroja luz alguna sobre el objeto o asunto sobre el que queremos ofrecer información.

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 17, de sustitución

Al artículo 4: Apartado octavo del artículo 4.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción al apartado octavo del artículo 4.

Donde dice:

"Vida independiente. Modo de vida en el que la persona con dependencia o discapacidad ejerce el poder de decisión sobre su propia existencia y participa activamente en la vida de su comunidad, con independencia de su capacidad jurídica y del nivel de apoyos requerido, de acuerdo con el derecho al libre desarrollo de la personalidad".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"Vida independiente. Modo de vida en el que la persona con dependencia o discapacidad ejerce el poder de decisión acerca de cómo vivir de acuerdo con las normas y preferencias propias y participa activamente en la vida de su comunidad, con independencia de su capacidad jurídica y del nivel de apoyos requerido, de acuerdo con el derecho al libre desarrollo de la personalidad".

Motivación:

Se considera adecuado que la definición sea más acorde con lo dispuesto en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Dependencia, respecto al concepto de autonomía.

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 18, de sustitución

Al artículo 4: Apartado noveno del artículo 4.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción al apartado noveno del artículo 4.

Donde dice:

"Proyecto de vida. Se define como la proyección que identifica la vida que la persona usuaria desea desarrollar, con los propósitos, metas, actividades y situaciones que dan sentido a su vida, sobre la base de sus valores, ilusiones, sueños y gustos, de acuerdo con cada etapa del ciclo vital y rol social o, en su caso, con los cambios que conllevan una reorganización profunda de su vida, y que servirá de base a la organización de los apoyos que la persona con discapacidad precise".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"Proyecto de vida. el conjunto de expectativas, acciones y decisiones que la persona usuariA despliega a lo largo de su vida para alcanzar ciertas metas, orientadas por valores personales y que, desde la base de la ética, la justicia y los derechos humanos universales, sirven de guía para mantener la dirección que la persona desea y tener una vida con significado. El proyecto de vida incluye tanto las metas y acciones que la propia persona se propone y puede realizar por sí misma como aquellas para las que precisaría apoyo por parte de otros".

Motivación:

Se considera adecuado que la definición a utilizar sea la misma que para este mismo concepto se utiliza en el Proyecto de Ley de apoyo al proyecto de vida de las personas con discapacidad en Castilla y León, actualmente en tramitación en esta misma Cámara.

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

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Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 19, de sustitución

Al artículo 4: Apartado décimo del artículo 4.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción al apartado décimo del artículo 4.

Donde dice:

"Plan de apoyos. Es el conjunto de apoyos que la persona usuaria necesita para su desarrollo personal y social conforme a su proyecto de vida. Incluye tanto los apoyos informales del entorno familiar y social de la persona usuaria, como los apoyos formales existentes en su comunidad y los proporcionados por los servicios sociales en general y, en su caso, de forma coordinada con los de otros sistemas de bienestar social. Como instrumento de intervención, de carácter técnico, debe figurar por escrito y en el que deberán quedar reflejados los apoyos que se van a proporcionar a la persona usuaria y deberá basarse en la información de la historia de vida".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"Plan de apoyos: el instrumento de intervención de carácter técnico, que debe figurar por escrito y en el que se reflejan los apoyos que se van a proporcionar a las personas usuarias para conseguir su desenvolvimiento en la cotidianidad y su inclusión social, conforme a su proyecto de vida. Incluye tanto a los apoyos informales del entorno familiar y social de la persona usuaria, como los apoyos existentes en su comunidad y los apoyos proporcionados por los servicios sociales, en coordinación, en su caso, con otros sistemas de bienestar social".

Motivación:

Se considera adecuado que la definición a utilizar sea la misma que para este mismo concepto se utiliza en el Proyecto de Ley de apoyo al proyecto de vida de las personas con discapacidad en Castilla y León, actualmente en tramitación en esta misma Cámara.

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 20, de sustitución

Al artículo 4: Apartado decimoctavo del artículo 4.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción al apartado decimoctavo del artículo 4.

Donde dice:

"Prestación de servicios. Intervenciones realizadas por profesionales y orientadas a la valoración, prevención, promoción de la autonomía, atención e inclusión de las personas".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"Prestación de servicios. Intervenciones realizadas por profesionales cualificados y orientadas a la valoración, prevención, promoción de la autonomía, atención e inclusión de las personas".

Motivación:

Se considera más preciso el enunciado propuesto.

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor

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Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 21, de adición

Al artículo 4: Nuevo apartado 20 en el artículo 4.

Modificación propuesta:

Se propone insertar un nuevo apartado 20) en el artículo 4. Este nuevo apartado estaría redactado como sigue:

"Allegados. Individuos con los que la persona usuaria tiene una afectividad especial a pesar de no existir entre ellos un vínculo familiar".

Motivación:

Como señala el Consejo Consultivo de Castilla y León, el empleo a lo largo del texto legal en varias ocasiones del término "allegados" hace necesaria su inclusión entre las definiciones del artículo 4.

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

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Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 22, de sustitución

Al artículo 5: Párrafo primero del artículo 5.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción del párrafo primero del artículo 5.

Donde dice:

"Todos los centros de servicios sociales para el cuidado de larga duración deberán desarrollar los siguientes instrumentos de actuación que integran y caracterizan el nuevo modelo de atención:".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"Todos los centros recogidos en el artículo 1.1.a) deberán desarrollar los siguientes instrumentos de actuación que integran y caracterizan el nuevo modelo de atención:".

Motivación:

Se considera más preciso el enunciado propuesto, puesto que la redacción dada a este artículo en el proyecto de ley es confusa respecto al objeto y ámbito de aplicación de esta ley, que debe coincidir en todo el texto legal.

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

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Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 23, de sustitución

Al artículo 5: Apartado f) del artículo 5.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción del apartado f) del artículo 5.

Donde dice:

"Atención libre de restricciones".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"Atención libre de restricciones, salvo las excepciones recogidas en la presente norma".

Motivación:

A la vista de las excepciones a una "atención libre de restricciones" configuradas en el artículo 13, parece más razonable señalar la existencia de estas excepciones. Cuestión esta señalada en el informe del Consejo Económico y Social de Castilla y León.

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

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ENMIENDA N.º 24, de sustitución

Al artículo 6: Párrafo segundo del artículo 6.3.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción del párrafo segundo del artículo 6.3.

Donde dice:

"En su diseño y ejecución se debe visibilizar, ante la propia persona su familia o entorno afectivo más próximo y el equipo profesional, las habilidades, destrezas y capacidades de la persona y, apoyándose en ellas, ofrecer los cuidados, estímulos y apoyos que en cada caso se requieran".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"En su diseño y ejecución se deben visibilizar, ante la propia persona, ante su familia, en su caso ante el entorno afectivo más próximo y ante el equipo profesional, las habilidades, destrezas y capacidades de la persona y, apoyándose en ellas, ofrecer los cuidados, estímulos y apoyos que en cada caso se requieran".

Motivación:

Se considera más comprensible el enunciado propuesto.

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 25, de sustitución

Al artículo 8: Apartado cuarto del artículo 8.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción del apartado cuarto del artículo 8.

Donde dice:

"La oferta que en este sentido efectúe el centro, deberá buscar el máximo grado de adaptación posible a las peculiaridades de cada persona atendida. Esto conlleva la necesaria flexibilidad en diversos planos y aspectos organizativos tanto en la actividad y funcionamiento general del centro como en las funciones y tareas de los distintos profesionales, en correspondencia con su cualificación y cometidos".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"La oferta que en este sentido efectúe el centro, deberá buscar el máximo grado de adaptación posible a las peculiaridades de cada persona atendida. Esto conlleva la necesaria flexibilidad en diversos planos y aspectos".

Motivación:

Se considera más adecuada la redacción propuesta, acorde con la recomendación del Consejo Económico y Social de Castilla y León. Por otro lado, entendemos, tal y como indican el Consejo Consultivo de Castilla y León y el sindicato de enfermería SATSE, que las competencias y funciones de los diferentes profesionales se encuentran definidas atendiendo a su categoría y a su cualificación profesional y no pueden determinarse por la dirección del centro.

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 26, de sustitución

Al artículo 11: Párrafo primero del artículo 11.1.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción del párrafo primero del artículo 11.1.

Donde dice:

"El profesional gestor de caso es un profesional técnico del centro que asume la tarea de coordinar los apoyos, dar soporte técnico a los profesionales de atención directa, especialmente al profesional de referencia, realizar las tareas de comunicación con el sistema público de servicios sociales y el sistema público de salud, y gestionar las oportunidades de participación en la comunidad, de los usuarios de los centros y de los servicios".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"El profesional gestor de caso es un profesional técnico del centro que asume la tarea de coordinar los apoyos, dar soporte técnico a los profesionales de atención directa, especialmente al profesional de referencia, realizar las tareas de comunicación con el sistema público de servicios sociales y el sistema público de salud, mantener una constante comunicación y coordinación con la familia y allegados y gestionar las oportunidades de participación en la comunidad, de los usuarios de los centros y de los servicios".

Motivación:

La interacción con la familia y allegados de las personas usuarias se articula como un elemento fundamental del sistema previsto en esta ley y consideramos que ha de especificarse claramente como una de las tareas del gestor de caso.

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 27, de sustitución

Al artículo 12: Apartado primero del artículo 12.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción del apartado primero del artículo 12

Donde dice:

"A toda persona en situación de dependencia o con discapacidad usuaria de un centro de carácter residencial y de centro de día para cuidados de larga duración se la asignará un profesional de referencia".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"A toda persona usuaria de un centro de carácter residencial o de un centro de día para cuidados de larga duración, independientemente de que su condición de usuaria derive de su situación de dependencia, de una discapacidad, o de otras causas de carácter social, se le asignará un profesional de referencia".

Motivación:

El profesional de referencia ha de atender a todos los usuarios de los centros y no sólo a los dependientes y discapacitados.

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 28, de sustitución

Al artículo 12: Apartado segundo del artículo 12.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción del apartado segundo del artículo 12.

Donde dice:

"El profesional de referencia, sobre la base de una relación de confianza, y sin perjuicio de las funciones que competen a la dirección del centro y a los profesionales integrantes del equipo técnico, será el profesional de atención directa del centro el que asume, de forma estrecha, con regularidad y continuidad, el acompañamiento de la persona para ayudarle a vivir de una forma acorde a su proyecto de vida y para que pueda sentirse estimada y valiosa, en coordinación con el profesional gestor de caso".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"El profesional de referencia, sobre la base de una relación de confianza, y sin perjuicio de las funciones que competen a la dirección del centro, de la relación directa y coordinada con el gestor de caso y con el resto de los profesionales integrantes del equipo técnico, será el profesional de atención directa del centro el que asume, de forma estrecha, con regularidad y continuidad, el acompañamiento de la persona para ayudarle a vivir de una forma acorde a su proyecto de vida y para que pueda sentirse estimada y valiosa, en coordinación con el profesional gestor de caso".

Motivación:

Se considera necesario incluir en el texto legal la coordinación directa que el profesional de referencia ha de tener con el gestor de caso, por la propia definición de sus funciones en el texto legal, tal y como señala además la Dirección de los Servicios Jurídicos en su informe.

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 29, de adición

Al artículo 15.1: Inserción de un nuevo apartado a) en el artículo 15.1.

Modificación propuesta:

Se propone insertar un nuevo apartado a) en el artículo 15.1 y renumerar todos los apartados siguientes de dicho artículo en consonancia. Este nuevo apartado estaría redactado como sigue:

"a) A que se presten los cuidados a las personas usuarias conforme al modelo de atención integral y centrada en la persona".

Motivación:

Se considera necesario, tal y como recoge el informe del Consejo Consultivo de Castilla y León, recoger este modelo de atención en consonancia con lo expuesto en todo el proyecto de ley.

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 30, de sustitución

Al artículo 18: Párrafo segundo del apartado primero del artículo 18.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción del párrafo segundo del apartado primero del artículo 18.

Donde dice:

"Cuando se trate de centros residenciales cuyos usuarios sean o vayan a ser, mayoritariamente, personas con discapacidad por enfermedad mental, éstos deberán emplazarse en municipios de más de 20.000 habitantes o localizarse en capitales de provincia y su ocupación máxima será de 40 personas".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"Cuando se trate de centros residenciales cuyos usuarios sean o vayan a ser, mayoritariamente, personas con discapacidad por enfermedad mental, éstos deberán emplazarse preferentemente en municipios de más de 20.000 habitantes o localizarse en capitales de provincia y su ocupación máxima será de 40 personas".

Motivación:

Se considera procedente incluir el término "preferentemente" tal y como señalan el Consejo Económico y Social y el Consejo Consultivo de Castilla y León, puesto que la motivación expuesta en la memoria sobre el impacto de este tipo de centros en la población en que se asientan se considera insuficiente.

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 31, de adición

Al artículo 17: Inserción de un nuevo apartado cuarto en el artículo 17.1.

Modificación propuesta:

Se propone insertar un nuevo apartado cuarto en el artículo 17 y renumerar el actual apartado cuarto como apartado quinto. Este nuevo apartado estaría redactado como sigue:

"4. No obstante, se podrá expedir una autorización explícita para que aquellos centros radicados en municipios de menos de 20.000 habitantes, que así lo soliciten expresamente, puedan disponer de un máximo de 120 plazas, siempre que acrediten debidamente circunstancias excepcionales de viabilidad económica".

Motivación:

Se considera procedente incluir este apartado para flexibilizar ligeramente la rigidez de las ratios propuestas en el proyecto de ley.

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 32, de sustitución

Al artículo 21: Apartado quinto del artículo 21.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción del apartado quinto del artículo 21.

Donde dice:

"El servicio de cocina podrá ser prestado directamente o a través de terceros. Cuando el servicio sea contratado se deberá contar con un espacio para la distribución de los alimentos cocinados e instalaciones adecuadas para la prestación de servicios mínimos, que incluirán al menos mesa caliente, sistema de refrigeración para almacenamiento de alimentos, lavamanos con agua fría y caliente dotado de grifería de accionamiento no manual, instalación de lavado de contenedores y menaje de comedor, bloque de cocción para servicios mínimos. Podrá disponerse de elementos alternativos que suplan las funciones u objetivos de los anteriores. Los acabados de los paramentos serán los mismos que los que se exigirían si las labores de cocinado se realizaran en la residencia".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"El servicio de cocina será prestado preferentemente de forma directa y sólo excepcionalmente y de manera motivada a través de contratación del mismo con terceros. Cuando el servicio sea contratado se deberá contar con un espacio para la distribución de los alimentos cocinados e instalaciones adecuadas para la prestación de servicios mínimos, que incluirán al menos mesa caliente, sistema de refrigeración para almacenamiento de alimentos, lavamanos con agua fría y caliente dotado de grifería de accionamiento no manual, instalación de lavado de contenedores y menaje de comedor, bloque de cocción para servicios mínimos. Podrá disponerse de elementos alternativos que suplan las funciones u objetivos de los anteriores. Los acabados de los paramentos serán los mismos que los que se exigirían si las labores de cocinado se realizaran en la residencia".

Motivación:

Se considera más adecuada la prestación del servicio de cocina por el propio centro, que redundará en la calidad y en la mejor adecuación de este servicio a las necesidades de las personas usuarias.

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 33, de sustitución

Al artículo 22: Apartado segundo del artículo 22.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción del apartado segundo del artículo 22.

Donde dice:

"Para acreditar que se cumplen los requisitos para el uso como vivienda y ser inscrita, como tal, en el registro de entidades servicios y centros de carácter social, será suficiente su inscripción para dicho uso en el Registro de la Propiedad y su titularidad dependa de una entidad inscrita, a su vez, en el miso registro de entidades servicios y centros de carácter sociaI".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"Para acreditar que se cumplen los requisitos para el uso como vivienda y ser inscrita, como tal, en el registro de entidades servicios y centros de carácter social, será suficiente su inscripción para dicho uso en el Registro de la Propiedad y en el Catastro y que su titularidad dependa de una entidad inscrita, a su vez, en el registro de entidades servicios y centros de carácter social".

Motivación:

Se considera más adecuada la redacción propuesta por ser acorde con la tipología de las viviendas descrita en el artículo 3 de este proyecto de ley.

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 34, de sustitución

Al artículo 24: Apartado b) del artículo 24.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción del apartado b) del artículo 24.

Donde dice:

"Reglamento de régimen interno y normas de convivencia. Deberá contemplar la forma en la que quedan garantizados los derechos y deberes de las personas usuarias y determinará el modelo de gestión de la calidad de la que se dote el centro detallando estándares, indicadores, sistema de control y seguimiento, así como la forma en la que se elaborarán e implantarán los planes de mejora que correspondan. Incluirá, además, así como las normas que habrán de regir para facilitar una convivencia armoniosa entre usuarios, allegados y profesionales, así como la manera de preservar el respeto a los derechos de todos, especialmente de los más vulnerables y contribuir a que la actividad del centro sea inclusiva. Asimismo, regulará el funcionamiento del Consejo de Centro".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"Reglamento de régimen interno y normas de convivencia. Deberá contener la organización, funcionamiento y participación de las personas usuarias en el centro y contemplar la forma en la que quedan garantizados los derechos y deberes de estas. También determinará el modelo de gestión de la calidad de la que se dote el centro detallando estándares, indicadores, sistema de control y seguimiento, así como la forma en la que se elaborarán e implantarán los planes de mejora que correspondan. Incluirá, además, así como las normas que habrán de regir para facilitar una convivencia armoniosa entre usuarios, allegados y profesionales, así como la manera de preservar el respeto a los derechos de todos, especialmente de los más vulnerables y contribuir a que la actividad del centro sea inclusiva. Asimismo, regulará el funcionamiento del Consejo de Centro".

Motivación:

Se considera fundamental que este reglamento incluya un modelo de participación de las personas usuarias en la organización y funcionamiento del centro.

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 35, de sustitución

Al artículo 25: Apartado primero del artículo 25.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción del apartado primero del artículo 25.

Donde dice:

"Las residencias, el conjunto de viviendas de titularidad de una entidad y los centros de día para cuidados de larga duración contarán con un órgano de dirección y unos órganos de asesoramiento a la dirección del centro, que tendrán una estructura acorde con la complejidad y la amplitud de los servicios desplegados".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"Las residencias, el conjunto de viviendas titularidad de una entidad y los centros de día para cuidados de larga duración contarán con un órgano de dirección y unos órganos de asesoramiento a la dirección del centro, que tendrán una estructura acorde con la complejidad y la amplitud de los servicios desplegados".

Motivación:

Se considera el texto propuesto más correcto desde un punto de vista gramatical.

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 36, de adición

Al artículo 31.1.a): Inserción de un nuevo segundo párrafo en el artículo 31.1.a).

Modificación propuesta:

Se propone insertar un nuevo segundo párrafo en el artículo 31.1.a), que quedaría insertado entre los actuales párrafos primero y segundo. Este nuevo párrafo estaría redactado como sigue:

"Los puestos de dirección ya ocupados en centros acreditados, a la fecha de entrada en vigor de esta ley, se mantendrán siempre y cuando puedan acreditar titulación universitaria de grado o equivalente y, en ausencia de formación especializada, un mínimo de 5 años de experiencia en el sector".

Motivación:

Se considera el texto propuesto más en consonancia con lo dispuesto en la Resolución de 28 de julio de 2022, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, sobre criterios comunes de acreditación y calidad de los centros y servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 37, de sustitución

Al artículo 34: Apartado primero del artículo 34.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción del apartado primero del artículo 34.

Donde dice:

"La dotación de profesionales específica de cada centro, sin perjuicio de cumplir con las ratios mínimas exigidas, deberá ser proporcional a las necesidades que presente el centro, teniendo en cuenta sus dimensiones y estructura, los servicios prestados, el número de personas usuarias y las cargas de trabajo derivadas de los planes de apoyo a sus proyectos de vida. En la normativa de desarrollo de la presente ley se establecerán las ratios mínimas de los profesionales con los que deben contar los centros".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"La dotación de profesionales específica de cada centro, sin perjuicio de cumplir con las ratios mínimas exigidas, deberá ser proporcional a las necesidades que presente el centro, teniendo en cuenta sus dimensiones y estructura, los servicios prestados, el número de personas usuarias y las cargas de trabajo derivadas de los planes de apoyo a sus proyectos de vida. En la normativa de desarrollo de la presente ley se establecerán las ratios mínimas de los profesionales con los que deben contar los centros, respetando en todo caso las ratios que con carácter mínimo se establecen en la Resolución de 28 de julio de 2022, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, sobre criterios comunes de acreditación y calidad de los centros y servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia".

Motivación:

Se considera necesario que se indique en el texto legal una referencia a las ratios mínimas establecidas en el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, sobre criterios comunes de acreditación y calidad de los centros y servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 38, de adición

Al artículo 35: Inserción de un nuevo apartado tercero en el artículo 35.

Modificación propuesta:

Se propone insertar un nuevo apartado tercero en el artículo 35. Este nuevo apartado estaría redactado como sigue:

"El plan anual de formación, establecido en el apartado segundo deberá desarrollar una formación psicológica para afrontar posibles trastornos de comportamientos derivados del deterioro cognitivo de los usuarios y con formación en valores y actitudes, que tanto el personal de atención directa, como el personal técnico y el personal de servicios generales deben integrar en la dinámica diaria del trabajo de cuidados".

Motivación:

La inserción de este nuevo apartado, tal y como señala el informe del Consejo Económico y Social de Castilla y León, se considera procedente para que el texto del proyecto de ley cumpla con el Acuerdo del Consejo del Diálogo Social de Castilla y León de 2 de junio de 2021 en materia de atención a las personas en situación de dependencia.

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 39, de sustitución

Al artículo 36: Apartado tercero del artículo 36.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción del apartado tercero del artículo 36.

Donde dice:

"Se impulsará el intercambio de información y la interoperabilidad entre el sistema público de salud y el Sistema público de servicios sociales, así como el uso de tele consulta y la implantación de la tecnología que automatice procesos".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"Se impulsará el intercambio de información y la interoperabilidad entre el sistema público de salud y el Sistema público de servicios sociales, la implantación de la tecnología que automatice procesos, así como el uso de tele consulta para algunos de los procesos de atención médica, tales como gestión de recetas, u otras gestiones documentales o de reorganización de consultas, siempre y cuando haya profesionales sanitarios en los centros".

Motivación:

Se considera necesario limitar el uso de la tele consulta, pese a reconocer su oportunidad en algunos procesos de atención médica, pero siempre bajo determinados supuestos.

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 40, de sustitución

Al artículo 39: Apartado primero del artículo 39.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción del apartado primero del artículo 39.

Donde dice:

"Las entidades titulares de los centros de carácter residencial los centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración deberán tener actualizado permanentemente y suministrar en formato electrónico en la aplicación informática que la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León habilite para este fin, todos los requisitos de autorización y funcionamiento del centro, así como las altas y bajas de las personas usuarias, altas y bajas de los profesionales y sus cualificaciones profesionales o de los contratos de servicios con que cuente el centro, así como cualquier requisito documental que la normativa establezca. Esta información se considerará a los efectos de cumplir con el deber de colaboración con la inspección previsto en el artículo 68 de la Ley 16/2010, de 20 de diciembre, de servicios sociales de Castilla y León. Igualmente, se suministrará información a los efectos de cualquier trámite relativo a los procedimientos de reconocimientos de derechos y obligaciones derivados de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, así como los aspectos relativos al seguimiento de la calidad de los servicios que preste el centro y una vez anonimizada, a los efectos estadísticos, de investigación y de gestión del conocimiento".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"Las entidades titulares de los centros de carácter residencial y de los centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración deberán tener actualizado permanentemente y suministrar en formato electrónico en la aplicación informática que la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León habilite para este fin, todos los requisitos de autorización y funcionamiento del centro, así como las altas y bajas de las personas usuarias, altas y bajas de los profesionales y sus cualificaciones profesionales o de los contratos de servicios con que cuente el centro, así corno cualquier requisito documental que la normativa establezca. Esta información se considerará a los efectos de cumplir con el deber de colaboración con la inspección previsto en el artículo 68 de la Ley 16/2010, de 20 de diciembre, de servicios sociales de Castilla y León. Igualmente, se suministrará información a los efectos de cualquier trámite relativo a los procedimientos de reconocimientos de derechos y obligaciones derivados de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, así como los aspectos relativos al seguimiento de la calidad de los servicios que preste el centro y una vez anonimizada, a los efectos estadísticos, de investigación y de gestión del conocimiento".

Motivación:

Mejora gramatical para el texto propuesto.

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 41, de sustitución

Al artículo 40.5: Párrafo segundo del artículo 40.5.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción del párrafo segundo del artículo 40.5.

Donde dice:

"Al objeto de implementar los mejores instrumentos técnicos en este ámbito, el titular de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León estará asistido por representantes de las diferentes áreas del conocimiento en esta materia y por representantes cualificados de la sociedad civil y de los proveedores de servicios, en la forma que se determine reglamentariamente".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"Al objeto de implementar los mejores instrumentos técnicos en este ámbito, el titular de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León estará asistido por representantes de las diferentes áreas del conocimiento en esta materia, por los agentes económicos y sociales más representativos de la comunidad de Castilla y León y por representantes cualificados de la sociedad civil y de los proveedores de servicios, en la forma que se determine reglamentariamente".

Motivación:

Consideramos necesario que se incluya a los agentes económicos y sociales más representativos de la Comunidad de Castilla y León en este órgano de asesoramiento, en línea con los principios del diálogo social de Castilla y León.

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor

A LA MESA DE LA COMISIÓN DE FAMILIA

Don José Ángel Ceña Tutor, doña Leila Vanessa García Macarrón y don Juan Antonio Palomar Sicilia, procuradores de Soria ¡YA! pertenecientes al GRUPO PARLAMENTARIO UPL-SORIA ¡YA!, al amparo de lo establecido en los artículos 110 y concordantes del Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente ENMIENDA al Proyecto de Ley reguladora del modelo de atención en los centros de carácter residencial y centros de día de servicios sociales para cuidados de larga duración en Castilla y León, PL/000007.

ENMIENDA N.º 42, de sustitución

Al articulo 42.1: Apartado a) del artículo 42.1.

Modificación propuesta:

Se propone una nueva redacción del apartado a) del artículo 42.1.

Donde dice:

"Estar dentro de los índices del mapa de cobertura de centros para personas en situación de dependencia que se elaborará a partir de las necesidades detectadas y la cobertura de plazas públicas que se establezca en cada zona".

Se propone sustituir el texto por el siguiente:

"Estar dentro de los índices del mapa de cobertura de centros para personas en situación de dependencia que se elaborarán a partir de las necesidades detectadas y la cobertura de plazas públicas que se establezca en cada zona, prestando especial atención a las zonas rurales de la Comunidad".

Motivación:

Consideramos necesario que se incluya una especial mención al mundo rural de la Comunidad a la hora de elaborar estos mapas de cobertura.

Valladolid, 2 de noviembre de 2023.

LOS PROCURADORES,

Fdo.: Leila Vanessa García Macarrón y Juan Antonio Palomar Sicilia

EL PORTAVOZ,

Fdo.: José Ángel Ceña Tutor


PL/000007-10

CVE="BOCCL-11-007758"



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