PE/002093-2











4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO

463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/002093-2


Sumario:

Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. Rubén Illera Redón, Dña. María Consolación Pablos Labajo, D. Jesús Guerrero Arroyo y D. Juan Luis Cepa Álvarez, relativa a cuáles han sido los valores de los coeficientes de admisibilidad de pastos utilizados en cada uno de los tres últimos años para la solicitud de las ayudas de la PAC, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 240, de 31 de enero de 2024.



Resolución:

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita PE/002082, PE/002090, PE/002091, PE/002093, PE/002095, PE/002097, PE/002099, PE/002102, PE/002103, PE/002106, PE/002107, PE/002108 y PE/002186.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 28 de febrero de 2024.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León

Fdo.: Carlos Pollán Fernández



Texto:

Pregunta Escrita PE/1102093 formulada D.ª Rosa María Rubio Martín, D. Juan Luis Cepa Álvarez, D. Rubén Illera Redón, D.ª María Consolación Pablos Labajo, D. Jesús Guerrero Arroyo y D. Juan Luis Cepa Álvarez, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León relativa a los valores de los coeficientes de admisibilidad de pastos utilizados en cada uno de los tres últimos años para la solicitud de las ayudas de la PAC.

En respuesta a las cuestiones planteadas en la iniciativa mencionada, le informo lo siguiente:

El CSP (o CAP) es un atributo de cada uno de los recintos de pastos permanentes de España, este coeficiente se ha calculado mediante una metodología acordada a nivel nacional que proporciona un valor automático en base a diferentes fuentes de información cartográfica, lo que asegura su objetividad y trato homogéneo en todo el territorio. Hasta 2022 el cálculo del valor del CAP se efectuaba en función de varios factores, entre ellos el análisis de los índices de vegetación, de los valores de la pendiente y las áreas de vegetación ocupadas por arbolado o matorral. En 2023, además, se introdujo el factor especie, que valora la pastabilidad del tipo de vegetación. En este sentido, el portal del FEGA contiene una explicación más exhaustiva, en: https://www.fega.gob.es/sites/default/files/files/document/230302_nota_web_csp_2023.pdf.

No obstante, aquellas alegaciones al valor automático debidamente fundamentadas significan la corrección del CSP a los valores confirmados tras su revisión.

Los valores del CAP los años 2021 y 2022 fueron 0, 25, 35, 45, 55, 65, 75, 85 y 100. Para asignar su valor se tuvo en cuenta el CAP obtenido del cálculo automático, que se redondeó al valor más próximo, de forma que, por ejemplo, se asignó el valor 75 a todos aquellos recintos cuyo valor automático estaba comprendido en el intervalo 70 y < 80.

Por tanto, los valores fueron:

CAP AUTOMÁTICO (%) CAP REDONDEADO

< 20 0

 >= 20 y < 30 25

 >= 30 y < 40 35

 >= 40 y < 50 45

 >= 50 y < 60 55

 >= 60 y < 70 65

 >= 70 y < 80 75

 >= 80 y < 90 85

 >= 90 100

Los valores del CSP el año 2023 van de 0 a 100 en función del valor determinado por el modelo de cálculo automático. De la misma forma, en caso de haberse corregido el valor por una alegación, este será el determinado.

Valladolid, 21 de febrero de 2024.

EL CONSEJERO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO RURAL,

Fdo.: Gerardo Dueñas Merino


PE/002093-2

CVE="BOCCL-11-008243"





Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León
XI Legislatura
Pag. 25244
BOCCL nº 258/11 del 8/3/2024
CVE: BOCCL-11-008243

4.- IMPULSO Y CONTROL DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO
463.- Preguntas para respuesta escrita
PE/002093-2
Contestación de la Junta de Castilla y León a la pregunta para respuesta escrita formulada por los Procuradores D. Rubén Illera Redón, Dña. María Consolación Pablos Labajo, D. Jesús Guerrero Arroyo y D. Juan Luis Cepa Álvarez, relativa a cuáles han sido los valores de los coeficientes de admisibilidad de pastos utilizados en cada uno de los tres últimos años para la solicitud de las ayudas de la PAC, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 240, de 31 de enero de 2024.

RESOLUCIÓN

PRESIDENCIA

De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de las Cortes de Castilla y León, se ordena la publicación de las contestaciones de la Junta de Castilla y León a las preguntas para respuesta escrita PE/002082, PE/002090, PE/002091, PE/002093, PE/002095, PE/002097, PE/002099, PE/002102, PE/002103, PE/002106, PE/002107, PE/002108 y PE/002186.

En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 28 de febrero de 2024.

El Presidente de las Cortes de Castilla y León

Fdo.: Carlos Pollán Fernández


TEXTO


Pregunta Escrita PE/1102093 formulada D.ª Rosa María Rubio Martín, D. Juan Luis Cepa Álvarez, D. Rubén Illera Redón, D.ª María Consolación Pablos Labajo, D. Jesús Guerrero Arroyo y D. Juan Luis Cepa Álvarez, Procuradores pertenecientes al Grupo Parlamentario Socialista de las Cortes de Castilla y León relativa a los valores de los coeficientes de admisibilidad de pastos utilizados en cada uno de los tres últimos años para la solicitud de las ayudas de la PAC.

En respuesta a las cuestiones planteadas en la iniciativa mencionada, le informo lo siguiente:

El CSP (o CAP) es un atributo de cada uno de los recintos de pastos permanentes de España, este coeficiente se ha calculado mediante una metodología acordada a nivel nacional que proporciona un valor automático en base a diferentes fuentes de información cartográfica, lo que asegura su objetividad y trato homogéneo en todo el territorio. Hasta 2022 el cálculo del valor del CAP se efectuaba en función de varios factores, entre ellos el análisis de los índices de vegetación, de los valores de la pendiente y las áreas de vegetación ocupadas por arbolado o matorral. En 2023, además, se introdujo el factor especie, que valora la pastabilidad del tipo de vegetación. En este sentido, el portal del FEGA contiene una explicación más exhaustiva, en: https://www.fega.gob.es/sites/default/files/files/document/230302_nota_web_csp_2023.pdf.

No obstante, aquellas alegaciones al valor automático debidamente fundamentadas significan la corrección del CSP a los valores confirmados tras su revisión.

Los valores del CAP los años 2021 y 2022 fueron 0, 25, 35, 45, 55, 65, 75, 85 y 100. Para asignar su valor se tuvo en cuenta el CAP obtenido del cálculo automático, que se redondeó al valor más próximo, de forma que, por ejemplo, se asignó el valor 75 a todos aquellos recintos cuyo valor automático estaba comprendido en el intervalo 70 y < 80.

Por tanto, los valores fueron:

CAP AUTOMÁTICO (%) CAP REDONDEADO

< 20 0

 >= 20 y < 30 25

 >= 30 y < 40 35

 >= 40 y < 50 45

 >= 50 y < 60 55

 >= 60 y < 70 65

 >= 70 y < 80 75

 >= 80 y < 90 85

 >= 90 100

Los valores del CSP el año 2023 van de 0 a 100 en función del valor determinado por el modelo de cálculo automático. De la misma forma, en caso de haberse corregido el valor por una alegación, este será el determinado.

Valladolid, 21 de febrero de 2024.

EL CONSEJERO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO RURAL,

Fdo.: Gerardo Dueñas Merino


PE/002093-2

CVE="BOCCL-11-008243"



Sede de las Cortes de Castilla y León